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La ayuda de 430 euros para contratos de formación se vuelve a negociar con los agentes sociales

La ayuda de 430 euros para contratos de formación se vuelve a negociar con los agentes sociales

¡Novedad importante!

Esta ayuda ya no existe desde el 1 de enero de 2019. El Real Decreto Ley 28/2018, de 28 de Diciembre, ha derogado esta ayuda de acompañamiento. No se podrá solicitar para los contratos que hayan sido dados de alta desde el 1 de enero de 2019.

Esta mañana hemos tenido conocimiento a través de la prensa de que Empleo ha vuelto a trabajar en el complemento salarial, que ya anunciaron antes del verano. La ayuda de 430 euros para contratos de formación se vuelve a negociar con los agentes sociales en estos días.

Parece que ayer Fátima Báñez y los diferentes agentes sociales llegaron a un «principio de acuerdo para la implementación urgente» del complemento salarial de 430 euros para los jóvenes inscritos en Garantía Juvenil que sean contratados mediante un contrato de formación y aprendizaje.

En esta jornada se trataron otros temas de gran importancia como el relevo generacional en los negocios a través de los contratos de relevo, y la previsión de nuevas ayudas para la transformación de contratos indefinidos.

Así mismo, se prevé una dotación de fondos a las Comunidades Autónomas destinada a los jóvenes sin formación, para que puedan mejorar su empleabilidad a través de acciones formativas y orientación.

Recordamos que el complemento salarial de 430 euros para jóvenes inscritos en Garantía Juvenil que realicen un contrato de formación y aprendizaje ya se propuso en julio, sin mucho éxito, porque se opusieron tanto patronal, como sindicatos.

En aquel momento, los sindicatos no cerraron el pacto porque incluía modificar la normativa del contrato de formación. Cambios que empresas y autónomos sí ven necesarios para que este contrato se pueda adaptar a la realidad laboral.

La promesa de nuevas bonificaciones para fomentar la contratación indifinida, junto con las ayudas del contrato de relevo y la medida del complemento salarial de 430 euros para jóvenes inscritos en Garantía Juvenil, han contribuido a que ambas partes cambien sus posturas frente a este asunto, sentando las bases para un principio de acuerdo.

 

¿Cuándo entraría en vigor la ayuda de 430 euros para los jóvenes que formalicen un contrato de formación?

A día de hoy, hay que tomarse esto como un acercamiento de posturas por parte de Gobierno y agentes sociales frente a este tema, prueba de ello es que Empleo todavía no tiene intención de llevar el Real Decreto frente al Consejo de Ministros para su desarrollo.

Como tampoco se podrá aprobar hasta abril la ya anunciada, hace cerca de 15 días, aprobación de la prórroga del Plan Prepara.

Por tanto, habrá que ser prudentes y esperar al desarrollo de los acontecimientos. Desde Grupo2000, como siempre, os mantendremos informados de cualquier novedad en nuestro blog.

 

Si quieres ampliar información sobre el complemento, también te pueden interesar estos artículos:

Así es la ayuda de 430 euros para contratos de formación formalizados con inscritos en Garantía Juvenil.

Cómo inscribirte en Garantía Juvenil para poder acceder a esta futura ayuda.

 

Fuente: ElPaís.

Ayuda para contratos de formación realizados a jóvenes con discapacidad

Ayuda para contratos de formación realizados a jóvenes con discapacidad

Recientemente, la Fundación Once ha publicado una convocatoria en la que se establece una ayuda para contratos de formación realizados a jóvenes con discapacidad.

 

Cuantía de la ayuda

Se ofrece una subvención de hasta 18 meses por la contratación, el importe concedido supondría el 80% de las retribuciones brutas pactadas con la empresa o fijadas en convenio colectivo.

El importe mensual de la ayuda que podrá ser concedida por trabajador contratado estará comprendido entre el SMI 707,60 y 1.061,40 €. Por lo que el importe total que recibirá la empresa podrá ser desde 9.906,40 € hasta 22.289,40 €.

La ayuda está sujeta al límite establecido por la regla de minimis y adicionalmente se establece un límite máximo de ayuda por grupo empresarial de 500.000 euros.

Una vez que reciban la resolución de la concesión, las empresas podrán solicitar una ayuda de hasta 1.000 € para adaptación del puesto de trabajo de la persona contratada.

 

Compatible con los beneficios en seguros sociales del contrato de formación y aprendizaje

Esta ayuda es compatible con las bonificaciones en los seguros sociales del contrato de formación y aprendizaje, por lo que la empresa tampoco pagaría seguros sociales durante la vigencia del contrato.

Además, la formación teórica oficial que recibiría el trabajador inherente a su contrato, también estaría bonificada al 100%. Y la empresa recibiría una bonificación adicional de entre 60 y 80 euros en concepto de tutorización.

