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Los conceptos extrasalariales no computan en el SMI

19 abril, 2024
Los conceptos extrasalariales no computan en el SMI

Las modificaciones del SMI a lo largo de los Ășltimos años han generado cierta incertidumbre en cuanto a los complementos y retribuciones computables para equiparar el salario mĂ­nimo interprofesional, ya que algunos de ellos no permitirĂ­an compensar su subida.

Por ejemplo, los conceptos extrasalariales no computan en el SMI segĂșn estas sentencias. Te lo contamos todo, a continuaciĂłn.

AdemĂĄs, analizamos el plus de distancia o transporte y su doble naturaleza extrasalarial y salarial.

 

¿Por qué los conceptos extrasalariales no computan en el SMI?

Los complementos que se tendrĂĄn en cuenta para calcular el salario mĂ­nimo son los salariales, tal y como recoge el artĂ­culo 26 del Estatuto de los Trabajadores.

Es decir, los complementos que perciben todos los empleados sĂ­ que van a computar para el cĂĄlculo del SMI 2024.

Por el contrario, los complementos que no son comunes a todas las personas trabajadoras, como los gastos de dietas, no computan para el Salario MĂ­nimo Interprofesional.

Y no se podrían usar para compensar la subida del SMI prevista para el próximo año. Así lo recoge la Audiencia Nacional en su sentencia (rec. 150/2019).

Ademås, el Tribunal Supremo ha sido tajante sobre qué complementos deben tenerse en cuenta para valorar la subida del Salario.

En las sentencias (de 26 de enero de 2022) y rec 162/2019 indicĂł que la antigĂŒedad sĂ­ se tendrĂ­a en cuenta para valorar la subida del salario, junto con todos los complementos salariales.

Mientras que en la sentencia rec. 60/2020 incluyĂł que quedarĂ­an fuera de la compensaciĂłn las percepciones extrasalariales.

Asimismo, si echamos la vista un poquito mås hacia atrås, en diciembre de 2021, el Tribunal Supremo de la Sala de lo Social de Madrid falló a favor del Sindicato Aragonés de Servicios, tras imponer éste una reclamación en contra de APROSER y otras organizaciones del åmbito de la seguridad.

Este sindicato habría pedido la modificación de las tablas salariales del Convenio Colectivo para que se reconociera a las personas trabajadoras la subida del SMI de 2019, a los 8 niveles funcionales desde enero de ese año.

La motivaciĂłn del sindicato correspondĂ­a a que dichos niveles funcionales eran inferiores a la cuantĂ­a recogida en el RD 1462/18.

El sindicato consideraba que se estarĂ­an infringiendo los artĂ­culos 26 y 27 del Estatuto de los Trabajadores.

Y pedía que se fijara para los 8 niveles funcionales al menos una cuantía salarial mínima de 12.600 euros anuales para 2019 (lo que correspondía para ese año).

Las personas empleadas, aun sumando el salario base al plus de actividad, no llegaban a percibir la cuantĂ­a de los 900 euros mensuales exigidos en el RD 1462/18.

Por eso, el sindicato pedĂ­a el reconocimiento del derecho de todos a percibir una cuantĂ­a salarial que asegurase una retribuciĂłn anual de 12.600 euros.

APROSER negĂł en todo momento la existencia de controversia litigiosa.

Y alegĂł no haberse negado nunca a que los trabajadores que percibiesen una retribuciĂłn salarial menor de 12.600 euros anuales tuvieran derecho de percibirlo y afirmaban que habrĂ­a que examinar caso por caso.

La Sala de lo Social de Madrid:

  • ConsiderĂł que este suceso se trataba de un conflicto jurĂ­dico al haberse acreditado que los conceptos retributivos para los niveles funcionales no alcanzaban los 12.600 euros anuales.
  • Y reclamĂł que se les reconociera el derecho a las personas trabajadoras a percibir dicho importe.

