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¿Cómo es la Tarifa Plana de autónomos en 2023?

Ángela M. Labrador
14 febrero, 2023
¿Cómo es la Tarifa Plana de autónomos en 2023?

El 26 de julio de 2022 se publicó el RD Ley 13/2022 por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia.

Este RD Ley incluye una serie de modificaciones que afectan a los autónomos con Tarifa Plana. ¿Cómo es la Tarifa Plana de autónomos en 2023?

Te explicamos qué dice la norma y cuáles son las principales modificaciones que incluye el RD Ley 13/2022.

 

Esta es la cotización para los autónomos con Tarifa Plana en 2023

Desde el año 2019 la Tarifa Plana ha tenido un coste de 60 euros para los trabajadores autónomos, pero tras el RD Ley 13/2022 surge una novedad.

El nuevo sistema de cotización modifica la cuantía de la Tarifa Plana para 2023. Pero, ¡ojo! Esto no afecta a los autónomos que hubiesen solicitado la bonificación antes de enero de 2023.

Es decir, los autónomos que estuviesen acogidos a la modalidad de Tarifa Plana antes del 1 de enero de 2023 continúan con las mismas condiciones.

Para que lo entendáis mejor. Si un trabajador por cuenta propia se dio de alta en el RETA antes del 1 de enero de 2023 va a pagar 60 euros de Tarifa Plana a lo largo de este año.

Después, esa cuota irá aumentando de forma progresiva hasta alcanzar la base mínima de cotización actual de 294 euros.

Pero, si ese trabajador se da de alta en el RETA a partir del 1 de enero de 2023 pagará una cuota fija de 80 euros.

Esta cuantía de 80 euros se mantendría durante los siguientes 12 meses si los rendimientos del autónomo son iguales o inferiores al Salario Mínimo Interprofesional.

Con el nuevo sistema de cotización por ingresos reales los autónomos que se den de alta con la Tarifa Plana estarían pagando menos cuota que lo que se vendría pagando hasta el momento, ahorrando alrededor de 900 euros.

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¿Cómo es la Tarifa Plana para los autónomos en 2023?

Tal y como recoge el RD Ley 13/2022 durante el periodo comprendido entre los años 2023 y 2025, la cuantía de la cuota reducida regulada en el artículo 38 ter de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo, será de 80 euros mensuales.

A partir del año 2026, el importe de dicha cuota será fijado por la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio.

Con esta modificación de la Tarifa Plana se reduciría el gasto en cotizaciones sociales durante los primeros años.

Es decir, tras el nuevo RD Ley 13/2022 los autónomos que se acojan a la Tarifa Plana pagarían durante los primeros 12 meses una cuota mensual de 80 euros.

Y si su rendimiento anual en el segundo año no supera al SMI continuarían pagando la misma cantidad durante otros 12 meses, lo que conllevaría un pago de 1.920 euros en concepto de cuotas a la Seguridad Social.

Esto supondría un ahorro de más de 900 euros para los autónomos en esos 2 años.

 

¿Todos los autónomos pueden acogerse a la tarifa plana?

No todos los autónomos pueden acceder a la Tarifa Plana.

Para acogerse a la Tarifa Plana los autónomos no pueden haber estado dados de alta en el RETA en los 2 últimos años o durante los últimos 3 años en el caso de solicitarse anteriormente esta prestación.

Tras el RD Ley 13/2022 se establece un nuevo requisito. Los autónomos que quieran disfrutar de la Tarifa Plana a partir de 2023 tendrán que tener unos rendimientos netos en el segundo año no superiores al SMI.

Desde el año 2020 los autónomos societarios también pueden acogerse a la Tarifa Plana siempre y cuando cumplan los requisitos.

Pero, los autónomos colaboradores y aquellos trabajadores por cuenta propia que tengan deuda con Seguridad Social no pueden acceder a esta prestación.

