Seleccionar página
Así es la ayuda de 430 euros para los contratos de formación

Así es la ayuda de 430 euros para los contratos de formación

¡Novedad importante!

Esta ayuda ya no existe, finalizó el 1 de enero de 2019. No se podrá solicitar más.

Ayer la Ministra de Empleo, Fátima Báñez, anunció un conjunto de medidas que Empleo quiere desarrollar para fomentar el empleo joven, destinadas a jóvenes menores de 30 años. Entre ellas, destaca una ayuda de 430 euros para los contratos de formación y aprendizaje.

 

Así es la ayuda de 430 euros para los contratos de formación

La Ministra ha explicado en una rueda de prensa que esta ayuda de 430 euros mensuales, estaría dirigida a los jóvenes desempleados, inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, con dificultades de inserción, que sean contratados mediante un contrato de formación y aprendizaje. La ayuda tendría, en principio, una duración máxima de 18 meses.

Se trataría de un complemento salarial, que haría que su salario se incrementase 430 euros todos los meses. Por ejemplo, si el salario que les corresponde, en proporción a la jornada que realizan (75% durante el primer año) fuese de 700 euros, al recibir la ayuda, la cantidad final que recibirían sería de 1130 euros. (Obviamente, esto es orientativo, ya que el salario del contrato de formación variará según lo que indique el convenio colectivo de cada área profesional).

Esta medida podría beneficiar a más de 800.000 jóvenes ya inscritos en Garantía Juvenil, cifra que se espera aumente considerablemente si se ponen en marcha estas ayudas.

El Gobierno apuesta por el contrato de formación como una vía efectiva de inserción laboral

El Gobierno, que ya había manifestado en anteriores ocasiones su apuesta por el contrato de formación y aprendizaje como instrumento efectivo para la inserción laboral de este colectivo, quiere convertirlo en su buque insignia en su lucha contra el desempleo juvenil.

Fátima Báñez ha declarado que este modelo de contrato reúne los dos objetivos que pretende conseguir, tanto el Gobierno español, como Europa, que los jóvenes accedan al mundo laboral, y que reciban formación.

Recordamos que con esta modalidad contractual los trabajadores pueden obtener una formación oficial de Certificado de Profesionalidad, de forma gratuita.

Además, las empresas también reciben grandes beneficios con el contrato de formación, ya que disfrutan durante toda su vigencia de tres bonificaciones, convirtiéndolo en la modalidad bonificada que más ventajas aporta actualmente.

Las empresas aplican una bonificación del 100% en los seguros sociales, bonifican el 100% del importe de la formación que recibe el trabajador, y ahora también reciben una bonificación adicional de entre 60 y 80 euros.

 

Nuevas bonificaciones por la transformación de contratos de formación en indefinidos 

Actualmente, las empresas que deciden transformar el contrato de formación, a su finalización, en contrato indefinido, acceden a una bonificación anual de 1.500 euros durante 3 años, 1.800 si se trata de una trabajadora.

Según Fátima Báñez, se van a plantear incrementar la bonificación de cuotas en los seguros sociales para estas transformaciones. En principio, parece que la bonificación alcanzaría el 50% del pago en cotizaciones durante 3 años.

Ambas medidas van a ser planteadas durante la próxima semana a los interlocutores sociales y comunidades autónomas.

A continuación, podéis ver las declaraciones completas de la Ministra en su rueda de prensa:

En Grupo2000 estaremos muy pendientes de estas medidas, que a día de hoy son solamente una propuesta, tendrán que ser aprobadas por el Gobierno.

Se prevé que no haya mucha demora, ya que según indica el Gobierno, se financiarían con una partida de los Presupuestos Generales del Estado de 2017.

Para cualquier consulta, os atenderemos encantados en el teléfono 958 806 760, o en nuestro chat online.

 

Fuente: Gobierno de España.

 

También te pueden interesar los siguientes artículos sobre el contrato de formación:

Ayuda para contratos de formación realizados a jóvenes con discapacidad.

Nuevas opciones para inscribirse en el Sistema de Garantía Juvenil.

 

 

 

Ayuda para contratos de formación realizados a jóvenes con discapacidad

Ayuda para contratos de formación realizados a jóvenes con discapacidad

Recientemente, la Fundación Once ha publicado una convocatoria en la que se establece una ayuda para contratos de formación realizados a jóvenes con discapacidad.

