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Grupo2000 patrocina la Jornada sobre Derecho de Trabajo de CGS Sevilla

Grupo2000 patrocina la Jornada sobre Derecho de Trabajo de CGS Sevilla

Si tienes dudas y deseas debatir y compartir opiniones sobre el ámbito fiscal y del trabajo, ¡te esperamos el día 25 de marzo!

Grupo2000 patrocina la Jornada sobre Derecho de Trabajo de CGS Sevilla. Será un evento que aunará a graduados sociales, abogados y profesionales interesados en el ámbito laboral.

Estas IV Jornadas sobre Derecho del Trabajo, Seguridad Social y Fiscalidad tendrán lugar en el Salón de Actos de la Facultad de Ciencias del Trabajo de la Universidad de Sevilla.

Será una gran oportunidad para charlar sobre las nuevas medidas tras la reforma laboral.

Desde aquí queremos agradecer al Colegio de Graduados Sociales de Sevilla por contar con nosotros para este evento.

Después de 2 años sin poder celebrar estas Jornadas, es todo un honor poder volver a compartir espacio con grandes abogados y empresarios.

 

¿A quién van dirigidas las IV Jornadas sobre Derecho del Trabajo de CGS Sevilla?

Estas Jornadas van dirigidas a abogados, graduados sociales, inspectores de trabajo, jueces, magistrados, sindicatos y personas interesadas en el mundo laboral.

Contrato de formación en alternancia blog

Así será el programa de las IV Jornadas sobre Derecho de CGS Sevilla en la sesión de la mañana

A continuación, podrás encontrar el programa completo de estas IV Jornadas organizadas por el Colegio de Graduados Sociales de Sevilla.

Los ponentes son destacados expertos en temas de actualidad que permitirán disfrutar y aprovechar estas Jornadas para fomentar el conocimiento y el debate sobre todas la novedades del ámbito laboral.

D. Antonio Ojeda Avilés, catedrático de Derecho de Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Sevilla será el encargado de coordinar las Jornadas.

Todos los asistentes podrán recoger sus acreditaciones a partir de las 9 horas y el acto de inauguración comenzará a las 9:15 horas.

Los encargados de dar la bienvenida a todos los participantes serán D. José Ramón Barrera Hurtado (Presidente del Colegio Oficial de Graduados Sociales de Sevilla) y D. Alejandro Díaz Moreno (Decano de la Facultad de Ciencias del Trabajo de la Universidad de Sevilla).

Las diferentes ponencias de las IV Jornadas sobre Derecho del Trabajo, Seguridad Social y Fiscalidad se repartirán de la siguiente manera:

9:30 h. DESPIDOS TRAS EL ERTE: LA DENOMINADA PROHIBICIÓN DE DESPEDIR. La encargada de impartir esta ponencia será Dª. María Luisa Segoviano Astaburuaga (Presidenta de la Sala IV del Tribunal Supremo).

10:30 h. MESA REDONDA CLAVES PRÁCTICAS DE LA REFORMA LABORAL. El moderador de esta mesa redonda será el Prof y Dr. Antonio Ojeda Avilés (Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Sevilla). Los participantes de  la Mesa Redonda Claves Prácticas de la Reforma Laboral serán:

  • D. Carlos Aristu Ollero (Secretario General CCOO Sevilla).
  • D. Emilio Carrillo Fernández (Abogado de la Fundación Sociolaboral de Andalucía de UGT).
  • D. Antonio Manuel Jurado Cabezas (Miembro de la Comisión de Relaciones Laborales de la Confederación de Empresarios de Sevilla).
  • D. José Ramón Barrera Hurtado (Presidente del Colegio Oficial de Graduados Sociales de Sevilla).

12:00 h. CRIPTOACTIVOS: TRIBUTACIÓN DE CRIPTOMONEDAS Y OTROS ACTIVOS. D. Jorge Ramírez López (Inspector de Hacienda del Estado) será el encargado de explicar a todos los presentes las novedades de este ámbito.

13:00 h. NOVEDADES EN TRIBUTOS AUTONÓMICOS DE ANDALUCÍA. Esta ponencia será realizada por D. Manuel Vázquez Martín (Director General de Tributos de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea).

14:00 h. Fin de la jornada de la mañana y almuerzo opcional a las 14:30 h.

 

Este será el programa de las IV Jornadas sobre Derecho en la sesión tarde

Las Jornadas se reanudarán de nuevo para iniciar la sesión de tarde.

