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Empleo elimina los contratos bonificados excepto el contrato de formación

29 diciembre, 2018
Empleo elimina los contratos bonificados excepto el contrato de formación

Tras varias semanas de incertidumbre, hoy se ha publicado en el BOE el Real Decreto Ley 28/2018, de 28 de Diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y empleo, con cambios importantes en el ámbito de bonificaciones. Empleo elimina todos los contratos bonificados para menores de 30 años excepto el contrato de formación.

 

Se eliminan las bonificaciones condicionadas por el 15% de la tasa de desempleo

La Disposición Transitoria Sexta y Disposición Derogatoria Única acaban con la inseguridad jurídica que se ha vivido desde la publicación de la tasa de desempleo del último trimestre en la encuesta de población activa, y confirma el fin de la aplicación de las bonificaciones para todas las modalidades de contratos afectadas. Que son las siguientes:

  • Contrato indefinido de apoyo a emprendedores. Se deroga el artículo 4 de la Ley 3/2012.
  • Contrato a tiempo parcial con vinculación formativa. Se deroga el artículo 9, de la Ley 11/2013.
  • Contratación indefinida de un joven por microempresas y empresarios autónomos. Derogan el artículo 10, de la Ley 11/2013.
  • Incentivos a la contratación en nuevos proyectos de emprendimiento joven. Se deroga el artículo 11, de la Ley 11/2013.
  • Primer empleo joven. Se deroga el artículo 12, de la Ley 11/2013.
  • Incentivos a los contratos en prácticas. Derogan la reducción del 50% en los seguros sociales que se recogía en el artículo 13, de la Ley 11/2013.

 

¿Qué ocurre con los contratos afectados por el 15% de desempleo que se hayan tramitado desde Octubre? ¿Hasta qué fecha se admiten sus altas?

Según la Disposición transitoria sexta del Real Decreto Ley 28/2018, los contratos afectados por la tasa de desempleo que se hayan tramitado con anterioridad a la entrada en vigor del nuevo texto, seguirán activos y se regirán por la normativa vigente en su momento de celebración.

Es decir, para vuestra tranquilidad, confirman que todos los contratos con estas bonificaciones asociadas que hayáis tramitado desde la publicación de la última Encuesta de Población Activa están dentro de la legalidad.

Importante: Puesto que según la Disposición Final Undécima el Real Decreto Ley entra en vigor el 1 de enero de 2019, la fecha límite para dar de alta contratos con las bonificaciones afectadas o contratos de formación para jóvenes mayores de 24 años es el 31 de diciembre de 2018. Por tanto, el lunes 31 de Diciembre todavía estás a tiempo para dar de alta alguno de estos contratos.

 

La edad del contrato de formación se fija entre 16 y 25 años y se convierte en el único contrato bonificado

La Disposición Derogatoria Única también hace referencia al apartado 2 de la Disposición Transitoria Segunda del Real Decreto Legislativo 8/2015, que permitía que los contratos de formación se formalizasen con jóvenes mayores de 24 años.

Al estar condicionada la edad a la tasa de desempleo inferior al 15%, la edad máxima permitida para un contrato de formación vuelve a ser de hasta 24 años, inclusive.

 

Se elimina la ayuda de acompañamiento de 430 euros destinada a jóvenes de Garantía Juvenil con contrato de formación

Otra novedad que trae la nueva norma es la derogación de la ayuda de 430 euros para jóvenes beneficiarios del sistema de Garantía Juvenil sin estudios que formalicen un contrato de formación.

El límite máximo para poder beneficiarse de esta ayuda se fija en los contratos de formación cuyas altas se hayan tramitado hasta el 31 de Diciembre de 2018.

Los contratos que se encuentren en fase de solicitud de la autorización del contrato de formación, lamentablemente no podrán acogerse, ya que la norma sólo habla de contratos suscritos.

El motivo que argumenta el Gobierno para derogar esta ayuda es la escasa aceptación desde su entrada en vigor.

 

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Fuente: BOE.

Ángela M. Labrador

13 Comentarios

  1. Rocío

    Necesito esta ayuda, necesito información por favor

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Hola Rocío. ¿A qué ayuda en concreto te refieres? Un saludo

      Responder
    • Mireia acosta

      Necesito informacion sobre esta ayuda. Me urge porfavor

      Responder
      • Ángela Martínez Labrador

        Hola Mireia, ¿sobre qué ayuda en concreto necesitas información? Un saludo

        Responder
      • Alberto Salvatierra rivera

        Necesito vuestra ayuda. Queria saber si obtengo alguna bonificacion al contratar a un empleado menor de 25 años y ser su primer empleo en el sector de la peluquería.gracias

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Alberto, te contactamos por privado para informarte sobre las bonificaciones a las que puedes acceder si firmas un contrato de formación en alternancia, válido para contratar a personas jóvenes de hasta 30 años. Un saludo.

          Responder
    • Carmen campanario gomez

      Dicha ayuda de 430€ para jóvenes con un contrato de formacion estaba escenta del irpf o había que declararla en hacienda por favor me urge saberlo contestarme gracias

      Responder
      • Ángela M. Labrador

        Hola Carmen. Esta ayuda había que declararla. Un saludo

        Responder
  2. Jose

    Estoy estudiando la posibilidad de contratar a un joven inscrito en garantía juvenil con contrato de formación. Necesito asesoramiento.

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Buenos días, Jose. Nos ponemos en contacto para ayudarte por privado. Un saludo

      Responder
      • Adalgisa lizanny

        Me interesa esa ayuda necesito información.

        Responder
        • Jean carlos hidalgo

          Hola buenas, necesito toda la informacion posible sobre la garantia juvenil, ya que vine a estudiar a palma con 18 años y no tengo empleo ni experiencia laboral.

          Responder
          • Ángela Martínez Labrador

            Buenos días. Puedes encontrar más información sobre garantía juvenil en nuestra web haciendo clic aquí.

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