Ayudas de 3.500 euros en Castilla y León por contrato de formación

Ayudas de 3.500 euros en Castilla y León por contrato de formación

¿Has formalizado un contrato de formación? Todavía estás a tiempo de poder beneficiarte de estas ayudas de 3.500 euros en Castilla y León por contrato de formación en alternancia.

Con el fin de impulsar la empleabilidad de las personas más jóvenes, la Comunidad de Castilla y León publicó hace unos meses el Extracto de la Resolución de 24 de julio de 2023, del Servicio Público de Empleo de Castilla y León.

En dicho Extracto se convocaron las subvenciones dirigidas al fomento de los contratos de formación en alternancia y de los contratos formativos para la obtención de la práctica profesional en Castilla y León, para el año 2023.

El plazo de solicitudes finaliza en octubre. Si quieres ser una de las entidades beneficiarias, ¡atent@! Estos son los requisitos que debes cumplir: 

 

¿Quiénes pueden beneficiarse de las ayudas de 3.500 euros en Castilla y León por contrato de formación?

Pueden ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas, y entidades sin personalidad jurídica, no pertenecientes al sector público, que formalicen contratos de formación en centros de trabajo de Castilla y León.

Estos contratos deben formalizarse con personas que cumplan los requisitos para poder ser destinatarias de dichas contrataciones.

Para acceder a las ayudas:

  • Las empresas, entidades o personas trabajadoras por cuenta propia solicitantes deberán tener menos de 250 trabajadores de alta en la fecha de inicio de la contratación por la que se solicita la subvención.
  • Se excluyen como beneficiarias de estas subvenciones las entidades pertenecientes al sector público.
  • No podrán acceder a las subvenciones aquellos solicitantes que incurran en alguna de las prohibiciones reguladas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Asimismo, no podrán obtener la condición de beneficiarias las empresas solicitantes que:

  • No acrediten la observancia o la exención, de la obligación del cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad, o, en su caso, la no sujeción a dicha obligación.
  • No cumplan con la obligación legal prevista en el artículo 45 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
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¿Cómo deben ser los contratos de formación para ser subvencionables?

Para ser subvencionables los contratos de formación en alternancia deben cumplir una serie de requisitos.

Se subvencionarán los contratos de formación en alternancia formalizados entre el 1 de octubre de 2022 y 2 de octubre de 2023, ambos inclusive.

Estos contratos deben realizarse para prestar servicios en centros de trabajo de Castilla y León, con una duración inicial de, al menos, dos años.

 

¿Qué contratos no serán subvencionables con estas ayudas en Castilla y León?

¡IMPORTANTE! No se subvencionarán los contratos de formación en alternancia formalizados con una duración inicial inferior a dos años.

Tampoco serán subvencionables:

  • Las contrataciones formalizadas con personas trabajadoras que hubieran mantenido relación laboral de algún tipo con el solicitante, en los seis meses anteriores a la fecha de inicio de la contratación por la que se solicita subvención.
  • Las contrataciones que se formalicen con los socios o miembros de las personas jurídicas o entidades solicitantes, ni con quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración, gobierno o representación de dichas personas jurídicas o entidades.
  • Las contrataciones que se formalicen con el cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el segundo grado inclusive, del empresario individual, de los socios de las personas jurídicas o entidades solicitantes, o de quienes ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración, gobierno o representación de dichas personas jurídicas o entidades.

 

¿Cuál es la cuantía de la ayuda?

Los contratos de formación en alternancia celebrados en Castilla y León se subvencionarán con 3.500 euros por cada contrato realizado.

 

¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes y dónde se solicitan las ayudas?

Las personas interesadas deberán presentar su solicitud usando el formulario disponible en la sede electrónica de la Administración de Castilla y León.

El plazo de solicitudes se abrió el 29 de julio de 2023 y permanecerá abierto hasta el 16 de octubre de 2023.

 

¿Cómo se conceden las ayudas de 3.500 euros por contrato de formación en Castilla y León?

Las subvenciones serán concedidas de forma directa a los solicitantes que reúnan los requisitos establecidos, según orden de entrada de la solicitud en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para su tramitación.

