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Sólo se sube el salario si con la suma de complementos no llega al SMI

15 abril, 2024
Sólo se sube el salario si con la suma de complementos no llega al SMI

El Tribunal Supremo, a través de varias sentencias, ya ha aclarado cómo calcular los salarios ante la subida del SMI: sólo se sube el salario si con la suma de complementos no llega al SMI.

Es decir, la doctrina afirma que los complementos salariales que aparecen en la nómina de una persona trabajadora, según lo que se haya pactado en el convenio, deberán considerarse para calcular la subida del SMI.

A continuación, analizamos todos los detalles:

 

El Tribunal Supremo aclara cómo se calculan los salarios ante la subida del SMI

Las últimas subidas del salario mínimo interprofesional han ido generando un debate en torno a qué complementos podían utilizarse para compensar la subida del SMI.

Existe un debate entre empresas y trabajadores en la forma de calcular el salario bruto, para valorar si correspondería o no ajustar el salario al alza.

La pregunta más habitual es si se podrían compensar o no los complementos salariales y cómo hacerlo.

Es decir, hay dudas sobre si podrían considerarse complementos como el de antigüedad, penosidad o peligrosidad como parte del salario a efectos de considerar si correspondería la subida del SMI a cada persona trabajadora.

Hay que recordar que, para 2024 el SMI se ha fijado en 1.134 € en 14 pagas, lo que se traduce en 1.323 € en 12 pagas. Puedes consultar aquí todos los detalles sobre el SMI actual.

Pues bien, el Tribunal Supremo ya fue tajante hace dos años y, tras 3 sentencias confirmó su criterio: los complementos sí deben tenerse en cuenta para valorar si el salario cumple con el SMI vigente.

En la primera de las sentencias (de 26 de enero de 2022), votada por unanimidad, concluyeron que el complemento de antigüedad se consideraría que forma parte del salario, para comparar la suma resultante con el SMI y determinar si procede el ajuste del salario o no.

En la segunda sentencia de 29 de marzo de 2022 (rec 162/2019) destacó la extensión de ese criterio a todos los complementos salariales, incluso a las cantidades que se cobran por variable.

El último fallo del Tribunal de 29 de marzo de 2022 (rec. 60/2020) llegó para confirmar las anteriores sentencias y sentó jurisprudencia, concretando que quedarían fuera de la compensación las percepciones extrasalariales.

El Supremo añadió que la excepción sólo cabría si existiese una norma con rango de ley que indicase lo contrario o si el convenio colectivo lo especifica expresamente.

Según el alto Tribunal es inevitable hacer esta interpretación porque de otra forma se estaría incumpliendo lo previsto en el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores, que indica que:

«la revisión del salario mínimo no afectará a la estructura ni a la cuantía de los salarios profesionales cuando estos, en su conjunto y cómputo anual, fueran superiores a aquel

En consecuencia, a las personas que ya cobraban más del SMI vigente entre su salario base y los complementos salariales, fijos o variables, no se le aplicará una subida de sueldo, aunque haya aumentado el SMI.

Además, en una sentencia de 7 de marzo de 2024, el Tribunal Supremo se ha pronunciado en lo que respecta a los complementos de sobrecargo, nocturnidad y paga de beneficios.

Desde el TS indican que al tener naturaleza salarial procede su compensación y absorción con el incremento del SMI. 

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¿El salario base puede ser inferior al SMI?

Hay que tener en cuenta que el salario mínimo no es lo mismo que el salario base. Por tanto, el salario base no tiene por qué ser equivalente al SMI actual.

El salario de una persona trabajadora se compone por el salario base (la retribución fijada por unidad de tiempo), y por los complementos, como puede ser la antigüedad.

Si un trabajador tiene un salario base de 1.000 euros y un complemento de 30 euros sí se verá afectado por la subida del SMI, ya que la suma total es de 1.030 euros. Esto es inferior al SMI fijado para 2024 de 1.134 euros.

Por el contrario, si un trabajador tiene un salario base de 1.000 euros y un complemento de 250 euros entonces no le va a afectar la subida del SMI porque su salario total es de 1.250 euros.

