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Todos los becarios en prácticas cotizarán en octubre de 2023

Ángela M. Labrador
22 marzo, 2023
Los trabajadores en prácticas comenzarán a cotizar desde octubre de 2023

El Real Decreto-ley 2/2023 introduce una nueva obligación para las empresas: todas las compañías deberán dar de alta en Seguridad Social a los becarios. Esto es independientemente de que realicen prácticas remuneradas o no.

De esta manera, todos los becarios en prácticas cotizarán a partir de octubre de 2023, independientemente de si son remuneradas o no.

Este avance se produce en plena negociación del Estatuto del Becario, para el que se espera su publicación a lo largo del año.

A continuación, analizamos cómo es la cotización de las prácticas no laborales en 2023 y solventamos tus dudas respecto a la nueva normativa.

Antes que nada, queremos distinguir entre contrato para la práctica profesional y convenio de prácticas (becarios) porque mucha gente los confunde y hay una diferencia notable.

Contrato de formación en alternancia blog

¿Qué es un Contrato de prácticas?

El contrato de prácticas, conocido tras la Reforma Laboral como contrato formativo para la obtención de la práctica profesional es una modalidad regulada en el artículo 11.3 del Estatuto de los Trabajadores en el que existe relación laboral.

Para poder realizar un contrato de este tipo, el trabajador debe estar en posesión de un título universitario, de FP, Máster, de Certificado de Profesionalidad o equivalente, es decir, disponer de estudios oficiales ya finalizados.

El requisito es que no hayan transcurrido más de 3 años desde la finalización, ó 5 años si tiene una discapacidad reconocida igual o superior al 33%, tras la Reforma Laboral. Su duración será de entre 6 meses y 1 año.

Además, al ser un contrato laboral en Régimen General, se exige su correspondiente alta del trabajador en Seguridad Social.

Recordamos que el 1 de enero de 2019 se derogó la bonificación en los seguros sociales que tenía este contrato, por lo que no tienen derecho a ninguna bonificación (solamente para colectivos como en el caso de personas con discapacidad o de transformación a indefinido).

Estos contratos siempre pagan seguros sociales. El salario será el establecido en convenio colectivo, sin que en ningún caso pueda ser inferior a la retribución mínima establecida para esta modalidad ni al SMI en proporción al tiempo de trabajo efectivo.

 

¿Qué es un Convenio de prácticas?

Este tipo de convenio es un acuerdo que se formaliza con una entidad formativa o educativa y no implica relación laboral con la empresa.

Estas prácticas se pueden llevar a cabo en empresas o instituciones incluidas en programas formativos, prácticas académicas como las que realizan los alumnos de FP, Certificado de Profesionalidad, Estudios Universitarios, como parte del plan de estudios.

En este caso, los alumnos no tendrían los estudios finalizados y normalmente se exige que estén matriculados durante ese periodo en la entidad formativa.

Para este tipo de situaciones no se formaliza contrato laboral, se formalizaría un convenio entre alumno/a, entidad educativa y empresa.

Este es el mejor Contrato Bonificado para contratar en 2023

¿Qué prácticas están obligadas a cotizar en Seguridad Social en 2023?

Hasta el momento, únicamente los estudiantes con prácticas remuneradas cotizaban a la Seguridad Social en concepto de contingencias comunes y contingencias profesionales.

Así, los becarios con prácticas remuneradas sumaban años de experiencia laboral a tener en cuenta para acceder a la jubilación.

Pero, ¿qué ocurre con la cotización de las prácticas no remuneradas?

El Real Decreto Ley 2/2023, modifica la Disposición adicional quincuagésimo segunda de la  Ley General de la Seguridad Social, incluyendo en el sistema de seguridad social a los alumnos que realicen prácticas formativas o académicas externas incluidas en programas de formación.

¿Qué tipo de prácticas estarían incluidas?

  • Las realizadas por alumnado universitario de grados, máster, doctorado, títulos propios de la universidad, diplomas de especialización o de experto.
  • Las realizadas por alumnado de FP, siempre que no se presten en el régimen de formación profesional intensiva.

A partir del 1 de octubre de 2023 la situación mejora para todos los becarios. Las empresas que acojan a becarios, incluyendo las prácticas que realicen alumnos universitarios y de Formación Profesional, les van a tener que dar de alta en la Seguridad Social.

Estas prácticas quedarán comprendidas como «asimiladas» a trabajadores por cuenta ajena en el Régimen General de la Seguridad Social.

¡IMPORTANTE! Todos los becarios se tienen que dar de alta, independientemente de si reciben remuneración o no.

Habrá excepciones en cuanto a la integración de los estudiantes en el Régimen de la Seguridad Social. Se excluyen aquellos que hagan prácticas a bordo de embarcaciones dependiendo del Régimen Especial del Mar.

Esta medida surge para obligar a computar los períodos de prácticas en la vida laboral con efectos de cara a la jubilación.

 

¿Cómo serán las cotizaciones para los trabajadores en prácticas en 2023?¿Quién tendría que pagarlas?

Los becarios en prácticas cotizarán en Seguridad Social, pero no cotizarán por los conceptos de desempleo, FOGASA o formación profesional. Tampoco van a aportar el MEI.

En las prácticas no remuneradas se excluirá la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes.

Se deberá realizar alta en Seguridad Social al inicio de las prácticas y baja a su finalización.

A efectos de comunicar a TGSS el alta y baja habrá un plazo de 10 días naturales desde el comienzo o fin de las prácticas.

Las compañías van a tener un 95% de deducción en las cuotas por contingencias comunes. El Estado se va a hacer cargo de cubrir prácticamente la totalidad de las cuantías a aportar a la Seguridad Social de los trabajadores en modalidad de prácticas.

Si tenemos en cuenta las futuras prestaciones, cada día trabajado en prácticas no remuneradas se va a considerar como 1,61 días cotizados. En ningún caso podrá sobrepasar el número de días que tenga el mes correspondiente.

El cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social, en el caso de prácticas formativas remuneradas va a corresponder a la empresa que financie el programa de formación, que lo asumirá como si fuera el empresario.

Para las prácticas remuneradas se cotizará aplicando las reglas de cotización de los contratos de formación en alternancia, establecidas en la Ley de PGE. Y la base mínima de cotización será la mínima vigente en cada ejercicio para el grupo 7.

En las prácticas no remuneradas las obligaciones serán de la empresa o entidad donde se desarrollen, salvo convenio que indique que se responsabilice la entidad educativa.

La cotización en el caso de prácticas no remuneradas consistirá en una cuota empresarial por cada día de prácticas por contingencias comunes y profesionales que determine la Ley de PGE.

El plazo para ingresar las cuotas en las prácticas no remuneradas se establece de la siguiente manera (habrá posibilidad hasta el penúltimo día natural de los siguientes meses):

  • Ingreso de cuotas de enero, febrero y marzo, se realizará en abril.
  • Ingreso de cuotas de abril, mayo y junio, se realizará en junio.
  • Ingreso de cuotas de julio, agosto y septiembre, se realizará en octubre.
  • Ingreso de cuotas de octubre, noviembre y diciembre, se realizará en enero.

A partir del 1 de octubre de 2023 la cotización en el supuesto de prácticas formativas no remuneradas va a consistir en una cuota empresarial por cada día de alta de 2,36 € por contingencias comunes y de 0,29 € por contingencias profesionales.

 

¿Cuándo entra en vigor la nueva normativa?¿Se aplica con carácter retroactivo?

La normativa se hará efectiva desde el 1 de octubre de 2023.

¿Tiene efectos retroactivos? La normativa establece que las personas que hayan realizado prácticas como becarias en una empresa en los 2 años previos a la publicación de este decreto podrán suscribir un acuerdo en los términos que determine el Ministerio. Todavía no se conocen más detalles.

El Estatuto del Becario, posiblemente entre a regular este tipo de condiciones y otros aspectos de las prácticas no laborales para proteger a los alumnos de abusos.

 

¿Qué ocurre si hay una baja de paternidad, maternidad o baja IT durante las prácticas?

En caso de corresponder una prestación por nacimiento, riesgo durante el embarazo y lactancia, esta se abonará por la mutua o entidad gestora mediante pago directo.