 

Cuantía de la ayuda

Se ofrece una subvención de hasta 18 meses por la contratación, el importe concedido supondría el 80% de las retribuciones brutas pactadas con la empresa o fijadas en convenio colectivo.

El importe mensual de la ayuda que podrá ser concedida por trabajador contratado estará comprendido entre el SMI 707,60 y 1.061,40 €. Por lo que el importe total que recibirá la empresa podrá ser desde 9.906,40 € hasta 22.289,40 €.

La ayuda está sujeta al límite establecido por la regla de minimis y adicionalmente se establece un límite máximo de ayuda por grupo empresarial de 500.000 euros.

Una vez que reciban la resolución de la concesión, las empresas podrán solicitar una ayuda de hasta 1.000 € para adaptación del puesto de trabajo de la persona contratada.

 

Compatible con los beneficios en seguros sociales del contrato de formación y aprendizaje

Esta ayuda es compatible con las bonificaciones en los seguros sociales del contrato de formación y aprendizaje, por lo que la empresa tampoco pagaría seguros sociales durante la vigencia del contrato.

Además, la formación teórica oficial que recibiría el trabajador inherente a su contrato, también estaría bonificada al 100%. Y la empresa recibiría una bonificación adicional de entre 60 y 80 euros en concepto de tutorización.

 

Requisitos para obtener la ayuda a la contratación de la Once

  • Contratar a jóvenes con discapacidad inscritos en Garantía Juvenil.
  • Realizar un contrato de formación y aprendizaje por una duración mínima de un año.
  • La contratación deberá suponer un incremento neto de la plantilla comparado a la plantilla total media en los 30 días naturales previos al alta.
  • Mantener dicha contratación al menos durante 6 meses. En el caso de que se finalice la contratación antes del año, deberá ser por causas ajenas a la empresa.
  • Aplicable para contrataciones realizadas desde el 1 de enero de 2017.

 

Requisitos que deben cumplir los trabajadores contratados

  1. Tener un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%.
  2. Personas que tengan entre 16 y 29 años en el momento de formalizar el contrato.
  3. Estar inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil de forma previa al alta del contrato.

 

Beneficiarios de la ayuda

Podrán optar a esta ayuda empresas y empleadores, independientemente de su forma jurídica, que estén establecidos en España.

Se excluyen como beneficiarias entidades del sector estatal, autonómico y local.

Las empresas deberán cumplir las obligaciones establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Así mismo, deberán cumplir con la legalidad vigente en materia laboral y de prevención de riesgos laborales.

Deberán solicitar la ayuda aportando toda la documentación necesaria, y posteriomente, justificar adecuadamente el cumplimiento de todas las obligaciones vinculadas a la subvención.

 

Plazos de presentación y solicitud de la ayuda de la Fundación ONCE

Se podrá solicitar la ayuda desde inicios de 2017 hasta fin de fondos de la ayuda.

Para la solicitud, tendréis que descargar el formulario oficial y se presentará uno por cada joven contratado, junto con la documentación que se indica en las bases de la convocatoria.

 

Fuente: Fundación ONCE.

 

 

Grupo2000 colabora de nuevo en la semana urbana solidaria

Grupo2000 colabora de nuevo en la semana urbana solidaria

Grupo2000 colabora de nuevo este año en la semana urbana solidaria. Nos sentimos muy afortunados de poder aportar nuestro granito de arena a estas jornadas, destinadas a niños en riesgo de exclusión, que les permiten disfrutar de unos días estupendos y divertidos en este campamento.

Tras el éxito de la primera convocatoria, la Asociación Solidaria Del Revés ha organizado este año un nuevo campamento, que acogerá a decenas de niños granadinos.

Este artículo queremos dedicárselo a ellos, Asociación Solidaria Del Revés, queremos dar difusión a su excelente labor y que conozcas de primera mano cómo son estos campamentos. Y qué mejor forma de hacerlo, que a través de esta entrevista que nos ha concedido su presidenta, e incluimos a continuación:

 

¿Cómo surgió esta iniciativa? Contadnos un poco sobre vuestra asociación.

