por Ángela M. Labrador | Ene 16, 2019 | autónomo, cursos bonificados, cursos empresas, emprendedores, formación bonificada, Formación Programada, Fundación Tripartita, FUNDAE
¿Ya puede hacer el autónomo formación bonificada? Esta es una de las preguntas que más nos estáis planteando a raíz de los nuevos cambios en la cotización de este colectivo. Os informamos de todo a continuación:
El autónomo cotiza por formación desde el 1 de enero de 2019
El Real Decreto Ley 28/2018, de 28 de Diciembre, en su artículo 7, sobre los tipos de cotización en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores Autónomos establece que serán para 2019, los siguientes:
|
Concepto |
Tipos de cotización |
Por contingencias comunes |
28,30 % |
Contingencias profesionales IT |
0,46 % |
Contingencias profesionales IMS |
0,44 % |
Cese de actividad |
0,7 % |
Formación Profesional |
0,1 % |
Según establece la norma, desde el 1 de enero de 2019, los autónomos podrán cotizar por la contingencia de Formación Profesional un 0,1%.
Pero esto, ¿qué quiere decir? ¿Significa que podrá acceder a formación bonificada a través de los créditos, como los trabajadores en Régimen General? Lo vemos más adelante.
¿Puede hacer formación bonificada el autónomo a través de los créditos de FUNDAE?
En la Ley 30/2015, de 9 de Septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral, abría la puerta a que el autónomo pudiera realizar formación bonificada a través de las Comunidades Autónomas y organizaciones representativas de los trabajadores autónomos.
Pero a día de hoy, todavía no existe la normativa específica que permita hacer uso de los créditos de formación bonificada (formación continua) a los autónomos para formarse.
Este tipo de formación bonificada, por el momento está limitada a los trabajadores en Régimen General, que son los que pueden realizar estos cursos.
Desde Grupo2000 hemos planteado la consulta ante FUNDAE, que indica que «actualmente no se ha publicado resolución alguna que enmarque al colectivo de trabajadores autónomos como beneficiarios directos de las bonificaciones por formación continua».
Por tanto, a no ser que se apruebe nueva normativa en los próximos meses. De momento, todo parece indicar que el sector de los autónomos tendrá que seguir esperando para poder acceder.
Es un colectivo que se vería enormemente beneficiado de esta medida, que llevan reclamando desde hace tiempo, y les permitiría actualizarse y mejorar la competitividad de su negocio.
Desde Grupo2000 haremos un seguimiento a la evolución de este asunto, y os informaremos en cuanto haya alguna novedad al respecto.
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Fuente: BOE y FUNDAE.
por Ángela M. Labrador | Dic 7, 2018 | autónomo, blog, Delegado de LOPD, empresas, protección de datos, RGPD
Hoy entra en vigor la nueva Ley de Protección de Datos: la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de Diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Esta nueva norma, publicada en el BOE el pasado día 6 de Diciembre, deroga la antigua Ley Orgánica de Protección de Datos y transpone la normativa europea (RGPD) en materia de protección de datos.
El texto recoge la normativa europea y la adapta a nuestro ordenamiento. Además, en su título X incluye 17 nuevos derechos digitales para los ciudadanos españoles en materia de protección de datos.
Entre las novedades más destacadas que aporta esta nueva Ley destacan las siguientes:
- Permite el uso de datos de terceros por parte de los partidos políticos:
Modifica el artículo 58 bis de la Ley Electoral, permitiendo que se recojan datos de terceros con el fin de utilizarlos con fines políticos.
- Regula figuras importantes para la empresa como el encargado del tratamiento o el delegado de protección de datos (DPO):
En el Título V de la norma se establecen los requisitos, función y responsabilidad de estas figuras en el seno de la empresa, frente al tratamiento de los datos.
En el artículo 34 se amplía el listado de empresas y entidades obligadas a disponer de un delegado de protección de datos.
