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¿Puedo realizar un contrato de formación si hay deuda con TGSS?

17 enero, 2024
¿Puedo realizar un contrato de formación si hay deuda con TGSS?

Hoy solventamos una duda muy frecuente: ¿puedo realizar un contrato de formación si estoy en situación de deuda con TGSS?

Una empresa que tiene deudas con la Seguridad Social, sí puede contratar mediante contrato de formación en alternancia, pero antes debe tener en cuenta varias cuestiones.

Más abajo, te contamos cómo formalizar un contrato de formación en alternancia aunque haya deuda en TGSS.

Además, te informamos de una novedad: Seguridad Social ha introducido un servicio esencial para los autónomos, permitiéndoles acceder a informes sobre sus deudas.

¿Quieres saber cómo consultar las deudas de autónomos con TGSS?

Tienes toda la información, más abajo.

 

¿Se puede hacer un contrato de formación en alternancia con deuda en TGSS en 2024?

Sí, es posible formalizar un contrato de formación en alternancia si hay deuda en TGSS, pero hay que tener en cuenta:

  • Al tener deuda con la Seguridad Social o Hacienda al inicio del contrato de formación en alternancia, no va a poder beneficiarse de la bonificación de las cuotas en los Seguros Sociales durante la vigencia del contrato.
  • Afectará al derecho a bonificar el importe de la formación teórica mensual. Los importes de los saldos acreedores correspondientes a estas cantidades bonificadas se emplearán para compensar las deudas que la empresa haya contraído hasta la fecha con la Seguridad Social, siempre y cuando los Seguros Sociales se ingresen dentro del plazo reglamentario.

Por tanto, si es el caso de tu empresa, y vas a contratar mediante contrato de formación en alternancia, antes de firmar te recomendamos contactar con la Administración de la Seguridad Social, y solucionar la deuda previamente.

Ya que, aunque quede solucionada, si has contratado con fecha anterior al abono de la deuda, no tendrás derecho a la bonificación de los Seguros Sociales.

Si solicitas un aplazamiento de la deuda con la Seguridad Social, desde el momento en que se concede el aplazamiento, se te considerará al corriente del pago de tus obligaciones.

Una vez concedido sí podrás acceder a todas las bonificaciones del contrato de formación, por lo que éste tendrá un coste 0 euros en las cuotas de los Seguros Sociales durante su vigencia.

Ahora bien, Seguridad Social ha incluido una novedad para que sea más sencillo consultar las deudas con TGSS.

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¿Cómo pueden los autónomos consultar sus deudas con Seguridad Social?

Los autónomos tienen la opción de obtener un informe en el que aparezcan detalladas las deudas que tienen con TGSS.

El nuevo servicio de la Seguridad Social les permite acreditar que están al corriente con TGSS.

Dentro del Sistema RED, en el apartado ‘Certificados e informes de deuda’, en ‘Cotización online’, podrán hacer clic en:

  • Solicitud de certificados e informes de deuda.
  • Consulta de certificados e informes de deuda.

 

¿A quién va dirigido el nuevo servicio de Seguridad Social?

El nuevo servicio de Seguridad Social va dirigido a cualquier persona física o jurídica que quiera obtener el certificado de estar al corriente con TGSS o el informe de deuda.

Además, ofrece la posibilidad de obtener una lista de los certificados e informes emitidos durante un período seleccionado.

Tanto los empresarios como los ciudadanos pueden acceder a la información solicitada, así como a la obtenida por sus apoderados o autorizados RED.

Los apoderados y autorizados RED solo pueden ver la información solicitada por ellos a través de este sistema.

 

¿Para qué sirve el informe de deudas de autónomos con Seguridad Social?

Este documento es parte fundamental y permitirá obtener un informe genérico o un informe para:

  • La financiación de una entidad bancaria. Por ejemplo, sirve para acceder a un préstamo o crédito.
  • Participar en un concurso de una licitación o contratar con entidades del servicio público.
  • Solicitar ayudas y subvenciones, o bonificar contratos como el caso de la bonificación en los contratos de formación.
  • Subcontratar servicios.

