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El contrato de formación reduce los contratos por un día

El contrato de formación reduce los contratos por un día

Se acaban de publicar los datos de la Encuesta de Población Activa del primer trimestre del año. El informe estadístico del INE, en esta ocasión, nos deja un análisis nada previsto y muy positivo en la contratación juvenil a tenor de la situación laboral de los más jóvenes de los últimos años.

Los contratos en formación están reduciendo la realización de contratos precarios entre los menores de 30 años.

Pese a los malos datos para las personas mayores de 40 años en materia de contratación, celebramos este cambio ya que con anterioridad los contratos temporales por un día y otras modalidades contractuales más precarias estaban destinadas a los más jóvenes con menos experiencia laboral.

Reflexionamos sobre los cambios en la contratación que deben influir de manera positiva para que se realicen contratos que garanticen condiciones factibles para los empresarios y para los trabajadores también entre la población mayor de 30 años.

A día de hoy, y con un porcentaje del 35,8% del total de los contratos por un día, el colectivo más afectado por esta modalidad de contrato temporal por un día tiene una edad superior a los 30 años. Las características de este perfil profesional es que está más formado y tiene más cargas familiares que los menores de 30 años.

Numerosas empresas se apoyan de manera incorrecta en el contrato temporal por un día para contratar por un periodo superior de tiempo a estos profesionales mayores de 30 años. Lo que no prevén es que, este colectivo al soportar cargas bancarias y financieras como la hipoteca sobre la vivienda, revela de manera involuntaria la existencia de una relación con la empresa más allá de un día al contar con solvencia económica para saldar mes a mes sus gastos personales.

Para los jóvenes entre 16 y 29 años sólo se destinaron el 25% de estos contratos por un día frente al 60% que se realizaron en 2007.

Iniciativas como el contrato para la formación y el aprendizaje están suponiendo un gran estímulo para la contratación de jóvenes en nuestro país como revelan las cifras del INE. Este contrato aporta una titulación oficial europea como es el Certificado de Profesionalidad y prepara a los jóvenes para desempeñar ocupaciones que en anteriores años presentaban un entorno laboral más precario como eran: cocineros, camareros o trabajadores del hogar.

Además, el contrato para la formación y el aprendizaje cuenta con una bonificación del 100% de las cuotas de la Seguridad Social y esto está animando a los empresarios a contratar por un periodo mínimo de seis meses o un año a sus trabajadores.

Algunos datos sobre qué tipo de sectores contratan las empresas por un día mayores de 30 años marcan el contrapunto al dato anterior. Es en Hostelería, Actividades de los Hogares y Comercio donde se aglutinan unas cifras alarmantes de contrataciones por un día y afectan a fecha de publicación oficial de la Encuesta de Población Activa a 7.400 empleados en Hostelería, 5400 trabajadores en Actividades de los hogares y 4.200 personas en Comercios mayores de 30 años.

Los contratos por un día hacen saltar el sistema de alarma de la Seguridad Social.

Como destacan las centrales sindicales, este tipo de contrato aunque es legal se presta a ser revisado y seguido muy de cerca por la Seguridad Social. Muchos trabajadores forzados por una situación personal complicada acceden a trabajar por más días y horas que las celebradas en este contrato.

Las medidas laborales que tienen que emplearse en nuestro país deben seguir favoreciendo la inserción de los más jóvenes al mercado laboral bajo contratos que garanticen una duración de al menos tres meses sin olvidar el desarrollo de incentivos, ayudas, subvenciones a la contratación de mayores de 30 años.

Se necesitan numerosos mecanismos que estimulen la formalización de contratos que aporten más garantía y seguridad tanto a empresas como a empleados.

Fuente: Instituto Nacional de Estadística


Última hora: Trabajo detectará miles de contratos irregulares en Hostelería este verano


 

Qué es el Suplemento Europass de los Certificados de Profesionalidad

Qué es el Suplemento Europass de los Certificados de Profesionalidad

Cada vez más en nuestro país se reconoce la importancia de los Certificados de Profesionalidad en el mercado laboral y su validez a nivel europeo. Como sabéis, un Certificado de Profesionalidad es un una titulación oficial avalada por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social que acredita competencias profesionales para determinadas ocupaciones u oficios. Dicha titulación de Certificado de Profesionalidad sirve para reconocer oficialmente y a nivel europeo cualificaciones y competencias profesionales para el desempeño de una ocupación dentro de los estados miembros de la Unión Europea.

Además de la validez de este Certificado, y con el fin de dar transparencia a las cualificaciones y competencias que se establecen en la Decisión Nº 2241/2004/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, se crea Europass.