- Principio de responsabilidad activa:
Se vuelve a hacer hincapié en el principio de responsabilidad activa, que requiere que haya una valoración previa del responsable o del encargado del tratamiento sobre el riesgo que pudiera existir el tratamiento que se realice de los datos personales, y así, adoptar las medidas que correspondan.
- Se modifica el procedimiento sancionador:
El artículo 63 y siguientes, se encargan de establecer las infracciones leves, graves y muy graves, incrementando la cuantía de las sanciones, que pueden llegar a ser incluso de 20 millones de euros. Las sanciones oscilarán en función de la capacidad económica de la empresa sancionada y del criterio del sancionador.
- Nuevos derechos para los trabajadores en relación a sus datos y a la desconexión digital:
El artículo 88 incluye nuevos derechos laborales, que se modifican el Estatuto de los Trabajadores sobre la desconexión digital y los artículos 89 y siguientes, recogen el derecho a la intimidad frente al uso de dispositivos de vídeo-vigilancia en el lugar de trabajo, el derecho a la intimidad frente al uso de dispositivos de geolocalización, derechos digitales en la negociación colectiva.
- Cambios en la inclusión en los ficheros de morosos:
Se modifica la cifra a partir de la cual se puede incorporar a un cliente que no paga a este tipo de ficheros, pasando de 1 € (como era hasta ahora) a más de 50 euros.
En el caso de las Administraciones, sólo podrán publicar el nombre completo del ciudadano y cuatro cifras del DNI cuando tengan que publicar anuncios en el BOE, en el caso de que no se conozca el domicilio del infractor o no se le pueda localizar.
Otros nuevos derechos interesantes que se regulan son: la protección de datos de los menores en internet, el derecho al olvido en las búsquedas en internet, redes sociales, etc.
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Fuente: BOE.
por Ángela M. Labrador | Nov 13, 2018 | autónomos, blog, empresas, formación bonificada
Hoy queremos poner la atención en la importancia de actualizar el email de tu empresa en FUNDAE (antigua Fundación Tripartita), en relación a un comunicado publicado en su web en estos días.
FUNDAE es la entidad que gestiona el crédito de formación de las empresas. Este crédito está destinado a que puedan formar a su plantilla de forma bonificada, y permite que todo tipo de empresas pueda acceder, especialmente las más pequeñas (con hasta 5 trabajadores), que disponen de una cuantía fija asignada de 420 euros.
Este crédito varía en función del número de trabajadores y las cantidades cotizadas en la contingencia de formación que haya realizado cada empresa durante el ejercicio anterior.
¿Por qué debes actualizar tu email en la plataforma de FUNDAE?
Si has realizado formación bonificada en los últimos años, en FUNDAE constarán los datos de tu empresa. Entre ellos, tu email como forma de contacto.
Según indica FUNDAE, el email que hayas comunicado en su plataforma, va a ser el utilizado para realizar todas las notificaciones a tu empresa, tanto desde dicha entidad, como desde el SEPE.
En su comunicado avisan que, tras la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas jurídicas y quienes estén obligados a relacionarse por medios electrónicos con la Administración, recibirán vía email todas las notificaciones.
Y que, la falta de aviso mediante correo electrónico, no impide la validez de la notificación. La responsabilidad recaería sobre tu empresa igualmente, por este motivo, es altamente recomendable que revises el email facilitado y lo modifiques, en el caso de que haya cambiado.
Si la formación la has realizado con Grupo2000, contacta con nosotros. Nuestro centro se encargará de actualizarla en cuanto nos lo comuniques.
En estos meses, el SEPE va a notificar a las empresas el resultado de la comprobación de las bonificaciones que hayan aplicado en los ejercicios 2016 y 2017, así como la resolución de convocatoria de subvenciones de 2018.
Si detectan alguna diferencia o error en las bonificaciones aplicadas, te enviarán notificación vía email. Para ver el contenido, tienes que acceder a la sección de notificaciones de la Sede Electrónica del SEPE (necesitarás certificado digital).