 

¿Qué tipos de certificados pueden obtener los autónomos?

Podrán obtener:

  • Un certificado genérico.
  • Un certificado para solicitar ayudas o subvenciones. Permitirá acreditar que no hay deudas con TGSS.
  • Un certificado para la subcontratación. Este certificado es necesario para cumplir con el artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores.
  • Un certificado para la licitación de un contrato con la Administración.
  • Un certificado de deuda a una fecha anterior para acreditar que la persona autónoma está al corriente de una deuda anterior.

 

¿Cómo obtener el informe de deudas con la Seguridad Social?

Para obtener el informe de deudas con TGSS los autónomos tendrán que entrar en la página web de la Seguridad Social e identificarse a través de Cl@ve, SMS, DNI o Certificado Digital.

El autónomo podrá acceder a dos documentos:

  • Documento de estar al corriente de pago.
  • Documento de deudas con TGSS.

 

¿Es posible solicitar el aplazamiento de la deuda en Seguridad Social?

Si, para solventar tu deuda puedes realizar el abono de manera virtual a través del pago con tarjeta.

Recuerda que es fundamental estar al día con la Seguridad Social, ya que de no ser así las consecuencias pueden ser graves y estarás obligado a pagar multas por incurrir en una infracción.

¿Qué te ha parecido este post? Déjanos tu comentario más abajo, ¡nos encanta leerte!

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Ángela M. Labrador

7 Comentarios

  1. Gorka Gurustegi

    Hola Ángela,

    Entonces la clave es solicitar el aplazamiento de forma previa a la Seguridad Social, ¿No? Solicitarlo y que lo concedan. Por tanto, si esto es así, entiendo que aplica a cualquier tipo de contrato susceptible de bonificación y no solo al contrato de formación. Pensaba que como el artículo hacía referencia al contrato de formación habría algo específico para poder bonificarse a pesar de tener deuda pero que solo aplicaba a este tipo de contrato, sin pasar por la solicitud de aplazamiento. Muchas gracias.

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Gorka. Al resolver la situación de deuda con TGSS y establecer cómo se va a pagar. Seguridad Social entiende que esa situación está «resuelta» temporalmente. Un saludo

      Responder
      • Gorka

        Hola Ángela,

        Lo que quiero decir es que el título de este artículo (¿Puedo realizar un contrato de formación si hay deuda con TGSS?) podría ser también: ¿Puedo realizar un contrato bonificado/con reducción de cuotas si hay deuda con TGSS?, ¿No? Porque la solución que se plantea en el artículo (la de solicitar un aplazamiento de la deuda) es aplicable a todo contrato susceptible de bonificación o reducción de cuotas, no solo al de formación.

        Muchas gracias.

        Responder
        • Ángela M. Labrador

          Hola, Gorka. Muchas gracias por tu aportación. Así es, esto se aplica a todos los contratos con bonificación/reducción. Se le ha dado esta redacción para resolver una duda habitual entre nuestros clientes con contratos de formación. Un saludo

          Responder
    • ai_la_salvans

      Pues no te creas, yo estoy en ese caso y no me dan el aplazamiento porque no debo dos SMI y bueno a resultas de dos cuotas de autónomos antes de darme ya debaja definitivamente, cosa que hubiera tenido que hacer antes, claro. Tampoco me pude beneficiar del «paro para autónomos» por la misma razón. Estoy pendiente de saber si puedo al menos hacer cursos bonificados mientras van cobrándome la deuda de la nómina.

      Responder
  2. Lany

    Puedo contratar a un empleado.en hostelería si debo en la seguridad social?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Lany. Podrás contratarlo con un contrato de formación, pero no podrás aplicar bonificaciones. Lo aconsejable en tu caso sería resolver la forma de pago de la deuda con TGSS y después hacer el contrato de formación. Un saludo

      Responder

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