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Ayudas de la Cámara de Comercio de 4.950 € para contratar

Ayudas de la Cámara de Comercio de 4.950 € para contratar

Ya han comenzado a publicarse las ayudas de la Cámara de Comercio de 4.950 € para contratar.

Recientemente se han publicado las bases para solicitar la ayuda de la Cámara de Comercio de Granada, cuyo plazo de solicitud va desde el 14 de julio de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022, o hasta agotar presupuesto.

Se trata de una línea de ayudas económicas destinadas a fomenta la creación de empleo de jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Los jóvenes se benefician también de la realización de acciones formativas a través de PICE, el Programa Integral de Cualificación y Empleo, que han puesto en marcha en las Cámaras de Comercio.

Si te interesa solicitar la ayuda, puedes ponerte en contacto con tu Cámara de Comercio para cumplimentar la documentación necesaria o con nuestra Agencia de Colocación, que dispone de una bolsa de empleo específica de beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Esta ayuda es muy interesante, ya que es totalmente compatible con el contrato de formación en alternancia y su bonificación del 100% en los seguros sociales.

 

¿En qué consiste la ayuda para contratar de las Cámaras de Comercio? Programa PICE 2022

Las Cámaras de Comercio ya han comenzado a publicar la nueva convocatoria en la que conceden subvenciones por cada contratación de 4.950 euros.

En algunos casos habrá límites de ayudas que podrán concederse a una misma empresa.

Algunas Cámaras de Comercio como la de Granada, Córdoba o Sevilla ya han publicado las bases y requisitos para acceder a las ayudas PICE para la contratación.

En el caso de Granada y Córdoba, las Cámaras de Comercio han establecido en el marco de la convocatoria que una misma empresa no podrá exceder de 10 ayudas.

Cada Cámara establecerá los límites máximos de concesión de ayudas.

Contrato de formación en alternancia blog

¿Qué requisitos debo cumplir para acceder a las ayudas PICE para la contratación?

Podrán acceder a las ayudas PICE todas las empresas (independientemente de cuál sea su forma jurídica), autónomos, entidades privadas sin ánimo de lucro, comunidades de bienes y sociedades civiles, fundaciones, federaciones o confederaciones, que cumplan los siguientes requisitos:

  • Contratar a jóvenes menores de 30 años inscritos en Garantía Juvenil (Estos tendrán que realizar una orientación dentro del programa PICE).
  • Los tipos de contratos subvencionados son: indefinidos, contratos temporales por 6 meses vinculados a circunstancias de la producción, contratos de formación en alternancia y de prácticas.
  • De forma excepcional se podrá conceder la ayuda a las empresas por la firma de contratos temporales firmados con fecha anterior al 31 de marzo de 2022.
  • Y de contratos para obra y servicio firmados antes del 31 de diciembre de 2021, que cumplan el resto de requisitos en la presente convocatoria, tengan un duración de al menos 6 meses y se encuentren en vigor en el momento de presentación de la solicitud.
  • Sólo se admitirán contratos a jornada completa.
  • Duración mínima del contrato 6 meses.
  • Mantener el nivel de empleo alcanzado durante los primeros 6 meses a contar desde la firma del contrato.
  • Incluir una cláusula en el contrato, donde se refleje «Cofinanciación por el Fondo Social Europeo en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020».
  • Las personas contratadas no pueden haber tenido relación laboral en los 6 meses previos con la misma empresa (excepto si se trata de prácticas no laborales).

 

¿El contrato de formación en alternancia es compatible con la ayuda PICE?

Así es. El contrato de formación en alternancia está entre las modalidades admitidas para esta subvención.

Se puede compatibilizar la bonificación del 100% en las cuotas de la Seguridad Social (75% si la empresa tiene más de 250 trabajadores) y la bonificación del 100% de la formación en los Seguros Sociales, con la ayuda de 4.950 euros.

 

¿Qué beneficios aportan el Plan PICE y el contrato de formación en alternancia?

