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¿Cómo se hace un contrato a tiempo parcial con vinculación formativa?

¿Cómo se hace un contrato a tiempo parcial con vinculación formativa?

¡Novedad importante!

El Real Decreto Ley 28/2018, de 28 de Diciembre, ha derogado esta modalidad. No se podrán dar de alta nuevos contratos desde el 1 de enero de 2019.

Los contratos que ya estuvieran vigentes antes de 2019 no se ven afectados por esta medida, y conservarán la ayuda, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la normativa que la regula.

Si deseas ampliar información, puedes hacer clic aquí.

A petición vuestra, vamos a ampliar información sobre el modelo de contrato a tiempo parcial para menores de 30 años. En este artículo explicaremos cómo se hace un contrato a tiempo parcial con vinculación formativa.

Para realizar este contrato se puede optar por contrato indefinido o de duración determinada, en función del contrato seleccionado variará el modelo.

Antes que seguir, te recomendamos repasar las características del contrato a tiempo parcial con vinculación formativa, y revisar que se cumple alguno de los requisitos para hacer este contrato:

El trabajador, además de ser menor de 30 años y estar inscrito como demandante de empleo, deberá cumplir al menos alguno de los siguientes requisitos:

  1. No tener experiencia laboral o que ésta sea inferior a 3 meses.
  2. Proceder de otro sector de actividad.
  3. Estar inscrito como demandante de empleo, al menos 12 meses.
  4. No disponer de titulo educativo oficial: ESO, FP o Certificado de Profesionalidad.
  5. Estar inscrito en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

En lo no previsto en la Ley 11/2013, será de aplicación, respecto a las reducciones, la sección I, del capítulo I, de la Ley 43/2006. Una vez comprobado, tendremos que elegir la modalidad de contratación:

Si deseas realizar el contrato a tiempo parcial, el modelo de contrato podrá ser: 501, 502 y 510. Puedes descargar el modelo oficial aquí.

En la página 13 podrás encontrar la cláusula específica de este contrato, además de indicar el modelo elegido, deberás señalar qué requisito cumple el trabajador para poder aplicar este contrato.

En esta misma página deberás describir la formación que va a realizar el trabajador, vinculada al contrato.

 

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Para un contrato indefinido (imagen que encontrarás al inicio del artículo), los modelos de contrato serán 200 ó 300. Descarga el modelo oficial, y recuerda incluir las cláusulas específicas de la página 12.

Al igual que en el modelo temporal, tendrás que indicar qué requisito cumple el trabajador y qué formación ha realizado o va a realizar.

Independientemente de la modalidad seleccionada, recuerda que durante el periodo durante el cual tengas contratado al trabajador, deberás mantener el nivel de empleo alcanzado con la contratación.

¿Cómo es la formación de un contrato a tiempo parcial con vinculación formativa?

La formación según indica la normativa, puede ser de idiomas, informática o cualquier curso de formación acreditable, siempre y cuando tenga relación directa con la actividad de la empresa.

Toda esta formación puede salir a coste 0 a la empresa, utilizando los créditos de Formación Bonificada.

Simplemente tienes que seleccionar el curso, y solicitarlo enviando Si deseas ver las diferentes opciones para la formación, consulta nuestro catálogo.

Grupo2000 es un centro acreditado para impartir la formación inherente a los contratos a tiempo parcial con vinculación formativa. Contacta con nosotros en el teléfono 958 806 760, nos encargamos de todo.

 

¿Qué clave debo indicar para realizar el alta con vinculación formativa?

Cuando vayas a realizar una alta para un contrato a tiempo parcial con vinculación formativa deberás indicar en el fichero de afiliación la clave K, H o I.

Dependiendo del requisito del trabajador al que se acoge la empresa para hacer este contrato A continuación te mostramos una imagen de este paso:

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Si el requisito que permite la realización del contrato es que el trabajador está inscrito en Garantía Juvenil, el contrato se tramitaría de la misma forma, pero el alta en TGSS se completaría de forma diferente. Puedes ampliar información aquí.

Esperamos que este artículo os sea de ayuda para realizar este tipo de contratos. Estamos a vuestra disposición para resolver cualquier duda en el teléfono 958 806 760 o en nuestro chat online.

Nota: Si este contrato se mantiene durante otros 12 meses, puede ampliarse el incentivo durante esos otros 12 meses, siempre y cuando se esté realizando una formación de larga duración en el momento de la prórroga.

