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¿Cómo es la Tarifa Plana de autónomos en 2024?

11 enero, 2024
¿Cómo es la Tarifa Plana de autónomos en 2024?

Tras la entrada en vigor del RD Ley 13/2022 se estableció un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia.

Este RD Ley incluyó una serie de modificaciones que afectaron a los autónomos con Tarifa Plana. ¿Cómo es la Tarifa Plana de autónomos en 2024?

Te explicamos cuál ha sido su evolución en los últimos años y quiénes pueden acceder actualmente a ella.

 

¿Qué es la Tarifa Plana para autónomos?

La Tarifa Plana para personas trabajadoras autónomas es una medida que consiste en el pago de una cuota mensual reducida a la Seguridad Social durante uno o dos años.

Se aplica antes de que el autónomo o autónoma pase a formar parte del nuevo sistema de cotización por ingresos reales.

Esta medida puede ser muy útil para las personas trabajadoras autónomas que comienzan su actividad.

Hay que destacar que en los últimos años la Tarifa Plana ha sufrido algunas modificaciones. Te las contamos:

 

¿Cómo es la cotización para los autónomos con Tarifa Plana en 2024?

Desde el año 2019 la Tarifa Plana ha venido teniendo un coste de 60 euros para los trabajadores autónomos, pero tras el RD Ley 13/2022 surgió una novedad.

El nuevo sistema de cotización modificó la cuantía de la Tarifa Plana. Pero, ¡ojo! Esto no afectó a los autónomos que hubiesen solicitado la bonificación antes de enero de 2023 (cuando entró en vigor).

Es decir, los autónomos que estuviesen acogidos a la modalidad de Tarifa Plana antes del 1 de enero de 2023 han continuado con las mismas condiciones.

Para que lo entiendas mejor:

  • Si una persona trabajadora por cuenta propia se dio de alta en el RETA antes del 1 de enero de 2023 habrá continuado pagando 60 euros de Tarifa Plana a lo largo del año pasado.
  • Una vez que se vaya agotando el tiempo en el que se puede disfrutar de la Tarifa Plana, esa cuota va a ir aumentando de forma progresiva hasta alcanzar la base mínima de cotización actual.
  • Si esa persona trabajadora se dio de alta en el RETA a partir del 1 de enero de 2023 entonces estará pagando una cuota fija de 80 euros.

Esta cuantía de 80 euros se mantendría durante los siguientes 12 meses si los rendimientos del autónomo son iguales o inferiores al Salario Mínimo Interprofesional.

Con el nuevo sistema de cotización por ingresos reales los autónomos que se den de alta con la Tarifa Plana estarían pagando menos cuota, ahorrando alrededor de 900 euros.

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¿Cómo es la Tarifa Plana para los autónomos en 2024?

Tal y como recoge el RD Ley 13/2022 durante el periodo comprendido entre los años 2023 y 2025, la cuantía de la cuota reducida regulada en el artículo 38 ter de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, será de 80 euros mensuales.

A partir del año 2026, el importe de dicha cuota será fijado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio.

Con esta modificación de la Tarifa Plana se reduciría el gasto en cotizaciones sociales durante los primeros años.

Es decir, los autónomos que se acojan a la Tarifa Plana van a pagar durante los primeros 12 meses una cuota mensual de 80 euros.

Y si su rendimiento anual en el segundo año no supera al SMI continuarían pagando la misma cantidad durante otros 12 meses.

 

¿Cuál es la cuantía de la Tarifa Plana para autónomos en 2024?

Como comentamos, la Tarifa Plana ha pasado a ser de 80 euros durante los 12 primeros meses de actividad.

Esta cuantía podrá mantenerse un año más si los ingresos netos de la persona trabajadora autónoma están por debajo del SMI.

Esto conllevaría un pago de 1.920 euros en concepto de cuotas a la Seguridad Social, suponiendo un ahorro de más de 900 euros para los autónomos en esos 2 años.

 

¿Todos los autónomos pueden acogerse a la Tarifa Plana?

No todos los autónomos pueden acceder a la Tarifa Plana.

Para acogerse a la Tarifa Plana en 2024 los autónomos:

  • No pueden haber estado dados de alta en el RETA en los 2 últimos años o durante los últimos 3 años en el caso de solicitarse anteriormente esta prestación.
  • No pueden tener deudas pendientes con la Seguridad Social y Hacienda.
  • No pueden ser autónomos colaboradores.

Además, el RD Ley 13/2022 estableció un nuevo requisito: los autónomos que quieran disfrutar de la Tarifa Plana tendrán que tener unos rendimientos netos en el segundo año no superiores al SMI.

 

¿Pueden los autónomos societarios solicitar la Tarifa Plana en 2024?