 

Requisitos para obtener la ayuda a la contratación de la Once

  • Contratar a jóvenes con discapacidad inscritos en Garantía Juvenil.
  • Realizar un contrato de formación y aprendizaje por una duración mínima de un año.
  • La contratación deberá suponer un incremento neto de la plantilla comparado a la plantilla total media en los 30 días naturales previos al alta.
  • Mantener dicha contratación al menos durante 6 meses. En el caso de que se finalice la contratación antes del año, deberá ser por causas ajenas a la empresa.
  • Aplicable para contrataciones realizadas desde el 1 de enero de 2017.

 

Requisitos que deben cumplir los trabajadores contratados

  1. Tener un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%.
  2. Personas que tengan entre 16 y 29 años en el momento de formalizar el contrato.
  3. Estar inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil de forma previa al alta del contrato.

 

Beneficiarios de la ayuda

Podrán optar a esta ayuda empresas y empleadores, independientemente de su forma jurídica, que estén establecidos en España.

Se excluyen como beneficiarias entidades del sector estatal, autonómico y local.

Las empresas deberán cumplir las obligaciones establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Así mismo, deberán cumplir con la legalidad vigente en materia laboral y de prevención de riesgos laborales.

Deberán solicitar la ayuda aportando toda la documentación necesaria, y posteriomente, justificar adecuadamente el cumplimiento de todas las obligaciones vinculadas a la subvención.

 

Plazos de presentación y solicitud de la ayuda de la Fundación ONCE

Se podrá solicitar la ayuda desde inicios de 2017 hasta fin de fondos de la ayuda.

Para la solicitud, tendréis que descargar el formulario oficial y se presentará uno por cada joven contratado, junto con la documentación que se indica en las bases de la convocatoria.

 

Fuente: Fundación ONCE.

 

 

Nuevas ayudas para los jóvenes autónomos de Murcia

Nuevas ayudas para los jóvenes autónomos de Murcia

El pasado 1 de Febrero se publicó el Extracto de la Resolución del Director General del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones del programa de fomento del autoempleo para jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil en la Región de Murcia, en el que se recogen dos nuevas ayudas para los jóvenes autónomos de Murcia que comiencen su actividad.

 

Objeto de la ayuda y beneficiarios:

Se trata de una subvención por la realización de una actividad económica en la Región de Murcia por cuenta propia, a tiempo completo, para jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que se den de alta en el RETA.

 

¿En qué consiste la subvención para los autónomos de Murcia?

Existe la posibilidad de solicitar dos tipos diferentes de ayudas, cuya cuantía varía en función de la finalidad de éstas:

  • Ayuda al establecimiento inicial: se concede una cantidad a tanto alzado de 2500€. Cantidad que en caso de ser mujer, se incrementaría a 3000€, y 3500€ si es una personas con discapacidad, en riesgo de exclusión social o víctima de violencia de género o terrorismo.
  •  “Cuota Cero”: es una ayuda para el mantenimiento de la actividad. Subvencionan las cuotas abonadas a la Seguridad Social en el RETA por un periodo máximo de dos años, a contar desde la fecha de efectos del alta. La cantidad subvencionada variará en función del periodo, a continuación te lo explicamos:
    • Durante el primer año: Se subvencionará la cuota del autónomo abonada a la Seguridad Social por Contingencias Comunes + IT de la base mínima de cotización.
    • Segundo año: La cuota del autónomo abonada a la Seguridad Social por Contingencias Comunes + IT de la base mínima de cotización menos 50 €.

El importe máximo a obtener por un beneficiario de las ayudas de esta orden será de 10.000€.

 

Cómo solicito la ayuda:

Las solicitudes se formalizarán en el modelo único a través de la web http://www.sefcarm.es y se acompañará de una declaración responsable sobre el cumplimiento de todos los requisitos exigidos para ser beneficiario de la subvención.

La concesión se realizará según el orden de entrada de las solicitudes o la fecha del perfeccionamiento del expediente, en su caso.

 

Plazo de solicitud:

  1. Para la ayuda al establecimiento inicial: antes del plazo de un mes, tras realizar el alta en el RETA.
  1. Para la ayuda al mantenimiento de la actividad o “Cuota Cero”, la solicitud podrá realizarse mensual o trimestralmente:
  • Mensual: Antes del plazo de un mes, tras el abono de la cuota.
  • Trimestral: Hasta el último día del mes siguiente al trimestre por cuyas cuotas satisfechas de las que se solicita la subvención.

Todas las solicitudes de subvención deberán presentarse en el periodo comprendido entre el día siguiente al de publicación del extracto de la convocatoria y el 31 de octubre de 2017.

Excepcionalmente, y para ambas ayudas, se considerarán aquellas solicitudes cuyas altas en el RETA se hayan producido en los 60 días naturales anteriores a la eficacia de esta convocatoria, siempre que no hayan solicitado la ayuda existente durante el año anterior.

 

Fuente: BORM.

