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Ampliación a 18 meses de Tarifa Plana 50 euros para autónomos madrileños

Ampliación a 18 meses de Tarifa Plana 50 euros para autónomos madrileños

Tras el acuerdo del Consejo de Gobierno, la presidenta de la Comunidad de Madrid, Cristina Cifuentes, anunciaba la ampliación a 18 meses de la Tarifa Plana 50 euros para autónomos madrileños en las cuotas a la Seguridad Social. Extendiendo así 12 meses más la reducción en las cuotas por contingencias comunes.

Es una medida recogida en la Estrategia Madrid por el Empleo, que refuerza el apoyo a los emprendedores madrileños, impulsando el autoempleo y facilitando el comienzo en la actividad profesional, donde se prevé que ayude a más de 18.000 autónomos madrileños.

Según la nota de prensa publicada por la Comunidad de Madrid, todos los trabajadores autónomos que se dieron de alta en RETA,  y  se acogieron a la tarifa plana de 50 euros desde el 10 de octubre, también podrán acogerse a la reducción de 18 meses. Deberán de estar al corriente en las obligaciones tributarias y que la actividad tendrá que realizarse en Madrid.

Se han adelantado los plazos, aunque debemos esperar a que se publiquen los distintos modelos de solicitud para que todos los interesados puedan solicitar la ayuda.

Todavía no hay fecha establecida para la entrada en vigor de esta nueva medida, pero nos comentan desde la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda que será en las próximas semanas. Hasta entonces, los autónomos interesados deberán esperar la publicación del acuerdo de Consejo de Gobierno en el BOCM para poder aplicarse las reducciones.

Iremos informando de todas las novedades a través de nuestro Blog. Para cualquier consulta relacionada con este tema estaremos encantados de atenderte en el teléfono 958806760, o nuestro chat online.

 

Artículos relacionados:

 

Fuente: Gabinete de Comunicación Comunidad de Madrid


Última hora: La letra pequeña de la ampliación de Tarifa Plana en Madrid


 

Nuevas ayudas para jóvenes emprendedores de 1.800 euros

Nuevas ayudas para jóvenes emprendedores de 1.800 euros

Continuamos desgranando el Programa Integral de Cualificación y Empleo, hoy os informamos sobre las nuevas ayudas para jóvenes emprendedores de 1.800 euros de las Cámaras de Comercio.

Se trata de un incentivo para todos los jóvenes que quieran iniciar una actividad empresarial y/o profesional puedan, fomentando así la creación y consolidación del empleo autónomo y el emprendimiento.

 

Cuantía de la ayuda:

La cuantía de la ayuda es de 1.800 euros por la puesta en marcha de una nueva actividad empresarial y/o profesional.

 

Requisitos:

  • Tanto en el momento del alta en el IAE, como del RETA, deberán de cumplirse los siguientes requisitos:
    • Ser jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil (personas físicas).
    • Tener finalizado al menos el bloque de Orientación Vocacional, dentro del Plan de Captación que ofrece PICE en las Cámaras de Comercio. Algunas Cámaras de Comercio pueden establecer terminar el itinerario formativo al completo.
  • Mantener la actividad empresarial y/o profesional durante al menos 12 meses.
  • Se admite cualesquiera que sea la forma jurídica de la actividad empresarial/profesional.

Se otorgará una ayuda por actividad empresarial, con independencia de que en la misma participe más de un joven que reúna los requisitos.

 

Solicitud, plazos y pago:

La solicitud se puede realizar desde la entrada en vigor de cada convocatoria en su Cámara de Comercio, hasta el 30 de diciembre de 2016. La concesión es de forma directa por estricto orden de registro de entrada, estableciéndose el plazo de 3 meses para notificar la concesión.

El pago de la ayuda esta condicionado a la justificación del mantenimiento de la actividad empresarial y/o profesional durante 12 meses. El plazo para acreditarlo es de 30 días naturales, desde la finalización de la obligación de mantenimiento.

 

Compatibilidad con otras subvenciones:

Es incompatible con otras ayudas para la misma finalidad, a excepción de las bonificaciones o reducciones en las cuotas a la Seguridad Social que correspondan. Es compatible con la Tarifa Plana de 50 euros.

Son ayudas acogidas al régimen mínimis, en donde la ayuda total de mínimis, concedida a una única empresa no será superior a 200.00 euros durante cualquier periodo de los tres ejercicios fiscales, o superior a 100.000 euros si se trata de una única empresa que realice por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancía por carretera.

 

Exclusiones:

  • No es compatible el alta simultánea en otros Regímenes de la Seguridad Social.
  • En caso de persona jurídica o entidad en régimen de atribución de rentas, se excluyen la participación como socio, comunero o similar cuando esta se circunscriba a aportaciones de capital.
  • No estar al corriente en las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
  • Concurrir en alguna de las circunstancias previstas en el articulo 13.2 de la Ley 38/2003, DE 17 de noviembre.