 

Tarifa plana para autónomos de municipios con menos de 5.000 habitantes

Los autónomos que vivan o presten sus servicios en municipios con menos de 5.000 habitantes tienen una interesante opción: solicitar la tarifa plana de 80 euros durante 2 años.

En este caso, no existirá ningún requisito de ingresos inferiores al SMI en el segundo año.

 

Tarifa plana para autónomos en situación de pluriactividad

Además, los autónomos que se encuentren en situación de pluriactividad, es decir, que trabajen por cuenta ajena y por cuenta propia al mismo tiempo, podrán también solicitar la Tarifa Plana en 2023 con una duración de 3 años.

También, los autónomos menores de 30 años y las mujeres autónomas menores de 35 podrán solicitarla (con una ampliación de 1 año) con respecto a otros autónomos.

De la misma manera, aquellos autónomos que tengan discapacidad o hayan sido víctimas de violencias de género o terrorismo podrán solicitar la Tarifa Plana en 2023.

Durante 2 años su cuota será de 80 euros y desde el mes 25 hasta el 36 pagarán 160 euros.

 

¿Cómo solicitar la Tarifa Plana para autónomos en 2023?

Para solicitar la Tarifa Plana tendrás que acceder al portal de trámites online de la Seguridad Social (Import@ss) y entrar con tu Certificado Digital, Cl@ve PIN o vía SMS.

Después, simplemente elegirás Alta en trabajo autónomo e indicarás que es un alta inicial.

 

¿Cuándo acaba la Tarifa Plana?

La Tarifa Plana se pierde cuando pasa el tiempo máximo para disfrutar de ella o cuando el autónomo deja de cumplir alguno de los requisitos.

Por ejemplo, si el autónomo cobra más del SMI en el segundo año no podrá seguir disfrutando de la Tarifa Plana.

¡Importante! Para acceder a la Tarifa Plana debes tener en cuenta pedirla siempre en el momento del alta.

 

¿Es compatible la Tarifa Plana con la Cuota Cero?

Sí, es totalmente compatible. La Cuota Cero es una ayuda que ofrecen algunas Comunidades Autónomas para cubrir los gastos de los autónomos a la Seguridad Social en sus primeros años inscritos en el RETA.

Esta ayuda permite bonificar la cuota a la Seguridad Social al 100%.

De momento, las Comunidades Autónomas que han activado la Cuota Cero son Andalucía, Murcia, Madrid y Baleares.

La Cuota Cero permite bonificar durante 2 años el 100% de la cuota de los nuevos autónomos que inicien su actividad en Andalucía, Madrid, Murcia y Baleares.

Los autónomos que accedan a la Cuota Cero van a disfrutar de un ahorro anual de 960 euros (si compaginan con la Tarifa Plana).

Si los autónomos pueden beneficiarse de la Tarifa Plana en su segundo año disfrutarán de un ahorro de 1.920 euros.

¿Qué te parecen las modificaciones en la Tarifa Plana? ¿Sabías que la Tarifa Plana era compatible con la Cuota Cero? No olvides dejar tus comentarios más abajo, ¡nos encanta leerte!

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26 Comentarios

  1. Irina

    buenas tardes,

    Tengo un par de dudas. Yo me di de alta como autónoma en noviembre de 2022, con la tarifa plana, pues es mi primera vez siendo autónoma. En 2023, debería haberme subido a 80€ pero subió a 97,57 porque mi antigua gestora me señalizó la revalorización automática.

    Mi primera duda es: a partir de ahora, el segundo año de autónomo, el descuento del 50% y el 30% (6 y 6 meses respectivamente), se harán sobre la base elegida según mis ingresos, o sobre la mínima que sigue ahora señalizada? (que ya es de 1042€ o algo así, por lo que ahora pago 97 en vez de 80)

    Mi segunda pregunta es esa. Se sigue manteniendo, si me hice autónoma en 2022, la deducción del 50% los siguientes 6 meses y el 30 los otros 6 siguientes?