Las empresas que firmen un contrato de formación en alternancia y además reciban la ayuda del Programa PICE podrán disfrutar de la ayuda de 4.950€ más las bonificaciones que conlleva el contrato de formación en alternancia.

Tendrán una reducción del 100% de los Seguros Sociales (75% si las empresas tienen más de 250 trabajadores), disfrutarán de una bonificación del 100% de la formación teórica y una bonificación adicional de entre 60 y 80 € en concepto de tutorización.

Además, los jóvenes con los que se firme el contrato recibirán una formación tanto práctica como teórica que les permitirá acceder al mercado laboral con grandes competencias.

 

¿Cómo se solicita la ayuda a la contratación de la Cámara de Comercio?

Puedes solicitar esta ayuda si contratas a un joven que cumpla los anteriores requisitos, cuyo inicio de contrato sea, como muy tarde, el 31 de diciembre de 2022.

Antes de contratar, contacta con tu Cámara de Comercio para la inscripción del trabajador/a en el programa PICE y Garantía Juvenil.

Una vez formalizado el contrato, deberás presentar la solicitud de forma telemática a través de la sede electrónica de la Cámara antes de las 23:30 horas del 31 de diciembre de 2022

El plazo máximo para resolver y notificar la concesión será de 3 meses, otorgándose de forma directa por estricto orden de registro de entrada.

Ojo, el pago se realizará previa justificación del mantenimiento de empleo a los 6 meses y dispondrás de 30 días naturales para acreditarlo desde la finalización de la obligación de mantenimiento.

 

¿Qué ocurre si el contrato se da de baja antes de los 6 meses?

  • Si la baja es por causas no imputables a la empresa, se deberá sustituir al trabajador en el plazo de 10 días, por otro trabajador en las mismas condiciones por las que solicitó la ayuda, y deberá notificarlo en 10 días a su Cámara de Comercio.
  • Si las causas son imputables a la empresa, no podrá sustituir al trabajador y deberá devolver la ayuda.

 

Compatibilidad con otras subvenciones:

Es incompatible con otras ayudas para la misma finalidad, a excepción de las bonificaciones o reducciones en las cuotas a la Seguridad Social que correspondan.

 

Exclusiones:

  • Contrataciones al cónyuge y familiares hasta el segundo de consanguinidad.
  • Contrataciones de ETT y de la Administración Pública..
  • En caso de persona jurídica o entidad en régimen de atribución de rentas, se excluyen la participación como socio, comunero o similar cuando esta se circunscriba a aportaciones de capital.
  • Empresas condenadas por despido declarado improcedente en los 6 meses anteriores.
  • No estar al corriente en las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
  • Contrataciones a jóvenes que hubiesen estado vinculados con la empresa en los seis meses anteriores a la formalización del contrato.
  • Las contrataciones que afecten a socios trabajadores o de trabajo de Empresas de la Economía Social.
  • Haber sido condenadas por sentencia firme o sancionadas, por tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias.
  • Concurrir en alguna de las circunstancias previstas en el articulo 13.2 de la Ley 38/2003, DE 17 de noviembre.
  • No se podrá conceder la ayuda a la empresa solicitante si en el momento de entrada en vigor del contrato el joven tiene 30 o más años, independientemente de su estado en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (SNGJ).

Te aconsejamos consultar previamente con tu Cámara de Comercio, te informarán si existe disponibilidad de fondos, ya que la concesión de la ayuda dependerá de la partida presupuestaría de cada provincia.

Los requisitos y condiciones pueden variar según cada Cámara de Comercio.

 

Desde Grupo2000 te ayudamos a tramitar tu contrato de formación en alternancia

Nuestro equipo te ayudará y te asesorará sobre todos los trámites para firmar un contrato de formación en alternancia.

Somos centro acreditado por el Servicio Público de Empleo Estatal para impartir la formación de Catálogo de Especialidades formativas del Sistema Nacional de Empleo.

Contacta con nosotros en el 958 80 67 60 o en nuestro chat online y benefíciate de estas ayudas.

