Hoy vamos a resolver una de las dudas que más nos planteáis: ¿Cómo transformar en indefinido un contrato de formación?
Recientemente se ha modificado el proceso. Se trata de una transformación bonificada que además tiene los siguientes beneficios para la empresa:
¿Qué bonificaciones tengo por transformar un contrato de formación en indefinido?
El contrato de formación en alternancia tiene una duración máxima de 2 años. Durante toda la vigencia del contrato, la empresa se beneficia de una reducción del 100% en los seguros sociales.
Una vez que se agota la duración máxima permitida para este tipo de contrato, una opción interesante que se puede plantear la empresa es transformar en indefinido el contrato para acceder a estos beneficios.
La empresa que transforme un contrato de formación en indefinido, tiene derecho a aplicar una bonificación de 1.500 euros durante los 3 años siguientes, 1.800 euros si es mujer, según establece el artículo 3 del Real Decreto 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral).
Esta bonificación se aplicaría mensualmente (125 euros/mes ó 150 €/mes, si es mujer).
En el caso de que el contrato indefinido sea a tiempo parcial, o fijo discontinuo, la reducción se calcularía proporcionalmente. Por ejemplo, si es a media jornada, la bonificación será de 750 euros anuales.
Eso sí, hay que tener en cuenta que el contrato de formación en alternancia entrará en vigor a partir del 30 de marzo de 2022.
Entre el 31 de diciembre y 30 de marzo, podrás dar de alta nuevos contratos de formación, que se regirán por la normativa anterior a la Reforma Laboral.
¿Qué requisitos debe cumplir la transformación del contrato de formación para acceder a la bonificación?
Para que la transformación tenga derecho a esta ayuda, se debe realizar cuando finaliza el contrato inicial. Y deben cumplirse estos requisitos para acceder a la bonificación:
El contrato de formación en alternancia que genera este derecho debe estar bonificado. Si no tuvo derecho a la bonificación de seguros sociales, no tendrá derecho a la bonificación por transformación. Recuerda además incluir en la casilla beneficios 01, del alta del contrato de formación en alternancia, para que luego no tengas problemas con los beneficios de la transformación.
La empresa debe estar al corriente de sus obligaciones con Hacienda o Seguridad Social.
No haber sido excluida de los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo.
No puede estar excluida por encontrarse en alguna de las situaciones contempladas en la sección primera, del capítulo I, de la Ley 43/2006.
Muy importante: Hay que hacer la transformación inmediatamente después de finalizar el contrato de formación en alternancia.
No se puede realizar antes o haber días intermedios entre el contrato de formación en alternancia o el indefinido, ya que se perdería el derecho a la bonificación.
¿Cómo transformar un contrato de formación en indefinido en 2022?
La transformación se debe realizar al final del contrato inicial, si se dejan días de diferencia entre la transformación y la finalización no se podrá aplicar este beneficio.
Este trámite sería similar a la transformación de un contrato temporal normal, se realizaría a través de Sistema RED, modificando el tipo de contrato el mismo día de finalización del contrato de formación en alternancia.
Desde la unificación de los Códigos de Cuenta de Cotización en Seguridad Social hay novedades en la transformación del contrato de formación en alternancia, a continuación te indicamos cómo sería el proceso en 2022:
Trámites en Seguridad Social
A continuación te indicamos los campos que tienes que completar en la afiliación del trabajador en Seguridad Social para transformar el contrato de formación en alternancia:
Importante: recuerda borrar el código 087 de la casilla de exclusión de cuotas que aparecerá en el contrato de formación a transformar antes de realizar el cambio. Es un error muy habitual no eliminarlo, si no lo haces, no te dejará realizar la gestión.
Tipo de contrato a indicar: el código 109, si es una transformación a contrato indefinido a jornada completa o 209, si va a estar a tiempo parcial.
En casilla beneficios: código 01. Las transformaciones de contratos de formación en alternancia realizados con trabajadores de garantía juvenil deberán incluir obligatoriamente este campo.
Tras las indicaciones del Boletín RED 1/2017, desde enero de 2017, todas las transformaciones de contratos de formación en alternancia en indefinido deben marcar además la casilla Beneficios 01 – Beneficiario del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
Trámites en Contrata
En Contrata tendrás que comunicar el nuevo código de contrato: sería 189, si el contrato se transforma en indefinido a tiempo completo, 289, si se transforma en indefinido a jornada parcial y 389 si es fijo discontinuo.
Te extrañará que en Sistema RED haya que utilizar el código 109 y aquí el código cambie, esto se debe a que Seguridad Social no hace distinción, para ellos tanto las bonificaciones, como las reducciones, son medidas de fomento del empleo.
Marca la casilla de reducción de cuotas, e indica el colectivo al que pertenece para acceder a la ayuda: Transformación indefinido mujer/hombre.
Si necesitas ayuda con éste u otros temas relacionados con el contrato de formación en alternancia, te atendemos encantados en el teléfono 958 806 760, o nuestro chat online.
Esta ayuda ya no existe, finalizó el 1 de enero de 2019.No se podrá solicitar más.