Esto es desde que el expediente esté completo, mientras exista crédito adecuado y suficiente para atender la correspondiente solicitud.

 

¿Son compatibles estas ayudas de Castilla y León con otras subvenciones?

Estas subvenciones serán incompatibles con cualquier otra ayuda concedida para la misma finalidad u objeto por cualquier Administración pública, o por otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales.

El importe de la subvención concedida en ningún caso podrá ser de tal cuantía que supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario, sin perjuicio de los límites establecidos en el régimen de minimis.

El importe de las ayudas sujetas al Reglamento de minimis, concedidas a un único beneficiario, no excederá de 200.000 euros a lo largo de un período de tres ejercicios fiscales.

¿Deseas obtener más información? Puedes contactarnos en nuestro chat online o en el teléfono 958 80 67 60.

Nuestro equipo estará encantado de asesorarte y resolver todas tus dudas sobre los contratos de formación en alternancia.

¿Conocías las ayudas para fomentar el empleo joven en Castilla y León? No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

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Mapfre lanza una nueva convocatoria de 420 ayudas para contratar

Mapfre lanza una nueva convocatoria de 420 ayudas para contratar

El programa Accedemos es impulsado por la Fundación Mapfre desde el año 2013 con el objetivo de fomentar el empleo en España, ofreciendo apoyo a pymes y autónomos que necesiten contratar.

Este año, Mapfre lanza una nueva convocatoria de 420 ayudas para contratar.

Se trata de la XI convocatoria que está vigente desde el 31 de enero. Te contamos cuáles son los requisitos y qué empresas pueden disfrutar de esta ayuda, a continuación.

 

Así es la ayuda del programa Accede de Mapfre

La ayuda del programa Accede está dirigida a pymes, autónomos y entidades sociales para aumentar la creación de puestos de trabajo en España.

Estas ayudas están destinadas a favorecer la contratación de personas mayores de edad que cumplan los siguientes requisitos:

  • La contratación debe realizarse con fecha igual o posterior al 1 de enero de 2022.
  • El empleado que haya sido contratado deberá haber estado al menos 30 días inscrito como demandante de empleo.

Todas los pymes y autónomos que deseen beneficiarse de la ayuda deberán contar con un máximo de hasta 6 empleados.

Mapfre concederá 420 ayudas con una duración máxima de 9 meses y estarán dotadas de las siguientes cantidades:

  • Una ayuda de hasta 2.700€ para contratos a media jornada (no inferiores a 20 horas a la semana).
  • Una ayuda de hasta 4.500€ para contratos a jornada completa.

 

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Requisitos de la ayuda del programa Accede Mapfre

Las compañías que quieran acogerse al  programa Accede de Mapfre podrán solicitar una única ayuda en esta convocatoria.

Las solicitudes relativas a la contratación tendrán que ser en fecha igual o posterior al 1 de enero de 2022 y la persona contratada tendrá que ser mayor de edad.

Además, tendrá que haber estado en situación de desempleo como mínimo 30 días antes de formalizar el contrato.

Se aceptarán todo tipo de contratos, excepto los contratos por obra y/o servicio y la duración del mismo tendrá que ser de mínimo 9 meses con jornadas laborales de a partir de 20 horas semanales.

 

¿Qué ocurre si se produce una baja del trabajador?

En el caso de que el trabajador ya no esté en la empresa, independientemente del motivo, la ayuda se cancelará, no siendo posible la sustitución de éste. Sólo se abonará la ayuda por el tiempo trabajado.

En el caso de baja IT, se suspenderá temporalmente el abono de la ayuda hasta que el trabajador se reincorpore de la baja en un plazo inferior a 2 meses. Si fuese superior a dicho periodo, se cancelará la ayuda, dejando de percibir las cantidades que quedasen pendientes.

 

¿Cómo solicitar la ayuda de la Fundación Mapfre?

Estas ayudas se podrán solicitar desde el 31 de enero de 2022 y el plazo se cerrará cuando se hayan cubierto las 420 ayudas o, en su defecto, el 30 de septiembre de 2022.

Para poder solicitar la ayuda, debes acudir a la página web de Fundación Mapfre y crear tu usuario en la aplicación de la sección «Premios, becas y ayudas».

