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Ayudas vigentes para contratar a jóvenes inscritos en Garantía Juvenil

Ayudas vigentes para contratar a jóvenes inscritos en Garantía Juvenil

Si estás pensando en contratar, esto te interesa: estas son las ayudas vigentes para contratar a jóvenes inscritos en Garantía Juvenil

Actualmente existen numerosas ayudas a autonómicas y a nivel nacional destinadas a incentivar la contratación de los menores de 30 años. Te resumimos las más importantes:

 

Ayuda para el fomento del contrato de formación de la Comunidad de Madrid

La comunidad cuenta con un programa de fomento del contrato para la formación y el aprendizaje, que ofrece una ayuda de 2.940 euros por cada contrato de formación formalizado de al menos 6 meses de duración.

Para ello, el contrato deberá formalizarse con jóvenes desempleados, inscritos en Garantía Juvenil.

Así mismo, ofrecen otras ayudas para la contratación indefinida y contratos de prácticas, con jóvenes de Garantía Juvenil.

La convocatoria para solicitar estas ayudas continúa abierta y con plazo de solicitud indefinido, según informa la Comunidad de Madrid en su página web.

 

Bono de Empleo Joven de la Comunidad de Andalucía

Hasta el 31 de diciembre de 2019 puedes solicitar la ayuda de bono de empleo joven, si contratas a un joven inscrito en garantía juvenil que al menos disponga de estudios de ESO.

El incentivo variará dependiendo del tipo de contrato y jornada:

  • Contratos temporales: 6000 euros si es a jornada completa, 3000 para los de media jornada.
  • Contratos indefinidos: 8000 euros a jornada completa, y 4000 si el contrato es a media jornada.

Además, esta ayuda es compatible con las bonificaciones en los seguros sociales del contrato de formación. Consúltanos.

 

La Caixa continúa ofreciendo la ayuda “Empleo Joven”

Con el fin de potenciar la contratación de jóvenes menores de 30 años, la Fundación La Caixa lanza una nueva convocatoria de ayudas a la contratación.

La entidad otorgará subvenciones de 4.600 euros por contrato temporal con un mínimo de 6 meses de duración, y de 9.600 euros para contratos indefinidos de al menos 12 meses.

Las solicitudes pueden presentarse a través de la web de la Fundación La Caixa, hasta el 15 de marzo de 2022.

Si estás interesado en presentar la solicitud, te recomendamos consultar las bases, para confirmar que tu empresa cumple los requisitos. Y ya te adelantamos que hay varias modalidades de contratos excluidas (contratos de prácticas, interinidad, fijo discontinuo y de formación).

 

Programa PICE de las Cámaras de Comercio

El Programa de fomento del empleo de las Cámaras de Comercio busca formar y facilitar el acceso al empleo a jóvenes menores de 30 años.

Para incentivar a la contratación, ofrecen una subvención de 4.950 euros para las empresas que realicen un contrato de al menos 6 meses, a través de este programa.

Lo aconsejable es contactar con la Cámara de Comercio de tu provincia para participar en el programa, ya que tanto de los jóvenes, como de las empresas, se hace a través de ellos.

 

Bonificaciones del Contrato para la formación y el aprendizaje

El contrato de formación actualmente es la única modalidad bonificada para menores de 25 años, inscritos en Garantía Juvenil.

La empresa podrá bonificar el 100% de los seguros sociales del trabajador durante 3 años (75% si es una empresa con más de 250 trabajadores).

Además, podrán aplicar una bonificación del 100% de la formación oficial que recibe el trabajador mientras dura este contrato. Y una bonificación adicional de entre 60 y 80 euros para la empresa.

Si transformas en indefinido este contrato a su finalización, le corresponden otros 3 años de bonificaciones (1500 euros anuales o 1.800 euros, si es mujer).

Esto podría suponer hasta 6 años de bonificaciones en los seguros sociales por trabajador.

Puedes ver los requisitos y características de esta modalidad haciendo clic a continuación:

 

Empleo elimina los contratos bonificados excepto el contrato de formación

Empleo elimina los contratos bonificados excepto el contrato de formación

Tras varias semanas de incertidumbre, hoy se ha publicado en el BOE el Real Decreto Ley 28/2018, de 28 de Diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y empleo, con cambios importantes en el ámbito de bonificaciones. Empleo elimina todos los contratos bonificados para menores de 30 años excepto el contrato de formación.