Si se trata de una baja por incapacidad temporal derivada por contingencias comunes o profesionales, se abonará mediante pago delegado.

Seguiremos muy atentos la evolución del desarrollo de esta normativa y os informaremos de todo en nuestro blog. ¿Qué te parecen estas medidas? ¿Nos dejas un comentario más abajo?

Fuente: BOE y TGSS.

Contrato de formación en alternancia blog

208 Comentarios

  1. Maria

    Buenas,
    Estoy realizando actualmente prácticas extracurriculares hice 6 meses y me prorrogaron 3 meses más, estoy embarazada, pero cada vez estoy más incapacitada para ir. ¿Me corresponde baja médica?
    Gracias,
    Saludos

    Responder
  2. Noelia

    Hola, yo soy peruana, aún no tengo permiso de residencia y estoy haciendo una fpsuperior, ¿qué pasaría en mi caso?, ¿puedo cotizar con pasaporte?, ¿no cotizaría? Gracias

    Responder
  3. Miriam

    Hola.
    Finalizaré ni contrato con mi empresa el próximo Octubre y sobre esas fechas iniciaré prácticas curriculares en otra empresa de un Máster que estoy estudiando.
    En este caso podría compatibilizar el cobro de la prestación por desempleo con una compensación económica de las prácticas curriculares?

    Responder
  4. Marcos

    Buenos días,
    Estoy cursando un ciclo de FP «Técnico en cuidados auxiliares de enfermería» y en septiembre empezaría el módulo de prácticas en empresa. Estas prácticas constituyen un módulo más del ciclo y son necesarias para titular.
    En este caso, ¿tienen que darme de alta en la seguridad social o se gestiona únicamente con un convenio entre alumno/empresa y centro de formación?
    Gracias

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Marcos. La obligación de cotizar comenzaría a partir de octubre. Un saludo

      Responder
      • Sandrina

        Buenos días, trabajo en la empresa privada pero voy a hacer las practicas del master de profesorado de secundaria en un instituto, he hecho el master de manera discreta pero ahora, al tener que cotizar las practicas, mi empresa se va a enterar o no le llega esa información?
        Muchas gracias

        Responder
  5. Pilar

    Buenos dias, soy espa;ola no residente, y trabajando en Inglaterra. Estoy haciendo un curso FP online y para hacer las practicas de 3 meses de duracion, me tendria que trasladar a Espa;a y me darian alta en la seguridad social segun la nueva ley? Yo tendria que darme de alta tambien en la seguridad social?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Pilar. Esta obligación de cotización para los becarios en prácticas no entra en vigor hasta octubre. Para poder hacer las prácticas tendrías que estar en España, la empresa te daría de alta en Seguridad Social. Un saludo

      Responder
  6. TAMARA

    Buenas tardes, voy a realizar las practicas extracurriculares no remuneradas. ¿Deben darme de alta en seguridad social? En el caso de que si se obligatorio por la nueva normativa, ¿ que código de contrato me pertenece? Muchas gracias por toda la información que nos aportais.

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, sólo sería obligatorio si las prácticas son a partir de octubre de 2023. Un saludo

      Responder
  7. Sonia

    Hola,

    Voy a empezar prácticas extracurriculares no laborales en una empresa y van a ser sin remuneración y a tiempo parcial.

    Estoy cobrando la prestación por desempleo, y por lo que tengo entendido me la tienen que paralizar y estaré los meses que duren las prácticas cobrando 0€ tanto del sepe como de la empresa.

    Esto es así?
    No hay ninguna forma de mantener el paro ya que no voy a recibir remuneración de la empresa?

    Gracias.

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Sonia. Al haber alta en Seguridad Social te afectaría. Un saludo

      Responder
  8. Unai

    Sería posible que una empresa hiciese dos contratos de prácticas a dos estudiantes diferentes de FP, gracias.

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Unai. Por el momento la normativa no pondría impedimento, en principio sería posible. Es importante que en la empresa exista una persona que vaya a tutorizar las prácticas. Un saludo

      Responder
      • Ana Belén Romero Benítez

        Hola.
        Si rompo el convenio de prácticas tengo derecho a cobrar el paro.
        Gracias

        Responder
        • Ángela M. Labrador

          Hola, Ana. El convenio de prácticas no supone relación laboral con la empresa, no genera derecho a paro. Un saludo

          Responder
          • Catalina Guardia

            Hola. ¿ cual es el plazo máximo que puede durar unas prácticas no remuneradas? Acabo de terminar un Master y he empezado las prácticas en una Empresa con convenio con el centro donde he estudiado.

          • Ángela M. Labrador

            Hola, Catalina. El tiempo máximo que pueden durar las prácticas no laborales se establece en el convenio de prácticas de tu centro. Un saludo

        • Raquel

          Hola, entonces desaparece la bonificación del 100% cuando las prácticas eran curriculares?gracias

          Responder
          • Ángela M. Labrador

            Hola. A partir de octubre de 2023, todas las prácticas estarán obligadas a cotizar en los seguros sociales. Un saludo

    • Vanessa

      Buenas tardes, en octubre comiendo las prácticas en la universidad, y no saben nada sobre esta nueva ley, pueden mandarme a las prácticas y no darme de alta?

      Responder
  9. David Moreira Cecilia

    Buenas, he empezado las prácticas de empresa de Sistemas Microinformáticos y Redes (FPGM) el pasado 19 de septiembre.

    Hago 8 horas diarias lunes a viernes, estoy tanto de técnico informático en el taller como atendiendo a clientes sin parar y siento que deberían pagarme por ello, ya que estoy facturando y quitando bastante trabajo de encima a la empresa como para no tener ningún tipo de remuneración, bajo mi punto de vista. Mi pregunta es, al haber entrado en vigor la ley FP el pasado mes de abril, ¿Mis prácticas deberían ser remuneradas? Cabe recalcar que empecé el curso en septiembre de 2020.

    Muchas gracias de antemano.

    Responder
  10. Paloma

    Hola, tengo una pensión de incapacidad permanente total por enfermedad. Estoy estudiando una Formación Profesional online. Este año comienzo el segundo y último curso y tengo que realizar las prácticas en empresas. Mi pregunta es si puedo hacerlo teniendo la incapacidad, ya que según creo me tendrían que dar de alta en la seguridad social y no sé si es posible. Gracias.

    Responder
    • Maria Amparo Martinez

      el contrato de prácticas, consta para tener luego paro o no?
      tengo 3 meses de prácticas en una empresa.
      y 5 meses en otra de máster, en una eran de Universidad, se suman para paro??

      Responder
      • Ángela M. Labrador

        Hola, María. Por el comentario entiendo que no es contrato de prácticas, si no convenio de prácticas. No daría derecho a paro. Un saludo

        Responder
      • Susana

        Hola he comenzado las prácticas externas de la universidad. En el convenio firmado se indica que no son remuneradas pero la empresa me va a dar 300 euros. Me tienen que dar de alta y cotizar en la seguridad social?

        Responder
    • Agustín Machado Hitos

      Estoy en la misma situación y me gustaría saber más. A ver si alguien puede contestar.

      Responder
  11. Rodrigo

    Hola buenas! Estoy terminando mi grado superior y al querer realizar las horas curriculares de prácticas, me contacto una empresa para hacerlas de forma remunerada. Mi escuela por el contrario me dice que esto no es asi y no estan dispuestos a firmar mi convenio de practicas. El puesto sería de becario, y segun tengo entendido debería convalidarme estas horas de practicas necesarias para el titulo y a la vez estar cobrando. Esto es perfectamente posible verdad? Mi escuela no para de ponerme trabas y me gustaría saber donde puedo reclamar o de que forma poder denunciar este abuso.

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Rodrigo. Ese convenio de prácticas no laborales remuneradas debería adaptarse a los requisitos que exija la entidad educativa, normalmente no es la empresa la que impone las condiciones, es el centro el que suele ofrecer el convenio y sus características, también será quien decida si convalida las prácticas. Un saludo

      Responder
  12. ANGELA

    Hola buenas!