En el caso de no prorrogarse, el último Boletín Red de Seguridad Social indica que debes notificarlo: se debe comunicar una variación del campo «Indicativo Perdida Beneficios», anotando el valor 99 con efectos de inicio el mes posterior al mes 12 desde el alta del trabajador.

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Fuente: SEPE y Seguridad Social

Cómo es un contrato a tiempo parcial con vinculación formativa

Cómo es un contrato a tiempo parcial con vinculación formativa

Hoy vamos a ver cómo es un contrato a tiempo parcial con vinculación formativa, veremos con detalle esta figura contractual y trataremos de resolver en este artículo las numerosas dudas que nos estáis planteando.

El contrato a tiempo parcial con vinculación formativa se crea con la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo. En su artículo 9, esta ley establece todas las características de este contrato que vamos a ver a continuación:

 

Características del contrato a tiempo parcial con vinculación formativa 

  • Se puede realizar por tiempo indefinido o de duración determinada.
  • La jornada será a tiempo parcial. Nunca podrá ser superior al 50% sobre la correspondiente a un trabajador a tiempo completo.
  • El trabajador deberá compatibilizar empleo y formación, o justificar haberla cursado en los 6 meses previos al contrato.
  • Deberá mantenerse el nivel de empleo alcanzado durante todo el tiempo que se tenga contratado al trabajador. La bonificación podrá aplicarse durante al menos 12 meses, siempre que se mantengan las condiciones iniciales.
  • Durante la vigencia del contrato se podrá aplicar una reducción de las contingencias comunes de los seguros sociales, del 100% o del 75%, si la plantilla tiene 250 o más trabajadores. El resto de contingencias se pagarán de forma ordinaria, según corresponda. Este incentivo se podrá prorrogar otros 12 meses, si el trabajador compatibiliza el empleo con la formación.
  • Se formalizará por escrito.

Cuando el contrato se formaliza con jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, si la empresa lo desea, podrá realizar una ampliación de la jornada del contrato, de hasta el 75% sobre una jornada completa.

En lo no previsto en la Ley 11/2013, será de aplicación, respecto a las reducciones, la sección I, del capítulo I, de la Ley 43/2006.

 

Requisitos de los trabajadores

Todos los trabajadores deberán ser menores de 30 años (35 años si tienen un grado de discapacidad reconocido del 33% o superior) y estar inscritos como demandantes de empleo.

Y además, deberán cumplir alguno de los siguientes requisitos (se incluyen todos según modificación tras el RDL 16/2013, de 20 de diciembre):

  1. Inscrito como demandante de empleo, al menos durante 12 meses (de los 18 meses anteriores a su contratación).
  2. Sin experiencia laboral o que sea inferior a 3 meses.
  3. Proceder de otro sector de actividad. Para ver el cumplimiento de este requisito se tendrá en cuenta el CNAE.
  4. No tener formación oficial de ESO, FP o Certificado de Profesionalidad.
  5. Estar inscrito en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

 

Requisitos de la empresa

  • Pueden realizar este contrato empresas y trabajadores autónomos. Siempre que no hayan realizado un despido improcedentes en los 6 meses anteriores al contrato.
  • No estar en situación de deuda con Hacienda o Seguridad Social.

 

Formación del contrato a tiempo parcial con vinculación formativa

Los trabajadores deberán compatibilizar el empleo con una formación de al menos 90 horas de duración durante su contrato o justificar haberla cursado en los seis meses previos a la celebración del contrato.

En el caso de que la formación la realice el trabajador una vez contratado, podrá ser:

  1. Formación acreditable oficial o promovida por los Servicios Públicos de Empleo.
  2. Formación en idiomas o tecnologías de la información y comunicación.

La duración mínima será de 90 horas, y esta formación en caso de no haberla cursado el trabajador previamente, la deberá de contratar la empresa y puede ser bonificada utilizando los créditos para Formación Programada que correspondan a la empresa.

 

Nuestro centro está acreditado para impartir la formación de contratos a tiempo parcial con vinculación formativa, llámanos al 958 806 760, nosotros nos encargamos de todo.

 

¿Qué ocurre si despido al trabajador?

Si se despide al trabajador hay que devolver las cantidades bonificadas. La norma solamente contempla las siguientes excepciones: cuando el contrato se extingue por causas objetivas, despido disciplinario procedente, dimisión o incapacidad permanente, o resolución durante el periodo de prueba.