    Me han comentado lo de bajar la base de cotización, pero entiendo que yo no puedo bajarla asi como asi, puedo bajarla solo según mis ingresos no? ¿O puedo bajarla aunque mi salario sea mas que el SMI, al ser el primer año, a lo que yo quiera?(o sea, el mínimo)

    Responder
    • Ana Gomez

      Vuelve a modificar la base a 960,60 euros, que era la que correspondía para aplicar la tarifa plana en 2022 y se te volverá a cargar el importe de 60 y pico euros que venías abonando.

      Responder
  2. Antonio Guedes Gonzalez

    Buenos días, causé alta en RETA el 01/11/2022 y solicité tarifa plana de 60 Euros mensuales. En enero me han subido la cuota a 97,57 euros. ¿Me podrían explicar a qué se debe esta subida. Saludos y muchas gracias.

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Antonio. Esto se debe a un error que ha habido en Seguridad Social. Solicita que te devuelvan la diferencia. Un saludo

      Responder
      • María del Mar

        Buenas tardes, me han cobrado también 97,57, he preguntado a la S.Social y me han contestado que ha sido porque al darme de alta, puse que las bases se actualicen automáticamente, que vuelva a poner la bases 960,60 antes del 28 de febrero y para marzo estaría arreglado, pero que enero y febrero me cobran 97,57.
        No he cambiado las bases esperando que sea un error y si es un error como lo reclamo.
        Un saludo.

        Responder
  3. Juan

    Hola! Tengo una pregunta sobre esto:

    «Para que lo entendáis mejor. Si un trabajador por cuenta propia se dio de alta en el RETA antes del 1 de enero de 2023 va a pagar 60 euros de Tarifa Plana a lo largo de este año.»

    Me han cobrado €65,76 de cuota de autónomo y no entiendo por qué. No se supone que si tenía tarifa plana desde antes de 2023 iba a seguir pagando €60? Ahora cambió algo? Ya no es fija? Gracias saludos

    Responder
    • Carlos

      A mi me han cobrado lo mismo exactamente; tanto en enero como ahora febrero… y no entiendo porque. Porque no son los 8,6% de subida que he estado leyendo, es un poco mas. Eso podríamos pedir que nos lo devuelvan y solo pagar los 60€?

      Responder
      • Ángela M. Labrador

        Hola, Carlos. Quizá se trate del nuevo impuesto MEI. Un saludo

        Responder
    • Luis Velasco

      Estoy igual que tú, y me corresponderían 60€. Alguna respuesta concreta sobre ese cambio en la cuota?

      Responder
    • Ricardo García Espinosa

      No soy un experto, pero investigando en internet he encontrado esta explicación. Desde el 1 de enero de 2023 ha habido cambios en la cotización de los autónomos.

      «Se han incrementado el tipo de cotización en un 0.6% debido a la entrada en vigor del MEI (Mecanismo de solidaridad intergeneracional), a fin de intentar asegurar la viabilidad futura del sistema de pensiones.»

      Este incremento es de un 0.6% sobre la base de cotización (960,60 €), que coincide con los 5.76€ .

      Responder
  4. Sandra

    Buenas tardes y también se aplica la cuota de 80€ a las sociedades civiles como años anteriores o este Año no.

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  5. Oskia

    Hola!
    Tengo una consulta respecto a la Tarifa plana para autónomos de municipios con menos de 5.000 habitantes.
    O sea los nuevos autónomos que vivan en municipios de menos de 5000 habitantes, si cumplen los requisitos, ¿pueden acceder a la tarifa plana de 80 euros durante dos años aunque presten sus servicios en municipios más grandes? ¿Y si viven en municipios de más de 5000 habitantes pero prestan sus servicios en municipios con menos de 5.000 habitantes también pueden solicitar la tarifa plana de 80 euros durante 2 años? Sin requerir ningún requisito de que sus ingresos sean inferiores al SMI el segundo año.
    Me gustaría resolver esta duda ¿ qué norma detalla esto?
    Muchas gracias y saludos!

