FUNDAE actualiza el crédito disponible de tu empresa para Formación Programada 2017

FUNDAE actualiza el crédito disponible de tu empresa para Formación Programada 2017

FUNDAE, antes conocida como Fundación Tripartita, acaba de actualizar durante esta mañana el crédito disponible de tu empresa para realizar cursos de Formación Programada durante 2017.

Como sabes, tu empresa tiene derecho a un crédito anual para realizar formación para tus trabajadores de forma bonificada. Dicho crédito varia en función del número de trabajadores en plantilla y cotización en contingencia de formación que se haya realizado durante el pasado ejercicio.

Todos los años tardan varios meses en cruzarse los datos de Seguridad Social y de FUNDAE, suele ser por esta época que por fin podemos ver los datos reales de crédito para realizar formación bonificada que tienen las empresas.

Hoy ha sido el día escogido por FUNDAE para cargar en su aplicación todos los datos actualizados en referencia a los créditos, por ello, te animamos a consultar el crédito de tu empresa. Nuestro centro te ayuda a consultarlo y se encarga de realizar todos los trámites con FUNDAE necesarios para que puedas bonificar la formación.

 

¿Cómo puedo saber el crédito de mi empresa durante 2017?

El crédito para realizar formación programada varia en función de la plantilla, a continuación te indicamos los porcentajes que corresponden según el número de trabajadores de la empresa:

 

  • 1 a 5 trabajadores: disponen de una cantidad mínima de 420 €.
  • 6 a 9 trabajadores: 100% de la cantidad cotizada.
  • 10 a 49 trabajadores: 75% de la cantidad cotizada.
  • 50 a 249 trabajadores: 60% de la cantidad cotizada.
  • 250 trabajadores en adelante: 50% de la cantidad cotizada

 

Las empresas de nueva creación también disponen de un crédito mínimo de 420€ para garantizar su acceso a la formación.

Para conocer tu crédito exacto solamente tienes que contactar con nosotros en el teléfono 958 806 760 o enviarnos el formulario de solicitud del curso. Te recordamos que este crédito es anual, es decir, que si no se utiliza durante 2017, se pierde.

 

¿Cómo solicito un curso?

Es muy sencillo, a continuación te indicamos los pasos a seguir:

  1. Elige un curso de nuestro catálogo.
  2. Envíanos el formulario de solicitud.
  3. Comienza tu formación.

Recuerda que este año también puedes solicitar y bonificar un curso de nuestro nuevo catálogo de cursos en vídeo.

Si deseas ampliar información, o realizar alguna consulta, te atenderemos encantados en el teléfono 958 806 760 o en nuestro chat online.

 

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El Granada CF forma a su plantilla en Grupo2000

El Granada CF forma a su plantilla en Grupo2000

En Grupo2000 ofrecemos planes de Formación bonificada para pequeñas y grandes empresas. Se trata de planes personalizados, donde estudiamos las necesidades formativas de cada una de ellas.

Muestra de ello, es el acuerdo firmado este año con el equipo Granada Club de Fútbol, que ha escogido a Grupo2000 para formar a su plantilla.

La dirección del Granada Club de Fútbol está muy concienciada sobre los beneficios que aporta la formación a sus trabajadores. Por ello, se ha realizado un estudio pormenorizado de las necesidades formativas de cada trabajador. Brindándole la posibilidad de realizar diferentes acciones formativas relacionadas con su puesto de trabajo.

Se trata de un plan formativo, que incluye tanto formación presencial, como online, y que servirá para mejorar la productividad de todos los alumnos que están participando en la formación.

Recordamos que la Formación bonificada es una de las alternativas más interesantes para que las empresas formen a sus trabajadores, y también una de las más beneficiosas, ya que el coste de la formación puede bonificarse en los seguros sociales de la empresa.

 

¿Mi empresa también puede hacer formación bonificada?