    Estoy realizando unas prácticas curriculares (25h/semana) remuneradas (150€/mes) en una empresa y no sé si puedo cobrar el paro al mismo tiempo.

    Gracias.

    Responder
  13. Kiarela Angulo

    Hola, soy estudiante extranjera, mi permiso de residencia tiene permiso de prácticas no laborales y tengo una empresa que quiere brindarme las prácticas, cuáles son los pasos para concretarlo?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Kiarela, cada práctica no laboral va a tener unos trámites y condiciones que dependen de la entidad educativa, te recomendaría consultar el proceso con tu universidad o escuela. Un saludo

      Responder
    • Victoria

      Buenas tardes. Estoy haciendo unas prácticas voluntarias en una empresa . Me dijeron que sería un voluntariado de un mes aproximadamente, hasta firmar contrato por qué es debido a que la persona que ocupaba el puesto se jubila. Bien ahora me proponen un epe de tres meses.. Y mi pregunta es
      cotizaría igual a la Seguridad Social que si firmo un contrato laboral? Muchas gracias

      Responder
      • Ángela M. Labrador

        Hola, Victoria. Necesitaría más información para poder ayudarte. Un saludo

        Responder
        • Victoria

          Realizo prácticas no laborales por un certificado de profesionalidad. Es trabajo real el que se me exige, sin remuneración alguna. En total van a ser 80 horas. El ambiente es malo, mucha tensión, pero es el único sitio en la ciudad donde hacer esas prácticas. Tengo 63 años y sé que no están contratando a nadie porque los alumnos en prácticas somos mano de obra gratuita y, no solo eso, sino que la empresa cobra por esa formación que no es tal formación, sino un dejarme sola ante una sobrecarga brutal. En el contrato dice que no hay relación laboral entre la empresa y yo. ¿Tengo derecho a asistir a cita médica concertada con antelación al comienzo de estas prácticas? ¿A quién recurro ante los abusos que allí se dan? Gracias anticipadas por la respuesta

          Responder
  14. sara

    Buenas tardes, realicé unas practicas no laborales con titulo universitario remuneradas y con cotización a la seguridad social. Me llegó una carta de la seguridad social donde se me pone que he realizado practicas como estudiante de Fp. Y no se si tengo que reclamar algo.
    Un saludo

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Sara. Según comentas no vemos nada raro, si has estado dada de alta durante las prácticas no laborales como estudiante, está correcto. Un saludo

      Responder
  15. Alejandra

    Hola buenos días! Estoy realizando mis prácticas por medio de convenio, pero la empresa donde estoy están interesado en realizarme el contrato en prácticas. Me comentan que necesito un título oficial? Que significa eso? Yo tengo mi título de máster y actualmente estoy cursando un curso grado superior? Por favor si me pudieran ayudar. Muchas gracias!

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Alejandra. Para poder hacer un contrato laboral de prácticas se tiene que asociar a la titulación que hayas finalizado en los últimos 3 años. Si la última titulación que lo cumple es el Máster, podría ser asociado a esa formación. A la formación actual, cuando obtengas tu título. Un saludo

      Responder
    • Erika

      Buenas tardes.
      Voy a realizar prácticas de FP de grado medio en septiembre. ¿Me tendrían que dar de alta en la seguridad social? ¿O no, ya que la ley entraría en vigor a partir de octubre? ¿Cuánto le correspondería pagar a la empresa por darme de alta? Lo pregunto porque puede que las empresas se echen atrás y no quieran coger a alumnos en prácticas

      Responder
      • Ángela M. Labrador

        Hola, Erika. La cotización se aplicaría a partir de septiembre. Un saludo

        Responder
    • sara moreno

      Mi chico está en prácticas en una empresa para la finalizacion del módulo. Esta dado de alta en la seguridad social con lo cual no cobra el paro al ser incompatibles. Nuestra hija nació hace un mes, y le han dicho en la empresa que no genera la baja de paternidad por ser becario. Si estuviese en el paro si la generaría. Como es posible esto? Pierde las 16 semanas por estudiar ? No parece muy coherente. Saludos

      Responder
  16. Pedro

    Hola buenas, estuve haciendo practicas curriculares por la universidad y ya se me acabo el periodo maximo, pero la empresa donde estoy me ha dejado trabajando, como puedo saber que contrato tengo ahora?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Pedro. Tendrías que comentarlo con la empresa. Un saludo

      Responder
  17. Javier

    Hola, tengo una duda, yo actualmente estoy trabajando a tiempo completo y con contrato indefinido, llevando 15 años. Aparte, estoy estudiando una FP superior y tendría que ir a realizar las practicas NO LABORALES (convenio de practicas) cuando se supone que ya seré padre y estaré disfrutando del permiso de paternidad. Mi duda es: ¿ Ya que no existe ningún contrato de trabajo, sino que me sigo formando con el instituto, existe algún problema si estoy de permiso de paternidad y realizo dichas practicas, o estaría incumpliendo algo? Ya que claro, si da la casualidad que sucede esta situación y estoy obligado a cogerme las 4 semanas pero a la vez es incompatible con dichas practicas, no le encuentro la solución.

    Muchas gracias por su tiempo. Un saludo.

    Responder
  18. Alex Rivera

    Buenas tardes, Muchas gracias por el artículo. Tengo dudas sobre mi situación y quería ver si me podriaís ayudar. Voy a empezar unas prácticas extracurriculares y a la misma vez me gustaría hacer de vez en cuando (no cada mes) unos encargos de diseño gráfico que no superarían 900€/mes. No tengo muy claro si podría hacerlo a la misma vez que mis prácticas, entendiendo que pagaré mi cuota de la Seguridad Social a através de mis prácticas. Mi idea sería facturar los encargos sin tener que darme de alta como autónoma. ¿Sería posible hacer eso? Muchas gracias por la ayuda. Un saludo, Alex

    Responder
  19. Juliana

    Hola! Voy a hacer contrato de prácticas con una empresa a media jornada y con ello residencia en prácticas. Actualmente me están pagando 580€, quería saber si está bien poner eso en el contrato de residencia en prácticas para que lo aprueben. O si hay un mínimo de salario para que puedan aprobarlo. Gracias!!

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Juliana. Para valorar esto, deberías revisar tu convenio colectivo, para ver qué salario se aplica para tu puesto. Si hacemos la proporción del 50% de jornada sobre el SMI, sí estaría correcto a priori, con los pocos datos que tenemos para valorar. Un saludo

      Responder
    • Nayara

      Hola Ángela,
      Es compatible una excedencia por cuidado de hijos con la realización de prácticas curriculares? Voy a realizar el máster de formación de profesorado y me preocupa tener algún problema al estar de excedencia. Muchas gracias

      Responder
      • Ángela M. Labrador

        Hola, Nayara. Habría que analizar cada caso para poder hacer una afirmación, dependerá de si las prácticas te permiten conciliar la vida laboral y familiar mejor que en la empresa en la que has solicitado la excedencia, debería ser una mejoría notable y defendible. Un saludo

        Responder
  20. Jose

    Hola por casualidad sabes si con el contrato de formación en alternancia con el trabajo retribuido por cuenta ajena (antiguo contrato de Formación y Aprendizaje) me reconocen las cotizaciones para el arraigo laboral?

    Responder
  21. LAURA

    Hola Ángela! Tengo que dar de alta a un alumno con prácticas remuneradas, estara 273 horas y se cobra en total 300€, a tiempo parcial. me puedes echar una mano? No lo he hecho nunca

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Laura. Te dejo por aquí las claves a tener en cuenta para dar de alta en seguridad social personas con prácticas no laborales: En situación del alta: 01, en grupo de cotización: 2, en Exc. Cotización: 986 y escoge la opción RLCE: 9927 (Prácticas académicas externas). Un saludo

      Responder
      • Francisco

        Voy a pasar a segundo de un grado medio de cocina, soy pensionista y tengo prohibido cotizar a la ss, podré hacer las FCT el próximo curso sin cotizar a la seguridad social?

