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Nueva solicitud digital para tus contratos de formación

Nueva solicitud digital para tus contratos de formación

Te presentamos la nueva solicitud digital para tus contratos de formación. Con ella, solicitar tus nuevos contratos o prórrogas es todavía más fácil, te explicamos en qué consiste.

 

Grupo2000 presenta la nueva solicitud digital para contratos de formación

Este nuevo servicio exclusivo de Grupo2000 ha sido diseñado para simplificar el proceso de tramitación de los contratos de formación a todos nuestros clientes y colaboradores.

Con esta nueva solicitud digital te olvidas de papeleo, toda la gestión se hace online, desde tu zona privada.

Y además, ahorrarás tiempo, porque sólo tendrás que introducir los datos de la empresa y trabajador una sola vez.

 

¿Cómo funciona la solicitud digital para contratos de formación?

Para solicitar tu próximo contrato de formación o prórroga, simplemente tendrás que:

  1. Acceder a tu zona privada.
  2. Hacer clic en el botón «Nuevo contrato» y rellenar el formulario de solicitud.

Completados los datos, una vez hayas marcado el botón «Guardar», nos llegará tu solicitud y ya nos encargamos de todo en Grupo2000.

Con estos datos, solicitaremos la autorización de la formación del contrato de formación ante la Delegación de Empleo competente.

Al usar esta nueva herramienta de Grupo2000 para solicitar tus contratos, tus clientes podrán firmar online toda la documentación del contrato con Firmafy, sin coste adicional.

Para tu tranquilidad, con Firmafy, recibirás los contratos firmados, con la rúbrica de ambas partes, y una completa auditoría que garantiza la validez legal de la firma, al momento.

Firmafy es una aplicación para la firma avanzada de documentos, con la que podrán firmar todo de manera segura y legal, desde su móvil o PC. Puedes ampliar información aquí.

Con este nuevo sistema de solicitud sólo tendrás que rellenar nuestra solicitud online, y enviarnos copia del alta y huella del contrato, cuando esté todo listo.

 

¿Conoces el contrato de formación? La única modalidad bonificada al 100% en seguros sociales durante 3 años

 

¿Cómo accedo a mi zona privada?

En tu zona privada de Grupo2000 podrás:

  • Consultar en tiempo real el estado de tus solicitudes de autorización.
  • Consultar tus contratos y prórrogas activos, pendientes o con vencimiento próximo.
  • Recibir avisos de tus contratos.
  • Descargar tu documentación cumplimentada.
  • Comunicar tus bajas IT a Grupo2000.
  • Consultar y descargar las facturas emitidas a tus clientes, si eres un despacho profesional.

Si todavía no dispones de claves para tu zona privada, o no las recuerdas, haz clic aquí o contacta con nosotros en el teléfono 958 806 760, o a través de nuestro chat online.

¿Qué te parece este nuevo servicio de Grupo2000? ¿Te gusta? ¿Crees que te será útil? Déjanos tus comentarios más abajo. ¡Muchas gracias!

 

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Ayudas vigentes para contratar a jóvenes inscritos en Garantía Juvenil

Ayudas vigentes para contratar a jóvenes inscritos en Garantía Juvenil

Si estás pensando en contratar, esto te interesa: estas son las ayudas vigentes para contratar a jóvenes inscritos en Garantía Juvenil

Actualmente existen numerosas ayudas a autonómicas y a nivel nacional destinadas a incentivar la contratación de los menores de 30 años. Te resumimos las más importantes:

 

Ayuda para el fomento del contrato de formación de la Comunidad de Madrid

La comunidad cuenta con un programa de fomento del contrato para la formación y el aprendizaje, que ofrece una ayuda de 2.940 euros por cada contrato de formación formalizado de al menos 6 meses de duración.

Para ello, el contrato deberá formalizarse con jóvenes desempleados, inscritos en Garantía Juvenil.