Todo el personal, salvo aquellos que superasen los 12.600 euros anuales mediante la adición del salario mínimo de 900 euros al mes (correspondiente a ese año) de todos los complementos salariales, tendrían derecho a que se les retribuya por dicho importe salarial.

El salario mĂ­nimo resultarĂ­a de la adiciĂłn del SMI, complementos salariales y primas de producciĂłn e incentivos. Eso sĂ­, sin computar los complementos extrasalariales.

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¿Qué son los complementos extrasalariales?

Los complementos extrasalariales son aquellos que no tienen la consideraciĂłn de salario.

Por ejemplo, las cantidades que percibe la persona trabajadora en concepto de indemnizaciĂłn o suplidos por gastos como consecuencia de su actividad laboral.

Hablamos del plus de vestimenta o de los gastos de alojamiento motivados por la propia actividad laboral.

Para indicar si un complemento es extrasalarial es importante atender a:

  • Si la cuantĂ­a que se abona corresponde al trabajo efectivamente realizado.
  • O se trata de una cuantĂ­a abonada para cubrir costes que asume la persona trabajadora pero que no estĂĄn relacionados de forma directa con su actividad laboral.

En este caso, se tratarĂ­a de un complemento extrasalarial, el cual no podrĂ­a incluirse para calcular el SMI.

A continuaciĂłn, te mostramos un ejemplo:

Salario base 1.030 euros
Plus de vestimenta 200 euros
Gastos de alojamiento 250 euros
Total 1.480 euros

Si una persona trabajadora cobra al mes 1.030 euros de salario base y sumando el plus de vestimenta (200 euros) junto con los gastos de alojamiento (250 euros) suma 1.480 euros al mes, sĂ­ podrĂ­a pedir a la empresa una subida de su sueldo en referencia al SMI vigente en ese momento, si fuera superior a 1.030 euros.

El SMI 2024 estĂĄ fijado en 1.134 euros.

Tal y como recoge en su artículo 3 el RD 145/2024, de 6 de febrero, por el que se fijó el salario mínimo interprofesional para este año:

«La revisión del salario mínimo interprofesional no afectarå a la estructura ni a la cuantía de los salarios profesionales que viniesen percibiendo las personas trabajadoras cuando tales salarios en su conjunto y en cómputo anual fuesen superiores a dicho salario mínimo».

Pero, como vemos, los complementos extrasalariales quedan excluidos del cĂłmputo del SMI.

 

ÂżEl plus de transporte tiene naturaleza extrasalarial o salarial?

El plus de transporte o de distancia tiene como objetivo principal compensar los gastos de desplazamiento que una persona trabajadora tiene que hacer desde su domicilio hasta su lugar de trabajo.

ÂżTiene el plus de transporte carĂĄcter salarial o extrasalarial?

El Tribunal Supremo, en su sentencia 756/2023, ha determinado que el plus de distancia o transporte tiene una doble naturaleza:

  • Extrasalarial: cuando compensa los gastos de la persona trabajadora.
  • Salarial: cuando se abona sin que exista desplazamiento o traslado.

Indica que, en principio, el plus de transporte tendría naturaleza extrasalarial porque se percibe como una «indemnización» por los gastos realizados motivados por la actividad laboral.

Sin embargo, si se demuestra que el plus de transporte se usa para otro tipo de retribuciĂłn salarial en contraprestaciĂłn del trabajo realizado se debe considerar salarial.

 

¿El plus de transporte es absorbible o compensable por la subida del SMI? 

Si el plus de transporte tiene carĂĄcter extrasalarial no puede ser absorbido ni compensado por la subida del SMI.

Así lo confirma una sentencia del Tribunal Supremo de 20 de marzo de 2024, que respalda lo dictaminado de manera previa por la Audiencia Nacional. 