La Asociación Solidaria Del Revés surge a raíz de la participación como organizadores y monitores en campamentos. Nos apuntamos a esta actividad, sin conocernos muchos entre nosotros, sin ningún pensamiento en relación a crear una asociación o un proyecto con vocación de permanencia, pero, habiéndolo vivido, nos enamoró y creímos conveniente dotarnos de una institución y una estructura que nos permitiera acogernos a cierto tipo de ayudas, funcionar de una forma más oficial, hacer algo que pueda dar lugar a otros proyectos relacionados.

 

¿A quién está destinado este campamento? ¿Cómo pueden acceder los niños a esta actividad?

Aunque la idea para un futuro es realizar otro tipo de proyectos que abarquen a más edades y perfiles, ahora mismo, que acabamos de empezar a funcionar, toda nuestra actividad se centra en la Semana Urbana Solidaria, destinada a menores de entre 7 y 11 años de Atarfe o de municipios cercanos. Es un campamento de inclusión, en él conviven menores en riesgo de exclusión, que acceden a la inscripción a través de sus colegios. Trabajamos con los equipos directivos de los colegios de la zona, ellos mismos son los que hacen una preselección de los niños y niñas a los que beneficiaría especialmente esta actividad. Después se les entregan a dichos menores las inscripciones y ya son sus familias las que deciden que participen o no.

 

¿Qué creéis que ha aportado a los niños que participaron en 2016?

Pensamos que les aportó muchas cosas, pero sobre todo cariño, convivencia, ilusión… Muchos de nuestros participantes viven en entornos que no son fáciles, y brindarles la posibilidad de salir de ellos durante unos días, de ser niños de verdad, es todo un regalo para ellos. No querían que terminara (nosotros tampoco, jeje) y se fueron todos felices, emocionados y entusiasmados por volver a participar este verano.

Alumnos disfrutando de las actividades de la semana urbana solidaria

Los participantes en las anteriores jornadas, disfrutando de las actividades de la semana urbana solidaria

A vosotros, como profesionales, ¿qué es lo que más os llena de este proyecto?

El hecho de que sea solidario. Algunos de nosotros habíamos tenido experiencias de este tipo, también solidarias, pero muchos otros no. Hacer algo por el mero hecho de ayudar a otros a estar mejor y ser más felices llena de tal forma que engancha, y, una vez que has metido en tu vida esto del voluntariado, es difícil dejar de hacerlo porque no encuentras nada que te llene ese hueco, ese vacío. En definitiva, supone sentirte bien por dar tu tiempo, algo que no cuesta nada pero a la vez es lo más preciado que tenemos.

 

 

¿Hay algún participante o situación que os haya llegado especialmente?

Como funcionamos por grupos durante todo el campamento, a cada monitor nos llegó por alguna razón cada uno de nuestros niños, pero sí es verdad que hay situaciones duras, realidades espeluznantes a las que algunos de los pequeños se tienen que enfrentar, que no se olvidan. Todos los días nos reuníamos el equipo de monitores para evaluar las actividades y la marcha del campamento, y siempre había alguna historia que contar o anécdota que compartir, porque también nos reímos mucho con ellos.

 

¿Cómo pueden colaborar las empresas con la Semana Urbana Solidaria?

Se puede colaborar tanto económicamente, como en especie, proporcionando material que vayamos a necesitar durante el campamento (material escolar, deportivo, alimentos, etc.). Nosotros realizamos una previsión y un presupuesto que podemos facilitar a cualquier empresa o persona interesada, de esa forma puede elegir cómo colaborar y con qué, y es más cómodo tanto para la institución como para nosotros.

Para concluir, decir que si tu empresa quiere colaborar con esta iniciativa, todavía está a tiempo. Simplemente tienes que ponerte en contacto con ellos y ver de qué manera puedes contribuir.

Así es la nueva instrucción de la Inspección sobre el registro de la jornada

Así es la nueva instrucción de la Inspección sobre el registro de la jornada

¡Novedad importante!

Nueva normativa en materia de registro de la jornada. El registro ahora se debe hacer para todos los trabajadores. Te contamos todas las novedades aquí.

