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Canarias ofrece ayudas de hasta 6.000 euros para contratos de formación

Canarias ofrece ayudas de hasta 6.000 euros para contratos de formación

La Comunidad Autónoma de Canarias ofrece ayudas de hasta 6.000 € para formalizar contratos de formación.

Estas ayudas se encuentran dentro del programa ‘INCENTÍVATE’, una acción co-financiada por la Iniciativa de Empleo Juvenil que pretende incentivar la empleabilidad a través de contratos de formación.

Con este programa, el Gobierno de Canarias ofrece la oportunidad a diferentes empresas de subvencionar contratos tanto para la formación y aprendizaje, como en modalidad en prácticas.

Si te interesa participar en el programa ‘INCENTÍVATE’  y disfrutar de las ayudas de hasta 6.000 €, sigue leyendo este post donde te explicamos los requisitos necesarios para resultar beneficiario.

¿Qué empresas pueden resultar beneficiarias de la subvención del programa ‘INCENTÍVATE?

Puede beneficiarse de las subvenciones del programa ‘INCENTÍVATE’ cualquier entidad (ya sea persona física o jurídica) con capital íntegramente privado y acogida a cualquier régimen de la Seguridad Social que formalice nuevos contratos laborales, o que, en el momento de presentar la solicitud, anexe un compromiso de contratación.

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¿Qué tipos de contratos pueden firmar las empresas a través del programa ‘INCENTÍVATE’?

Como hemos comentado anteriormente, el programa ‘INCENTÍVATE’ permite la realización de dos tipos de contratos: formación-aprendizaje y en prácticas.

  • Para poder firmar un contrato para la formación y el aprendizaje es necesario que la empresa beneficiaria del programa ‘INCENTÍVATE’ contrate a un joven que no esté en posesión de la cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo requerido para poder formalizar un contrato en prácticas, para la ocupación objeto del contrato.
  • En el caso de que se trate de un contrato en prácticas, la empresa que resulte beneficiaria debe contratar a un joven que posea un título universitario, un título de formación profesional de grado medio o superior, algún título oficialmente reconocido como equivalente, o un certificado de profesionalidad que habilite para el ejercicio profesional.

 

¿Dónde pueden solicitar las empresas las ayudas de ‘INCENTÍVATE?

El procedimiento para solicitarlo es muy sencillo. Puede realizarse en la Sede Electrónica del Gobierno de Canarias:

  • Con certificado digital.
  • Con DNI electrónico.

La fecha límite para presentar las solicitudes es el 18 de abril de 2022.

 

¿Qué requisitos deben cumplir los jóvenes para ser contratados a través del programa ‘INCENTÍVATE?

Las empresas pueden contratar a:

  • Jóvenes desempleados de entre 16 y 30 años, inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil (SNGJ).
  • Jóvenes inscritos en el Servicio Canario de Empleo (SCE) como demandantes de empleo en el momento de la contratación.

Además, otro requisito fundamental es que la persona a contratar por la empresa, que haya resultado beneficiaria del programa ‘INCENTÍVATE’, no haya trabajado en el día natural anterior a la fecha de su contratación.

Recordarte que los contratos de formación y aprendizaje están destinados a jóvenes menores de 25 años. Si lo deseas, puedes encontrar más información sobre sus requisitos.

 

¿Cuáles son las cuantías establecidas para los beneficiarios del programa ‘INCENTÍVATE’?

Las cuantías de subvención a conceder quedan establecidas de la siguiente forma:

Cuando se trate de un contrato de formación y aprendizaje:

    • Si el período de suscripción (en el caso de que el convenio colectivo permita tal circunstancia) es superior a 6 meses e inferior a 12 meses, el importe será de 3.000 €.
    • 12 meses e inferior a 18 meses: 4.000 €.
    • 18 meses e inferior a 24 meses: 5.000 €.
    • 24 meses o más 6.000 €.

Cuando el contrato sea en prácticas

      • Si el período de suscripción es superior a 6 meses e inferior a 12 meses, el importe será de 3.500 €.
      • 12 meses e inferior a 18 meses: 5.000 €.
      • 18 meses e inferior a 24 meses: 6.000 €.
      • 24 meses: 6.500 €.

Asimismo, el importe de la subvención tendrá un incremento de 500 € más en el caso de que la contratación sea formalizada con una persona que pertenezca a alguno de estos colectivos:

      • Personas con discapacidad.
      • Jóvenes con menos de 3 meses de experiencia laboral.
      • Personas víctimas de violencia de género.

Las cuantías descritas anteriormente, corresponden a la formalización de contratos a jornada completa. En el caso de que el contrato a formalizar sea a tiempo parcial, la cuantía de la subvención se verá disminuida, aplicándose el criterio de proporcionalidad, aunque la jornada no podrá ser inferior al 50% de la jornada ordinaria establecida en cada caso.