 

Se eliminan las bonificaciones condicionadas por el 15% de la tasa de desempleo

La Disposición Transitoria Sexta y Disposición Derogatoria Única acaban con la inseguridad jurídica que se ha vivido desde la publicación de la tasa de desempleo del último trimestre en la encuesta de población activa, y confirma el fin de la aplicación de las bonificaciones para todas las modalidades de contratos afectadas. Que son las siguientes:

  • Contrato indefinido de apoyo a emprendedores. Se deroga el artículo 4 de la Ley 3/2012.
  • Contrato a tiempo parcial con vinculación formativa. Se deroga el artículo 9, de la Ley 11/2013.
  • Contratación indefinida de un joven por microempresas y empresarios autónomos. Derogan el artículo 10, de la Ley 11/2013.
  • Incentivos a la contratación en nuevos proyectos de emprendimiento joven. Se deroga el artículo 11, de la Ley 11/2013.
  • Primer empleo joven. Se deroga el artículo 12, de la Ley 11/2013.
  • Incentivos a los contratos en prácticas. Derogan la reducción del 50% en los seguros sociales que se recogía en el artículo 13, de la Ley 11/2013.

 

¿Qué ocurre con los contratos afectados por el 15% de desempleo que se hayan tramitado desde Octubre? ¿Hasta qué fecha se admiten sus altas?

Según la Disposición transitoria sexta del Real Decreto Ley 28/2018, los contratos afectados por la tasa de desempleo que se hayan tramitado con anterioridad a la entrada en vigor del nuevo texto, seguirán activos y se regirán por la normativa vigente en su momento de celebración.

Es decir, para vuestra tranquilidad, confirman que todos los contratos con estas bonificaciones asociadas que hayáis tramitado desde la publicación de la última Encuesta de Población Activa están dentro de la legalidad.

Importante: Puesto que según la Disposición Final Undécima el Real Decreto Ley entra en vigor el 1 de enero de 2019, la fecha límite para dar de alta contratos con las bonificaciones afectadas o contratos de formación para jóvenes mayores de 24 años es el 31 de diciembre de 2018. Por tanto, el lunes 31 de Diciembre todavía estás a tiempo para dar de alta alguno de estos contratos.

 

La edad del contrato de formación se fija entre 16 y 25 años y se convierte en el único contrato bonificado

La Disposición Derogatoria Única también hace referencia al apartado 2 de la Disposición Transitoria Segunda del Real Decreto Legislativo 8/2015, que permitía que los contratos de formación se formalizasen con jóvenes mayores de 24 años.

Al estar condicionada la edad a la tasa de desempleo inferior al 15%, la edad máxima permitida para un contrato de formación vuelve a ser de hasta 24 años, inclusive.

 

Se elimina la ayuda de acompañamiento de 430 euros destinada a jóvenes de Garantía Juvenil con contrato de formación

Otra novedad que trae la nueva norma es la derogación de la ayuda de 430 euros para jóvenes beneficiarios del sistema de Garantía Juvenil sin estudios que formalicen un contrato de formación.

El límite máximo para poder beneficiarse de esta ayuda se fija en los contratos de formación cuyas altas se hayan tramitado hasta el 31 de Diciembre de 2018.

Los contratos que se encuentren en fase de solicitud de la autorización del contrato de formación, lamentablemente no podrán acogerse, ya que la norma sólo habla de contratos suscritos.

El motivo que argumenta el Gobierno para derogar esta ayuda es la escasa aceptación desde su entrada en vigor.

 

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Fuente: BOE.

Las 8 claves del nuevo Plan de Choque por el Empleo Joven 2019-2021

Las 8 claves del nuevo Plan de Choque por el Empleo Joven 2019-2021

El pasado sábado se publicó en el BOE la Resolución de 7 de Diciembre de 2018, de la Secretaría de Estado de Empleo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de Diciembre, por el que se aprueba el Plan de Choque por el Empleo Joven 2019-2021.

En este artículo te resumimos las 8 claves del nuevo Plan de Choque por el Empleo Joven 2019-2021.

Este Plan tiene como objetivo reducir la tasa de desempleo juvenil, del 33% actual, hasta un 23,5%.

Así como incrementar el nivel formativo de al menos un 43% de los jóvenes inscritos como demandantes de empleo, que actualmente carecen de estudios.