Vistas todas las características de este contrato, puedes ampliar información leyendo nuestro artículo sobre cómo se hace un contrato a tiempo parcial con vinculación formativa.  Si el contrato lo vas a formalizar con un joven inscrito en Garantía Juvenil, haz clic aquí para ver como se realiza en estos casos, ya que tiene ciertas peculiaridades.

¿Vas a contratar a un trabajador menor de 25 años? Entonces también te interesa leer antes:

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Fuente: BOE.

Trabajo detectará miles de contratos irregulares en Hostelería este verano

Trabajo detectará miles de contratos irregulares en Hostelería este verano

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha puesto en marcha una fuerte campaña para detectar contratos irregulares a lo largo de los meses estivales con especial interés en el sector de la Hostelería.

Numerosas localidades y municipios entre los que destacan los pertenecientes a las provincias costeras de España han activado este plan que prevé luchar un año más por revelar contratos irregulares que especialmente perjudican a los trabajadores y empresas del sector Hostelero.

En 2015 se descubrieron más de 8.000 irregularidades e infracciones en los contratos de trabajo

Ya el año pasado, la Inspección de Trabajo en materia de Seguridad Social descubrió 5.672 empleos irregulares en los que el trabajador no estaba dado de alta. También fueron detectadas numerosas infracciones, en particular 2.825, relativas a la duración del contrato y al incumplimiento de horas pactadas sobrepasando el número de horas y días por contrato y trabajador.

Este verano se prevé que se van generar más de un millón de contratos de trabajo en nuestro país según los datos que aporta el informe de Adecco y serán especialmente susceptibles de inspección bares, restaurantes, chiringuitos y otros destinados a la Hostelería y Turismo especialmente en las zonas costeras.

Las sanciones aplicadas por infracción el año pasado fueron superiores a los nueve millones de euros y supuso la transformación de esta situación irregular en contratos indefinidos para los trabajadores damnificados.

El Ministerio busca potenciar contratos de larga duración en Hostelería  

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social celebra la especial y significativa subida de contratos celebrados para los puestos de Hostelería y Turismo que proporcionan ‘un empleo de calidad, que generan valor añadido y que reafirman al país como potencia turística mundial’ tal y como ha indicado el Secretario de Estado de la Seguridad Social Tomas Burgos.

Los incentivos que se instauraron para apoyar la contratación de jóvenes menores de 30 años en este sector ha reforzado la especialización y el empleo de calidad para la Hostelería en nuestro país.

Los Certificados de Profesionalidad facilitan la capacitación de los trabajadores en Hostelería

Cabe destacar especialmente este año que, además, estos nuevos contratos para la formación van a otorgar un Certificado de Profesionalidad a los trabajadores de Hostelería que garantizan la capacitación y renovación del sector. Estos van a ser un gran punto de apoyo para prevenir la contratación irregular que tanto ha dañado al sector en años anteriores.

En Grupo2000 para facilitar la contratación de nuevos trabajadores en Hostelería, y así contribuir a mejorar la situación laboral de los trabajadores, hemos logrado la acreditación del Servicio Estatal de Empleo para impartir los Certificados de Profesionalidad del sector de Hostelería y Turismo. Esto va a permitir capacitar de manera oficial a los trabajadores del sector gracias los contratos para la formación y el aprendizaje.

Los Certificados de Profesionalidad que podrán hacer los trabajadores de Hostelería y Turismo son:

¿Cómo puedes dar de alta y hacer un contrato de formación para trabajadores en Hostelería? 

Infórmate en Grupo2000, en nuestro chat en línea o a través del 958 80 67 60 para realizar un contrato en formación para el sector de Hostelería.

Más noticias interesantes para empresas:

Ayudas para contratar a personas mayores de 40 años

Ayudas para contratar a personas mayores de 40 años

En los últimos años, hemos visto cómo el Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha otorgado especial interés en el desarrollo de planes de empleo orientados a la contratación de colectivos ciertamente desventajados a nivel laboral. Reconocemos de entre todos ellos, los buenos resultados obtenidos en la inserción laboral de colectivos en riesgo de exclusión como personas con discapacidad, mujeres víctimas de violencia de género o desempleados menores de 30 años que vienen apoyados por los contratos para la formación y el aprendizaje, entre otros.