        Responder
      • Cristina R

        Hola, estoy en el mismo caso, que Laura, pero mi alumno está dado de alta además en el Régimen General por cuenta ajena, 26h semanales y turno de tarde, de tal manera que no supone que en el caso de las prácticas curriculares se solapen. ¿Habría algún problema de incompatibilidad con la cotización a la seguridad social?

        Responder
    • Gloria

      Hola. Estoy haciendo 7nas oracticas no remuneradas por un curso de formación de comercio por 40 horas. Debería recibir alguna paga o no? Ya que para realizarla debo pagar transporte. Gracias.

      Responder
      • Ángela M. Labrador

        Hola, Gloria. Al no ser una relación laboral, las condiciones serán las que indique vuestro convenio de prácticas. Consúltalo con la entidad educativa. Un saludo

        Responder
        • Miri

          Hola,
          Llevo 1 mes cobrando el paro, estoy finalizando una FP superior y tengo que hacer el convenio de prácticas, 350 hrs.
          Por medio del centro donde estudio se ha puesto en contacto conmigo una empresa que ofrece becas de 6 meses no remuneradas, podría acceder a esta beca cobrando el paro? y de no ser así podría suspender el paro, aprovechar
          la beca y luego reanudar? Gracias por su respuesta,
          Un saludo

          Responder
  22. Angela

    Hola Angela! Tengo convenio de practicas con una empresa, al estar remuneradas entiendo que estoy dada de alta en la SS. He tenido baja medica durante dos semanas, estas horas serian remuneradas al ser baja medica?o simplemente por no haber trabajado las horas no las cobraría?

    Muchas gracias

    Responder
    • Jose

      Hola por casualidad sabes si con el contrato de formación en alternancia con el trabajo retribuido por cuenta ajena (antiguo contrato de Formación y Aprendizaje) me reconocen las cotizaciones para el arraigo laboral?

      Responder
  23. Maialen

    Hola! Actualmente estoy trabajando en una empresa con un contrato indefinido y voy a darme de baja voluntaria para hacer unas prácticas en una empresa a través de un Convenio De practicas entre la empresa y la universidad. Si al acabar esas practicas no me renuevan, ¿puedo pedir el paro?
    Gracias!

    Responder
  24. Fidela palomares fernandez

    Hola Ángela! Tengo que dar de alta a día alumnos con prácticas no remuneradas, me puedes echar una mano? No lo he hecho nunca

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Buenos días, Fidela. Te dejo por aquí las claves a tener en cuenta para dar de alta en seguridad social personas con prácticas no laborales: En situación del alta: 01, en grupo de cotización: 2, en Exc. Cotización: 986 y escoge la opción RLCE: 9927 (Prácticas académicas externas). Un saludo

      Responder
  25. Rafael

    Buenos días, actualmente estoy en un convenio de practicas en una empresa. Este convenio viene dado por un máster que ya finalicé. Fui padre 2 días antes de la incorporación y quería saber si tengo algún derecho de paternidad y donde esta regulado dicho derecho. Muchas gracias de antemano.

    Responder
  26. Jorge Beltrán

    Hola, yo soy estudiante extranjero no comunitario, estoy haciendo un master, y quiero saber si es me es posible hacer por convenio de practicas remuneradas, ya que no se consideran una relación laboral, al ser convenio entre la universidad y la empresa. es decir que no necesitaría permiso de trabajo para ello? De antemano agradezco su respuesta. Saludos.

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Jorge. Sí se podría realizar el convenio de prácticas, como estudiante no habría problema. Un saludo

      Responder
      • Adolfo

        Si no pone nada en el convenio, ¿Se pueden hacer 8 horas diarias en las prácticas no laborales?

        Responder
        • Ángela M. Labrador

          Hola, Adolfo. Normalmente se fijan las condiciones en el convenio. Si no se establecen, podrían ser las 8 horas. Un saludo

          Responder
    • Pablo

      Buenas tardes,

      Estando en el paro y de baja por incapacidad temporal puedo hacer prácticas no laborales sin coger el alta?

      Gracias

      Responder
      • Cristián

        Estoy en la misma situación que tú

        Responder
    • Óscar Rios

      Hola. Para hacer prácticas de FP en una empresa, me piden el n° de seguridad social y no tengo, puesto que nunca he trabajado.
      Cómo lo puedo solicitar ?

      Responder
      • Kikospain

        Las prácticas no remuneradas existían con la Ley Zapatero ahora la han vuelto ha incluir pero sólo reconocen 2 años y lo curioso para que cotice hay que pagar pero se beneficiaron del trabajo gratis y eso es un FRAUDE en el tiempo.
        Muchos exbecarios afectados de las becas y del gremio sattui están cabreados por este último RD-ley de pensiones. ju

        Responder
    • Miriam

      Hola soy estudiante de grado medio de farmacia y parafarmacia y mis prácticas son de tres meses y quería saber si me pagan o no y cuánto. Gracias

      Responder
      • Ángela M. Labrador

        Hola, Miriam. Esto tendrías que verlo con tu universidad, ya que las condiciones de las prácticas son las que se fijan en el convenio de prácticas con ellos. Un saludo

        Responder
  27. Susana

    Holaa para cotizar/cobrar las prácticas tengo que darme de alta en la seguridad social y ya esta??

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Susana. La cotización a la seguridad social es algo que realiza la empresa, sólo está obligada si son prácticas no laborales remuneradas. Un saludo

      Responder
      • Alejo

        Hola, la cuantía de las contingencias comunes es inferior a las que reflejan mis nóminas, lo único que coincide es lo de las contingencias profesionales, eso es normal? Simple curiosidad.

        Responder
    • Alejandra

      Hola, llevo trabajando 4 meses en una empresa 2 horas por las mañanas y en otra empresa otra hora por las tardes, en la vida laboral me pone que llevo 30 días cotizados/trabajados/de alta…llevo 4 meses no 1… al ser pocas horas no cuentan días completos? No se me suman las horas diarias de los dos trabajos?… está mal hecho?

      Responder
  28. Mel

    Hola! Quería consultar si existe posibilidad de realizar prácticas de
    Formacion Profesional de Grado Superior sin ser remuneradas, estando en el transcurso de la baja maternal.
    Gracias. Un saludo.

    Responder
  29. Jorge

    Hola, yo soy estudiante extranjero no comunitario, estoy haciendo un master, y quiero saber si es me es posible hacer por convenio de practicas remuneradas, ya que no se consideran una relación laboral, al ser convenio entre la universidad y la empresa. es decir que no necesitaría permiso de trabajo para ello? gracias.

    Responder
    • Lamis

      Buenas noches Jorge:
      Yo no soy una profesional pero decirte por experiencia de gente que conozco, no te hace falta tener un permiso de trabajo para que te den de alta en unas prácticas no laborales remuneradas con convenio entre universidad y empresa.
      Que puedes hacer las prácticas perfectamente sin ningún problema.

      Un saludo

      Responder
  30. Juan Jiménez

    Buenos días,
    ¿Puedo realizar prácticas curriculares remuneradas (con alta en la S.S.) y seguir cobrando prestación de paternidad?
    ¿Y en el caso de que no sean remuneradas?
    Gracias

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Juan. Si estás en situación de baja no sería compatible con el alta en las prácticas curriculares remuneradas durante las 6 semanas obligatorias de baja por paternidad. Un saludo

      Responder
      • Juan Jiménez

        Buenas tardes,

        Y a partir de las 6 semanas obligatorias, ¿puedo estar de baja en mi empresa y hacer prácticas curriculares en otra? ¿es obligatorio ya en 2022 dar de alta aunque las prácticas sean no remuneradas?

        Gracias.

        Responder
        • Ángela M. Labrador

          Hola, Juan. Si las prácticas no son remuneradas, en 2022 todavía no es obligatorio estar dado de alta, a no ser que obligue el convenio de prácticas. Pasadas las 6 semanas podría ser, pero te recomendaría confirmarlo con TGSS siempre. Un saludo

          Responder
          • Ana

            Si soy extranjera y estoy estudiando y se me permite prácticas no laborales. Solo requiere que la empresa me cree un contrato y me de de alta en la seguridad social? O alguna otra cosa?

