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Novedades en el modelo oficial del contrato de formación y aprendizaje

Novedades en el modelo oficial del contrato de formación y aprendizaje

Hoy te queremos informar sobre las novedades que se han introducido en el modelo oficial del contrato de formación y aprendizaje.

Recientemente, el Servicio Público de Empleo Estatal ha modificado las cláusulas específicas del modelo oficial de contrato publicado en su web.

Este cambio ha sido necesario para adaptar el texto del contrato de formación al último desarrollo normativo del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que se recoge en el Real Decreto Ley 6/2016, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para el impulso del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Recordamos que, en el citado Real Decreto Ley, se establecía que las reducciones asociadas al contrato de formación y aprendizaje, en el caso de formalizarse con un trabajador inscrito en Garantía Juvenil, pasarían a ser bonificaciones.

Tras este cambio, pudimos ver en el boletín RED de enero de 2017 una referencia sobre el alta para este tipo de contratos. Seguridad Social indicaba que para la afiliación de trabajadores de Garantía Juvenil, había que indicar 01 «Beneficiarios del SNGJ» en el campo Beneficios.

Pues bien, parece que el SEPE ha incluido ahora dicha normativa en el modelo oficial del contrato de formación, y en su página cuarta (cuya imagen puedes ver en este artículo) ha incluido nuevos campos.

Ahora se puede ver en la parte lateral izquierda la casilla «Con bonificación de cuotas S.Social para trabajadores inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil» . Y justo debajo, las opciones a marcar según la plantilla que tenga la empresa.

 

Cómo debo hacer el contrato de formación y aprendizaje ahora

Este cambio seguramente no te afecte a la hora de hacer el contrato de formación y aprendizaje, ya que simplemente se debe tener en cuenta para aquellas contrataciones que formalices con trabajadores de Garantía Juvenil.

En el resto de casos, el contrato se realizará como habitualmente. Puedes encontrar información sobre cómo tramitar el contrato de formación en nuestra web.

 

 

Fuente: SEPE.

 

El SEPE ha modificado el modelo oficial del contrato de formación

El SEPE ha modificado el modelo oficial del contrato de formación

El SEPE ha modificado en su web recientemente el modelo oficial para formalizar el contrato de formación y aprendizaje. El nuevo modelo incluye novedades para adaptarse a la nueva tramitación del contrato vinculado a una formación de Certificado de Profesionalidad.

Este nuevo modelo, que es el que debes utilizar para los nuevos contratos que formalices a partir de ahora, presenta una serie de cambios, principalmente en lo que se refiere al Anexo I.

A continuación os indicamos los cambios más destacados, y aprovechamos para repasar novedades de la tramitación contrato:

  • Datos generales:

Se simplifican los datos para indicar la actividad formativa, ya simplemente se deberá indicar la modalidad de formación, y el Certificado de Profesionalidad que corresponda.

En los datos de la empresa, se pide especificar si la empresa tiene menos de 5 trabajadores. Esta casilla se ha incluido en referencia a la nueva bonificación adicional en concepto de tutorización que le corresponde a la empresa por cada trabajador en formación que tenga. Dicha bonificación será de 60 euros si tiene 5 o más trabajadores, y 80 € si tiene menos de 5.

En los datos del trabajador se incluyen una serie de detalles, a marcar si procede. El primero será obligatorio, puesto que está indicando que el trabajador reúne los requisitos de acceso a la formación del contrato (si no se cumpliese, obviamente, no podríamos realizar este contrato). Y el resto serán opcionales, solo se marcarán cuando el trabajador tenga discapacidad reconocida, esté inscrito en Garantía Juvenil o se encuentre en situación de exclusión social.

El relación a los datos del contrato, se aclara que el identificador del contrato solamente se deberá consignar cuando se comunique, y no antes. Es decir, se entiende que para solicitar la autorización de la formación no se debe aportar.

  • Actividad Formativa:

En cuanto al apartado de Actividad Formativa, se ha ampliado, puesto que era necesario incluir más filas para recoger los módulos de la formación, tanto de la formación acreditable, como de la formación complementaria. Recordamos que con la nueva formación del certificado es necesario añadir formación complementaria para ampliar las horas de formación, puesto que un contrato de formación tiene más horas que un certificado.

  • Calendario y distribución:

En el calendario y distribución se indican todos los datos relativos a la jornada laboral y de formación, que será de 30 y 10 horas, respectivamente, el primer año. Para el segundo y tercer año, la jornada efectiva será de 34 horas y 6 de formación.

Como novedad, también se incluye un cuadro que contempla los diferentes porcentajes de jornada, diferenciando porcentajes de formación y trabajo. Esto ha sido necesario para poder indicar aquellos casos en que el contrato es específico para el colectivo de Garantía Juvenil, con una jornada de formación de hasta el 50%.

  •  Centros impartidores de la actividad formativa:

Se amplia el espacio para indicar el centro impartidor de la actividad formativa.

  • Autorización de la actividad formativa:

La formación del nuevo contrato es oficial, y por tanto, según indica el artículo 16 del RDL 1529/2012 es imprescindible contar con la autorización de la actividad formativa por parte del Servicio de Empleo correspondiente antes de dar el alta del contrato. Una vez obtenida, este campo será donde se refleje con la firma del responsable del organismo. Este apartado solo se podrá sustituir en los casos en los que se obtenga la autorización mediante resolución.

Puedes descargar el modelo oficial completo del nuevo contrato de formación y aprendizaje aquí.

Si deseas ampliar información sobre el nuevo contrato de formación, te recomendamos los siguientes artículos:

Así es el nuevo contrato de formación y aprendizaje.

Nueva bonificación adicional en concepto de tutorización del contrato de formación. 

¿Tienes que hacer un contrato de formación? Llámanos, nos encargamos de todo: 958 806 760.

 

Fuente: SEPE.

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