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Llega el fin de los Códigos de Cotización específicos, TGSS los unifica

10 julio, 2019
Llega el fin de los Códigos de Cotización específicos, TGSS los unifica

Llega el fin de los Códigos de Cotización específicos, TGSS los unifica definitivamente a partir del 1 de Noviembre. Te contamos cuáles son los casos afectados y qué gestiones debe hacer tu empresa. 

 

Seguridad Social unifica los Códigos de Cuenta de Cotización. Ya no se pueden solicitar nuevos CCC secundarios

Como ya te informamos en anteriores artículos, desde hace más de un año TGSS venía anunciando su intención de unificar todos los Códigos de Cuenta de Cotización y acabar con los códigos específicos.

El objetivo de unificación es simplificar las gestiones para los usuarios y facilitar el control de la Administración sobre las contrataciones de cada empresa.

En el Boletín RED 4/2019 confirman el comienzo de esta transición, que ya se está produciendo desde el mes de julio.

En el Sistema RED Directo la implantación de este cambio se ha hecho con carácter inmediato, aplicándose a todos los CCC adheridos.

 

¿Cómo debo hacer las altas de estos trabajadores ahora? 

Si necesitas dar de alta un Código de Cuenta de Cotización específico para identificar alguna exclusión de cotización de contingencias o prestaciones aplicables, el aplicativo ya no permite solicitar CCC secundarias.

Desde Seguridad Social están informando que las nuevas altas deberán realizarse asociando al trabajador al Código de Cuenta de Cotización principal.

El problema viene a la hora de dar el alta a través de Sistema RED, ya que todavía no está preparado para este cambio y está dando error.

Si necesitas dar de alta un contrato de formación, por ejemplo, la forma de tramitarlo provisionalmente sería realizarlo en Siltra, asociándolo a la Cuenta de Cotización principal, indicando el código de contrato 421 y la exclusión de cotización que le corresponde. 

 

¿Qué ocurre con los CCC específicos ya existentes? ¿Y con los contratos que estén asociados?

¿Qué ocurre con los contratos que ya tengas dados de alta? No te preocupes, esta unificación, para las empresas que ya poseen varios CCC, será gradual.

Desde Seguridad Social se irán poniendo en contacto en los próximos meses con todas las empresas afectadas para notificarles la unificación, cuál va a ser el CCC definitivo (bajo el que aparecerán adscritos todos los trabajadores) y en qué fecha se producirá.

Una vez recibáis esta notificación de la Dirección Provincial, tendrás que causar baja en todos los CCC en los que figuren trabajadores con exclusiones en la cotización y proceder a realizar el alta de dichos trabajadores en el CCC principal definitivo.

Importante: si tu empresa se encuentra entre alguno de los siguientes casos, todavía no se verá afectada, a no ser que TGSS lo indique:

  • Cuando alguno de los CCC de una empresa en una provincia sean de un régimen distinto al del resto de CCC.
  • Si alguno de los CCC de la empresa son de un Sistema Especial del Régimen General (Hogar, Agrario, Artistas, etc.)
  • CCC con trabajadores a los que se apliquen tipos de cotización para accidentes de trabajo distintos a los de la actividad principal.
  • CCC del Régimen Especial del Mar con CCC para grupos de cotización diferentes o vinculados a diferentes embarcaciones.
  • CCC de bomberos, policías locales, etc.
  • CCC de Empresas de Trabajo Temporal o Centros Portuarios de Empleo.
  • CCC de mutuas.
  • Cualquier CCC que identifique una condición de deducción diferida de compensaciones por pago delegado de IT, o de procedimientos de liquidación de cuotas específicos. 
  • CCC que identifiquen trabajadores con diversas relaciones laborales simultáneas con el mismo empresario y con diferentes cotizaciones.

 

Esperamos que esta información sea de ayuda. ¿Tienes alguna duda? Déjanos un comentario a continuación.

 

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Ángela M. Labrador

2 Comentarios

  1. Nasser chaara

    Hola buenas días señores que te va a decir tengo un proplema con seguridad social pero yo esta trabajando no tuve tiempo para ir a preguntar a ellos si tenéis algún solocion para mi

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Hola Nasser. Nosotros somos una empresa privada, no somos Seguridad Social. Tendrías que contactar con ellos para que te ayuden. Un saludo

      Responder

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