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¿Puede hacer formación bonificada un trabajador con contrato de formación en alternancia?

¿Puede hacer formación bonificada un trabajador con contrato de formación en alternancia?

¿Puede hacer formación bonificada un trabajador con contrato de formación en alternancia?

Es una duda que muchos nos planteáis con frecuencia, y que hoy aclaramos en este artículo, donde además compartimos contigo la respuesta que nos remitieron desde FUNDAE ante esta consulta.

Te lo explicamos todo a continuación y aprovechamos para resolver las preguntas más frecuentes sobre la formación bonificada (también conocida como continua o «tripartita») y el contrato de formación en alternancia:

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¿Puede hacer formación bonificada un trabajador con contrato de formación en alternancia?

Sí. Una persona contratada mediante un contrato de formación en alternancia puede realizar formación bonificada o formación programada por la empresa.

FUNDAE ha confirmado a Grupo2000 que las personas trabajadoras con un contrato formativo en alternancia pueden participar en la formación programada por las empresas, siempre que se cumpla una condición fundamental:

La formación bonificada en la que se matriculen debe ser distinta de la formación que esa persona ya realiza por razón de su contrato de formación en alternancia.

Somos conscientes de que esta cuestión genera muchas consultas, especialmente porque durante años la situación de la cotización por formación profesional de las personas contratadas mediante esta modalidad fue diferente.

Más abajo aclaramos los motivos por los que confirmamos que en 2026 un contrato de formación en alternancia puede realizar formación y bonificar su importe en los seguros sociales.

Y además, compartimos contigo el contenido de diferentes consultas que hemos planteado a FUNDAE para aclarar expresamente si una persona con contrato de formación en alternancia puede participar como alumna en un curso de formación bonificada.

Te contamos qué debes tener en cuenta en estos casos.

 

FUNDAE confirma que una persona con contrato de formación puede hacer un curso bonificado

Así es, FUNDAE nos ha confirmado expresamente que puede hacerlo.

En una de las consultas realizadas por Grupo2000, la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo nos indicó:

«Estimados/as Sres/as.:

En contestación a su consulta sobre la posibilidad de incluir participantes con contrato formativo en alternancia en el sistema de bonificaciones, le comunicamos lo siguiente:

En la formación programada por las empresas bonificada al amparo del Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral pueden participar los trabajadores asalariados en virtud de un contrato formativo en alternancia.

No obstante, esta formación que en todo caso cabe financiar de acuerdo con lo anterior (es decir el sistema de bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social previsto en el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral) ha de ser la programada por las empresas distinta de la que se realice por razón del contrato en alternancia, a la que corresponde otro tipo de financiación (bonificación).
Atentamente,
Fundación Estatal para la Formación en el Empleo
Servicio al Cliente y Orientación»

Destacar que FUNDAE añade una precisión muy importante:

La formación programada por la empresa que se quiera bonificar deberá ser diferente de la formación que la persona trabajadora realiza como consecuencia de su contrato de formación en alternancia.

Es decir, estamos hablando de dos formaciones diferentes:

  • La formación que corresponde al propio contrato de formación en alternancia.

  • Otra formación adicional, programada por la empresa, que puede gestionarse a través del sistema de formación bonificada.

 

Por tanto, no hay que confundir la formación bonificada para financiar con la formación que corresponde al contrato en alternancia.

Puedes ampliar información sobre esta modalidad contractual en nuestra guía sobre qué es el contrato de formación en alternancia.

 

¿Por qué puede participar un trabajador con CFA en formación bonificada?

Esta ha sido precisamente otra de las cuestiones que hemos planteado a FUNDAE.

En una segunda consulta, FUNDAE nos indicó:

“Las personas contratadas bajo esta modalidad formativa se incorporan a la plantilla de la empresa con la condición de asalariado y de cotizante por formación profesional, por tanto, cumplen los dos requisitos exigidos en la Ley 30/2015 (artículo 9.1) para la participación en la iniciativa de formación programada por las empresas.”

Por tanto, FUNDAE fundamenta su respuesta en dos circunstancias:

  • La persona contratada mediante un contrato formativo en alternancia tiene la condición de trabajador asalariado de la empresa.

  • Es cotizante por formación profesional.

 

Y vuelve a insistir en la misma condición:

La formación bonificada tiene que ser distinta de la que se realiza por razón del contrato de formación en alternancia.