Por tanto, queda en evidencia que los complementos salariales sí forman parte del SMI a percibir.

 

¿A qué trabajadores les sube el salario en 2024?

Como comentamos, para el año 2024 el SMI ha aumentado hasta los 1.134 euros en 14 pagas, por lo que el salario anual se sitúa en 15.876 euros.

Esta subida del SMI va a afectar a las personas trabajadores que trabajen a jornada completa y en cómputo anual cobren menos de 15.876 €.

 

¿Se pueden compensar todos los complementos y primas?

Según el Supremo sí se podrían compensar los complementos a la hora de calcular el salario bruto del trabajador y compararlo con el SMI para ver si corresponde una subida de salario.

Eso sí, muy importante: antes de compensar estos conceptos, es imprescindible revisar lo indicado en Convenio Colectivo, ya que hay algunos que establecen que complementos no se pueden compensar.

¿Sabías que el salario únicamente se sube si con la suma de los complementos no llega al SMI? Déjanos tu comentario más abajo, ¡nos encanta leerte!

 

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Ángela M. Labrador

20 Comentarios

  1. cynthia nuñez

    Buenas tardes, entiendo que si antes de la subida del sueldo si cobraba un poco más del sueldo mínimo hoy , que no me corresponde aunque llevo 10 años trabajando en la empresa, Antes que era un plus ahora eso ya no existe? Trabajo en hostelería y mi bruto es 1323 lo que es el bruto en 12 pagas ahora .
    Por favor responderme si es eso normal . muchas gracias

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Cynthia, si el plus se consideraba parte de tu salario base, entonces tu salario bruto se mantendría en 1.323€, ya que este ya era superior al nuevo SMI. Un saludo.

      Responder
      • JOSE ANTONIO

        Buenas noches, tengo una duda con respecto al complemento CDN1 que se cobra a los 3 años de antigüedad en la empresa y haber realizado al menos 75 horas de formación. En mi caso no llego por poco a esas horas pero he realizado toda la formación que me ha pedido la empresa. Tengo derecho a cobrar igualmente este complemento? Gracias

        Responder
        • Olga Agea

          Hola José Antonio, si no has realizado las 75 horas de formación mínima es importante que consultes tu convenio colectivo y que hables con tu empresa para saber si tienes derecho a cobrar el complemento. Un saludo.

          Responder
      • Verónica

        Hola..
        Mi salario base es de 1109, tengo un complemento salarial de 30€ por festivo y otro de 9.9€ por noche, no son todos los meses y los cobro solo si los trabajo claro..
        Entiendo que me los sumen al salario base, pero la empresa me ha dicho que no me hará la revisión hasta que no acabe el año, cuando yo cobro mensualmente, pero así como la diferencia será de 25€ lo que me tendrían que subir si se esperan al año evitan pagarme los meses que no haya hecho festivos.. mi pregunta es si eso es legal si pueden hacerme la revisión anual para así ellos comerse la subida del SMI. Espero respuesta gracias de antemano

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Verónica, la revisión anual del salario base debe realizarse cada año y la empresa está obligada a pagar la diferencia resultante de la revisión anual en el mes siguiente a la fecha en que se deba realizar. En tu caso, tienes derecho a reclamar a la empresa el pago de la diferencia salarial correspondiente, así como los complementos salariales que te hayan correspondido y no te hayan sido abonados. Un saludo.

          Responder
  2. Pablo Félix Garbayo

    Mi salario base en nómina es de1066,89 tengo antigüedad de dos trienios 86€. Los plusses de domingos y festivos, se pueden computar con la subida de 1134 € que se aplica en 2024

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Pablo, así es. Los pluses de domingos y festivos computan con la subida del SMI a 1134€ en 2024. Un saludo.

      Responder
      • VICENTA LOPEZ PEREZ

        BUENOS DIAS
        Quiere decir que si con domingos, noches y festivos, se llega al SMI, no hay aplicación al salario base?
        Gracias

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Vicenta, si el salario base de una persona trabajadora es inferior al SMI, pero los pluses de domingos, noches y festivos hacen que su salario total alcance dicho Salario Mínimo, entonces no habría que aumentar el salario. Un saludo.