16:30 h. AYUDA PARA LA DIGITALIZACIÓN KIT DIGITAL. El encargado de impartir esta ponencia será D. Francisco Cortés (CEO de Firmafy y Experto en Transformación), quien explicará los pasos y trámites a realizar para resultar beneficiario y obtener el Bono Digital.

17:15 h. MESA REDONDA AUDITORÍA RETRIBUTIVA. IGUALDAD Y PROTOCOLOS DE ACOSO. El moderador de esta mesa redonda será D. Venancio A. Castellano Ramírez (Vocal del Colegio Oficial de Graduados Sociales de Sevilla). Los participantes:

  • D. Juan Pañella Martí (Presidente de la Asociación Profesional de Auditoría Socio Laboral y de Igualdad CEAL).
  • Dª. Lourdes Balón Segura (Graduada Social del Colegio Oficial de Graduados Sociales de Sevilla).
  • Dª. Vanessa Muñoz Pineda (Presidenta de la Asociación de Mujeres Empresarias Sevillanas)

18:30 h. NO VALE RENDIRSE. Será impartida por D. Emilio Duró (Licenciado en Ciencias Económicas por la Universidad Autónoma de Barcelona y por la Escuela Superior de Administración y Dirección de Empresas, ESADE. Máster en Administración de Empresas por ESADE).

20:00 h. CLAUSURA. A las 20 horas se realizará el acto de clausura y se darán por finalizadas estas IV Jornadas sobre Derecho del Trabajo, Seguridad Social y Fiscalidad.

Esperamos que sea un evento de interés en el que todos podamos adquirir conocimiento y compartir impresiones.

 

Abierto el plazo de inscripción para las IV Jornadas sobre Derecho del Trabajo, Seguridad Social y Fiscalidad

Si deseas asistir a este evento, deberás acceder a la página del Colegio de Graduados Sociales de Sevilla para rellenar tu formulario de inscripción.

Será una gran oportunidad para adquirir conocimiento y para aprender todo sobre la ayuda del Kit Digital.

No te pierdas la ponencia de Fran Cortés, te dará todas las pautas necesarias para acceder a tu Bono Digital.

Y si tienes más dudas, nuestro equipo asistirá a las Jornadas y estará a tu disposición para solventar todas tus cuestiones sobre el Kit Digital y sobre las novedades de los nuevos contratos de formación en alternancia. 

Esperamos que estas Jornadas sean todo un éxito y que sigamos disfrutando de estos encuentros tan gratificantes muchos años más.

De nuevo, gracias al Colegio de Graduados Sociales de Sevilla por contar con Grupo2000 y permitirnos asistir a un evento tan enriquecedor.

 

¿Te gustaría saber cómo es esta Jornada?

Compartimos contigo un vídeo resumen de la última edición celebrada. ¡Esperamos que te guste y te animes a asistir!

TGSS utilizará un robot para detectar irregularidades y emitir sanciones

TGSS utilizará un robot para detectar irregularidades y emitir sanciones

¿Creías que conocías los límites de la inteligencia artificial? Las nuevas tecnologías demuestran que sus funcionalidades son múltiples y que pueden utilizarse para agilizar cualquier actividad. 

La última novedad es el uso de un software por parte del Gobierno para hacer más eficientes las inspecciones laborales.

TGSS utilizará un robot para detectar irregularidades y emitir sanciones de forma automática, sin necesidad de intervención humana.

Te contamos cuáles son las características más destacadas de esta herramienta.

Cursos para ERTES

¿Qué ventajas ofrece para la Inspección de Trabajo el uso de un robot que permita automatizar la detección de irregularidades?

El objetivo del Gobierno es lograr que las inspecciones de trabajo sean más eficientes. Esta medida se incluye dentro del Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS).

TGSS ya ha comenzado a utilizar este software desde el 1 de enero de 2022, aunque habrá que esperar algunos meses para que su funcionamiento sea pleno.

Este software permite detectar de manera automática las malas prácticas más frecuentes por parte de algunas empresas, que se registran en las bases de datos, para emitir sanciones, como, por ejemplo, errores en los datos de alta o baja a los trabajadores en la Seguridad Social.

De esta manera, los inspectores de trabajo podrán dedicarse a tratar actividades más complejas que requieran mayor tiempo, como el fraude en las compañías.

 

¿Cuáles son los fraudes más frecuentes que detecta la Inspección de Trabajo?

