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Última hora sobre los contratos afectados por la tasa de desempleo

Última hora sobre los contratos afectados por la tasa de desempleo

Última hora sobre los contratos afectados por la tasa de desempleo. Compartimos con vosotros la información facilitada por el SEPE sobre su vigencia, tras llegar la tasa de desempleo al 15%.

La semana pasada se publicaba la Encuesta de Población Activa del último trimestre, en la que la tasa de desempleo quedaba por debajo del 15%.

Este hecho afectaba a las nuevas altas de varias modalidades de contratos bonificados para menores de 30 años, puesto que la vigencia de sus bonificaciones estaría condicionadas a la bajada de la tasa de desempleo por debajo del 15%:

  • El contrato indefinido de apoyo a emprendedores.
  • El contrato a tiempo parcial con vinculación formativa.
  • La contratación indefinida de un joven por microempresas y empresarios autónomos.
  • Los incentivos a la contratación en nuevos proyectos de emprendimiento joven.
  • Primer empleo joven.
  • Incentivos a los contratos en prácticas.

El contrato para la formación y el aprendizaje no se vería afectado. El cambio que introduciría esta nueva situación es que se reduciría el límite máximo de edad para su formalización, quedando en 25 años (sin cumplir).

El SEPE confirma que hasta que no haya pronunciamiento oficial se podrán seguir aplicando nuevas altas con estas bonificaciones

Dado que en la ley no se especifica en qué día dejan de poder aplicarse las altas con estos incentivos, simplemente se indica de forma muy genérica «cuando la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%», la duda que más nos habéis planteado es ¿hasta cuándo se pueden seguir haciendo altas de este tipo de contratos?

En estos días hemos contactado en numerosas ocasiones con el Servicio Público de Empleo Estatal, para poder obtener una respuesta sobre si se podían seguir dando altas de este tipo de contratos y hasta qué fecha.

Parece que desde el Gobierno están estudiando la repercusión de esta novedad, ya que no sólo se verían afectados estos contratos, también sería el fin de varias ayudas destinadas a trabajadores desempleados.

A continuación compartimos las dos respuestas recibidas hoy por parte del Servicio Público de Empleo Estatal:

Buzón de consultas oficial:

«En respuesta a su consulta de fecha: 29/10/2018 12:35:00: Actualmente se está analizando la situación por parte del Gobierno por lo que el SEPE seguirá permitiendo aplicarse todos los incentivos a la contratación que hasta ahora están vigentes.»

Consulta planteada vía email a los técnicos:

«Entendemos, y así se nos ha comunicado, que tendrá que salir alguna nota, orden o similar que aclare esta situación y la forma de aplicarla. Hasta entonces se nos ha informado que no se niegue la solicitud de ayudas o bonificaciones que se vean afectadas por esta situación.»

Repercusión de la tasa de desempleo para los contratos bonificados

Repercusión de la tasa de desempleo para los contratos bonificados

¡Novedad importante!

 

El Real Decreto Ley 28/2018, de 28 de Diciembre, confirma la derogación de los contratos bonificados de la Ley 11/2013 y contrato emprendedores. Desde el 1 de enero de 2019 no se podrán hacer nuevas altas.

Así mismo, desde el 1 de enero sólo se podrán formalizar contratos de formación para jóvenes de hasta 24 años inclusive.

Los contratos que ya estuvieran vigentes antes de 2019 no se ven afectados por esta medida, y conservarán su bonificación, siempre que cumplan la normativa que lo regula (Ley 11/2013).

Te contamos todo sobre la nueva normativa aquí.

Ayer se publicaron los resultados de la Encuesta de Población Activa, fijando la tasa de desempleo por debajo del 15%. Como consecuencia, varios contratos, cuya normativa hace referencia a este porcentaje, se verían afectados. Os contamos cuál será la repercusión de la tasa de desempleo para los contratos bonificados y las recomendaciones que dan desde el Servicio Público de Empleo Estatal al respecto.

Contratos bonificados afectados por el descenso de la tasa de desempleo por debajo del 15%

La llegada por debajo del 15% supone cambios en la normativa de algunos contratos y la desaparición de algunas bonificaciones, os indicamos cuáles a continuación:

Contratos que tendrían alguna variación en su aplicación

Según establece la Disposición Transitoria Segunda del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores que se recoge en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de Octubre, la edad máxima para formalizar los contratos de formación sería de hasta 25 años. Es decir, podrán realizarse como máximo con jóvenes de hasta 24 años.

Importante: este cambio no afectará a las prórrogas de los contratos de formación. La edad sólo es un requisito importante para los contratos iniciales, no se tiene en cuenta en las prórrogas.