Ayer la Ministra de Empleo, Fátima Báñez, anunció un conjunto de medidas que Empleo quiere desarrollar para fomentar el empleo joven, destinadas a jóvenes menores de 30 años. Entre ellas, destaca una ayuda de 430 euros para los contratos de formación y aprendizaje.
Así es la ayuda de 430 euros para los contratos de formación
La Ministra ha explicado en una rueda de prensa que esta ayuda de 430 euros mensuales, estaría dirigida a los jóvenes desempleados, inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, con dificultades de inserción, que sean contratados mediante un contrato de formación y aprendizaje. La ayuda tendría, en principio, una duración máxima de 18 meses.
Se trataría de un complemento salarial, que haría que su salario se incrementase 430 euros todos los meses. Por ejemplo, si el salario que les corresponde, en proporción a la jornada que realizan (75% durante el primer año) fuese de 700 euros, al recibir la ayuda, la cantidad final que recibirían sería de 1130 euros. (Obviamente, esto es orientativo, ya que el salario del contrato de formación variará según lo que indique el convenio colectivo de cada área profesional).
Esta medida podría beneficiar a más de 800.000 jóvenes ya inscritos en Garantía Juvenil, cifra que se espera aumente considerablemente si se ponen en marcha estas ayudas.
El Gobierno apuesta por el contrato de formación como una vía efectiva de inserción laboral
El Gobierno, que ya había manifestado en anteriores ocasiones su apuesta por el contrato de formación y aprendizaje como instrumento efectivo para la inserción laboral de este colectivo, quiere convertirlo en su buque insignia en su lucha contra el desempleo juvenil.
Fátima Báñez ha declarado que este modelo de contrato reúne los dos objetivos que pretende conseguir, tanto el Gobierno español, como Europa, que los jóvenes accedan al mundo laboral, y que reciban formación.
Además, las empresas también reciben grandes beneficios con el contrato de formación, ya que disfrutan durante toda su vigencia de tres bonificaciones, convirtiéndolo en la modalidad bonificada que más ventajas aporta actualmente.
Las empresas aplican una bonificación del 100% en los seguros sociales, bonifican el 100% del importe de la formación que recibe el trabajador, y ahora también reciben una bonificación adicional de entre 60 y 80 euros.
Nuevas bonificaciones por la transformación de contratos de formación en indefinidos
Actualmente, las empresas que deciden transformar el contrato de formación, a su finalización, en contrato indefinido, acceden a una bonificación anual de 1.500 euros durante 3 años, 1.800 si se trata de una trabajadora.
Según Fátima Báñez, se van a plantear incrementar la bonificación de cuotas en los seguros sociales para estas transformaciones. En principio, parece que la bonificación alcanzaría el 50% del pago en cotizaciones durante 3 años.
Ambas medidas van a ser planteadas durante la próxima semana a los interlocutores sociales y comunidades autónomas.
A continuación, podéis ver las declaraciones completas de la Ministra en su rueda de prensa:
En Grupo2000 estaremos muy pendientes de estas medidas, que a día de hoy son solamente una propuesta, tendrán que ser aprobadas por el Gobierno.
Se prevé que no haya mucha demora, ya que según indica el Gobierno, se financiarían con una partida de los Presupuestos Generales del Estado de 2017.
Para cualquier consulta, os atenderemos encantados en el teléfono 958 806 760, o en nuestro chat online.
Fuente: Gobierno de España.
También te pueden interesar los siguientes artículos sobre el contrato de formación:
Hoy 31 de agosto finalizan las reducciones para el contrato mínimo exento de cotización a la Seguridad Social. Si quieres aplicarte esta reducción para contrataciones indefinidas, hoy es el último día para realizar contratos indefinidos de Tarifa Reducida.
Debe suponer un incremento, tanto del nivel de empleo indefinido, como total.
Mantener durante 36 meses el nivel de empleo indefinido y total.
Si no se cumple con el mantenimiento de empleo durante los primeros 12 meses, se devolverá el 100% de las cantidades aplicadas.
Estar al corriente de pagos a Hacienda y Seguridad Social. En el caso de tener deuda durante el contrato, perderá automáticamente el derecho a aplicar la reducción.
No haber extinguido contratos de trabajo por causas objetivas o despidos disciplinarios declarados judicialmente improcedentes en los últimos 6 meses.
No se establece ningún requisito para el trabajador.
Como sabéis, los contratos a tiempo completo estarán exentos en los primeros 500 € de la base por contingencias comunes de la empresa. y el resto de la base se le aplica el tipo de cotización vigente. Para tiempo parcial se calculará de forma proporcional.
La empresa se podrá beneficiar de esta bonificación durante 24 meses. Si se trata de una empresa con menos de 10 trabajadores, podrá prolongar durante un año más de una exención sobre 250 euros.
Esta medida se comenzó a aplicar a partir del 1 de marzo de 2015 y vino a sustituir la antigua Tarifa Plana para contratos indefinidos, de la que se beneficiaron más de doscientas mil personas.