Si alguno de los contratos formalizados fuera prorrogado más allá del período estipulado en el momento de la solicitud y concesión de la subvención, o se decidiera un aumento de la jornada laboral, la subvención no se verá incrementada.

 

¿Hasta cuándo se puede participar en el programa ‘INCENTÍVATE’?

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 18 de abril de 2022, hasta esa fecha todas las empresas que lo deseen pueden participar en el procedimiento para resultar beneficiarias de esta acción.

El régimen de concurrencia competitiva es a través de Convocatoria Abierta.

Si estás interesado en firmar un contrato de formación, esta es una buena ocasión para mejorar la rentabilidad, el trabajo y las competencias profesionales en tu empresa.

¿Te parecen necesarias este tipo de acciones? Puedes dejar tu comentario más abajo, estamos encantados de leerte.

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Llega el fin de los Códigos de Cotización específicos, TGSS los unifica

Llega el fin de los Códigos de Cotización específicos, TGSS los unifica

Llega el fin de los Códigos de Cotización específicos, TGSS los unifica definitivamente a partir del 1 de Noviembre. Te contamos cuáles son los casos afectados y qué gestiones debe hacer tu empresa. 

 

Seguridad Social unifica los Códigos de Cuenta de Cotización. Ya no se pueden solicitar nuevos CCC secundarios

Como ya te informamos en anteriores artículos, desde hace más de un año TGSS venía anunciando su intención de unificar todos los Códigos de Cuenta de Cotización y acabar con los códigos específicos.

El objetivo de unificación es simplificar las gestiones para los usuarios y facilitar el control de la Administración sobre las contrataciones de cada empresa.

En el Boletín RED 4/2019 confirman el comienzo de esta transición, que ya se está produciendo desde el mes de julio.

En el Sistema RED Directo la implantación de este cambio se ha hecho con carácter inmediato, aplicándose a todos los CCC adheridos.

 

¿Cómo debo hacer las altas de estos trabajadores ahora? 

Si necesitas dar de alta un Código de Cuenta de Cotización específico para identificar alguna exclusión de cotización de contingencias o prestaciones aplicables, el aplicativo ya no permite solicitar CCC secundarias.

Desde Seguridad Social están informando que las nuevas altas deberán realizarse asociando al trabajador al Código de Cuenta de Cotización principal.

El problema viene a la hora de dar el alta a través de Sistema RED, ya que todavía no está preparado para este cambio y está dando error.

Si necesitas dar de alta un contrato de formación, por ejemplo, la forma de tramitarlo provisionalmente sería realizarlo en Siltra, asociándolo a la Cuenta de Cotización principal, indicando el código de contrato 421 y la exclusión de cotización que le corresponde. 

 

¿Qué ocurre con los CCC específicos ya existentes? ¿Y con los contratos que estén asociados?

¿Qué ocurre con los contratos que ya tengas dados de alta? No te preocupes, esta unificación, para las empresas que ya poseen varios CCC, será gradual.

Desde Seguridad Social se irán poniendo en contacto en los próximos meses con todas las empresas afectadas para notificarles la unificación, cuál va a ser el CCC definitivo (bajo el que aparecerán adscritos todos los trabajadores) y en qué fecha se producirá.

Una vez recibáis esta notificación de la Dirección Provincial, tendrás que causar baja en todos los CCC en los que figuren trabajadores con exclusiones en la cotización y proceder a realizar el alta de dichos trabajadores en el CCC principal definitivo.

Importante: si tu empresa se encuentra entre alguno de los siguientes casos, todavía no se verá afectada, a no ser que TGSS lo indique:

  • Cuando alguno de los CCC de una empresa en una provincia sean de un régimen distinto al del resto de CCC.
  • Si alguno de los CCC de la empresa son de un Sistema Especial del Régimen General (Hogar, Agrario, Artistas, etc.)
  • CCC con trabajadores a los que se apliquen tipos de cotización para accidentes de trabajo distintos a los de la actividad principal.
  • CCC del Régimen Especial del Mar con CCC para grupos de cotización diferentes o vinculados a diferentes embarcaciones.
  • CCC de bomberos, policías locales, etc.
  • CCC de Empresas de Trabajo Temporal o Centros Portuarios de Empleo.
  • CCC de mutuas.
  • Cualquier CCC que identifique una condición de deducción diferida de compensaciones por pago delegado de IT, o de procedimientos de liquidación de cuotas específicos. 
  • CCC que identifiquen trabajadores con diversas relaciones laborales simultáneas con el mismo empresario y con diferentes cotizaciones.

