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Ayudas para contratar a personas mayores de 40 años

Ayudas para contratar a personas mayores de 40 años

En los últimos años, hemos visto cómo el Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha otorgado especial interés en el desarrollo de planes de empleo orientados a la contratación de colectivos ciertamente desventajados a nivel laboral. Reconocemos de entre todos ellos, los buenos resultados obtenidos en la inserción laboral de colectivos en riesgo de exclusión como personas con discapacidad, mujeres víctimas de violencia de género o desempleados menores de 30 años que vienen apoyados por los contratos para la formación y el aprendizaje, entre otros.

Pero, uno de los incentivos a la contratación más interesantes que fomenta el Gobierno junto al apoyo de las corporaciones locales son las ayudas y bonificaciones a las empresas que contraten a mayores de 40 años. Existen numerosos puestos de trabajo en los que disponer de personas con una gran experiencia en su sector resulta una ventaja competitiva añadida y, aunadas a las ventajas y ayudas que nos propone el Gobierno, se convierten en un gran estímulo para proporcionar empleo de calidad y estable a personas mayores de 40 años.

En este artículo, vamos a explicar los planes desarrollados por el Gobierno para contratar a personas mayores de 40 años diferenciando las ayudas que existen para mayores de 45 años, 55 años y hasta los 65 años de edad.

Bonificaciones y reducciones como incentivo para la contratación de personas mayores de 45 años.

Las PYMEs (empresas con menos de 50 trabajadores) que contraten a personas mayores de 45 años con un contrato de trabajo indefinido podrán contar con bonificaciones en el pago a la Seguridad Social. Estas dependen de las características del contrato:

  • Mayores de 45 años. Para la contratación indefinida de mayores de 45 años desempleados inscritos en la oficina de empleo podrán percibirse con carácter general la cuantía anual de 1300 euros y para la contratación de mujeres de 1500 euros durante 3 años hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%. (Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral)

Para el resto de empresas, con un número de empleados superior a los 50 trabajadores, la contratación indefinida de mayores de 45 años con discapacidad contarán con ayudas dependiendo del grado de discapacidad tal y como dicta la Ley 43/2006, de 29 de diciembre, para la mejora del crecimiento y del empleo. De esta forma, distinguimos:

  • Mayores de 45 años con discapacidad. Para la contratación indefinida de mayores de 45 años con discapacidad reconocida de un 33% contarán las empresas con una bonificación anual de 5700 euros durante la vigencia del contrato.
  • Mayores de 45 años con discapacidad severa. Para la contratación indefinida de mayores de 45 años con discapacidad severa la cuantía anual bonificable es de 6300 euros durante la vigencia del contrato.

Bonificaciones y reducciones como incentivo a la contratación de desempleados mayores de 52 años.

Las bonificaciones y ayudas que podrán percibir las empresas por la contratación de mayores de 52 años serán dada la contratación de:

  • Mayores de 52 años beneficiarias de subsidios. La contratación de desempleados mayores de 52 años sujetas a bonificación serán las que se realicen a los beneficiarios de los subsidios del art. 215 LGSS que sean contratados a tiempo completo y de forma indefinida. La cuantía anual a percibir se calculará atendiendo a la que proporcione, en su caso, el Programa de Fomento de Empleo y depende del colectivo tal y como recoge la Ley 43/2006 o Ley 3/2012 citadas con anterioridad.

Bonificaciones y reducciones como incentivo para el mantenimiento del empleo de mayores de 65 años.

Las empresas que garanticen la continuidad de trabajadores en el puesto, mayores de 65 años y con los siguientes requisitos contarán con la bonificación del 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes (salvo incapacidad temporal).

Hay que tener en cuenta el perfil del trabajador que debe de ser:

  • Mayor de 65 años con 38 años y 6 meses de cotización efectiva a la Seguridad Social y contrato indefinido ya sea nuevo o vigente.
  • Mayor de 67 años y 37 años cotizados a la Seguridad Social.

Salvo las exenciones recogida en la Ley General de la Seguridad Social 1/1994 (art. 112 bis) y Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actuación, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.