El caso estudiado se centrĂł en el artĂ­culo 37 del IV Convenio Colectivo Estatal de instalaciones deportivas y gimnasios, con el fin de determinar si el plus de transporte, tal y como se establece en dicho convenio:

  • Era una partida extrasalarial que no podĂ­a ser absorbida o compensada por incrementos en el SMI.
  • O, si por el contrario, se trataba de una partida salarial que podĂ­a ser absorbida y compensada.

La sentencia concluyĂł que el plus transporte se considera una partida remuneratoria de naturaleza extrasalarial, destinada a cubrir los gastos de desplazamiento del domicilio al lugar de trabajo, ya sea utilizando medios propios o pĂșblicos. Por lo tanto, no puede ser absorbido ni compensado.

 

ÂżCĂłmo afectan las subidas del SMI a los salarios de los trabajadores?

La subida del SMI en este 2024 no afecta a la estructura ni tampoco a la cuantĂ­a de los salarios profesionales siempre y cuando en su conjunto y en su cĂłmputo anual sean superiores al Salario MĂ­nimo Interprofesional.

Si la actividad laboral estå regulada mediante convenio colectivo éste nunca podrå recoger un salario inferior al SMI.

Las personas trabajadoras, en caso de percibir un salario inferior, estarĂĄn en su derecho de aumentar su nĂłmina.

Pero hay que tener en cuenta 2 conceptos: los conceptos salariales y los complementos extrasalariales, mencionados anteriormente.

Los conceptos salariales se perciben directamente por el trabajo realizado, salario base, complemento de antigĂŒedad, complemento de productividad, etc.

Por su parte, los complementos extrasalariales son los gastos que tiene una persona trabajadora motivados de manera directa por su actividad laboral y, por tanto, no son computables en el cĂĄlculo del SMI.

 

ÂżCuĂĄl es el SMI para 2024?

Actualmente, el SMI es de 1.134 €, en el caso de recibir 14 pagas.

Para las personas trabajadoras que reciban Ășnicamente 12 pagas el salario se prorratea en la nĂłmina y las mensualidades son de 1.323 euros.

Esperamos que esta información sea de tu interés. Continuaremos trabajando para ofrecerte contenido actualizado.

No olvides dejar mĂĄs abajo tus comentarios, ÂĄnos encanta leerte!

 

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Olga Agea

48 Comentarios

  1. Miranda

    Buenos dĂ­as, estoy en un sitio que cada cierto tiempo nos subrogan porque cambian de empresa y en Ă©sta Ășltima empresa, en mi nĂłmina cobro el salario base mĂĄs un concepto que se llama A cuenta convenio. A parte cobro el plus transporte por desplazamiento. Mi convenio es el de instalaciones deportivas.
    La cosa es que me he dado cuenta que las pagas extras las estĂĄn calculando Ășnicamente sobre el salario base que es inferior al salario mĂ­nimo interprofesional y no sobre el salario base mĂĄs el complemento a cuenta convenio que es el que hace que llegue a los 1134. Mi pregunta es si no deberĂ­an pagarme la paga extra sobre el salario base + a cuenta convenio (total entre los dos 1134) y no Ășnicamente teniendo en cuenta el salario base puesto que con este concepto sĂłlo no se llega a los 1134. Gracias.

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Miranda, por lo general las pagas extras se calculan a partir de la base reguladora, que normalmente incluye el salario base mĂĄs los complementos salariales fijos y consolidados. ÂĄSaludos!

      Responder
  2. Alicia GarcĂ­a

    Hola! Estoy buscando algo de asesoramiento, porque desde hace dos años la empresa me estĂĄ incluyendo en la nĂłmina un concepto llamado *Plus dedicaciĂłn* y no me convence mucho…

    Salario Base = 982.46€
    P.P. Junio/Navidad = 163.74€
    *Plus dedicación = 113.80€

    Solo sumando el Salario Base + la Parte proporcional de las pagas (1.146,20€) está por debajo del SMI actual (1.323,00€)?

    ÂżEsto serĂ­a correcto o me aconsejĂĄis que contacte con asesorĂ­a para que me ayuden a solucionarlo?