 

Esperamos que esta información sea de ayuda. ¿Tienes alguna duda? Déjanos un comentario a continuación.

 

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Grupo2000 abre un nuevo centro de formación en Murcia

Grupo2000 abre un nuevo centro de formación en Murcia

Recientemente os informábamos sobre la nueva apertura de nuestro centro de Almería. Hoy nos complace anunciaros que Grupo2000 abre una nuevo centro de formación en Murcia. Continuamos creciendo y mejorando, para ofrecer a nuestros clientes el servicio más completo.

El nuevo centro de formación está ubicado en la Calle Federico García Lorca, 5. Murcia. Cerca de la zona centro de la capital. En él se ofrecen diferentes especialidades formativas: Certificados de Profesionalidad, Formación bonificada para las empresas y Formación Profesional para el Empleo en general.

La nueva academia está acreditada para impartir Certificados de Profesionalidad en modalidad presencial, entre las especialidades para las que disponemos de acreditación, destacamos las siguientes:

 

Área de hostelería:

  • HOTR0208. Operaciones básicas de restaurante y bar.
  • HOTR0508. Servicios de bar y cafetería.
  • HOTR0608. Servicios de restaurante.

Área de ventas:

  • COMT0211. Actividades auxiliares de comercio.
  • COMT0411. Gestión comercial de ventas.
  • COMV0108. Actividades de venta.

Área administrativa:

  • ADGD0108. Gestión contable y gestión administrativa para auditoría.
  • ADGD0110. Asistencia en la gestión de procedimientos tributarios.
  • ADGD0208. Gestión integrada de Recursos Humanos.
  • ADGD0210. Creación y gestión de microempresas.
  • ADGD0308. Actividades de gestión administrativa.
  • ADGG0208. Actividades administrativas en la relación con el cliente.
  • ADGG0408. Operaciones auxiliares de servicios administrativos y generales.
  • ADGG0508. Operaciones de grabación y tratamiento de datos y documentos.

 

Pulsa aquí para ver el listado completo de formación acreditada en este centro por el Servicio Público de Empleo Estatal.

Cabe destacar que en nuestro centro de Murcia se pueden cursar los Certificados de Profesionalidad del área de hostelería, así como realizar todos los eventos formativos inherentes a los contratos de formación y aprendizaje correspondientes a la formación en modalidad de teleformación de éstos. 

El nuevo centro está totalmente equipado, con unas modernas y completas instalaciones. Cuenta con numerosas aulas, entre las que destacan especialmente, por sus dimensiones y versatilidad, las destinadas a la impartición de los cursos de hostelería y ventas.

En el aula de hostelería los alumnos disfrutan de un espacio que simula un bar restaurante. Está equipada con una barra, grifos, mesas y todo lo necesario para que nuestros alumnos aprendan de forma completa y en el mejor entorno posible.

El aula del área de comercio y ventas dispone de caja registradora, estanterías y toda la equipación necesaria para un aprendizaje demostrativo y lo más cercano posible a su puesto de trabajo real.

Los alumnos de Grupo2000 que están cursando acciones formativas en la modalidad de teleformación ya están acudiendo a este centro de la capital murciana para sus evaluaciones y tutorías.

Si deseas ampliar información sobre nuestro centro o las especialidades que allí se imparten, estamos a tu disposición en el teléfono 958 806 760 y en nuestro chat online.

 

 

 

 

 

Grupo2000 abre un nuevo centro de formación en Almería

Grupo2000 abre un nuevo centro de formación en Almería

Grupo2000 abre un nuevo centro de formación en Almería. Seguimos creciendo y ampliando nuestra red de centros, para ofrecer el mejor servicio a nuestros clientes.

El nuevo centro de formación está ubicado en C/ Profesor Tierno Galván, 40. De Huércal de Almería (Almería). A muy pocos minutos de la capital almeriense.

En él se ofrecerán diferentes especialidades formativas, como Certificados de ProfesionalidadFormación Bonificada para las empresas, Formación Profesional para el Empleo o Idiomas.

Nuestro nuevo centro de Almería está acreditado para impartir la formación presencial de 19 Certificados de Profesionalidad, destacando entre las especialidades acreditadas, las más demandadas por nuestros clientes:

 

Área administrativa:

ADGD0308 Actividades de gestión administrativa.

ADGG0208 Actividades administrativas en la relación con el cliente.

ADGG0308 Asistencia documental y gestion en despachos y oficinas.

ADGG00408 Operaciones auxiliares de servicios administrativos y generales.

ADGG0508 Operaciones de grabación y tratamiento de datos y documentos.

Área de ventas:

COMT0211 Actividades auxiliares de comercio.

COMT0411 Gestión comercial de ventas.

