por Ángela M. Labrador | Jun 28, 2016 | autónomo, autonomos, ayuda contratación, ayudas Asturias, ayudas contratar 2016, ayudas contrato de formación, ayudas contrato formación, ayudas empresas 2016, ayudas y subvenciones, garantía juvenil, inscritos en Garantía Juvenil, jóvenes inscritos en garantía juvenil, subvenciones Asturias
Según la Estrategia Española de Activación para el Empleo 2014-2016, la formación en alternancia con la actividad laboral, encaminada a que los jóvenes mejoren su capacidad profesional y su cualificación, es uno de los objetivos más importantes para combatir el desempleo juvenil. Para ello se procede a la concesión de subvenciones a empresas asturianas que celebren contratos de formación y aprendizaje conducentes a certificados de profesionalidad.
Cuantía de la ayuda:
Hasta el 50% de los costes salariales para las contrataciones que se realicen hasta el 31 de julio de 2016. La duración de la ayuda, podrá ser de hasta 24 meses subvencionándose los costes salariales de los trabajadores en contrato de formación, entre ellos:
- Salario base
- Parte proporcional a pagas extraordinarias
- Complementos salariales derivados de convenios colectivos
- Cotización empresarial obligatoria a Seguridad Social.
Contrataciones de:
- Mayores de 16 años y menores de 25 años.
- Mayores de 25 años y menores de 30 que no tuviesen contrato indefinido en los seis meses inmediatamente anteriores.
Contrataciones de:
- Mayores de 16 años y menores de 25 años que no tuviesen contrato indefinido en los doce meses inmediatamente anteriores.
- Mayores de 25 años y menores de 30 que no tuviesen contrato indefinido en los veinticuatro meses inmediatamente anteriores.
- Mayores de 16 años y menores de 30 con discapacidad igual o superior al 33%.
Beneficiarios:
Empresas y autónomos para sus centros de trabajo en Asturias.
El autónomo puede contratar a su hijo, tanto si convive o no con él, aplicándose las reducciones y bonificaciones del contrato de formación y la subvención de Asturias. También puede contratar a un sólo familiar, menor de 30, que no conviva con él ni este a su cargo, si se trata de un autónomo sin asalariados.
Requisitos del contrato:
- Contratar a jóvenes inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
- Incremento neto del numero de trabajadores en plantilla, en comparación con la media de los doce meses previos al contrato.
- La actividad formativa inherente al contrato, deberá estar autorizada previamente a su inicio por el SEPE.
- Mantener el nivel de plantilla alcanzada con esa contratación y al trabajador en el periodo contratado.
- Duración inicial del contrato será la establecida en Convenio o Estatuto de los Trabajadores.
- El contrato de formación podrá ser el ordinario o el específico de Garantía Juvenil. Admite cualquiera de las dos opciones.
Solicitud, plazos y pago:
Los interesados pueden realizar la solicitud vía telemática o presencial en alguna de las oficinas de registro establecidas, en función del mes de contratación:
- Contrataciones de Mayo → Durante el mes de Junio (Del 1 al 30, ambos incluidos)
- Contrataciones de Junio → Durante el mes de Julio (Del 1 al 31, ambos incluidos)
- Contrataciones de Julio → Durante el mes de Agosto (Del 1 al 30, ambos incluidos)
La concesión es por concurrencia competitiva, siendo el plazo máximo para notificar la concesión de seis meses. Se realizarán justificaciones trimestrales y antes del pago, se tendrá que acreditar el mantenimiento de plantilla y estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Compatibilidad con otras subvenciones:
Es compatible con otras ayudas para la misma finalidad, siempre que no supere el 50% de los costes subvencionables. También es compatible con bonificaciones o reducciones en las cuotas a la Seguridad Social.
Exclusiones:
- Contrataciones al cónyuge y familiares hasta el segundo grado de consanguinidad, salvo en los casos establecidos.
- Contrataciones a socios de entidades sin personalidad jurídica.
- Contrataciones a administradores, apoderados y cargos de dirección de las empresas.