Las materias prioritarias serían: lengua, matemáticas, idiomas, competencias digitales y competencias de sectores estratégicos.

A continuación os resumimos los puntos más importantes que recoge la Resolución:

 

8 claves del nuevo Plan de Choque por el Empleo Joven 2019-2021

  • Se creará una ventanilla única para el empleo, dentro del Programa“Orienta Joven”.

Se prevé dotar a este Programa de 3000 orientadores que se encargarán de diseñar itinerarios personalizados para fomentar el empleo y formación de los jóvenes inscritos.

  • Medidas para el fomento de la igualdad, que buscarán la inserción de las mujeres con dificultades para acceder al empleo a través de incentivos para el autoempleo.
  • Los contratos de formación de programas mixtos de empleo y escuelas taller podrán cotizar por desempleo.
  • Se reformará el contrato de relevo para que sirva para garantizar la transmisión de conocimientos a la nueva persona contratada.
  • Se va a reforzar la causalidad en los contratos temporales y a tiempo parcial, para controlar más el uso de estas modalidades y evitar abusos.
  • Se elaborará un Estatuto del Becario, destinado a regular las prácticas no laborales y mejorar la protección de este colectivo.

En esta nueva regulación tendrían más protagonismo el Representante Legal de los Trabajadores e Inspección de Trabajo, que llevarían a cabo un seguimiento del programa formativo.

  • Revisarán los incentivos existentes para la contratación y el fomento del empleo.

El fin es eliminar aquellas que no hayan sido eficaces y crear nuevos incentivos.

  • Se implementará un Plan para el retorno del talento.

Se crearán programas para el retorno de los jóvenes que actualmente trabajan en el exterior, y así mismo, esperan incluir medidas para el apoyo a la movilidad de éstos.

En el Plan se establecen los ejes de actuación, que el Gobierno espera desarrollar en los próximos meses.

Os informaremos sobre todas las novedadesque se produzcan al respecto a través de nuestro blog.

 

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Se conceden las primeras ayudas de 430 euros por contrato de formación

Se conceden las primeras ayudas de 430 euros por contrato de formación

Esta ayuda ya no existe, finalizó el 1 de enero de 2019.

Los jóvenes beneficiarios de la ayuda de acompañamiento de Garantía Juvenil comienzan a recibir las mensualidades de este incentivo. Se conceden las primeras ayudas de 430 euros por contrato de formación.

En estas semanas, muchos de los alumnos que han solicitado la ayuda, recogida en la Ley 6/2018, nos han confirmado que han recibido la resolución de esta ayuda económica y han comenzado a recibir los primeros pagos.

¿En qué consiste la ayuda de acompañamiento para contratos de formación?

Se trata de un complemento a su salario, de 430 euros mensuales, que reciben los jóvenes sin estudios, inscritos en Garantía Juvenil, que hayan concertado un contrato para la formación y el aprendizaje.

Esta ayuda la recibirán durante 18 meses (36 en caso de tener una discapacidad reconocida igual o superior al 33%).

A cambio, se exige que el trabajador/a se comprometa a realizar la formación de su contrato activamente y preste sus servicios para una empresa durante al menos 1 año.

El objetivo de esta ayuda es fomentar su inserción laboral, y principalmente, que estos jóvenes reciban formación oficial de Certificado de Profesionalidad sobre un puesto de trabajo.

Recordamos que esta ayuda solamente podrán solicitarla los jóvenes que cumplan los requisitos y cuyo contrato haya sido dado de alta a partir del 4 de agosto de 2018.

¿Cómo se solicita la ayuda de 430 euros?

La ayuda debe solicitarla el joven, una vez haya sido dado de alta su contrato. Para ello, dispondrá de un plazo de 15 días tras el inicio de su contrato.

Importante: es imprescindible que se indique al centro de formación, en el momento de tramitar la solicitud de autorización del contrato de formación, que el joven va a pedir la ayuda. Ya que, si no se marca una casilla indicándolo en el aplicativo del SEPE en ese instante, posteriormente le van a denegar la ayuda.

Deberá acudir a su Oficina de Empleo, donde presentará la solicitud, tras solicitar cita previa.

La fecha de solicitud de la cita previa surtirá efectos como fecha de referencia para la presentación de la solicitud.

En caso de que se presente fuera de dicho plazo, se podrá presentar igualmente, pero el joven dejará de percibir la cuantía proporcional por los días que se ha retrasado.

