por Ángela M. Labrador | Ene 16, 2019 | autónomo, cursos bonificados, cursos empresas, emprendedores, formación bonificada, Formación Programada, Fundación Tripartita, FUNDAE
¿Ya puede hacer el autónomo formación bonificada? Esta es una de las preguntas que más nos estáis planteando a raíz de los nuevos cambios en la cotización de este colectivo. Os informamos de todo a continuación:
El autónomo cotiza por formación desde el 1 de enero de 2019
El Real Decreto Ley 28/2018, de 28 de Diciembre, en su artículo 7, sobre los tipos de cotización en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores Autónomos establece que serán para 2019, los siguientes:
|
Concepto |
Tipos de cotización |
Por contingencias comunes |
28,30 % |
Contingencias profesionales IT |
0,46 % |
Contingencias profesionales IMS |
0,44 % |
Cese de actividad |
0,7 % |
Formación Profesional |
0,1 % |
Según establece la norma, desde el 1 de enero de 2019, los autónomos podrán cotizar por la contingencia de Formación Profesional un 0,1%.
Pero esto, ¿qué quiere decir? ¿Significa que podrá acceder a formación bonificada a través de los créditos, como los trabajadores en Régimen General? Lo vemos más adelante.
¿Puede hacer formación bonificada el autónomo a través de los créditos de FUNDAE?
En la Ley 30/2015, de 9 de Septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral, abría la puerta a que el autónomo pudiera realizar formación bonificada a través de las Comunidades Autónomas y organizaciones representativas de los trabajadores autónomos.
Pero a día de hoy, todavía no existe la normativa específica que permita hacer uso de los créditos de formación bonificada (formación continua) a los autónomos para formarse.
Este tipo de formación bonificada, por el momento está limitada a los trabajadores en Régimen General, que son los que pueden realizar estos cursos.
Desde Grupo2000 hemos planteado la consulta ante FUNDAE, que indica que «actualmente no se ha publicado resolución alguna que enmarque al colectivo de trabajadores autónomos como beneficiarios directos de las bonificaciones por formación continua».
Por tanto, a no ser que se apruebe nueva normativa en los próximos meses. De momento, todo parece indicar que el sector de los autónomos tendrá que seguir esperando para poder acceder.
Es un colectivo que se vería enormemente beneficiado de esta medida, que llevan reclamando desde hace tiempo, y les permitiría actualizarse y mejorar la competitividad de su negocio.
Desde Grupo2000 haremos un seguimiento a la evolución de este asunto, y os informaremos en cuanto haya alguna novedad al respecto.
Más noticias de nuestro blog que pueden interesarte:
¿Cómo es la cotización de las prácticas no laborales en 2019?
¿Cómo afecta a las nóminas la subida del SMI de 2019?
Empleo elimina los contratos bonificados excepto el contrato de formación
Instrucciones para solicitar la devolución del IRPF por maternidad
Aviso de AEAT sobre la campaña de declaraciones informativas 2018
¿En qué casos es obligatorio el registro de la jornada en tu empresa?
Fuente: BOE y FUNDAE.
por Ángela M. Labrador | Ene 16, 2019 | blog, eventos, formación, Graduados Sociales, Grupo2000, laboral
Grupo2000 colabora con el Excmo. Colegio Oficial de Graduados Sociales de Murcia en esta Jornada sobre el nuevo SMI y su aplicación, así como novedades que trae el RDL 28/2018.
En ella se abordarán novedades de gran interés para los Colegiados, así como para empresas y profesionales del área laboral.
Os informamos sobre el programa y todos los detalles del evento:
- Fecha: 24 de Enero de 2019.
- Hora: 17:00 h.
- Lugar: Salón de actos del Hotel Agalia. Avda. Arquitecto Miguel Ángel Beloqui, 7. Murcia
Programa de la Jornada sobre el nuevo SMI
- Nuevo SMI y su incidencia en la aplicación en los convenios colectivos.