    MIL GRACIAS!

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Alicia, te recomendarĂ­amos que consultes con un/a asesor/a laboral para confirmar si ese complemento se considera salarial o extrasalarial, ya que esto podrĂ­a influir en su cĂłmputo para el SMI. ÂĄSaludos!

      Responder
    • Isidro GraciĂĄ DĂ­az

      Buenos dĂ­as, el complemento por dĂ­as festivos entran dentro del salario para las suma del sim ? Gracias. Es un complemento variable que no es fijo, unos meses se cobra y otros no.

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Isidro, si el complemento se abona de forma regular y estĂĄ incluido en tu contrato laboral sĂ­ se tendrĂ­a en cuenta para el cĂĄlculo del SMI. Sin embargo, si es variable y depende de si trabajas o no en dĂ­as festivos podrĂ­a considerarse como un complemento extrasalarial y, por lo tanto, no se incluirĂ­a en el cĂĄlculo del SMI. En tu caso, al tratarse de un complemento variable, es mĂĄs probable que sea considerado extrasalarial, por lo que no se sumarĂ­a al cĂĄlculo del SMI. De todos modos, te recomendamos revisar tu convenio colectivo, ya que puede ofrecer informaciĂłn mĂĄs detallada o particular sobre este tipo de complementos. ÂĄSaludos!

        Responder
  3. Manuel

    Hola, tengo convenio ferroviario y tenemos plus NOL. HASTA 2024 TENIAMOS SUBNIVEL 1, A partir de ay tenemos derecho a subnivel 2, pero la empresa no reconoce este derecho, teniendo de antigĂŒedad mĂĄs del 2018… Porque se niega la empresa a reconocer este derecho del convenio ?

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Manuel, podrĂ­a existir una discrepancia respecto a la fecha exacta en la que se adquiere el derecho al subnivel 2. Te recomendarĂ­amos contactar con un/a asesor/a laboral para que analice tu caso especĂ­fico y te ofrezca la mejor orientaciĂłn. ÂĄSaludos!

      Responder
  4. Eva B

    Hola! Mi convenio es el de comercio del mueble de Cataluña. Me gustaria saber que conceptos de la nónima entran dentro del sim y cuales no, para saber si puedo o no reclamar la subida del SIM.
    Salario base de personal (grupo IV que cobra comisiones por venta): 857,27€
    Plus convenio: 322,33€
    PTD: 4€/dia
    2 pagas extras prorrateada
    1 paga extra de beneficios prorrateada

    Muchas gracias

    Responder
  5. Ricardo

    Hola, segĂșn mi convenio tengo un salario base de 964,88€, a lo cual añaden una mejora voluntaria absorbible de 80,35€ y el complemento de desarrollo N1 de 88,77€ (este complemento es no absorbible, no compensable y revisable), con lo cual a mi manera de entender la nĂłmina el complemento si que lo estĂĄn absorbiendo para la subida del SMI. Saludos

    Responder
  6. Luis

    Hola, tengo una duda, he visto un comentario parecido a mi pregunta pero no me queda claro. En mi convenio el salario anual(incluido 4 pagas extraordinarias) es inferior al salario mĂ­nimo, ya que es un convenio antiguo que se aprobĂł para varios años. Entonces mi duda es: como el SMI se calcula en base a 14 pagas, las dos pagas extras restantes tendrĂ­an que sumarse a los 15.876€ de salario mĂ­nimo anual, o por el contrario como mi convenio no llega al salario mĂ­nimo simplemente se me debe pagar el salario mĂ­nimo, ya que segĂșn tengo entendido ( aunque no seguro) si el convenio no llega al salario mĂ­nimo se aplica el salario minimo y se prorratearĂ­an esas 16 mensualidades para que el cĂłmputo total sea el salario mĂ­nimo. Saludos

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Luis, si el salario anual establecido en tu convenio colectivo, incluidas las 4 pagas extraordinarias, es inferior al SMI, tendrĂ­as derecho a cobrar el SMI. Un saludo.