El pago de la ayuda lo realizará el SEPE, directamente a la cuenta del beneficiario, en mensualidades de 30 días. Dentro del mes siguiente al que le corresponda el pago.

Antes, le tendrá que llegar una carta con la resolución de aprobación de la ayuda económica de acompañamiento para jóvenes inscritos en Garantía Juvenil, similar a la siguiente:

 

Jornada en Almería sobre las nuevas ayudas de Garantía Juvenil

Jornada en Almería sobre las nuevas ayudas de Garantía Juvenil

El próximo 29 de Noviembre, a las 17:00 horas, impartiremos una jornada informativa en Almería sobre las nuevas ayudas para Garantía Juvenil.

Esta jornada, organizada en colaboración con el Iltre. Colegio Oficial de Graduados Sociales de Almería, tendrá lugar en su sede colegial.

En ella se ofrecerá información a todos los colegiados sobre las nuevas ayudas disponibles para los contratos de formación y varias ayudas destinadas a jóvenes de Garantía Juvenil compatibles con esta modalidad.

Se trata de una jornada gratuita para todos los Graduados Sociales colegiados en Almería. A continuación os resumimos todos los detalles:

 

Jornada informativa sobre las nuevas ayudas para Garantía Juvenil en Almería

  • Lugar: Sede del Iltre. Colegio Oficial de Graduados Sociales de Almería.
  • Fecha: Martes, 29 de Noviembre de 2018.
  • Hora: de 17 a 19 horas.
  • Ponente: D. Angela Martínez Labrador, Licenciada en Ciencias del Trabajo. Graduado Social y Directora de Comunicación y Marketing de Grupo2000, con más de 5 años de experiencia como Directora de la Agencia de Colocación Contrato10.
  • Contenido:
    • Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
    • Nueva ayuda de acompañamiento de 430 € para contratos de formación de Garantía Juvenil.
    • Bonificación adicional para transformaciones de contratos de formación a indefinidos.
    • Novedades del Bono de Empleo Joven.
    • Programa PICE.

 

¿Cómo me inscribo en la Jornada formativa?

Esta jornada formativa es gratuita. Si deseas inscribirte, simplemente tienes que contactar con el Iltre. Colegio Oficial de Graduados Sociales de Almería en el teléfono 950 232 095 o contacta con nosotros en el teléfono 958 806 760.

 

Repercusión de la tasa de desempleo para los contratos bonificados

Repercusión de la tasa de desempleo para los contratos bonificados

¡Novedad importante!

 

El Real Decreto Ley 28/2018, de 28 de Diciembre, confirma la derogación de los contratos bonificados de la Ley 11/2013 y contrato emprendedores. Desde el 1 de enero de 2019 no se podrán hacer nuevas altas.

Así mismo, desde el 1 de enero sólo se podrán formalizar contratos de formación para jóvenes de hasta 24 años inclusive.

Los contratos que ya estuvieran vigentes antes de 2019 no se ven afectados por esta medida, y conservarán su bonificación, siempre que cumplan la normativa que lo regula (Ley 11/2013).

Te contamos todo sobre la nueva normativa aquí.

Ayer se publicaron los resultados de la Encuesta de Población Activa, fijando la tasa de desempleo por debajo del 15%. Como consecuencia, varios contratos, cuya normativa hace referencia a este porcentaje, se verían afectados. Os contamos cuál será la repercusión de la tasa de desempleo para los contratos bonificados y las recomendaciones que dan desde el Servicio Público de Empleo Estatal al respecto.

Contratos bonificados afectados por el descenso de la tasa de desempleo por debajo del 15%

La llegada por debajo del 15% supone cambios en la normativa de algunos contratos y la desaparición de algunas bonificaciones, os indicamos cuáles a continuación:

Contratos que tendrían alguna variación en su aplicación

Según establece la Disposición Transitoria Segunda del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores que se recoge en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de Octubre, la edad máxima para formalizar los contratos de formación sería de hasta 25 años. Es decir, podrán realizarse como máximo con jóvenes de hasta 24 años.

Importante: este cambio no afectará a las prórrogas de los contratos de formación. La edad sólo es un requisito importante para los contratos iniciales, no se tiene en cuenta en las prórrogas.