Todas las empresas y autónomos del territorio nacional, que tengan empleados contratados en Régimen General, pueden realizar formación programada. Simplemente tienen que verificar cuál es el crédito disponible para cada una de ellas durante el ejercicio de 2016.

 

¿Qué crédito tiene mi empresa? 

Las empresas tendrán diferente crédito, que variará en función de las cantidades cotizadas en la contingencia de formación durante el año anterior, y el volumen de plantilla alcanzado. En el caso de la pequeña empresa, de hasta 5 trabajadores, y empresas de nueva creación, con el fin de garantizar y facilitar su acceso a la formación, siempre van a disponer de un crédito mínimo desde 420 €. Si la plantilla es superior, habrá que observar el número de trabajadores para ver el porcentaje de crédito que les corresponde:

  • 6 a 9 trabajadores: 100% de la cantidad cotizada.
  • 10 a 49 trabajadores: 75%
  • 50 a 249 trabajadores: 60%
  • Más de 250 trabajadores: 50%

Este crédito se corresponde con la cantidad máxima que la empresa puede bonificar en los seguros sociales cuando realiza acciones formativas de Formación Programada. Se trata de un crédito anual, que si no se disfruta, se pierde, no se puede acumular. Todavía estás a tiempo para aprovechar el crédito de formación programada 2016 de tu empresa. Envía la solicitud de tu curso antes del día 25 de noviembre. Puedes elegir el curso que más se adapta a tus necesidades en nuestro amplio catálogo. ¿Deseas conocer el crédito de tu empresa? Contacta con nosotros en el teléfono 958 806 760.

¿En qué afecta el RDL 4/2015 a la actividad de las asesorías?

¿En qué afecta el RDL 4/2015 a la actividad de las asesorías?

Mucho se ha hablado sobre el alcance del Real Decreto Ley 4/2015, para la reforma urgente del Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, tanto para centros de formación, como para empresas. Pero lo que seguramente no te habrán detallado es la repercusión de esta norma en tus gestiones como despacho profesional.

En el Real Decreto Ley se establecen nuevas obligaciones e infracciones para las empresas, incluyendo nuevos hechos sancionables en el texto del RDL 5/2000. Por ello, como asesor de éstas, encargado de realizar los trámites en su nombre, ya debes aplicar desde el 24 de marzo de 2015 las siguientes acciones correctamente.

Para ambas modalidades: Contrato de Formación y Formación Programada (Formación Continua)

  • Abonar la formación y conservar los documentos acreditativos en la empresa:

La empresa debe abonar la formación por la que se vaya a aplicar la bonificación, y además conservar los justificantes acreditativos durante 5 años. Si no realiza los pagos, puede considerarse una aplicación indebida de una bonificación, debiendo devolver las cantidades bonificadas. Esta acción además puede derivar en una sanción grave.

  • Identificar separadamente la contabilidad de la formación de tus empresas y sus correspondientes bonificaciones:

Tus empresas deberán identificar en una cuenta separada o epígrafe específico de su contabilidad todos los gastos de las acciones formativas, y también todas las bonificaciones que  se apliquen en su caso.

En nuestro artículo cómo registrar de manera contable la formación del contrato de formación tienes un ejemplo que te puede servir de ayuda.

En el caso de no cumplir con este aspecto, tus empresas podrían ser sancionadas por cometer una infracción laboral muy grave, recogida en el artículo 21 del RDL 4/2015.

  • Gestionar la documentación y realizar las bonificaciones de la formación de manera correcta:

Se deben cumplir todas las obligaciones de carácter formal y documental exigidas en la normativa específica, tanto del contrato de formación, como de la formación programada por las empresas. Es decir, el centro de formación y la empresa deben tener formalizados todos los documentos que acreditan la formación, dentro del plazo establecido.

Además se deberá aplicar la bonificación de manera correcta, verificando previamente el abono por parte de la empresa de dicha acción formativa.

El incumplimiento de estas gestiones por parte de la empresa puede ser considerado una infracción leve, excepto en el caso del disfrute indebido de la bonificación, que será considerado infracción muy grave.

