Ayudas de hasta 5.500 euros para contratos de formación en Canarias

Ayudas de hasta 5.500 euros para contratos de formación en Canarias

¿Quieres contratar personal pero no cuentas con los fondos necesarios? Ahora puedes acceder a ayudas de hasta 5.500 euros para contratos de formación en Canarias.

Estas ayudas forman parte del programa ‘INCENTÍVATE’, un plan de incentivos a la contratación financiado por el Servicio Canario de Empleo.

Si deseas participar en el programa ‘INCENTÍVATE’  y aprovechar las ayudas de hasta 5.000 €, sigue leyendo este post donde te explicamos los requisitos necesarios para ser beneficiario.

¡Importante! Si quieres solicitar la ayuda haz clic en el siguiente botón. Nuestro equipo atenderá tus necesidades y te asistirá en la firma del contrato de formación en alternancia compatible.

¿Cómo son las ayudas de hasta 5.500 euros para contratar en Canarias?

Estas ayudas tienen como objetivo fomentar la empleabilidad de personas jóvenes inscritas como beneficiarias en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil y registradas en el Servicio Canario de Empleo como demandantes de empleo.

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¿Qué empresas pueden ser beneficiarias de las ayudas de hasta 5.000 euros en Canarias?

Puede beneficiarse de estas ayudas:

Cualquier entidad (ya sea persona física o jurídica) con capital íntegramente privado y acogida a cualquier régimen de la Seguridad Social que formalice nuevos contratos laborales, o que, en el momento de presentar la solicitud, anexe un compromiso de contratación.

A estos efectos, tendrán la consideración de personas físicas aquellos trabajadores autónomos que cumplan los requisitos de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo.

Además, las empresas beneficiarias de la subvención tienen que tener su domicilio social en Canarias, o un establecimiento permanente en el archipiélago y cumplir con estos requisitos:

  • No estar incursa en alguna de las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiario, establecidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • No haber reducido el número de personas trabajadoras contratadas en los 3 meses inmediatamente anteriores a la contratación objeto de subvención.
  • El número de personas trabajadoras, incrementado con las contrataciones subvencionadas, se deberá mantener durante todo el periodo de permanencia de la persona trabajadora subvencionada.

 

¿Qué tipo de contratos se pueden subvencionar para acceder a las ayudas de 5.500 euros en Canarias?

Se pueden subvencionar los contratos de formación en alternancia firmados desde el 1 de abril de 2024 hasta el 31 de marzo de 2025.

Estos contratos deberán tener una duración mínima de 12 meses.

En el caso de que el convenio colectivo permita una duración del contrato mínima distinta, tendrá que ser superior a 6 meses para tener derecho a la subvención

¿Qué requisitos deben cumplir los jóvenes canarios para ser contratados a través del programa ‘INCENTÍVATE?

Las empresas pueden contratar a:

  • Personas jóvenes desempleadas de entre 16 y 30 años, inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil (SNGJ).
  • Personas jóvenes inscritas en el Servicio Canario de Empleo (SCE) como demandantes de empleo en el momento de la contratación.

Además, otro requisito fundamental es que la persona a contratar por la empresa, que haya resultado beneficiaria del programa ‘INCENTÍVATE’, no haya trabajado en el día natural anterior a la fecha de su contratación.

¿Cuáles son las cuantías establecidas para las ayudas?

La cuantía para quienes firmen un contrato de formación en alternancia en Canarias son:

  • 3.000 euros: para contratos con una duración superior a 6 meses e inferior a 12 meses.
  • 4.000 euros: para contratos formalizados por una duración de entre 12 meses e inferior a 24 meses.
  • 5.000 euros: para contratos formalizados por una duración de 24 meses.

El importe de las ayudas podrá incrementarse en 500 euros adicionales si la contratación es formalizada con:

  • Personas con discapacidad.
  • Personas jóvenes que no tengan más de 3 meses de experiencia laboral.
  • Personas víctimas de violencia de género.

Estas cuantías corresponden a contratos de formación firmados a jornada completa.

¿Hasta cuándo se pueden solicitar las ayudas de hasta 5.500 euros en Canarias?

