FAQ – Preguntas frecuentes sobre la formación bonificada
Encuentra aquí las respuestas a las dudas habituales sobre la formación bonificada:
¿Qué es la formación bonificada para empresas?
¿Qué empresas tienen crédito para realizar formación bonificada?
¿Qué trabajadores/as pueden realizar formación bonificada?
¿Qué crédito tiene mi empresa para formación bonificada cada año?
El crédito varía en función de la cuantía que hayan cotizado el año anterior por la contingencia de formación bonificada y el volumen de plantilla:
- 1 a 5 trabajadores: disponen de una cantidad mínima de 420 €.
- 6 a 9 trabajadores: 100% de la cantidad cotizada.
- 10 a 49 trabajadores: 75% de la cantidad cotizada.
- 50 a 249 trabajadores: 60% de la cantidad cotizada.
- 250 trabajadores en adelante: 50% de la cantidad cotizada.
¿Si mi empresa es de nueva creación tiene derecho a crédito de formación?
Este cálculo se aplica también si tu empresa fue creada en el año anterior (y por tanto no cotizó todos los meses del ejercicio).
¿Qué ocurre con el crédito si mi empresa abre un centro nuevo?
¿Qué pasaría con mi crédito de formación si el año anterior ha habido una fusión o cambio societario?
¿Cómo calculo mi crédito de formación bonificada?
Se calcula en función de lo cotizado por formación profesional así como la plantilla media, en base a los datos de los Recibos de Liquidación de Cotizaciones del año anterior.
En Grupo2000 te ayudamos a conocer tu crédito de formación actual, contacta con nuestro equipo.
¿Cómo solicito un curso de formación bonificada para mis trabajadores?
Recibirás las claves de acceso a nuestro aula virtual y podrás comenzar la formación.
Acabo de enviar un formulario de solicitud de formación bonificada a Grupo2000. ¿Cuáles son los siguientes pasos?
Una vez se hayan consultado y confirmado en FUNDAE que tu empresa cuenta con crédito disponible para ese curso, nos encargaremos de realizar todos los trámites con FUNDAE para comunicar el curso.
En la fecha de inicio del curso, nuestro equipo de tutores se pondrá en contacto con la persona que vaya a realizar el curso y le enviará las claves de acceso a nuestro aula virtual.
¿Y si no tengo crédito para realizar el curso y quiero comprarlo directamente?
Una vez que hayas realizado la compra, nuestro equipo se pondrá en contacto lo antes posible dentro del próximo día laborable y te enviará las claves de acceso al curso en el día de inicio del curso.
¿Qué ocurre si no utilizo el crédito de formación de este año?
Pero sería una pena, piensa que ese dinero en realidad ya lo habéis pagado tanto tú como tu plantilla, es la manera de “recuperar” parte de las cotizaciones que ya habéis realizado durante el anterior ejercicio por formación.
¿Se puede acumular el crédito de formación bonificada?
En el caso de no solicitarlo, si no se consume este crédito, se pierde y no podrá recuperarse en los próximos años.
La forma para plantear esa solicitud es a través del aplicativo de FUNDAE. Si deseas solicitar que se acumule tu crédito, en Grupo2000 te ayudamos, lo hacemos por ti,, como entidad acreditada por el SEPE para impartir formación bonificada.
Simplemente tienes que hacer clic a continuación y firmar automáticamente con Firmafy para autorizar a nuestro equipo a realizar esta gestión:
¿Qué tipos de cursos puedo realizar con formación bonificada?
También puedes realizar formación transversal que te ayude a mejorar competencias, como por ejemplo cursos de idiomas.
¿Cómo deben ser los cursos para poder aplicar la bonificación?
Y los tutores y plataforma educativa reunir los requisitos exigidos en la norma.
Además, el curso tendrá una duración de al menos 2 horas y deberá guardar relación con tu puesto de trabajo o empresa.
Para poder bonificar el importe deberás haber realizado un % mínimo de formación sobre la totalidad de duración del curso.
¿Qué debes tener en cuenta a la hora de seleccionar la acción formativa?
- El curso debe estar relacionado con la actividad de la empresa.
- Revisa el crédito disponible de tu empresa.
- Comprueba que tu empresa no se encuentre en situación de deuda con Hacienda o Seguridad Social en el momento de iniciar la acción formativa.
- La acción formativa se deberá desarrollar conforme a lo indicado a FUNDAE (antigua Fundación Tripartita), por lo que es preciso que el trabajador que desee formarse se comprometa a realizar la formación en los plazos establecidos.
- El trabajador que realiza el curso deberá estar contratado durante la acción formativa bajo el CIF que hayas indicado en la solicitud.
¿El crédito de formación cubre todos los costes del curso o mi empresa tiene que aportar algo?
Si tienes más de 5 personas contratadas, la empresa deberá co-financiar una pequeña parte, que variará según tu plantilla:
- Empresas de hasta 5 trabajadores: estarán exentas y no tendrán que aportar nada adicional. Podrán bonificar el 100%
- De 6 a 9 trabajadores: aportarán el 5% sobre el total del importe del curso.