Así mismo, ofrecen otras ayudas para la contratación indefinida y contratos de prácticas, con jóvenes de Garantía Juvenil.

La convocatoria para solicitar estas ayudas continúa abierta y con plazo de solicitud indefinido, según informa la Comunidad de Madrid en su página web.

 

Bono de Empleo Joven de la Comunidad de Andalucía

Hasta el 31 de diciembre de 2019 puedes solicitar la ayuda de bono de empleo joven, si contratas a un joven inscrito en garantía juvenil que al menos disponga de estudios de ESO.

El incentivo variará dependiendo del tipo de contrato y jornada:

  • Contratos temporales: 6000 euros si es a jornada completa, 3000 para los de media jornada.
  • Contratos indefinidos: 8000 euros a jornada completa, y 4000 si el contrato es a media jornada.

Además, esta ayuda es compatible con las bonificaciones en los seguros sociales del contrato de formación. Consúltanos.

 

La Caixa continúa ofreciendo la ayuda “Empleo Joven”

Con el fin de potenciar la contratación de jóvenes menores de 30 años, la Fundación La Caixa lanza una nueva convocatoria de ayudas a la contratación.

La entidad otorgará subvenciones de 4.600 euros por contrato temporal con un mínimo de 6 meses de duración, y de 9.600 euros para contratos indefinidos de al menos 12 meses.

Las solicitudes pueden presentarse a través de la web de la Fundación La Caixa, hasta el 15 de marzo de 2022.

Si estás interesado en presentar la solicitud, te recomendamos consultar las bases, para confirmar que tu empresa cumple los requisitos. Y ya te adelantamos que hay varias modalidades de contratos excluidas (contratos de prácticas, interinidad, fijo discontinuo y de formación).

 

Programa PICE de las Cámaras de Comercio

El Programa de fomento del empleo de las Cámaras de Comercio busca formar y facilitar el acceso al empleo a jóvenes menores de 30 años.

Para incentivar a la contratación, ofrecen una subvención de 4.950 euros para las empresas que realicen un contrato de al menos 6 meses, a través de este programa.

Lo aconsejable es contactar con la Cámara de Comercio de tu provincia para participar en el programa, ya que tanto de los jóvenes, como de las empresas, se hace a través de ellos.

 

Bonificaciones del Contrato para la formación y el aprendizaje

El contrato de formación actualmente es la única modalidad bonificada para menores de 25 años, inscritos en Garantía Juvenil.

La empresa podrá bonificar el 100% de los seguros sociales del trabajador durante 3 años (75% si es una empresa con más de 250 trabajadores).

Además, podrán aplicar una bonificación del 100% de la formación oficial que recibe el trabajador mientras dura este contrato. Y una bonificación adicional de entre 60 y 80 euros para la empresa.

Si transformas en indefinido este contrato a su finalización, le corresponden otros 3 años de bonificaciones (1500 euros anuales o 1.800 euros, si es mujer).

Esto podría suponer hasta 6 años de bonificaciones en los seguros sociales por trabajador.

Puedes ver los requisitos y características de esta modalidad haciendo clic a continuación:

 

Los costes para contratar suben un 6% en 2019, ¿cómo ahorrar en costes?

Los costes para contratar suben un 6% en 2019, ¿cómo ahorrar en costes?

Según recientes estadísticas, los costes para contratar suben un 6% en 2019, ¿cómo ahorrar en costes? Este es el reto al que se enfrentan empresas y autónomos.

En este artículo abordamos este tema, vemos cómo varía es el coste medio para contratar según la Comunidad Autónoma y posibles soluciones para ahorrar en costes salariales.

El incremento del salario mínimo interprofesional, la obligación de llevar un registro de la jornada y la subida de los impuestos han contribuido al mayor aumento salarial desde hace 10 años.

 

¿Cuánto cuesta contratar a un trabajador en 2019?

