fbpx
Webinar sobre nuevas bonificaciones a la contratación en colaboración con CGS Sevilla

Webinar sobre nuevas bonificaciones a la contratación en colaboración con CGS Sevilla

¡Tenemos una nueva cita! Hemos organizado, junto con el Colegio de Graduados Sociales de Sevilla, un nuevo Webinar sobre bonificaciones a la contratación tras el RD Ley 1/2023.

Se realizará el próximo 25 de septiembre a las 17 horas.

Ángela Labrador, Graduada Social y CMO de Grupo2000, impartirá esta sesión en la que podrás solventar todas tus dudas y descubrir las últimas novedades sobre bonificaciones para contratar, recogidas en el RD Ley 1/2023.

Si te dedicas al ámbito laboral y eres colegiado, ¡te esperamos!

 

Contenido del Webinar Nuevas bonificaciones para contratar tras el RD Ley 1/2023

En el Webinar aprenderás:

  • Cómo funciona el mantenimiento de empleo por 3 años y a qué contratos afecta: te recordamos que esta es una de las nuevas obligaciones incluidas en el RD Ley.
  • Qué bonificaciones han sido derogadas para evitar problemas en tus procesos de contratación.
  • Cuáles son las novedades en la bonificación para el contrato de formación en alternancia.

Habrá un ratito para que realices la dudas y consultes que tengas tras la sesión.

Te recordamos que el Webinar se realizará:

  • Fecha: 29 de septiembre de 2023
  • Hora: 17:00 horas

Si quieres mantenerte al día sobre las últimas regulaciones laborales y bonificaciones para contratar, ¡apúntate!

 

¿Cómo reservar tu plaza en el Webinar?

Para reservar tu plaza deberás contactar con el Colegio de Graduados Sociales de Sevilla, ¡estarán encantados/as de atender tu solicitud!

Y si tienes alguna duda o necesitas más información sobre contratos de formación en alternancia y sus novedades puedes contactar con nosotros en el teléfono 958 80 67 60 o a través de nuestro chat en directo. ¡Nos encatará ayudarte!

Contrato de formación en alternancia blog
La jornada a tiempo parcial equivaldrá a un día completo cotizado

La jornada a tiempo parcial equivaldrá a un día completo cotizado

A partir del 1 de octubre la jornada a tiempo parcial equivaldrá a un día completo cotizado.

Es decir, los días que se hayan trabajado a tiempo parcial van a computar como cotizados a jornada completa.

Esta medida viene recogida en el RD Ley 2/2023 en el que se incluyó una modificación del artículo 247 de la Ley General de la Seguridad Social.

A continuación, analizamos dicha modificación y te ofrecemos los detalles sobre cómo la jornada parcial va a contar como un día entero cotizado.

 

 ¿La jornada parcial va a contar como un día entero cotizado?

Así es. El RD Ley 2/2023 recoge la modificación del artículo 247 de la Ley General de la Seguridad Social, que queda de la siguiente manera:

“A efectos de acreditar los períodos de cotización necesarios para causar derecho a las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal y nacimiento y cuidado de menor se tendrán en cuenta los distintos períodos durante los cuales el trabajador haya permanecido en alta con un contrato a tiempo parcial, cualquiera que sea la duración de la jornada realizada en cada uno de ellos”.

Por tanto, la jornada parcial se contará a tiempo completo a efectos del cómputo de los períodos cotizados para el reconocimiento de las pensiones de:

  • Jubilación.
  • Incapacidad permanente.
  • Muerte y supervivencia.
  • Incapacidad temporal.
  • Nacimiento y cuidado de menor.

Para todos estos casos, se tendrán en cuenta los períodos cotizados cualquiera que sea la duración de la jornada realizada en cada uno de ellos.

Además, el RD Ley 2/2023 incluye una modificación del artículo 248 de la Ley General de la Seguridad Social que afecta a la situación de las personas trabajadoras fijas discontinuas.

E indica que van a tener el tratamiento de personas trabajadoras a tiempo parcial a efectos del sistema de la Seguridad Social, para la determinación de la base reguladora diaria de la prestación por incapacidad temporal.

Contrato de formación en alternancia blog

¿Por qué se equipara la cotización del trabajo a jornada parcial con la de la jornada completa?

La modificación de los artículos 247 y del artículo 248 viene impuesta por la doctrina resultante de las siguientes Sentencias del Tribunal Constitucional:

  • 91/2019, de 3 de julio.
  • 155/2021, de 13 de septiembre.