Consulta nuestro artículo cómo bonificar el contrato de formación.

  • El despacho asume un papel de gran importancia a la hora de asesorar sobre el centro de formación a sus clientes:

Te recomendamos prevenir a tus clientes sobre acciones que pueden ser objeto de sanción con la nueva normativa:

  1. El centro seleccionado debe ser un centro homologado y acreditado, como Grupo 2000, y cumplir los requisitos especificados el RDL 4/2015. Además deberá contar con los medios propios y docentes necesarios para impartir dicha formación, ya que está totalmente prohibido subcontratar la formación. Ojo con este tema, porque la empresa ahora responde solidariamente ante sanciones graves y muy graves en el caso de una incidencia por parte del centro de formación.
  2. La formación debe estar directamente relacionada con la actividad de la empresa, y atender a unas necesidades formativas reales y específicas de ésta. En caso de no ser así, puede suponer una infracción laboral grave.
  3. Desde el 24 de marzo está totalmente prohibido incluir como objeto de financiación pública bienes o servicios que no estén directamente relacionados con la formación. Por ello, tus clientes no deben aceptar regalos o servicios con las acciones formativas. Este hecho puede implicar sanciones de entre 626 € y 6.250 €.

 


Sólo para Contrato de formación y aprendizaje

  • Enviar al centro la documentación relativa al contrato de formación en plazo:

Es imprescindible para la correcta gestión de la formación que el centro reciba lo antes posible la documentación del contrato de formación para que el trabajador con esta modalidad de contrato comience cuanto antes a recibir la formación teórica vinculada a su contrato.

Además, se deberá remitir toda la información relevante que afecte al contrato de formación lo antes posible:

Modificaciones del contrato, altas, bajas, cambios de datos, situaciones de incapacidad temporal, bajas por maternidad, etc.. El centro tiene que ser informado para proceder a paralizar o modificar la formación, y en determinados casos (como puede ser una baja por maternidad, por ejemplo) también paralizar la facturación.

Importante: durante el periodo que el trabajador no éste trabajando, no se deberán aplicar las bonificaciones.

Estas recomendaciones ayudarán a la correcta gestión del contrato de formación y evitarán incidencias que puedan derivar en alguna sanción de las establecidas en el artículo 21 del RDL 4/2015.

En nuestro blog puedes leer: Cómo proceder ante una IT y Cómo tramitar un contrato de formación.

 


Sólo para Formación Programada por las empresas

  • Cofinanciación de la formación programada por las empresas (antes llamada Formación Continua) para empresas entre 1 y 9 trabajadores:

Antes de la norma solamente las empresas con más de 9 trabajadores debían aportar un porcentaje sobre el importe total de la Formación Continua bonificada. A partir del 24 de marzo, también las empresas de hasta 9 trabajadores deberán aportar un 5% en concepto de cofinanciación. Este aspecto es importante, y ya debes tenerlo en cuenta para la bonificación de la formación de tus empresas, realizada desde el 24 de marzo de 2015.

La empresa tiene dos opciones para hacer esta aportación del 5%:

  1. Bonificar el 95% de la formación, y hacerse cargo del 5% restante.
  2. Bonificar el 100% y sustituir la aportación económica por el coste de tener al trabajador formándose en horario laboral. Para aplicar esta opción deberás calcular el coste laboral real que implica que ese trabajador estudie durante su jornada laboral. Debes saber que en el horario que se vaya a especificar que el trabajador está estudiando en su puesto, la Fundación Tripartita podrá contactar con el alumno, por teléfono o por email, para inspeccionar que realmente sea así.
  • Verificar que se ha realizado la comunicación y fin de cada acción formativa en plazo:

Antes de realizar la bonificación, en el caso de las empresas que gestionen su crédito de formación con la Fundación Tripartita, es imprescindible confirmar que se ha comunicado la acción formativa correctamente, así como su inicio y finalización.