En Grupo 2000, creemos que todas estas iniciativas que apoyan a diferentes colectivos en la contratación son fructíferas en el futuro marco empresarial y de empleo en nuestro país. El apoyo en el empleo a mayores de 40 años es uno de los programas más interesantes junto con el de incentivos en la contratación a personas menores de 30 años bajo el contrato para la formación y el aprendizaje y las ayudas a la contratación a mujeres víctimas de violencia de género.

El Servicio de Empleo Público Estatal pone, además, a disposición de empresas y trabajadores a través de las Agencias de Colocación los servicios de selección y empleo, en especial, de estos perfiles profesionales.

Fuente: SEPE

Puedes saber más sobre ayudas a la contratación vigentes en 2016 en:

Ayudas de hasta 18000€ por cada nuevo contrato en Barcelona

Ayudas de hasta 18000€ por cada nuevo contrato en Barcelona

El Ayuntamiento de Barcelona pone en marcha el Pla Compromís per l´Ocupació (Plan Compromiso para la Ocupación) a través de la plataforma Barcelona Activa que permitirá obtener ayudas de hasta 18000€ por cada nuevo contrato a personas con riesgo de exclusión o dificultades de inserción laboral.

  • Cuantía

La cuantía varía en función del tipo de contrato y su duración. Las empresas podrán obtener esta subvención en dos tramos:

  1. Incentivo fijo. Oscilará entre 5000€ y 6000€ para las empresas que realicen un contrato de al menos seis meses de duración.
  2. Bono condicionado al vencimiento. Las empresas podrán obtener entre 10000€ y 12000€ por cada contrato de al menos doce meses de duración.

Las empresas podrán beneficiarse de esta ayuda sumando de manera adicional los importes de los dos tramos. Esto sería posible si, tras el periodo inicial de contratación, se produjese la renovación del contrato  por un año pudiendo llegar a obtener un incentivo total de entre 15000€ y 18000€.

  • Beneficiarios

Autónomos y PYMES (pequeñas y medianas empresas que no superen los 250 trabajadores) que contraten a personas con más de 40 años que hayan estado en situación de desempleo al menos durante doce meses. La ayuda también podrá ser percibida por empresas que contraten a personas con dificultades de inserción laboral o en riesgo de exclusión social.

  •  Requisitos

Tener al menos un centro de trabajo en Barcelona.

Establecer con el empleado un contrato de al menos 6 meses en jornada parcial o completa.

Proporcionar al empleado cursos de formación que validen su capacitación profesional. La formación debe constituir un 5% en horas lectivas de su jornada laboral.

El trabajador debe estar empadronado en Barcelona, tener más de 40 años o encontrarse en una situación de riesgo de exclusión social.

  •  Solicitud y Plazos

La solicitud de la ayuda a la contratación del Pla Compromís per l´Ocupació (Plan Compromiso para la Ocupación) se puede realizar desde la plataforma Barcelona Activa. El plazo para la presentación de solicitudes ante las oficinas de atención ciudadana del Ayuntamiento de Barcelona finaliza el 30 de Junio de 2016.

  • Compatibilidades

Las subvenciones serán compatibles con otras subvenciones municipales otorgadas para otros proyectos, con las limitaciones económicas que puedan presentar las otras subvenciones concedidas.

  •  Exclusiones

No podrán acogerse a la subvención las contrataciones realizadas a personas que hayan tenido relación laboral indefinida durante los doce meses anteriores con la misma empresa u otras vinculadas.

Tampoco podrán acogerse las empresas que hayan realizado despidos a trabajadores con contratos indefinidos durante los tres meses anteriores a la contratación con la que se pretende acceder a la subvención, mediante despidos improcedentes reconocidos por sentencia judicial firme, regulaciones de empleo o despidos objetivos.

Fuente: Bases Reguladoras Subvención

Ayudas que puede solicitar tu empresa si contrata en 2015

Ayudas que puede solicitar tu empresa si contrata en 2015

¿Necesitas contratar personal? En este artículo hacemos una recopilación de las ayudas a la contratación vigentes durante 2015, que puedes solicitar.

Todas estas ayudas son compatibles con el contrato de formación, por lo que la empresa, además de beneficiarse de una subvención para el fomento del empleo, no pagará seguros sociales durante toda la vigencia del contrato, si escoge esta modalidad.