- Contrataciones a trabajadores que hubiesen estado en la misma empresa en los 6 meses anteriores como temporales, o en los 24 meses anteriores como indefinidos.
- Trabajadores que en los 3 meses anteriores estuviesen como indefinidos en distinta empresa.
- Haber realizado despidos declarados improcedentes en los doce meses anteriores.
- No acreditar el cumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
- Empresas pertenecientes al sector público.
- Incumplimiento de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
Fuente: Boletín Oficial del Principado de Asturias
por Ángela M. Labrador | Jun 27, 2016 | autónomo, autonomos, ayuda contratación, ayudas autónomos, ayudas contratar 2016, ayudas contrato de formación, ayudas contrato formación, ayudas empresas 2016, ayudas Galicia, ayudas y subvenciones, contrato de formacion, empresas, garantía juvenil, inscritos en Garantía Juvenil, jóvenes inscritos en garantía juvenil, Sin categoría, Sistema de Garantía Juvenil, transformación a indefinido
Hoy os damos a conocer la Convocatoria para 2016 de los Programas de Incentivos a la Contratación, en donde Galicia apuesta por el contrato de formación con ayudas de 1.200 euros. Se trata de incentivos a autónomos y empresas, que contraten mediante contrato de formación a las jóvenes inscritos en Garantía Juvenil. También contempla ayudas a la transformación a indefinido de dichos contratos.
Según la Orden de 29 de Diciembre de 2015, que establece las bases reguladoras y convocatoria del programa de incentivos a la contratación, su objetivo es la mejora de la empleabilidad y la inserción laboral de la juventud, aportándoles con el contrato de formación una formación profesional, teórica y práctica, de un oficio en su puesto de trabajo.
Cuantía de la ayuda:
Se subvencionarán con hasta 1.200 euros, los contratos de formación con duración de 12 meses, realizados hasta el 30 de septiembre de 2016 . En el caso de que la duración sea inferior, la cuantía será proporcional.
En el caso de que el contrato, de 12 meses, se celebre con mujeres, personas discapacitadas o en exclusión social, se incrementará en 240 euros, si se trata de empresas de sectores estratégicos, 600 euros más.
¿Cuáles son los Sectores estratégicos?
- Economía verde (energías renovables, vehículo verde, preservación ambiental)
- Economía de la Salud (Servicios a la 3 º Edad, servicios a la dependencia)
- Economía del conocimiento (TIC, audiovisual y cultura, biotecnología, tecnologías mecánicas y robotización)
- Economía azul.
Entidades beneficiarias:
Empresas y autónomos, cualesquiera que sea su forma jurídica. Las sociedades civiles y las comunidades de bienes (aunque carezcan de personalidad jurídica) que contraten en Galicia. No hay límite de contratos por empresa.
El autónomo puede contratar a su hijo, tanto si convive o no con él, aplicándose las reducciones y bonificaciones del contrato de formación, junto con la ayuda de Galicia. También puede contratar a un sólo familiar, menor de 30, que no conviva con él ni este a su cargo, si se trata de un autónomo sin asalariados.
Requisitos del contrato:
- Contratar a jóvenes inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
- El trabajador deberá estar desempleado en los 30 días anteriores.
- Cumplir la duración mínima del contrato establecida en Convenio o Estatuto de los Trabajadores.
- La actividad formativa inherente al contrato, deberá estar autorizada previamente a su inicio por la Dirección General de Orientación y Promoción Laboral de la Consellería de Economía, Empleo e Industria.
- Incrementar el empleo neto, respecto al mes anterior del mes de realización del contrato.
- Mantener al trabajador durante toda la vigencia que se estableciese en contrato.
Solicitud, plazos y pago:
La solicitud se podrá realizar vía telemática o presencial en la oficinas de la Consellería de Economía, Emprego e Industria. El plazo de presentación de las solicitudes será de 2 meses desde el inicio del contrato. Recordamos que se establece como fecha límite el 30 de septiembre para presentar solicitud de los contratos celebrados en el último periodo subvencionable.