Pero, uno de los incentivos a la contratación más interesantes que fomenta el Gobierno junto al apoyo de las corporaciones locales son las ayudas y bonificaciones a las empresas que contraten a mayores de 40 años. Existen numerosos puestos de trabajo en los que disponer de personas con una gran experiencia en su sector resulta una ventaja competitiva añadida y, aunadas a las ventajas y ayudas que nos propone el Gobierno, se convierten en un gran estímulo para proporcionar empleo de calidad y estable a personas mayores de 40 años.

En este artículo, vamos a explicar los planes desarrollados por el Gobierno para contratar a personas mayores de 40 años diferenciando las ayudas que existen para mayores de 45 años, 55 años y hasta los 65 años de edad.

Bonificaciones y reducciones como incentivo para la contratación de personas mayores de 45 años.

Las PYMEs (empresas con menos de 50 trabajadores) que contraten a personas mayores de 45 años con un contrato de trabajo indefinido podrán contar con bonificaciones en el pago a la Seguridad Social. Estas dependen de las características del contrato:

  • Mayores de 45 años. Para la contratación indefinida de mayores de 45 años desempleados inscritos en la oficina de empleo podrán percibirse con carácter general la cuantía anual de 1300 euros y para la contratación de mujeres de 1500 euros durante 3 años hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%. (Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral)

Para el resto de empresas, con un número de empleados superior a los 50 trabajadores, la contratación indefinida de mayores de 45 años con discapacidad contarán con ayudas dependiendo del grado de discapacidad tal y como dicta la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo. De esta forma, distinguimos:

  • Mayores de 45 años con discapacidad. Para la contratación indefinida de mayores de 45 años con discapacidad reconocida de un 33% contarán las empresas con una bonificación anual de 5700 euros durante la vigencia del contrato.
  • Mayores de 45 años con discapacidad severa. Para la contratación indefinida de mayores de 45 años con discapacidad severa la cuantía anual bonificable es de 6300 euros durante la vigencia del contrato.

Bonificaciones y reducciones como incentivo a la contratación de desempleados mayores de 52 años.

Las bonificaciones y ayudas que podrán percibir las empresas por la contratación de mayores de 52 años serán dada la contratación de:

  • Mayores de 52 años beneficiarias de subsidios. La contratación de desempleados mayores de 52 años sujetas a bonificación serán las que se realicen a los beneficiarios de los subsidios del art. 215 LGSS que sean contratados a tiempo completo y de forma indefinida. La cuantía anual a percibir se calculará atendiendo a la que proporcione, en su caso, el Programa de Fomento de Empleo y depende del colectivo tal y como recoge la Ley 43/2006 o Ley 3/2012 citadas con anterioridad.

Bonificaciones y reducciones como incentivo para el mantenimiento del empleo de mayores de 65 años.

Las empresas que garanticen la continuidad de trabajadores en el puesto, mayores de 65 años y con los siguientes requisitos contarán con la bonificación del 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes (salvo incapacidad temporal).

Hay que tener en cuenta el perfil del trabajador que debe de ser:

  • Mayor de 65 años con 38 años y 6 meses de cotización efectiva a la Seguridad Social y contrato indefinido ya sea nuevo o vigente.
  • Mayor de 67 años y 37 años cotizados a la Seguridad Social.

Salvo las exenciones recogida en la Ley General de la Seguridad Social 1/1994 (art. 112 bis) y Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actuación, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.

En Grupo 2000, creemos que todas estas iniciativas que apoyan a diferentes colectivos en la contratación son fructíferas en el futuro marco empresarial y de empleo en nuestro país. El apoyo en el empleo a mayores de 40 años es uno de los programas más interesantes junto con el de incentivos en la contratación a personas menores de 30 años bajo el contrato para la formación y el aprendizaje y las ayudas a la contratación a mujeres víctimas de violencia de género.

El Servicio de Empleo Público Estatal pone, además, a disposición de empresas y trabajadores a través de las Agencias de Colocación los servicios de selección y empleo, en especial, de estos perfiles profesionales.

Fuente: SEPE

Puedes saber más sobre ayudas a la contratación vigentes en 2016 en:

El Servicio de Empleo publica las diez profesiones donde se hacen más contratos

El Servicio de Empleo publica las diez profesiones donde se hacen más contratos

El Servicio Público de Empleo ha publicado en el Boletín Trimestral del Mercado de Trabajo los datos sobre el último trimestre de 2015 en materia de contratación. Este informe además recoge datos muy interesantes sobre la proyección del mercado de trabajo en 2016, los sectores que más crecerán y los colectivos más contratados.