 

Si estás interesado/a en solicitar la ayuda, tan sólo debes ponerte en contacto con tu Cámara de Comercio para comprobar que se ha aprobado la convocatoria para tu provincia y cumplimentar la documentación necesaria. Además puedes inscribirse en algunos de sus planes específicos como el Plan de Captación o de Movilidad.

También pueden interesarte estas ayudas para tu empresa:

Ayudas de hasta 15.000 euros por implantar soluciones Cloud en la empresa

Ayudas y subvenciones para mujeres emprendedoras

Ayuda que para pymes y autónomos que puedes solicitar en 2016

 

Fuente: Cámaras de Comercio

 

Contrato10 obtiene el sello de Empresa Comprometida con el Empleo Juvenil

Contrato10 obtiene el sello de Empresa Comprometida con el Empleo Juvenil

Nuestra Agencia de Colocación Contrato10 obtiene el sello de Empresa Comprometida con el Empleo Juvenil por su compromiso con el Programa Integral de Cualificación y Empleo de las Cámaras de Comercio de España, más conocido como PICE. Es un programa que tiene como objetivo la orientación, formación y cualificación de los jóvenes, mejorando sus competencias profesionales, para así aumentar su inserción en el mercado laboral.

Contrato10 apuesta por dar difusión a estas ayudas que fomentan tanto la formación como el acceso al empleo, con especial importancia a jóvenes desempleados/as. El Programa Integral de Cualificación y Empleo de las Cámaras de Comercio ofrece distintas medidas dirigidas a los beneficiarios del Sistema de Garantía Juvenil como ayudas a la contratación, incentivos al emprendimiento o acciones formativas para los jóvenes menores de 30 años, que en este momento no están formándose ni trabajando.

Nuestra Agencia de Colocación, fomentando la línea de ayudas a la contratación, ha establecido una bolsa de empleo específica de beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil y desde hace tiempo realiza una completa compaña informativa sobre su funcionamiento y las ayudas a las que las empresas pueden acceder.

Las Cámaras de Comercio concederán ayudas que se dividen en dos grandes líneas:

INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN DE 1.500 EUROS

Las empresas que formalicen un contrato de trabajo con jóvenes beneficiarios del Sistema de Garantía Juvenil y procedentes del PICE podrán acceder a la ayuda. Deberá formalizarse un contrato a tiempo completo con una duración superior a 6 meses. Además es una ayuda totalmente compatible con el nuevo contrato de formación y aprendizaje.

Las empresas interesadas en acceder a las ayudas a la contratación, pueden ponerse en contacto con su Cámara de Comercio para cumplimentar la documentación necesaria o con nuestra Agencia de Colocación Contrato10 para que les seleccione candidatos que cumplan el perfil que necesita y que sea beneficiario de la ayuda.

 INCENTIVOS AL AUTOEMPLEO DE 1.800 EUROS

Los jóvenes beneficiarios de Garantía Juvenil que pongan en marcha actividades empresariales o profesionales podrán acceder a la ayuda económica.

 

Los jóvenes interesados en participar en el Programa Integral de Cualificación y Empleo, tan sólo deben acudir a la Cámara de Comercio de su ciudad para participar en ellos. Engloba varios perfiles de jóvenes:

  • Jóvenes sin estudios y sin experiencia laboral.
  • Jóvenes sin estudios y con experiencia laboral.
  • Jóvenes con titulación y sin experiencia laboral.
  • Jóvenes con titulación y con experiencia laboral.

 

Éstos son algunos de sus planes específicos:

Plan de Captación

Itinerario formativo de forma presencial en las Cámaras de Comercio para mejorar la empleabilidad de los jóvenes. En este Plan se pretende mejorar sus competencias básicas, impulsar la formación en idiomas, TICs e incentivar el espíritu emprendedor.

Plan de movilidad

Trata de ayudar a los jóvenes a que puedan ampliar sus oportunidades profesionales en Europa, mejorando sus competencias lingüísticas y ofreciendo oportunidades de inserción laboral en el extranjero.

 

Fuente: Cámaras Comercio de España

Si te interesa conocer más ayudas para tu empresa, te recomendamos leer también:

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Contrato10 selecciona más de 50 puestos para empresas

Contrato10 selecciona más de 50 puestos para empresas

¿Necesitas incorporar personal este verano en tu negocio ? Nuestra agencia de colocación Contrato10, ya está seleccionando personal para empresas y autónomos que necesitan reforzar su equipo de cara a la temporada estival y confían en su experiencia para realizar el proceso de selección. Actualmente, Contrato10 selecciona más de 50 puestos para empresas.

Contrato10, especialista en la selección de candidatos que cumplan el perfil del nuevo contrato de formación y aprendizaje, tiene abiertas varias selecciones en todo el territorio español.

Ahorra tiempo y dinero y déjalo en las manos de nuestra Agencia de Colocación Contrato10. Se encargarán de realizar todo el largo proceso de criba de currículum y entrevistas, enviando para la entrevista final sólo a los candidatos que cumplen todos los requisitos que solicitas.

