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Webinar Cómo contratar personal reduciendo costes: nuevas ayudas 2026

Webinar Cómo contratar personal reduciendo costes: nuevas ayudas 2026

¿Y si te dijeran que tu competencia está ampliando equipo a coste mínimo mientras tú asumes el 100% de los costes laborales?

Cada año, miles de empresas en España dejan escapar subvenciones y bonificaciones simplemente por puro desconocimiento.

Si tienes pensado incorporar personal en los próximos meses y no sabes cómo combinar las nuevas ayudas podrías estar perdiendo dinero. ¡Pero esto tiene solución! 

En nuestro Webinar Cómo contratar personal reduciendo costes: nuevas ayudas 2026 te enseñamos cómo aprovechar todas las vías disponibles para ahorrar en tu empresa durante la incorporación de nuevo personal.

La sesión se realizará:

  • Martes, 23 de junio

  • A las 17 horas

Y estará impartida por Angela Labrador, Graduada Social, experta en contratación laboral y CMO de Grupo2000.

 

Apúntate aquí para asistir al Webinar Cómo contratar personal reduciendo costes: nuevas ayudas 2026

Si deseas asistir a la sesión, simplemente tienes que completar el siguiente formulario de inscripción:

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Tras incluir tus datos recibirás un email con el enlace de confirmación y, más adelante, cerca del Webinar recibirás el enlace de acceso.

¡Importante! Recuerda revisar siempre todas tus bandejas de entrada (incluida spam o promociones) para no perderte la confirmación.

 

¿A quiénes está dirigido el Webinar Cómo contratar personal reduciendo costes: nuevas ayudas 2026?

Este webinar está especialmente pensado para:

  • Departamentos de Recursos Humanos.
  • Asesorías laborales y despachos profesionales.
  • Pymes y autónomos con equipo propio o en crecimiento
  • Responsables de contratación y gestión de personal.
  • Empresas que quieran optimizar costes laborales de forma legal.

Si estás pensando en contratar en los próximos meses, ¡apunta la fecha en el calendario! 23 de junio a las 17 horas.

 

Contenido del Webinar Cómo contratar personal reduciendo costes: nuevas ayudas 2026

Durante la sesión veremos de forma clara y práctica cómo reducir costes en contratación aprovechando ayudas reales disponibles en 2026.

 

Ayudas por Comunidades Autónomas

Analizaremos diferentes programas de apoyo a la contratación, especialmente vinculados a los contratos de formación en alternancia, una modalidad muy interesante para las empresas, ya que permite contratar hasta 2 años y aplicar 3 bonificaciones mensuales durante toda la vigencia del contrato.

Bonificaciones a la Seguridad Social 

Repasaremos la normativa vigente para que sepas qué bonificaciones puedes aplicar mes a mes en tus seguros sociales.

Reducir el coste real de la Seguridad Social es la forma más rápida de notar el ahorro en tu empresa.

Cómo combinar ayudas sin perder oportunidades

Este es el punto donde la mayoría de las empresas fallan. Te enseñaremos:

  • Qué ayudas autonómicas son compatibles con el contrato de formación en alternancia.
  • Cómo combinar ayudas y bonificaciones para maximizar el ahorro.
  • Requisitos para no perder incentivos.

¿El objetivo? Maximizar el ahorro en cada contratación. ¡Te esperamos!

 

En Grupo2000 te ayudamos a solicitar esta ayuda

Desde Grupo2000 te ayudamos a solicitar todas las ayudas. Si estás interesado, ¡contáctanos! Puedes chatear online con nuestro equipo o llamarnos al 900 051 659.

Además, te recordamos que Grupo2000 somos un centro de formación especializado en contratos de formación en alternancia.

Si estás interesado/a en ampliar tu plantilla el contrato de formación es una opción muy útil. Permite contratar durante 2 años y aplicar hasta tres bonificaciones mensuales durante su vigencia.

¡No dudes en consultarnos cualquier duda que tengas!

Tabla comparativa de ayudas a la contratación por CCAA: ¿Dónde es más barato contratar en 2026?

Tabla comparativa de ayudas a la contratación por CCAA: ¿Dónde es más barato contratar en 2026?

Las ayudas a la contratación se han convertido en uno de los instrumentos más importantes para reducir costes laborales y fomentar el empleo estable en España.

En 2026 varias comunidades autónomas han reforzado sus programas de incentivos dirigidos especialmente a la contratación mediante contrato de formación en alternancia y a la transformación de estos contratos en indefinidos.

En algunos territorios las subvenciones pueden alcanzar hasta 10.000 euros por persona contratada, lo que convierte a determinadas comunidades autónomas en destinos especialmente atractivos para empresas, autónomos y pymes que necesitan incorporar personal reduciendo costes.

En este artículo te  mostramos una tabla comparativa de ayudas a la contratación por CCAA: ¿dónde es más barato contratar en 2026?

 

¿Por qué las ayudas a la contratación están ganando tanta importancia?

