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Ayuda para contratos de formación realizados a jóvenes con discapacidad

Ayuda para contratos de formación realizados a jóvenes con discapacidad

Recientemente, la Fundación Once ha publicado una convocatoria en la que se establece una ayuda para contratos de formación realizados a jóvenes con discapacidad.

 

Cuantía de la ayuda

Se ofrece una subvención de hasta 18 meses por la contratación, el importe concedido supondría el 80% de las retribuciones brutas pactadas con la empresa o fijadas en convenio colectivo.

El importe mensual de la ayuda que podrá ser concedida por trabajador contratado estará comprendido entre el SMI 707,60 y 1.061,40 €. Por lo que el importe total que recibirá la empresa podrá ser desde 9.906,40 € hasta 22.289,40 €.

La ayuda está sujeta al límite establecido por la regla de minimis y adicionalmente se establece un límite máximo de ayuda por grupo empresarial de 500.000 euros.

Una vez que reciban la resolución de la concesión, las empresas podrán solicitar una ayuda de hasta 1.000 € para adaptación del puesto de trabajo de la persona contratada.

 

Compatible con los beneficios en seguros sociales del contrato de formación y aprendizaje

Esta ayuda es compatible con las bonificaciones en los seguros sociales del contrato de formación y aprendizaje, por lo que la empresa tampoco pagaría seguros sociales durante la vigencia del contrato.

Además, la formación teórica oficial que recibiría el trabajador inherente a su contrato, también estaría bonificada al 100%. Y la empresa recibiría una bonificación adicional de entre 60 y 80 euros en concepto de tutorización.

 

Requisitos para obtener la ayuda a la contratación de la Once

  • Contratar a jóvenes con discapacidad inscritos en Garantía Juvenil.
  • Realizar un contrato de formación y aprendizaje por una duración mínima de un año.
  • La contratación deberá suponer un incremento neto de la plantilla comparado a la plantilla total media en los 30 días naturales previos al alta.
  • Mantener dicha contratación al menos durante 6 meses. En el caso de que se finalice la contratación antes del año, deberá ser por causas ajenas a la empresa.
  • Aplicable para contrataciones realizadas desde el 1 de enero de 2017.

 

Requisitos que deben cumplir los trabajadores contratados

  1. Tener un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%.
  2. Personas que tengan entre 16 y 29 años en el momento de formalizar el contrato.
  3. Estar inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil de forma previa al alta del contrato.

 

Beneficiarios de la ayuda

Podrán optar a esta ayuda empresas y empleadores, independientemente de su forma jurídica, que estén establecidos en España.

Se excluyen como beneficiarias entidades del sector estatal, autonómico y local.

Las empresas deberán cumplir las obligaciones establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Así mismo, deberán cumplir con la legalidad vigente en materia laboral y de prevención de riesgos laborales.

Deberán solicitar la ayuda aportando toda la documentación necesaria, y posteriomente, justificar adecuadamente el cumplimiento de todas las obligaciones vinculadas a la subvención.

 

Plazos de presentación y solicitud de la ayuda de la Fundación ONCE

Se podrá solicitar la ayuda desde inicios de 2017 hasta fin de fondos de la ayuda.

Para la solicitud, tendréis que descargar el formulario oficial y se presentará uno por cada joven contratado, junto con la documentación que se indica en las bases de la convocatoria.

 

Fuente: Fundación ONCE.

 

 

Mapfre concederá ayudas a la contratación de hasta 4500 euros

Mapfre concederá ayudas a la contratación de hasta 4500 euros

Recientemente, se ha publicado una nueva convocatoria del «Programa Accedemos»,  a través del cuál, Mapfre concederá ayudas a la contratación de hasta 4.500 euros. A continuación te resumimos los detalles más importantes de esta ayuda, y te explicamos cómo puede hacer tu empresa para solicitarla:

 

¿En qué consiste esta ayuda?

Se trata de una ayuda destinada a fomentar la contratación dentro de la pequeña empresa. La cuantía asignada podrá variar, en función del tipo de jornada realizada. Siendo 2.700 euros, si es un contrato a media jornada, y ascendiendo hasta 4.500 euros, si se trata de un contrato a tiempo completo.

Las cantidades serán ingresadas directamente por Mapfre a la cuenta de la empresa, y tendrán carácter de donación.

Se concederá una ayuda por empresa, con una duración máxima de 9 meses completos de contrato.

