
Los conceptos extrasalariales no computan en el SMI
Las modificaciones del SMI a lo largo de los últimos años han generado cierta incertidumbre en cuanto a los complementos y retribuciones computables para equiparar el salario mínimo interprofesional, ya que algunos de ellos no permitirían compensar su subida.
Por ejemplo, los conceptos extrasalariales no computan en el SMI según estas sentencias. Te lo contamos todo, a continuación.
¿Por qué los conceptos extrasalariales no computan en el SMI?
Los complementos que se tendrán en cuenta para calcular el salario mínimo son los salariales, tal y como recoge el artículo 26 del Estatuto de los Trabajadores.
Es decir, los complementos que perciben todos los empleados sí que van a computar para el cálculo del SMI 2023.
Por el contrario, los complementos que no son comunes a todas las personas trabajadoras, como los gastos de dietas, no computan para el Salario Mínimo Interprofesional.
Y no se podrían usar para compensar la subida del SMI para este 2023. Así lo indica la Audiencia Nacional en su sentencia (rec. 150/2019).
Además, el año pasado el Tribunal Supremo fue tajante sobre qué complementos deben tenerse en cuenta para valorar la subida del Salario.
En las sentencias (de 26 de enero de 2022) y rec 162/2019 indicó que la antigüedad sí se tendría en cuenta para valorar la subida del salario, junto con todos los complementos salariales.
Mientras que en la sentencia rec. 60/2020 incluyó que quedarían fuera de la compensación las percepciones extrasalariales.
Asimismo, si echamos la vista hacia atrás, en diciembre de 2021 el Tribunal Supremo de la Sala de lo Social de Madrid falló a favor del Sindicato Aragonés de Servicios, tras imponer éste una reclamación en contra de APROSER y otras organizaciones del ámbito de la seguridad.
Este sindicato habría pedido la modificación de las tablas salariales del Convenio Colectivo para que se reconociera a los trabajadores la subida del SMI de 2019, a los 8 niveles funcionales desde enero de ese año.
La motivación del sindicato correspondía a que dichos niveles funcionales eran inferiores a la cuantía recogida en el RD 1462/18.
El sindicato consideraba que se estarían infringiendo los artículos 26 y 27 del Estatuto de los Trabajadores, y pedía que se fijara para los 8 niveles funcionales al menos una cuantía salarial mínima de 12.600 euros anuales para 2019 (lo que correspondía para ese año).
Los trabajadores, aun sumando el salario base al plus de actividad, no llegaban a percibir la cuantía de los 900 euros mensuales exigidos en el RD 1462/18.
De esta manera, el sindicato pedía el reconocimiento del derecho de todos a percibir una cuantía salarial que asegurase una retribución anual de 12.600 euros.
APROSER negó en todo momento la existencia de controversia litigiosa alegando no haberse negado nunca a que los trabajadores que percibiesen una retribución salarial menor de 12.600 euros anuales tuvieran derecho de percibirlo y afirmaban que habría que examinar caso por caso.
La Sala de lo Social de Madrid consideró que este suceso se trataba de un conflicto jurídico al haberse acreditado que los conceptos retributivos para los niveles funcionales no alcanzaban los 12.600 euros anuales y reclamó que se les reconociera el derecho a los trabajadores a percibir dicho importe.
Todos los trabajadores, salvo aquellos que superasen los 12.600 euros anuales mediante la adición del salario mínimo de 900 euros al mes (correspondiente a ese año) de todos los complementos salariales, tendrían derecho a que se les retribuya por dicho importe salarial.
El salario mínimo resultaría de la adición del SMI, complementos salariales y primas de producción e incentivos. Eso sí, sin computar los complementos extrasalariales.
¿Qué son los complementos extrasalariales?
Los complementos extrasalariales son aquellos que no tienen la consideración de salario, esto es, por ejemplo, las cantidades que percibe el trabajador en concepto de indemnización o suplidos por gastos como consecuencia de su actividad laboral.
Hablamos del plus de vestimenta, del plus de distancia y transporte o de los gastos de alojamiento motivados por la propia actividad laboral.
Para indicar si un complemento es extrasalarial es importante atender a si la cuantía que se abona corresponde al trabajo efectivamente realizado o se trata de una cuantía abonada para cubrir costes que asume la persona trabajadora pero que no están relacionados de forma directa con su actividad laboral.
En este caso, se trataría de un complemento extrasalarial, el cual no podría incluirse para calcular el SMI.
A continuación, te mostramos un ejemplo:
Salario base | 1.030 euros |
Plus de vestimenta | 200 euros |
Plus de transporte | 250 euros |
Total | 1.480 euros |
Si un trabajador cobra al mes 1.030 euros de salario base y sumando el plus de vestimenta (200 euros) junto con el plus de transporte (250 euros) suma 1.480 euros al mes, sí podría pedir a la empresa una subida de su sueldo en referencia al SMI vigente en ese momento, si fuera superior a 1.030 euros.
El SMI 2023 está fijado en 1.080 euros.
Tal y como recoge en su artículo 3 el RD 99/2023, de 14 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2023, a efectos de lo indicado en el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores:
«La revisión del salario mínimo interprofesional no afectará a la estructura ni a la cuantía de los salarios profesionales que viniesen percibiendo las personas trabajadoras cuando tales salarios en su conjunto y en
cómputo anual fuesen superiores a dicho salario mínimo».
Pero como vemos, los complementos extrasalariales quedan excluidos del cómputo del SMI.
¿Cómo afecta el nuevo SMI a los salarios de los trabajadores?
Como comentamos, la revisión del SMI no va a afectar a la estructura ni tampoco a la cuantía de los salarios profesionales siempre y cuando en su conjunto y en su cómputo anual sean superiores al SMI.
Si la actividad laboral está regulada mediante convenio colectivo, éste nunca podrá recoger un salario inferior al SMI.
De esta manera, los trabajadores, en caso de percibir un salario inferior, estarán en su derecho de aumentar su nómina.
Pero hay que tener en cuenta 2 conceptos: los conceptos salariales y los complementos extrasalariales, mencionados anteriormente.
Los conceptos salariales se perciben directamente por el trabajo realizado, salario base, complemento de antigüedad, complemento de productividad, etc.
Por su parte, los complementos extrasalariales son los gastos que tiene un trabajador motivados de manera directa por su actividad laboral y, por tanto, no son computables en el cálculo del SMI.
¿Cuál el SMI para 2023?
Hace unas semanas se publicó en el BOE el RD 99/2023, de 14 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2023.
El SMI 2023 aumenta hasta los 1.080 €, situándose en el 60% del salario medio en España.
Esta cifra de 1.080 euros solo será de aplicación si recibes 14 pagas en tu empresa.
En el caso de que únicamente percibas 12 pagas, esto supone que el resto se prorratean en tu nómina y las mensualidades serían de 1.260 euros.
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