El incremento de costes laborales en los últimos años, unido a la subida de cotizaciones sociales, salarios y costes operativos, ha provocado que muchas empresas busquen fórmulas que permitan contratar de forma más eficiente.

En este contexto, las ayudas autonómicas están desempeñando un papel clave.

A diferencia de las bonificaciones estatales, estas subvenciones permiten a las empresas recibir cantidades directas de dinero por contratar personas desempleadas, jóvenes o determinados colectivos prioritarios.

Además, muchas de estas ayudas son compatibles con:

  • Bonificaciones en Seguridad Social.
  • Incentivos estatales.
  • Formación bonificada.
  • Reducciones de costes laborales.

Esto puede suponer un ahorro muy significativo durante el primer año de contratación.

El contrato de formación: ¿la modalidad más incentivada en 2026?

Gran parte de las ayudas autonómicas actuales están vinculadas al contrato de formación en alternancia.

Esta modalidad permite combinar empleo remunerado y formación oficial, ofreciendo importantes ventajas económicas para las empresas.

Entre sus principales beneficios destacan:

  • Bonificaciones en los seguros sociales.
  • Formación vinculada al puesto de trabajo.
  • Coste salarial reducido.
  • Posibilidad de acceder a subvenciones autonómicas adicionales.
  • Incentivos posteriores por transformación en indefinido.

Por ello, muchas comunidades autónomas han centrado sus programas de empleo precisamente en este tipo de contratación.

 

Tabla comparativa de ayudas para contratar por Comunidad Autónoma en 2026

Esta comparativa permite visualizar rápidamente qué comunidades autónomas ofrecen actualmente mayores incentivos a la contratación y cuáles mantienen convocatorias abiertas durante más tiempo:

Comunidad Autónoma Tipo de ayuda Importe Plazo de solicitud
Comunidad de Madrid Contrato de formación Hasta 5.500 € Durante todo 2026
Cantabria Contrato de formación Hasta 10.000 € Sin fecha límite definida
Asturias Contrato de formación Hasta 5.000 € Hasta el 30 de junio de 2026
Castilla y León Contrato de formación Hasta 4.000 € Hasta el 14 de agosto de 2026
Castilla-La Mancha Contrato de formación Hasta 5.500 € Hasta el 30 de octubre de 2026
Canarias Contrato de formación Hasta 5.500 € Hasta el 16 de abril de 2027
Galicia Contrato de formación Más de 16.000 € Hasta el 30 de septiembre de 2026
Murcia Transformación del contrato de formación en indefinido Bonificación autonómica Hasta el 30 de septiembre de 2026
Extremadura Transformación del contrato de formación en indefinido Bonificación autonómica Hasta el 27 de octubre de 2026
La Rioja Transformación del contrato de formación en indefinido Bonificación autonómica Hasta el 1 de diciembre de 2026
Aragón Transformación del contrato de formación en indefinido Bonificación autonómica Hasta el 22 de octubre de 2026

Estas son las características de cada ayuda:

 

Ayudas por contrato de formación en la Comunidad de Madrid

La Comunidad de Madrid mantiene una de las líneas de ayudas más estables para contratos de formación.

Las empresas pueden acceder a subvenciones de hasta 5.500 euros por cada contrato de formación realizado.

Actualmente, estas ayudas pueden solicitarse durante todo el año 2026.

Madrid continúa apostando por este modelo de contratación como herramienta para facilitar la inserción laboral de jóvenes y mejorar la competitividad empresarial.

 

Ayudas por contrato de formación en Cantabria 

Cantabria se sitúa actualmente entre las comunidades autónomas con mayores incentivos económicos a la contratación.

La ayuda puede alcanzar hasta 10.000 euros por contrato de formación, convirtiéndose en una de las subvenciones más elevadas del panorama nacional.

Por el momento, no existe una fecha de finalización definida para la convocatoria.

 

Ayudas por contrato de formación en Asturias

Asturias mantiene activas ayudas específicas para fomentar la contratación mediante contrato de formación.

Estas subvenciones buscan impulsar el empleo juvenil y facilitar la incorporación laboral en sectores estratégicos de la comunidad.

Se ofrecen hasta 5.000 euros por contrato de formación.

Las solicitudes estarán abiertas hasta el 30 de junio de 2026.

 

Ayudas por contrato de formación en Castilla y León

Con el objetivo de fomentar la empleabilidad juvenil la Comunidad de Castilla y León ha abierto una nueva línea de ayudas compatibles con el contrato de formación en alternancia. 

Las empresas que firmen contratos de formación pueden acceder a una ayuda de hasta 4.000 euros por contrato en Castilla y León.

Las solicitudes estarán abiertas hasta el 14 de agosto de 2026.

 

Ayudas por contrato de formación en Castilla-La Mancha

Castilla-La Mancha también ha reforzado sus políticas de empleo incentivando especialmente la contratación formativa.

Las empresas que formalicen contratos de formación pueden acceder a subvenciones de hasta 5.500 euros.