Si vas a realizar hoy este contrato te pueden interesar nuestros artículos:
Tras la publicación del RD Ley 3/2014, de 28 de febrero, de medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida, que introduce el contrato indefinido con tarifa plana de 100 euros, sois muchos los que estáis barajando qué tipo de contrato utilizar para contratar.
Por ello, hemos elaborado la siguiente tabla comparativa, para que podáis ver las características principales y si se adapta a las necesidades de vuestra empresa.
Lo comparamos con el contrato bonificado que tiene más ventajas actualmente, el contrato de formación:
CARACTERÍSTICAS
FORMACIÓN
INDEFINIDO
REQUISITOS TRABAJADOR
Edad entre 16 y 29 años.Inscrito como demandante de empleo.No tener formación oficial relacionada.
No hay requisito de edad.
No es aplicable para trabajadores despedidos por la empresa, con contrato indefinido, o de empresas del grupo, por despido colectivo o improcedente tras el 26/02/14.
REQUISITOS EMPRESA
No tener deuda con la S. Social o Hacienda.No haber sido sancionada.
Mantener el contrato durante 36 meses.Mantener el nivel de empleo de la plantilla durante 36 meses.No tener deuda con S. Social o Hacienda.No haber despedido de forma colectiva o improcedente tras el 25/02/2014.No haber sido sancionada.
REDUCCIÓN CUOTAS S. SOCIAL
Reducción del 100%.Paga 0 € en Seguros Sociales durante toda la vigencia del contrato, la reducción se aplica a todos los conceptos.
Reducción aproximada del 50% durante 24 meses.A los 100 € de tarifa plana, que corresponden a las contingencias comunes, hay que sumar: contingencias profesionales, formación, desempleo, FOGASA, y cotización por horas extraordinarias (si es a tiempo parcial).
CARÁCTER CONTRATO
Temporal
Indefinido
JORNADA
Completa, de la cuál trabajan 30 horas, y 10 horas serían para formación.
Completa o parcial.
DURACIÓN
1 año, prorrogable hasta un máximo de 3.
Hay que mantenerlo durante 3 años.
FORMACIÓN
Si, bonificada al 100%, puede ser presencial o a distancia.
No.
OBLIGACIÓN DEVOLVER BONIFICACIONES POR DESPIDO
No.
Si, si se despide antes de los 3 años, o se incumple alguno de los requisitos.
OBLIGACIÓN DEVOLVER BONIFICACIONES POR DISMINUIR LA PLANTILLA TOTAL
No.
Si, cada 12 meses se controlará que se mantiene la plantilla total e indefinida, si no es así, hay que devolver las cantidades.
SALARIO
Según Convenio, o en su defecto % según el tiempo de trabajo efectivo sobre SMI.
Según Convenio.
BONIFICACIONES ADICIONALES
Bonificación por transformación en indefinido de 1.500 €, 1.800 € si es mujer, durante 3 años.
La tarifa plana es incompatible con otros beneficios en la Seguridad Social que se refieran al mismo contrato.
Esta comparativa la hemos confeccionado con información aplicable de carácter general, si tu caso tiene alguna peculiaridad, consulta en nuestro chat online o en el teléfono 958 806 760.
La creciente oferta formativa de Certificados de Profesionalidad a nivel oficial está generando una demanda de docentes para todas las áreas profesionales. Los centros de formación están teniendo dificultades para […]
CENTRO DE FORMACIÓN GRUPO2000 RC S.L., le informa que utilizamos cookies propias y de terceros que permiten al usuario la navegación a través de una página web (técnicas) y para el seguimiento y análisis estadístico del comportamiento de los usuarios (analíticas).
Este sitio web utiliza cookies para mejorar su experiencia mientras navega por el sitio web. De estas, las cookies que se clasifican como necesarias se almacenan en su navegador, ya que son esenciales para el funcionamiento de las funcionalidades básicas del sitio web. También utilizamos cookies de terceros que nos ayudan a analizar y comprender cómo utiliza este sitio web. Estas cookies se almacenarán en su navegador solo con su consentimiento. También tiene la opción de optar por no recibir estas cookies. Pero la exclusión voluntaria de algunas de estas cookies puede afectar su experiencia de navegación.
Este sitio web utiliza cookies para mejorar su experiencia mientras navega por el sitio web. De estas, las cookies que se clasifican como necesarias se almacenan en su navegador, ya que son esenciales para el funcionamiento de las funcionalidades básicas del sitio web. También utilizamos cookies de terceros que nos ayudan a analizar y comprender cómo utiliza este sitio web. Estas cookies se almacenarán en su navegador solo con su consentimiento. También tiene la opción de optar por no recibir estas cookies. Pero la exclusión voluntaria de algunas de estas cookies puede afectar su experiencia de navegación.
Las cookies que pueden no ser particularmente necesarias para el funcionamiento del sitio web y que se utilizan específicamente para recopilar datos personales del usuario a través de análisis, anuncios y otros contenidos integrados se denominan cookies no necesarias. Es obligatorio obtener el consentimiento del usuario antes de ejecutar estas cookies en su sitio web.