Sí, desde el año 2020 los autónomos societarios también pueden acogerse a la Tarifa Plana siempre y cuando cumplan los requisitos anteriormente mencionados.

 

Tarifa Plana para autónomos de municipios con menos de 5.000 habitantes

La Tarifa Plana rural para autónomos ha desaparecido. En su momento, se estableció como una medida para fomentar el emprendimiento y el desarrollo económico en zonas rurales o con baja densidad de población.

Las personas trabajadoras autónomas que operaban en municipios con menos de 5.000 habitantes podían acceder a esta Tarifa Plana disfrutando de un pago reducido de las cuotas de la Seguridad Social.

Sin embargo, desde 2023, esta medida fue eliminada a nivel estatal. En su lugar, se estableció una cuota reducida de 80 euros mensuales para ciertos casos de alta inicial en el RETA o para autónomos que no hubieran estado dados de alta en los dos años anteriores al momento del alta.

A pesar de esta eliminación a nivel estatal, algunas comunidades autónomas han implementado programas y convocatorias específicas para apoyar a los autónomos que operan en zonas rurales o despobladas.

 

Tarifa Plana para autónomos en situación de pluriactividad

Los autónomos que se encuentren en situación de pluriactividad, es decir, que trabajen por cuenta ajena y por cuenta propia al mismo tiempo, podrán también solicitar la Tarifa Plana en 2024 con una duración de 3 años.

Sin embargo, hay que destacar que los autónomos en pluriactividad disponen de una bonificación específica.

¡Importante! No es posible acceder a la Tarifa Plana y a la bonificación por pluriactividad a la vez, por lo que los autónomos deben elegir la que más le convenga.

La bonificación por pluriactividad conlleva una reducción en la base de cotización, que variará según el contrato laboral del que se disponga y del tiempo que haya pasado desde el inicio de la actividad.

  • Contrato a jornada completa: se podrá aplicar hasta un 50% de descuento sobre la base mínima de cotización durante los primeros 18 meses de alta. Después, y hasta el mes número 36 la deducción será del 25%.
  • Contrato a jornada parcial: se podrá aplicar hasta un 25% de deducción durante los primeros 18 meses. Después, desde el mes número 19 y hasta el 36 se aplicará un 15%.

Por otra parte, los autónomos menores de 30 años y las mujeres autónomas menores de 35 podrán solicitar la Tarifa Plana (con una ampliación de 1 año con respecto a otros autónomos).

 

Tarifa plana para autónomos con discapacidad o que hayan sido víctimas de violencia de género

De la misma manera, aquellos autónomos que tengan discapacidad o hayan sido víctimas de violencias de género o terrorismo podrán solicitar la Tarifa Plana en 2024.

Durante 2 años su cuota será de 80 euros y desde el mes 25 hasta el 36 pagarán 160 euros si sus rendimientos netos son inferiores al SMI.

 

¿Cómo solicitar la Tarifa Plana para autónomos en 2024?

Para solicitar la Tarifa Plana tendrás que acceder al portal de trámites online de la Seguridad Social (Import@ss) y entrar con tu Certificado Digital, Cl@ve PIN o vía SMS.

Después, simplemente elegirás ‘Alta’ en trabajo autónomo e indicarás que es un alta inicial.

 

¿Cuándo acaba la Tarifa Plana?

La Tarifa Plana se pierde cuando pasa el tiempo máximo para disfrutar de ella o cuando el autónomo deja de cumplir alguno de los requisitos.

Por ejemplo, si la persona trabajadora autónoma cobra más del SMI en el segundo año no podrá seguir disfrutando de la Tarifa Plana.

¡Importante! Para acceder a la Tarifa Plana debes tener en cuenta pedirla siempre en el momento del alta.

 

¿Es compatible la Tarifa Plana con la Cuota Cero?

Sí, es totalmente compatible. La Cuota Cero es una ayuda que ofrecen algunas Comunidades Autónomas para cubrir los gastos de los autónomos a la Seguridad Social en sus primeros años inscritos en el RETA.

Esta ayuda permite bonificar la cuota a la Seguridad Social al 100%.

Algunas de las Comunidades Autónomas que han activado la Cuota Cero son Andalucía, Murcia o Madrid.

En general, la Cuota Cero permite bonificar durante 2 años el 100% de la cuota de los nuevos autónomos que inicien su actividad en la Comunidad Autónoma que corresponda.

Los autónomos que accedan a la Cuota Cero van a disfrutar de un ahorro anual de 960 euros (si compaginan con la Tarifa Plana).

Si los autónomos pueden beneficiarse de la Tarifa Plana en su segundo año disfrutarán de un ahorro de 1.920 euros.