 

¿Se puede bonificar la formación asociada al contrato de formación en alternancia a través de FUNDAE?

No. Aquí es importante no confundir los dos tipos de formación.

La formación bonificada a través del sistema de formación programada deberá ser una formación diferente de la realizada por razón del contrato en alternancia.

Por ejemplo, si una persona ya está realizando formación para la ocupación de comercial en su empresa, como parte de su contrato de formación en alternancia, la formación programada que realice no podrá guardar relación.

Sí podrá aprovechar su crédito de formación para realizar la nueva formación obligatoria en Alfabetización en inteligencia artificial que exige la normativa, ya que ese contenido no está incluido en los módulos formativos de su contrato.

 

¿Qué requisitos debe cumplir una empresa para realizar formación bonificada?

Recordamos que para acceder a la formación bonificada la empresa deberá, entre otros requisitos:

  • Estar al corriente de sus obligaciones con Seguridad Social y AEAT.

  • Que esa persona esté contratada en Régimen General.

  • Disponer de crédito suficiente para aplicar la bonificación correspondiente.

  • Realizar correctamente los trámites asociados a la formación ante FUNDAE. (Con esto te ayudamos en Grupo2000 y nos encargamos de todo).

  • Aplicar la bonificación dentro del ejercicio correspondiente.

 

En el caso específico de una persona con contrato de formación en alternancia, además deberá tenerse presente que la acción formativa bonificada deberá ser distinta de la formación realizada por razón de su contrato en alternancia.

 

¿Cómo se solicita un curso de formación bonificada?

El proceso es diferente a la solicitud de la formación para el contrato de formación en alternancia. Es muy sencillo y puede resumirse en los siguientes tres pasos:

1. Elegir la formación

Tu empresa deberá seleccionar el curso que responda a vuestras necesidades formativas. Puedes consultar nuestro catálogo de cursos de formación bonificada

2. Solicitar el curso

Una vez elegida la formación, realiza la solicitud a través de la web o solicitar más información sobre la formación bonificada aquí.

3. Realizar los trámites con FUNDAE

En Grupo2000 gestionamos la comunicación de la acción formativa en FUNDAE, realizamos los seguimientos necesarios durante la formación y asesoramos a la empresa para la aplicación de la bonificación. Así puedes despreocuparte de todo esta parte, ya la hace nuestro equipo por ti.

 

¿Cuándo se aplica la bonificación de un curso?

La formación realizada durante el año deberá bonificarse dentro de ese mismo ejercicio.

La cantidad máxima que podrá bonificarse dependerá, entre otros factores, del crédito disponible de la empresa y del importe que corresponda a la acción formativa.

La empresa deberá aplicar posteriormente la cantidad correspondiente en los seguros sociales, utilizando el apartado previsto para las acciones formativas de formación programada.

 

Preguntas frecuentes sobre formación bonificada con un contrato de formación en alternancia

¿Un trabajador con contrato de formación en alternancia puede hacer formación bonificada?

Sí. FUNDAE ha confirmado a Grupo2000 que los trabajadores asalariados contratados mediante un contrato formativo en alternancia pueden participar en la formación programada por las empresas.

¿Cuál es el requisito para que pueda hacer un curso bonificado?

La formación bonificada deberá ser distinta de la formación que realice por razón de su contrato de formación en alternancia.

¿Un trabajador con contrato de formación en alternancia es un trabajador asalariado?

Sí. El contrato de formación en alternancia es una modalidad de contrato laboral, por tanto existe relación laboral. Además, las personas quedan contratadas en Régimen General y por ello, entran dentro del colectivo beneficiario de la formación bonificada para empresas recogido en la Ley 30/2015.

¿Los trabajadores con contrato de formación en alternancia cotizan por formación profesional?

Sí. Las personas contratadas mediante esta modalidad tienen la condición de cotizantes por formación profesional tras la Reforma Laboral.

La reforma laboral de 2021 introdujo un nuevo régimen de cotización para el contrato de formación en alternancia, que incluye expresamente la cotización por formación profesional. 

Desde el 1 de enero de 2023 se hizo efectivo este cambio y las personas trabajadoras con contrato de formación en alternancia cotizan por formación profesional. Tras la entrada en vigor del artículo 44 de la Orden PCM/74/2023, de 30 de enero, que regula la cotización de estos contratos e incluye una cuota específica por formación profesional.