Ayudas para contratar, aplicables a nivel nacional:

Esta subvención privada, que recientemente se ha ampliado hasta el 31 de diciembre de 2015, consiste en una ayuda de 1.500 euros por contratación. Para acceder a ella es necesario contratar durante 12 meses a una persona inscrita como demandante de empleo, al menos 2 meses. Cada empresa puede solicitar hasta 10 ayudas.

En el Real Decreto Ley 8/2014 se recogen varias medidas para fomentar la contratación de los jóvenes inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Te resumimos las más importantes a continuación:

Tarifa Joven, que consiste en una bonificación de 300 euros al contratar de manera indefinida, como mínimo durante 6 meses, a un joven beneficiario de este sistema.

El contrato de prácticas concertado con este colectivo, tendrá derecho a una bonificación del 100% de los Seguros Sociales.

El contrato de formación para Garantía Juvenil, por el momento no se puede aplicar, aunque ya hay normativa que lo desarrolla.

En nuestro blog podrás información completa sobre: cómo inscribirse en el Fichero de Garantía Juvenil, inscribir a la empresa o dar de alta los contratos de Garantía Juvenil.

Se trata de una de las medidas que recoge el Programa de Activación para el Empleo del Real Decreto 16/2014, que permite compaginar la ayuda a parados de larga duración, con un trabajo por cuenta ajena, hasta un máximo de 5 meses.

Las empresas que contraten a los beneficiarios de este programa, descontarán del salario la cuantía de la ayuda. Que será compatible con bonificaciones en seguros sociales, siempre que la suma de la ayuda y la bonificación no superen el 80% del coste anual salarial del contrato.

Subvenciones a la contratación por Comunidad Autónoma:

Subvención de la Junta de Andalucía que se concede a la empresa por contratar durante un mínimo de 12 meses a jóvenes beneficiarios del Bono Joven. La ayuda será de 4.800 euros si es un contrato a jornada completa, o de 2.400 euros, si es a tiempo parcial.

Se permiten todas las modalidades de contrato excepto el contrato de primer empleo joven, o el contrato emprendedores.

Esta subvención a la contratación por contratar mediante la modalidad de contrato de formación, cubre los costes salariales del trabajador: salario base, parte proporcional de pagas extraordinarias, complementos y cotización empresarial.

La ayuda podrá extenderse un máximo de 12 meses, y en el caso de parados de larga duración, hasta 24 meses.

Ayuda de hasta 3.750 euros por contratar durante 12 meses a jóvenes propietarios del Cheque Joven de la Comunidad de la Rioja. La cuantía de la subvención varia en función del tipo de cotización del trabajador. Esta ayuda se puede incrementar hasta 7.500 euros si se mantiene esa contratación durante 24 meses.

 

Grupo 2000 es un centro homologado por el Servicio Público de Empleo Estatal para impartir la formación vinculada al contrato de formación. Si deseas ampliar información sobre este tipo de contrato, para acogerte a alguna de estas ayudas, estamos a tu disposición en el teléfono 958 806 760, o nuestro chat online.

Se prorroga la ayuda a la contratación Yo soy empleo

Se prorroga la ayuda a la contratación Yo soy empleo

Recientemente hemos tenido conocimiento de la ampliación del plazo para solicitar la ayuda a la contratación “Yo Soy Empleo” de BBVA. Aunque en un principio esta ayuda finalizaba el pasado 31 de diciembre, se ha ampliado el plazo para solicitarla hasta el 31 de diciembre de 2015, o hasta fin que se consigan las 10.000 contrataciones que se pretende conseguir con este programa.

La ayuda consiste en una aportación económica de 1.500 euros por contratación que se realice. Cada empresa podrá solicitar hasta 10 ayudas.

 

Os recordamos las características de esta ayuda:

– Contratar a trabajadores inscritos como demandantes de empleo, al menos 2 meses.

– El contrato debe concertarse por 12 meses. Se admiten todas las modalidades de contrato, excepto el contrato por obra y servicio. La jornada deberá tener un mínimo de 20 horas semanales.

Esta ayuda es compatible con el contrato de formación, y la reducción del 100% en la cuota a la Seguridad Social de este tipo de contrato.