Si vas a poner una empresa, debes saber que existen dos costes que componen el coste salarial del trabajador:

  • El salario bruto (antes de aplicar impuestos).
  • Los costes de Seguridad Social que debe pagar la empresa por cada trabajador (se calculan en base a los coeficientes de cotización que indique TGSS).

Para conocer la cuantía de salario base que procede para cada puesto consultaremos el convenio colectivo de referencia (de tu sector, provincia, etc.) para esa categoría.

A éste tendremos que sumar, si procede, prorrateo de pagas extras, pluses, complementos, horas extra, y todo aquello que se indique en convenio.

Según datos del INE, en 2019 se han incrementado los costes salariales en todos los sectores. Los que más se han elevado han sido los relacionados con actividades inmobiliarias y en la Administración Pública. El sector hostelero y financiero ha sido el que menos ha subido su coste/hora.

El ranking de las Comunidades Autónomas donde más cuesta contratar lo lidera Madrid, donde el coste salarial por trabajador es de 3.121 euros. Le siguen País Vasco y Cataluña, con 3.051 € y 2.874 euros, respectivamente. En la parte inferior de la tabla se sitúa Extremadura, con un coste salarial de 2.231 €.

 

¿Cómo ahorrar en costes salariales en 2019?

Este es probablemente uno de los años en los que existen menos ayudas y bonificaciones en los seguros sociales del trabajador. Recordamos que en enero se derogaron la mayor parte de las ayudas para contratar que existían.

Se derogaron bonificaciones muy utilizadas como las del contrato de práctica, contrato emprendedores o contrato a tiempo parcial con vinculación formativa.

Aún así, todavía existen algunas bonificaciones que pueden ayudar a reducir costes a las empresas. A continuación te resumimos algunas de las más interesantes:

  • Contrato de formación y aprendizaje

Es una modalidad de contrato que permite bonificar el 100% del coste en seguridad social del trabajador durante hasta 3 años. La empresa, además, podrá bonificar el 100% del coste de la formación que recibe el trabajador y aplicar entre 60 y 80 € adicionales, en concepto de tutorización por parte de la empresa.

Este contrato se puede formalizar con jóvenes desempleados, menores de 25 años, que no dispongan de formación oficial relacionada con la formación.

Si al finalizar el contrato de formación, se transforma en indefinido, podrás beneficiarte de otros 3 años de bonificación en los seguros sociales (1.500 euros/año ó 1.800 €/año si es mujer).

  • Contrato indefinido de parados de larga duración

Esta nueva ayuda para fomentar el empleo de parados de larga duración permite aplicar una bonificación en la cuota empresarial de 108,33 € al mes (125 €, si es mujer). Se podrá disfrutar de esta bonificación durante 3 años, siempre que se mantenga el nivel de empleo alcanzado y a ese trabajador al menos 2 años.

La persona contratada deberá haber estado inscrita al menos 12 meses, de los 18 anteriores al alta.

  • Bonificaciones para colectivos específicos

Existen otro tipo de bonificaciones en los seguros sociales para fomentar la inserción laboral de personas con discapacidad, en riesgo de exclusión social, víctimas de violencia de género, trata de seres humanos y víctimas de terrorismo.

Las bonificaciones variarán si el contrato es indefinido o temporal, y se verán incrementadas si se trata de una trabajadora.

Puedes ampliar información sobre las bonificaciones vigentes para contratar en 2019 haciendo clic aquí.

 

Cómo solicitar de forma telemática el Código de Cuenta de Cotización para contrato de formación

Cómo solicitar de forma telemática el Código de Cuenta de Cotización para contrato de formación

Importante: desde julio de 2019, TGSS está unificando los Códigos de Cuenta de Cotización. A partir de esta fecha ya no se permite solicitar CCC específicos, hay que dar de alta el contrato bajo el principal. Amplía información aquí

 

Cómo solicitar de forma telemática el Código de Cuenta de Cotización para contrato de formación.