¿Puede bonificarse a través de FUNDAE la misma formación que realiza por su contrato en alternancia?

No. La formación programada es distinta de la realizada por razón del contrato formativo en alternancia. Ambas formaciones se bonifican de forma diferente. 

La formación del contrato de formación se liquida en los seguros sociales asociados al trabajador. Por ejemplo, si empieza su contrato en enero, se deberán bonificar sus seguros sociales en la liquidación que se presenta en el mes de febrero (correspondiente a los seguros sociales de enero).

La formación bonificada se realiza utilizando la funcionalidad especifica para este tipo de formación en tu programa de nóminas y podrá aplicarse durante todo el ejercicio que se corresponda con la fecha de realización del curso, tendrás de plazo máximo para comunicar la bonificación hasta la presentación de seguros sociales de diciembre de dicho ejercicio. 

¿Puede realizar otros cursos una persona que tenga un contrato de formación?

Sí. Puede participar en otras acciones de formación programada por la empresa siempre que se cumplan los requisitos correspondientes y la acción formativa sea diferente de la formación asociada a su contrato en alternancia.

 

En resumen: ¿puede un trabajador con CFA hacer formación bonificada?

Sí. Una persona trabajadora con contrato de formación en alternancia puede participar en formación bonificada o formación programada por la empresa.

FUNDAE ha confirmado a Grupo2000 que estos trabajadores cumplen los requisitos para participar porque tienen la condición de asalariados y cotizan por formación profesional.

La única condición específica indicada por FUNDAE es que la formación bonificada sea distinta de la formación que la persona ya realiza por razón de su contrato de formación en alternancia.

Por tanto, tener un contrato de formación en alternancia no impide realizar formación bonificada, siempre que ambas formaciones sean diferentes.

 

¿Quieres realizar formación bonificada para una persona con contrato de formación en alternancia?

Si tienes una persona contratada mediante un contrato de formación en alternancia y quieres que realice otro curso de formación bonificada, en Grupo2000 podemos ayudarte a comprobar la formación y gestionar los trámites correspondientes.

Consulta nuestro catálogo de formación bonificada o solicita información a nuestro equipo.

 

Fuentes del artículo: FUNDAE y BOE.

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¿Ya puede hacer el autónomo formación bonificada?

¿Ya puede hacer el autónomo formación bonificada?

¿Ya puede hacer el autónomo formación bonificada? Esta es una de las preguntas que más nos estáis planteando a raíz de los nuevos cambios en la cotización de este colectivo. Os informamos de todo a continuación:

El autónomo cotiza por formación desde el 1 de enero de 2019

El Real Decreto Ley 28/2018, de 28 de Diciembre, en su artículo 7, sobre los tipos de cotización en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores Autónomos establece que serán para 2019, los siguientes:

 

Concepto Tipos de cotización
Por contingencias comunes 28,30 %
Contingencias profesionales IT 0,46 %
Contingencias profesionales IMS 0,44 %
Cese de actividad 0,7 %
Formación Profesional 0,1 %

 

Según establece la norma, desde el 1 de enero de 2019, los autónomos podrán cotizar por la contingencia de Formación Profesional un 0,1%.

Pero esto, ¿qué quiere decir? ¿Significa que podrá acceder a formación bonificada a través de los créditos, como los trabajadores en Régimen General? Lo vemos más adelante.

¿Puede hacer formación bonificada el autónomo a través de los créditos de FUNDAE?

En la Ley 30/2015, de 9 de Septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral, abría la puerta a que el autónomo pudiera realizar formación bonificada a través de las Comunidades Autónomas y organizaciones representativas de los trabajadores autónomos.

Pero a día de hoy, todavía no existe la normativa específica que permita hacer uso de los créditos de formación bonificada (formación continua) a los autónomos para formarse.

Este tipo de formación bonificada, por el momento está limitada a los trabajadores en Régimen General, que son los que pueden realizar estos cursos.

Desde Grupo2000 hemos planteado la consulta ante FUNDAE, que indica que «actualmente no se ha publicado resolución alguna que enmarque al colectivo de trabajadores autónomos como beneficiarios directos de las bonificaciones por formación continua».