Una vez hayas validado tu usuario (te llegará un email), tendrás que acceder a la aplicación y hacer clic en la opción “Alta de solicitud”. Allí encontrarás la opción “Convocatoria Accedemos” indicando si solicitas la ayuda por un contrato a media jornada o jornada completa.

Tras adjuntar los datos que solicitan, deberás finalizar. Después de realizar esta gestión, te llegarán avisos a la dirección de email que hayas indicado para avisarte de la evolución de tu solicitud.

Esperamos que este post te sirva de ayuda y logres beneficiarte de la ayuda. ¿Conocías el programa Accede de Mapfre? No olvides dejar tu comentario más abajo, ¡nos encanta leerte!

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La ayuda de 430 euros para contratos de formación se vuelve a negociar con los agentes sociales

La ayuda de 430 euros para contratos de formación se vuelve a negociar con los agentes sociales

¡Novedad importante!

Esta ayuda ya no existe desde el 1 de enero de 2019. El Real Decreto Ley 28/2018, de 28 de Diciembre, ha derogado esta ayuda de acompañamiento. No se podrá solicitar para los contratos que hayan sido dados de alta desde el 1 de enero de 2019.

Esta mañana hemos tenido conocimiento a través de la prensa de que Empleo ha vuelto a trabajar en el complemento salarial, que ya anunciaron antes del verano. La ayuda de 430 euros para contratos de formación se vuelve a negociar con los agentes sociales en estos días.

Parece que ayer Fátima Báñez y los diferentes agentes sociales llegaron a un «principio de acuerdo para la implementación urgente» del complemento salarial de 430 euros para los jóvenes inscritos en Garantía Juvenil que sean contratados mediante un contrato de formación y aprendizaje.

En esta jornada se trataron otros temas de gran importancia como el relevo generacional en los negocios a través de los contratos de relevo, y la previsión de nuevas ayudas para la transformación de contratos indefinidos.

Así mismo, se prevé una dotación de fondos a las Comunidades Autónomas destinada a los jóvenes sin formación, para que puedan mejorar su empleabilidad a través de acciones formativas y orientación.

Recordamos que el complemento salarial de 430 euros para jóvenes inscritos en Garantía Juvenil que realicen un contrato de formación y aprendizaje ya se propuso en julio, sin mucho éxito, porque se opusieron tanto patronal, como sindicatos.

En aquel momento, los sindicatos no cerraron el pacto porque incluía modificar la normativa del contrato de formación. Cambios que empresas y autónomos sí ven necesarios para que este contrato se pueda adaptar a la realidad laboral.

La promesa de nuevas bonificaciones para fomentar la contratación indifinida, junto con las ayudas del contrato de relevo y la medida del complemento salarial de 430 euros para jóvenes inscritos en Garantía Juvenil, han contribuido a que ambas partes cambien sus posturas frente a este asunto, sentando las bases para un principio de acuerdo.

 

¿Cuándo entraría en vigor la ayuda de 430 euros para los jóvenes que formalicen un contrato de formación?

A día de hoy, hay que tomarse esto como un acercamiento de posturas por parte de Gobierno y agentes sociales frente a este tema, prueba de ello es que Empleo todavía no tiene intención de llevar el Real Decreto frente al Consejo de Ministros para su desarrollo.

Como tampoco se podrá aprobar hasta abril la ya anunciada, hace cerca de 15 días, aprobación de la prórroga del Plan Prepara.

Por tanto, habrá que ser prudentes y esperar al desarrollo de los acontecimientos. Desde Grupo2000, como siempre, os mantendremos informados de cualquier novedad en nuestro blog.

 

Si quieres ampliar información sobre el complemento, también te pueden interesar estos artículos:

Así es la ayuda de 430 euros para contratos de formación formalizados con inscritos en Garantía Juvenil.

Cómo inscribirte en Garantía Juvenil para poder acceder a esta futura ayuda.

 

Fuente: ElPaís.

Así es la ayuda de 430 euros para los contratos de formación

Así es la ayuda de 430 euros para los contratos de formación

¡Novedad importante!