Bonificaciones que desaparecen

Según la Disposición Transitoria Primera de la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación del empleo, llegada la tasa de desempleo por debajo del 15%, desaparecerían las bonificaciones reguladas entre los artículos 9 y 13. A continuación os detallamos cuáles serían:

  • El contrato indefinido de apoyo emprendedores, regulado en artículo 4 de la Ley 3/2012, de 6 de julio, según la Disposición Transitoria Novena de dicha norma, no se podría formalizar.
  • Contrato a tiempo parcial con vinculación formativa. Esta reducción de las contingencias comunes de la cuota empresarial, regulada en el artículo 9, no podría aplicarse.
  • Contratación indefinida de un joven por microempresas y empresarios autónomos. Los beneficios en los seguros sociales de esta modalidad, recogidos en el artículo 10, tampoco podrán concertarse.
  • Incentivos a la contratación en nuevos proyectos de emprendimiento joven. Estos incentivos, creados por el artículo 11, desaparecerían también.
  • Primer empleo joven. Esta bonificación para incentivar la primera experiencia profesional (artículo 12) desde hoy no podría aplicarse en las altas de los contratos.
  • Incentivos a los contratos en prácticas. Hasta ahora, estos contratos se beneficiaban de una reducción del 50% cuando se realizaban con menores de 30 años. A partir de hoy, si formalizas estos contratos no se debería aplicar.

 

¿Qué indicaciones está dando el SEPE sobre estos contratos?

Imaginamos que vuestra preocupación es fundamentalmente sobre la fecha de aplicación máxima para poder dar de alta contratos con estos incentivos.

Nuestro centro ha contactado con la Dirección de los Servicios Públicos de Empleo Estatal y nos indican que, dada la gran repercusión que tiene este hecho para todas las bonificaciones que hemos comentado anteriormente, el asunto está siendo valorado por su Gabinete Jurídico.

Según respuesta por escrito de los técnicos del SEPE: «El Ministerio se pronunciará sobre el alcance de esta medida con cada una de las iniciativas afectadas» y, hasta la fecha, «lo único que se les ha comunicado de manera oficiosa es que no tienen intención de perjudicar ningún expediente que se haya presentado hasta la toma de la decisión final«.

Se prevé que haya un pronunciamiento oficial sobre las repercusiones de la llegada por debajo del 15% de la tasa de desempleo, y también sobre la situación en que quedarían dichos contratos, así como su fecha de fin de aplicación en las altas.

La situación es compleja, ya que la normativa establece que por debajo de ese porcentaje dejarían de aplicarse determinadas medidas, pero no concreta cuál va a ser el límite, es decir, desde qué fecha se hace efectivo el fin de esas bonificaciones.

Por tanto, por el momento no hay una fecha clara para dejar de aplicar estas bonificaciones.

Todas las medidas afectadas se dirigían a un colectivo con más de un 30% de tasa de desempleo

Analizando todas las medidas que pasarían a dejar de aplicarse, se ve una incoherencia con el panorama laboral real, ya que todas estarían dirigidas a jóvenes menores de 30 años, cuya tasa de desempleo en la EPA, es superior al 30%.

Recordamos además, que el Gobierno tiene como buque insignia el Sistema de Garantía Juvenil, dirigido a este colectivo, cuyas pretensión es reducir la tasa de desempleo por debajo del 20%, y a día de hoy, está muy lejos de conseguirse.

Cabe destacar que, según los datos de la EPA del último trimestre, en algunos márgenes de edad de los jóvenes, la tasa de desempleo llegaría incluso hasta el 45,43%.

En cuanto al contrato para la formación y el aprendizaje, creemos que se trata de una medida que afectaría a la integración de este modalidad dentro de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven de Garantía Juvenil del Gobierno. No tiene mucho sentido que se amplíe la edad de los jóvenes en Garantía Juvenil hasta los 30 años, y ahora, el colectivo de entre 25 y 29 no pueda beneficiarse de estas acciones.

Por nuestra parte, seguimos en contacto directo con el Servicio Público de Empleo Estatal, para informaros de cualquier novedad al respecto a través de nuestro blog y redes sociales.

Queremos ayudaros en este cambio, ponemos a vuestra disposición nuestra agencia de colocación, que realizará los servicios de selección de personal de forma gratuita para vuestros contratos de formación, dentro de nuestro Programa para el Fomento del Empleo Joven.

Para cualquier duda, estaremos encantados de atenderos en el teléfono 958 806 760.