En ambas, se declara la inconstitucionalidad y nulidad de que la jornada parcial cotizara menos, debido a su incidencia negativa en la cuantía de las pensiones de las personas trabajadoras a tiempo parcial, particularmente de las mujeres.

Por tanto, se ha equiparado la cotización del trabajo a jornada parcial con el de la jornada completa.

Al tenerse en cuenta los períodos cotizados, independientemente de la duración de la jornada, se va a facilitar que la persona trabajadora cumpla antes el período cotizado para acceder a su pensión.

Una persona empleada que preste sus servicios en la empresa durante ocho horas diarias va a cotizar lo mismo que una persona empleada a media jornada.

Así, deja de ser determinante la duración de la jornada laboral.

 

¿A quiénes beneficia la equiparación de la cotización a jornada parcial y a jornada completa?

Esta medida beneficiará a más de 2 millones de personas trabajadoras, especialmente a las mujeres.

Esto es debido a que las mujeres suelen tener empleos de menos horas para poder conciliar la vida familiar y laboral.

Aunque, por supuesto, va a beneficiar a todas las personas trabajadoras que presten sus servicios a media jornada y que tengan dificultades para cotizar los años exigidos para solicitar el 100% de su pensión.

Asimismo, hay que destacar otras medidas que también van a suponer un cambio importante:

 

Va a aumentar el complemento para reducir la brecha de género

Este complemento para reducir la brecha de género se va a incrementar un 10% en 2024 y otro 10% en 2025.

Hay que recordar que el complemento también es accesible para padres que cumplan los requisitos, como tener derecho a una pensión de viudedad.

 

Se va a adaptar el período para calcular la pensión de jubilación

Las personas que vayan a jubilarse en los próximos años y deseen calcular la pensión de jubilación van a poder elegir entre:

  • Mantener los últimos 25 años de trabajo como base para calcular su pensión.
  • O ampliarlo a 29 años y poder descartar los 24 meses que sean peores.

 

¿Cuándo pueden cotizar las jornadas parciales como completas?

A partir del 1 de octubre las jornadas parciales van a cotizar como jornadas completas.

Ahora bien, aún no tenemos certeza de si esta medida va a tener o no efectos retroactivos. De hecho, en un principio algunas informaciones indicaron que no tendría carácter retroactivo en la pensión de jubilación. Habrá que esperar para conocer cuál será su aplicación.

Esperamos que este post te haya servido de ayuda. ¿Sabías que la jornada parcial va a computar a efectos de cotización como una jornada completa?

No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

Contrato de formación en alternancia blog
Ayudas de 6.000 euros para crear Planes de Igualdad en Andalucía

Ayudas de 6.000 euros para crear Planes de Igualdad en Andalucía

¡Nueva subvención para pymes andaluzas! Si eres una empresa con sede social en Andalucía y tienes entre 10 y 49 personas en plantilla, esta ayuda te interesa.

El BOJA ha publicado la línea de ayudas de hasta 6.000 euros para crear Planes de Igualdad en Andalucía.

El plazo para solicitar esta subvención se abrió el 16 de septiembre y finaliza el próximo 29 de septiembre.

A continuación, te ofrecemos todos los detalles de la subvención. Analizamos qué requisitos debes cumplir para acceder a la ayuda y dónde solicitarla.

 

 

¿Cómo son las ayudas para elaborar Planes de Igualdad en Andalucía?

La Orden de 5 de octubre de 2020 del BOJA publicó una serie de subvenciones para actuaciones que facilitasen la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía.

Dentro de la convocatoria se incluyó la línea 7, subvenciones para la elaboración de planes de igualdad a empresas con sede social en Andalucía.

Esta ayuda se modificó por la Orden de 29 de mayo de 2023 en la que se publicaron las bases reguladoras para su concesión, en la que se estableció un período de máximo 6 meses para abrir el período de solicitudes de la subvención.  

Ahora, la resolución de 12 de septiembre de 2023 (publicada el viernes, 15 de septiembre) ha convocado esta nueva línea de ayudas con el fin de cubrir los gastos que tengan las personas autónomas y las pymes con más de 10 personas empleadas durante la elaboración de sus Planes de Igualdad.

Las ayudas están dirigidas a empresas que no estén obligadas a contar con un Plan de Igualdad según la normativa vigente con el fin de fomentar que se implanten Planes de Igualdad en un mayor número de empresas.

Es decir, estas ayudas pretenden promover la elaboración de Planes de Igualdad en empresas, independientemente del sector de actividad, que cuenten con un mínimo de 10 personas trabajadoras y un máximo de 49.