Además, te ofrecerán asesoramiento laboral sobre las ayudas y subvenciones vigentes en tu Comunidad Autónoma, aportándote así candidatos que cumplan los requisitos del contrato elegido y/o de dicha subvención.

Entre los más de 50 puestos que están seleccionado, tienen especial importancia el sector hostelero y de administración. Os informamos sobre los procesos de selección activos:


Selecciones activas
Camareros/as | Granada, Sevilla y Jaén
Dependientes de comercio | Granada
Personal para hotel (camareros/as, cocineros/as, limpieza) | Granada y Cádiz
Mozo/a de almacén| Madrid
Administrativo/a Bilingüe en Inglés| Granada
Recepcionista para clínica | Barcelona
Administrativos/as comerciales | Barcelona
Administrativos/as sector seguros | Granada y Barcelona
Comerciales | Madrid, Barcelona, Alicante y Valencia
Docentes | Madrid, Barcelona, Alicante, Valencia y Granada
Asesores/as telefónicas | Granada
Total 52 puestos

 

Además de estas selecciones, distintas cadenas hoteleras cuentan con nuestra agencia de colocación para la incorporación de personal para la temporada.

Durante esta semana, esperan que estas ofertas de empleo se incrementen con nuevos puestos ofertados como Community Manager, Profesor de Inglés, esteticista y mecánico. En su página de Facebook y Twitter podrás mantenerte al día de las nuevas ofertas, también puedes visitar su página web www.contrato10.es.

Acceder a las ofertas de empleo

Si estás interesado en participar en algún proceso de selección, suscríbete a las ofertas de empleo en la página web de nuestra agencia de colocación oficial, Contrato10 y envía tu currículum.

¡Suerte a todos los candidatos/as!


Novedad: Contrato10 obtiene el sello de Empresa Comprometida con el Empleo Juvenil


 

Ayuda para contratar a mayores de 45 años en Andalucía

Ayuda para contratar a mayores de 45 años en Andalucía

Recientemente se ha aprobado una convocatoria que dedica incentivos a la contratación de personas desempleadas mayores de 45 años, otorgando una compensación económica si es de forma indefinida. La Ley 2/2015, de 29 de diciembre, quiere incentivar la contratación de uno de los colectivos más afectados por la crisis y con mayor dificultad en su incorporación al mercado laboral.

Conoce la ayuda para contratar a mayores de 45 años en Andalucía:

Cuantía de la ayuda:

La cuantía de la ayuda consiste en  6.000 euros a tanto alzado por cada contrato indefinido, y de 7.500 euros si se formaliza con una persona con discapacidad reconocida igual o superior al 33%.

Entidades beneficiarias:

Empresas (incluidas las de economía social), autónomos y entidades sin personalidad jurídica, con centro en Andalucía.

Requisitos del contrato:

  • Contrato indefinido a jornada completa.
  • Mantenimiento del contrato, como mínimo, de 12 meses.

Perfil del trabajador:

  • Personas desempleadas de larga duración mayores de 45 años.

Desempleados de larga duración: Que hayan estado inscritas como demandantes de empleo en el SAE durante 12 meses, en los 18 meses inmediatamente anteriores. Si han estado inscritos como trabajadores en el régimen agrario, tan solo se les requerirá estar inscritos como demandantes de empleo durante 6 meses en los 9 meses inmediatamente anteriores.

Solicitud, plazos y pago:

La empresas deberán realizar la solicitud en un plazo máximo de 1 mes desde la formalización del contrato, de forma telemática. Para ello es necesario disponer de certificado electrónico.

En el plazo aproximado de 3 meses, se notificará mediante resolución de concesión, la cuantía y los plazos previstos. Se realizarán dos pagos: un adelanto de hasta el 50% de la ayuda y el resto, tras justificar el cumplimiento de los requisitos de mantenimiento de empleo.

Si el contrato causa baja:

Si la baja es por causas no imputables a la empresa, se deberá sustituir al trabajador en el plazo de 1 mes por otra persona en las mismas condiciones, notificando en 1 mes al Servicio Andaluz de Empleo ambas situaciones.

Compatibilidad con otras subvenciones:

Es compatible con otras ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración, siempre que el importe no supere el coste de la actuación incentivada.

Exclusiones:

  • Contrataciones al cónyuge y familiares hasta el segundo de consanguinidad.
  • Contrataciones de ETT.
  • Haber sido condenadas por sentencia firme o sancionadas, en los últimos 3 años, por incumplimiento de la normativa en materia de prevención de riesgos laborales.
  • Empresas condenadas por despido declarado improcedente en el año inmediatamente anterior.
  • Haber sido condenadas por sentencia firme o sancionadas, por tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias.
  • Concurrir en alguna de las circunstancias previstas en el articulo 13.2 de la Ley 38/2003, DE 17 de noviembre.

 

Fuente: BOJA.

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