Las solicitudes están disponibles hasta el 30 de octubre de 2026.

 

Ayudas por contrato de formación en Canarias 

Canarias prepara una nueva convocatoria de ayudas orientadas al contrato de formación.

La medida busca favorecer la inserción laboral y reducir las dificultades de acceso al empleo en las islas.

Se ofrecen hasta 5.500 € por contrato de formación en alternancia y se podrán solicitar en diferentes períodos, siendo el último tramo hasta el 16 de abril de 2027.

 

Ayudas por contrato de formación en Galicia

Galicia ya ha aprobado las bases reguladoras para promover la primera experiencia profesional de personas jóvenes menores de 30 años mediante contratos formativos.

Las empresas van a poder acceder a subvenciones de más de 16.000 euros por cada contrato de formación realizado.

El plazo para la presentación de solicitudes finalizará el 30 de septiembre de 2026.

Ayudas por transformación de contratos de formación en indefinidos

Además de las subvenciones por contratación inicial varias comunidades autónomas incentivan la transformación de contratos de formación en contratos indefinidos.

Este tipo de ayudas tiene un doble objetivo:

  • Favorecer la estabilidad laboral.
  • Incentivar que las empresas mantengan el empleo a largo plazo.

En muchos casos, estas subvenciones se suman a las bonificaciones estatales existentes por transformación en indefinido.

¿Dónde sale más barato contratar en 2026?

Si se analizan conjuntamente las ayudas directas, las bonificaciones en Seguridad Social y los incentivos asociados a la formación, muchas de la comunidades autónomas destacan claramente.

Por ejemplo, Galicia y Cantabria se posicionan como dos de las regiones más atractivas para contratar mediante contrato de formación debido a sus elevadas subvenciones.

Además, otras comunidades como Madrid, Castilla-La Mancha o Canarias también ofrecen condiciones especialmente interesantes, sobre todo teniendo en cuenta la estabilidad temporal de sus convocatorias.

Además, cuando se suma:

  • La ayuda autonómica.
  • Las bonificaciones estables.
  • La reducción de costes salariales
  • Las ayudas por transformación del contrato de formación a indefinido.

El ahorro empresarial puede alcanzar cifras muy relevantes.

Todo apunta a que las ayudas a la contratación seguirán aumentando durante 2026 y 2027.

La necesidad de fomentar el empleo juvenil, impulsar la estabilidad laboral y apoyar a pymes y autónomos está llevando a muchas comunidades autónomas a reforzar sus programas de incentivos.

Además, el contrato de formación continúa consolidándose como una de las modalidades más económicas y flexibles para incorporar talento joven a las empresas.

En Grupo2000 te ayudamos a solicitar estas ayudas

Desde Grupo2000 te ayudamos a solicitar estas ayudas. Si estás interesado, ¡contáctanos! Puedes chatear online con nuestro equipo o llamarnos al 958 80 67 60.

Además, te recordamos que Grupo2000 somos un centro de formación especializado en contratos de formación en alternancia.

Si estás interesado/a en ampliar tu plantilla el contrato de formación es una opción muy útil. Permite contratar durante 2 años y aplicar tres bonificaciones mensuales durante su vigencia.

¡No dudes en consultarnos cualquier duda que tengas!

¿El autónomo puede contratar a familiares o su cónyuge?

¿El autónomo puede contratar a familiares o su cónyuge?

Hoy damos respuesta a una de las dudas más habituales cuando hablamos de personas inscritas en el RETA: ¿El autónomo puede contratar a familiares o su cónyuge?

En este post veremos que no siempre va a poder contratarlos, va a depender de la situación de cada persona autónoma y su perfil.

Más abajo, también podrás descargar una tabla resumen con las diferentes casuísticas para la contratación de familiares y encontrarás un resumen con las bonificaciones que se pueden aplicar para la contratación de hijos y familiares.

 

¿El autónomo puede contratar a familiares o hijos?

Para responder a esta pregunta antes tendremos que analizar cuál es el perfil del autónomo y del familiar a contratar.

El artículo 12 de la Ley General de la Seguridad Social establece que el cónyuge, descendientes, ascendientes y otros parientes del autónomo, hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad inclusive, no tendrán consideración de trabajadores por cuenta ajena.

Es decir, deberían encuadrarse como autónomos colaboradores cuando convivan con él y estén a su cargo.

No obstante, esta norma permite que las personas autónomas contraten por cuenta ajena a hijos menores de 30 años, aunque exista convivencia.

También se aplica esta excepción para hijos mayores de 30 años que tengan una discapacidad reconocida igual o superior al 33%.

Cuando se trate de contrataciones a familiares o hijos se deberá justificar ante Seguridad Social que la contratación cumple con la normativa.

Para ello, es recomendable aportar una declaración del autónomo/a y del familiar en la que se recojan los motivos por los que se puede realizar la contratación por cuenta ajena. Este documento es recomendable aportarlo junto al resto de documentación.