Bonificaciones que desaparecen

Según la Disposición Transitoria Primera de la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación del empleo, llegada la tasa de desempleo por debajo del 15%, desaparecerían las bonificaciones reguladas entre los artículos 9 y 13. A continuación os detallamos cuáles serían:

  • El contrato indefinido de apoyo emprendedores, regulado en artículo 4 de la Ley 3/2012, de 6 de julio, según la Disposición Transitoria Novena de dicha norma, no se podría formalizar.
  • Contrato a tiempo parcial con vinculación formativa. Esta reducción de las contingencias comunes de la cuota empresarial, regulada en el artículo 9, no podría aplicarse.
  • Contratación indefinida de un joven por microempresas y empresarios autónomos. Los beneficios en los seguros sociales de esta modalidad, recogidos en el artículo 10, tampoco podrán concertarse.
  • Incentivos a la contratación en nuevos proyectos de emprendimiento joven. Estos incentivos, creados por el artículo 11, desaparecerían también.
  • Primer empleo joven. Esta bonificación para incentivar la primera experiencia profesional (artículo 12) desde hoy no podría aplicarse en las altas de los contratos.
  • Incentivos a los contratos en prácticas. Hasta ahora, estos contratos se beneficiaban de una reducción del 50% cuando se realizaban con menores de 30 años. A partir de hoy, si formalizas estos contratos no se debería aplicar.

 

¿Qué indicaciones está dando el SEPE sobre estos contratos?

Imaginamos que vuestra preocupación es fundamentalmente sobre la fecha de aplicación máxima para poder dar de alta contratos con estos incentivos.

Nuestro centro ha contactado con la Dirección de los Servicios Públicos de Empleo Estatal y nos indican que, dada la gran repercusión que tiene este hecho para todas las bonificaciones que hemos comentado anteriormente, el asunto está siendo valorado por su Gabinete Jurídico.

Según respuesta por escrito de los técnicos del SEPE: «El Ministerio se pronunciará sobre el alcance de esta medida con cada una de las iniciativas afectadas» y, hasta la fecha, «lo único que se les ha comunicado de manera oficiosa es que no tienen intención de perjudicar ningún expediente que se haya presentado hasta la toma de la decisión final«.

Se prevé que haya un pronunciamiento oficial sobre las repercusiones de la llegada por debajo del 15% de la tasa de desempleo, y también sobre la situación en que quedarían dichos contratos, así como su fecha de fin de aplicación en las altas.

La situación es compleja, ya que la normativa establece que por debajo de ese porcentaje dejarían de aplicarse determinadas medidas, pero no concreta cuál va a ser el límite, es decir, desde qué fecha se hace efectivo el fin de esas bonificaciones.

Por tanto, por el momento no hay una fecha clara para dejar de aplicar estas bonificaciones.

Todas las medidas afectadas se dirigían a un colectivo con más de un 30% de tasa de desempleo

Analizando todas las medidas que pasarían a dejar de aplicarse, se ve una incoherencia con el panorama laboral real, ya que todas estarían dirigidas a jóvenes menores de 30 años, cuya tasa de desempleo en la EPA, es superior al 30%.

Recordamos además, que el Gobierno tiene como buque insignia el Sistema de Garantía Juvenil, dirigido a este colectivo, cuyas pretensión es reducir la tasa de desempleo por debajo del 20%, y a día de hoy, está muy lejos de conseguirse.

Cabe destacar que, según los datos de la EPA del último trimestre, en algunos márgenes de edad de los jóvenes, la tasa de desempleo llegaría incluso hasta el 45,43%.

En cuanto al contrato para la formación y el aprendizaje, creemos que se trata de una medida que afectaría a la integración de este modalidad dentro de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven de Garantía Juvenil del Gobierno. No tiene mucho sentido que se amplíe la edad de los jóvenes en Garantía Juvenil hasta los 30 años, y ahora, el colectivo de entre 25 y 29 no pueda beneficiarse de estas acciones.

Por nuestra parte, seguimos en contacto directo con el Servicio Público de Empleo Estatal, para informaros de cualquier novedad al respecto a través de nuestro blog y redes sociales.

Queremos ayudaros en este cambio, ponemos a vuestra disposición nuestra agencia de colocación, que realizará los servicios de selección de personal de forma gratuita para vuestros contratos de formación, dentro de nuestro Programa para el Fomento del Empleo Joven.

Para cualquier duda, estaremos encantados de atenderos en el teléfono 958 806 760.

 

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