 

También te pueden interesar algunos de nuestros últimos artículos:

Novedades aplicables en los seguros sociales del contrato de formación desde enero de 2017.

La letra pequeña del Salario Mínimo Interprofesional para 2017.

Ayuda de 5.140 euros de Castilla La Mancha por contrato de formación.

 

Hoy entra en vigor la ampliación de edad para Garantía Juvenil

Hoy entra en vigor la ampliación de edad para Garantía Juvenil

Ya en mayo se anunció una posible modificación del requisito de edad para acceder al Fichero de Garantía Juvenil, que hoy se materializa con la publicación de la Resolución de 29 de julio.

En la resolución, se establece una ampliación de la edad máxima para acceder al Sistema Nacional de Garantía Juvenil a los mayores de 25 años y menores de 30 años, que cumplan además con los requisitos recogidos en la Ley 18/2014. Esta medida se puede aplicar desde hoy jueves, que entra en vigor.

A continuación os resumimos de nuevo el resto de requisitos necesarios para acceder a esta iniciativa:

  1. No haber trabajado en los 30 días naturales anteriores a la presentación de la solicitud.
  2. No haber recibido acciones formativas o educativas, en los 30 días previos a la solicitud. (Siempre que conlleven más de 40 horas mensuales)
  3. Tener nacionalidad española o ser ciudadano de la UE.
  4. Extranjeros con autorización de residencia en España, válida para trabajar.
  5. Estar empadronado en cualquier localidad del territorio español.
  6. Compromiso de participación activa en las actuaciones.
  • ¿Qué repercusión tiene esta ampliación de edad?

Es un cambio importante, porque va a permitir el acceso a las iniciativas de formación y empleo destinadas a los beneficiarios de Garantía Juvenil a más jóvenes.

Recordamos que la contratación de este colectivo da derecho a aplicar bonificaciones o reducciones si se escoge alguna de las modalidades incluidas en la Ley 18/2014:

Hay que tener en cuenta la repercusión de esta medida para las diferentes iniciativas de las Comunidades Autónomas, que han desarrollado ayudas para formación y empleo. Por ejemplo, la ayuda delBono Joven de Andalucía, en la que han destinado un porcentaje de ayudas a la contratación para este colectivo.

Si te interesa ampliar información sobre el Sistema de Garantía Juvenil, te recomendamos consultar los siguientes artículos:

Cómo inscribirse en el Sistema de Garantía Juvenil

¿Las empresas tienen que registrarse en Garantía Juvenil para contratar?

Cómo dar de alta contratos de Garantía Juvenil

¿Es necesario inscribirse en Garantía Juvenil para acceder a Bono Joven?

 

Grupo 2000 es un centro homologado por el SEPE para impartir la formación vinculada al contrato de formación, estamos a tu disposición para solucionar cualquier duda en el teléfono 958 806 760, o en nuestrochat online.

 

Fuente: BOE.

 

 

Se amplía la Garantía Juvenil hasta los 29 años

Se amplía la Garantía Juvenil hasta los 29 años

La Ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Bañez, y los consejeros de Empleo de las Comunidades Autónomas han llegado a un acuerdo, en el que se amplía la Garantía Juvenil hasta los 29 años. 

Hasta ahora la edad de acceso es de 16 a 24 años, con esta ampliación los jóvenes de entre 25 y 29 años también podrán acceder de forma extraordinaria hasta que la tasa de paro en esa franja de edad se sitúe por debajo del 20%.

Se trata de una medida muy demanda y que permite el acceso a un mayor número de jóvenes, no ocupados, ni pertenecientes a los sistemas de educación y formación, a actuaciones de mejora de empleabilidad, intermediación o apoyo a la contratación encuadradas dentro de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven.

Recordamos que los demás requisitos para poder inscribirse en el Sistema de Garantía Juvenil son:

  • No haber trabajado en los 30 días naturales anteriores a la presentación de la solicitud.
  • No haber recibido acciones formativas o educativas, en los 30 días previos a la solicitud. (Siempre que conlleven más de 40 horas mensuales)
  • Tener nacionalidad española o ser ciudadano de la UE.
  • Extranjeros con autorización de residencia en España, válida para trabajar.
  • Estar empadronado en cualquier localidad del territorio español.
  • Compromiso de participación activa en las actuaciones.

¿Cuando entrará en vigor la ampliación de la edad para acceder a Garantía Juvenil?

Aún no se ha publicado la modificación del Real Decreto- Ley 8/2014 que regula el Sistema de Garantía Juvenil. Desde Moncloa anuncian que la incorporarán en la mayor brevedad posible. Estaremos muy atentos a su publicación e informaremos en nuestro blog de todas las novedades.

 

Fuente: Moncloa

 

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Cómo dar de alta contratos con Garantía Juvenil
Nuevas bonificaciones al contratar a beneficiarios del Sistema de Garantía Juvenil
Publicado el contrato de formación para Garantía Juvenil

 

 

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