Los planes de igualdad van a fijar objetivos de igualdad a alcanzar, estrategias y prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados.

Serán objeto de subvención los Planes de Igualdad elaborados en los términos exigidos para los Planes legalmente obligatorios e inscritos en el Registro de Planes de Igualdad de las empresas.

 

Solicita un plan de igualdad

¿Qué entidades pueden solicitar las subvenciones de 6.000 euros para crear un Plan de Igualdad?

Podrán solicitar las subvenciones de 6.000 euros para crear Planes de Igualdad las entidades o personas que:

  • Tengan la sede social en Andalucía.
  • Cuenten con un mínimo de 10 personas trabajadoras contratadas y un máximo de 49 personas.

Para el cálculo del número de personas trabajadoras se tendrá en cuenta la plantilla total de la empresa, independientemente de su número de centros de trabajo y cualquiera que sea la forma de contratación laboral, incluidas las personas con:

Cada persona con contrato a tiempo parcial se computará, con independencia del número de horas de trabajo, como una persona más.

A este número de personas deberán sumarse los contratos de duración determinada, independientemente de cuál sea su modalidad que, habiendo estado vigentes en la empresa durante los 6 meses anteriores, se hayan extinguido en el momento de efectuar el cómputo.

En este caso, cada 100 días trabajados o fracción se computará como una persona trabajadora más.

Estos requisitos deberán mantenerse desde la fecha de presentación de la solicitud hasta la finalización del plazo de justificación de la subvención.

 

¿Cuál es la cuantía máxima de las ayudas?

El porcentaje máximo de la subvención será del 100% del presupuesto aprobado, siendo la cuantía máxima de la subvención 6.000 euros.

 

¿Qué conceptos son subvencionables con la ayuda de 6.000 euros en Andalucía?

Antes de nada hay que aclarar que no será objeto de subvención la elaboración de un Plan de Igualdad en estos casos:

  • Cuando la obligación de elaboración del Plan de Igualdad derive del convenio colectivo aplicable a la empresa.
  • Cuando la autoridad laboral hubiera acordado en un procedimiento sancionador la sustitución de las sanciones accesorias por la elaboración y aplicación de un Plan de Igualdad.

Si no estás en ninguno de estos casos y puedes acceder a la ayuda, debes tener en cuenta que serán subvencionables:

 

Gastos de personal

Cuando en la elaboración del Plan de Igualdad participen recursos propios de la empresa solicitante.

En este caso, se entienden como gastos de personal las retribuciones de la plantilla o las indemnizaciones por razón del servicio.

 

Gastos de prestación de servicios de consultoría o asistencia técnica

Cuando en la elaboración del Plan de Igualdad se cuente con el apoyo y el asesoramiento de personas expertas en materia de igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito laboral.

 

¿Qué documentación deben aportar las empresas para acceder a la ayuda de 6.000 euros en Andalucía?

Las empresas deberán aportar la siguiente documentación:

  • Copia del NIF de la empresa solicitante.
  • Poder de representación de la persona solicitante.
  • Escritura de constitución debidamente inscrita en el registro correspondiente.
  • Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de Inscripción de Empresario en el Sistema de la Seguridad Social, en el que se refleje la Actividad Económica.
  • Declaración censal de actividades o la Declaración del Impuesto sobre Actividades Económicas.
  • Documento actualizado acreditativo del número de personas empleadas por la empresa, el cual deberá incluir aquellas contrataciones que hubiesen estado vigentes en los 6 meses anteriores.
  • Declaración responsable de no traer causa la elaboración del plan de igualdad en una obligación impuesta por el convenio colectivo aplicable a la empresa.
  • Declaración responsable de no traer causa la elaboración del plan de igualdad en un acuerdo adoptado por la autoridad laboral en un procedimiento sancionador, de sustitución de sanciones accesorias por la elaboración y aplicación de un plan de igualdad.
  • Declaración responsable de no haber sido condenada o sancionada la entidad por alentar o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente o por acoso sexual en el trabajo, durante un plazo de 5 años desde la fecha de la condena por sentencia firme o de la resolución administrativa firme.
  • Copia del Documento Nacional de Identidad o equivalente de la persona representante, en caso de que haya manifestado su oposición a la consulta de sus datos de identidad.
  • Memoria descriptiva de la actividad a realizar, que deberá incluir cronograma de realización.
  • Presupuesto de ingresos y gastos de la actuación debidamente desglosado.

 

¿Dónde solicitar la ayuda de 6.000 euros para implantar Planes de Igualdad?