Vamos a analizar, los datos más significativos que nos facilita el SEPE y que pueden ser consultados de manera oficial en el Boletín trimestral de mercado de trabajo a través de su web.

Cabe destacar que entre los meses de Octubre y Diciembre los sectores que más contratos de trabajo recogieron fueron: peones agrícolas, camareros y peones de industrias manufactureras. Aunque, pudiéramos pensar que perfiles como administrativos o comerciales son los más demandados del pasado año, se explica este elevado volumen de contrataciones para peones agrícolas e industrias manufactureras por razones de estacionalidad de estos sectores y la rotación de estas ocupaciones.

Sin embargo, el sector de la hostelería y turismo que acoge a ocupaciones como camareros, ayudantes de cocina y cocineros ha experimentado una evolución positiva con respecto a la tradicional rotación y temporalidad que experimentaba. Los contratos para la formación y el aprendizaje están ayudando al sector hostelero a garantizar la empleabilidad de los trabajadores por un periodo superior a seis meses.

Recoge, además, el Boletín Trimestral del Mercado de Trabajo el número de contratos que están definiendo la evolución del mercado laboral en nuestro país para 2016 y su tendencia hasta final de año. De este modo, establece la lista oficial de las diez profesiones con más contratos suscritos en el último trimestre del pasado año. Éstos son:

  1. Peones agrarios. Para esta ocupación se han establecido más de 600.000 contratos de trabajo. La ocupación de peón agrario que excluye a cuidadores de huertas, viveros y jardines representa un 12% del total de contrataciones en nuestro país.
  2. Camareros. La ocupación de camarero encabeza la contratación en todo el sector servicios con 523.654 contratos.
  3. Peones de industrias manufactureras con 322.718 contratos. Los peones de industrias manufactureras son uno de los sectores con mayor estacionalidad, de hecho, tan sólo un 3% de peones de industrias manufactureras recibieron un contrato de larga durabilidad.
  4. Personal de limpieza de oficinas, hoteles y establecimientos afines recogen 258.511 contratos para el último trimestre del año.
  5. Vendedores en tiendas y almacenes obtuvieron 239.193 contratos de trabajo.
  6. Peones agrícolas en huertas, invernaderos y jardines. Se establecieron para este sector 134.422 contratos quedando excluidas las intervenciones que recoge la ocupación de peón agrario.
  7. Peones del transporte de mercancías y descargadores recibieron 114.275 contratos.
  8. Monitores de actividades recreativas y entretenimiento (ocio infantil, juvenil y para la tercera edad) recogieron 90.597 contratos.
  9. Pescadores de aguas costeras y aguas dulces. Se establecieron para este sector 86.202 contratos.
  10. Albañiles. La ocupación de albañil recogió 86.202 contratos.

Mujeres, jóvenes de 30 años y mayores de 45, los beneficiarios del mayor número de contrataciones

Este informe destaca, además de las diez profesiones más demandadas del último trimestre del año, los colectivos beneficiarios de este tipo de contratación destacando un aumento en la participación en el empleo con respecto a los últimos diez años de mujeres, jóvenes menores de 30 años y mayores de 45 años. El Ministerio de Empleo y Seguridad Social establece para éstos cada vez más apoyos e incentivos para la contratación como son las ayudas para contratar a mayores de 45 años (definidas por la Ley 2/2015, de 29 de diciembre) o la compatibilidad del Bono Joven con el contrato de formación siendo uno de los mejores incentivos para la contratación de jóvenes menores de 30 años de los últimos años.

Los datos del Servicio Público de Empleo indicaron algunos realmente interesantes de analizar. Por ejemplo, las ocupaciones que dieron más contratos a mujeres en el último trimestre del año fueron por este orden:

  • Camareras (243. 410 contratos)
  • Personal de limpieza de hoteles (210.208 contratos)
  • Peones manufactureros (109.286 contratos)

En estos casos, las beneficiarias de estas nuevas oportunidades de empleo son las que, además, coinciden con una edad inferior a los 30 años gracias al apoyo a la inserción al mundo laboral que están proporcionando los contratos de formación a mujeres.

Son las ventajas del nuevo contrato de formación las que están beneficiando a las empresas y que están permitiendo cada vez contrataciones de una duración superior a la tradicional para estos puestos de trabajo y, a los empleados a su vez, ya que están obteniendo un Certificado de Profesionalidad oficial que completa sus competencias formativas durante su relación contractual.