Existen varios períodos diferenciados según la fecha en la que se haya firmado el contrato de formación.

 

Primer período para solicitar las ayudas en Canarias

En este período se pueden solicitar las ayudas para contratos celebrados entre los meses de abril a agosto de 2024.

El plazo de presentación de solicitudes se abrió el 1 de julio de 2024 y finalizará el 16 de septiembre de 2024.

 

Segundo período para solicitar las ayudas en Canarias

Este período corresponde a los contratos celebrados en los meses de septiembre a octubre de 2024.

El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto desde el 17 de septiembre de 2024 hasta el 11 de noviembre de 2024.

 

Tercer período para solicitar las ayudas en Canarias

En este período se pueden pedir las ayudas para los compromisos de contratación o contratos celebrados en los meses de noviembre y diciembre de 2024, así como los meses de enero, febrero y marzo de 2025.

Se podrán realizar las solicitudes de las ayudas desde el 12 de noviembre de 2024 al 16 de abril de 2025.

 

¿Dónde deben presentarse las solicitudes de las ayudas en Canarias?

Las solicitudes de subvención deberán ser presentadas a través del procedimiento electrónico habilitado en la sede electrónica del SCE.

Si estás interesado en firmar un contrato de formación en Canarias esta es una buena ocasión para mejorar la rentabilidad, el trabajo y las competencias profesionales en tu empresa.

¿Conocías esta ayuda disponible en Canarias? Puedes dejar tus comentarios más abajo, nos encanta leerte.

 

Grupo2000, centro especializado en contratos de formación

Grupo2000 somos un centro de formación especializado en contratos de formación en alternancia.

Si estás interesado/a en ampliar tu plantilla el contrato de formación es una opción muy útil. Te permitirá contratar hasta 2 años sin costes en los Seguros Sociales.

Y si deseas aprovechar esta oportunidad y firmar un contrato de formación compatible con esta ayuda disponible en Navarra, ¡estamos aquí para ayudarte! 

Para más información, ¡contáctanos! Puedes chatear online con nuestro equipo o llamarnos al 958 80 67 60.

¡Te esperamos!

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Webinar gratuito Contrato de Formación en Alternancia

Webinar gratuito Contrato de Formación en Alternancia

Grupo2000, en colaboración con el Colegio de Graduados Sociales de Jaén, hemos organizado este webinar para que puedas ponerte al día de todas las novedades para el contrato de formación en alternancia en 2024:

  • Beneficios en Seguridad Social: Descubre por qué es la única modalidad bonificada con la que la empresa no pagaría seguros sociales.
  • Cambios en su gestión: se simplifica y cambian sus trámites en TGSS y SEPE.

La sesión se realizó el 13 de junio por Ángela Labrador, Graduada Social y CMO de Grupo2000. 

Si deseas ver la sesión en diferido, simplemente tienes que incluir tus datos a continuación y te llegará un acceso para ver el webinar ahora mismo:

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¿A quiénes se dirige el Webinar Contrato de Formación en Alternancia?

Este Webinar está dirigido a graduados sociales, representantes de empresas, asesorías ubicadas en Jaén y todos aquellas personas interesados en descubrir las ventajas de los contratos de formación en alternancia.

 

Contenido del Webinar Contrato de Formación en Alternancia

A lo largo del Webinar aprenderás:

  • Las características y requisitos del contrato de formación en alternancia.
  • Cuáles son las bonificaciones aplicables al contrato de formación en 2024.
  • Cómo se tramita el contrato de formación en alternancia en 2024

 

¿Tienes dudas o deseas obtener más información sobre los contratos de formación o las ayudas para contratar? ¡Contáctanos! Puedes hacerlo en el 958 80 67 60 o a través de nuestro chat en directo.

Nuestro equipo estará encantado de atender todas tus consultas 😉

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Requisitos para bonificar un contrato de formación en alternancia en 2024

Requisitos para bonificar un contrato de formación en alternancia en 2024

¿Conoces las ventajas del contrato de formación en alternancia?

Uno de los beneficios más importantes que el contrato de formación puede aportar a tu empresa es poder aplicar el coste 0 € en los Seguros Sociales.