La solicitud de la ayuda de 6.000 euros para implantar un Plan de Igualdad deberá presentarse en la sede electrónica de la Junta de Andalucía.

 

¿Cuál es el plazo máximo para pedir la ayuda?

El plazo de presentación de solicitudes se abrió el pasado 16 de septiembre y permanecerá abierto hasta el día 29 de este mes.

 

Grupo2000 te ayudamos a elaborar tu Plan de Igualdad

En Grupo2000 te ayudamos a realizar tu Plan de Igualdad según la normativa vigente. Nuestro Plan de Igualdad incluye también una Auditoría Retributiva y un Protocolo de Acoso Sexual.

Si deseas que te asesoremos puedes contactarnos en el 958 80 67 60 o en nuestro chat online.

¿Conocías estas ayudas de 6.000 euros para implantar Planes de Igualdad en Andalucía? No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

Contrato de formación en alternancia blog
Dónde enviar tu CV para ser docente de FPE

Dónde enviar tu CV para ser docente de FPE

¿Una de tus grandes pasiones es trabajar como docente? ¿Crees que ha llegado el momento de reorientar tu carrera profesional?

Si ya tienes tu Certificado de Docencia y necesitas encontrar tu primera oportunidad laboral, te contamos dónde enviar tu CV para ser docente de FPE.

Esta es una de las cuestiones que muchos de nuestros clientes soléis consultarlos: ¿dónde y cómo encontrar oportunidad laborales para docentes de FPE?

A continuación, te ofrecemos una serie de tips sobre cómo encontrar ofertas de empleo en este ámbito altamente demandado.

 

¿En qué páginas se publican ofertas para enviar tu CV para ser docente de FPE?

Actualmente, existe una gran demanda de docentes de FPE. Pero, ¿dónde puedes encontrar esas ofertas de trabajo?

Tienes varias opciones donde encontrar puestos de trabajo como docente de FPE.

Si no sabes por dónde empezar, a continuación, te proporcionamos una serie de pautas que esperamos te sirvan de gran ayuda.

 

próxima convocatoria de certificado de docencia ssce0110 de Grupo2000

Bolsa de tutores en Agencia de Colocación de Grupo2000

En nuestra Agencia de Colocación se publican diversas ofertas disponibles en centros repartidos por todo el territorio nacional que tienen la necesidad de contratar a docentes de FPE.

Puedes acceder a estas ofertas de manera rápida y apuntarte, siempre que cumplas los requisitos de cada una de ellas.

En nuestra Agencia de Colocación todas las ofertas disponen de una descripción donde se especifica qué busca la empresa exactamente.

También se detallan cuáles son las funciones a realizar por parte de la persona docente y los requisitos que debes cumplir.

Por supuesto, se especifica:

  • La localidad en la que se desempeñarán las funciones.
  • La necesidad o no de tener conocimiento de idiomas.
  • Y la experiencia necesaria en ocupaciones específicas.

Te recomendamos revisar al menos de forma semanal las ofertas de empleo de nuestra Agencia de Colocación para estar al tanto de las novedades. 

 

Buscador de centros del SEPE

El buscador de centro del SEPE es otra idea bastante interesante para encontrar ofertas de empleo como docente de FPE en diferentes centros.

Y te estarás preguntando, ¿cómo se que centros de formación imparten la especialidad para la que yo cumplo los requisitos para ser docente?

En la página del SEPE tienes un buscador de centros desde donde puedes segmentar tu búsqueda para visualizar sólo los centros que imparten o están acreditados para impartir tu especialidad y así sólo enviarle tu CV a los que más te interesan.

Podrás filtrar tu búsqueda por aquellos que imparten la especialidad de forma presencial o en modalidad online.

Igualmente podrás acotar más el resultado del buscador, indicando:

  • Ubicación del centro. En este caso, tienes la opción de segmentar por centro de formación específico, comunidad autónoma, provincia, etc. 
  • Nombre de la especialidad.
  • U ocupación profesional.

Tras insertar los valores que deseas, el buscador del SEPE te mostrará un listado donde se recogerán todos aquellos centros que imparten la especialidad para la que cuentas con acreditación.

Pulsando sobre cada centro, podrás visualizar los datos de contacto de cada academia:

  • Denominación.
  • Código del centro.
  • CIF.
  • Comunidad Autónoma.
  • Provincia.
  • Dirección.
  • Código Postal.
  • Teléfono.

Así podrás tener a mano toda la información que necesitas para enviar tu CV y postularte como docente de FPE de forma sencilla. 