No se abonarán hasta que la empresa no acredite los 9 meses de contratación. Así mismo, deberá notificarse cualquier cambio en la situación del trabajador que ocurra en dicho periodo.

 

Requisitos de la empresa

  • La empresa deberá estar al corriente en sus obligaciones con Seguridad Social y Hacienda.
  • Si se trata de una entidad social, deberá estar inscrita en el Registro Público. Y en el caso de autónomos, dado de alta en Seguridad Social.
  • No haber despedido a ningún trabajador desde el 1 de noviembre de 2016.

 

Requisitos del contrato

  • Para acceder a la ayuda es imprescindible contratar a una persona que lleve al menos 3 meses inscrita en la Oficina de Empleo.
  • El trabajador contratado no puede haber estado en la empresa anteriormente.
  • Se admitirán todas las modalidades de contrato, excepto el contrato por obra y servicio y el autoempleo.

Solo se abonará la ayuda en proporción al tiempo trabajado, en caso de que el contrato finalice antes de los 9 meses.

La ayuda es compatible con el contrato de formación y aprendizaje, la modalidad que más ahorro supondría para tu empresa, ya que se aplica una reducción del 100% en los seguros sociales, durante toda la vigencia del contrato.

 

¿Cómo solicitar la ayuda a la contratación de Mapfre?

La ayuda se tendrá que solicitar en el plazo máximo de 30 días naturales tras realizar el alta del contrato. Para ello, deberás dirigirte a la web de la Fundación Mapfre, donde te tienes que dar de alta como usuario y adjuntar toda la documentación requerida en las bases.

La concesión de ayudas finalizará el día 3 de julio de 2017, o hasta que se agoten los fondos de este programa.

Antes de solicitarla, te recomendamos ampliar información sobre la misma, descargando las bases de la convocatoria.

 

Si vas a contratar, también te puede interesar este artículo:

Ayuda a la contratación de Castilla La Mancha por contrato de formación

 

Se flexibilizan los requisitos para los jóvenes de Garantía Juvenil

Se flexibilizan los requisitos para los jóvenes de Garantía Juvenil

Tras varios años desde su creación, de nuevo parece que se flexibilizan los requisitos para los jóvenes de Garantía Juvenil, con el fin de que puedan acceder más jóvenes desempleados a este fichero.

El pasado lunes se reunieron los representantes del Ministerio de Empleo y Seguridad Social con los consejeros de empleo de las Comunidades Autónomas, debido a la urgente necesidad de implantar medidas para incrementar las inscripciones en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Entre las medidas previstas, se han acordado las siguientes:

  • Todos los jóvenes inscritos como demandantes de empleo podrán acceder.
  • Sólo se pedirá que haya estado un día sin trabajar o estudiar.

 

Ya no se exigirá que estén 30 días desempleados, ni esperar 30 o 90 días en el caso de que hayan finalizado alguna acción educativa.

Esta flexibilización de los requisitos de acceso para los jóvenes que quieran inscribirse en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil es algo que venían demandando, tanto Comunidades Autónomas, como empresas y jóvenes, que veían como se les dificultaba al acceso a ayudas y empleo, debido a los complejos requisitos exigidos.

La reducción de los tiempos de espera ayudarán a facilitar la contratación por parte de empresas, que encontraban dificultad para encontrar candidatos que cumpliesen los requisitos. Esto permitirá que se fomente la contratación mediante el uso de ayudas autonómicas, como el Bono Joven de Andalucía, para las que es imprescindible estar inscrito en Garantía Juvenil para acceder.

Recordamos que nuestra agencia de colocación, Contrato10, está especializada en este colectivo y cuenta con una base de datos de candidatos específica. Llevan varios años prestando los servicios de selección de personal para empresas que precisan jóvenes de Garantía Juvenil.

Otro aspecto que parece que también se va a mejorar es la inscripción de los jóvenes, que hasta ahora debía realizarse a través de la web del Gobierno. Proceso poco intuitivo, y que podía tardar hasta 3 semanas.

Os recordamos que las Cámaras de Comercio también son entidades autorizadas para inscribir en el Sistema de Garantía Juvenil. Haciendo la inscripción con ellos, se puede reducir el plazo en torno a una semana. Para ello, los jóvenes solo tienen que llamar y pedir cita en la Cámara de Comercio de su localidad.

 

¿Desde cuándo serán aplicables estos cambios de requisitos para acceder a Garantía Juvenil?