Con el email, se genera un acuse de recibo automático, a partir del cual se inicia el plazo de 10 días naturales para la lectura del contenido y para responder a través de la sede electrónica al requerimiento.
¿Cómo puedo solicitar cursos bonificados para mis trabajadores?
Si deseas formar a tu plantilla, todavía estás a tiempo para utilizar los créditos de formación 2018.
Simplemente tienes que elegir un curso de nuestro catálogo y enviarnos una solicitud con vuestros datos y los del alumno antes del 26 de Noviembre.
Nuestro centro está acreditado por el Servicio Público de Empleo Estatal para impartir formación bonificada. Nos encargamos de todo, incluyendo las gestiones con FUNDAE. Te ayudamos. Contacta con nosotros en el 958 806 760.
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Fuente: FUNDAE.
por Ángela M. Labrador | Sep 18, 2018 | autónomo, blog, boletín RED, emprendedores, IRPF, laboral, Seguridad Social, Sistema RED
Si eres autónomo, debes cumplir esta obligación antes del 1 de octubre: incorporarte al Sistema RED y a SEDESS será obligatorio a partir de esa fecha.
A continuación te contamos todos los detalles que debes saber sobre esta nueva obligación:
La nueva obligación de incorporarse al Sistema RED para los autónomos
Esta nueva obligación surge tras la Orden ESS/214, de 1 de marzo, que modifica la Orden ESS/484/2013, por la que se regula el Sistema de remisión electrónica de datos en el ámbito de la Seguridad Social. El Sistema RED es el Sistema de Remisión Electrónica de Datos de Seguridad Social.
Tras su entrada en vigor, ha habido un plazo de adaptación de 6 meses, que finaliza el 1 de octubre. A partir de esta fecha podrías ser sancionado si no has realizado el trámite.
Esta obligación implica que a partir de dicha fecha deberás realizar por esta vía las siguientes gestiones:
- Alta y baja de autónomos (RETA). Podrás comunicar tu alta previamente, hasta 60 días, al inicio de tu actividad.
- Cambios de base de cotización. Hasta 4 veces en el año natural.
- Modificación de actividad en tu actividad como autónomo.
- Solicitud de modificación de las coberturas de las contingencias para el año siguiente.
- Variaciones de datos en RETA: Datos identificativos, documentación complementaria al alta, etc.
- Recepción de notificaciones y comunicaciones a través de SEDESS.
También podrás obtener a través de la Sede Electrónica duplicados de tu alta o baja de autónomos, informes de las cuotas ingresadas, de estar al corriente en tus pagos a Seguridad Social o de vida laboral.
¿Qué autónomos están obligados a darse de alta en el Sistema RED?
Esta Orden afecta a la mayor parte de autónomos, según se indica, tendrán que incorporarse los trabajadores por cuenta propia, los trabajadores del Sistema Especial de Trabajadores Agrarios y los trabajadores del Grupo I del Régimen Especial de Trabajadores del Mar.
Para esta nueva obligación no se va a realizar ninguna comunicación previa desde TGSS, así que no te despistes, y tramita tu alta lo antes posible.
¿Cómo se pueden realizar estas gestiones?
Tienes dos alternativas para cumplir con estos nuevos trámites:
- Utilizar el Sistema RED. En el que un autorizado actúa en tu representación (tu gestor o despacho profesional de confianza).
- Realizarlos directamente a través de la Sede Electrónica SEDESS, utilizando sus servicios electrónicos o presentando las solicitudes por Registro Electrónico.
Si vas a acceder a SEDESS deberás disponer de Certificado Digital, DNI Electrónico o Cl@ve para poder identificarte. En las oficinas de TGSS te facilitarán el Certificado y el registro en el Sistema Cl@ve.