A continuación veremos los diferentes supuestos que nos podemos encontrar:

¿En qué casos el autónomo puede contratar a sus hijos?

Desde del 1 de septiembre de 2023 entraron en vigor las medidas del RD Ley 1/2023, entre las que se incluyó una derogación que afectó a la Ley del Autónomo.

Es decir, desde septiembre de 2023 se derogó la bonificación para que el autónomo contrate a familiares.

Esto es debido a que el RD Ley 1/2023 derogó la Disposición Adicional Séptima de la Ley 6/2017 y no se permiten contrataciones iniciales con los valores I, J y K en el campo «Vinculo familiar».

¿Qué sucede con el contrato de formación en alternancia? ¿Puedes los autónomos contratar bajo esta modalidad a sus hijos?

Únicamente, la persona autónoma podrá contratar a sus hijos en estos casos:

  • Si son menores de 30 años: podrá contratarlos tanto si conviven, como si no lo hacen.
  • Si tienen una discapacidad reconocida igual o superior al 33%.

 

Si los hijos tienen participación en la empresa, ¿podrá contratarlos el autónomo?

Cuando se da esta circunstancia se debe tener en cuenta si existe convivencia y el cargo que tiene dentro de la empresa el hijo o hija:

  • Si no existe convivencia, si el hijo es socio y tiene un 33% de participaciones o más, tendrá que inscribirse como autónomo.
  • Si existe convivencia se deberán sumar los porcentajes de participación de los padres y del hijo o hija, que no podrán superar el 50%. En el caso de que las participaciones de ambos superen el 50% tendría que ser autónomo.

Por supuesto, añadir que, si el cargo que ostenta el hijo/a es de administrador deberá darse de alta en el RETA.

 

¿Cuándo puede el autónomo contratar a un familiar?

Ya hemos visto qué ocurre con los descendientes o hijos. ¿Pero qué sucede con el resto de familiares?

Los autónomos podrán contratar a familiares directos de hasta un segundo grado de consanguinidad o adopción. Esta contratación deberá ser como autónomo colaborador.

 

¿Puede el autónomo contratar a su cónyuge?

La persona autónoma no podrá contratar a su cónyuge o pareja de hecho, ya que así lo establecen el artículo 12 y 305 de la LGSS y artículo 1.3 del Estatuto de los Trabajadores.

En estas situaciones podría encuadrarse en la figura de autónomo colaborador.

Para poder ser autónomo colaborador se deben cumplir estos requisitos:

  • Ser familiar de la persona autónoma titular de hasta segundo grado de consanguinidad.
  • Tener al menos 16 años.
  • Colaborar de manera habitual y continua con el titular.
  • No estar en alta como persona trabajadora por cuenta ajena.

 

¿Hay bonificaciones en las cuotas de los autónomos colaboradores?

Sí, los autónomos colaboradores de autónomos individuales (a excepción de los autónomos societarios que ejercen su actividad a través de una S.L.), tienen derecho a las siguientes bonificaciones:

  • Bonificación del 50% de la cuota de autónomos durante los 18 meses posteriores al alta.
  • Bonificación del 25% entre los meses 19 a 24.

¡Importante! Estas bonificaciones se podrán aplicar cuando esos autónomos colaboradores no hayan estado dados de alta como autónomos en los 5 años inmediatamente anteriores.

Asimismo, ser autónomo colaborador tiene algunas ventajas. Por ejemplo, se está exento de las obligaciones fiscales trimestrales con Hacienda.

Los autónomos colaboradores únicamente tendrán que presentar su declaración de IRPF de manera anual, como cualquier otra persona trabajadora.

 

Descargar tabla resumen con todas las situaciones y cuándo puede contratar el autónomo

Para que puedas tener todo a mano y de forma muy visual hemos elaborado una tabla resumen con todas las situaciones que nos podemos encontrar.

Podrás ver de forma clara si los familiares deben darse de alta en Régimen General o en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

Simplemente tienes que completar este formulario y te llegará todo directamente a tu email:

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¿Qué bonificaciones existen para contratar a un familiar?

Recordamos que el RD Ley 1/2023 derogó desde el 1 de septiembre de 2023 la bonificación para que el autónomo contratara a familiares.

Pero la bonificación para contratar a hijos mediante contrato de formación en alternancia permanece:

 

  • Contrato de formación en alternancia:

Según el artículo 12 de la Ley General de la Seguridad Social la persona autónoma podrá contratar por cuenta ajena a los hijos e hijas de hasta 30 años a través de un contrato de formación en alternancia, tanto si existe convivencia o no.

De igual manera, podrá contratar a los hijos e hijas que tengan un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%, aunque tengan más de 30 años.

Con esta modalidad es posible contratar a ese hijo o hija de 3 meses a 2 años y aplicar una bonificación de los seguros sociales durante toda su vigencia.

Además, la persona contratada podrá trabajar y formarse a la vez.

Es por ello, que el contrato de formación continúa siendo la modalidad más interesante para que las personas trabajadoras autónomas contraten a sus hijos.