Por tanto, a no ser que se apruebe nueva normativa en los próximos meses. De momento, todo parece indicar que el sector de los autónomos tendrá que seguir esperando para poder acceder.

Es un colectivo que se vería enormemente beneficiado de esta medida, que llevan reclamando desde hace tiempo, y les permitiría actualizarse y mejorar la competitividad de su negocio.

Desde Grupo2000 haremos un seguimiento a la evolución de este asunto, y os informaremos en cuanto haya alguna novedad al respecto.

 

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Fuente: BOE y FUNDAE.

 

FUNDAE modifica su criterio sobre los cursos online tras esta sentencia

FUNDAE modifica su criterio sobre los cursos online tras esta sentencia

Recientemente se ha tenido conocimiento de la sentencia 117/2018 del Juzgado Central Contencioso Administrativo Número 11 de Madrid. FUNDAE ha tenido que modificar su criterio sobre los cursos online tras esta sentencia.

Te contamos en este artículo la relevancia de este fallo y las novedades que ha publicado FUNDAE que flexibilizan la formación bonificada online.

En la sentencia, en la que una entidad demandaba al Servicio Público de Empleo Estatal, se interponía un recurso contra una resolución de éste que obligaba a reintegrar la cuantía subvencionada de una acción formativa. El fallo del Tribunal da la razón a la entidad formativa y desestima la obligación de reintegrar las cantidades.

Pero la verdadera importancia de esta sentencia es el pronunciamiento sobre cuestiones controvertidas sobre la formación online, que han provocado que en los últimos días FUNDAE se vea obligada a rectificar:

Cambio de criterio para valorar las horas de conexión online

Hasta ahora, FUNDAE, para valorar si un alumno en modalidad online se había conectado suficientemente, exigía que éste hubiera realizado al menos un 75% sobre el total de horas que tuviese el curso.

En el caso de que no se hubiese conectado al menos por dicho porcentaje, entendían que no se ha había realizado un aprovechamiento adecuado de la formación y exigían la devolución de las cantidades bonificadas a la empresa.

Este aspecto de valoración ha sido ampliamente discutido por alumnos y centros de formación, ya que no era coherente con los principios de flexibilidad que proporciona esta modalidad. Y además, obligaba a alumnos, que ya habían realizado sobradamente su formación, a conectarse sin motivo alguno para llegar al mínimo de conexión exigido.

Pues bien, el fallo del Tribunal establece que las horas de conexión en teleformación son un criterio sobrevenido, aplicado tras una posterior «interpretación» de la Administración  sin base normativa.

Por este motivo establece que, el motivo de no llegar a un 75% de conexión sobre el total del curso, no puede ser motivo para incidentar a ningún alumno que haya cumplido el requisito de superar el 75% de las pruebas o controles de aprendizaje.

En consecuencia, FUNDAE ha rectificado la información facilitada en su página web, donde se puede leer la siguiente información en el apartado de preguntas frecuentes:

«¿Cuál es el criterio para considerar a un alumno como finalizado en acciones presenciales? ¿Y de teleformación?

Para acciones presenciales, se considera que un alumno ha finalizado la formación cuando ha asistido, al menos, al 75% de la duración de la actividad formativa.

En las acciones formativas en teleformación, se considera que han finalizado la acción formativa aquellos alumnos que han realizado el 75% de los controles periódicos de seguimiento de su aprendizaje, con independencia de las horas de conexión.»

FUNDAE desvincula las horas de conexión para valorar el rendimiento del alumno. A partir de ahora valorará el que haya realizado al menos el 75% de las tareas y controles periódicos que se establezcan para cada acción formativa.

Aclarar que este cambio no implica que los tiempos de conexión al aula virtual puedan ser bajos, ya que el aprovechamiento de la acción bonificada va a ser siempre supervisado por los técnicos y el tiempo de conexión de los participantes deberá estar en consonancia con el tiempo estimado o «lógico» para poder realizar adecuadamente una acción formativa.

Desde Grupo2000, nos alegramos que finalmente se haya puesto fin a esta situación, de la que habitualmente se quejaban los alumnos. Y que puedan formarse a su ritmo, flexibilidad que proporciona esta modalidad.

Nuestro centro de formación está acreditado para impartir formación bonificada por el Servicio Público de Empleo Estatal, tenemos más de 10 años de experiencia en formación bonificada para empresas.

