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Contrata o Netcontrata, he ahí la cuestión. Estas son sus ventajas

Contrata o Netcontrata, he ahí la cuestión. Estas son sus ventajas

Contrata o Netcontrata, he ahí la cuestión. Estas son sus ventajas.

Seguramente habrás oído sobre un nuevo programa para realizar todas las gestiones diarias de tu asesoría: Netcontrat@.

Ante los cambios, sobre todo cuando se refieren a un programa informático, nos invade un sentimiento de pereza, y siempre surge la misma duda, ¿merece la pena?

Para solucionar estas dudas, a continuación te vamos a explicar las diferencias fundamentales entre los programas que más se usan y Netcontrat@:

Contrat@ básicamente comunica los contratos creados previamente con los programas de nóminas que usan las asesorías. Estos generan un fichero XML que hay que subir posteriormente a Contrat@. No valida el correo en tiempo real (gran inconveniente).

Gescontrat@ (Junta de Andalucía) sólo hace el registro del contrato laboral. Valida en tiempo real, pero no hay más utilidades.

Netcontrat@ unifica todas las tareas necesarias en una asesoría laboral:

  1.  Hace el registro del contrato con validaciones en tiempo real.
  2. Los contratos y prorrogas pueden modificarse durante un mes.  Después de ese mes la modificación se realiza por email, pero también la gestiona el programa.
  3. Netcontrat@ importa todo los datos de la aplicación Gescontrat@ desde la ventana de importación, te permite ahorrar tiempo, y hace que su uso sea más sencillo.
  4. Sistema RED integrado: Consultas de afiliación y cotización, altas y bajas de trabajadores, etc.
  5. Certific@2: Envío online de certificados de empresa desde la misma aplicación.
  6. Netcontrat@ tiene integradas muchas utilidades como un simulador de contratación.
  7. También tiene foros de ayuda.

Pero si hay algo por lo que Netcontrat@ destaca entre los demás programas, es por lo siguiente:

Los programas de nominas generan archivos XML para su posterior subida con Contrat@ o Gescontrat@. En el caso de Contrat@ no realiza las validaciones en tiempo real,  es decir, puede haber un error y no conocerse hasta pasados dos días.

Con Netcontrat@ todo se hace en tiempo real. Esto aporta más agilidad en tu trabajo, evita errores,  de manera que no tendrás que hacer correcciones posteriormente, y tener que perder más tiempo en una misma gestión.

En conclusión, tras comparar varios programas, no tenemos dudas existenciales, nos quedamos con Netcontrat@.

Si quieres puedes solicitar Netcontrata, te aseguramos que cuando lo uses pensarás como nosotros, ¿por qué no habré cambiado antes?.

Cómo cumplimentar correctamente el Anexo del contrato de formación

Cómo cumplimentar correctamente el Anexo del contrato de formación

Cómo cumplimentar correctamente el Anexo del contrato de formación. Hoy queremos comentar de manera sencilla cómo crear el Anexo de un contrato de formación. Este trámite es muy sencillo, pero si no se hace bien, puede perjudicar posteriormente a las bonificaciones del contrato.

Vamos a explicar dos formas de hacerlo, según el programa que se utiliza:

  • Programa Contrat@:

Una vez que se ha comunicado el contrato a través del Sistema Red, se obtiene un número de contrato.
Con este número, nos iremos al programa Contrat@. Accedemos al apartado «Datos del anexo de Formación».

Trámite en Netcontrata del contrato de formación

 

Hay que indicar la modalidad de la formación.

Muy importante: en el apartado de Actividad formativa, es imprescindible poner «Ocupación objeto del contrato». Ya que si se elige otra opción, habrá problemas para poder bonificar el contrato. Hacer bien este paso, evitará posteriores correcciones y disgustos. Es un error que se está cometiendo con frecuencia al crear el Anexo.

En el Centro disponible acreditado se indica no.
El tipo de centro acreditado se deja en blanco.

Y por último, es fundamental seleccionar un centro de formación homologado, hay que introducir el código del centro. En nuestro caso, es el código de centro homologado de Grupo 2000.

A continuación, se debe generar toda la documentación relacionada: contrato, Anexo II y domiciliación bancaria, que se deben remitir al centro de formación, junto con la huella electrónica del contrato, para poder empezar a impartir la formación al trabajador/a.

  • Programa Netcontrat@:

Estos usuarios lo tienen más fácil, ya que en una misma pantalla van a poder realizar todos los pasos de Sistema Red y Contrat@.