      Responder
      • Luis

        Muchas gracias. Pero entonces no entiendo la respuesta que se le diĂł a este comentario.
        «Hola, si el convenio colectivo recoge tres pagas extras en lugar de dos y estas son prorrateadas cada mes, es correcto que el computo de las tres pagas extras formen el total del smi o se debería cobrar una paga extra mås íntegra ya que el smi reconoce un bruto total por 14 pagas y no por 15?». Ya que ahí intuyo que estå cobrando el salario mínimo incluyendo las 3 pagas extraordinarias prorrateadas, por lo que entiendo también que su convenio incluida las 3 pagas extraordinarias estå por debajo del salario mínimo. Saludos

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Luis, asĂ­ es. En ese mismo caso si la prorrata es lineal las pagas extras prorrateadas sĂ­ forman parte del SMI. Un saludo.

          Responder
          • Vanessa Do EspĂ­ritu Santo

            Buenas querĂ­a saber si las horas de productividad entran dentro del smi o es aparte gracias

          • Olga Agea

            Hola Vanessa, entendemos que si se abonan por el trabajo realizado las horas de productividad entrarĂ­an en el cĂłmputo del SMI. ÂĄSaludos!

  7. M José Álvarez

    Hola. Si cobras el salario base de convenio, un complemento específico de 12 mensualidades y dos complementos de capacitación q se cobran a los 3 y 6 años en la empresa. Estos complementos se tienen en cuenta a la hora de calcular el SMI?

    Responder
    • Olga Agea

      Hola M José, los complementos específicos y los complementos de capacitación sí se tienen en cuenta a la hora de calcular el SMI. Un saludo.

      Responder
  8. Javi

    Buenos dĂ­as,

    El SMI es de 1134 euros/ mes brutos.

    Los complementos como plus de nocturnidad, plus seguro, horas extra. Se suman a esa cantidad o se absorben? Son complementos?

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Javi, sĂ­, los complementos se sumarĂ­an al SMI para determinar el salario total que debe recibir una persona trabajadora. Un saludo.

      Responder
  9. Tere Navarrete

    Hola, si el convenio colectivo recoge tres pagas extras en lugar de dos y estas son prorrateadas cada mes, es correcto que el computo de las tres pagas extras formen el total del smi o se deberĂ­a cobrar una paga extra mĂĄs Ă­ntegra ya que el smi reconoce un bruto total por 14 pagas y no por 15?

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Tere, si las pagas extras se prorratean linealmente sĂ­ forman parte del cĂłmputo del SMI. Un saludo.

      Responder
  10. Lola

    Trabajo en el sector de la limpieza mi sueldo base es de 940€ aparte pluses ….es legal que me paguen ese sueldo base?????

    Responder
  11. Ana

    Buenas tengo el smi minimo por 84 horas y me han embargado el plus de transporte de 29.91.. eso es legal? O puedo reclamarlo? Gracias.

    Responder
    • javier

      No lo sé amiga, todo es legal si aceptas las consecuencias de tus actos

      Responder
  12. FabiĂĄn

    Âż Los complementos de nocturnidad y de festivos debe pagarse en la nĂłmina mensual obligatoriamente o la empresa puede desligar esos complementos y abonarlos en otro pago? Por ejemplo, hacer corte a mediados de mes y los pluses de esa primera quincena la puede abonar en la nĂłmina del mes siguiente ?

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Fabiån, si en el convenio colectivo o en el contrato de trabajo se señala se podrían prorratear mensualmente y abonarse en la nómina mensual. Para ello, es importante que se haya llegado a un acuerdo con la persona trabajadora. Un saludo.