Por el momento no se pueden aplicar y a los jóvenes se le va a exigir los requisitos establecidos en la norma. Pedimos prudencia al respecto, ya que se trata solamente de un anuncio por parte del Gobierno. Estos cambios no se materializarán hasta que no se modifique el Real Decreto Ley 8/2014.

Así que todavía habrá que esperar, pero se prevé que no tarden mucho en aprobar estas medidas, ya que los fondos europeos que les fueron concedidos para fomentar el empleo de los jóvenes menores de 30 años inscritos en Garantía Juvenil tiene fecha de caducidad, si no se logra certificar antes de diciembre de 2017 todas las acciones emprendidas con los jóvenes, pueden perderse dichos fondos.

Estaremos muy pendientes en nuestro blog, donde os informaremos de todo en cuanto tengamos novedades.

 

Si quieres ampliar información sobre el Sistema de Garantía Juvenil, también te pueden interesar los artículos de nuestro blog:

Ayudas de 1.500 euros de las Cámaras de Comercio por contratar a beneficiarios de Garantía Juvenil

Cómo inscribirse en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil

¿Es necesario inscribirse en Garantía Juvenil para acceder al Bono Joven?

 

Para cualquier consulta, te atendemos encantados en el teléfono 958 806 760 o en nuestro chat online.

 

Fuente: Gabinete de comunicación del Gobierno.

 

Subvenciones a empresas asturianas que celebren contratos de formación

Subvenciones a empresas asturianas que celebren contratos de formación

Según la Estrategia Española de Activación para el Empleo 2014-2016, la formación en alternancia con la actividad laboral, encaminada a que los jóvenes mejoren su capacidad profesional y su cualificación, es uno de los objetivos más importantes para combatir el desempleo juvenil. Para ello se procede a la concesión de subvenciones a empresas asturianas que celebren contratos de formación y aprendizaje conducentes a certificados de profesionalidad.

 

Cuantía de la ayuda:

Hasta el 50% de los costes salariales para las contrataciones que se realicen hasta el 31 de julio de 2016. La duración de la ayuda, podrá ser de hasta 24 meses subvencionándose los costes salariales de los trabajadores en contrato de formación, entre ellos:

  1. Salario base
  2. Parte proporcional a pagas extraordinarias
  3. Complementos salariales derivados de convenios colectivos
  4. Cotización empresarial obligatoria a Seguridad Social.

 

Contrataciones de:

  • Mayores de 16 años y menores de 25 años.
  • Mayores de 25 años y menores de 30 que no tuviesen contrato indefinido en los seis meses inmediatamente anteriores.

 

Contrataciones de:

 

  • Mayores de 16 años y menores de 25 años que no tuviesen contrato indefinido en los doce meses inmediatamente anteriores.
  • Mayores de 25 años y menores de 30 que no tuviesen contrato indefinido en los veinticuatro meses inmediatamente anteriores.
  • Mayores de 16 años y menores de 30 con discapacidad igual o superior al 33%.

 

Beneficiarios:

Empresas y autónomos para sus centros de trabajo en Asturias.

 

El autónomo puede contratar a su hijo, tanto si convive o no con él, aplicándose las reducciones y bonificaciones del contrato de formación y la subvención de Asturias. También puede contratar a un sólo familiar, menor de 30, que no conviva con él ni este a su cargo, si se trata de un autónomo sin asalariados.

 

Requisitos del contrato:

  • Contratar a jóvenes inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
  • Incremento neto del numero de trabajadores en plantilla, en comparación con la media de los doce meses previos al contrato.
  • La actividad formativa inherente al contrato, deberá estar autorizada previamente a su inicio por el SEPE.
  • Mantener el nivel de plantilla alcanzada con esa contratación y al trabajador en el periodo contratado.
  • Duración inicial del contrato será la establecida en Convenio o Estatuto de los Trabajadores.
  • El contrato de formación podrá ser el ordinario o el específico de Garantía Juvenil. Admite cualquiera de las dos opciones.

 

Solicitud, plazos y pago:

Los interesados pueden realizar la solicitud vía telemática o presencial en alguna  de las oficinas de registro establecidas, en función del mes de contratación:

  • Contrataciones de Mayo → Durante el mes de Junio (Del 1 al 30, ambos incluidos)
  • Contrataciones de Junio → Durante el mes de Julio (Del 1 al 31, ambos incluidos)
  • Contrataciones de Julio → Durante el mes de Agosto (Del 1 al 30, ambos incluidos)

La concesión es por concurrencia competitiva, siendo el plazo máximo para notificar la concesión de seis meses. Se realizarán justificaciones trimestrales y antes del pago, se tendrá que acreditar el mantenimiento de plantilla  y estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

 

Compatibilidad con otras subvenciones:

Es compatible con otras ayudas para la misma finalidad, siempre que no supere el 50% de los costes subvencionables. También es compatible con bonificaciones o reducciones en las cuotas a la Seguridad Social.