Esta ayuda ya no existe, finalizó el 1 de enero de 2019. No se podrá solicitar más.

Ayer la Ministra de Empleo, Fátima Báñez, anunció un conjunto de medidas que Empleo quiere desarrollar para fomentar el empleo joven, destinadas a jóvenes menores de 30 años. Entre ellas, destaca una ayuda de 430 euros para los contratos de formación y aprendizaje.

 

Así es la ayuda de 430 euros para los contratos de formación

La Ministra ha explicado en una rueda de prensa que esta ayuda de 430 euros mensuales, estaría dirigida a los jóvenes desempleados, inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, con dificultades de inserción, que sean contratados mediante un contrato de formación y aprendizaje. La ayuda tendría, en principio, una duración máxima de 18 meses.

Se trataría de un complemento salarial, que haría que su salario se incrementase 430 euros todos los meses. Por ejemplo, si el salario que les corresponde, en proporción a la jornada que realizan (75% durante el primer año) fuese de 700 euros, al recibir la ayuda, la cantidad final que recibirían sería de 1130 euros. (Obviamente, esto es orientativo, ya que el salario del contrato de formación variará según lo que indique el convenio colectivo de cada área profesional).

Esta medida podría beneficiar a más de 800.000 jóvenes ya inscritos en Garantía Juvenil, cifra que se espera aumente considerablemente si se ponen en marcha estas ayudas.

El Gobierno apuesta por el contrato de formación como una vía efectiva de inserción laboral

El Gobierno, que ya había manifestado en anteriores ocasiones su apuesta por el contrato de formación y aprendizaje como instrumento efectivo para la inserción laboral de este colectivo, quiere convertirlo en su buque insignia en su lucha contra el desempleo juvenil.

Fátima Báñez ha declarado que este modelo de contrato reúne los dos objetivos que pretende conseguir, tanto el Gobierno español, como Europa, que los jóvenes accedan al mundo laboral, y que reciban formación.

Recordamos que con esta modalidad contractual los trabajadores pueden obtener una formación oficial de Certificado de Profesionalidad, de forma gratuita.

Además, las empresas también reciben grandes beneficios con el contrato de formación, ya que disfrutan durante toda su vigencia de tres bonificaciones, convirtiéndolo en la modalidad bonificada que más ventajas aporta actualmente.

Las empresas aplican una bonificación del 100% en los seguros sociales, bonifican el 100% del importe de la formación que recibe el trabajador, y ahora también reciben una bonificación adicional de entre 60 y 80 euros.

 

Nuevas bonificaciones por la transformación de contratos de formación en indefinidos 

Actualmente, las empresas que deciden transformar el contrato de formación, a su finalización, en contrato indefinido, acceden a una bonificación anual de 1.500 euros durante 3 años, 1.800 si se trata de una trabajadora.

Según Fátima Báñez, se van a plantear incrementar la bonificación de cuotas en los seguros sociales para estas transformaciones. En principio, parece que la bonificación alcanzaría el 50% del pago en cotizaciones durante 3 años.

Ambas medidas van a ser planteadas durante la próxima semana a los interlocutores sociales y comunidades autónomas.

A continuación, podéis ver las declaraciones completas de la Ministra en su rueda de prensa:

En Grupo2000 estaremos muy pendientes de estas medidas, que a día de hoy son solamente una propuesta, tendrán que ser aprobadas por el Gobierno.

Se prevé que no haya mucha demora, ya que según indica el Gobierno, se financiarían con una partida de los Presupuestos Generales del Estado de 2017.

Para cualquier consulta, os atenderemos encantados en el teléfono 958 806 760, o en nuestro chat online.

 

Fuente: Gobierno de España.

 

También te pueden interesar los siguientes artículos sobre el contrato de formación:

Ayuda para contratos de formación realizados a jóvenes con discapacidad.

Nuevas opciones para inscribirse en el Sistema de Garantía Juvenil.