 

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Jornada sobre ayudas en 2018 y contratos formativos en Murcia

Jornada sobre ayudas en 2018 y contratos formativos en Murcia

La próxima semana tendrá lugar una jornada sobre ayudas en 2018 y contratos formativos en Murcia. En este evento se hablará sobre las diferentes subvenciones y ayudas para la contratación que existen en la Comunidad Murciana, así mismo, se hablará de modalidades de contrato bonificadas, como el contrato para la formación y el aprendizaje, y el contrato a tiempo parcial con vinculación formativa.

Jornada organizada en colaboración con el SEF y CGS de Murcia

Esta jornada ha sido organizada por Grupo2000, en colaboración con el Servicio de Empleo y Formación (SEF) de la Comunidad de Murcia, y el Excmo. Colegio Oficial de Graduados Sociales de Murcia.

A continuación compartimos con vosotros el programa del evento:

Lugar: Salón de actos de la Sede colegial. C/ Azarbe del papel, 2 bis. Oficina 1. Murcia

Horario: 24 de abril de 2018. A partir de las 17:00 horas

Evento exclusivo para Graduados Sociales colegiados ejercientes y no ejercientes del Colegio Oficial de Graduados Sociales de Murcia.

Programa:

  • La Garantía Juvenil: estado actual y evolución reciente. Ponente: Dña. María de los Ángeles Prats, Subdirectora General de Empleo.
  • Contrataciones formativas (objetivo, beneficios, procedimiento y tramitación). Ponente: Dña. Angela Martínez Labrador, Directora de Comunicación y Marketing de Grupo2000.
  • Desarrollo de programas de subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia 2018: contratación y autoempleo, incentios a la contratación estable, ayudas a la empresa para acoger prácticas no laborales, cuota cero, nuevos incentivos al autoempleo. Casos prácticos: análisis y soluciones. Ponente: Subdirección General de Empleo del SEF.

Esta jornada será muy interesante, ya que los graduados sociales podrán informarse sobre todas las novedades referentes a las ayudas que recientemente se han aprobado en la Comunidad de Murcia, y así mismo, podrán ampliar sus conocimientos sobre contrataciones formativas, de forma práctica, y consejos para su correcta tramitación.

Si deseas inscribirte, debes ponerte en contacto con el Colegio Oficial de Graduados Sociales de Murcia. Por lo que nos comentan parece que va a ser un éxito de asistencia, ya que el aforo está prácticamente completo.

 

 

 

 

 

 

 

Error en afiliación para contratos de vinculación formativa con 750 de parcialidad para Garantía Juvenil

Error en afiliación para contratos de vinculación formativa con 750 de parcialidad para Garantía Juvenil

Hoy queremos aclarar una duda que nos estáis planteando últimamente, se trata de un error en afiliación para contratos a tiempo parcial de vinculación formativa con 750 de parcialidad de jornada para Garantía Juvenil.

En las últimas semanas parece que al realizar la afiliación del contrato a tiempo parcial con vinculación formativa con la ampliación de jornada, que se permite cuando se formaliza este contrato con jóvenes beneficiarios de Garantía Juvenil, está dando error, ya que permite dar el alta, pero no aplica la reducción de los seguros sociales.

Tras contactar con Seguridad Social, nos han informado que se debe simplemente a un cambio informático. A partir de ahora para este tipo de contratos el sistema de afiliación solo admite los coeficientes de parcialidad como máximo hasta 500.

Y para aquellas empresas que deseen ampliar la jornada hasta el 75%, deberán realizar un escrito y dirigirlo a la Tesorería General de Seguridad Social. Y ellos se encargarán de realizar la ampliación posteriormente.

Desconocemos los motivos reales de este cambio, pero parece indicar que es para tener más control sobre estas ampliaciones.

A continuación te indicamos un ejemplo de las referencias normativas puedes incluir en el escrito, que debes dirigir a tu Delegación de Tesorería, por si es de ayuda:

 

Se solicita la ampliación del coeficiente de parcialidad hasta el 750, desde el primer día de alta, del trabajador/a __________, con DNI _________, y nº de afiliación _________, contratado en la empresa __________ mediante un contrato a tiempo parcial con vinculación formativa para el colectivo de Garantía Juvenil, con fecha de alta en afiliación __/__/__, en virtud del artículo 108, de Real Decreto Ley 8/2014, de 4 de julio, que modifica la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendimiento y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.