Es decir, tu compañía no va a pagar Seguros Sociales durante la vigencia de este contrato. ¿Quieres saber más?

Te contamos cuáles son los requisitos para bonificar un contrato de formación en alternancia en 2024.

 

¿A qué bonificaciones tiene derecho el contrato de formación en alternancia en 2024?

Desde el 1 de septiembre de 2023 hay novedades sobre la bonificación de los contratos de formación. Esto es debido a la entrada en vigor del RD Ley 1/2023.

Para saber cómo realizar la bonificación de los Seguros Sociales, hay que distinguir cuál es la fecha de alta de ese contrato inicial de formación:

 

Contratos de formación en alternancia dados de alta antes del 1 de septiembre de 2023

Los contratos de formación que se dieran de alta antes del 1 de septiembre de 2023 tienen derecho a aplicar una reducción del 100% de la cuota fija a la Seguridad Social durante todo el tiempo que dure el contrato.

Este porcentaje es de un 75% si se trata de una empresa con más de 250 personas en plantilla.

 

Contratos de formación en alternancia dados de alta a partir del 1 de septiembre de 2023

Si el contrato de formación se dio de alta a partir del 1 de septiembre de 2023, entonces el contrato tiene derecho a aplicar una bonificación de 119 euros sobre la cuota fija de Seguros Sociales.

Esta cuota en 2024 es de 180,54 euros para contratos de formación que cotizan por la base mínima.

A esta bonificación se le sumaría la cuantía por tutorización, pudiendo bonificar hasta 171,28 euros.

 

Estas son las bonificaciones aplicables al contrato de formación en 2024

El contrato de formación se ha convertido en el contrato bonificado más interesante para las empresas, ya que durante su vigencia las compañías pueden aplicar:

Los beneficios en los seguros sociales son aplicables siempre y cuando la empresa cumpla con los siguientes requisitos, que analizaremos a continuación:

 

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Requisitos para bonificar un contrato de formación en alternancia en 2024

Para que tu empresa pueda bonificar los seguros sociales del contrato de formación es necesario que cumpla una serie de requisitos:

  • Los establecidos por los artículos 5 y 6 de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo.
  • Los recogidos en el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores.

 

Requisitos que debe cumplir la persona trabajadora

Os recomendamos verificar que se cumplen los siguientes requisitos antes de formalizar el contrato de formación con la persona contratada:

  • No tener titulación oficial relacionada con el puesto a desempeñar.
  • Edad: hasta 30 años para catálogo de especialidades. Este límite no se aplica para certificados de nivel 3 y personas discapacidad reconocida.
  • Que la persona trabajadora se haya inscrito como demandante en la Oficina de Empleo, al menos 1 día. Es decir, que tenga el justificante de estar inscrita en el paro.
  • No haber realizado ese puesto en tu empresa por tiempo superior a 6 meses.
  • No haber sido contratada en tu misma empresa como indefinido en los últimos 12 meses o 6 meses, si fue contrato temporal, antes del alta.
  • No haber tenido un contrato indefinido en los últimos 3 meses en otra empresa. (No se aplica si la causa del despido fue despido colectivo, o improcedente). Ojo con este requisito que, tras la Reforma Laboral, es bastante frecuente encontrar a personas que proceden de un contrato indefinido para realizar trabajos temporales de apenas días.
  • No podrán ser familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, del empresario, cargos directivos, o miembros de órganos administrativos de una sociedad. Excepto si se trata de una contratación del autónomo a sus hijos. Tal y como recoge la Ley General de la Seguridad Social los autónomos pueden contratar a hijos/as menores de 30 años por cuenta ajena, aunque convivan con ellos.

 

Requisitos que debe cumplir la empresa para firmar un contrato de formación

Tu empresa deberá reunir los siguientes requisitos:

  • No tener deuda en la Seguridad Social, ni Hacienda al dar de alta al trabajador, o durante la aplicación de las bonificaciones. Si estás en alguna de estas situaciones, deberás resolver la situación de deuda con TGSS antes del alta.
  • No haber sido sancionada.
  • No haber sido excluida por cometer infracciones muy graves no prescritas.
  • No haber extinguido contratos bonificados por despido reconocido declarado improcedente (por vía judicial), o colectivo. En estas situaciones no podrían aplicarse bonificaciones durante 12 meses.
  • Estar comprometida con los horarios de trabajo efectivo y de formación.
  • Asignar a una persona en la empresa para que tutorice la evolución de la persona trabajadora.