 

Realiza campañas de envío de tu CV de docente de FPE

Como recomendación, desde Grupo2000 te animamos a crear tu propio directorio de ofertas.

Puedes generar un Excel en el que incluyas las ofertas que te sean de interés, clasificarlas por región o especialidad y apuntar en cada una de ellas el contacto para ir enviando tu CV cada cierto tiempo.

Recuerda estar pendiente a los boletines de las comunidades autónomas porque sacan licitaciones para diferentes centros que también podrían ajustarse a tu búsqueda.

Podrás conocer a qué centro se le asigna cada licitación para contactar, enviar tu CV y postularte como docente de FPE.

 

Crea tu propia red de contactos en LinkedIn

Aunque es muy importante mantener un perfil activo en todas las redes sociales, LinkedIn es la herramienta fundamental para profesionales.

Permite compartir conocimiento con otros usuarios que tengan tus mismos intereses, por lo que es muy importante crear una cartera de contactos activa en esta red social.

Puedes acceder a grupos de tutores de formación en los que se publiquen ofertas y compartir también con tus contactos estas oportunidades para generar una comunidad activa y dinámica.

También tienes la opción de realizar búsquedas utilizando los códigos de las ofertas para conocer si existen trabajos disponibles en ese momento.

 

¿Es útil usar las redes sociales para encontrar ofertas de docente de FPE?

Además de LinkedIn es recomendable tener presencia en el resto de redes sociales, ya que hay compañías que publican sus vacantes en sus perfiles de Facebook, Twitter o Instagram. 

En el caso de Facebook existen grupos y páginas dedicados a compartir ofertas de empleo en el ámbito de la educación y formación. Lo ideal es que te unas a esos grupos para estar al día de las oportunidades laborales que surjan. 

En Twitter puedes usar hashtags como #EmpleoFE para realizar búsquedas de forma rápida. 

En el caso de Instagram esta red social no es usada de manera común para buscar empleo pero sí existen empresas que comparten sus ofertas laborales en sus historias o publicaciones.

 

Activa las notificaciones en Google Alert

Activar las alertas en Google Alert es una práctica muy recurrente. Cada vez que se publique una oferta que reúna las características que has especificado en tu búsqueda la alerta se activará y tendrás conocimiento de la misma.

Te animamos, además, a realizar búsquedas de empleo en organizaciones como Cruz Roja, donde suelen impartir cursos de formación ofreciendo oportunidades a nuevos docentes.

 

¿Qué información debes incluir en tu CV de docente de FPE?

En primer lugar, es muy importante que incluyas tu Certificado de Docencia de FPE.

Además, debes incluir:

  • Tu título relacionado con la ocupación que vas a impartir.
  • Y especificar la experiencia demostrable.

Una vez te convoquen para una entrevista es bastante probable que tengas que presentar tu fe de vida laboral para que quede constancia de dicha experiencia de forma contrastada.

¡Recomendación! Si estás dispuesto a desplazarte y cambiar tu residencia no incluyas tu localidad en el CV.

Cuando pones tu lugar de residencia y la oferta de trabajo se encuentra en una localidad, provincia o comunidad autónoma diferente hay empresas que descartarán tu CV de forma automática.

Para evitar que esto suceda elude poner tu dirección, siempre y cuando estés dispuesto a desplazarte a otro lugar.

 

Consigue tu Certificado de Profesionalidad de Docencia de FPE con Grupo2000

¿Aún no tienes tu Certificado de Profesionalidad de Docencia de FPE? ¡Puedes conseguirlo con Grupo200!

Grupo2000 está acreditado por el Servicio Público de Empleo Estatal para impartir el Certificado de Profesionalidad de Docencia de FPE.

Si deseas obtener tu certificado y cumplir tu sueño de convertirte en docente, visita nuestra web. La próxima convocatoria comenzará en octubre de 2023.

Y si necesitas saber qué requisitos se requieren para ser docente te recomendamos leer nuestro post Cómo ser docente de Certificados de Profesionalidad en 2023

 

Buscadores de empleo

Existen portales de empleo específicos para el ámbito de la educación. Por ejemplo, puedes usar Educajob.