Se selecciona la opción «Nuevo contrato de formación» y accederemos a una pantalla como ésta:

Indicar reducción de cuotas del contrato de formación en Netcontrata

 

Es imprescindible marcar esta casilla si tiene derecho a reducción de cuotas.

Introducimos todos los datos del contrato, incluyendo toda la información necesaria tanto para el contrato, como para el Anexo de formación. Una vez finalizada la cumplimentación, lo validamos.

Validar un contrato de formación con Netcontrata

Se pulsa «Registro online contrato» para comunicar telemáticamente el contrato y el Acuerdo.

Y «Alta online Seg. Social» para comunicar el Alta en Seguridad Social.

Ojo, como ya comentamos en el anterior artículo, «El error más común al bonificar un contrato de formación«, os recomendamos comprobar que antes de comunicar el Alta en Seguridad Social, la casilla «Cond. Desempleado» tenga el valor 1 si el contrato tiene derecho a reducción de cuotas.

Esperamos que os haya servido de ayuda. Si tienes dudas, estamos a vuestra disposición en el teléfono 958 806 760, o en nuestro chat online.

 

El error más común al bonificar un contrato de formación

El error más común al bonificar un contrato de formación

El error más común al bonificar un contrato de formación y aprendizaje. Hoy vamos a comentar uno de los errores que más nos consultáis. Se trata de algo fundamental para poder bonificar un contrato de formación.

Una vez en el Sistema Red, en la pantalla de altas en la Seguridad Social, hay que dar de alta el contrato de formación en el Código de Cuenta de Cotización específico para este tipo de contratos. El código de contrato es 421.

El alta se debe realizar con carácter previo al inicio de la relación contractual, como muy tarde, el mismo día de inicio.

El error más frecuente se comete en un campo determinado de esta pantalla: si el contrato de formación tiene reducción de cuotas, es muy importante poner en el campo «Cond. Desempleado» el valor 1.
Si este campo se deja en blanco, no se podrá beneficiar de la reducción.

El error más común al hacer un alta del contrato de formación

Corregir un error de este tipo posteriormente, es muy lento, conlleva mucho papeleo y dolores de cabeza.
Esperamos que esta información os sirva de ayuda. Nos encantará recibir vuestras aportaciones y dudas, entre todos podemos mejorar.

Si necesitáis ayuda con los contratos de formación, podemos chatear online.

 

Cómo hacer un contrato de formación, paso a paso

Cómo hacer un contrato de formación, paso a paso

¿Tienes que hacer un Contrato de Formación y Aprendizaje? Te explicamos cómo realizarlo, paso a paso.

En este post te explicamos de forma esquemática qué gestiones se deben realizar, y con qué entidades debes ponerte en contacto para dar de alta un contrato de formación y aprendizaje.

Sobre todo, te recomendamos que previamente te asegures de que el trabajador que vas a contratar cumple con los requisitos necesarios para hacer un contrato de formación, es muy importante que el trabajador seleccionado sea menor de 25 años, esté apuntado al desempleo y no posea un titulo universitario o de FP relacionado con el puesto de trabajo.

A continuación te explicamos cómo hacer un contrato de formación, paso a paso:

Para dar de alta un contrato de formación, en primer lugar, debes hacer los siguientes trámites en la Seguridad Social:

  1. Solicitar el Código de Cuenta de Cotización (C.C.C.) específico para aprendizaje (modelo TA-7). Acompañado del TA-6 (nº de cuenta principal de la empresa).
  2. Presentar parte de alta (modelo TA-2) del trabajador con carácter previo al inicio del contrato. TA-1 (si el trabajador no tiene nº de afiliación).

Más tarde, habrá que hacer varias gestiones en la Oficina de empleo:

  1. Contrato de trabajo para la formación y el aprendizaje. (Cod. 421)
  2. Acuerdo para la Actividad Formativa. Para realizar el Acuerdo, es fundamental seleccionar un Centro de Formación homologado para impartir la formación teórica del Contrato de Formación y Aprendizaje de la ocupación para la que vamos a contratar.

Y en último lugar, deberás presentar en el Centro de Formación:

  1. Fotocopia legible del contrato.
  2. Acuerdo para la Actividad Formativa. Descarga el acuerdo aquí.
  3. Domiciliación Bancaria de la empresa con sus 20 dígitos.

Si tras leer estos consejos, sigues necesitando ayuda, contacta con nosotros en el teléfono 958 806 760. Un asesor formativo especializado gestionará todo por ti. En menos de 5 minutos tendrás toda la documentación necesaria.

 

 

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