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Notificación oficial:  el uso del Certificado Digital por un tercero es ilegal

Notificación oficial: el uso del Certificado Digital por un tercero es ilegal

Notificación oficial del Ministerio de Economía y Empresa: el uso del Certificado Digital por un tercero es ilegal.

Recientemente, MINECO ha emitido una comunicación oficial sobre la utilización de Certificados Electrónicos por personas diferentes del titular o firmante.

Tras recientes fraudes cometidos usando Certificados Digitales de clientes difundidos en prensa, el Ministerio recuerda que el uso de los Certificados Electrónicos es personal e intransferible.

En el comunicado advierten que el hecho de facilitar los datos de creación de firma o su Certificado Digital a un tercero limitaría la responsabilidad de los prestadores ante los daños y perjuicios causados al dueño de la firma electrónica, porque éste es responsable de custodiar su Certificado.

 

El Certificado Digital se expide a nombre del titular y es su deber custodiarlo. Transferir el certificado y sus claves a un tercero va contra la legislación vigente

Frente a esta notificación muchos despachos profesionales han manifestado su preocupación, ya que casi todos los trámites que realizan actualmente para sus clientes exigen disponer del Certificado Digital de éstos.

Normalmente, el cliente les cede su Certificado Digital, para que hagan todas las gestiones en su nombre.

Pero esta práctica, pone en riesgo al cliente frente a posibles fraudes, ya que un tercero puede realizar todo tipo de usos con su firma sin que él lo sepa.

Y por supuesto, pone en un compromiso al despacho profesional, que debe poner especial cuidado en su custodia para evitar que caiga en malas manos, se vea afectado por algún ataque informático, pérdidas, etc..

Situación agravada con el hecho de que esta práctica es considerada ilegal a todos los efectos, tanto por la Ley 59/2003, de firma electrónica, el Reglamento UE 910/2014 y la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos.

Puedes ver la nota oficial del Ministerio de Economía completa haciendo haciendo clic aquí.

 

¿Cómo se puede delegar legalmente un Certificado Digital?

Hay una forma de poder solucionar este tipo de situaciones y que los clientes puedan delegar oficialmente su Certificado Digital a su asesor de confianza sin riesgos, cumpliendo con la citada normativa, a través de FirmaCloud.

Con FirmaCloud, los Certificados Digitales se emiten directamente en la nube, con un sistema cifrado de máxima seguridad.

Una vez que el cliente expide su Certificado Digital con FirmaCloud, desde la aplicación tiene una opción para delegar el uso del certificado oficialmente a un tercero.

En la aplicación queda constancia de esa cesión del uso del Certificado y además un detallado registro de todos los usos que se hagan con el mismo.

Otra ventaja importante de FirmaCloud es el control que tiene el cliente de su certificado en todo momento, pudiendo limitar su uso para la persona a la que se lo delega. Se puede delimitar:

  • El periodo de tiempo durante el que se lo delega.
  • El tipo de gestiones que puede hacer con él.
  • Días y horas en los que lo podrá usar.

Y revocar su uso en cualquier momento, en un sólo clic.

Grupo2000 somos Autoridad de Registro y emitimos Certificados Digitales oficiales que incluyen la aplicación FirmaCloud.

Expedimos este tipo de Certificados en el momento, mucho más seguros para tus clientes y despacho, a través de nuestros Puntos de Verificación Presencial.

Te explicamos todo con detalle en el teléfono 958 806 760, ¿hablamos?

 

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