La concesión es directa hasta agotar fondos, y se notificará en un plazo máximo de tres meses. Antes del pago, se deberá de justificar haber realizado la contratación conforme a los requisitos y estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Compatibilidad con otras subvenciones:
Es compatible con bonificaciones o reducciones en las cuotas a la Seguridad Social, al igual que con Tarifa Plana 50 euros de autónomos. No se puede compatibilizar con otras ayudas para la misma finalidad.
Exclusiones:
- Contrataciones al cónyuge y familiares hasta el segundo grado de consanguinidad, salvo en los casos establecidos.
- Contrataciones a trabajadores que hubiesen estado en la misma empresa en los 24 meses anteriores como indefinidos, o en los 3 meses anteriores con contrato temporal.
- Trabajadores que procedan de contrato indefinido en los últimos 3 meses previos al alta.
- Empresas pertenecientes al sector público.
- Incumplimiento de la Ley 9/2007 de Subvenciones de Galicia.
- No estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Empresas de los sectores de pesca y agricultura, producción primaria, exportación o agrícolas.
Fuente: Diario Oficial de Galicia
por Ángela M. Labrador | Jun 15, 2016 | ayuda contratación, ayudas Castilla León, ayudas contratar 2016, ayudas contrato de formación, ayudas contrato formación, ayudas empresas 2016, ayudas y subvenciones, contrato de formacion, empresas, garantía juvenil, jóvenes inscritos en garantía juvenil, subvenciones Castilla León, subvenciones contrato de formación
Una de las medidas aprobadas en la II Estrategia Integrada de Empleo, Formación Profesional, Prevención de Riesgos Laborales e Igualdad y Conciliación en el Empleo 2016 – 2020, es que Castilla y León subvenciona realizar contratos de formación con 3.000 euros.
Mediante estas subvenciones se pretende favorecer la empleabilidad de los colectivos más afectados por el desempleo, entre los que se encuentran los jóvenes desempleados y que no realizan formación. Según la Orden EMP/384/2016, del 4 de mayo, se fomenta la formalizacion de contratos para la formación y aprendizaje, con jóvenes inscritos en Sistema de Garantía Juvenil, promoviendo la formación en alternancia con la actividad laboral, que permita a los destinatarios mejorar su experiencia laboral.
Junto con esta ayuda de 3.000 euros, os recordamos que el contrato de formación tiene derecho a una reducción del 100% en las cuotas de la Seguridad Social (75% si la empresa tiene más de 250 trabajadores) y la bonificación del 100% de la formación en los Seguros Sociales. Una oportunidad para las pequeñas empresas con dificultades para contratar por su bajo presupuesto, ya que disminuye el coste de contratación considerablemente.
Esta ayuda sumada a los beneficios del contrato de formación: calculamos los costes por contratar para el puesto de camarero:
Salario: 725,32 € x 12 meses = 8.703,84 €
Seguridad Social 0 € x 12 meses = 0 €
Ayuda Castilla y León = 3.000 €
COSTES ANUALES CONTRATO DE FORMACIÓN CON AYUDA = 8.703,84 € – 3.000 € = 5.703,84 €.
Cuantía de la ayuda:
Se subvencionarán con 3.000€ cada contrato de formación realizado. No hay límite de ayudas solicitadas por empresa, teniendo en cuenta que están acogidas al régimen mínimis.
Entidades beneficiarias:
- Personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles que formalicen contratos de formación y aprendizaje en centros de trabajo de Castilla y León.
- Plantilla inferior a 100 trabajadores.
- Cumplir con la normativa sobre integración laboral de las personas con discapacidad.
- Estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Requisitos del contrato:
- Contratar a jóvenes inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
- El contrato de formación podrá ser el ordinario o el específico de Garantía Juvenil. Admite cualquiera de las dos opciones.
- La actividad formativa inherente al contrato, deberá estar autorizada previamente a su inicio por el SEPE.
- Duración inicial del contrato de 2 años.
- Mantenimiento de ese trabajador contratado con la subvención durante dos años.
- Contratos realizados hasta el 31 octubre de 2016.