Fuente: Cámaras de Comercio

Contrato de formación en alternancia blog
Nuevas ayudas para jóvenes emprendedores de 1.800 euros

Nuevas ayudas para jóvenes emprendedores de 1.800 euros

Continuamos desgranando el Programa Integral de Cualificación y Empleo, hoy os informamos sobre las nuevas ayudas para jóvenes emprendedores de 1.800 euros de las Cámaras de Comercio.

Se trata de un incentivo para todos los jóvenes que quieran iniciar una actividad empresarial y/o profesional puedan, fomentando así la creación y consolidación del empleo autónomo y el emprendimiento.

 

Cuantía de la ayuda:

La cuantía de la ayuda es de 1.800 euros por la puesta en marcha de una nueva actividad empresarial y/o profesional.

 

Requisitos:

  • Tanto en el momento del alta en el IAE, como del RETA, deberán de cumplirse los siguientes requisitos:
    • Ser jóvenes beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil (personas físicas).
    • Tener finalizado al menos el bloque de Orientación Vocacional, dentro del Plan de Captación que ofrece PICE en las Cámaras de Comercio. Algunas Cámaras de Comercio pueden establecer terminar el itinerario formativo al completo.
  • Mantener la actividad empresarial y/o profesional durante al menos 12 meses.
  • Se admite cualesquiera que sea la forma jurídica de la actividad empresarial/profesional.

Se otorgará una ayuda por actividad empresarial, con independencia de que en la misma participe más de un joven que reúna los requisitos.

 

Solicitud, plazos y pago:

La solicitud se puede realizar desde la entrada en vigor de cada convocatoria en su Cámara de Comercio, hasta el 30 de diciembre de 2016. La concesión es de forma directa por estricto orden de registro de entrada, estableciéndose el plazo de 3 meses para notificar la concesión.

El pago de la ayuda esta condicionado a la justificación del mantenimiento de la actividad empresarial y/o profesional durante 12 meses. El plazo para acreditarlo es de 30 días naturales, desde la finalización de la obligación de mantenimiento.

 

Compatibilidad con otras subvenciones:

Es incompatible con otras ayudas para la misma finalidad, a excepción de las bonificaciones o reducciones en las cuotas a la Seguridad Social que correspondan. Es compatible con la Tarifa Plana de 50 euros.

Son ayudas acogidas al régimen mínimis, en donde la ayuda total de mínimis, concedida a una única empresa no será superior a 200.00 euros durante cualquier periodo de los tres ejercicios fiscales, o superior a 100.000 euros si se trata de una única empresa que realice por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancía por carretera.

 

Exclusiones:

  • No es compatible el alta simultánea en otros Regímenes de la Seguridad Social.
  • En caso de persona jurídica o entidad en régimen de atribución de rentas, se excluyen la participación como socio, comunero o similar cuando esta se circunscriba a aportaciones de capital.
  • No estar al corriente en las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
  • Concurrir en alguna de las circunstancias previstas en el articulo 13.2 de la Ley 38/2003, DE 17 de noviembre.

 

Si estás interesado/a en solicitar la ayuda, tan sólo debes ponerte en contacto con tu Cámara de Comercio para comprobar que se ha aprobado la convocatoria para tu provincia y cumplimentar la documentación necesaria. Además puedes inscribirse en algunos de sus planes específicos como el Plan de Captación o de Movilidad.

También pueden interesarte estas ayudas para tu empresa:

Ayudas de hasta 15.000 euros por implantar soluciones Cloud en la empresa

Ayudas y subvenciones para mujeres emprendedoras

Ayuda que para pymes y autónomos que puedes solicitar en 2016

 

Fuente: Cámaras de Comercio

 

Ayudas y subvenciones para mujeres emprendedoras

Ayudas y subvenciones para mujeres emprendedoras

España es considerado a nivel europeo uno de los países más destacados en el desarrollo de nuevas empresas. En dos años, la tasa de actividad emprendedora de España (TEA) ha aumentado casi un 5% con respecto a los anteriores. Los últimos datos, además, nos muestran cómo cada vez más mujeres emprenden y destacan de manera positiva en los negocios. Este movimiento ha sido propiciado por las ayudas y subvenciones disponibles para mujeres emprendedoras.

