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Nuevos modelos para regularizar la ayuda de IRPF para familias numerosas

Nuevos modelos para regularizar la ayuda de IRPF para familias numerosas

Hoy se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Orden HFP/105/2017, de 6 de febrero, norma en la que se aprueban los nuevos modelos para regularizar la ayuda de IRPF para familias numerosas o con personas con discapacidad a su cargo o «Cheque Familia».

A continuación te ampliamos información sobre el uso de los nuevos modelos, explicamos cómo solicitar la ayuda y te resumimos los datos más importantes que debes saber sobre ésta:

 

¿En qué consiste la ayuda en el IRPF para familias numerosas o con personas con discapacidad a su cargo?

Como ya te contamos en nuestro blog, esta ayuda, que se establece en el artículo 81 bis de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, se trata de una minoración en la cuota diferencial del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas hasta en 1.200 euros anuales por familia numerosa o por cada ascendiente o descendiente con discapacidad a tu cargo.

Esta ayuda se puede deducir en el IRPF de forma completa o solicitar por adelantado, esta última opción prorratearía los 1.200 €, así que percibirías 100 € mensuales.

En los casos en que se trate de una familia numerosa de categoría especial, esta deducción se podrá incrementar en un 100%.

También podrán aplicar la minoración contribuyentes que perciban prestaciones contributivas y asistenciales del sistema de protección de desempleo, pensiones abonadas por el Régimen General y los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado, u otros contribuyentes que perciban prestaciones similares.

Esta ayuda es acumulable, por ejemplo, si en la misma familia se dan dos circunstancias de las que dan derecho a la ayuda, la misma persona podría aplicar ambas.

Puedes ampliar información sobre los requisitos necesarios para acceder a esta ayuda, también conocida como «Cheque Familia», aquí.

¿Cómo solicitar la ayuda en el IRPF del «Cheque Familiar»?

Para solicitar la ayuda deberás presentar el modelo 143 para la solicitud de pago anticipado antes del 31 de marzo. Se deberá presentar una solicitud por cada deducción que te corresponda.

Una vez presentado, no es necesario seguir solicitándolo todos los años, ya que se seguirá aplicando la elección que hayas presentado. Solamente deberás presentarlo si deseas cambiar la modalidad en que lo prefieres recibir, deducido en el IRPF o adelantado. En estos casos, solo podrás presentar la solicitud para la modificación durante el mes de enero de cada ejercicio.

El Cheque Familiar lo podrás solicitar de forma presencial en la Delegación de Hacienda, de forma electrónica a través de la Sede Electrónica de AEAT (necesitarás DNI electrónico o Certificado Digital) o a través del teléfono 901 200 345.

¿Cómo son los nuevos modelos para regularizar la ayuda en IRPF para familias numerosas o con personas con discapacidad a su cargo?

En la Orden se han publicado dos nuevos modelos:

  • Modelo 121 «Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Deducciones por familia numerosa o por personas con discapacidad a cargo. Comunicación de la cesión del derecho a la deducción por los contribuyentes no obligados a prestar declaración.»

Recordamos que cuando dos o más contribuyentes tienen derecho a la aplicación de la ayuda para las familias en IRPF respecto de un mismo descendiente, ascendiente o familia numerosa, el importe se prorrateará entre ellos por partes iguales. Este derecho a la deducción también se puede ceder y que lo aplique uno de ellos solamente.

¿Pero qué ocurre si la persona que lo cede o «cedente» no está obligada a declarar? Para estos casos precisamente se ha aprobado el nuevo modelo 121, para que los contribuyentes no obligados a declarar puedan ceder la deducción al otro miembro de la familia que sí lo hace, y éste se pueda aplicar la deducción.

Para poder utilizar este modelo no se deberá haber optado por la percepción anticipada de la deducción mediante una solicitud colectiva previamente.

  • Modelo 122 «Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Deducciones por familia numerosa, por personas con discapacidad a cargo o por cada ascendiente con dos hijos separado legalmente o sin vínculo matrimonial. Regularización del derecho a la deducción por contribuyentes no obligados a presentar declaración».

Este modelo se ha publicado en relación al anterior, para regularizar la situación de las deducciones de esta ayuda obtenidas indebidamente por las personas no obligadas a declarar.

Las personas que hayan percibido el importe del abono anticipado de forma indebida tendrán que regularizar su situación en la declaración de IRPF del ejercicio en que se haya percibido el abono indebido.

Recordamos que para la presentación de ambos modelos los ascendientes o descendientes con discapacidad que se relacionen en ellos deberán disponer de número de identificación fiscal.