Europass es el Marco Comunitario Único que facilita la movilidad, tanto con fines de aprendizaje permanente como profesional, entre países y sectores. Quizá te sean familiares algunos documentos que gestiona Europass como el Curriculum Vitae Europass y el Pasaporte de Lenguas Europeas pero también existen otros títulos que elaboran las autoridades competentes de Europass que atienden a la interpretación de tu titulación oficial de Certificado de Profesionalidad a nivel europeo. Este es el Suplemento Europass.

Pero, ¿qué es el Sumplemento Europass de los Certificados de Profesionalidad?

El Suplemento Europass a los Certificados de Profesionalidad es un documento informativo que adquiere validez junto a la acreditación oficial de Certificado de Profesionalidad. Su objetivo es fomentar la transparencia y facilitar la comprensión a terceros (empleadores o instituciones de otros países) de las competencias adquiridas en el Certificado de Profesionalidad.

Hay que tener muy claro que, el Suplemento Europass no es sustituto del título oficial de Certificado de Profesionalidad. El Suplemento Europass es un complemento informativo traducido a las lenguas oficiales de los países miembros de la Unión Europea que adquiere validez sólo junto al Certificado de Profesionalidad.

El Suplemento Europass contiene información sobre:

  • Competencias y resultados de aprendizaje adquiridos. Incluye la denominación del Certificado de Profesionalidad en otras lenguas y un desglose detallado del perfil de competencias adquiridas.
  • Conjunto de empleos accesibles u ocupaciones. Explica cómo el Certificado de Profesionalidad te habilita para trabajar de manera oficial en diferentes profesiones.
  • Organismos de expedición y acreditación. Hace alusión a la oficialidad de esta titulación en nuestro país. Concretamente dicta que, es expedido por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social junto con la administración laboral autonómica competente.
  • Formas por las que se puede obtener un Certificado de Profesionalidad y requisitos de acceso. Incluye las vías a través de las cuales puedes obtener un Certificado de Profesionalidad incluyendo la Formación Dual a través del contrato para la formación y el aprendizaje.
  • Alcance nacional, europeo e internacional del Certificado de Profesionalidad. Entre la información que clarifica el Suplemento Europass es muy interesante ver el nivel formativo que presenta nuestro Certificado de Profesionalidad dentro de la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación.
  • Convalidaciones y accesos a otras acreditaciones oficiales. Establece el acceso que da el Certificado de Profesionalidad realizado al nivel siguiente de enseñanza o formación. También reseña si se reconocen efectos de equivalencia y convalidación, por ejemplo, en módulos profesionales de los títulos de Formación Profesional.

El Servicio Público de Empleo Estatal recoge en su página web de forma descargable el Suplemento Europass de todos los Certificados de Profesionalidad establecidos por el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

¿Cómo buscar el Suplemento Europass de un Certificado de Profesionalidad?

Una vez hemos finalizado y recibido el título del Certificado de Profesionalidad podemos acceder a la página oficial del Servicio Público de Empleo Estatal para solicitar el Suplemento Europass.

Para obtener el Suplemento Europass deberemos:

  • Localizar y buscar dentro de la familia profesional a la que pertenece nuestro Certificado de Profesionalidad para acceder a nuestra titulación.
  • Descargar el fichero adjunto al código y denominación de nuestro Certificado de Profesionalidad en inglés y español.
  • Adjuntar los documentos descargados de Suplemento Europass a nuestro Certificado de Profesionalidad.

Animamos a todos nuestros alumnos de Certificado de Profesionalidad a descargar el Suplemento Europass de su titulación para que puedan reconocer sus competencias también a nivel internacional.

Más información que te interesa sobre Certificados de Profesionalidad:


Recurso: Tabla de Certificados de Profesionalidad Acreditados por ocupaciones y niveles


Cómo hacer un contrato en formación a un trabajador extranjero

Cómo hacer un contrato en formación a un trabajador extranjero

En Grupo2000 recibimos a diario muchas consultas sobre cómo aplicar el nuevo contrato de formación en las situaciones particulares de cada empresa y trabajador. La flexibilidad de este contrato y las ventajas que ofrece lo hacen un atractivo para la contratación de jóvenes menores de treinta años en diferentes sectores y empresas del país.

En los últimos días, el Servicio Público de Empleo Estatal también ha publicado el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura que dará lugar a la contratación de trabajadores extranjeros para los que se puede realizar un contrato para la formación y el aprendizaje. Esto es posible cuando el empleador justifique la dificultad para cubrir los puestos de trabajo vacantes con trabajadores ya incorporados en el mercado laboral interno.

La presencia de una ocupación en este Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura implica para el empresario la posibilidad de tramitar la autorización directa para que un trabajador extranjero pueda vivir y trabajar en el país.