Podrán aplicar hasta tres bonificaciones en los seguros sociales durante la vigencia del contrato de formación.

Te recomendamos leer nuestro artículo sobre cuáles son las bonificaciones para la contratación laboral en 2026, donde además, podrás descargar una tabla resumen con todas las cuantías y requisitos.

 

Bonificación por contrato de formación en alternancia a hijos del autónomo

Mientras dure el contrato de formación en alternancia se podrán aplicar las siguientes bonificaciones:

  • Bonificación en los seguros sociales.
  • Bonificación del 100% de la formación que recibe en su contrato.
  • Bonificación adicional de entre 60 y 80 € en concepto de tutorización.

 

Requisitos del contrato de formación en alternancia 

Los hijos e hijas deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Edad hasta 30 años para catálogo de especialidades.
  • No contar con estudios oficiales relacionados con el puesto.
  • No haber tenido un contrato de formación previo para ese puesto o especialidad.
  • No haber sido contratado más de 6 meses en la misma empresa.
  • Inscribirse como demandante de empleo.

Esperamos que este artículo te haya resultado de utilidad. Recuerda descargar la tabla resumen para tener toda la información accesible en tu día a día.

Déjanos un comentario más abajo para que podamos saber si te ha gustado 🙂

¡Qué tengas un buen día!

Como norma general, los familiares hasta segundo grado deben darse de alta como autónomos colaboradores si conviven y trabajan con el titular, disfrutando de una bonificación del 50% en su cuota durante 18 meses.

La excepción es la contratación de hijos/as de hasta 30 años (o mayores con discapacidad) a quienes se puede contratar en Régimen General mediante el contrato de formación en alternancia, permitiendo aplicar tres bonificaciones mensuales. 

Grupo2000, centro de formación especializado en contratos de formación

Grupo2000 somos un centro de formación especializado en contratos de formación en alternancia.

Si estás interesado/a en ampliar tu plantilla el contrato de formación es una opción muy útil. Permite contratar durante 2 años y aplicar hasta tres bonificaciones durante la vigencia del contrato.

Para más información, ¡contáctanos! Puedes chatear online con nuestro equipo o llamarnos al 958 80 67 60.

Fuentes: Ley General de la Seguridad Social: Artículos 12, 18 y 305, Estatuto de los Trabajadores: Artículo 1.3, RD Ley 1/2023, Ley 6/2017.

Webinar Ayudas para contratar en 2026

Webinar Ayudas para contratar en 2026

Descubre todas las subvenciones y bonificaciones que pueden reducir los costes salariales de tu empresa al contratar este año.

¿Sabías que existen contratos e incentivos que pueden cubrir una parte muy importante del coste de contratación?

Muchas asesorías y empresas aún no están aprovechando todas las oportunidades disponibles en 2026.

Si quieres identificar y maximizar estas ventajas en cada nueva contratación regístrate para ver nuestro Webinar Ayudas para contratar en 2026, en colaboración con los Colegios de Graduados Sociales de Almería, Granada, Jaén y Lugo.

La sesión está impartida por Angela Labrador, Graduada Social, experta en contratación laboral y CMO de Grupo2000.

 

Regístrate aquí para ver el Webinar Ayudas para contratar en 2026

Si deseas visualizar ahora mismo la sesión, simplemente tienes que completar este formulario:

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Tras incluir tus datos recibirás un email con el enlace de acceso para ver el vídeo ahora.

¡Importante! Recuerda revisar siempre todas tus bandejas de entrada.

 

¿A quiénes está dirigido el Webinar Ayudas para contratar en 2026?

Este webinar está especialmente pensado para:

  • Asesorías laborales y fiscales.
  • Despachos profesionales.
  • Responsables de Recursos Humanos.
  • Empresas que quieran optimizar sus costes de contratación.

Si necesitas estar al día de las ayudas y bonificaciones vigentes en 2026 para ofrecer el mejor asesoramiento a tus clientes esta sesión es para ti.

 

Contenido del Webinar Ayudas para contratar en 2026

En esta sesión aprenderás a identificar y aplicar correctamente las ayudas y bonificaciones vigentes para maximizar el ahorro en contratación:

  • Bonificaciones vigentes en 2026. Descubrirás todos los incentivos activos y cómo aplicarlos correctamente para reducir los costes salariales de tu empresa. 
  • Ayudas para contratar. Conocerás qué ayudas están disponibles y cuáles son los contratos que permiten obtener mayores beneficios para aprovechar cada contratación.  
  • Cómo combinar distintas ayudas. Aprenderás a integrar los diferentes incentivos disponibles a nivel estatal y autonómico para obtener el mayor beneficio en cada proceso de incorporación de personal. 

No dejes pasar la oportunidad de optimizar los costes de contratación en tu empresa o de ofrecer un asesoramiento más completo y actualizado a tus clientes.