El Gobierno, instituciones como las Cámaras de Comercio, asociaciones de emprendedores y diferentes iniciativas privadas han sabido potenciar el talento emprendedor de la mujer en nuestro país y se suman para apoyar, cada día, las ideas y el talento de miles de emprendedoras.

Grupo 2000, quiere sumarse a todas estas instituciones dando difusión a algunos de los mejores proyectos que aportan ventajas para las mujeres emprendedoras. Hemos desarrollado este resumen, a modo de guía, para que puedas encontrar los mejores programas del país para mujeres emprendedoras.

Instituciones que impulsan el desarrollo empresarial de la mujer.

  • Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades de cada comunidad autónoma. El Instituto de la Mujeres es un instrumento de la Consejería de Empleo cuyo objetivo es mejorar la inserción laboral de la mujer. Ponen a disposición financiación y asesoramiento para emprendedoras y promoción profesional para mujeres.
  • Organización de Profesionales y Autónomos (OPA) cuenta con el programa ‘Apoyo a Emprendedoras’, en el encontrarás la forma de llevar a cabo tu proyecto gracias al apoyo de asesoramiento empresarial y financiación para mujeres emprendedoras.
  • Asociación Española de Mujeres Empresarias de Madrid (ASEME) cuenta con una larga trayectoria en el impulso de iniciativas mujeres emprendedoras no sólo en Madrid sino a nivel nacional. Si eres emprendedora te resultará interesante utilizar su programa de simulación de empresas para emprendedoras.

Programas y proyectos de apoyo a mujeres emprendedoras.

  • Programa de Apoyo Empresarial a las Mujeres (PAEM) promovido por la Cámara de Comercio de España, Fondo Social Europeo e Instituto de la Mujer. Cuenta con ayudas y subvenciones para la puesta en marcha de negocios en cada comunidad autónoma. Además en la web encontrarás simuladores, asesoramiento online y vías de financiación interesantes para mujeres emprendedoras.
  • Confederación Española de Jóvenes Emprendedores (CEAJE). Cuenta con el pack ‘Mujer Emprendedora’ que cubre las necesidades de asesoramiento y formalidades para correcta puesta en marcha de un negocio durante un periodo determinado de tiempo. Además, organiza congresos, conferencias y eventos interesantes para mujeres empresarias y emprendedoras.

Bonificaciones para mujeres emprendedoras, empresarias y autónomas.

Queremos recordar las bonificaciones en la base de cotización de la Seguridad Social que presentan especiales incentivos para mujeres empresarias. Las empresarias, autónomas y emprendedoras contarán con:

  • Bonificación adicional del 30% sobre la base de cotización por contingencias comunes para jóvenes autónomas (mujeres menores de 35 años). Esta bonificación permite disfrutar de 15 meses de reducción y otros 15 de bonificación de la base de cotización.
  • Bonificaciones de hasta el 100% de la aportación para las trabajadoras por descanso de maternidad, adopción, acogimiento, lactancia y riesgo durante el embarazo, entre otros.

Subvenciones y créditos para emprendedoras.

  • Microcréditos otorgados por el Ministerio de Igualdad, la Empresa y la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa (IPYME).
  • Empresa Nacional de la Innovación (ENINSA) cuenta con un programa de financiación para mujeres emprendedoras previo estudio de su idea de negocio.

Esperamos que todas estas ayudas e instituciones sirvan para que, durante todo este año podáis, poner en marcha todas vuestras ideas de negocio.

Además, os ponemos al día de otras ayudas y subvenciones que pueden resultar interesantes para emprendedores:


Última hora: Mapfre otorgará 400 ayudas a empresas para nuevas contrataciones


 

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