Como ya te adelantábamos hace unas semanas, una nueva jurisprudencia ha repercutido en las directrices que seguía la Inspección de Trabajo, en relación a la polémica sobre la obligación para las empresas de llevar un registro de horas de todos sus trabajadores. Pues bien, en los últimos días, han tenido que rectificar, y nosotros te lo contamos con todo detalle. Así es la nueva instrucción de la inspección sobre el registro de la jornada:

La nueva Instrucción 1/2017, de la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social es complementaria a la instrucción 3/2016, sobre la intensificación del control en materia de tiempo de trabajo y de horas extraordinarias.

En ella se incluyen los argumentos de las sentencias 246/2017 y 338/2017 del Tribunal Supremo, destacando los siguientes:

  1. La obligación de registrar la jornada de toda la plantilla (recordamos que los contratos a tiempo parcial sí están obligados) se reduce al registro de las horas extraordinarias.
  2. La «falta de tipificación de la LISOS de la falta de llevanza o incorrecta llevanza del registro», pudiendo ser en todo caso una falta leve, meramente documental.
  3. Los tribunales no pueden suplir al legislador e imponer un sistema de control de horario a las empresas, cuando la normativa no lo establece.

Así mismo, se menciona que la empresa, para poder demostrar que el trabajador ha realizado unas horas extras determinadas, deberá llevar el registro de las horas extraordinarias. Esto podría ser determinante frente a un proceso judicial.

En consecuencia, la actuación que va a llevar a cabo la Inspección respecto al registro de la jornada va a basarse en las siguientes directrices:

  • La obligación del registro de la jornada, no se va a exigir con carácter general, ya que no es constitutiva de una infracción del orden social.
  • Aunque no se exija el registro de la jornada, sí se va a seguir controlando el tiempo de trabajo, vigilando que se respeten los periodos legalmente establecidos.
  • Se controlará el número de horas extraordinarias, verificando que no se haya excedido el límite legal anual permitido.
  • Se seguirá exigiendo el registro de la jornada en los contrato a tiempo parcial, o de trabajadores móviles en el transporte por carretera, de la marina mercante y ferroviarios, ya que existen normas que regulan expresamente el registro de las horas de trabajo de estos.

Para concluir, queremos destacar que en todo momento se dice en la instrucción que, aunque no se pueda exigir legalmente el registro de la jornada de forma extensiva, este hecho no impide que la Inspección ejerza sus competencias para garantizar el cumplimiento de los tiempos máximos legales permitidos.

Para ello, podrán «desplegar las actuaciones de comprobación pertinentes a efectos de reflejar los hechos». Y paradójicamente, todos los mecanismos que han estado instalando las empresas en los últimos meses, pueden ser utilizados como «un posible medio de prueba allí donde esté implantado».

Y por último, afirmar que, tras la lectura de esta instrucción, por fin queda perfectamente claro que no será posible recoger como infracción la falta del registro de la jornada diario para el resto de trabajadores, solo será obligatorio para los casos que hemos citado anteriormente.

Fuente: Instrucción 1/2017.

Nuestra agencia de colocación selecciona más de 100 puestos para cadena hotelera

Nuestra agencia de colocación selecciona más de 100 puestos para cadena hotelera

Nuestra agencia de colocación, Contrato10, está seleccionando más de 100 puestos para una importante cadena hotelera. Os comentamos todos los detalles de esta oferta de empleo a continuación:

Se trata de una oferta de empleo dentro del área hostelera, para la que se van a precisar cubrir más de 100 puestos.

La selección se va a realizar en diferentes convocatorias, a lo largo de los próximos meses. Con el objeto de cubrir las necesidades de personal de diferentes hoteles en todo el territorio nacional.

 

¿Qué puestos se solicitan?

Los puestos solicitados serán para diferentes departamentos de la industria hotelera, entre ellos, los siguientes:

  • Camareros/as.
  • Recepcionistas.
  • Camareros/as de pisos.
  • Pinches de cocina.

Las ofertas de empleo de cada convocatoria se irán publicando en las próximas semanas en la página web de nuestra agencia de colocación oficial, Contrato10.

 

¿Cómo puedo enviar mi currículum y acceder al proceso de selección de personal?

Para participar, simplemente tienes que dirigirte a su página web www.contrato10.es, donde deberás inscribirte (si todavía no lo has hecho) y enviar tu currículum.