En ocasiones, la Inspección de Trabajo encuentra a trabajadores que están prestando sus servicios con un contrato suspendido o reducido por ERTE.

En este caso, podrían ser sancionados tanto el empleador como el trabajador, que podría perder su prestación por desempleo.

Otra de las irregularidades más repetitivas es no comunicar al SEPE la reincorporación de un trabajador a la empresa.

Asimismo, hay muchas empresas que pese a tener empleados en ERTE tienen a otros trabajadores haciendo horas extras.

Esto supone una irregularidad más ya que se presupone que los trabajadores se encuentran en ERTE debido a la disminución y falta de actividad diaria en el ámbito laboral.

 

¿Cuáles son las cuantías de las sanciones?

Desde el pasado 1 de octubre de 2021, las cuantías de las sanciones sobre infracciones a TGSS aumentaron en un 20%.

Esta decisión vino motivada por las frecuentes irregularidades en los expedientes, especialmente en el caso de los ERTES, por parte de autónomos.

Las cuantías de las sanciones versarían entre los 7.500 y 225.000 €.

Esta medida pretende acabar con las irregularidades de manera más activa, por lo que las empresas tendrán que estar muy pendientes de todas sus acciones y de los plazos en TGSS para evitar tener que pagar una multa.

Aún así, el software no convence a todo el mundo y ha causado polémica, ya que podría afectar especialmente tanto a pymes como a los autónomos.

Los asesores están preocupados porque en ocasiones la web de TGSS no funciona correctamente y esto puede conllevar el incumplimiento de los plazos.

Además, desde el Sindicato de Inspectores de Trabajo y de Seguridad Social consideran que este software no tiene garantías jurídicas suficientes y no puede aportar la misma veracidad que los trabajadores de la Inspección de Trabajo.

En el caso de las sanciones, el hecho de que lleguen sin que haya una persona que pueda explicar qué ha sucedido, supone un enorme esfuerzo para los despachos, que van a tener que atender mayor volumen de requerimientos.

Por eso, aún hay quienes piden que se permita la supervisión humana para que las decisiones tomadas sean éticas.

¿Qué te parece el uso de inteligencia artificial para realizar las labores de detección de irregularidades? ¿Crees que la apuesta por la digitalización fomentará un trabajo más ágil en cuanto a las Inspecciones de Trabajo?

Déjanos tu comentario más abajo, ¡nos encanta leerte!

Formación bonificada para empresas de Grupo2000
TGSS sólo resolverá incidencias sobre Sistema RED y SLD en estos email

TGSS sólo resolverá incidencias sobre Sistema RED y SLD en estos email

En el Boletín RED de septiembre TGSS anuncia que sólo resolverá las incidencias sobre Sistema RED y SLD vía email.

Este cambio en su forma de informar a sus usuarios se aplica desde el 16 de septiembre de 2019.

A partir de esta fecha, todas las consultas relacionadas con envíos de ficheros, Sistema RED o el Sistema de Liquidación Directa, tendrán que enviarse por email.

Seguridad Social justifica esta novedad como una forma de mejorar su atención a las empresas y autorizados RED y potenciar el canal de comunicación telemático.

TGSS ha creado hasta 28 buzones diferentes de consultas. Cada uno atenderá las dudas de una provincia en concreto.

Además de estos buzones, han habilitado el buzón tecnicas.red@seg-social.es para consultas técnicas sobre Sistema RED y tecnicas.sede@seg-socil.es, de la Secretaría de Estado de Seguridad Social.

A continuación compartimos con vosotros los nuevos buzones de consultas de Seguridad Social, con la provincia que les corresponde:

PROVINCIA BUZÓN DE CONSULTAS DE TGSS
Araba alava.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Albacete albacete.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Alicante alicante.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Almería almeria.uau.tgss@seg-social.es
Asturias asturias.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Ávila avila.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Badajoz badajoz.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Baleares Illesbalears.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Barcelona creta.tgss-barcelona.dp@seg-social.es
Bizkaia 48tgss.sistema-red.tgss@seg-social.es
Burgos burgos.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Cáceres caceres.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Cádiz creta.tgss-cadiz.dp@seg-social.es
Cantabria cantabria.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Castellón castellon.sistemared.tgss@seg-social.es
Ceuta ceuta.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Ciudad Real ciudad-real.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Córdoba cordoba.atencionusuario.tgss@seg-social.es
A Coruña creta.tgss-a-coruna.dp@seg-social.es
Cuenca cuenca.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Girona girona.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Granada granada.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Guadalajara guadalajara.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Guipuzkoa gipuzkoa.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Huelva Creta.tgss-huelva.dp@seg-social.es
Huesca Huesca.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Jaén jaen.atencionusuario.tgss@seg-social.es
León buzon.tgss-leon.llamadasred@seg-social.es
Lleida lleida.atencionusuario.tgss@seg-social.es
La Rioja creta.tgss-la-rioja.dp@seg-social.es
Lugo sistemared.tgss-lugo.buzon@seg-social.es
Madrid madrid.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Málaga malaga.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Melilla melilla.administracion1.tgss@seg-social.es
Murcia consultas@seg-social.es
Navarra navarra.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Ourense ourense.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Palencia palencia.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Las Palmas G.C. laspalmas.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Pontevedra pontevedra.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Salamanca salamanca.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Segovia segovia.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Soria soria.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Tarragona tarragona.atencionusuario.tgss@seg-social.es
Teruel Teruel.serviciogeste.tgss@seg-social.es
Tenerife opcion1.tgss-tenerife.atenciontelefonica@seg-social.es
Toledo creta.tgss-toledo.dp@seg-social.es
Valencia uau.tgss-valencia.telefono@seg-social.es
Valladolid usuariosred.tgss-valladolid.buzon@seg-social.es
Zamora atenctelefonica.tgss-zamora.buzon-admon4901@seg-social.es
Zaragoza zaragoza.atencionusuario.tgss@seg-social.es

 

Se supone que esta vía viene a complementar el servicio de atención electrónica que ya se ofrecía en el teléfono 901 50 20 50.

Muchos de vosotros nos habéis expresado vuestra preocupación y descontento al ver en estos días que ya no es posible solucionar las dudas en el momento en ese teléfono.

Por lo que comentáis desde los despachos profesionales, ya se están derivando todas las consultas a los nuevos buzones.

Habrá que ver si este nuevo sistema de resolución de dudas es ágil y es capaz de dar respuesta a todas las cuestiones que surgen ante el complejo sistema de gestiones de TGSS.

Y tú, ¿qué opinas de este cambio?¿Crees que será positivo? Nos encantará leer tus comentarios. Escríbenos más abajo. ¡Gracias!

Fuente: Boletín RED.

 

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Novedad en las bonificaciones de las autónomas que se reincorporan tras la maternidad

Novedad en las bonificaciones de las autónomas que se reincorporan tras la maternidad

Como consecuencia de la entrada en vigor del Real Decreto Ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para la garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres en el empleo y la ocupación, se produce una novedad importante en las bonificaciones de las autónomas que se reincorporan tras la maternidad.

 

Nuevo criterio de Seguridad Social para la bonificación de las autónomas que se reincorporan tras la maternidad

Recientemente, la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social ha emitido un nuevo criterio para que, las autónomas que retoman su actividad tras la baja por maternidad, puedan acceder a la bonificación en su cuota.

Recordamos que las autónomas que se reincorporan a su actividad antes de 2 años tras su baja por maternidad pueden beneficiarse de una cuota reducida de 60 euros mensuales durante 12 meses.

Y en caso de optar por una base de cotización superior, podrían aplicar una bonificación del 80% sobre la cotización por contingencias comunes durante el mismo periodo.

Este cambio de interpretación surge a raíz del artículo 7.8 del RDL 6/2019, que establece lo siguiente:

«Las trabajadoras incluidas en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o como trabajadoras por cuenta propia en el grupo primero de cotización del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, que, habiendo cesado su actividad por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela, en los términos legalmente establecidos, vuelvan a realizar una actividad por cuenta propia dentro de los dos años inmediatamente siguientes a la fecha efectiva del cese, tendrán derecho a una bonificación en virtud de la cual su cuota por contingencias comunes y contingencias profesionales quedará fijada en la cuantía de 60 euros mensuales durante los 12 meses inmediatamente siguientes a la fecha de su reincorporación al trabajo, siempre que opten por cotizar por la base mínima establecida con carácter general en el régimen especial que corresponda por razón de la actividad por cuenta propia.

Aquellas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que, cumpliendo con los requisitos anteriores, optasen por una base de cotización superior a la mínima indicada en el párrafo anterior, podrán aplicarse durante el período antes indicado una bonificación del 80 por ciento sobre la cotización por contingencias comunes, siendo la cuota a bonificar la resultante de aplicar a la base mínima de cotización que corresponda el tipo de cotización por contingencias comunes vigente en cada momento».