Cabe recordar que, el contrato para la formación y el aprendizaje va a proporcionar al empleado un Certificado de Profesionalidad oficial que le permitirá acreditar sus competencias laborales a nivel nacional y europeo. Teniendo en cuenta esto, la obtención de un Certificado de Profesionalidad resulta muy interesante en el caso de que el trabajador sea extranjero y regrese a su lugar de origen al finalizar el contrato ya que esta formación es reglada a nivel europeo.

A la hora de realizar un contrato en formación para un trabajador extranjero tendrás que tener en cuenta dos aspectos fundamentales:

  1. Si el trabajador extranjero pertenece a un país no comunitario. Deberá solicitar, previamente, la autorización de residencia temporal y el permiso de trabajo para poder realizar el contrato en formación. Esta situación ocurre cuando, la ocupación que va a desempeñar se incluye en el Catálogo de Ocupaciones de Difícil Cobertura que elabora el Servicio Público de Empleo Estatal y se cumplen los requisitos previos que instaura la Secretaría General de Inmigración y Emigración. El empleador previamente debe acreditar la dificultad de contratación para esa ocupación mediante Certificado del Servicio Público de Empleo.
  2. Si el trabajador extranjero pertenece a un país miembro de la Unión Europea. Los trámites se realizarán con la misma normalidad que un contrato para la formación y el aprendizaje para un trabajador de nacionalidad española sin la necesidad de cumplir con ningún requisito en especial. También si el trabajador pertenece a un país miembro del Espacio Económico Europeo o de Suiza contará con las mismas facilidades que para la realización de un contrato en formación para un trabajador con nacionalidad española.

¿Cómo tramitar la Autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena de duración determinada para la formación?

Es necesario solicitar esta autorización para la contratación de un trabajador en contrato de formación y el aprendizaje en el caso de no ser de un país comunitario. Se deberá presentar la solicitud en la Oficina de Extranjería de la Delegación o Subdelegación del Gobierno en la provincia donde se vaya a prestar los servicios adjuntando los siguientes documentos:

El trabajador deberá presentar:

  • Copia del pasaporte.
  • Acreditación de que el trabajador cuenta con la capacitación exigida (cuando proceda).
  • Compromiso del trabajador para retornar a su país de origen una vez finalizada la relación laboral.

La empresa deberá presentar:

  • Documentación. El NIF o NIE del empresario o gerente (en el caso de empresario individual) o, si se trata de una persona jurídica, copia del NIF de la Empresa, copia de la escritura de constitución, documento público de que el firmante de la solicitud de la autorización es representante legal de la empresa y copia del NIF o NIE del firmante de la solicitud.
  • Contrato de trabajo en formación firmado. Presentar original y copia. La copia será sellada por la Oficina de Extranjería y devuelta para su presentación por el trabajador extranjero junto a la solicitud de visado de residencia y trabajo.
  • Documentación acreditativa de no tener en cuenta la situación nacional de empleo.
  • Acreditación de que la empresa cuenta con solvencia (declaración IRPF, IVA, Impuesto de Sociedades o informe de la vida laboral de la empresa) referida a los tres últimos años.
  • Memoria descriptiva de la ocupación a realizar.
  • Documento que acredite haber actuado diligentemente en anteriores ocasiones que se haya garantizado el regreso de los mismos a su país de origen.

En Grupo2000, podrás realizar fácilmente un contrato para la formación y el aprendizaje en todas las provincias de España y garantizar la formación reglada de Certificado de Profesionalidad en modalidad de teleformación para los trabajadores en las ocupaciones más demandadas.

Otros enlaces de interés para la contratación en formación de un trabajador extranjero:


Recurso: Cómo registrar la jornada laboral de los trabajadores


Industria aprueba tres líneas de ayudas para financiar a pymes

Industria aprueba tres líneas de ayudas para financiar a pymes

El Consejo de Ministros ha aprobado un triple convenio entre el Ministerio de Industria, Energía y Turismo y ENISA para la financiación a emprendedores y pymes que generen empleo en sectores con alto potencial y futuro.

ENISA (Empresa Nacional de Innovación) es una sociedad pública que depende del Ministerio que surge para financiar proyectos a largo plazo, a través de préstamos participativos, para emprendedores y PYMES que tengan modelos de negocio viables e innovadores.

Un préstamo participativo es una modalidad de préstamo a través de la cual ENISA asume el riesgo en la inversión a cambio de un porcentaje de participación en los resultados de la empresa. El tipo de interés del préstamo que percibe ENISA depende de la rentabilidad y del beneficio económico de la empresa en cada año.