Solicitud, plazos y pago:
La solicitud se podrá realizar por tres vías: telemática (con certificado digital), presencial en las oficinas de registro del SEPE o de Correos. Para la última opción deberá realizarse en sobre abierto, para que sea fechada y sellada.
El plazo de presentación de las solicitudes varía según la fecha de inicio del contrato.
- Contrataciones entre el 1 de enero y 27 de mayo de 2016 inclusive → el plazo será del 28 de Mayo al 27 de Julio de 2016.
- Contrataciones a partir del 28 de mayo de 2016 → el plazo será de 2 meses desde el inicio del contrato.
Importante, se establece como fecha límite el 15 de noviembre para presentar solicitud de los contratos celebrados en el último periodo subvencionable.
La concesión es directa por orden de presentación de solicitudes hasta agotar fondos, siendo el plazo máximo para notificar la concesión de seis meses. Antes del pago, se deberá de justificar haber realizado la contratación conforme a los requisitos y estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Compatibilidad con otras subvenciones:
Es incompatible con otras ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración, a excepción de las bonificaciones o reducciones en las cuotas a la Seguridad Social que correspondan. Compatible con Tarifa Plana 50 euros de autónomos.
Exclusiones:
- Contrataciones al cónyuge y familiares hasta el segundo grado de consanguinidad.
- Contrataciones a socios de las sociedades mercantiles solicitantes, o a quienes ostenten cargos de dirección o miembros del órganos de administración.
- Contrataciones a trabajadores que hubiesen estado en la misma empresa en los seis meses anteriores a la solicitud de la subvención.
- Empresas pertenecientes al sector público.
- Incumplimiento de la Ley 5/2008 de Subvenciones de Castilla y León, Ley 38/2003 General de Subvenciones y articulo 33 de la Ley 13/2005 de Medidas Financieras.
Fuente: Boletín Oficial de Castilla y León.
por Ángela M. Labrador | Abr 14, 2016 | autónomo, emprendedores, empresas, eventos, negocios, noticias
Hace algunos días os comentábamos que las Cámaras de Comercio de España estaban desarrollando muy buenos planes para la expansión internacional de pequeñas y medianas empresas como es el Plan XPANDE. Grandes programas de formación, asesoramiento y desarrollo de producto a nivel internacional de la mano de los expertos de la Cámara de Comercio de cada comunidad autónoma.
En este caso, queremos daros una noticia tan buena e interesante como la anterior y es que se activado, bajo la aprobación del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, un nuevo Plan de Internacionalización para empresas de Economía Social gracias a la colaboración de CEPES (Confederación Empresarial Española de la Economía Social) y Cámaras de Comercio de España.
Cabe destacar el apoyo que ambas instituciones han recibido para el desarrollo de este Plan de Internacionalización en empresas de Economía Social de instituciones tan reconocidas como son: la Confederación Española de Cooperativas de Trabajo Asociado (COCETA) y Confederación Empresarial de Sociedades Laborales de España (CONFESAL)
Este nuevo programa está dirigido a empresas, cooperativas y sociedades laborales relacionadas con la Economía Social interesadas en dar un salto al mercado exterior.
Las empresas de Economía Social se fundamentan como organizaciones democráticas en las que, se valora a la persona y al entorno por encima del rendimiento económico y sus beneficios son repartidos entre sus integrantes.
Estas empresas son generadoras de ‘cohesión social’ en los lugares donde se desarrollan ya que:
- Fomentan la contratación y la estabilidad laboral.
- Su actividad principal consiste en resolver crisis territoriales.
- Solventan problemas sectoriales.
- Son socialmente solidarias, participativas y emprendedoras incluyendo siempre en su organización a miembros en desventaja laboral como son colectivos sensibles a exclusión social, discapacitados o víctimas de violencia de género.
Este Plan de Internacionalización de Economía Social del que se podrán beneficiar las empresas e instituciones de economía social hasta el 30 de junio promete:
- Fomentar la participación y notoriedad de estas instituciones en foros y seminarios formativos del sector.