Además, hay buscadores de empleo para todo tipo de trabajos. Resumimos, a continuación, los más relevantes:

  • Empléate es una bolsa de trabajo perteneciente al SEPE en la que se publican ofertas de empleo público y privado. Puedes subir tu CV y activar las alertas para recibir notificaciones siempre que se publiquen ofertas de tu interés.
  • Infojobs es uno de los portales de empleo líderes en España. En este portal se publican nuevas ofertas cada día. Solo tienes que crear una cuenta, rellenar tus datos y crear tu CV. Podrás acceder a miles de puestos de trabajo.
  • Indeed es una plataforma de búsqueda de empleo muy utilizada en diversos sectores. Permite a los usuarios investigar sobre las empresas, conocer qué tipo de empleos son los más demandados y enviar el CV de manera rápida y sencilla a cualquier oferta que resulte de interés.
  • Infoempleo se encarga de difundir nuevas oportunidades de trabajo y ofrece la posibilidad de detectar las mejores ofertas según la formación y experiencia del candidato.
  • Otra plataforma encargada de publicar ofertas de empleo de manera diaria es Monster que ofrece las mejores oportunidades dependiendo del perfil del usuario.
  • Jobatus permite a las empresas publicar ofertas para convertirlas en accesibles para todo tipo de usuarios. Este portal de empleo ofrece la opción de recibir alertas de las ofertas que te interesen en tu email.
  • Existen otros portales especializados en un determinado sector como Domestika (dedicado al ámbito de la comunicación), TicJob (especializado en empleos del sector IT) o Turisjobs (un portal centrado en ofertas de turismo).
  • Por último, puedes usar Disjob, un portal especializado en selección de talento con discapacidad.

Esperamos que estos tips te sirvan de ayuda en tu búsqueda de empleo como docente.

Si conoces más páginas donde encontrar ofertas para realizar tu labor como docente o comenzar tu actividad en cualquier otra profesión, no dudes en compartirlas con nosotros.

Y por supuesto, déjanos tu comentario más abajo, ¡nos encanta leerte!

próxima convocatoria de certificado de docencia ssce0110 de Grupo2000
¿Cuáles son las obligaciones de igualdad para tu empresa?

¿Cuáles son las obligaciones de igualdad para tu empresa?

Nos acercamos al cierre de 2023 y todavía algunas compañías tienen pendiente cumplir con sus responsabilidades en materia de igualdad laboral.

Así que si deseas finalizar el año con éxito en términos de cumplimiento laboral, ¡este post es para ti!

¿Sabes si tu empresa está obligada a tener un Plan de Igualdad? ¿Y un Registro Retributivo? A continuación, solventamos tus dudas.

Te contamos cuáles son las obligaciones de igualdad para tu empresa.

Además, al final de este artículo podrás descargar una tabla resumen con todas las obligaciones de igualdad y referencias a la normativa para cada una de ellas. ¡Descárgala gratis y úsala siempre que lo necesites!

 

¿Qué obligaciones de igualdad debe cumplir tu empresa?

El tema de la igualdad en las empresas está de plena actualidad y ya son diversas las obligaciones que deben cumplir las compañías para fomentar la igualdad y las oportunidades entre sus plantillas.

En este post vamos a resolver todas tus dudas sobre qué obligaciones de igualdad tiene que cumplir tu empresa.

¡Importante! La Ley Orgánica 10/2022 incluyó una nueva obligación en materia de igualdad para las empresas.

Esta Ley obliga a las compañías a formar a sus plantillas en materia de prevención y sensibilización del acoso y especifica la necesidad de que cuenten con un curso para la protección integral contras las violencias sexuales.

A continuación, te ofrecemos más detalles y hablamos sobre los planes de igualdad, registro retributivo o plan de prevención y acoso laboral, entre otras obligaciones.

Solicita un plan de igualdad

¿Qué empresas deben contar con un Plan de Igualdad?

En el año 2020, se impuso la obligación de tener un Plan de Igualdad a todas las empresas con una plantilla desde 150 personas trabajadoras.

Un año más tarde, desde el 7 de abril de 2021, se amplió la obligación de tener un Plan de Igualdad a las empresas con más de 100 trabajadores.

Y, de nuevo un año después, la obligación volvió a sumar empresas. El RD Ley 6/2019 amplió la obligación a las empresas con 50 o más trabajadores.

De esta manera, desde el 7 de marzo de 2022 están obligadas a realizar un Plan de Igualdad las empresas con una plantilla desde 50 personas en plantilla.

Los Planes de Igualdad deben incluir una serie de medidas para reducir las desigualdades que se puedan producir en una entidad por razón de género, además de fomentar la igualdad de trato entre hombres y mujeres.

¡IMPORTANTE! Como sabes, a partir del 1 de septiembre de 2023 ya han entrado en vigor las nuevas bonificaciones para contratar.

Estas nuevas bonificaciones, que ya están vigentes, incluyen obligaciones para las empresas, entre ellas la de cumplir con la obligación de tener un Plan de Igualdad.