          • Miriam

            Hola, estoy cobrando el paro y me van a contratar con convenio formativo con mi escuela sin hacerme contrato si no por convenio. Las prácticas son remuneradas 600€ y me dan de alta en la S Social pero no cotizo para paro ni tengo relación laboral ya que es por convenio. Es posible seguir cobrando el paro a la vez que la beca que me la pagan como ayuda económica al estudio? Gracias

        • Mari carmen

          Hola, me gustaría saber si hago las prácticas de un grado superior en una empresa… que bonificacion recibe dicha empresa por mi.
          Gracias

          Responder
          • Ángela M. Labrador

            Hola Mari Carmen. Actualmente no existen bonificaciones asociadas al contrato de prácticas, excepto para colectivos con discapacidad. Un saludo

    • Juan José

      Estoy en la misma tesitura que tú.
      ¿Alguien conoce la respuesta?

      Gracias

      Responder
  31. Assun

    Holaa, hace dos meses que estoy haciendo unas prácticas remumeradas y me llegó un mensaje el 30 de noviembre que estaba dada de baja en la s.s. Es decir, llevo 3 dias trabajando y sin estar de alta en la s.s. Esto es legal? Además, practicamente no me estan formando….
    Gracias

    Responder
  32. Anna

    Hola, me han elegido para unas prácticas extracurriculares y remuneradas de 40h semanales. Ahora estoy embarazada y tengo la duda de si, al dar a luz tendré derecho a la maternidad (soy menor de 26 años y necesito tener cotizados 90 días). Necesito saber si las prácticas cuentan días para la maternidad. Gracias.

    Responder
  33. SAM

    ¿Es incompatible solicitar la beca MEC por comenzar unas prácticas extracurriculares remuneradas durante 3 meses con alta en la SS?

    Responder
    • Borja

      Buenas, mi caso es que estoy haciendo unas prácticas no laborales remuneradas externas al centro escolar. El caso es que me han ofrecido un trabajo en una empresa la cual me interesa más por qué se dedican a cosas que me interesan más.
      ¿Podría dejar las prácticas no laborales?

      Responder
      • Alicia

        Buenas. Tengo 29 años y me quiero apuntar a un grado del SEPE, cómo van las prácticas no laborales, que quiere decir ?

        Responder
        • Ángela M. Labrador

          Hola Alicia. Las prácticas no laborales quiere decir, que aunque te den de alta en Seguridad Social, porque estén obligados por el tipo de prácticas, no existe relación laboral con la empresa. Estás en la empresa como alumna del grado y hay que seguir la normativa que regula tus prácticas para esa relación con la empresa. Un saludo

          Responder
  34. Alberto

    Buenas,

    Llevo casi un mes de prácticas no laborales remuneradas. En el convenio consta la decisión de la empresa de pagar mensualmente, solo que la cantidad quedamos en decidirla una vez incorporado.

    Aún así, si bien me han dado de alta en la TGSS, aún no se me ha pedido el nº de cuenta bancaria, ni hemos discutido la cantidad.

    Qué debería hacer, ¿hablo con ellos o espero?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Alberto. Tendrías que hablarlo con ellos, es posible que estén esperando a final de mes. Un saludo

      Responder
    • Christine

      Hola,

      Soy estudiante del grado universitario, tengo que hacer la práctica este año. Si mi práctica será no remunerada tengo que darme de alta en la seguridad social? Alguna actualización en 2022

      Responder
      • Ángela M. Labrador

        Hola, Christine. De momento, en 2022 sólo están obligadas a dar de alta en seguridad social las empresas que acojan a estudiantes para prácticas remuneradas, si no son remuneradas, no estarían obligados, a no ser que se lo exija el convenio de prácticas. Un saludo

        Responder
  35. Javier

    Buenas, voy a realizar en Enero prácticas externas no remuneradas, de Grado y me piden desde el centro que nos hagamos cargo del pago por el tema de las cotizaciones sociales, yo o la universidad, estableciendo un acuerdo con el centro de estudios. ¿Esto se puede hacer?

    Y a parte de que se pueda hacer o no, quería saber si finalmente al no ser remuneradas, ¿sigue siendo opcional el dar de alta o ya es obligatorio al haber entrado en vigor la normativa?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Javier. Si las prácticas son no remuneradas, la empresa no está obligada a hacer alta en seguridad social. Depende todo de lo que indique vuestro convenio de prácticas, en estos casos, normalmente hay un seguro por parte de la universidad, confírmalo con ellos. Un saludo

      Responder
  36. salomon

    Buenos días, estoy haciendo practicas académicas externas remuneradas y además tengo un trabajo, esta remuneración cuenta como segundo pagador de cara a la declaración de la renta?
    Un saludo

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Salomón. Al tener dos remuneraciones contaría como segundo pagador. Un saludo

      Responder
    • Rosalía

      .Buenas tardes.
      Tengo un acuerdo de prácticas entre la empresa, el instituto y yo.
      Como estoy dada de alta en la seguridad social me han quitado la prestación por desempleo.
      Esto es así?
      Puedo seguir cobrando el paro?
      No cobro ni 300 euros y tengo un hijo menor.
      Gracias
      Saludos

      Responder
      • Ángela M. Labrador

        Hola Rosalía. Al estar dada de alta por las prácticas, te habrán dado de baja del desempleo. Un saludo

        Responder
  37. Kevin

    Hola, voy a realizar prácticas no remuneradas dentro de un plan de estudios de máster, actualmente estoy cobrando la prestación por desempleo, la empresa me ha pedido el numero de seguridad social para darme de alta, vuelvo a repetir no son remuneradas y son 20/25 horas semanales, es decir jornada parcial, puedo seguir cobrando la prestación por desempleo? Muchas gracias.

    Responder
  38. johanna

    Buenos días

    estoy realizando una prácticas remuneradas con convenio entre la universidad y la empresa, debo pagar yo la cuota de la SS, o es la empresa la que tiene que encargarse de pagar este gasto, necesito saberlo ya que llevo 3 meses ya dia de hoy todavía no he recibido ninguna nómina.
    muchas gracias
    un saludo

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Johanna. La empresa se encarga de este trámite. Al no tener relación laboral, no existe nómina. Puedes consultar tu vida laboral para ver el alta en TGSS. Un saludo

      Responder
      • Alejandra

        Estoy haciendo prácticas extracurriculares y quiero hacer baja voluntaria porque me quieren contratar en otra empresa, no me pagan nada, y en el contrato indica que si ellos me quieren echar me deben preavisar con 15 días, pero si es al revés no pone nada, voy a avisar con 1 semana de antelación, no me pueden quitar dinero, ya que no me pagan. Es correcto? Existe alguna manera de sancionarme ? Voy a terminar mis prácticas 15 días antes de lo firmado, no es periodo de prueba.

        Responder
      • Ricardo

        Buenas tardes.
        Estoy a punto de realizar prácticas NO curriculares y me gustaría saber si cuando se finalicen, tengo derecho a solicitar el paro.

        Responder
        • Ángela M. Labrador

          Hola Ricardo. Este tipo de prácticas no cotizan por desempleo. Un saludo

          Responder
      • Marieta

        Hola voy a comenzar las prácticas de un grado superior no remuneradas.. Actualmente estoy trabajando a 40h semanales en la seguridad social. Me comenta el instituto que solo puedo hacer 4h de prácticas… Hay alguna forma de hacer las 400h sin necesidad de hacerlas en dos años si estoy a 40h. Con vacaciones en mi trabajo. Las horas de prácticas se controlan en la seguridad social o solo en el instituto. Como funcionan?

        Responder
  39. Carmi

    Hola, estoy con un convenio de prácticas remuneradas y estoy dadad de alta en la seguridad social; esto puede servir para hacer un arraigo laboral?