Además, desde septiembre de 2023, para poder firmar contratos de formación en alternancia las empresas deben tener un Plan de Igualdad (SOLO si están obligadas a ello según la Ley Orgánica 3/2007).

 

Si no se cumplen los requisitos para bonificar, ¿se puede realizar el contrato de formación en alternancia?

Si se reúnen los requisitos para realizar un contrato de formación en alternancia, pero no los requisitos para poder aplicar el coste 0 euros en los seguros sociales, se podrá realizar el contrato, pero no podrá aplicarse este beneficio.

Os ponemos un ejemplo para que veáis la importancia del cumplimiento de estos requisitos:

Si una empresa tiene deuda con la Seguridad Social en el momento del alta, aunque puede formalizar el contrato de formación, aún regularizando posteriormente su deuda, ya no tendrá derecho a aplicar el coste 0 euros en los Seguros Sociales durante toda su vigencia.

Recordamos que la persona que contrates, además de estos requisitos, debe reunir el perfil para un contrato de formación.

Una vez formalizado el contrato es fundamental que la empresa siga la normativa establecida en el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores y su normativa de desarrollo:

  • Suscribir el Acuerdo para la actividad formativa, Anexo I, e informar al representante legal de los trabajadores.
  • Asignar un/a tutor/a capacitado dentro del ámbito de la empresa.
  • El puesto de trabajo debe estar relacionado con la actividad formativa.
  • Custodiar los justificantes del pago y coste de la formación.

El cumplimiento de estos requisitos es imprescindible para evitar problemas con las bonificaciones del contrato de formación.

 

¿Cómo puedo contratar personal que reúna los requisitos del contrato de formación en alternancia?

Nuestra Agencia de Colocación te ayuda a seleccionar a la persona idónea para el puesto y además, se asegura de que cumpla todos los requisitos para poder formalizar y bonificar el contrato de formación.

Este servicio de selección de personal es gratuito para nuestros clientes, está incluido en el servicio que prestamos para los contratos de formación.

¡Consúltanos y solicita información sobre el contrato de formación en alternancia!

Si necesitas hacer un contrato de formación contacta con nuestro centro, tenemos más de 20 de años de experiencia en la formación y tramitación de esta modalidad de contrato.

Te asesoraremos para que lo realices de acuerdo a la normativa y nos encargaremos de todas las gestiones necesarias. ¡Infórmate!

Llámanos al 958 80 67 60 o déjanos un mensaje.  ¡Nos encargamos de todo!

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Cómo tramitar una baja IT de un contrato de formación en alternancia

Cómo tramitar una baja IT de un contrato de formación en alternancia

Cuando la persona contratada está de baja con un contrato de formación en alternancia, hay algunas gestiones imprescindibles.

En este artículo resolvemos dudas y explicamos paso a paso cómo tramitar una baja IT de un contrato de formación en alternancia.

 

¿La persona contratada mediante contrato de formación en alternancia tiene derecho a los mismos tipos de baja que otras modalidades?

Así es, la persona contratada mediante contrato de formación tiene derecho a las mismas coberturas y condiciones que el resto de modalidades de contrato.

Su incapacidad temporal o enfermedad podrán dar origen a una baja. También tendrá derecho a una baja por maternidad o paternidad, adopción, riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia, etc.

En este artículo nos centraremos en la baja IT, si lo deseas puedes ampliar información en nuestro artículo sobre cómo se tramita la baja por maternidad del contrato de formación.

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¿Qué sucede durante la baja por enfermedad de un contrato de formación en alternancia?

Si se produce una baja IT, esta suspenderá el contrato de formación durante todo ese periodo.

Es decir, desde que se concede la baja hasta el alta médica de esa persona, el contrato de formación se interrumpiría.

