El Tribunal Supremo, a través de varias sentencias, aclaró el año pasado cómo calcular los salarios ante la subida del SMI: sólo se sube el salario si con la suma de complementos no llega al SMI.
Es decir, la doctrina afirma que los complementos salariales que aparecen en la nómina de una persona trabajadora, según lo que se haya pactado en el convenio, deberán considerarse para calcular la subida del SMI.
Además, el RD 99/2023, de 14 de febrero, por el que se fija el SMI para 2023 recoge en su artículo 2 qué sucede con los complementos salariales y qué ocurre en caso de compensación y absorción.
A continuación, analizamos todos los detalles:
El Tribunal Supremo aclara cómo se calculan los salarios ante la subida del SMI
Las últimas subidas del salario mínimo interprofesional han ido generando un debate en torno a qué complementos podían utilizarse para compensar la subida del SMI.
Existe un debate entre empresas y trabajadores en la forma de calcular el salario bruto, para valorar si correspondería o no ajustar el salario al alza.
La pregunta más habitual es si se podrían compensar o no los complementos salariales y cómo hacerlo.
Es decir, hay dudas sobre si podrían considerarse complementos como el de antigüedad, penosidad o peligrosidad como parte del salario a efectos de considerar si correspondería la subida del SMI a cada persona trabajadora.
Hay que recordar que, para 2023 el SMI se ha fijado en 1.080 € en 14 pagas, lo que se traduce en 1.260 € en 12 pagas. Puedes consultar aquí todos los detalles sobre el SMI actual.
Pues bien, el Tribunal Supremo ya fue tajante el año pasado y, tras 3 sentencias confirmó su criterio: los complementos sí deben tenerse en cuenta para valorar si el salario cumple con el SMI vigente.
En la primera de las sentencias (de 26 de enero de 2022), votada por unanimidad, concluyeron que el complemento de antigüedad se consideraría que forma parte del salario, para comparar la suma resultante con el SMI y determinar si procede el ajuste del salario o no.
En la segunda sentencia de 29 de marzo de 2022 (rec 162/2019) destacó la extensión de ese criterio a todos los complementos salariales, incluso a las cantidades que se cobran por variable.
El último fallo del Tribunal de 29 de marzo de 2022 (rec. 60/2020) llegó para confirmar las anteriores sentencias y sentó jurisprudencia, concretando que quedarían fuera de la compensación las percepciones extrasalariales.
El Supremo añadió que la excepción sólo cabría si existiese una norma con rango de ley que indicase lo contrario o si el convenio colectivo lo especifica expresamente.
Según el alto Tribunal es inevitable hacer esta interpretación porque de otra forma se estaría incumpliendo lo previsto en el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores, que indica que:
«la revisión del salario mínimo no afectará a la estructura ni a la cuantía de los salarios profesionales cuando estos, en su conjunto y cómputo anual, fueran superiores a aquel.»
En consecuencia, a las personas que ya cobraban más del SMI vigente entre su salario base y los complementos salariales, fijos o variables, no se le aplicará una subida de sueldo, aunque haya aumentado el SMI.
¿El salario base puede ser inferior al SMI?
Hay que tener en cuenta que el salario mínimo no es lo mismo que el salario base. Por tanto, el salario base no tiene por qué ser equivalente al SMI actual.
El salario de una persona trabajadora se compone por el salario base (la retribución fijada por unidad de tiempo), y por los complementos, como puede ser la antigüedad.
Si un trabajador tiene un salario base de 1.000 euros y un complemento de 30 euros sí se verá afectado por la subida del SMI, ya que la suma total es de 1.030 euros. Esto es inferior al SMI fijado para 2023 de 1.080 euros.
Por el contrario, si un trabajador tiene un salario base de 1.000 euros y un complemento de 250 euros entonces no le va a afectar la subida del SMI porque su salario total es de 1.250 euros.
Por tanto, queda en evidencia que los complementos salariales sí forman parte del SMI a percibir.
¿A qué trabajadores les va a subir el salario en 2023?
Como comentamos, para el año 2023 el SMI ha aumentado hasta los 1.080 euros en 12 pagas, por lo que el salario anual se sitúa en 15.120 euros.
Esta subida del SMI va a afectar a las personas trabajadores que trabajen a jornada completa y en cómputo anual cobren menos de 15.120 €.
El RD 99/2023 recoge en su artículo 2 que al SMI se adicionarán, según lo establecido en los convenios colectivos, los complementos salariales a que se refiere el artículo 26.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, así como el importe que corresponda al incremento garantizado sobre el salario a tiempo en la remuneración a prima o con incentivo a la producción.
Además, añade que la revisión del SMI para 2023 no afectará a la estructura ni a la cuantía de los salarios profesionales que viniesen percibiendo las personas trabajadoras cuando tales salarios en su conjunto y en cómputo anual fuesen superiores a dicho salario mínimo.
¿Se pueden compensar todos los complementos y primas?
Según el Supremo sí se podrían compensar los complementos a la hora de calcular el salario bruto del trabajador y compararlo con el SMI para ver si corresponde una subida de salario.
Eso sí, muy importante: antes de compensar estos conceptos, es imprescindible revisar lo indicado en Convenio Colectivo, ya que hay algunos que establecen que complementos no se pueden compensar.
¿Sabías que el salario únicamente se sube si con la suma de los complementos no llega al SMI? Déjanos tu comentario más abajo, ¡nos encanta leerte!
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Trabajo en el sector servicios como cuidador para una empresa privada que lleva la gestión de un centro de discapacitados. en Madrid A algunos/as trabajadores/as ( no a todos), les han aplicado el incremento salarial pero no se especifican en las nóminas los conceptos correspondientes. Las preguntas son:
¿Está obligada la empresa a despejar las dudas al respecto?
¿ Los incrementos como se aplican ?, según el salario, el contrato, los complementos ?
Buenas tardes,
Trabajo en elsector de la construcción, como aux. administrativa (15h a la semana) mi nomina neta és de 400.00€ en la que estan prorrateadas las pagas y tengo dudas de que el importe sea correcto.
Podeis indicarme de cuanto deberia ser mi nómina segun el SMI ?
Gracias por las aclaraciones
Saludos
Muy buenas, en mi nómina en 30 días es de 1.152,97€ con pagas extraordinarias,plus de transporte y un artículo el art.21. trabajo de conductor profesional internacional, trabajando de noche en muchas ocasiones y no ponen ningun Plus por nocturnidad.
Quisiera saber si mi nómina cumple el SMI o deberían abonarme el plus de transporte y plus de nocturnidad más el SMI?.
El sueldo diario es de 32,9€ diario contando SMI, pagás extra y plus de transporte.
Sin más espero me podáis ayudar en comprender mi nómina y si esta está bien.
Un cordial saludo Arturo Zarzuela
Hola Arturo. Para ver los conceptos que te corresponden, habría que revisar tu convenio colectivo de referencia. Te recomendaríamos contactar con un Graduado Social o laboralista para que te oriente con todos los detalles que le aportes de tu nómina y convenio. Un saludo
Trabajo como recepcionista, 40h, y cobro 1242€ brutos con pagas extras prorrateadas en las que ya están sumados 80€ de plus de transporte, mi pregunta es la siguiente, partiendo de que me están pagando por debajo del salario mínimo, ¿el plus de transporte se suma al SMI y solo me deben 18€ o me deben 98€?