- De 10 a 49 trabajadores: el 10%
- De 50 a 249 trabajadores: el 20%
- De 250 o más trabajadores: 40%
Normalmente las empresas lo que hacen es compensar esta aportación permitiendo que la persona que realice el curso se forme unas horas dentro de su horario laboral.
Es decir, aportando el porcentaje que le corresponda mediante el coste salarial que supondría el tener a esa persona formándose en horario laboral. La empresa le concedería unas horas, dentro de su horario laboral, para destinar a la formación.
Este horario se indicaría en los trámites del curso y no sería necesario hacer una aportación económica.
Por ejemplo: si la empresa de 30 trabajadores elige esta opción, por un curso de 100 €, bonificaría el 100% y se indicaría en la plataforma de FUNDAE el número de horas y horario, dentro de la jornada laboral del trabajador, que este va a destinar a formarse.
Si escoges esta modalidad de co-financiación, debes saber que debe cumplirse con la formación en el horario laboral indicado, ya que el SEPE podrá comprobar que así se está realizando.
En el caso de que no quieras que la persona se forme en horario laboral y tengas que co-financiar, otra opción es bonificar todo el importe que tengas de crédito menos el porcentaje de cofinanciación.
¿Qué ocurre con el crédito de formación si somos un grupo de empresas?
¿Los autónomos pueden realizar formación bonificada?
¿Qué hay que hacer si cambia el domicilio de la empresa?
¿Qué ocurre si una persona comienza un curso y antes de terminarlo se incorpora a otra empresa?
Excepto si el cambio de empresa se debe a un cambio estructural dentro de una fusión o transformación societaria.
¿Qué ocurre si se le termina el contrato a la persona que empezó el curso bonificado y pasa a situación de desempleo?
¿Una persona que está de baja médica puede hacer un curso bonificado?
Si está de baja por maternidad o paternidad también podría realizar la formación.
¿Puede una persona realizar un curso bonificado si solicita una excedencia?
Pero en el caso de excedencia voluntaria por otros motivos, tu empresa no podría aplicar la bonificación por la formación, por lo que no es recomendable que inicie el curso, si ya se prevé esta circunstancia.
¿Puede realizar una formación una persona que esté de vacaciones?
¿Pueden formarse de forma bonificada los empleados/as de hogar?
¿Qué ocurre si mi empresa tiene Personas Representantes de los Trabajadores y voy a realizar formación bonificada?
De acuerdo con el artículo 13 del Real Decreto 694/2017, tu empresa deberá poner a disposición de la representación legal de los trabajadores esta información:
- Denominación, objetivos y descripción de las acciones programadas.
- Colectivos destinatarios y número de participantes por acciones.
- Calendario previsto de ejecución.
- Medios pedagógicos.
- Criterios de selección de los participantes.
- Lugar previsto de impartición de las acciones formativas.
- Balance de la formación desarrollada en el ejercicio precedente.
Si tu empresa no tiene PRLT, no te preocupes, puede realizar formación bonificada. Eso sí, la realización de la formación por parte de esa persona es voluntaria y debe estar conforme con ella.
Si ya he iniciado el curso, ¿se puede modificar la fecha de realización?
¿Cómo se bonifica mi empresa la factura del curso bonificado?
Se debe presentar la bonificación dentro del mismo ejercicio en que se realice el curso, como máximo en el periodo de liquidación de los seguros sociales de diciembre.
La bonificación se aplica a través del sistema de liquidación directa, con el código 763 – clave del fichero FAN CABO: bonificación formación continua.
Si al aplicar la bonificación, la liquidación de cuotas resulta a favor de tu empresa, TGSS tramitará la devolución del importe correspondiente. Esto no suele ser habitual.
Si por el motivo que sea, no has aplicado la bonificación del curso dentro del mismo ejercicio, ya no podrás hacerlo posteriormente con el crédito de ese año.
¿Qué requisitos debe cumplir mi empresa para aplicar la bonificación del curso?
- Estar al corriente con tus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- Haber informado a la Representación Legal de los Trabajadores.
- Haber comunicado el inicio de la formación a FUNDAE.
- Haber realizado la formación.
- Haber comunicado la finalización de la formación a FUNDAE.
¿Es necesario que la factura de formación esté pagada para que mi empresa pueda bonificar?
Para poder bonificar, tu empresa deberá pagar las facturas de formación antes.
¿Cómo se debe realizar la contabilidad de la formación bonificada?
¿Por qué elegir a Grupo2000 para formar a tu empresa?
Somos un centro acreditado por el Servicio Público de Empleo Estatal.
Respondemos de nuestra formación. Nuestros docentes y plataformas cumplen requisitos exigidos por FUNDAE.
Tenemos más de 15 años de experiencia gestionando e impartiendo este tipo de formación. Confía tu formación en un centro solvente y con experiencia.
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