Es decir, las empresas que estén obligadas a tener un Plan de Igualdad y no lo tengan elaborado y registrado no van a poder beneficiarse de las bonificaciones a la contratación.

 

¿Hay que tener en cuenta el teletrabajo dentro del Plan de Igualdad?

La mayor parte de las empresas incumplen con una obligación: la de incluir el teletrabajo en el Plan de Igualdad.

Las compañías deben revisar obligatoriamente sus Planes de igualdad e incluir a las personas que estén prestando sus servicios en modalidad de teletrabajo.

La Ley 10/2021 indica que las compañías tienen la obligación de tener en cuenta a las personas que prestan sus servicios a distancia para realizar el diagnóstico del Plan de Igualdad, implementarlo y evaluar las medidas de igualdad.

Por tanto, si tu plantilla está realizando su actividad desde casa debes revisar tu Plan de Igualdad para incluir medidas que eviten la discriminación laboral a distancia.

 

¿Qué empresas tienen que tener un Registro Retributivo?

Desde el 14 de abril de 2021, tal y como indica el RD Ley 6/2019, todas las empresas están obligadas a tener un Registro Retributivo, independientemente del número de personas trabajadoras que tengan.

Todas las empresas tienen que mantener actualizado cada año un documento en el que recojan la información sobre los salarios de la empresa, incluyendo al personal directivo y a los altos cargos.

El Registro Retributivo tiene que mostrar de forma separada el salario de los hombres y de las mujeres de la plantilla para garantizar la transparencia de las retribuciones.

Tiene que actualizarse cada año y recogerá el salario de los trabajadores y trabajadoras a lo largo del año anterior.

En este caso, todas las empresas tendrán que ir actualizando sus registros retributivos en los próximos meses, una vez que llegue 2024, para incluir los salarios que percibieron los trabajadores y trabajadoras durante 2023.

 

¿Está mi empresa obligada a tener un Plan de Prevención y Acoso Laboral?

Sí, desde marzo de 2007 todas las empresas, independientemente del número de personas trabajadoras que tengan en plantilla, tienen que contar con un Plan de Prevención y Acoso Laboral.

Así lo determina la Ley de Igualdad 3/2007, a la que se sumó el RD 901/2020 que recoge la necesidad de adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres.

Todas las empresas deben promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo.

Para ello, deben implantar canales de denuncia para que las personas trabajadoras que sufran algún tipo de discriminación por razón sexo o acoso sexual puedan denunciar la situación.

Más abajo, te ofrecemos toda la información relativa a la obligatoriedad de contar con un canal de denuncias efectivo.

Además, hay que recordar que tras la entrada en vigor de la Ley 15/2022 y del Convenio 190 de la OIT es necesario que las empresas revisen sus Planes de Igualdad y su Plan de Acoso.

Esta revisión tiene como fin alinear ambos planes para cubrir todos los supuestos recogidos en el Convenio 190 en los que puede producirse una situación de acoso para prevenirlos.

 

¿En qué casos es obligatorio implantar un canal de denuncias?

La Ley 2/2023 introdujo una obligación para las empresas: es necesario que cuenten con un buzón ético o canal de denuncias interno.

El canal de denuncias es una herramienta obligatoria que tiene como fin proteger la identidad de las personas que denuncien casos de corrupción o fraude dentro de una empresa.

Tal y como recoge la Ley 2/2023 todas las empresas que tengan más de 50 personas en plantilla y las entidades del sector público están obligadas a contar con un canal de denuncias.

Para hacer efectiva esta obligación se señalaron dos períodos. El primero de ellos, para empresas con más de 250 personas contratadas, finalizó en junio de 2023.

La siguiente fecha límite para implantar de manera efectiva el canal de denuncias (para empresas con menos de 250 personas contratadas) finalizará en diciembre de 2023.

Por lo que es necesario que aproveches estos meses para hacer efectiva tu obligación y evitar sanciones por parte de Inspección.

 

¿Qué empresas deben disponer obligatoriamente de una auditoría salarial?

Desde marzo de 2022 todas las empresas de más de 50 personas trabajadoras tienen que contar con una auditoria salarial obligatoriamente. Así lo estableció el RD 902/2020.

La auditoría salarial es obligatoria para las empresas que elaboren un Plan de Igualdad. De hecho, la auditoría salarial forma parte del Plan de Igualdad y debe ir incluida en el mismo.

El fin que persigue la auditoría salarial es garantizar la igualdad entre hombres y mujeres dentro una empresa.