¿Te gustaría saber qué crédito de formación tiene tu empresa? O cómo formar a tu plantilla de forma bonificada. Nuestro equipo de expertos en formación se encarga de todo el proceso. Estaremos encantados de atenderte en el 958 806 760. ¡Llámanos!

Haz clic a continuación para ver nuestro catálogo de cursos bonificados 2018:

 

FUNDAE actualiza el crédito disponible de tu empresa para Formación Programada 2017

FUNDAE actualiza el crédito disponible de tu empresa para Formación Programada 2017

FUNDAE, antes conocida como Fundación Tripartita, acaba de actualizar durante esta mañana el crédito disponible de tu empresa para realizar cursos de Formación Programada durante 2017.

Como sabes, tu empresa tiene derecho a un crédito anual para realizar formación para tus trabajadores de forma bonificada. Dicho crédito varia en función del número de trabajadores en plantilla y cotización en contingencia de formación que se haya realizado durante el pasado ejercicio.

Todos los años tardan varios meses en cruzarse los datos de Seguridad Social y de FUNDAE, suele ser por esta época que por fin podemos ver los datos reales de crédito para realizar formación bonificada que tienen las empresas.

Hoy ha sido el día escogido por FUNDAE para cargar en su aplicación todos los datos actualizados en referencia a los créditos, por ello, te animamos a consultar el crédito de tu empresa. Nuestro centro te ayuda a consultarlo y se encarga de realizar todos los trámites con FUNDAE necesarios para que puedas bonificar la formación.

 

¿Cómo puedo saber el crédito de mi empresa durante 2017?

El crédito para realizar formación programada varia en función de la plantilla, a continuación te indicamos los porcentajes que corresponden según el número de trabajadores de la empresa:

 

  • 1 a 5 trabajadores: disponen de una cantidad mínima de 420 €.
  • 6 a 9 trabajadores: 100% de la cantidad cotizada.
  • 10 a 49 trabajadores: 75% de la cantidad cotizada.
  • 50 a 249 trabajadores: 60% de la cantidad cotizada.
  • 250 trabajadores en adelante: 50% de la cantidad cotizada

 

Las empresas de nueva creación también disponen de un crédito mínimo de 420€ para garantizar su acceso a la formación.

Para conocer tu crédito exacto solamente tienes que contactar con nosotros en el teléfono 958 806 760 o enviarnos el formulario de solicitud del curso. Te recordamos que este crédito es anual, es decir, que si no se utiliza durante 2017, se pierde.

 

¿Cómo solicito un curso?

Es muy sencillo, a continuación te indicamos los pasos a seguir:

  1. Elige un curso de nuestro catálogo.
  2. Envíanos el formulario de solicitud.
  3. Comienza tu formación.

Recuerda que este año también puedes solicitar y bonificar un curso de nuestro nuevo catálogo de cursos en vídeo.

Si deseas ampliar información, o realizar alguna consulta, te atenderemos encantados en el teléfono 958 806 760 o en nuestro chat online.

 

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Qué debe hacer finalmente mi empresa para el registro de la jornada.

Las 4 claves de SII, el nuevo sistema de gestión del IVA.

 

 

 

El Granada CF forma a su plantilla en Grupo2000

En Grupo2000 ofrecemos planes de Formación bonificada para pequeñas y grandes empresas. Se trata de planes personalizados, donde estudiamos las necesidades formativas de cada una de ellas.

Muestra de ello, es el acuerdo firmado este año con el equipo Granada Club de Fútbol, que ha escogido a Grupo2000 para formar a su plantilla.

La dirección del Granada Club de Fútbol está muy concienciada sobre los beneficios que aporta la formación a sus trabajadores. Por ello, se ha realizado un estudio pormenorizado de las necesidades formativas de cada trabajador. Brindándole la posibilidad de realizar diferentes acciones formativas relacionadas con su puesto de trabajo.

Se trata de un plan formativo, que incluye tanto formación presencial, como online, y que servirá para mejorar la productividad de todos los alumnos que están participando en la formación.

Recordamos que la Formación bonificada es una de las alternativas más interesantes para que las empresas formen a sus trabajadores, y también una de las más beneficiosas, ya que el coste de la formación puede bonificarse en los seguros sociales de la empresa.