 

Grupo2000, centro de formación especializado en contratos de formación

Grupo2000 somos un centro de formación especializado en contratos de formación en alternancia.

Si estás interesado/a en ampliar tu plantilla el contrato de formación es una opción muy útil. Permite contratar hasta 2 años y aplicar hasta tres bonificaciones durante su vigencia.

Para más información, ¡contáctanos! Puedes chatear online con nuestro equipo o llamarnos al 958 80 67 60.

Mapfre lanza nuevas ayudas de más de 4.000 euros para contratar

Mapfre lanza nuevas ayudas de más de 4.000 euros para contratar

¡Nueva convocatoria del programa Accedemos! La Fundación Mapfre lanza nuevas ayudas de más de 4.000 euros para contratar.

Desde 2013 el programa Accedemos impulsa el empleo en España, ofreciendo apoyo a pymes y autónomos que necesiten incorporar personal.

En esta nueva convocatoria, Mapfre ofrece 350 ayudas para fomentar la firma de contratos.

Te contamos cuáles son los requisitos y qué empresas pueden disfrutar de esta ayuda, a continuación.

¡Importante! En Grupo2000 te ayudamos a conseguir esta ayuda para que tú no tengas que preocuparte por los trámites. Nuestro equipo se encarga de todo el proceso.

Así es la ayuda del programa Accedemos de Mapfre

Como comentamos, esta ayuda está dirigida a pymes, autónomos y entidades sociales para aumentar la creación de puestos de trabajo en España.

La Fundación concederá este año un máximo de 350 ayudas para contratar.

Son susceptibles de obtener la ayuda los contratos suscritos con fecha igual o posterior al 1 de enero del 2026 y por tiempo indefinido o, para el caso concreto de los contratos de formación en alternancia, que tengan una duración mínima de 12 meses continuados.

¿Cuál es la cuantía de las ayudas?

Este programa ofrece diferentes cuantías económicas en función de la jornada del contrato suscrito. A continuación, te detallamos las cantidades disponibles:

 

Ayudas para contratos a media jornada

Las empresas que realicen contrataciones a jornada parcial podrán recibir:

  • 310 euros mensuales durante un máximo de 9 meses.
  • Importe total máximo: 2.790 euros.

 

Ayudas para contratos a jornada completa

Para contrataciones a jornada completa la ayuda será de:

  • 515 euros mensuales durante un máximo de 9 meses.
  • Importe total máximo: 4.635 euros.

Esta iniciativa busca apoyar a pymes, autónomos y entidades sociales en la creación de empleo, facilitando la contratación de nuevos profesionales.

 

Plazo de presentación de solicitudes

El periodo para presentar solicitudes comenzó el 18 de febrero de 2026 y estará abierto hasta que se concedan todas las ayudas disponibles.

Si aún quedan fondos el plazo finalizará como máximo el 30 de septiembre de 2026.

 

Requisitos de las entidades solicitantes de la ayuda

Podrán beneficiarse de esta ayuda pequeñas empresas, autónomos y entidades sociales con domicilio fiscal en España, siempre que cumplan con los siguientes requisitos generales:

  • Empresas y entidades sociales: deben estar legalmente constituidas y en el registro público español correspondiente, con fecha anterior al 31/12/2024.
  • Autónomos: deben estar dados de alta en la Seguridad Social con fecha anterior al 31/12/2024.
  • Para todos los empleadores:
    • Estar al corriente de pago con la Seguridad Social y la Administración Pública.
    • Cumplir con los límites de número de empleados.
    • Para aquellos empleadores que hayan sido beneficiarios de una ayuda en la convocatoria 2025, la contratación del nuevo empleado/a para el que se solicita la ayuda deberá suponer un incremento en la plantilla con relación a la plantilla media del año anterior.
    • Contar con un contrato de trabajo en vigor para la persona contratada al momento de presentar la solicitud. Dicho contrato deberá tener fecha de inicio de vigencia igual o posterior al 1 de enero de 2026.
    • Que se contrato sea por tiempo indefinido y a jornada completa o a media jornada, o por un mínimo de 12 meses continuados para los contratos de formación en alternancia que cumplan los requisitos de la normativa vigente en dicha materia.

Además, hay requisitos específicos en función de la ubicación geográfica del centro donde se cree el puesto de trabajo.

 

Requisitos específicos para acceder a las ayudas en el ámbito RURAL 

Siempre que el puesto de trabajo se cree en poblaciones de hasta 30.000 habitantes y con independencia del domicilio fiscal en España de la entidad contratante, se tendrán en cuenta los siguientes requisitos:

  • La plantilla media del empleador al cierre de 2025 no debe superar los 9 empleados/as.
  • La persona contratada deberá cumplir al menos una de estas condiciones:
    • Haber estado en situación legal de desempleo de forma ininterrumpida durante al menos 1 mes previo a la contratación.
    • En el caso de los contratados mediante contrato de formación en alternancia el contrato deberá tener una vigencia mínima de 12 meses.