      Responder
      • Fede

        Buenas. Desde 2017 se nos viene aplicando la subida del smi directamente al sueldo base. Luego nos suman la profesionalidad N1 y la parte proporcional de pagas extras.
        Mi pregunta es. Pueden años después, aplicar el smi al conjunto de la nómina y no al sueldo base? Empeorando las condiciones que hasta ahora teníamos en cuanto a la subida del smi se trata. Contrato de 77,9 % de jornada.
        Sueldo base, complemento N1 y PP pagas extras.
        Gracias por vuestra labor.

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Fede, si tu actividad laboral estĂĄ regulada por un convenio colectivo este no puede recoger un salario inferior al SMI. Si percibes un salario inferior, tendrĂ­as derecho a un aumento. Respecto a la aplicaciĂłn de la subida del SMI directamente al sueldo base y la posibilidad de aplicarla al conjunto de la nĂłmina, es importante revisar tu contrato individual y, si aplica, el convenio colectivo que rige tu relaciĂłn laboral. En algunos casos, las empresas pueden elegir cĂłmo aplicar la subida del SMI, ya sea directamente al sueldo base o de manera global a toda la nĂłmina. Si tienes dudas especĂ­ficas sobre tu caso, te recomendamos consultar con un/a asesor/a legal o un sindicato que pueda proporcionarte orientaciĂłn en funciĂłn de la normativa y los acuerdos aplicables a tu situaciĂłn. Un saludo.

          Responder
  13. IVÁN JESÚS MORENO ALMEIDA

    Buenas tardes,

    te pueden poner la parte proporcional de la paga extra, como parte del SMI. O dicho de otro modo, cobrar 1.080€ pero ya estar incluida la P.P.P ?

    gracias de antemano

    Responder
  14. Carlos

    Buenas tardes, mi salario es 1026, la antigĂŒedad 28 y el plus de carretillero 30, como ves me paso de 1080. Puede la empresa absorbe el plus de carretillero?

    Responder
    • Vanesa

      Buenas tardes tengo un contrato de 18 h en el que trabajo viernes, sĂĄbados y domingos ,me pagan un plus de domingos y festivos por dĂ­a trabajado .Este complemento me lo suman al Salario minimo ya que sino no llegarĂ­a .es correcto o serĂ­a un complemento extrasalarial ?Muchas gracias

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Vanesa, la posibilidad de absorber el plus de domingos y festivos para la subida del SMI dependerĂĄ de si este tiene una naturaleza salarial o extrasalarial. Para determinarlo, es fundamental revisar las disposiciones del convenio colectivo aplicable. ÂĄSaludos!

        Responder
  15. gema

    En mi convenio mi salario base son 1014€ más plus transporte de 64,8€. Me tendrían que subir a 1080 el salario base o con la suma de los dos ya está correcto

    Responder
    • MJ

      Los complementos salariales se perciben directamente por el trabajo realizado (salario base, complemento de antigĂŒedad, complemento de productividad, etc.). Por su parte, los complementos extrasalariales son los gastos que tiene un trabajador motivados de manera directa por su actividad laboral (Plus de transporte, plus de vestimenta…) y, por tanto, no son computables en el cĂĄlculo del SMI.

      AsĂ­ que sĂ­, reclama el base a 1080.

      Responder
      • Rosa

        Al final, uno con 20 años en la empresa acaba ganando menos que los que entran nuevos.

        Mi salario base por 40h semanales es de 1074,23€ y no me lo suben ya que me suman salario base + prorrateo de pagas + antiguedad + paga de beneficios, y aunque por muy poco, me paso del total anual y no me suben nada.

        Sin embargo, la gente nueva ahora entra directamente con un sueldo base de 1134€ en 14 pagas y cuando lleve 9 meses seguidos, cobrarĂĄ la paga de beneficios que cobro yo y sin tener antigĂŒedad acaban ganando mĂĄs que uno llevando tantos años.

        Creo que es injusto, porque no deberĂ­a contar para el SMI la antigĂŒedad, que es algo que se adquiere por años trabajados, ni la paga de beneficios con la cual ahora tengo que compensar la diferencia de mi salario base al actual del 2024.