- Contar de forma gratuita con un plan específico e individual de internacionalización para garantizar el éxito en el exterior de las empresas de economía social participantes.
Ya son más de 6000 empresas en toda España participando en este nuevo Plan de Internacionalización de Economía Social y más de 500 actividades preparadas por las Cámaras que se celebrarán hasta el 30 de junio de 2016.
Algunas de las fechas y lugares más importantes donde se van a realizar estos foros son:
- Oviedo: 19 de abril de 2016.
- Valencia: 11 de mayo de 2016.
- Sevilla: 24 de mayo de 2016.
Y falta por cerrar la fecha para Madrid.
Animamos a todos a participar y compartir este tipo de iniciativas que apoyan la externalización de pymes, emprendedores y empresas que preparan las Cámaras de Comercio. Estaremos muy pendiente de cómo se van desarrollando y os indicaremos nuevas citas que se propongan en tu ciudad.
Puedes inscribirte aquí: Plan de Internacionalización de la economía social
por Ángela M. Labrador | Mar 29, 2016 | ayudas y subvenciones, emprendedores, empresas, negocios, noticias
El Ministerio de Industria, Energía y Turismo convoca un nuevo programa de ayudas para pequeñas y medianas empresas que fomentará la demanda de soluciones en la nube, ‘soluciones cloud’. El fin de esta ayuda es promover el aprovechamiento de internet y las nuevas tecnologías en el ámbito empresarial y laboral.
El programa se apoya en la entidad Red.es diseñada para fomentar el empleo entre empresas que apuesten por la vanguardia digital.
Las empresas que realicen esta adaptación podrán percibir unas ayudas de entre 625 Euros y 15.000 Euros por beneficiario que se corresponden con el 50%-80% del presupuesto subvencionable solicitado.
Creemos que es muy interesante esta propuesta del Ministerio para apoyar la digitalización de procesos empresariales así como su difusión entre emprendedores, empresas y pymes. Asesores, centros de formación y gestores de empresa debemos informar a nuestros clientes sobre este tipo de ayudas que fomentan su expansión.
¿Qué tipo de empresas pueden acceder a las ayudas de adopción cloud?
Todas las pequeñas y medianas empresas podrán solicitar el acceso a esta ayuda si cuentan con:
- Menos de 250 empleados.
- Volumen de negocio menor de 50 Millones de Euros.
- Domicilio fiscal en España.
- Hayan comenzado su actividad inicial antes de la publicación de estas bases.
Estas ayudas cuenta con el límite de la subvención que es de 40 millones de euros.
¿Qué tipo de solución en la nube cubre este programa de ayudas?
El Ministerio de Industria, Energía y Turismo ha puesto a disposición de las pymes un catálogo que recoge el tipo de solución que podrías implantar en tu empresa gracias a estas ayudas Red.es. Podrán solicitar las ayudas las empresas que inviertan en soluciones cloud dentro de cualquiera de estas categorías:
- Categoría 1. Puesto de usuario
- Categoría 2. Gestión económica
- Categoría 3. Gestión negocio
- Categoría 4. Relación con clientes
- Categoría 5. Gestión del punto de venta
- Categoría 6. Presencia en internet
- Categoría 7. Comercio electrónico
- Categoría 8. Infraestructura como servicio
- Categoría 9. Plataforma de desarrollo como servicio
- Categoría 10. Centralita virtual
¿Cómo se pueden solicitar las ayudas de adopción cloud?
Se podrán solicitar del 4 al 25 de mayo de 2016 a través de la sede electrónica de Red.es. En este enlace, podrás descargar los modelos a presentar y conocer las condiciones de la ayudas de adopción cloud. También puedes obtener más información en convocatorias@red.es, o a través del 901 900 333 (teléfono de atención de Red.es).
Gracias a estas ayudas del Ministerio de Industria, tu empresa podrá acceder a mejoras en tecnología digital muy convenientes y lograr su completa adaptación a las nuevas exigencias del mercado.
Fuente: Ministerio de Industria, Energía y Turismo