 

Requisitos específicos para la obtención de las ayudas en el resto del territorio nacional

Siempre que el puesto de trabajo se cree en poblaciones de más de 30.000 habitantes, con independencia del domicilio fiscal de la entidad contratante, se tendrán en cuenta los siguientes requisitos:

  • La plantilla media de la empresa al cierre de 2025 no debe superar los 4 empleados/as.
  • El trabajador contratado debe:
    • Tener entre 30 y 50 años o más y llevar en situación legal de desempleo como mínimo los 6 meses previos a la contratación para la que se solicita la ayuda.
    • En el caso de los contratados mediante contrato de formación en alternancia el contrato deberá tener una vigencia mínima de 12 meses.

 

¿Qué requisitos debe cumplir la persona contratada?

La persona que sea contratada debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Debe ser mayor de 18 años.
  • Encontrarse sin empleo en el momento inmediatamente anterior a la contratación.

De forma adicional, se establecen los siguientes requisitos en función de los perfiles de empleados:

  • Empleados/as jóvenes (primer empleo): deben acreditar la finalización de sus estudios en los 12 meses previos a la contratación.
  • Empleados con contrato de formación en alternancia: el contrato deberá tener una duración mínima de 12 meses y se validará con el modelo de contrato según la normativa vigente para esta modalidad.
  • Personas migrantes que acceden por primera vez a un contrato indefinido en España y por tanto no pueden acreditar el tiempo de desempleo: deberán presentar copia de su permiso de trabajo equiparándose la antigüedad en España con el periodo de desempleo requerido según el ámbito.

 

¿Cómo solicitar la ayuda?

La solicitud de la ayuda se gestionará de manera sencilla a través de un formulario online, disponible en la página web oficial de Fundación MAPFRE.

 

¿Qué ocurre si se produce una baja del trabajador?

En caso de que el empleado/a contratado mediante la ayuda sufra una baja o suspensión temporal de su empleo se interrumpirán los pagos a partir de la fecha en que dicha situación entre en vigor.

Los pagos se reanudarán una vez que se termine esta situación, siempre que no supere los dos meses.

Si la baja o suspensión supera los dos meses sin reincorporación, se procederá a la cancelación definitiva de la ayuda.

En caso de que la relación laboral por la cual se solicitó la ayuda termine, y se comunique debidamente a la Fundación MAPFRE, la ayuda será suspendida.

Sin embargo, existe la posibilidad de rehabilitar la ayuda bajo las siguientes condiciones:

  • Restar un mínimo de 4 mensualidades de la ayuda concedida inicialmente.
  • Plazo máximo de 30 días naturales entre la extinción del contrato inicial y el inicio de un nuevo contrato laboral.
  • El empleador deberá comunicar su voluntad de rehabilitar la ayuda y presentar una nueva solicitud con la acreditación de que el nuevo empleado/a cumple los requisitos establecidos en las bases.

Esperamos que este post te sirva y logres beneficiarte de la ayuda.

¿Conocías el programa Accedemos de Mapfre? No olvides dejar tu comentario más abajo, ¡nos encanta leerte!

 

Grupo2000, centro de formación especializado en contratos de formación

En Grupo2000 nos encargamos de todos los trámites necesarios para que puedas conseguir la subvención sin preocuparte por nada.

Además, si estás pensando en ampliar tu plantilla podemos asesorarte sobre contratos de formación en alternancia, que permiten contratar durante hasta 2 años y aplicar 3 bonificaciones mensuales durante su vigencia.

Para más información puedes chatear online con nuestro equipo o llamarnos al 958 80 67 60.

Ayudas de 3.000 euros para contratos de formación en Murcia

Ayudas de 3.000 euros para contratos de formación en Murcia

En este artículo te contamos todo sobre la interesante ayuda de 3.000 euros para contratos de formación en Murcia cuya convocatoria se ha abierto recientemente.

Las bases de esta convocatoria han sido aprobadas por la Consejería de Educación, Formación Profesional y Empleo de esta comunidad autónoma y publicadas en la Orden de 14 de mayo.

A continuación te resumimos todo lo necesario para que puedas solicitar esta subvención, requisitos y trámites.

Si quieres solicitar la ayuda haz clic en el siguiente botón. Nuestro equipo atenderá tus necesidades y te ayudará con todo lo necesario para gestionar un contrato de formación en alternancia compatible.

¿En qué consiste la ayuda de 3.000 euros por contrato de formación en alternancia de la Comunidad de Murcia?

La línea 3 de esta convocatoria de ayudas tiene como fin impulsar la contratación mediante el contrato de formación en alternancia y el fomento del empleo joven.

Las empresas que contraten a personas que complan los requisitos que veremos más abajo podrán beneficiarse de una ayuda de 3.000 euros.

Esta ayuda podría incrementarse en un 10% si el contrato se formaliza con una mujer.

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¿Qué empresas pueden ser beneficiarias de esta ayuda de 3.000 euros para contratar en Murcia?