- Modificaciones en materia de Seguridad Social.
- Nuevo marco de contratación laboral tras la publicación del RDL 28/2018.
- Medidas y contratos afectados por la reducción de la tasa de paro.
- Ampliación de programas de formación y prácticas no laborales.
- Regulación del cese de actividad.
- Ampliación de coberturas de la protección por desempleo.
- Subsidio extraordinario por desempleo.
- Nuevo modelo de protección por desempleo asistencial.
- Derogación de la ayuda económica de acompañamiento para los contratos de formación y aprendizaje.
- Bonificaciones por la reincorporación de trabajadoras autónomas.
- Bonificaciones en el Sistema Especial para manipulado y empaquetado del tomate fresco con destino de exportación.
Ponentes de la Jornada
La jornada contará con ponentes de máximo nivel como:
- D. Antonio Avilés Caballero, Director de la Administración nº 1 de TGSS.
- D. Jose Antonio Giménez Montoya, Jefe de Área de la Admón nº 1 de TGSS.
- D. Juan Ignacio Cortés Guardiola, Letrado del SEPE.
- D. Diego Martínez Rafecas, Director Territorial – Jefe de la Inspección de Trabajo.
Inscripción
La asistencia a la jornada tiene un coste de 25 € para los Colegiados, y 40 € para otros profesionales. La inscripción y pago se realizaría directamente con el Colegio de Graduados Sociales. Puedes ampliar información en su página web o en el teléfono 968 24 82 00.
Más noticias de nuestro blog que pueden interesarte:
¿Cómo es la cotización de las prácticas no laborales en 2019?
¿Cómo afecta a las nóminas la subida del SMI de 2019?
Empleo elimina los contratos bonificados excepto el contrato de formación
Instrucciones para solicitar la devolución del IRPF por maternidad
Aviso de AEAT sobre la campaña de declaraciones informativas 2018
¿En qué casos es obligatorio el registro de la jornada en tu empresa?
por Ángela M. Labrador | Dic 29, 2018 | blog, contratación indefinida, contrato a tiempo parcial, contrato de formación, contrato en prácticas, contratos bonificados, empresas, garantía juvenil, laboral
Tras varias semanas de incertidumbre, hoy se ha publicado en el BOE el Real Decreto Ley 28/2018, de 28 de Diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y empleo, con cambios importantes en el ámbito de bonificaciones. Empleo elimina todos los contratos bonificados para menores de 30 años excepto el contrato de formación.
Se eliminan las bonificaciones condicionadas por el 15% de la tasa de desempleo
La Disposición Transitoria Sexta y Disposición Derogatoria Única acaban con la inseguridad jurídica que se ha vivido desde la publicación de la tasa de desempleo del último trimestre en la encuesta de población activa, y confirma el fin de la aplicación de las bonificaciones para todas las modalidades de contratos afectadas. Que son las siguientes:
- Contrato indefinido de apoyo a emprendedores. Se deroga el artículo 4 de la Ley 3/2012.
- Contrato a tiempo parcial con vinculación formativa. Se deroga el artículo 9, de la Ley 11/2013.
- Contratación indefinida de un joven por microempresas y empresarios autónomos. Derogan el artículo 10, de la Ley 11/2013.
- Incentivos a la contratación en nuevos proyectos de emprendimiento joven. Se deroga el artículo 11, de la Ley 11/2013.
- Primer empleo joven. Se deroga el artículo 12, de la Ley 11/2013.
- Incentivos a los contratos en prácticas. Derogan la reducción del 50% en los seguros sociales que se recogía en el artículo 13, de la Ley 11/2013.
¿Qué ocurre con los contratos afectados por el 15% de desempleo que se hayan tramitado desde Octubre? ¿Hasta qué fecha se admiten sus altas?