 

¿Mi empresa también puede hacer formación bonificada?

Todas las empresas y autónomos del territorio nacional, que tengan empleados contratados en Régimen General, pueden realizar formación programada. Simplemente tienen que verificar cuál es el crédito disponible para cada una de ellas durante el ejercicio de 2016.

 

¿Qué crédito tiene mi empresa? 

Las empresas tendrán diferente crédito, que variará en función de las cantidades cotizadas en la contingencia de formación durante el año anterior, y el volumen de plantilla alcanzado. En el caso de la pequeña empresa, de hasta 5 trabajadores, y empresas de nueva creación, con el fin de garantizar y facilitar su acceso a la formación, siempre van a disponer de un crédito mínimo desde 420 €. Si la plantilla es superior, habrá que observar el número de trabajadores para ver el porcentaje de crédito que les corresponde:

  • 6 a 9 trabajadores: 100% de la cantidad cotizada.
  • 10 a 49 trabajadores: 75%
  • 50 a 249 trabajadores: 60%
  • Más de 250 trabajadores: 50%

Este crédito se corresponde con la cantidad máxima que la empresa puede bonificar en los seguros sociales cuando realiza acciones formativas de Formación Programada. Se trata de un crédito anual, que si no se disfruta, se pierde, no se puede acumular. Todavía estás a tiempo para aprovechar el crédito de formación programada 2016 de tu empresa. Envía la solicitud de tu curso antes del día 25 de noviembre. Puedes elegir el curso que más se adapta a tus necesidades en nuestro amplio catálogo. ¿Deseas conocer el crédito de tu empresa? Contacta con nosotros en el teléfono 958 806 760.

Los 5 cursos más demandados de Formación Programada 2016

Los 5 cursos más demandados de Formación Programada 2016

 

Entramos en el último trimestre del año, y llegado diciembre se agota el plazo para aprovechar los créditos de Formación Programada 2016 de tu empresa.

Si aún no os habéis decidido por el curso que queréis realizar este año, os mostramos los 5 cursos más demandados de Formación Programada 2016:

 

1   Curso de Inglés

Sin duda el curso más demandado este año, con un amplio abanico de niveles desde principiante hasta experto. Esencial hoy en día casi para todas las ocupaciones, con este curso aprenderás a relacionarte con los demás a través de situaciones profesionales (trato con clientes, conversaciones telefónicas, reuniones, presentaciones…). Además se incluyen conversaciones virtuales que combinan y facilitan diálogos interactivos sobre una temática.

 

2   Curso de Gestión contable 

Ideal para asesorías y despachos. Aprenderás la legislación mercantil en materia contable, estructura del Plan General de Contabilidad, tratamiento de las masas patrimoniales o el análisis económico financiero de las cuentas anuales.

 

3   Curso de Excel

Es uno de los cursos más prácticos y completos para aprender a manejar esta aplicación informática en la gestión de la información y la documentación del día a día de las empresas. Los contenidos combinan la teoría con actividades prácticas e interactivas.

 

4   Curso de Contratos, nóminas y Seguridad Social

Materia laboral actualizada, modalidades contractuales existentes, contratación laboral de trabajadores extranjeros y de empresas de trabajo temporal. También recoge la gestión salarial, la nómina y el impuesto sobre la renta de las personas físicas. Crece profesionalmente y mantente actualizado de cualquier novedad.

 

Formación Programada   Curso de Prevención de riesgos laborales

Conocerás los riesgos relacionados con los espacios y equipos de trabajo, los contaminantes ambientales presentes en el trabajo, las técnicas de control y protección de riesgos y los plantes de emergencia y evacuación. También disponemos de cursos de prevención específicos para cada sector.

 

Cada vez son más las empresas utilizan el crédito de Formación bonificada para la formación de sus trabajadores, en total, 470 mil empresas y más de 3 millones de trabajadores ya han realizado cursos bonificados de Formación bonificada, según datos de la FUNDAE.

 

Si estás interesado en realizar formación bonificada, te animamos a visitar las siguientes secciones de nuestra web:

 

Si tu empresa aún no ha solicitado ningún curso, o desconoce su crédito de formación disponible, nosotros os ayudamos. Infórmate a través de nuestro chat online o en el teléfono 900 44 22 44.

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