        Responder
        • Fran

          Buenos dĂ­as,me llegĂł una notificaciĂłn de embargo,los pluses de transporte,noche, domingo etc,son embargables en su totalidad o son conceptos salariales.

          Responder
          • Olga Agea

            Hola Fran, la embargabilidad de los pluses como transporte, nocturnidad o domingos depende de su naturaleza específica y de lo que esté establecido en el convenio colectivo aplicable. Es importante analizar cada caso en detalle, ya que algunos pluses podrían considerarse parte del salario båsico y otros no. ¥Un saludo!

    • Barbara

      Hola, buenos dĂ­as!
      Mi pregunta es la siguiente:
      Si hago horas extras, son extra salarial a efectos de SMI?
      Y si pasa lo mismo con unos gastos de gasolina aparte del plus transporte.
      Gracias

      Responder
      • Olga Agea

        Hola BĂĄrbara, en general, las horas extras se incluyen en los conceptos salariales del SMI. En cuanto a los gastos de gasolina su consideraciĂłn depende del motivo del pago. Si se abonan para compensar el desplazamiento desde el domicilio al centro de trabajo se consideran un concepto extrasalarial (plus de transporte) y no se incluyen en el cĂĄlculo del SMI. Mientras que si se pagan por desplazamientos durante la jornada laboral (por ejemplo, para realizar un servicio a un cliente), se consideran un concepto salarial y sĂ­ se incluyen en el cĂĄlculo del SMI. ÂĄSaludos!

        Responder
  16. Luisa

    Hola, me trasladaron a las oficinas del cliente y me abonaron por tal un plus de desplazamiento, revisando mis nĂłminas me percato que ese plus me lo han cambiado de concepto por Mejora Salarial que suma al SMI, es esto legal?

    Responder
    • Antonio

      Hola, soy conserje nocturno por lo que cobro nocturnidad y no tengo convenio colectivo. La nocturnidad sumarĂ­a para el SMI??
      Gracias

      Responder
      • Enrique

        Hola buenos dias. Soy socorrista a jornada completa. En la nomina me han puesto 900 de salario base, y luego me suman el plus transporte, y el plus de los festivos. Se que el plus transporte es a parte, pero el plus de los festivos y las horas extra entran dentro del total del smi o tendria que ser los 1080 en cez de 900 de salario base y el resto de complementos a mayores? Muchas gracias

        Responder
    • Loli

      Hola!Me suman un anticipo a cuenta de nuevo convenio para calcular el SMI.Es eso legal?

      Responder
  17. Dennise

    Hola! Estoy trabajando en recepción de una instalación deportiva y me dicen que el plus transporte estå metido en el SMI ya que como no actualizan el convenio desde 2018 se pone el mínimo que son 14000 en 12 pagas ya que nos prorratéan ls dos extras y que el plus de transporte ya va incluido, pero yo tengo entendido que al ser extrasalarial no se puede incluir

    Responder
  18. OLGA MOLINUVOE

    AL HILO DEL SMI: UN SALARIO BASE DE 900 EUROS Y UN COMPLEMENTO POR FORMACION DEL TRABAJADOR SON 150 EUROS.
    ¿ ESTE SALARIO LLEGA AL SMI O HAY QUE AÑADIR 100 EUROS AL SALARIO BASE PARA IGUALAR A SMI?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Olga. Te recomendaría consultar el convenio de referencia para ver si se permite compensar ese concepto para el tema SMI. Y habría que analizar también si se trata de un complemento por un derecho inherente al trabajador o se paga con caråcter genérico a todos, etc. Un saludo

      Responder
    • Begoña Manso GarzĂłn

      Hola, mi convenio es hostelerĂ­a ( provisiĂłn de comidas preparadas para eventos) mi cargo auxiliar de servicios me pagan transporte, se considera SMI.

      Responder

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