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Oskia. Puedes ver todos los detalles de la nueva tarifa plana para autónomos en el Real Decreto Ley 13/2022. Muchas gracias. Un saludo

      Responder
  6. Francisco Manuel De la Cruz García

    Hola buenas, ¿Cuándo puedo solicitar la cuota 0 de autónomo en Andalucía? Quiero ser autónomo y me gustaría poder solicitarla, pero no se si ya está abierta la subvención

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Francisco. Todavía no tenemos conocimiento de que se haya abierto la convocatoria de la cuota cero para autónomos en Andalucía, en cuanto tengamos noticias os avisaremos en nuestro blog. Un saludo

      Responder
  7. José

    Hola.
    ¿Cuál es la base de cotización de la tarifa plana?

    Responder
  8. ivan

    Buenos días, si te das de alta en 2022 como autonomo beneficiandote de la tafifa plana de 60 e, cotizas por la cuota minina que esta en 960,60e. Si te das de alta a partir del 2023 tienes la tarifa reducida de 80 e cotizando por la cuota minima que en este caso estaría en 751,63e sino me equivoco.Por lo tanto a priori no es tan buena en este sentido si la base de cotización es menor.
    Esto es asi?
    Que recomentarias a un nuevo autónomo, esperar hasta Enero o darse de alta antes de acabar el 2022.
    muchas gracias.

    Responder
  9. Olga

    Buenas tardes, la nueva tarifa plana que entrará en vigor en 2.023 de 80€ durante los primeros 12 meses, ¿si pasados esos 12 meses SI supera el S.M.I, qué importe pasaría a pagar por RETA? Gracias

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Olga. Si se supera el SMI ya pasarías a pagar por tramos según tus ingresos. Puedes ver toda la información en nuestro artículo sobre la cuota de autónomos por tramos. Un saludo

      Responder
  10. OSCAR GONZALEZ

    Muchas gracias por toda la información, ha sido de gran ayuda.

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      ¡Hola, Oscar! Gracias a ti. Me alegra que haya sido de ayuda. Un saludo

      Responder
      • Roberto

        Buenos días, soy funcionario y estoy pensando en iniciar una segunda actividad por mi cuenta que me reporte algunos ingresos extra (pluriactividad). Pensaba animarme dado que con la Tarifa Plana el coste en SS es muy bajo durante 1-2 años y pasado ese tiempo podría hacer balance y continuar o darme de baja, pero tras leer su artículo, si lo he entendido bien NO podría acogerme a dicha Tarifa Plana, verdad? Gracias. Saludos.

        Responder
      • Francisco Manuel

        Hola buenas, solicité la tarifa plana de autónomos en Noviembre de 2022 y he estado pagando 60 € varios meses, este mes me han cobrado 97,70 €, a qué es debido, supuestamente es un error o ha subido? Gracias de antemano

        Responder
        • Ángela M. Labrador

          Hola, Francisco Manuel. Supuestamente las tarifas planas de autónomos que se dieron de alta en 2022 se mantienen según su normativa. Te dejo por aquí las novedades en cotización 2023 por si acaso. Un saludo

          Responder
  11. ana rosa lopez

    Buenos días, Un trabajador autónomo que causa alta en mayo de 2018 con tarifa plana, ¿ a partir del 01.01.2019 tenia la obligación de cotizar por cese de actividad segun rd 28/2018 de 28 diciembre?. Muchas gracias.

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Hola Ana Rosa. Había una excepción de cotizar para los autónomos que disfruten de la tarifa plana desde el 31 de diciembre de 2018, estarían exentos de cotizar hasta que terminen de disfrutar la bonificación. El resto estarán obligados a cotizar por las contingencias de cese de actividad y formación. Un saludo

      Responder

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