 

Exclusiones:

  • Contrataciones al cónyuge y familiares hasta el segundo grado de consanguinidad, salvo en los casos establecidos.
  • Contrataciones a socios de entidades sin personalidad jurídica.
  • Contrataciones a administradores, apoderados y cargos de dirección de las empresas.
  • Contrataciones a trabajadores que hubiesen estado en la misma empresa en los 6 meses anteriores como temporales, o en los 24 meses anteriores como indefinidos.
  • Trabajadores que en los 3 meses anteriores estuviesen como indefinidos en distinta empresa.
  • Haber realizado despidos declarados improcedentes en los doce meses anteriores.
  • No acreditar el cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
  • Empresas pertenecientes al sector público.
  • Incumplimiento de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.

 

Fuente: Boletín Oficial del Principado de Asturias

Galicia apuesta por el contrato de formación con ayudas de 1.200 euros

Galicia apuesta por el contrato de formación con ayudas de 1.200 euros

Hoy os damos a conocer la Convocatoria para 2016 de los Programas de Incentivos a la Contratación, en donde Galicia apuesta por el contrato de formación con ayudas de 1.200 euros. Se trata de incentivos a autónomos y empresas, que contraten mediante contrato de formación a las jóvenes inscritos en Garantía Juvenil. También contempla ayudas a la transformación a indefinido de dichos contratos.

Según la Orden de 29 de Diciembre de 2015, que establece las bases reguladoras y convocatoria del programa de incentivos a la contratación, su objetivo es la mejora de la empleabilidad y la inserción laboral de la juventud, aportándoles con el contrato de formación una formación profesional, teórica y práctica, de un oficio en su puesto de trabajo.

 

Cuantía de la ayuda:

Se subvencionarán con hasta 1.200 euros, los contratos de formación con duración de 12 meses, realizados hasta el 30 de septiembre de 2016 . En el caso de que la duración sea inferior, la cuantía será proporcional. 

En el caso de que el contrato, de 12 meses, se celebre con mujeres, personas discapacitadas o en exclusión social, se incrementará en 240 euros,  si se trata de empresas de sectores estratégicos, 600 euros más.

¿Cuáles son los Sectores estratégicos?

  1. Economía verde (energías renovables, vehículo verde, preservación ambiental)
  2. Economía de la Salud (Servicios a la 3 º Edad, servicios a la dependencia)
  3. Economía del conocimiento (TIC, audiovisual y cultura, biotecnología, tecnologías mecánicas y robotización)
  4. Economía azul.

 

Entidades beneficiarias:

Empresas y autónomos, cualesquiera que sea su forma jurídica. Las sociedades civiles y las comunidades de bienes (aunque carezcan de personalidad jurídica) que contraten en Galicia. No hay límite de contratos por empresa.

El autónomo puede contratar a su hijo, tanto si convive o no con él, aplicándose las reducciones y bonificaciones del contrato de formación, junto con la ayuda de Galicia. También puede contratar a un sólo familiar, menor de 30, que no conviva con él ni este a su cargo, si se trata de un autónomo sin asalariados.

 

Requisitos del contrato:

  • Contratar a jóvenes inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
  • El trabajador deberá estar desempleado en los 30 días anteriores.
  • Cumplir la duración mínima del contrato establecida en Convenio o Estatuto de los Trabajadores.
  • La actividad formativa inherente al contrato, deberá estar autorizada previamente a su inicio por la Dirección General de Orientación y Promoción Laboral de la Consellería de Economía, Empleo e Industria.
  • Incrementar el empleo neto, respecto al mes anterior del mes de realización del contrato.
  • Mantener al trabajador durante toda la vigencia que se estableciese en contrato.

 

Solicitud, plazos y pago:

La solicitud se podrá realizar vía telemática o  presencial en la oficinas de la Consellería de Economía, Emprego e Industria. El plazo de presentación de las solicitudes será de 2 meses desde el inicio del contrato. Recordamos que se establece como fecha límite el 30 de septiembre para presentar solicitud de los contratos celebrados en el último periodo subvencionable.