 

 

 

Subvenciones a empresas asturianas que celebren contratos de formación

Subvenciones a empresas asturianas que celebren contratos de formación

Según la Estrategia Española de Activación para el Empleo 2014-2016, la formación en alternancia con la actividad laboral, encaminada a que los jóvenes mejoren su capacidad profesional y su cualificación, es uno de los objetivos más importantes para combatir el desempleo juvenil. Para ello se procede a la concesión de subvenciones a empresas asturianas que celebren contratos de formación y aprendizaje conducentes a certificados de profesionalidad.

 

Cuantía de la ayuda:

Hasta el 50% de los costes salariales para las contrataciones que se realicen hasta el 31 de julio de 2016. La duración de la ayuda, podrá ser de hasta 24 meses subvencionándose los costes salariales de los trabajadores en contrato de formación, entre ellos:

  1. Salario base
  2. Parte proporcional a pagas extraordinarias
  3. Complementos salariales derivados de convenios colectivos
  4. Cotización empresarial obligatoria a Seguridad Social.

 

Contrataciones de:

  • Mayores de 16 años y menores de 25 años.
  • Mayores de 25 años y menores de 30 que no tuviesen contrato indefinido en los seis meses inmediatamente anteriores.

 

Contrataciones de:

 

  • Mayores de 16 años y menores de 25 años que no tuviesen contrato indefinido en los doce meses inmediatamente anteriores.
  • Mayores de 25 años y menores de 30 que no tuviesen contrato indefinido en los veinticuatro meses inmediatamente anteriores.
  • Mayores de 16 años y menores de 30 con discapacidad igual o superior al 33%.

 

Beneficiarios:

Empresas y autónomos para sus centros de trabajo en Asturias.

 

El autónomo puede contratar a su hijo, tanto si convive o no con él, aplicándose las reducciones y bonificaciones del contrato de formación y la subvención de Asturias. También puede contratar a un sólo familiar, menor de 30, que no conviva con él ni este a su cargo, si se trata de un autónomo sin asalariados.

 

Requisitos del contrato:

  • Contratar a jóvenes inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
  • Incremento neto del numero de trabajadores en plantilla, en comparación con la media de los doce meses previos al contrato.
  • La actividad formativa inherente al contrato, deberá estar autorizada previamente a su inicio por el SEPE.
  • Mantener el nivel de plantilla alcanzada con esa contratación y al trabajador en el periodo contratado.
  • Duración inicial del contrato será la establecida en Convenio o Estatuto de los Trabajadores.
  • El contrato de formación podrá ser el ordinario o el específico de Garantía Juvenil. Admite cualquiera de las dos opciones.

 

Solicitud, plazos y pago:

Los interesados pueden realizar la solicitud vía telemática o presencial en alguna  de las oficinas de registro establecidas, en función del mes de contratación:

  • Contrataciones de Mayo → Durante el mes de Junio (Del 1 al 30, ambos incluidos)
  • Contrataciones de Junio → Durante el mes de Julio (Del 1 al 31, ambos incluidos)
  • Contrataciones de Julio → Durante el mes de Agosto (Del 1 al 30, ambos incluidos)

La concesión es por concurrencia competitiva, siendo el plazo máximo para notificar la concesión de seis meses. Se realizarán justificaciones trimestrales y antes del pago, se tendrá que acreditar el mantenimiento de plantilla  y estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

 

Compatibilidad con otras subvenciones:

Es compatible con otras ayudas para la misma finalidad, siempre que no supere el 50% de los costes subvencionables. También es compatible con bonificaciones o reducciones en las cuotas a la Seguridad Social.

 

Exclusiones:

  • Contrataciones al cónyuge y familiares hasta el segundo grado de consanguinidad, salvo en los casos establecidos.
  • Contrataciones a socios de entidades sin personalidad jurídica.
  • Contrataciones a administradores, apoderados y cargos de dirección de las empresas.
  • Contrataciones a trabajadores que hubiesen estado en la misma empresa en los 6 meses anteriores como temporales, o en los 24 meses anteriores como indefinidos.
  • Trabajadores que en los 3 meses anteriores estuviesen como indefinidos en distinta empresa.
  • Haber realizado despidos declarados improcedentes en los doce meses anteriores.
  • No acreditar el cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
  • Empresas pertenecientes al sector público.
  • Incumplimiento de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.

 

Fuente: Boletín Oficial del Principado de Asturias

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