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Castilla y León subvenciona realizar contratos de formación con 3.000 euros

Castilla y León subvenciona realizar contratos de formación con 3.000 euros

 

Una de las medidas aprobadas en la II Estrategia Integrada de Empleo, Formación Profesional, Prevención de Riesgos Laborales e Igualdad y Conciliación en el Empleo 2016 – 2020, es que Castilla y León subvenciona realizar contratos de formación con 3.000 euros.

 

Mediante estas subvenciones se pretende favorecer la empleabilidad de los colectivos más afectados por el desempleo, entre los que se encuentran los jóvenes desempleados y que no  realizan formación. Según la Orden EMP/384/2016, del 4 de mayo, se fomenta la formalizacion de contratos para la formación y aprendizaje, con jóvenes inscritos en Sistema de Garantía Juvenil, promoviendo la formación en alternancia con la actividad laboral, que permita a los destinatarios mejorar su experiencia laboral.

Junto con esta ayuda de 3.000 euros, os recordamos que el contrato de formación tiene derecho a una reducción del 100% en las cuotas de la Seguridad Social (75% si la empresa tiene más de 250 trabajadores) y la bonificación del 100% de la formación en los Seguros Sociales. Una oportunidad para las pequeñas empresas con dificultades para contratar por su bajo presupuesto, ya que disminuye el coste de contratación considerablemente.

Esta ayuda sumada a los beneficios del contrato de formación: calculamos los costes por contratar para el puesto de camarero:

Salario: 725,32 € x 12 meses = 8.703,84 €

Seguridad Social  0 € x 12 meses = 0 €

Ayuda Castilla y León = 3.000 €

COSTES ANUALES CONTRATO DE FORMACIÓN CON AYUDA = 8.703,84 € – 3.000 € =  5.703,84 €.

 

Cuantía de la ayuda:

Se subvencionarán con 3.000€ cada contrato de formación realizado. No hay límite de ayudas solicitadas por empresa, teniendo en cuenta que están acogidas al régimen mínimis.

 

Entidades beneficiarias:

  • Personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes y sociedades civiles que formalicen contratos de formación y aprendizaje en centros de trabajo de Castilla y León.
  • Plantilla inferior a 100 trabajadores.
  • Cumplir con la normativa sobre integración laboral de las personas con discapacidad.
  • Estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

 

Requisitos del contrato:

  • Contratar a jóvenes inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
  • El contrato de formación podrá ser el ordinario o el específico de Garantía Juvenil. Admite cualquiera de las dos opciones.
  • La actividad formativa inherente al contrato, deberá estar autorizada previamente a su inicio por el SEPE.
  • Duración inicial del contrato de 2 años.
  • Mantenimiento de ese trabajador contratado con la subvención durante dos años.
  • Contratos realizados hasta el 31 octubre de 2016.

 

Solicitud, plazos y pago:

La solicitud se podrá realizar por tres vías: telemática (con certificado digital), presencial en las oficinas de registro  del SEPE o de Correos. Para la última opción deberá realizarse en sobre abierto, para que sea fechada y sellada.

El plazo de presentación de las solicitudes varía según la fecha de inicio del contrato.

  • Contrataciones entre el 1 de enero  y 27 de mayo de 2016 inclusive → el plazo será del 28 de Mayo al 27 de Julio de 2016.
  • Contrataciones a partir del 28 de mayo de 2016 → el plazo  será de 2 meses desde el inicio del contrato.

Importante, se establece como fecha límite el 15 de noviembre para presentar solicitud de los contratos celebrados en el último periodo subvencionable.

La concesión es directa por orden de presentación de solicitudes hasta agotar fondos, siendo el plazo máximo para notificar la concesión de seis meses. Antes del pago, se deberá de justificar haber realizado la contratación conforme a los requisitos y estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

 

Compatibilidad con otras subvenciones:

Es incompatible con otras ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración, a excepción de las bonificaciones o reducciones en las cuotas a la Seguridad Social que correspondan. Compatible con Tarifa Plana 50 euros de autónomos.

 

Exclusiones:

  • Contrataciones al cónyuge y familiares hasta el segundo grado de consanguinidad.
  • Contrataciones a socios de las sociedades mercantiles solicitantes, o a quienes ostenten cargos de dirección o miembros del órganos de administración.
  • Contrataciones a trabajadores que hubiesen estado en la misma empresa en los seis meses anteriores a la solicitud de la subvención.
  • Empresas pertenecientes al sector público.
  • Incumplimiento de la Ley 5/2008 de Subvenciones de Castilla y León, Ley 38/2003 General de Subvenciones y articulo 33 de la Ley 13/2005 de Medidas Financieras.