La auditoría salarial permite detectar las desigualdades y actuar para acabar con ellas, estableciendo las medidas necesarias para que la retribución de los trabajadores y trabajadoras sea equitativa.

Al contrario de lo que sucede en el Registro Retributivo, que sí debe actualizarse cada año, la auditoría salarial tiene una duración máxima de 4 años.

 

Cursos sobre igualdad obligatorios para las empresas

Además, las empresas están obligadas a formar a sus plantillas en materia de igualdad.

La Ley de Igualdad 3/2007 recoge en su artículo 48 la obligación de las empresas de promover condiciones de trabajo que eviten delitos y conductas que atenten contra la libertad sexual en el puesto de trabajo.

Y, tal y como indicamos al inicio del post, La Ley Orgánica 10/2022 obliga a las compañías a ofrecer formación de protección integral contra las violencias sexuales.

 

Desde Grupo2000 te recomendamos nuestro Curso de Protección integral contra las violencias sexuales para cumplir con tu obligación.

Además, si deseas fomentar la igualdad laboral y la no discriminación entre tu plantilla, te recomendamos nuestro Curso de Prevención del Acoso Laboral por Razones de Sexo.

Este curso incluye una Masterclass en diferido que podrás visualizar con una experta en la materia.

¿Cómo debe fomentar mi empresa la conciliación laboral?

La Ley 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras ya incluía la obligación de todas las empresas de facilitar una serie de medidas para promover la conciliación.

Años después, encontramos el Real Decreto Ley 6/2019, de 1 de marzo, de medias urgentes para la garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, que incluyó nuevas medidas para fomentar la conciliación laboral.

Estas medidas tienen el objetivo de que exista una participación equitativa entre los hombres y las mujeres en el mundo laboral y en la vida familiar.

Recientemente, el RD Ley 5/2023 aprobó nuevos permisos para facilitar el cuidado de hijos/as y convivientes.

Además, este RD Ley incluyó el derecho a solicitar una reducción de jornada y pedir el teletrabajo hasta que los hijos o hijas cumplan doce años.

 

¿Cuál es la duración de los permisos de paternidad y de maternidad?

Desde el año 2021 tanto los padres como las madres pueden disfrutar de un permiso de paternidad o maternidad de 16 semanas.

Tal y como establece el RD Ley 6/2019 ambos permisos de maternidad y paternidad se equipararon y son de 16 semanas:

  • 6 semanas obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa, posteriores al parto. En el caso de la madre biológica, ésta puede anticipar este periodo hasta 4 semanas antes de la fecha previsible del parto.
  • Las 10 semanas restantes se podrán disfrutar en periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, dentro de los 12 meses siguientes al parto.

El trabajador y la trabajadora tendrán derecho a recibir su sueldo completo.

Esta obligación viene determinada para ofrecer la posibilidad de cuidar de los hijos tanto a los padres como a las madres, favoreciendo la igualdad de oportunidades.

Como ves, las empresas deben estar cada vez más concienciadas con la necesidad de ofrecer las mismas oportunidades a sus plantillas, independientemente del género al que pertenezcan.

 

Desde Grupo200 te ayudamos a cumplir con las obligaciones de igualdad para tu empresa

Desde Grupo2000 te proporcionamos todos los servicios en materia de igualdad que requiere tu empresa.

Te ayudamos a crear el Plan de Igualdad y te damos las pautas necesarias para implementarlo de forma satisfactoria según la normativa vigente.

Además, realizamos el Registro Retributivo. En 2024 vas a tener que preparar el registro retributivo del año 2023.

También te ayudamos a elaborar el Protocolo de Prevención para tu plantilla y el canal de denuncias efectivo.

Algo muy interesante es que te ofrecemos formación online en materia de igualdad.

Recuerda que todas las empresas deben sensibilizar a la plantilla proporcionándoles información que fomente la igualdad de trato y de oportunidades. Puedes consultar todos los cursos disponibles sobre igualdad en nuestro catálogo.

Esperamos que este post te sirva de ayuda y tengas constancia de las obligaciones a las que tiene que hacer frente tu empresa.

Si quieres tener todas las obligaciones resumidas, más abajo podrás descargar una tabla resumen con las características principales detalladas.

 

Descarga la tabla resumen de las obligaciones de igualdad para tu empresa

Rellena tus datos y recibirás inmediatamente en tu email la tabla resumen con las obligaciones de igualdad para tu empresa. Recuerda revisar tu bandeja de entrada.

¿Conocías las obligaciones de igualdad que debe cumplir tu empresa? No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

Catálogo de cursos de igualdad
Ir al contenido