– Se debe domiciliar la nómina del trabajador en una sucursal BBVA, durante al menos 12 meses.

– La empresa debe tener menos de 250 trabajadores, y abrir una cuenta en BBVA. Además de acreditar estar al corriente con los pagos a Hacienda y Seguridad Social.

¿Cómo solicitar la ayuda Yo Soy Empleo?

Si no eres cliente de BBVA, deberás abrir una cuenta para tu empresa (imprescindible para recibir la ayuda).

Tras realizar la contratación, debes presentar el modelo de solicitud oficial antes de 30 días. Una vez comprueben que toda la documentación está correcta, te enviarán un email con el plan de pagos trimestral de la ayuda.

Antes de solicitar la ayuda, te recomendamos consultar las bases del programa.

Grupo 2000 es un centro homologado por el Servicio Público de Empleo Estatal para impartir la formación teórica vinculada al contrato de formación a distancia.

Si deseas ampliar información sobre este tipo de contrato, para acogerte a esta ayuda, te atenderemos encantados en el teléfono 958 806 760, o nuestro chat online.

Fuente: Yo Soy Empleo.

Ayudas por la contratación de mayores de 30 años de la Junta de Andalucía

Ayudas por la contratación de mayores de 30 años de la Junta de Andalucía

Ayudas por la contratación de mayores de 30 años de la Junta de Andalucía

El pasado martes, día 15 de julio, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía aprobó el Programa Emple@30+, un conjunto de medidas para impulsar la contratación de mayores de  30 años.

Con un presupuesto de 106 millones de euros para los siguientes dos años, el programa Emple@30+, incentivará la contratación de personas mayores de 30 años, tanto demandantes de empleo, como no ocupadas, para proyectos sociales y entidades sin ánimo de lucro.

Con el fin de disminuir el nivel de desempleo, se contemplan dos acciones, ambas financiadas con fondos europeos, que os detallamos a continuación:

Contratación de personas mayores de 30 años para proyectos de cooperación social y comunitaria

La Junta cubrirá el coste salarial y en Seguridad Social de los contratos realizados a personas mayores de 30 años, para contrataciones en proyectos de obra y servicios.

  • Entidades que pueden solicitarla: Ayuntamientos.
  • Requisitos del contrato: jornada completa, con duración máxima de 6 meses,y  finalización antes del 1 mayo 2015.

Proyectos de interés general y social generadores de empleo.

Se conceden ayudas de hasta 200.000€ por entidad privada sin ánimo de lucro, para iniciativas de servicios de utilidad colectiva.

Primará para la concesión, el número de contratos realizados y jornada, la aportación financiera de la organización promotora, así como el tipo de proyecto, con más puntuación para los relacionados con servicios sociales y atención a la dependencia.

  • Entidades que pueden solicitarla: privadas, sin ánimo de lucro.
  • Requisitos del contrato: 6 meses de duración y finalización antes del 31 mayo 2015.

Tanto las entidades locales, como sociales, que quieran ser beneficiarias, tendrán que presentar sus solicitudes de proyectos ante el SAE en un plazo de 2 meses desde la entrada en vigor del Real Decreto.

Se priorizará en ambos casos la participación de los siguientes colectivos:

  • Parados de larga duración (inscritos como demandantes de empleo al menos 12 meses ininterrumpidos).
  • Empadronados en el municipio donde se desarrolle la actuación.
  • Beneficiarias del Ingreso mínimo de solidaridad.
  • Desempleados de larga duración con la prestación de desempleo agotada.
  • Titulares del Bono Joven, que no formalizaron contrato de trabajo en 2013.
  • Desempleados de larga duración con dificultades para incorporarse por primera vez, o reincorporarse, tras un largo periodo de inactividad.

¿Cómo se va a seleccionar a los candidatos?

  1. Los ayuntamientos o entidades sin ánimo de lucro presentan la oferta de empleo en el SAE, al menos 15 días antes de la fecha prevista de contratación.
  2. El SAE preseleccionará a 3 candidatos para el puesto.
  3. Los ayuntamientos y entidades realizarán la selección en base a los méritos y capacidad de los candidatos.

Fuente: Junta de Andalucía.

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