COMV0108 Actividades de venta.

Área de docencia:

SSCE0110 Docencia de la Formación Profesional para el empleo.

 

 

El nuevo centro cuenta con unas modernas y completas instalaciones, compuestas por varias aulas, totalmente equipadas para impartir estos Certificados de Profesionalidad.

Los alumnos de Grupo2000, que están realizando actividades formativas vinculadas a su contrato de formación en modalidad de teleformación, ya pueden acudir a este nuevo centro de Almería para desarrollar la parte presencial de su formación, tanto exámenes, como tutorías presenciales, desde este mes de enero.

Todos los alumnos que están recibiendo la formación inherente a su contrato a través de Grupo2000, cuyo centro de trabajo esté en la provincia de Almería, no tendrán que desplazarse a ninguna otra localidad, podrán realizar los eventos presenciales de la actividad formativa en este nuevo centro, ubicado a apenas unos minutos de Almería.

Si deseas ampliar información, estamos a tu entera disposición en el teléfono 958 806 760 o en nuestro chat online.

 

 

 

Cotización para los contratos de formación durante 2015

Cotización para los contratos de formación durante 2015

Cotización para los contratos de formación durante 2015

Tras la publicación de la Ley 36/2014, os avanzamos la Cotización en los contratos para la formación y el aprendizaje durante el año 2015.

El sábado 31 de enero, hemos podido confirmar las cifras exactas para la todas las contingencias, publicadas en la Orden ESS/86/2015, de 30 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional, contenidas en la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015.

En el artículo 44 se describen las cuotas a aplicar durante 2015 para la cotización en los contratos para la formación y aprendizaje:

1. Durante el año 2015, la cotización a la Seguridad Social y demás contingencias protegidas por los trabajadores que hubieran celebrado un contrato para la formación y el aprendizaje se efectuará de acuerdo con lo siguiente:

a) La cotización a la Seguridad Social consistirá en una cuota única mensual de 36,79 euros por contingencias comunes, de los que 30,67 euros serán a cargo del empresario y 6,12 euros a cargo del trabajador, y de 4,22 euros por contingencias profesionales, a cargo del empresario.

b) La cotización al Fondo de Garantía Salarial consistirá en una cuota mensual de 2,33 euros, a cargo del empresario.

c) A efectos de cotización por formación profesional, se abonará una cuota mensual de 1,28 euros, de los que 1,13 euros corresponderán al empresario y 0,15 euros al trabajador.

d) Cuando proceda cotizar por desempleo, la base de cotización será la base mínima correspondiente a las contingencias por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales a la que será de aplicación el tipo y la distribución del mismo a que se refiere el artículo 32.2.1.1.

Para calcular las cantidades a aplicar en referencia al apartado d) sobre desempleo, consultamos el artículo 32:

2.1.1 Contratación indefinida, incluidos los contratos indefinidos a tiempo parcial y fijos discontinuos, así como la contratación de duración determinada en las modalidades de contratos formativos en prácticas y para la formación y el aprendizaje, de relevo, interinidad y contratos, cualquiera que sea la modalidad utilizada, realizados con trabajadores que tengan reconocido un grado de discapacidad no inferior al 33 por ciento: 7,05 por 100, del que el 5,50 por 100 será a cargo de la empresa y el 1,55 por 100 a cargo del trabajador.

A continuación hemos elaborado una tabla con las cotizaciones a aplicar durante 2015 del contrato de formación:

Concepto Empresa Trabajador Total
Contingencias comunes 30,67 € 6,12 € 36,79 €
Conting. Prof. IT 2,36 € 2,36 €
Conting. Prof. IMS 1,86 € 1,86 €
Fondo de Garantía Salarial 2,33 € 2,33 €
Formación Profesional 1,13 € 0,15 € 1,28 €
Desempleo 41,61 € 11,73 € 53,34 €
Total 79,96 € 18,00 € 97,96 €

Esta cantidad de 97,96 € sería la que se debería cotizar únicamente en caso de no tener derecho a la reducción de los Seguros Sociales del contrato de formación.

Lo habitual es que tanto empresa, como trabajador cumplan con los requisitos para acceder a una reducción del 100% en los Seguros Sociales (75% si es una empresa con más de 250 trabajadores) y no paguen seguros sociales.

La base mínima de cotización a aplicar para el contrato de formación durante el año 2015 se incrementa ligeramente: 756,60 €, siendo de 25,22 €/día.

Esta cifra afectará a todos los cálculos relativos a prestaciones de cualquier tipo de la Seguridad por contrato de formación. Por ejemplo, una baja por enfermedad.

Para cualquier duda os atenderemos encantados en el teléfono 958 806 760, o en nuestro chat online.

Fuente: BOE.

 

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