Esta acción implicará que los meses los de baja no computarán para la duración máxima del contrato de formación de ese trabajador.

Por ejemplo: Si un trabajador, con un contrato de 12 meses, lleva 6 meses trabajados, y tiene una baja de otros 6 meses, al interrumpirse el cómputo, su contrato se extendería por 6 meses más tras su reincorporación.

La suspensión del contratos tendrá efectos sobre la formación que esté recibiendo y las bonificaciones relacionadas, ya que durante la baja deberán paralizarse también.

 

¿Qué ocurre con las bonificaciones del contrato de formación si la persona está de baja IT?

Esto tendría consecuencias sobre las bonificaciones del contrato, durante el periodo que se extienda la baja por enfermedad, no se podrían aplicar las bonificaciones.

No podrías aplicar la bonificación por la formación del contrato relativa a ese periodo, ni tampoco la bonificación adicional en concepto de tutorización.

 

¿Qué tramites debo realizar para gestionar la baja IT o incapacidad temporal de un contrato de formación en alternancia?

A continuación os indicamos los pasos a seguir:

1. Comunicar la incapacidad temporal en Seguridad Social

La persona contratada en formación deberá remitir a tu empresa una copia del parte de baja en el plazo de 3 días a partir de su fecha de expedición.

Tendrás que transmitir al INSS el parte de baja de forma inmediata, a través del sistema RED y como máximo 3 días hábiles a partir de su recepción.

Accede a la sección «Incapacidad Temporal Online Real» y escoge «Grabación de partes de incapacidad temporal».

Te pedirá que introduzcas los datos de la empresa, régimen y CCC, datos del trabajador/a y número de afiliación y parte médico.

En el caso de accidente laboral de trabajo o enfermedad profesional, esa persona deberá acudir a los servicios médicos de la mutua y estas situaciones deberán comunicarse a través de la aplicación Delt@.

Los modelos de copias de los partes médicos en soporte papel deberán ser conservados por tu empresa durante 4 años, a contar desde su fecha de presentación telemática.

 

2. Comunicar al SEPE la interrupción del cómputo del contrato de formación

Esta acción es imprescindible para que, durante el tiempo en que esa persona esté de baja, se suspenda el contrato de formación en alternancia y no compute ese período para la duración máxima del contrato.

Para este trámite, tendrás que remitir este modelo para notificación de la interrupción del cómputo.

Si utilizas la aplicación Contrat@, también tendrás que modificar la fecha de finalización del contrato para actualizarla a la nueva duración:

  1. Accede a esta página del SEPE.
  2. Haz clic en «Comunicación de la contratación».
  3. A continuación pulsa en «Corrección de datos».
  4. Escoge «Corrección de la fecha de término real en un contrato».

 

3. Comunicar a Grupo2000 la baja para que suspendamos la formación

Esta parte es importante, para que se interrumpa la formación y por supuesto, la facturación.

Para comunicar a Grupo2000 la baja IT, podéis utilizar el mismo modelo de interrupción de cómputo, que remitís al SEPE. Hasta que no recibamos aviso del alta, la formación continuará suspendida.

Recuerda: en el período de la baja IT no deberás aplicar la bonificación por la formación teórica, ni tutorización.

Ojo: en algunas provincias, ya hemos tenido noticias de incidencias en empresas por la aplicación indebida de bonificaciones de la formación durante el periodo de baja. Este error, puede traer problemas a posteriori con la Seguridad Social ya que, en cuanto lo detecten, os obligarán a devolver todas las cantidades bonificadas indebidamente.

 

¿Qué trámites debes realizar para comunicar la reincorporación?

Cuando se formalice el alta médica, el trabajador/a deberá presentar en tu empresa el parte dentro de las 24 horas siguientes a su expedición.

  • Seguridad Social: En el plazo máximo de 3 días tras recibir el parte de alta, tendrás que realizar la comunicación del alta en Seguridad Social.
  • SEPE: Deberás acceder a la sección que te indicábamos anteriormente para ajustar la duración del contrato de formación y enviar una notificación para comunicar que se reanuda el cómputo del contrato.
  • Grupo2000: nos puedes enviar la misma notificación que uses para el SEPE, es importante que nos informes para que reanudemos la formación.