¿Qué te parecen las modificaciones en la Tarifa Plana? ¿Sabías que la Tarifa Plana era compatible con la Cuota Cero? No olvides dejar tus comentarios más abajo, ¡nos encanta leerte!

 

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Ángela M. Labrador

28 Comentarios

  1. Jose

    Hola, gracias por vuestro post y aportación de información, quisiera preguntar si puedo beneficiarme de la prórroga del segundo año, por cumplir el requisito de no superar el SMI con mi actividad de autónomo, si me contratan por cuenta ajena y ambos ingresos sí que lo superan.

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Jose, entendemos que si tus ingresos totales (incluyendo los provenientes de tu actividad por cuenta ajena y la actividad como autónomo) superan el SMI no podrías beneficiarte de la prórroga del segundo año de la Tarifa Plana. Sin embargo, te recomendamos pedir una segunda opinión y contactar con un/a asesor/a laboral para que te confirme si cumples los requisitos o no. Un saludo.

      Responder
  2. Irina

    buenas tardes,

    Tengo un par de dudas. Yo me di de alta como autónoma en noviembre de 2022, con la tarifa plana, pues es mi primera vez siendo autónoma. En 2023, debería haberme subido a 80€ pero subió a 97,57 porque mi antigua gestora me señalizó la revalorización automática.

    Mi primera duda es: a partir de ahora, el segundo año de autónomo, el descuento del 50% y el 30% (6 y 6 meses respectivamente), se harán sobre la base elegida según mis ingresos, o sobre la mínima que sigue ahora señalizada? (que ya es de 1042€ o algo así, por lo que ahora pago 97 en vez de 80)

    Mi segunda pregunta es esa. Se sigue manteniendo, si me hice autónoma en 2022, la deducción del 50% los siguientes 6 meses y el 30 los otros 6 siguientes?

    Me han comentado lo de bajar la base de cotización, pero entiendo que yo no puedo bajarla asi como asi, puedo bajarla solo según mis ingresos no? ¿O puedo bajarla aunque mi salario sea mas que el SMI, al ser el primer año, a lo que yo quiera?(o sea, el mínimo)

    Responder
    • Ana Gomez

      Vuelve a modificar la base a 960,60 euros, que era la que correspondía para aplicar la tarifa plana en 2022 y se te volverá a cargar el importe de 60 y pico euros que venías abonando.

      Responder
  3. Antonio Guedes Gonzalez

    Buenos días, causé alta en RETA el 01/11/2022 y solicité tarifa plana de 60 Euros mensuales. En enero me han subido la cuota a 97,57 euros. ¿Me podrían explicar a qué se debe esta subida. Saludos y muchas gracias.

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Antonio. Esto se debe a un error que ha habido en Seguridad Social. Solicita que te devuelvan la diferencia. Un saludo

      Responder
      • María del Mar

        Buenas tardes, me han cobrado también 97,57, he preguntado a la S.Social y me han contestado que ha sido porque al darme de alta, puse que las bases se actualicen automáticamente, que vuelva a poner la bases 960,60 antes del 28 de febrero y para marzo estaría arreglado, pero que enero y febrero me cobran 97,57.
        No he cambiado las bases esperando que sea un error y si es un error como lo reclamo.
        Un saludo.

        Responder
  4. Juan

    Hola! Tengo una pregunta sobre esto:

    «Para que lo entendáis mejor. Si un trabajador por cuenta propia se dio de alta en el RETA antes del 1 de enero de 2023 va a pagar 60 euros de Tarifa Plana a lo largo de este año.»

    Me han cobrado €65,76 de cuota de autónomo y no entiendo por qué. No se supone que si tenía tarifa plana desde antes de 2023 iba a seguir pagando €60? Ahora cambió algo? Ya no es fija? Gracias saludos

    Responder
    • Carlos

      A mi me han cobrado lo mismo exactamente; tanto en enero como ahora febrero… y no entiendo porque. Porque no son los 8,6% de subida que he estado leyendo, es un poco mas. Eso podríamos pedir que nos lo devuelvan y solo pagar los 60€?

      Responder
      • Ángela M. Labrador

        Hola, Carlos. Quizá se trate del nuevo impuesto MEI. Un saludo

        Responder
    • Luis Velasco

      Estoy igual que tú, y me corresponderían 60€. Alguna respuesta concreta sobre ese cambio en la cuota?

      Responder
    • Ricardo García Espinosa

      No soy un experto, pero investigando en internet he encontrado esta explicación. Desde el 1 de enero de 2023 ha habido cambios en la cotización de los autónomos.

      «Se han incrementado el tipo de cotización en un 0.6% debido a la entrada en vigor del MEI (Mecanismo de solidaridad intergeneracional), a fin de intentar asegurar la viabilidad futura del sistema de pensiones.»