Importante: debes comunicar y actualizar tus datos de contacto para recibir información y avisos de las notificaciones de Seguridad Social. Ya que a partir del 1 de Octubre recibirás tus notificaciones a través de SEDESS.
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por Ángela M. Labrador | Jul 11, 2018 | autónomo, ayudas autónomos, blog, emprendedores, Presupuestos Generales del Estado
Los PGE 2018 incluyen también medidas que tienen repercusión para los trabajadores inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Hoy te contamos cómo afectan los Presupuestos Generales a los autónomos.
Aumenta la base de cotización del autónomo
Ha sido la medida más mediática y más criticada, puesto que afecta a gran parte del colectivo.
Se ha incrementado la base mínima de cotización un 1,4%, esto resulta en un aumento de cerca de 4 euros en la base al mes.
Los autónomos que coticen por la máxima también sufren esta medida, ya que pasarán de pagar 3.751,26 euros a 3.803,70 euros mensuales.
Según establece el artículo 130.3 de la norma, este aumento se deberá aplicar ya desde el 1 de agosto.
Este incremento no afectará al autónomo societario, está previsto para los Presupuestos Generales de otros ejercicios.
Incentivos para fomentar el trabajo autónomo en pequeños municipios
La Disposición Final Vigésimo Tercera recoge un incentivo especial, destinado a fomentar el empleo autónomo en municipios con menos de 5.000 habitantes.
Esta disposición modifica la tarifa plana que se recoge en el artículo 31 del Estatuto del trabajo autónomo, incluyendo un beneficio especial para todos los autónomos que residan y desarrollen su actividad en un municipio cuyo padrón municipal, en la fecha del alta, tenga menos de 5.000 habitantes.
En estos casos, a los 12 meses de tarifa plana, se le añadirían otros 12 más. Los requisitos para este incentivo son:
- Estar empadronado en dicho municipio en el momento del alta.
- Estar dado de alta en el Censo de Obligados Tributarios de AEAT o de las Haciendas Forales, y deberá corresponderse el lugar de desarrollo de la actividad con el municipio.
- Mantenerse dado de alta como autónomo durante 2 años y en el empadronamiento.
También se modifica el artículo 32 del Estatuto del trabajo autónomo, para incluir una referencia a esta bonificación en el caso de personas con discapacidad, víctimas de violencia de género y víctimas del terrorismo que se establezcan por cuenta propia.
En estos casos especiales, si además residen en un municipio inferior a 5.000 habitantes, tendrán derecho a aplicar 24 meses de tarifa plana y, pasado este periodo, podrán aplicar una bonificación del 50% durante 36 meses (hasta completar un periodo máximo de 5 años desde el alta).
Los autónomos ya se podrán beneficiar de esta medida desde el 1 de agosto de 2018.
Aumento de las pensiones mínimas
Las pensiones se incrementan en un 1,6% con carácter general y un 3% para las pensiones mínimas no contributivas.
En la Ley de Presupuestos Generales 2018 se incluye un incremento del 1,6% para las pensiones inferiores a 700 euros. Según datos facilitados por ATA, más de 1.200.000 autónomos pensionistas se podrán beneficiar de este aumento.
Ayudas para familias numerosas
Tanto trabajadores en Régimen General, como autónomos, podrán pedir desde el 1 de agosto una deducción por familia numerosa, que incluye una ampliación de 600 euros anuales por cada hijo. Esta ayuda es para familias con cuatro o más hijos.
También se incluye una deducción por cónyuges discapacitados a su cargo, de 1.200 euros al año.
Esta ayuda sólo se podrá aplicar por los meses desde agosto en adelante para 2018. Dado que se cobra a mes vencido, en septiembre Hacienda comenzará a abonar esta ayuda.
Si el contribuyente ya percibía este tipo de ayuda y cumple los requisitos para la nueva ampliación, AEAT se lo incluirá también.
En los presupuestos generales se incluyen éstas y otras medidas de interés general, que puedes consultar aquí.
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Fuente: BOE.