Una vez que te hayas inscrito, accede a la sección de ofertas de empleo y allí te podrás apuntar aquellas que te interesen.

Además, desde tu sesión de inicio podrás ir consultando el estado de tu candidatura en cada una de las ofertas, elaborar tu currículum con los datos que hayas introducido en la web, o solicitar un certificado de búsqueda de activa de empleo.

En tu área privada también puedes introducir las diferentes categorías de empleos que sobre las que te gustaría estar informado, y así, recibirás vía email alertas con todas las nuevas ofertas que te interesan.

Si estas ofertas no se adaptan a tu perfil, te recomendamos igualmente inscribirte a Contrato10, ya que en su web publican ofertas de empleo de todo tipo de sectores, y para todas las provincias de España.

¿Conoces a alguien a quién pueda interesar este artículo? Te agradeceríamos que nos ayudases a darle difusión ¡Gracias por compartir!

 

También te pueden interesar los siguientes artículos:

Se flexibilizan los requisitos para que los jóvenes se inscriban en el Sistema de Garantía Juvenil.

Cómo hacer un currículum vitae.

 

 

Modelos para declarar impuestos que desaparecen con la entrada de SII

Modelos para declarar impuestos que desaparecen con la entrada de SII

Quedan ya muy poquitos meses para comenzar a trabajar a través del nuevo sistema para la liquidación del IVA mensual, llamado Suministro Inmediato de Información del IVA, más conocido como SII. Con la entrada de SII, hay modelos para declarar impuestos que desaparecen. Lo vemos todo a continuación.

 

¿Qué es SII?

SII o Suministro Inmediato de información es el nuevo sistema de Hacienda a través del que los usuarios deberán llevar los libros obligatorios de IVA. Este nuevo sistema es íntegramente online y permitirá que se envíen las facturas casi en tiempo real, ya que se reduce el plazo a 4 días.

Hacemos un poco de memoria y recordamos que el año pasado se publicó el Real Decreto 596/2016, para la modernización, mejora e impulso del uso de medios electrónicos en la gestión del Impuesto sobre el Valor Añadido, que ya introducía el nuevo funcionamiento de esta liquidación, así como diferentes novedades para adaptar el sistema a éste.

El fin de este nueva aplicación es luchar contra el fraude fiscal, ya que permitirá que se crucen los datos de las empresas y se contrasten.

Los sujetos obligados a utilizar SII deberán llevar los siguientes libros de IVA:

  • Libro de facturas emitidas.
  • Libro de facturas recibidas.
  • Libro de operaciones intracomunitarias.
  • Libro de bienes de inversión.

 

Modelos para declarar impuestos que desaparecen con la entrada de SII

Con el nuevo sistema hay varios modelos que ya no tendrás que enviar, puesto que desaparecen. Los vemos a continuación:

 

  • Modelo 347. Declaración anual de operaciones con terceros.
  • Modelo 340. Declaración informativa de operaciones incluidas en los libros registro.
  • Modelo 390. Declaración Resumen Anual.

 

Con SII, este tipo de gestiones no tienen sentido, ya que AEAT dispondrá de todos los datos de facturación de tu empresa. El lado positivo es que te evitarás todo el papeleo y trámites que implican.

 

¿Cuándo entra en vigor SII?

Quedan apenas unos meses para que los inscritos en REDEME, grandes empresas y grupos de IVA, que son los sujetos obligados en principio a usar este sistema, comiencen a utilizarlo. A partir del 1 de julio de 2017 tendrán que hacer todas las gestiones relativas a sus facturas e impuestos relacionados a través de SII.

Como AEAT precisa en su sistema los registros correspondientes al primer semestre, para poder tener todos los datos iniciales, los usuarios tendrán que enviar los registros relativos a dicho periodo antes del 1 de enero de 2018.

Estaremos atentos, para contarte todos los detalles y novedades de este nuevo sistema.

 

También te pueden interesar los siguientes artículos de nuestro blog:

Las 4 claves de SII, el nuevo sistema de gestión del IVA.

FUNDAE actualiza el crédito disponible de tu empresa para Formación Programada 2017.

Nueva jurisprudencia del registro de la jornada que reduce las obligaciones de las empresas.

 

Fuente: AEAT.

 

 

 

Ir al contenido