    Responder
  40. Alejandra

    Hola, he empezado prácticas sin remunerar y según el convenio de estudios tenian que darme de alta en la ssocial y me han enseñado un papel que así lo indica pero en mi vida laboral no hay constancia de nada. En mis prácticas de hace años si aparecian y aparecen…a qué se debe? Está bien? O debo reclamar? Se que no me dan derecho a paro pero si que cotizaban o aparecian en la vida laboral… gracias

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Alejandra. Debería aparecer, vuelve a consultarlo más adelante y si no aparece, coméntaselo a la empresa. Un saludo

      Responder
      • Alejandra

        Ya lo he comentado a la empresa y ellos lo tienen todo correcto, me han enseñado el certificado de alta con mis datos además de la vida laboral que ellos sacan viendo el tiempo que llevo trabajando con ellos…y a mí sigue sin aparecer nada en mi informe… es error de la seguridad social…no se cómo ponerme en contacto con ellos y si puede solucionarlo retroactivamente….

        Responder
        • Ángela M. Labrador

          Hola Alejandra. Puedes contactar con Seguridad Social y comentarles la incidencia. Un saludo

          Responder
  41. PATRI

    hola actualmente estoy realizado practica no laboreles y la empresa ha decido quedarse conmigo como contrato en prorroga de practica , tengo que acreditar los estudios con un certificado, o que tengo que hacer

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Patri. Para que te puedan realizar un contrato de prácticas tendrías que acreditar los estudios oficiales finalizados con un certificado de tu universidad o centro formativo. Un saludo

      Responder
  42. Aida

    Hola, yo actualmente v¡estoy cobrando una prestación por desempleo y voy a empezar unas prácticas extracurriculares remuneradas, ¿puedo seguir cobrando el subsidio?

    Responder
    • Alejandra

      Hasta qué edad te pueden contratar como becario? O contrato en prácticas? El año que viene cumplo 30 y quiero saber si puedo optar a trabajar como becaria trás cumplir esa edad… gracias

      Responder
      • Ángela M. Labrador

        Hola Alejandra. Para un contrato en prácticas sobre todo influiría la fecha en la que has finalizado tus estudios. Si te refieres a un convenio de prácticas, no habría edad máxima, a no ser que la estableciese tu convenio de prácticas. Un saludo

        Responder
  43. Ambar

    Ahora mismo estoy haciendo unas prácticas remuneradas de Máster y dentro de unas semanas me tienen que hacer una intervención que tiene un postoperatorio de 3-4 semanas. Y quisiera saber si por tener un convenio de Universidad me corresponde una baja o si tendría que renunciar a lo que me queda de prácticas por esa ausencia médica.

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Ambar. Como son remuneradas, entiendo que estás dada de alta en Seguridad Social, tendrías una baja médica. El tema es que el certificado de prácticas que emita la empresa no podrá ser por todas las horas que se suponía que ibas a realizar prácticas, a no ser que se completen. Tendrías que consultar y confirmar todo con universidad. Un saludo

      Responder
  44. Pablo

    Buenas tardes. Comienzo unas prácticas el próximo 3 de junio y no estoy dado de alta en la seguridad social, ¿cómo lo hago? ¿Lo tengo que hacer yo o es la universidad/empresa la que se tiene que hacer cargo?
    Muchas gracias

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Pablo. El alta en Seguridad Social te aparecerá desde el día que comiences no antes. Si son remuneradas tendría que hacer el alta la empresa. Por tu parte lo que tienes que facilitarle es el convenio de prácticas y documentación que te entreguen en tu universidad. Un saludo

      Responder
      • Reny

        Hola.
        Si las Prácticas se realizan en jornada completa de 8bhoras diarias los cinco días de la semana la remuneración (en el caso que la empresa decida pagar) debe ser por lo menos el salario mínimo?
        Para Prácticas Curriculares o Extracurriculares existe un tope de horas a laborar y/o un tope de remuneración?

        Responder
  45. Manuel

    Buenas tardes, mi caso es que estoy realizando prácticas extracurriculares de empresa renumeradas, y estoy dado de alta la seguridad social, ¿mi cotización serviría para pedir el subsidio de desempleo o algún tipo de paro?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Manuel. Este tipo de prácticas no son laborales y no cotizan por la contingencia de desempleo, por lo que no tendrías derecho a solicitar prestación por desempleo. Un saludo

      Responder
  46. Alba

    Buenas tardes, ¿hay alguna forma de meter ahora mismo unas prácticas remuneradas en 2012 para que aparezcan en la vida laboral y cuenten?
    Muchas gracias
    Alba

    Responder
  47. Andres Modet

    Buenos días, ¿Hay alguna novedad respecto a la firma de un convenio especial para incorporar a la vida laboral las prácticas realizadas en el pasado, tal y como recoge el decreto ley?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Andrés. Por el momento no hay novedad sobre esta posibilidad para las prácticas no laborales antiguas. Un saludo

      Responder
      • Miguel

        Buenos días,
        Mi pregunta es si la remuneración percibida en base a un convenio de prácticas académicas extracurriculares está sometida a retención por irpf, o si por el contrario son rentas exentas y no tributan en irpf.
        Muchas gracias

        Responder
    • Sum

      Hola! Actualmente me encuentro realizando mis practicas curriculares de master sin remuneracion y una empresa me ha ofrecido trabajo en contrato de obra y servicio. ¿Habría problema en cuanto a la seguridad social?

      Responder
  48. Cristina

    Hola, hoy he pedido mi informe de Vida Laboral y veo que no aparece 1 año entero de prácticas que hice, los 3 primeros meses con el convenio de la universidad y después de mi empresa con el SEPE.
    Estas últimas eran prácticas remuneradas.
    ¿Esto es normal? Cotizaba a las SS por lo que pensaba que aparecerían en este informe.

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Cristina. Habría que ver en qué periodo realizaste esas prácticas y si en ese momento era obligatorio cotizar por ellas. Un saludo

      Responder
  49. Adrián

    Hola, finalicé mis prácticas del grado superior en 2019, y me gustaría saber si cotizan en la SS, ya que me quedan unos días para poder cobrar el subisidio y con las prácticas lo podría cubrir.
    Muchas gracias por la información

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Adrián. Si no son prácticas remuneradas no están obligados a darte de alta en Seguridad Social, a no ser que lo especifique vuestro convenio de prácticas. Aunque lo hiciesen, comentarte que este tipo de altas en Seguridad Social no cotizan por desempleo. Un saludo

      Responder
  50. Sil

    Hola, estoy haciendo prácticas de formación en centros de trabajo, no laborales y no remuneradas, y me han ofrecido ademas contratarme 2-3horas además de las horas (remuneradas y con contrato). Pueden contratarme en la misma empresa que hago las prácticas y al mismo tiempo? Gracias

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Sil. En principio no habría inconveniente, pero tendrías que revisar qué indica el convenio de prácticas. Un saludo

      Responder
    • Juan Camilo velasco

      Hola buen día en el caso de estudiante extranjero como se realiza este proceso.

      Se deberá solicitar algún permiso especial para realizar la prácticas o solo con el NIE estudiantil. Se podría dar de alta en seguridad social

      Gracias

      Responder
  51. María

    Hola,

    Tengo que abandonar mi trabajo de 14 años para realizar unas prácticas no remuneradas durante 3 meses (unas 440 horas).

    ¿Hay alguna forma de que pueda cobrar el paro durante esos meses y hasta que encuentre trabajo?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola María. Si dejas tu puesto de trabajo, no tendrías derecho a desempleo. Un saludo

      Responder
    • Katherine

      Pide una excedencia en tu trabajo actual no lo dejes hasta no tener algo seguro.

      Responder
  52. Martín

    Hola, voy a comenzar unas prácticas no remuneradas y no laborables en una empresa, para obtener título de Ciclo Superior. La empresa en la que realizo las prácticas ¿debe darme de alta?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Martín. En principio, la empresa no estaría obligada, tendrías que ver qué indica el convenio de prácticas de tu escuela. Un saludo

      Responder
  53. Teresa

    Hola! Estoy cobrando el paro y voy a empezar unas prácticas extracurriculares de 3 meses en las que me ofrecen 500eur. En este caso, ¿qué ocurre con mi paro? Se paraliza y luego se me vuelve a activar exactamente igual que antes?
    En caso de NO ser remuneradas, puedo hacer las prácticas SIN dejar de cobrar el paro?
    Saludos y millones de gracias!