Se considerará una infracción grave no haber realizado dicha comunicación.

 

En Grupo 2000, centro acreditado y homologado con el nº 1800026061, estamos totalmente adaptados a la nueva normativa. Y además, hemos reforzado nuestro equipo, desde hace tiempo, para incrementar el control y brindar todo el asesoramiento necesario a nuestros clientes, con el fin de ofrecer, no sólo una formación de calidad, sino la tranquilidad de ser aconsejados en sus gestiones por un centro de formación con más de 25 años de experiencia en el sector.

Si tienes alguna duda, te atenderemos encantados en el teléfono 958 806 760, o en nuestro chat online.

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Cambios en la Formación Continua tras el RDL 4/2015.

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Fuente: BOE.

Ya se pueden consultar los créditos de formación continua 2014 en la Fundación Tripartita

Ya se pueden consultar los créditos de formación continua 2014 en la Fundación Tripartita

Ya se pueden consultar los créditos de formación continua 2014 en la Fundación Tripartita

A partir de mañana, 11 de abril, ya se podrán consultar los créditos para formación bonificada 2014 que le corresponden oficialmente a cada empresa para este año.

La Fundación Tripartita ha publicado hoy en su web un aviso en el que indican que a partir de las 20:00 horas de esta tarde estará disponible la información actualizada relativa a la plantilla media de trabajadores, la cuota de formación profesional y las cuentas de cotización de las empresas, de acuerdo a los datos facilitados por la Tesorería General de la Seguridad Social.
Con estos datos, la web de la Fundación Tripartita calculará con precisión los créditos para formación continua bonificada para 2014.

También informan que, debido a esta actualización, hasta las 20:00 horas del día de hoy, la aplicación de la Fundación Tripartita estará fuera de servicio.

Si necesitáis consultar los créditos disponibles para formación continua bonificada de vuestra empresa, estaremos encantados de facilitaros los datos oficiales que recoge la Fundación Tripartita.

Puedes descargar aquí la solicitud para consultar los créditos de tu empresa. Es necesario que nos la envíes por email, o fax 958 806 761.

Para cualquier consulta, estamos a vuestra disposición en el teléfono 958 806 760, o nuestro chat online.

Fuente: Fundación Tripartita.

Se mantiene el crédito formativo de 420 euros para la pequeña empresa en el 2014

Se mantiene el crédito formativo de 420 euros para la pequeña empresa en el 2014

Se mantiene el crédito formativo de 420 euros para la pequeña empresa en el 2014.

El Senado ha aprobado una Enmienda que garantiza que el crédito para la formación bonificada de 420 euros para empresas de 1 a 5 trabajadores, y empresas de nueva creación, se mantenga durante el año 2014.

Por tanto, los créditos para Formación Continua durante el próximo año tendrán el mismo funcionamiento que durante estos últimos años.

Se trata de una enmienda transaccional a los Presupuestos Generales del Estado de 2014, que ha sido posible tras una iniciativa de CiU, respaldada por todos los Grupos. (Tras las numerosas iniciativas de asociaciones formativas destinadas a concienciar a la clase política sobre la necesidad de mantener estas ayudas para la formación.)

Gracias a este apoyo, el PP ha tenido que paralizar la Enmienda en la que eliminaba la bonificación de la formación para las pequeñas empresas.

Nos alegra que finalmente hayan rectificado, ya que esto va a permitir que las pequeñas empresas tengan acceso a la formación. Según nuestra experiencia profesional, estas empresas son las que más necesitan y demandan la formación. Y normalmente, tienen un presupuesto limitado, por eso el crédito anual de 420 euros es fundamental para formar a sus empleados.

En Grupo 2000 apostamos por la formación de calidad como una herramienta para mejorar la competitividad y productividad de las empresas, y así poder hacer frente de la mejor manera posible a la situación económica actual.

Si quieres conocer más sobre la Formación Continua bonificada, visita nuestra web.

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