Las tres líneas de ayudas que la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2016 ha aprobado financiarán más de 900 proyectos empresariales con vistas a que se generen unos 1.500 puestos de trabajo. Si tu empresa es altamente innovadora o deseas desarrollar una idea de negocio con base tecnológica podrás acceder a estas tres líneas de ayudas:

  1. Línea Pyme. Está destinada a medianas y pequeñas empresas que quieran invertir en mejorar su competitividad y generar empleo. Esta línea de ayuda contará con un total de 57,42 millones de euros. Las empresas podrán percibir entre 25.000 euros y 1,5 millones de euros por empresa sin necesidad de aportar garantías. Estos préstamos tendrán un vencimiento máximo de 9 años, con 7 años de carencia.
  2. Línea de Empresas (PYME) de Base Tecnológica. De igual forma que la Línea PYME, esta ayuda concederá entre 25.000 euros y 1.5 millones de euros por empresa, sin necesidad de aportar garantía, y contará con un total de 20,44 millones de euros. Serán empresas perceptoras de estas ayudas las que deseen invertir en desarrollar un avance tecnológico que conlleve la obtención de nuevos productos, procesos o servicios en el mercado. La Línea de Empresas (PYME) de Base Tecnológica tendrá un vencimiento máximo de 7 años y un máximo de carencia de 5 años.
  3. Línea Jóvenes Emprendedores. El objetivo de esta línea de financiación es promover la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales impulsados por jóvenes con una edad límite de hasta 40 años. La Línea Jóvenes Emprendedores contará con el mismo importe de financiación que la Línea de Empresa de Base Tecnológica, es decir, se destinarán un total de 20,44 millones de euros para financiar los proyectos y contará con un vencimiento máximo de 7 años y 5 de carencia.

Estas tres líneas de ayudas se unen a una gran propuesta del Ministerio de Industria por fomentar no sólo el emprendimiento industrial de última generación sino la digitalización de los procesos productivos. Cabe destacar que, Industria también ha puesto en marcha en estos días la iniciativa ‘Industria Conectada 4.0’ que facilitará la transformación digital de empresas industriales en nuestro país. Industria Conectada 4.0 fomenta la transformación industrial española gracias a las diferentes líneas de actuación que plantea como es un servicio exclusivo de autodiagnóstico o el asesoramiento personalizado en el proceso de desarrollo digital.

Esperamos que estas ayudas del Ministerio de Industria aporten resultados muy positivos en la Economía y el Empleo en el sector tecnológico y apoye a las mejores ideas empresariales y emprendedoras del país.

Fuentes de la noticia:

Más ayudas para emprendedores, pymes y empresas:


Última hora: Mapfre otorgará 400 ayudas a empresas para nuevas contrataciones


La tramitación online reduce los plazos de autorización del contrato de formación

La tramitación online reduce los plazos de autorización del contrato de formación

Tras estos primeros cuatro meses trabajando con el nuevo contrato de formación, hacemos balance sobre nuestra experiencia como centro de formación impartiendo la nueva modalidad mediante teleformación. Hoy queremos compartir con vosotros algo que ya es una realidad, en determinadas Comunidades Autónomas, la tramitación online reduce los plazos de autorización del contrato de formación.

Recordamos que el contrato de formación y aprendizaje en 2016 recibe una formación reglada, de Certificado de Profesionalidad. Al tratarse de una formación oficial, reconocida por el Servicio Público de Empleo Estatal y las Comunidades Autónomas, implica una serie de trámites antes de iniciar la formación. La gestión más importante, sin la que no se podría dar de alta un contrato, es la solicitud de la autorización de inicio de la actividad formativa del contrato de formación.

La solicitud de la autorización de inicio es una gestión que realiza el centro de formación ante el Servicio de Empleo de cada Comunidad Autónoma. Una vez presentada, la administración competente tiene un plazo máximo para resolver dicha solicitud de un mes. Si en ese tiempo no se ha recibido contestación por su parte, la solicitud se entenderá autorizada por silencio administrativo positivo, según establece el artículo 16 del RD 1529/2012.

A día de hoy, prácticamente todas las Comunidades Autónomas permiten realizar estos trámites de forma telemática, en algunas provincias, gracias a una gestión eficiente de su Delegación están autorizando las solicitudes para la formación incluso antes del mes. Provincias como Barcelona, Navarra, País Vasco o Alicante, están concediendo las autorizaciones en un plazo aproximado de dos semanas, permitiendo agilizar las altas del contrato de formación.

En comunidades, como Andalucía y Canarias, todavía es preciso realizar las gestiones para la autorización de forma presencial, ante la inexistencia de un Convenio para la gestión telemática de estos trámites con el SEPE. Reciéntemente la Comunidad de Cantabria, ha autorizado a la firma del Convenio con el SEPE, hecho que ayudará a una mejor y más ágil gestión de la formación vinculada al contrato de formación.

Si necesitas ampliar información sobre el nuevo contrato de formación y aprendizaje, también te puede interesar leer:

Cómo tramitar el nuevo contrato de formación

Cómo funciona la formación teórica del nuevo contrato de formación

Ocupaciones disponibles para realizar el contrato

 

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