El pasado 4 de abril, en el boletín 4/2014 de la Seguridad Social avisaban de una modificación, en las comunicaciones telemáticas, que afecta a la inscripción de empresario individual, para que puedan generarse Códigos de Cuenta de Cotización de forma telemática para trabajadores con contrato de formación.

Por eso hoy os queremos hablar sobre cómo solicitar el CCC de forma telemática:

Paso 1:

Entrar en la Sede Electrónica de la Seguridad Social, os recordamos que para utilizar este servicio, hay que disponer de un Certificado Digital.

Paso 2:

Tras acceder a la web, hay que seleccionar «servicios a empresas y profesionales», y una vez dentro, hacer «clic» en «Solicitud de inscripción y asignación de CCC para empresario individual«, o en solicitud de inscripción para colectivo, si es, por ejemplo, para una SL.

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(Haz «clic» en la imagen para ver la imagen original)

Paso 3:

A continuación pedirá el Certificado Digital, y más adelante, la Oficina Virtual irá pidiendo los datos de la empresa.

Los datos son los mismos que incluye un TA7, por lo que os recomendamos tener a mano los siguientes datos:

  • CNAE
  • Documentos de la Mutua
  • Domicilio social

Ojo, se supone que la empresa ya dispone de un CCC principal, por eso el de formación se dará de alta como CCC secundario.

Paso 4:

Tras incluir todos los datos que os solicita, llegaremos a la pantalla con la nueva opción que han habilitado:

En la pantalla de asignación CCC empresario individual, han introducido en el campo «TRL», el  valor 087-Trabajadores con contrato de aprendizaje/formación, que habrá que seleccionar.

Hemos hablado con Seguridad Social, y nos confirman que este valor 087 también está disponible para los CCC de empresario colectivo, es decir, una SL también podrá solicitar su Código específico de formación usando esta opción 087 en el campo «TRL».

Con esta opción estarás indicando que el Código de Cuenta de Cotización que necesitas es el específico para un contrato de formación.

Tras darle al botón de «continuar», el resto de los pasos no varían.

Una vez hayas obtenido el Código, será el que deberás indicar cuando des de alta al trabajador con contrato de formación.

Para cualquier consulta, estamos a tu disposición en el teléfono 958 806 760, o en nuestro chat online.

Fuente: Boletín RED

¿Cómo registrar la jornada de un contrato de formación?

¿Cómo registrar la jornada de un contrato de formación?

¿Cómo registrar la jornada de un contrato de formación? Hoy respondemos a esta duda que nos estáis planteando muchos tras la entrada en vigor del Real Decreto Ley 8/2019.

 

¿Cuál es la jornada del contrato de formación?

El contrato de formación es una modalidad que se realiza a jornada completa. Del total de su jornada, el trabajador dedicará un porcentaje de tiempo a su puesto de trabajo y otro para formarse, según el siguiente porcentaje:

  • Primer año de contrato: 75% de trabajo efectivo + 25% de formación.
  • Segundo o tercer año de contrato: 85% de trabajo efectivo + 15% de formación.

Por ejemplo, si la jornada diaria tiene 8 horas, trabajará en su puesto durante 6 horas y las 2 horas restantes serán para formarse.

 

¿Cómo debe registrarse la jornada del contrato de formación?

Desde el 12 de mayo es obligatorio que todas las empresas registren la jornada de su plantilla. El simple hecho de no contar con un sistema de registro puede suponer sanciones de más de entre 626 y 6250 euros.

En el caso del contrato de formación, la jornada que debe registrarse es la de trabajo efectivo. El trabajador deberá firmar su cuadrante o sistema de registro elegido por la empresa, tanto a la entrada, como a la salida del trabajo.

Así mismo, deberán incluirse en el registro las paradas que pudieran existir durante su jornada de trabajo.

El registro deberá ser diario e incluir el horario exacto. Este control horario deberá conservarse en el centro de trabajo durante 4 años.