Así mismo, se solicita el correspondiente incremento, proporcional a la jornada del 75% solicitada para el trabajador/a _________, de la reducción aplicada en las contingencias comunes de sus seguros sociales, al amparo del artículo 9, de la Ley 11/2013, de 26 de julio, y su desarrollo normativo, recogido en el artículo 108 del Real Decreto Ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

 

Los contratos a tiempo parcial con vinculación formativa para Garantía Juvenil sí se pueden seguir realizando

Algunos de vosotros nos habéis transmitido vuestras dudas, en relación a la admisión del requisito de Garantía Juvenil para realizar los contratos a tiempo parcial con vinculación formativa. Entre otras cosas, porque al contactar con algunos funcionarios, no han facilitado una información adecuada sobre el tema.

A continuación os indicamos las referencias donde podréis comprobar la vigencia de los contratos a tiempo parcial con vinculación formativa para Garantía Juvenil:

  1. Si consultáis el texto consolidado Real Decreto 11/2013, que regula esta modalidad de contrato bonificada, en su artículo 9, podréis constatar que, entre los requisitos para realizar el contrato, se incluye la opción de Garantía Juvenil y así mismo, también la posibilidad de ampliar la jornada hasta el 75% con este perfil de trabajador, según establece el Real Decreto Ley 8/2014.
  2. La guía de contratos del Servicio Público de Empleo Estatal, actualizada recientemente, en junio de 2017, contempla tanto el requisito de Garantía Juvenil, como la ampliación de jornada para el colectivo.
  3. Si consultamos el Real Decreto Ley 8/2014, la ampliación de jornada, y correspondiente bonificación, del contrato a tiempo parcial con vinculación formativa específico de Garantía Juvenil es la única medida que no tiene fecha de fin expresa en la norma, ni en ninguna de las publicadas posteriormente, por lo tanto, sigue en vigor.

¿Quieres ampliar información sobre el contrato a tiempo parcial con vinculación formativa? Entonces también te interesan los siguientes artículos:

Este verano aumentarán un 12% las contrataciones respecto al año anterior

Este verano aumentarán un 12% las contrataciones respecto al año anterior

Este verano aumentarán un 12% las contrataciones respecto al año anterior. Así de optimistas son los pronósticos que se recogen en los informes realizados por Randstad y Adecco.

Según ambas entidades, se espera que en los meses estivales de 2017 se superen todos los récords en contrataciones, cuyo origen sería el alto incremento de la demanda de trabajadores para atender el sector servicios durante el verano.

Los sectores que precisarán incorporar más personal serán comercio, hostelería, transporte y ocio. Estas áreas de negocio, más relacionadas con el sector turístico, prevén una campaña estival muy positiva para nuestro país.

Según Randstad, se calcula que, solamente en el sector servicios, se realicen 550.000 contrataciones. Las cifras de Adecco son todavía más destacables, puesto que esperan un volumen de contratación de hasta 1.300.000 personas.

Las comunidades autónomas de Andalucía, Cataluña, Comunidad Valenciana y Madrid parece que serán las zonas donde más trabajadores se precisarán.

Los perfiles profesionales más solicitados serán los de promotores, animadores, personal para actividades lúdicas, camareros, cocineros, recepcionistas, socorristas y personal para empresas de transportes.

Las ofertas de empleo más habituales en esta temporada incluyen, entre otros requisitos, el conocimiento de idiomas, siendo fundamental el inglés. Los perfiles que más destacan son los que además dominan un tercer idioma, como francés, alemán, o árabe.

La modalidad de contrato más utilizada en este periodo suele ser el contrato temporal, según ambas agencias.

 

Modelos de contratos bonificados que pueden utilizar las empresas para contratar este verano

Si tu empresa desea contratar este verano, una alternativa muy interesante es el contrato a tiempo parcial con vinculación formativa. Este contrato permite que, durante toda su vigencia, la empresa aplique una reducción del 100% en las contingencias comunes de los seguros sociales, siempre que el trabajador compatibilice el empleo con una formación de al menos 90 horas.

Se recomienda para empresas que tengan cierta estabilidad en su plantilla, ya que exige mantenimiento del volumen de empleo alcanzado con esa contratación.

Si se trata de un puesto de trabajo que se crea en verano, pero se estima que el trabajador vaya a continuar pasado el periodo estival, una opción muy recomendable sería el contrato de formación y aprendizaje. Este tipo de contrato se realiza a jornada completa, permitiendo que el trabajador se forme de manera práctica (en su puesto de trabajo) y teórica en una profesión.

Esta modalidad es la que más bonificaciones aporta actualmente a las empresas, ya que podrán aplicar las siguientes ventajas de forma mensual:

  • Reducción del 100% en los seguros sociales durante toda la duración del contrato.
  • Bonificación del 100% de la formación teórica.
  • Bonificación adicional para la empresa en concepto de tutorización de entre 60 y 80 euros.

 

Fuente: ElPaís

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