Tras la nueva redacción que da la norma al texto, Seguridad Social ha rectificado la interpretación que hacía por la que no concedía la bonificación si no existía cese de actividad en el RETA previo.

Según indican desde Seguridad social, a partir de ahora no será necesario haberse dado de baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de forma previa para poder acceder a la bonificación.

 

Todas las autónomas que retomen su actividad tras su baja por maternidad desde el 1 de enero accederán a una cuota de 60 €

Este cambio de criterio tiene carácter retroactivo, con efectos desde el 1 de enero, por lo que todas las autónomas que se hayan reincorporado desde esa fecha, hayan causado baja o no en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, podrán beneficiarse de esta bonificación.

Según informan, en los próximos días comenzarán a devolver de oficio las cuantías relativas a la bonificación que no hayan sido aplicadas en estos meses.

¿Sabías que ahora el autónomo debe realizar sus trámites a través de Sistema RED?

Consigue tu Certificado Digital aquí

7 + 7 =

Llámanos al 958 80 67 60 o déjanos un mensaje en el siguiente formulario. 

¡Nosotros nos encargamos de todo!

 

Inspección comenzará a sancionar por no enviar los ficheros CRA

Inspección comenzará a sancionar por no enviar los ficheros CRA

Recientemente hemos tenido conocimiento de una de las campañas que van a iniciarse en breve, a instancias de Seguridad Social: Inspección comenzará a sancionar a las empresas por no enviar los ficheros CRA.

Los ficheros CRA contienen los Conceptos Retributivos Abonados (Artículo 147,3 de la Ley General de Seguridad Social), que cada empresa debe comunicar ante TGSS en cada periodo de liquidación. En estos ficheros se incluyen todos los conceptos retributivos que hayas pagado a tus trabajadores en ese mes.

Recordamos que comunicar los ficheros CRA es obligatorio desde el 22 de Diciembre de 2013 y se deben presentar junto con las liquidaciones de cuotas, dentro del mismo plazo.

Desde el 13 de marzo de 2014, fecha en la que ya estaba listo el sistema, se comenzaron a remitir este tipo de ficheros.

El Artículo 147, 3 establece que esta obligación:

«Los empresarios deberán comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social en cada periodo de liquidación el importe de todos los conceptos retributivos abonados a sus trabajadores, con independencia de su inclusión o no en la base de cotización a la Seguridad Social y aunque resulten de aplicación bases únicas».

Estarías obligado a presentarlo por todos los trabajadores en Régimen General, excepto si pertenecen al Sistema Especial para Empleados del Hogar o son profesionales taurinos.

Además, desde Octubre de 2018, según indicaba TGSS en su Boletín RED, también debes incluir entre los conceptos a comunicar a través de los ficheros CRA: las horas complementarias pactadas, las horas complementarias de aceptación voluntaria, vacaciones no disfrutadas (retribuidas tras el fallecimiento del trabajador), vacaciones retribuidas no disfrutadas, plus de transporte y distancia y utilización de medios colectivos de la empresa.

Para Seguridad Social, la información que contienen estos ficheros es muy valiosa, ya que a través de ellos se pueden detectar irregularidades y controlar mejor la recaudación de las empresas.

Aunque el envío es obligatorio desde hace tiempo, es algo que se ha tardado en implantar en todas las empresas. Seguridad Social comenzó haciendo un poco la vista gorda, pero ya exige que se envíen rigurosamente todos los meses.

El incumplimiento de los plazos de suministro, según indica Tesorería en su web, «no exime de su presentación a la mayor brevedad posible, sin perjuicio de las consecuencias que tal incumplimiento pudiera dar lugar».

Según informan desde la Dirección de Inspección de Granada, desde enero de 2019, TGSS va a comunicar a Inspección todos aquellos casos en que la empresa no los haya enviado en plazo.

No comunicar los ficheros CRA puede suponer un recargo e incluso una sanción, ya que está tipificado en la LISOS como una infracción graveDe producirse una sanción, esta podría oscilar entre los 626 y 1.250 euros

Te recomendamos contactar con un despacho profesional especializado que te ayude a realizar estas gestiones adecuadamente en tu empresa y así evitar posibles disgustos.

Nos encantará conocer tu opinión sobre este tema. Déjanos un comentario a continuación. ¡Gracias!

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