La concesión es directa hasta agotar fondos, y se notificará en un plazo máximo de tres meses. Antes del pago, se deberá de justificar haber realizado la contratación conforme a los requisitos y estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

 

Compatibilidad con otras subvenciones:

Es compatible con bonificaciones o reducciones en las cuotas a la Seguridad Social, al igual que con Tarifa Plana 50 euros de autónomos. No se puede compatibilizar con otras ayudas para la misma finalidad. 

 

Exclusiones:

  • Contrataciones al cónyuge y familiares hasta el segundo grado de consanguinidad, salvo en los casos establecidos.
  • Contrataciones a trabajadores que hubiesen estado en la misma empresa en los 24 meses anteriores como indefinidos, o en los 3 meses anteriores con contrato temporal.
  • Trabajadores que procedan de contrato indefinido en los últimos 3 meses previos al alta.
  • Empresas pertenecientes al sector público.
  • Incumplimiento de la Ley 9/2007 de Subvenciones de Galicia.
  • No estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Empresas de los sectores de pesca y agricultura, producción primaria, exportación o agrícolas.

 

Fuente: Diario Oficial de Galicia

 

 

 

 

 

 

 

Mapfre otorgará 400 ayudas a empresas para nuevas contrataciones

Mapfre otorgará 400 ayudas a empresas para nuevas contrataciones

Fundación Mapfre ha puesto en marcha un nuevo programa de ayudas que apoyará a autónomos, pymes y entidades sociales a la contratación de personas que lleven al menos tres meses en situación de desempleo.

El Programa ‘Accedemos’ de Ayudas al Empleo de la Fundación Mapfre busca fomentar la contratación a todas estas entidades que aun necesitando contratar personal para su buen funcionamiento no pueden por falta de recursos. Las ayudas, en concreto, tratarán de estimular el empleo sin límite alguno de edad y consistirán en el apoyo a la contratación en cada entidad de un trabajador con estas características.

Requisitos de acceso

Autónomos, pymes y entidades sociales podrán solicitar las ayudas convocadas por Fundación Mapfre bajo el Programa Accedemos si:

  • Cuentan con menos de 250 trabajadores.
  • Facturación anual inferior a 50 millones de euros.
  • No han despedido ningún trabajador desde el 1 de enero.
  • Están al corriente de obligaciones de pago.

Modalidad de contrato

El compromiso para acceder a esta ayuda es la contratación de nuevos trabajadores sin límite de edad alguno que se encuentren en situación de desempleo durante un mínimo de 3 meses. Cabe destacar que, las ayudas son compatibles con todas las modalidades de contrato incluido los contratos para la formación y el aprendizaje y excluye la modalidad de contrato por obra y servicio y el autoempleo.

Cada empresa puede contar con un máximo de 500 euros netos al mes de ayuda a la contratación cuando el contrato sea de jornada completa durante nueve meses. En total, la empresa percibiría  4.500 euros/año por trabajador. Si el contrato se estableciese a media jornada, la ayuda será de 300 euros/mes (2.700 euros/año) por trabajador.

Nunca se otorgará esta ayuda a contratos que no superen las 20 horas semanales. Los contratos suscritos deberán ser preferiblemente indefinidos aunque se aceptarán otro tipo de contratos excluidos los contratos por obra y servicio y el autoempleo.

¿Cómo solicitar la ayuda de la Fundación Mapfre?

Cada empresario, entidad social o autónomo podrá solicitar una única ayuda para la contratación de un trabajador por convocatoria y deberá hacerlo antes de que pasen 30 días naturales desde la fecha de inicio del contrato. La ayuda se solicita para una persona física en concreto. Si se produjese el cese de la relación laboral se cancelaría la prestación.

Para solicitar la ayuda del Programa Accedemos se necesita adjuntar la documentación especificada en las bases de la convocatoria.

Una vez comprobados los datos y veracidad de los documentos requeridos se iniciará la gestión pertinente para la firma del convenio de colaboración. Cada empleador debe solicitar la ayuda en el plazo máximo de 30 días naturales desde la fecha del inicio de contratación de su nuevo empleado.

Os animamos a presentar esta solicitud de ayuda a todos los asesores y empresarios que en estos días estáis dando de alta a jóvenes empleados menores de 30 años bajo la modalidad de contrato para la formación y el aprendizaje así como aquellos que apuesten por contratar a personas de cualquier edad bajo cualquier modalidad de contrato.

Fuente: Fundación Mapfre

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