          Responder
          • Rubèn García Fernández

            Hola, Olga!
            Entonces en este mismo caso, empieza una persona nueva y trabaja de L a V (entiendo q cobrando SMI) una vez pasados los días de prueba. Esta cobrando lo mismo que Vicenta trabajando a mayores Noches, Domingos y festivos??

          • Olga Agea

            Hola Rubèn, sería importante revisar el convenio colectivo de aplicación en la empresa para verificar si se establece un salario superior al SMI para la jornada laboral de la persona que trabaja de lunes a viernes, noches, domingos y festivos. Un saludo.

  3. Fancisco Cuenca Morilla

    Hola tengo una nómina aplicando nuestro C.C. de 1.355,90 € brutos y la empresa me va a revisar la nomina y aplicar SMI 2022 porque dice que me están pagando mal y por encima del SMI 2022 y llevo trabajando con ellos desde 2010 eso es así o prevalece los convenios colectivos de cada sector. Saludos

    Responder
    • Mohamed

      hola buenas noches por favor me puedes ayudar quiero saber si yo también tengo un derecho de la subida de la nómina de este año 2024 estoy trabajando como conserje de noche en un colegio hostelería está subida para todo el mundo o solo los trabajadores que tienen la nómina baja gracias

      Responder
  4. Arturo

    Si soy nuevo en una empresa y cobro el SMI, es decir, ese 1080 euros al mes. Pasan 3 años y en el convenio de mi empresa estipulan que me pagan un plus de antigüedad. Mi pregunta es, ¿Cómo puede darse el caso que acabe cobrando de nuevo el SMI y que con ello, mi antigüedad quede absorbida?. ¿Rebajando mi salario?. ¿Eso no se carga la negociación colectiva y deja cualquier concepto que sea superior al SMI en la decisión unilateral del empresario?. Me parece a mi que es un engaño y un abuso en toda regla que te absorban antigüedad, que te absorban la productividad de trabajar al 130%, etc…

    Responder
  5. Fabián Gaviria Arenas

    Trabajo en el sector servicios como cuidador para una empresa privada que lleva la gestión de un centro de discapacitados. en Madrid A algunos/as trabajadores/as ( no a todos), les han aplicado el incremento salarial pero no se especifican en las nóminas los conceptos correspondientes. Las preguntas son:
    ¿Está obligada la empresa a despejar las dudas al respecto?
    ¿ Los incrementos como se aplican ?, según el salario, el contrato, los complementos ?

    Responder
  6. Celi

    Buenas tardes,
    Trabajo en elsector de la construcción, como aux. administrativa (15h a la semana) mi nomina neta és de 400.00€ en la que estan prorrateadas las pagas y tengo dudas de que el importe sea correcto.
    Podeis indicarme de cuanto deberia ser mi nómina segun el SMI ?
    Gracias por las aclaraciones
    Saludos

    Responder
  7. Arturo Zarzuela

    Muy buenas, en mi nómina en 30 días es de 1.152,97€ con pagas extraordinarias,plus de transporte y un artículo el art.21. trabajo de conductor profesional internacional, trabajando de noche en muchas ocasiones y no ponen ningun Plus por nocturnidad.
    Quisiera saber si mi nómina cumple el SMI o deberían abonarme el plus de transporte y plus de nocturnidad más el SMI?.
    El sueldo diario es de 32,9€ diario contando SMI, pagás extra y plus de transporte.
    Sin más espero me podáis ayudar en comprender mi nómina y si esta está bien.
    Un cordial saludo Arturo Zarzuela

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Arturo. Para ver los conceptos que te corresponden, habría que revisar tu convenio colectivo de referencia. Te recomendaríamos contactar con un Graduado Social o laboralista para que te oriente con todos los detalles que le aportes de tu nómina y convenio. Un saludo

      Responder
      • Susana

        Trabajo como recepcionista, 40h, y cobro 1242€ brutos con pagas extras prorrateadas en las que ya están sumados 80€ de plus de transporte, mi pregunta es la siguiente, partiendo de que me están pagando por debajo del salario mínimo, ¿el plus de transporte se suma al SMI y solo me deben 18€ o me deben 98€?

        Responder

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