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La Ley contra el Fraude Fiscal prohíbe pagos en efectivo superiores a 1000 €

1 junio, 2022
La Ley contra el Fraude Fiscal prohibirá pagos en efectivo superiores a 1000 €

El pasado mes de julio entró en vigor la Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal que prohíbe los pagos en efectivo de más de 1000 €.

La Ley 11/2021 contempla numerosas medidas cuyo fin es introducir nuevos parámetros en la justicia tributaria que ayuden a prevenir y luchar contra el fraude fiscal.

Así mismo, modifica la normativa existente para incorporar al Derecho comunitario en el ordenamiento español y evitar la economía sumergida.

Pero existe cierta inquietud respecto a esta Ley. Desde Bruselas consideran que la prohibición de pagos en efectivo de más de 1000 euros estaría actuando en contra del criterio del Banco Central Europeo y podrían expedientar a España.

Te ofrecemos a continuación un resumen de las medidas más relevantes y te contamos todo sobre la posible expedientación de España provocada por esta medida.

 

Se prohíben los pagos en efectivo superiores a 1000 euros

El artículo 18 de la nueva Ley de Medidas de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal prohíbe los pagos en efectivo superiores a 1000 euros o su valor equivalente en moneda extranjera. Se reduce, por tanto, el límite máximo permitido hasta ahora, que era de 2.500 euros.

No podrán realizarse pagos en efectivo cuando una de las partes actúe como empresario o profesional desde el 11 de julio de 2021.

Los particulares con domicilio fiscal fuera de España también se verán limitados, reduciéndose el límite de pagos en efectivos de los 15.000 actuales hasta los 10.000 euros. Siempre que no actúe como empresario o profesional.

En el caso de operaciones entre particulares no habrá cambios, el límite para las transacciones en efectivo se mantendría en 2.500 euros.

El objetivo de estos límites es tratar de reducir las operaciones en efectivo, que son más difíciles de rastrear y así evitar situaciones fraudulentas o de economía sumergida.

Superar los nuevos límites para operaciones en metálico será sancionado con una multa del 25% sobre la cantidad pagada en efectivo.

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Bruselas estudia expedientar a España por la Ley Antifraude

Esta medida no ha sido aceptada por Bruselas. Desde la Comisión Europea consideran que los límites a los pagos en efectivo que establece la Ley Antifraude irían en contra del criterio del Banco Central Europeo.

Así, desde Bruselas estudian expedientar a España. La Comisión Europea ha informado de que este límite a los pagos en efectivo de 1.000 euros estaría reduciendo la capacidad de los pagadores de usar billetes en euros.

Y se estaría mermando la libertad de los ciudadanos para elegir el medio de pago que deseen, lo que provocaría problemas económicos y ciertos riesgos para el euro.

La Comisión Europea ya ha comenzado a estudiar la legalidad de la normativa española por poner en peligro el concepto de “curso legal” del euro y será en un plazo de 2 meses cuando informe de los resultados obtenidos.

Habrá que esperar para conocer cuál es la decisión de Bruselas pero todo apunta a que podría iniciarse un procedimiento de infracción.

Para que conozcas en profundidad qué recoge la Ley Antifraude, a continuación detallamos los puntos más relevantes:

 

Se reducen las cantidades para aparecer en la lista de morosos

El artículo 13.8 introduce cambios en la lista de deudores con la Hacienda Pública. Con su aprobación, se reduce desde el 11 de julio la cifra para aparecer en el llamado «listado de morosos», que pasa del 1.000.000 € a los 600.000 euros.

Además, en la lista se incluiría, no sólo a los titulares de la deuda, si no también a todos aquellos responsables solidarios que pudieran existir. En consecuencia, esta medida de presión social afectará a muchos más deudores.

Esto ocurriría en el caso de que las deudas o sanciones tributarias no hubiesen sido abonadas en el periodo de ingreso voluntario.

Se valorará si el deudor reúne los requisitos para ser incluido en el listado tomando como referencia el 31 de diciembre del año anterior. Y se avisará al afectado para que pueda alegar en los 10 días siguientes a la comunicación.

Si se paga la cantidad adeudada antes del plazo de alegaciones se evitaría entrar en el listado de morosos.

 

El valor de referencia del Catastro se convertirá en la base imponible de los tributos patrimoniales

El texto contempla una reforma que permitirá que el valor de referencia del catastro sea la referencia para la base imponible de los tributos patrimoniales de los bienes inmuebles, afectaría a los siguientes impuestos:

  • Impuesto de Patrimonio sobre inmuebles cuya base imponible haya sido el valor de referencia del catastro.
  • Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
  • Impuesto de Sucesiones y donaciones.
  • Actos Jurídicos Documentados.

Según la nueva Ley, el nuevo valor de referencia no podría ser superior al valor de mercado.

Se entenderá como valor de mercado el precio más probable por el que podría venderse el bien libre de cargas entre partes independientes.

El valor de referencia de cada inmueble estará basado en las compraventas realizadas ante notario y se tendrá en cuenta la antigüedad y características de cada uno.