A partir de la fecha del alta, ya podrás volver a aplicar todas las bonificaciones del contrato de formación en alternancia.

Te enviaremos una tabla con las cuantías que debes aplicar hasta la nueva fecha de fin de contrato.

 

¿Si contrato a otra persona para cubrir la baja, tiene que ser con contrato de formación?

Si necesitáis sustituir a un trabajador de baja por maternidad, embarazo, riesgo de lactancia, o cualquiera de los supuestos recogidos en el Estatuto de los Trabajadores, es posible realizar un contrato de interinidad.

Esa persona no tiene por qué ser contratada en formación, puede ser bajo otra modalidad.

Eso sí, este contrato de interinidad deberá celebrarse en la misma jornada que tenga el puesto a cubrir (desde el 30 marzo de 2022, el contrato de formación en alternancia puede tramitarse a jornada completa o parcial).

¿Te ha resultado de ayuda este artículo? ¿Tienes alguna duda? Déjanos un comentario en este artículo. ¡Gracias!

 

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Ahora con Grupo2000 podrás hacer contratos de formación para albañil

Ahora con Grupo2000 podrás hacer contratos de formación para albañil

¡Ampliamos nuestro catálogo de especialidades! Ahora con Grupo2000 podrás hacer contratos de formación para albañil.

Esta especialidad se suma a otras áreas muy demandadas en el mercado laboral que ya teníamos disponibles, como son administración, hostelería o informática, entre otras.

En este post, te contamos todos los detalles para hacer contratos de formación en alternancia para albañil.

 

Así podrás hacer contratos de formación en alternancia para albañil

Grupo2000 es un centro acreditado por el Servicio Público de Empleo Estatal para impartir formación para formalizar contratos de formación en alternancia.

Desde hace varios años, desde Grupo2000 realizamos actividades formativas relacionadas con las áreas más demandas en el mercado, que posibilitan una oportunidad laboral para muchos jóvenes.

A partir de ahora, ampliamos nuestro catálogo para abordar más sectores e impulsar las opciones laborales a más ámbitos e incluimos una nueva especialidad: contratos de formación en alternancia para albañil.

Las empresas podrán formalizar contratos de formación con jóvenes que quieran desarrollar sus carreras profesionales en alguna de esas especialidades.

Te recordamos que el contrato de formación en alternancia tiene muchas ventajas para las empresas, ya que tiene un coste de 0 euros en los seguros sociales durante su vigencia

El contrato de formación en alternancia tiene como fin compatibilizar la actividad laboral retribuida con los procesos formativos, estudios universitarios o Catálogo de especialidades formativas del Sistema Nacional de Empleo.

La actividad laboral tendrá que desempeñarse de manera coordinada con la actividad formativa.

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Requisitos para hacer contratos de formación en alternancia para albañil 

Los contratos de formación en alternancia podrán celebrarse con personas que carezcan de la cualificación profesional reconocida y no requerirán que la persona trabajadora tenga estudios.

Estas personas trabajadoras no habrán podido realizar otro contrato formativo previo en una formación de la misma especialidad o el mismo sector productivo.

Cada especialidad formativa está adscrita a una familia y a un sector profesional, y tiene asignado un determinado nivel de cualificación.

Los contratos de formación en alternancia para albañil podrán firmarse con jóvenes de hasta 30 años.

La duración de éstos contratos será de mínimo 3 meses y máximo 2 años, quedando inhabilitada la posibilidad de realizar prórrogas.

Por eso, desde Grupo2000 te aconsejamos formalizar el contrato de formación en alternancia para albañil con la duración máxima desde el inicio.

El tiempo de trabajo efectivo tendrá que ser compatible con las actividades formativas. Estas actividades formativas se realizarán siempre de manera online.

Los alumnos tendrán que conectarse el primer año 14 horas a la semana para realizar su formación, mientras que en el segundo año deberán acceder 6 horas semanales.