Puedes ser beneficiarias de la subvención las siguientes entidades:

  • Empresas.
  • Autónomos/as.
  • Agrupaciones de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, o entidades que aunque carezcan de personalidad jurídica, tengan la consideración de empresa.

Estarán excluidas las entidades del sector público.

Para acceder a la ayuda las empresas beneficiarias deberán:

  • Tener centro de trabajo en Murcia.
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias.
  • Cumplimiento de normativa de subvenciones de la Región de Murcia (BORM nº 23 de 29 de enero de 2022).

 

¿Qué casos estarán excluidos de esta ayuda para contratar en Murcia?

Los siguientes supuestos estarán excluidos de esta subvención:

  • Contrataciones de personas que hayan estado en la misma empresa en los 12 meses previos al alta del contrato.
  • Contrataciones a cónyuge y familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad del empresario o miembros administradores.
  • La novación de contratos laborales tras una subrogración.
  • Las relaciones laborales de carácter especial.
  • Empresas que hayan despedido de forma reconocida improcedente o por despido colectivo en los 12 meses anteriores.
  • Las empresas de trabajo temporal.
  • La contratación de socios/as.
  • No haber tenido relación con la empresa temporal en los 6 meses previos al alta del contrato.

 

 

¿Qué tipos de contratos serán subvencionables con la ayuda?

Se podrán subvencionar los contratos de formación en alternancia a tiempo completo para centros de trabajo ubicados en la Comunidad de Murcia.

El contrato deberá tener una duración mínima de 12 meses.

Importante: la empresa deberá mantener el puesto de trabajo subvencionado durante al menos 12 meses.

 

¿Qué requisitos deben cumplir las personas trabajadoras contratadas?

Las personas trabajadoras contratadas deberán:

  • Estar inscritas como demandantes de empleo al menos 1 día antes del alta del contrato.
  • Edad: menores de 30 años.
  • Inscritos en el sistema de garantía juvenil.

 

Plazo y solicitud de la subvención de esta ayuda para contratos de formación

Cada empresa podrá solicitar como máximo 5 subvenciones. Esta ayuda se concederá en régimen de concurrencia no competitiva. La concesión de las ayudas se realizará según el orden de entrada de la solicitud.

Las solicitudes deberán presentarse a través del modelo de solicitud electrónica elaborado para esta subvención y dirigidas a la Dirección General del Servicio Regional de Empleo y Formación.

Ya está abierto el plazo de solicitud.

La concesión de la ayuda te la notificarán en un máximo de 6 meses a contar desde la solicitud a través de la sede electrónica de la CARM. Si no te hubiese llegado en 6 meses resolución, se entenderá como desestimada por silencio administrativo.

 

¿Esta ayuda es compatible con otras subvenciones?

Esta ayuda es compatible con las bonificaciones a la Seguridad Social de los contratos de formación en alternancia.

El contrato de formación en alternancia tiene derecho a aplicar 3 bonificaciones:

  • 119 € en los seguros sociales
  • 60 ó 80 € de bonificación en concepto de tutorización.
  • Bonificación del 100% de la formación que recibe la persona contratada.

 

El importe concedido no podrá superar de forma aislada o sumado a otras subvenciones para el mismo fin nacionales o internacionales el límite que regula la norma de «minimis».

Esta subvención será incompatible con otra ayuda para la misma finalidad.

 

¿Qué ocurre si no mantengo el empleo del contrato subvencionado?

En el caso de que se produzca el cese de la persona que has contratado antes de los 12 meses por una causa diferente al despido improcedente, tendrías que contratar a otra persona que cumpla los requisitos para sustituirla en el plazo máximo de 2 meses a contar desde la baja o fecha de declaración de la procedencia del despido.

A efectos de medir el cumplimiento de tu obligación de mantener el empleo se justificará mediante 365 de cobertura en Seguridad Social para la persona contratada.

Si se produce una suspensión o reducción de jornada debido a un ERTE ETOP (art. 47,1 del ET) no computará a efectos de medir el mantenimiento de empleo durante 12 meses.

Si computará durante 6 meses cuando la causa por suspensión deriva de fuerza mayor. En ambos casos tendrás que notificar al SEF la decisión adoptada por tu empresa.

La jornada indicada en el contrato  se podrá reducir si la persona ejerce el derecho individual previsto en el artículo 37 del ET.

En el supuesto de que no se cumplan los requisitos de la subvención, la empresa deberá devolver la ayuda, más el interés de demora.

Habría una situación excepcional, en el caso de que sea imposible encontrar a una persona sustituta y se pueda acreditar.

Si vas a solicitar esta ayuda te recomendamos consultar las bases de la convocatoria.

 

Grupo2000, centro especializado en contratos de formación

Grupo2000 somos un centro de formación especializado en contratos de formación en alternancia.

Si deseas aprovechar esta oportunidad y firmar un contrato de formación compatible con esta ayuda ¡Te ayudamos!

Para más información, escribe en nuestro chat online o llámanos al 958 80 67 60.

 

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