Grupo 2000 es centro autorizado para impartir certificados de profesionalidad ligados a los requisitos del nuevo contrato en formación.

En especial, las ocupaciones de camarero, cocina y personal de limpieza se están viendo beneficiadas a nivel nacional de nuestros certificados de profesionalidad en modalidad de tele-formación para que los trabajadores puedan cumplir con los requisitos formativos de su contrato de formación.

¿Quieres saber más sobre el nuevo contrato de formación?

Contacta con nosotros en el 958 80 67 60, a través de contacto@grupo2000.es o a través de chat mientras echas un vistazo a todas estas novedades sobre contrato para la formación y aprendizaje:

Fuente: Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)

 

Comparamos el contrato indefinido exento de 500 euros y el de formación

Comparamos el contrato indefinido exento de 500 euros y el de formación

Comparamos el contrato indefinido exento de 500 euros y el de formación.

Si vas a contratar, posiblemente te estés planteando qué modalidad aporta más beneficios a tu empresa.

En este artículo te explicamos en qué consiste exactamente la reducción del contrato indefinido exento en los primeros 500 euros, y lo comparamos con el contrato que más ventajas aporta a la empresa actualmente: el contrato de formación, para que compruebes si realmente se adapta a tus necesidades.

A continuación vamos a comparar las principales características:

Características Contrato de formación Contrato indefinido exento
Seguros Sociales 0 € Seguros Sociales Reducción en contingencias comunes en proporción a 500€ de salario. Se pagan el resto de contingencias al tipo normal
Requisitos del trabajador Contratar a un joven menor de 30 años, desempleado, sin formación para el puesto No haber trabajado como indefinido en la misma empresa o empresas del grupo
Duración del contrato 1 año, que puede prorrogarse, voluntariamente, hasta un máximo de 3 años. Hay que mantener la contratación realizada durante 3 años.
Jornada Completa, de la cuál, 30 horas son de trabajo y 10 horas de formación Completa o parcial, la ayuda se aplicará en proporción a ésta
Obligación en caso de despido No exige devolución Sí, se devolverá el 100% de las cantidades, en función del mes de despido
Obligación de mantenimiento de plantilla No exige mantenimiento Durante 36 meses hay que mantener la plantilla indefinida y total

Para realizar ambos contratos, la empresa deberá estar al corriente en sus pagos con Seguridad Social y Hacienda, y no haber sido sancionada.

Ahora vamos a hacer números, para ver qué contrato supone un mayor ahorro para la empresa. Para ello, haremos la simulación de los costes de contratar, por ejemplo a un camarero:

Conceptos Contrato de formación Contrato indefinido exento
Líquido Nómina 866,88 €[ 1.273,47 €[
Seguros sociales de la empresa 0 € 305, 58 €
Seguros sociales del trabajador 0 € 86,35 €
Coste total para la empresa 866,88 € 1665,39 €

Para nuestro ejemplo hemos utilizado el simulador de la aplicaciónNetcontrata, con salarios en base al Convenio Colectivo de Establecimiento de Hostelería de Granada.

  • ¿Cómo se calcula la reducción del contrato indefinido exento en los primeros 500 euros de salario?

Hay que tener en cuenta que la reducción de este contrato sólo se aplica a las Contingencias Comunes de la empresa, en la parte proporcional de seguros que corresponde a los primeros 500 euros de salario.

La reducción que se realiza en las contingencias comunes de la empresa se calcula de la siguiente manera:

  • Reducción del mínimo exento: 500 € x 23,60% = 118 €

Este es el cálculo de la reducción para un contrato indefinido con mínimo exento a jornada completa. En el caso de que se trate de un contrato a media jornada, se reducirá de forma proporcional al porcentaje de reducción de jornada del contrato.

Para que veáis más clara la aplicación de la reducción, volvemos a nuestro ejemplo. Vamos a a desglosar los seguros sociales de la empresa del indefinido exento:

Seguros S. Empresa Importes
Contingencias Comunes 320,92 €
Contingencias Profesionales 17,00 €
Otras cotizaciones 85,67 €
Reducción a aplicar – 118,00 €
Total Seg. Soc. Empresa 305,58 €

 

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Si tienes alguna consulta, estamos a tu disposición en el teléfono 958 806 760, o en nuestro chat online.

 

Fuente: Empleo, BOE.

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