Fuente: Boletín Oficial de Castilla y León.

Ayudas de hasta 5.140 euros por contrato de formación en Castilla La Mancha

Ayudas de hasta 5.140 euros por contrato de formación en Castilla La Mancha

El pasado 30 de octubre, se aprobó el Plan Extraordinario por el Empleo que incluye una linea de ayudas de hasta 5.140 euros por contrato de formación en Castilla La Mancha. Se trata de una iniciativa que pretende fomentar el empleo y la cualificación joven a través de esta modalidad de contrato facilitando el acceso a un primer empleo de calidad, vinculado a la formación.

  • Cuantía

La cuantía será de 5.040 euros por contrato de formación que cumpla todos los requisitos. En el caso de que se realice con jóvenes inscritos en el Fichero de Garantía Juvenil será de 5.140 euros.

Se subvencionarán los contratos de formación durante el periodo máximo de un año.

  • Entidades Beneficiarias

Empresas (físicas o jurídicas), autónomos, sociedades laborales o cooperativas, comunidades de bienes, sociedades civiles y entidades sin ánimo de lucro.

  • Perfil del trabajador
  1. Jóvenes inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, o
  2. Jóvenes de entre 16 y 29 años que carezcan de titulación relacionada con el puesto a desempeñar e Inscritos en el SEPE (antes INEM) como demandantes de empleo al menos durante un día en las oficinas de empleo de Castilla y La Mancha.
  • Requisitos del contrato
  1. Que el puesto de trabajo se desarrolle en el territorio de Castilla La Mancha.
  2. Realizar contrato de formación vinculado a una formación teórica, que imparta un centro incluido en el Registros de Centros y Entidades que imparten Formación Profesional para el Empleo. Grupo2000 es un centro homologado por el SEPE, con acreditación nº 1800026061, con más de 25 años de experiencia en el sector.
  3. Hay que añadir al una cláusula que indique «La presente acción será objeto de cofinanciación mediante el Programa Operativo Regional FSE2014-2020 de Castilla La Mancha o por el Programa Operativo de Empleo Juvenil del FSE».
  • Solicitud, plazos y pago

La solicitud se realizará únicamente vía telemática y se deberán presentar en el plazo de un mes desde la fecha de formalización del contrato. Se podrán solicitar hasta el día 31 de octubre de 2016.

El plazo de resolución son aproximadamente dos meses, el pago se realizará en cuenta bancaría, una vez comprobado la realización del contrato, alta en Seguridad Social y cumplimiento de los demás requisitos.

  • ¿Que ocurre en caso de baja del trabajador?

Si se da una extinción del contrato por causas de la empresa se procederá al reintegro total.

Si es por propia voluntad del trabajador, muerte, jubilación o incapacidad permanente o no superación del periodo de prueba,  será un reintegro parcial proporcional al la duración efectiva del contrato.

Ojo, se incluyen también como causas de reintegro parcial el no completar la formación inherente al contrato por parte del alumno.

  • Compatibilidad

Es totalmente compatible con las reducciones y bonificaciones de cuotas empresariales y de los trabajadores a la Seguridad Social aplicables al contrato de formación. No se podrá compaginar con otras ayudas a cargo de Castilla La Mancha o de la Administración Pública para la misma finalidad

  • Exclusiones 
  1. No estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  2. Contratos de formación formalizados por Escuelas Taller, Casas de Oficios y Talleres de Empleo.
  3. Contrataciones a hijos y familiares, hasta segundo grado inclusive. En este caso si se acredita mediante Certificado de Empadronamiento (tanto del familiar como del empresario) que no conviven, si podrán solicitar la subvención. Podéis consultar la posibilidad de contratación a familiares a través de contrato de formación.
  4. Contrataciones a administradores de la sociedad, socios trabajadores o de trabajo.
  5. Contrataciones de trabajadores que, en los seis meses anteriores a la fecha de contratación, hayan tenido relación laboral.
  6. Administración General del Estado, Administración Autonómica y las Entidades Locales.
  7. Pertenecer a algún supuesto de incompatibilidad de la Ley 11/2003. de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla La Mancha.
  8. Haber sido sancionada por infracción en materia de prevención de riesgos laborales en el año anterior a la solicitud.
  9. Haber realizado despido declarados judicialmente improcedentes en los seis meses anteriores.
  10. Incumplimiento del articulo 37 de la Ley General de Subvenciones.

Fuente: Diario Oficial de Castilla La Mancha

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