Según la Disposición transitoria sexta del Real Decreto Ley 28/2018, los contratos afectados por la tasa de desempleo que se hayan tramitado con anterioridad a la entrada en vigor del nuevo texto, seguirán activos y se regirán por la normativa vigente en su momento de celebración.
Es decir, para vuestra tranquilidad, confirman que todos los contratos con estas bonificaciones asociadas que hayáis tramitado desde la publicación de la última Encuesta de Población Activa están dentro de la legalidad.
Importante: Puesto que según la Disposición Final Undécima el Real Decreto Ley entra en vigor el 1 de enero de 2019, la fecha límite para dar de alta contratos con las bonificaciones afectadas o contratos de formación para jóvenes mayores de 24 años es el 31 de diciembre de 2018. Por tanto, el lunes 31 de Diciembre todavía estás a tiempo para dar de alta alguno de estos contratos.
La edad del contrato de formación se fija entre 16 y 25 años y se convierte en el único contrato bonificado
La Disposición Derogatoria Única también hace referencia al apartado 2 de la Disposición Transitoria Segunda del Real Decreto Legislativo 8/2015, que permitía que los contratos de formación se formalizasen con jóvenes mayores de 24 años.
Al estar condicionada la edad a la tasa de desempleo inferior al 15%, la edad máxima permitida para un contrato de formación vuelve a ser de hasta 24 años, inclusive.
Se elimina la ayuda de acompañamiento de 430 euros destinada a jóvenes de Garantía Juvenil con contrato de formación
Otra novedad que trae la nueva norma es la derogación de la ayuda de 430 euros para jóvenes beneficiarios del sistema de Garantía Juvenil sin estudios que formalicen un contrato de formación.
El límite máximo para poder beneficiarse de esta ayuda se fija en los contratos de formación cuyas altas se hayan tramitado hasta el 31 de Diciembre de 2018.
Los contratos que se encuentren en fase de solicitud de la autorización del contrato de formación, lamentablemente no podrán acogerse, ya que la norma sólo habla de contratos suscritos.
El motivo que argumenta el Gobierno para derogar esta ayuda es la escasa aceptación desde su entrada en vigor.
Más noticias de nuestro blog que pueden interesarte:
Entra en vigor la nueva Ley de Protección de Datos
Instrucciones para solicitar la devolución del IRPF por maternidad
Aviso de AEAT sobre la campaña de declaraciones informativas 2018
¿En qué casos es obligatorio el registro de la jornada en tu empresa?
Última hora sobre los contratos afectados por la tasa de desempleo.
Motivos por los que podrías recibir una carta de Inspección en estos días
Estos son los cursos bonificados más solicitados por las empresas en 2018
Fuente: BOE.
por Ángela M. Labrador | Dic 24, 2018 | blog, empresas, laboral, salario mínimo interprofesional, SMI, SMI 2019
El pasado viernes, 21 de Diciembre, el Consejo de Ministros aprobó por Real Decreto el Salario Mínimo Interprofesional para 2019, con la mayor subida desde hace 4 décadas.
El incremento pactado del SMI para el próximo ejercicio es de un 22,3%. Resultando las siguientes cuantías:
Este es el Salario Mínimo Interprofesional para 2019
El Salario Mínimo interprofesional para 2019 diario será de 900 euros al mes (30 euros/día) con un aumento de 164,10 euros, respecto al SMI de 2018.
En el caso de los empleados eventuales y temporeros, el SMI diario se incrementa hasta 42,62 euros.
En el caso de los empleados del hogar, el SMI por hora aprobado es de 7,04 €.
Según las cifras proporcionadas por el Gobierno, este incremento tendrá un impacto sobre 2,5 millones de trabajadores, siendo los trabajadores de los sectores de comercio, hostelería y actividades administrativas los más beneficiados.
Todavía no se ha publicado en el BOE, en cuanto tengamos más detalles, te informaremos en nuestro blog.