Aunque los dos modelos entran en vigor ya, se aplicarán para el ejercicio correspondiente al período impositivo 2016.

 

Fuente: BOE.

 

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Abierto el plazo para solicitar el Cheque Familiar

Abierto el plazo para solicitar el Cheque Familiar

Queda abierto el plazo hasta el próximo 31 de Marzo para solicitar de nuevo la ayuda del Gobierno conocida como ‘Cheque Familiar’ que beneficia a familias en toda España desde que se aprobara en 2015.

El Cheque Familiar es una ayuda que permite obtener una deducción en el IRPF de 1.200 Euros a padres separados, divorciados o solteros con hijos así como a pensionistas y parados, familias numerosas con hijos, padres con discapacidad y madres trabajadoras con hijos menores de 3 años.

El Gobierno, el pasado año, instó a los contribuyentes beneficiarios del cheque familiar a percibir de forma anticipada la deducción correspondiente en la declaración de la renta de 2015. Para los que recibieron la ayuda del cheque familiar el pasado año y no solicitaron recibir esta ayuda a lo largo del año podrán beneficiarse de deducir esta cantidad en la declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas en 2016. No será necesario volver a solicitar el cheque familiar este año si ya el pasado se solicitó y las circunstancias personales y familiares no han cambiado para el presente año.

Debemos diferenciar dos tipos de solicitud; solicitud colectiva y solicitud individual, que afectan a los casos en que son varias personas las posibles a tener derecho a una deducción.  Esto ocurre, por ejemplo, en los casos en que la solicitud se presente por el contribuyente por ser progenitor de un descendiente discapacitado.

De este modo, podrás presentar:

  • Solicitud colectiva cheque familiar. Deberá presentarse por todos los solicitantes susceptibles a la obtención del derecho a deducción. El abono de la deducción se efectúa mes a mes por importe de 100 Euros mediante transferencia bancaria a quien figure como primer solicitante (en el caso de familia numerosa, descendiente o ascendiente con discapacidad). Este importe será de 200 Euros si se trata de una familia numerosa en categoría especial.
  • Solicitud individual cheque familiar. Se debe presentar una solicitud por cada contribuyente con derecho a deducción en el IRPF 2016 por percepción del cheque familiar.

Hace unos meses, os explicábamos cuáles eran los requisitos para optar a recibir el cheque familiar pero, además, es interesante que repasemos qué documentación es necesaria para presentar la solicitud y cómo se solicita el cheque familiar.

Para solicitar el cheque familiar deberás presentar esta documentación:

  • Modelo 143. Abono anticipado deducción de familia numerosa, por ascendiente con dos hijos o personas con discapacidad a cargo.
  • Título de familia numerosa y/o certificado de discapacidad del ascendiente o descendiente.
  • DNI de los solicitantes que figuren en la solicitud. Para menores de 14 años que no dispongan de NIF se podrá solicitar un NIF con la letra ‘K‘ en las oficinas de la Agencia Tributaria.
  • Alta en la Seguridad Social o mutualidad y plazos mínimos de cotización. En las solicitudes colectivas basta con que el requisito para acogerse a la ayuda del cheque familiar figure el primer solicitante (excepto pensionistas y desempleados).
  • Código IBAN de la cuenta bancaria. La cuenta bancaria debe estar a nombre del beneficiario.
  • Seleccionar tipo de deducción. El solicitante debe indicar si quiere acogerse a la ayuda del cheque familiar por familia numerosa, por descendientes con discapacidad, pensionistas u otro tipo de beneficiario.

Una vez tenemos preparada la documentación necesaria para solicitar el cheque familiar debemos:

  1. Rellenar el Modelo 143. Se puede entregar por dos vías: a través de la sede electrónica si se cuenta con el DNI electrónico y en las sedes de la Agencia Tributaria.
  2. Presentar una solicitud por cada deducción a la que se pueda tener derecho a acceder a la ayuda.
  3. No es necesario acompañar a la solicitud ningún documento que justifique el cumplimiento de los requisitos exigidos.

Podrás, finalmente, presentar tu solicitud del cheque familiar de varias formas:

  • Presencial en la Administración o Delegación de la Agencia Tributaria.
  • Vía internet en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Deberás tener DNI electrónico, certificado digital, PIN24H, o Ci@ve.
  • Vía telefónica, llamando al 901 200 345. Teléfono de asistencia del Centro de Atención Telefónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Esperamos que estas aclaraciones te ayuden para solicitar el cheque familiar.

Recuerda: Puedes presentar tu solicitud hasta el 31 de Marzo de 2016.

Fuente: Agencia Tributaria

 

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