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Teresa. Al ser prácticas remuneradas, se exige alta en Seguridad Social, por lo que sí puede afectarte. Un saludo

      Responder
  54. MARIA

    Buenos días
    A nosotros la SS nos ha indicado que un estudiante que va a estar como becario en la empresa, con un convenio privado entre empresa y universidad, con prácticas no laborales, sin remuneración, pero con una bolsa de estudio que le paga la empresa, y que tiene un seguro privado que paga la universidad, tenemos que darlo igualmente de alta en SS. La Universidad también nos lo indicó así.
    La SS nos informó también que no supone coste para la empresa porque la cotización estaría totalmente bonificada, como con los contratos de formación, y que bastaría con indicar en el alta en SS que se trata de una relación laboral de carácter especial, de practicas curriculares externas.
    No sé si es correcto todo esto o no, porque en este tema de becarios personalmente tengo muchas dudas, de ahí que consultase a la TGSS. Nosotros lo hemos tramitado así, espero que no de problemas más adelante.
    Sería bueno que los legisladores aclararan mejor este tipo de prácticas.

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola María. Por parte de TGSS no se han publicado novedades sobre la cotización de las prácticas no laborales no remuneradas en su boletín RED. Por el momento sólo habría obligación de dar de alta si se exige en el convenio de la universidad o centro educativo o si son remuneradas. Un saludo

      Responder
  55. Kelly

    Hola, actualmente estoy participando en un proceso de selección para una práctica remunerada, pero me dicen q al mi NIE decir “no autorizado a trabajar” entonces solo puedo hacer prácticas sin pago. Es esto verdad? Esto quiere decir q por ser estranjeri no tengo derecho a recibir el auxilio q da la empresa?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Kelly. Si son prácticas remuneradas tendrías que estar dada de alta en seguridad social. Un saludo

      Responder
  56. Raquel

    Buenas, he trabajado en la empresa como becaria por 2 años y al terminar el periodo me han contratado con contrato indefinido. Las prácticas eran remuneradas y tenía la cotización mínima en SS el primer año (2% IRPF + 6,94€ Cont. comunes) y en el segundo año me subió la remuneración y la cotización del IRPF a 11,51% + 8,49€ cont. comunes.
    Pasado 7 meses con contrato indefinido, salgo de la empresa por despido.
    Tengo derecho a solicitar la prestación por desempleo?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Raquel. Si posteriormente a las prácticas, has tenido un contrato indefinido, no accederías a desempleo si no has cotizado el periodo mínimo. Un saludo

      Responder
  57. Maria

    Buenos días, Vamos a realizar un convenio de colaboración con una Universidad, para realizar prácticas curriculares y extracurriculares. Sabemos que la Universidad va a contratar un seguro para el becario. Como ha cambiado la Ley, pero todavía no se si ha entrado en vigor, es necesario que la empresa contrate a estos becarios.

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola María. En todo caso sería una relación no laboral, al ser un convenio de prácticas. En el caso de que sean prácticas remuneradas, se exigiría alta en Seguridad Social. Entiendo que no serán remuneradas porque comentáis sobre un seguro para el alumno. Un saludo

      Responder
  58. Carmen Pérez

    Buenos dias:

    A mi hija que está estudiando 42 de Psicologia, le han ofrecido realizar unas Practicas Curriculares en una empresa y le abonaran una ayuda economica de entorno 300 €. La pregunta que nos ha surgido es si es necesario que tenga número de la Seguridad social y en caso que asi sea, quién debe solicitarlo , ¿ ella o la empresa?
    Muchas gracias

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Carmen. Si fuese necesario darle de alta en Seguridad Social es la empresa la que se encarga de hacer todos los trámites. Un saludo

      Responder
  59. Minerva

    Buenas tardes, yo he realizado durante 4 meses PRÁCTICAS UNIVERSITARIAS EXTRACURRILARES REMUNERADAS, por otro lado tengo cotizados dos meses, podría solicitar alguna prestación, o las prácticas no computan?

    Saludos

    Responder
    • Pilar

      Mi hijo está trabajando 10 horas semanales para una empresa y le ofrecen además hacer con ellos simultáneamente un convenio de prácticas, la Universidad está de acuerdo pero la gestoria dice que por el cambio de ley no sería posible , esto es así ? Gracias

      Responder
  60. Sonia

    Buenos días, actualmente estoy realizando un máster y percibiendo la retribución por desempleo. Me han ofrecido hacer prácticas. Me podrías indicar en qué caso dejaria de seguir cobrando el paro?
    Gracias y un saludo

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Sonia. Te afectaría en el caso de que estas prácticas sean remuneradas. Un saludo

      Responder
    • Carlos

      Buenas estoy haciendo fpII y ahora entro a prácticas fct, la empresa me ofrecía una remuneración, pero el centro dice que no puedo percibir ningún tipo de ayuda.

      Responder
      • Ángela M. Labrador

        Hola Carlos. Entendemos que esto dependerá de vuestro convenio de prácticas. Un saludo

        Responder
  61. Ana

    Buenas tardes. Tengo conocimiento que algunas empresas cobran a los alumnos por realizar las prácticas de grados medios o superiores. Esto entiendo que es totalmente irregular?

    Responder
  62. Jose Luis

    Hola yo tengo una pension absoluta me gustaria hacer un grado medio de mecanicami pregunta es al ser practicas no remuneradas me darian de alta en la seguridad social pudiendo perder mi pension gracias de antemano

    Responder
  63. Rosa

    Hola buenas tardes. Tengo que dejar mi actual trabajo para empezar a realizar prácticas de FP superior remuneradas. En el caso que las pararan por el coronavirus, ¿tengo derecho a solicitar la prestación por desempleo?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Rosa. Si las prácticas son no laborales, no cotizan por desempleo, tendrías que haber llegado a la cotización mínima anteriormente. Un saludo

      Responder
      • Francisco

        Hola
        Mi mujer está haciendo una formación FP Dual en la comunidad valenciana. Le pagan como unos 2€ la hora por las prácticas hace 12h a la semana.
        Está trabajando actualmente tambien y queríamos saber, en el caso de que la echasen si tendría derecho a cobrar el paro.

        Responder
        • Ángela M. Labrador

          Hola Francisco. Este tipo de prácticas, aunque coticen, no cotizan por desempleo. Un saludo

          Responder
  64. Patricia

    Hola, muchas gracias en primer lugar por la información. ¿Un estudiante de grado (sin haber terminado el grado) que realice prácticas en una empresa con la universidad de intermediaria, ha de ser dado de alta en la seguridad social a fecha de hoy siendo el caso de unas prácticas remuneradas? Y de haber empezado ya esas prácticas, sin que lo hayan dado de alta, ¿la empresa cotizaría por lo anterior o solo desde que de de alta al alumno? ¡Muchas gracias de nuevo!

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Patricia. Si son prácticas remuneradas deberían cotizar en seguridad social, no obstante, te recomendamos contactar con tu universidad para ver el tipo de convenio de prácticas y sus condiciones. Un saludo

      Responder
      • Pau

        Hola, iniciaré unas practicas no remuneradas el mes que viene e iniciare a cobrar el paro ( ya se me ha resuelto positivamente la solicitud). Todavía no he firmado el convenio, ¿ puedo cobrar el paro si no cobro en las practicas, no ocupan tiempo superior a 4 horas diarias y forman parte de un plan docente?. Mi duda es si al darme de alta en la seg. social por las practicas se va anular mi paro de manera automatica.Gracias

        Responder
        • Ángela M. Labrador

          Hola Pau. Si son prácticas remuneradas, están obligados a darte de alta en seguridad social, no sería compatible esta situación con el paro. Un saludo

          Responder
  65. Lourdes

    Hola, he empezado a realizar unas prácticas extracurriculares no remuneradas de un máster no oficial. En el centro dijeron que para hacer el convenio le ponían la condición a la empresa de dar de alta en la SS.

    No obstante, en las negociaciones que han tenido con la empresa (a mis espaldas) han reculado y finalmente no me dan de alta en la SS, alegando que si no son remuneradas no tienen por qué darme.