 

Ventajas de los contratos de formación en alternancia para albañiles

Las empresas que firmen contratos de formación en alternancia para albañiles podrán diferenciarse de su competencia contando con personas trabajadoras competitivas, bien formadas y con todos los conocimientos necesarios tanto teóricos como prácticos para realizar sus labores diarias en el sector.

Asimismo, disfrutarán de una bonificación en los seguros sociales, una bonificación del 100% de la formación teórica y, adicionalmente, recibirán una bonificación de entre 60 y 80 euros en concepto de tutorización.

Además de los beneficios que tienen los contratos de formación para las empresas, las personas trabajadoras que realicen estas especialidades formativas podrán desarrollar sus carreras profesionales y mejorar sus currículums.

Tendrán la oportunidad de conocer cuáles son sus actividades diarias y participar en todas las etapas para la correcta evolución del trabajo.

 

Desde Grupo2000 te ayudamos a formalizar tu contrato de formación en alternancia

Disponemos de un amplio Catálogo de Especialidades de las áreas más demandadas en el mercado laboral: administración, comercio y marketing, hostelería, informática o limpieza.

Si deseas más información, no dudes en contactar con nosotros en el 958 80 67 60 o en nuestro chat online. Estaremos encantados de asesorarte y ayudarte en todo lo que necesites.

No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos gusta leerte!

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Webinar gratuito Contratos Formativos tras la Reforma Laboral

Webinar gratuito Contratos Formativos tras la Reforma Laboral

¡Muchísimas gracias por la gran acogida que ha tenido el Webinar gratuito sobre Contratos Formativos tras la Reforma Laboral, en colaboración con el Colegio Oficial de Graduados Sociales de Granada.!

Sentimos comunicarte que el Webinar tuvo lugar el 9 de febrero de 2022 y ha finalizado el plazo de inscripción.

Muchas gracias por tu interés.

——–

Tras la reforma laboral han surgido muchas dudas sobre los nuevos contratos formativos.

Para resolver todas las cuestiones acerca de las modificaciones que ha supuesto el Real Decreto Ley 32/2021, desde Grupo2000 hemos organizado este Webinar gratuito Contratos Formativos tras la Reforma Laboral, en colaboración con el Colegio Oficial de Graduados Sociales de Granada.

Este Webinar gratuito tendrá lugar el día 9 de febrero a las 16 horas.

Las encargadas de impartir este Webinar gratuito Contratos Formativos tras la Reforma Laboral serán Ángela Labrador, Graduada Social y Experta en el área laboral y de Recursos Humanos con más de 10 años de experiencia.

Junto a ella, Irene Barrios, Experta en asesoramiento y gestión de contratos de formación con más de 9 años de experiencia.

A continuación podrás ver el contenido de esta sesión:

1. Contratos formativos en alternancia:

  • Características.
  • Entrada en vigor para la formalización de los contratos con las nuevas características.
  • Trámites.
  • Próximos desarrollos.

2. Contratos formativos para la obtención de la práctica profesional (conocidos anteriormente como contratos en prácticas).

  • Características.
  • Entrada en vigor para la formalización de los contratos con las nuevas características.
  • Trámites.
  • Próximos desarrollos.

3. Estatuto del Becario, su regulación actual para los estudiantes en prácticas y las próximas regulaciones del mismo.

Si quieres conocer todos los detalles sobre los trámites requeridos para la formalización de los contratos formativos en el año 2022 este Webinar es una buena oportunidad para ello.

Será a partir del 30 de marzo cuando podrán formalizarse contratos con las nuevas características y requisitos, por lo que es fundamental estar al tanto de todas las novedades.

Recuerda que las plazas son limitadas. ¡Regístrate cuanto antes y no te quedes sin la tuya!

 

Inscríbete aquí para acceder al Webinar gratuito Contratos Formativos tras la Reforma Laboral

Si deseas acceder al Webinar simplemente tienes que rellenar el siguiente formulario, y te enviaremos un enlace para que puedas visualizarlo en directo. Recuerda revisar tu bandeja de entrada.

 

Sentimos comunicarte que el Webinar tuvo lugar el 9 de febrero de 2022 y ha finalizado el plazo de inscripción.

 

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