¿Por qué no se registra el tiempo de formación? El fin del Real Decreto Ley 8/2019 es proteger a los trabajadores y evitar los excesos de jornada y situaciones que puedan perjudicar a estos.

En el caso del contrato de formación, el registro de jornada sirve para que la empresa pueda justificar ante cualquier requerimiento que ese trabajador está realizando la jornada conforme a su contrato.

Donde se pueden producir situaciones que perjudiquen al trabajador es en el tiempo de trabajo, donde sí existe un límite claro sobre el tiempo que debe trabajar.

En el tiempo de formación no existe límite, cuanto más tiempo dedique a formarse en su aula virtual, mejor. Además, los tiempos que dedica a su Certificado de Profesionalidad vienen perfectamente reflejados en la plataforma educativa.

 

Datos importantes sobre la jornada del contrato de formación

  1. Un trabajador con contrato de formación no puede realizar horas extraordinarias.
  2. No puede hacer trabajo nocturno, ni a turnos. Amplía información aquí.
  3. No puede permanecer en su puesto de trabajo fuera del tiempo de trabajo efectivo establecido en su contrato. Por eso es de vital importancia que el margen temporal que indiques en la solicitud del contrato se corresponda con el que vaya a realizar, no algo provisional que pueda cambiar después.
  4. Es fundamental respetar los periodos de descanso fijados en convenio colectivo, o en su defecto, los indicados en el Estatuto de los Trabajadores. Por ejemplo, entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente, deberá haber al menos 12 horas de diferencia.
Contrato de formación en alternancia blog

¿Cómo debe registrarse la jornada del contrato de formación?

Desde el 12 de mayo es obligatorio que todas las empresas registren la jornada de su plantilla. El simple hecho de no contar con un sistema de registro puede suponer sanciones de más de entre 626 y 6250 euros.

En el caso del contrato de formación, la jornada que debe registrarse es la de trabajo efectivo. El trabajador deberá firmar su cuadrante o sistema de registro elegido por la empresa, tanto a la entrada, como a la salida del trabajo.

Así mismo, deberán incluirse en el registro las paradas que pudieran existir durante su jornada de trabajo.

El registro deberá ser diario e incluir el horario exacto. Este control horario deberá conservarse en el centro de trabajo durante 4 años.

¿Por qué no se registra el tiempo de formación? El fin del Real Decreto Ley 8/2019 es proteger a los trabajadores y evitar los excesos de jornada y situaciones que puedan perjudicar a estos.

En el caso del contrato de formación, el registro de jornada sirve para que la empresa pueda justificar ante cualquier requerimiento que ese trabajador está realizando la jornada conforme a su contrato.

Donde se pueden producir situaciones que perjudiquen al trabajador es en el tiempo de trabajo, donde sí existe un límite claro sobre el tiempo que debe trabajar.

En el tiempo de formación no existe límite, cuanto más tiempo dedique a formarse en su aula virtual, mejor. Además, los tiempos que dedica a su Certificado de Profesionalidad vienen perfectamente reflejados en la plataforma educativa.

 

Datos importantes sobre la jornada del contrato de formación

  1. Un trabajador con contrato de formación no puede realizar horas extraordinarias.
  2. No puede hacer trabajo nocturno, ni a turnos. Amplía información aquí.
  3. No puede permanecer en su puesto de trabajo fuera del tiempo de trabajo efectivo establecido en su contrato. Por eso es de vital importancia que el margen temporal que indiques en la solicitud del contrato se corresponda con el que vaya a realizar, no algo provisional que pueda cambiar después.
  4. Es fundamental respetar los periodos de descanso fijados en convenio colectivo, o en su defecto, los indicados en el Estatuto de los Trabajadores. Por ejemplo, entre el final de una jornada y el inicio de la siguiente, deberá haber al menos 12 horas de diferencia.

 

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