    Ante el cambio de normativa ¿podría pedir la alta con carácter retroactivo?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Lourdes. Al ser prácticas no remuneradas la empresa no estaría obligada a darte de alta en seguridad social si no lo exige el acuerdo de colaboración, ya que esta normativa por el momento no está activa. Un saludo

      Responder
  66. Carlos

    Buenas tardes, se sabe algo de cuando saldrá la norma que desarrolla el RD28/2018 para poder cotizar por prácticas no laborales de años anteriores suscribiendo un convenio especial?.

    Gracias,

    Responder
  67. Souad

    Hola, una vez finalizadas mis prácticas no laborales estando en el estado de alarma y han pasado 2 meses, sigo teniendo derecho a pedir la prestación por desempleo? Muchas gracias!

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Hola Souad, las prácticas no laborales no generan derecho a desempleo, ya que no existe relación laboral con la empresa. Un saludo

      Responder
  68. cursos remunerados para desempleados

    Buena info

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  69. María Fernanda

    Buenas,

    Me han concedido una beca de practicas extracurriculares remuneradas, me daran de alta en la SS durante el contrato de practicas pero mi pregunta es: despues de terminar las practicas (3 meses) sigo de alta en la SS?
    Tengo una discapacidad reconocida y voy al medico con frecuencia por la enfermedad que padezco, tengo muface pero porq me beneficio de la poliza de mi padre, al realizar las practicas perderia derecho a la compañia ya que entro en la SS.
    Esa es mi duda, no vaya a ser que me quede sin cobertura medica una vez que haya pasado el tiempo de practicas.

    Gracias y un saludo.

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Hola María. Te dan de alta en la Tesorería General de Seguridad Social, que es diferente de tu seguro de salud. Cuando termines las prácticas, te darán de baja en TGSS. Un saludo

      Responder
      • Estela Alzugaray

        Hola buenos días. Mi hijo acaba un convenio de prácticas para un trabajo de final de máster, pone que hay una aportación IRPF, alta en seguridad social y base de aportación al desempleo pero no sé ve retención en este último concepto.
        Tendrá derecho al desempleo?

        Responder
        • Ángela M. Labrador

          Hola Estela. Aunque cotizan, este tipo de convenios de prácticas no cotizan por la contingencia de desempleo, fondo de garantía salarial, ni formación profesional. Por lo que no tendría derecho a desempleo. Un saludo

          Responder
  70. jessica

    Buenas, yo estoy cobrando el subsidio por desempleo, y quiero hacer unas practicas epes (practicas no laborales), ya se que no son compatibles y tengo que parar el subsidio, pero ¿una vez que termine las practicas con el certificado que te dan al terminar puedo reanudar el subsisio?, muchas gracias

    Responder
  71. Rubén

    Buenas tardes, en Abril comenzaré la Formación en Centros de Trabajo del FP Grado Medio de Farmacia y Parafarmacia y me gustaría saber si este año ya las prácticas cotizarán y exactamente a qué conceptos.

    Saludos y gracias

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Hola, Rubén. Por el momento no hay novedades, siguen sin cotizar si son prácticas no remuneradas. Aunque el Gobierno ya ha anunciado su intención de aprobar un Estatuto de las Prácticas y entrar a regular estos aspectos. Un saludo

      Responder
  72. Eva Maria

    Buenas, voy a realizar unas prácticas extracurriculares con el programa PRAEM de la UCA. Son remuneradas, puedo también cobrar la prestación por desempleo? O me descontarían parte del subsidio por estar dada de alta?

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Buenos días, Eva María. Al ser prácticas remuneradas, la empresa está obligada a darte de alta en seguridad social. Si estás dada de alta en seguridad social, no es compatible con el desempleo, tendrías que hablar con tu oficina de empleo para valorar las opciones. Un saludo

      Responder
  73. Cris

    Hola buenad, mi madre tiene la pension de jubilacion no contributiva , que se la dan porque en casa solod entra la pension de jubilacion d mi padre y somos 3. Entonces un vez q yono empiece a trabajar se la.quitan, sabeis si las EPES cuentan como ingresos a la unidad economica familiar? Gracias

    Responder
  74. Rocio

    Hola, un vez que termine las prácticas de empresa de tres meses y sin remuneración, tengo derecho al paro?

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Buenos días, Rocío. Por lo que comentas, actualmente estás realizando unas prácticas no remuneradas no laborales, por tanto, no dan lugar a una relación laboral con la empresa, ni permiten acceder a prestaciones por desempleo a la finalización del convenio de prácticas. Un saludo

      Responder
      • Cristina

        Hola Ángela, a Junio del 2020, ha cambiado esta Ley o seguimos sin dar de alta si son prácticas no laborales, no remuneradas? Gracias.

        Responder
        • Ángela Martínez Labrador

          Hola Cristina. Esta norma sigue igual, no ha habido todavía un desarrollo. Sólo tendrás que dar de alta en seguridad social las prácticas si son remuneradas. Un saludo

          Responder
          • Laura

            Buenas tardes, me acaban de aceptar en el programa epes. Me encuentro en riesgo de exclusión social, y mi único ingreso es el subsidio por desempleo. Al empezar las prácticas, tengo que suspender el subsidio o es compatible con la remuneración de las prácticas epes? Por lo que he leído es una beca, no un sueldo, pero no me ha quedado muy claro. Gracias, un saludo

          • Ángela Martínez Labrador

            Hola Laura, desconocemos si son compatibles. Lo más recomendable es que solicites cita en tu oficina de empleo para confirmar todo. Un saludo

    • Souad

      Hola, una vez finalizadas mis prácticas no laborales estando en el estado de alarma y han pasado 2 meses, sigo teniendo derecho a pedir la prestación por desempleo?

      Responder
  75. María José

    Buenos días,

    Actualmente estoy haciendo unas prácticas no laborales de 25h la semana, me gustaría saber si esta media jornada es compatible con la prestación por desempleo, o por contra al ser NO laborales y por lo tanto no curriculares pierdo el derecho. Gracias!

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Hola, María José. Al ser prácticas no remuneradas no laborales no dan lugar a una relación laboral con la empresa. Por este motivo no generan derecho a cobrar prestaciones por desempleo a la finalización del convenio de prácticas. Un saludo

      Responder
    • Sara

      Hola, actualmente estoy cobrando el paro y voy a realizar unas prácticas académicas externas si hay remuneración de 250€ podría seguir cobrando el paro? Y si no hubiera remuneración?
      Muchas gracias por vuestra ayuda

      Responder
      • Ángela Martínez Labrador

        Hola, Sara. Si las prácticas son remuneradas, la empresa está obligada a cotizar, y por tanto, a darte de alta en Seguridad Social. Por este motivo, no podrías seguir cobrando el paro. Si las prácticas fuesen no remuneradas, sí podrías, ya que la empresa no está obligada a darte de alta con la normativa vigente. Un saludo

        Responder
  76. Mario

    Hola si dejo voluntariamente unas practicas no laborales y tenia previamente concedido un subsidio por desempleo por el SEPE, puede retomar ese subsidio sin problema?

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Buenos días, Mario. Te recomendamos consultarlo con la Oficina de Empleo, ya que ellos dispondrán de más datos sobre la repercusión de estas prácticas. Un saludo

      Responder
  77. Adrián Sánchez Rodríguez

    Gracias por vuestra labo, muy útil para mi vídeo. Especialmente la parte de que se espera que no se aplique hasta septiembre.
    ç

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Hola Adrián. Nos alegra que haya sido de utilidad. Como indicamos en el artículo, la cotización para las prácticas no laborales está pendiente de desarrollo reglamentario. No se aplicará hasta que no exista una norma que lo regule y dada la situación, es probable que se demore todavía más. Gracias por leernos. Un saludo

      Responder
  78. TERESA

    ¿que tipo de cotizacion y regimen tienen las practicas de master (obligatorias y remuneradas)?,
    contrato es a partir del 6 de mayo

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Buenos días, Teresa. Según el Boletín Red 1/2019, para la cotización de las prácticas se aplicarán las reglas de cotización correspondientes a los contratos de formación, sin que exista la obligación de cotizar por desempleo, Fondo de Garantía Profesional, ni formación profesional. Puedes ver las cuantías de cotización del contrato de formación durante 2019 aquí. Un saludo

      Responder

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