En los 20 primeros días de diciembre, la Dirección General del Catastro publicó en el BOE los valores de referencia de cada inmueble, que pueden consultarse en la Sede Electrónica del Catastro.

Cuando no exista valor de referencia o no pueda ser certificado por el Catastro, la base imponible será la cantidad mayor de estas: valor declarado por el contribuyente o valor de mercado.

Si las personas afectadas consideran que han sido perjudicadas en la determinación del valor de referencia, podrían solicitar una rectificación de la autoliquidación impugnando el valor de referencia. En estos casos, resolverá Hacienda, tras valorar el informe del Catastro.

 

Se prohíben las amnistías fiscales

El artículo 13 no permitirá ningún tipo de «instrumento extraordinario» para regularizar la situación fiscal de los deudores. Esta medida acaba con los privilegios tributarios y las grandes fortunas, que suelen ser los más afectados, deberán ajustarse a la normativa vigente.

 

Más control sobre las criptodivisas

La gran proliferación de criptodivisas o «cybermonedas», tanto en el extranjero, como en territorio nacional, ha hecho necesario desarrollar una regulación que garantice más información y control sobre éstas.

La nueva Ley exigirá suministrar información sobre las operaciones realizadas con criptomonedas. Esta obligación abarcará los movimientos de compra, transmisión, cambio y transferencia de criptodivisas.

De igual forma, se tendrá que presentar el modelo 720 (declaraciones de bienes y derechos en el exterior) en los casos de tenencia de este tipo de monedas en otros países.

 

Se limitan los programas informáticos de contabilidad

El Gobierno quiere evitar la producción y uso de sistemas informáticos que permitan manipular la contabilidad de las empresas, son los llamados «software de ocultación de ventas».

El artículo 13.21 establece como infracción la creación y comercialización de programas contables y de facturación que permitan llevar contabilidades «distintas» o alterar transacciones de alguna forma.

Así mismo, se considerará una infracción tributaria grave disponer de programas de contabilidad que lo permitan y que no cuenten con la debida certificación.

Se sancionará con 150.000 euros por cada ejercicio económico a quien produzca o comercialice los programas y con 50.000 euros por ejercicio a las personas que utilicen estos programas.

 

Transposición de la normativa europea antielusión fiscal

En esta Ley se ha incluido la transposición de la Directiva europea cuyo fin es evitar la elusión fiscal. La denominada «ATAD» traerá nuevas normas para evitar estas prácticas.

Igualmente se incorpora a la normativa española la directiva relativa a la Transparencia Fiscal Internacional.

Esta medida pretende evitar la deslocalización de rentas y asegurar que las empresas que se trasladen a otro país no deben de tributar en España cuando les corresponda.

 

Fomentar el pago voluntario del contribuyente

La Ley introduce medidas para fomentar el pago voluntario entre los contribuyentes, a través de cambios en nuestro ordenamiento para aminorar el alto volumen de litigiosidad español.

Entre ellas, un cambio en el régimen de reducciones relativas a las sanciones tributarias y de recargos, que buscaría hacer más sencillo el proceso.

¿Qué te parecen estas medidas? ¿Crees que son positivas, o por el contrario consideras correcta la posición de Bruselas? Nos encantará leer tus comentarios.

 

Fuente: Ley 11/2021

 

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Ángela M. Labrador

3 Comentarios

  1. Mario

    Creo es un abuso mayúsculo sin paliativos este ordenamiento. De ninguna manera se debe castigar el pago en efectivo a nadie, el dinero es diseñado al portador y libre de pagar con él, lo que se quiera y por el importe que sea. No se debe de suprimir ni obligar a nadie. Todo por lo que lucha debe tener otra solución. Que den más trabajo a personas para controlar a los delincuentes contra el fisco, y cuando los cojan que lo obliguen a pagar todo el monto que le caiga sin cumplimiento de condena hasta que pagué. Empezando por los políticos. El que no quiera trabajar con los bancos no debe ser obligado y castigado por tener su dinero donde le de la gana.

    Responder
  2. Pedro

    Hacienda somos todos pero no todos por igual. Me parece estupendo que se pongan mas medidas para controlar el fraude pero siempre con sentido comun . No creeis que si me obligan a tener cuenta bancaria, deberian pactar con los bancos para que cada persona en este pais tenga una cuenta gratis ? Tengo que pagar con tarjeta pero por mantener la tarjeta me cobran , tengo que pagar con transferencia pero por la transferencia me cobran , tengo que tener una cuenta para todo esto pero por la cuenta me cobran .

    Responder
    • Marilen

      JA, JA, hacienda no somos todos; el Estado con su afán de poder y lucro nos manipula para que creamos que es un deber de buen ciudadano pagar impuestos.Pero es todo lo contrario, el dinero de nuestro trabajo no es para pagar los lujos, corrupción etc de nuestros queridos políticos.El Estado nos roba, así de claro, igual que los bancos.En fin, es hora de despertar.
      un saludo Pedro

      Responder

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