      Este incremento es de un 0.6% sobre la base de cotización (960,60 €), que coincide con los 5.76€ .

      Responder
  5. Sandra

    Buenas tardes y también se aplica la cuota de 80€ a las sociedades civiles como años anteriores o este Año no.

    Responder
  6. Oskia

    Hola!
    Tengo una consulta respecto a la Tarifa plana para autónomos de municipios con menos de 5.000 habitantes.
    O sea los nuevos autónomos que vivan en municipios de menos de 5000 habitantes, si cumplen los requisitos, ¿pueden acceder a la tarifa plana de 80 euros durante dos años aunque presten sus servicios en municipios más grandes? ¿Y si viven en municipios de más de 5000 habitantes pero prestan sus servicios en municipios con menos de 5.000 habitantes también pueden solicitar la tarifa plana de 80 euros durante 2 años? Sin requerir ningún requisito de que sus ingresos sean inferiores al SMI el segundo año.
    Me gustaría resolver esta duda ¿ qué norma detalla esto?
    Muchas gracias y saludos!

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Oskia. Puedes ver todos los detalles de la nueva tarifa plana para autónomos en el Real Decreto Ley 13/2022. Muchas gracias. Un saludo

      Responder
  7. Francisco Manuel De la Cruz García

    Hola buenas, ¿Cuándo puedo solicitar la cuota 0 de autónomo en Andalucía? Quiero ser autónomo y me gustaría poder solicitarla, pero no se si ya está abierta la subvención

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Francisco. Todavía no tenemos conocimiento de que se haya abierto la convocatoria de la cuota cero para autónomos en Andalucía, en cuanto tengamos noticias os avisaremos en nuestro blog. Un saludo

      Responder
  8. José

    Hola.
    ¿Cuál es la base de cotización de la tarifa plana?

    Responder
  9. ivan

    Buenos días, si te das de alta en 2022 como autonomo beneficiandote de la tafifa plana de 60 e, cotizas por la cuota minina que esta en 960,60e. Si te das de alta a partir del 2023 tienes la tarifa reducida de 80 e cotizando por la cuota minima que en este caso estaría en 751,63e sino me equivoco.Por lo tanto a priori no es tan buena en este sentido si la base de cotización es menor.
    Esto es asi?
    Que recomentarias a un nuevo autónomo, esperar hasta Enero o darse de alta antes de acabar el 2022.
    muchas gracias.

    Responder
  10. Olga

    Buenas tardes, la nueva tarifa plana que entrará en vigor en 2.023 de 80€ durante los primeros 12 meses, ¿si pasados esos 12 meses SI supera el S.M.I, qué importe pasaría a pagar por RETA? Gracias

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Olga. Si se supera el SMI ya pasarías a pagar por tramos según tus ingresos. Puedes ver toda la información en nuestro artículo sobre la cuota de autónomos por tramos. Un saludo

      Responder
  11. OSCAR GONZALEZ

    Muchas gracias por toda la información, ha sido de gran ayuda.

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      ¡Hola, Oscar! Gracias a ti. Me alegra que haya sido de ayuda. Un saludo

      Responder
      • Roberto

        Buenos días, soy funcionario y estoy pensando en iniciar una segunda actividad por mi cuenta que me reporte algunos ingresos extra (pluriactividad). Pensaba animarme dado que con la Tarifa Plana el coste en SS es muy bajo durante 1-2 años y pasado ese tiempo podría hacer balance y continuar o darme de baja, pero tras leer su artículo, si lo he entendido bien NO podría acogerme a dicha Tarifa Plana, verdad? Gracias. Saludos.

        Responder
      • Francisco Manuel

        Hola buenas, solicité la tarifa plana de autónomos en Noviembre de 2022 y he estado pagando 60 € varios meses, este mes me han cobrado 97,70 €, a qué es debido, supuestamente es un error o ha subido? Gracias de antemano

        Responder
        • Ángela M. Labrador

          Hola, Francisco Manuel. Supuestamente las tarifas planas de autónomos que se dieron de alta en 2022 se mantienen según su normativa. Te dejo por aquí las novedades en cotización 2023 por si acaso. Un saludo

          Responder
  12. ana rosa lopez

    Buenos días, Un trabajador autónomo que causa alta en mayo de 2018 con tarifa plana, ¿ a partir del 01.01.2019 tenia la obligación de cotizar por cese de actividad segun rd 28/2018 de 28 diciembre?. Muchas gracias.

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Hola Ana Rosa. Había una excepción de cotizar para los autónomos que disfruten de la tarifa plana desde el 31 de diciembre de 2018, estarían exentos de cotizar hasta que terminen de disfrutar la bonificación. El resto estarán obligados a cotizar por las contingencias de cese de actividad y formación. Un saludo

      Responder

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