Más noticias de nuestro blog que pueden interesarte:
Entra en vigor la nueva Ley de Protección de Datos
Instrucciones para solicitar la devolución del IRPF por maternidad
Aviso de AEAT sobre la campaña de declaraciones informativas 2018
¿En qué casos es obligatorio el registro de la jornada en tu empresa?
Última hora sobre los contratos afectados por la tasa de desempleo.
Motivos por los que podrías recibir una carta de Inspección en estos días
Estos son los cursos bonificados más solicitados por las empresas en 2018
Fuente: Lamoncloa.gob.es
por Ángela M. Labrador | Dic 10, 2018 | ayuda contratación, blog, contrato a tiempo parcial, contrato de formación, contrato en prácticas, contratos, contratos bonificados, empleo, garantía juvenil, laboral
El pasado sábado se publicó en el BOE la Resolución de 7 de Diciembre de 2018, de la Secretaría de Estado de Empleo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de Diciembre, por el que se aprueba el Plan de Choque por el Empleo Joven 2019-2021.
En este artículo te resumimos las 8 claves del nuevo Plan de Choque por el Empleo Joven 2019-2021.
Este Plan tiene como objetivo reducir la tasa de desempleo juvenil, del 33% actual, hasta un 23,5%.
Así como incrementar el nivel formativo de al menos un 43% de los jóvenes inscritos como demandantes de empleo, que actualmente carecen de estudios.
Las materias prioritarias serían: lengua, matemáticas, idiomas, competencias digitales y competencias de sectores estratégicos.
A continuación os resumimos los puntos más importantes que recoge la Resolución:
8 claves del nuevo Plan de Choque por el Empleo Joven 2019-2021
- Se creará una ventanilla única para el empleo, dentro del Programa“Orienta Joven”.
Se prevé dotar a este Programa de 3000 orientadores que se encargarán de diseñar itinerarios personalizados para fomentar el empleo y formación de los jóvenes inscritos.
- Medidas para el fomento de la igualdad, que buscarán la inserción de las mujeres con dificultades para acceder al empleo a través de incentivos para el autoempleo.
- Los contratos de formación de programas mixtos de empleo y escuelas taller podrán cotizar por desempleo.
- Se reformará el contrato de relevo para que sirva para garantizar la transmisión de conocimientos a la nueva persona contratada.
- Se va a reforzar la causalidad en los contratos temporales y a tiempo parcial, para controlar más el uso de estas modalidades y evitar abusos.
- Se elaborará un Estatuto del Becario, destinado a regular las prácticas no laborales y mejorar la protección de este colectivo.
En esta nueva regulación tendrían más protagonismo el Representante Legal de los Trabajadores e Inspección de Trabajo, que llevarían a cabo un seguimiento del programa formativo.
- Revisarán los incentivos existentes para la contratación y el fomento del empleo.
El fin es eliminar aquellas que no hayan sido eficaces y crear nuevos incentivos.
- Se implementará un Plan para el retorno del talento.
Se crearán programas para el retorno de los jóvenes que actualmente trabajan en el exterior, y así mismo, esperan incluir medidas para el apoyo a la movilidad de éstos.
En el Plan se establecen los ejes de actuación, que el Gobierno espera desarrollar en los próximos meses.
Os informaremos sobre todas las novedadesque se produzcan al respecto a través de nuestro blog.
Más noticias de nuestro blog que pueden interesarte:
Entra en vigor la nueva Ley de Protecciónde Datos
Instrucciones para solicitar la devolución del IRPF por maternidad
Aviso de AEAT sobre la campaña de declaraciones informativas 2018
¿En qué casos es obligatorio el registro de la jornada en tu empresa?
Última hora sobre los contratos afectados por la tasa de desempleo.
Motivos por los que podrías recibir una carta de Inspección en estos días
La importancia de actualizar el email de tu empresa en FUNDAE
Estos son los cursos bonificados más solicitados por las empresas en 2018
Fuente: BOE.