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Los usuarios de RED Directo se incorporan a CRETA la próxima semana

Los usuarios de RED Directo se incorporan a CRETA la próxima semana

Tras la publicación de la Resolución del 8 de enero de 2015, que fija la fecha de incorporación al nuevo Sistema de Liquidación Directa de cuotas a la Seguridad Social, los usuarios del Sistema RED pueden ser notificados para comenzar a trabajar con CRETA. Esta incorporación será gradual, y en principio, se limitará a aquellas empresas que tengan a todos sus trabajadores en Régimen General.

Pero, ¿cuándo se incorporan los usuarios de RED Directo?

En la publicación del Boletín Especial 2015/1 de enero de 2015, se confirma que los usuarios del sistema RED Directo comenzarán a realizar la liquidación de cuotas a través del Sistema de Liquidación Directa a partir del 9 de febrero.

Por tanto, el cambio a CRETA de RED Directo es inminente. Esta primera semana de febrero todavía no se podrá utilizar, debido a la actualización del sistema, para adaptarlo a las nuevas funciones que requiere el nuevo procedimiento de liquidación. En la página de TGSS se informa que, hasta el día 9 de febrero, RED Directo no estará disponible, estando prevista su apertura dicho día con las implementaciones necesarias para CRETA.

En el boletín se indica que desde el mes de enero, Seguridad Social está comunicando a los autorizados sobre la adaptación del sistema, y confirman que a partir de febrero deberán transmitir las liquidaciones de los CCC asignados a través del Sistema de Liquidación Directa. La presentación del mes de febrero de 2015 deberán realizarla ya con el nuevo sistema.

En la página de Seguridad Social está disponible el manual de usuario con el procedimiento de cotización de RED Directo con el nuevo Sistema de Liquidación Directa.

¿Qué novedades introduce CRETA en RED Directo?

Se están introduciendo nuevos servicios, para poder realizar la liquidación de cuotas a la Seguridad Social a través de CRETA, entre ellas destacan las siguientes:

“Confección de Liquidaciones”, con la que el usuario podrá recuperar las bases de cotización del mes anterior (L00) para realizar la liquidación del mes actual. Estas bases podrán ser modificadas, o aceptadas, según corresponda, y tendrán efectos de presentación si todo es correcto.

En el caso de tener que rectificar liquidaciones confirmadas, hasta el penúltimo día natural del plazo reglamentario, se podrán hacer cambios. La nueva liquidación sustituirá a la anterior a efectos de presentación, y si ya hubiese realizado el pago del importe, deberá obtener un recibo por la diferencia, a través de la opción “Obtención de recibos”.

Se suprime la liquidación L09 “Otras complementarias”, que será sustituida por dos nuevas liquidaciones:

L90: para indicar la cotización por incremento de bases de trabajadores ya presentados.

L91: para la cotización de trabajadores o tramos, dados de alta fuera de plazo.

También hay que destacar el nuevo servicio de “Comunicación de datos bancarios”, para la comunicación de datos bancarios en la modalidad de pago de cargo en cuenta, y para comunicar la cuenta para el abono de una liquidación acreedora. Recordamos que la modalidad de cargo en cuenta tendrá de plazo hasta el día 20 para su presentación.

Muy importante: Es imprescindible llevar un control muy riguroso de todos los cambios relativos a cotización que se produzcan en la plantilla, y especialmente en cuanto a afiliación, debiendo informar lo antes posible de todas las altas, bajas o modificaciones.

Para cualquier consulta, estamos a vuestra disposición en el teléfono 958 806 760, o en nuestro chat online.

 

Fuente: Boletín RED.

Desde hoy te pueden notificar que te incorpores a CRETA

Desde hoy te pueden notificar que te incorpores a CRETA

Hay novedades importantes sobre el Sistema de Liquidación Directa.Desde hoy ya se va a comenzar a notificar a los usuarios que deben incorporarse a CRETA.

Hoy entra en vigor la Resolución de 8 de enero de 2015, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, por la que se fija la fecha a partir de la cual las resoluciones por las que se acuerde la incorporación al sistema de liquidación directa de cuotas de los sujetos responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar, se notificarán electrónicamente.

En esta Resolución se establece que, a partir del 15 de enero de 2015, la Tesorería General de la Seguridad Social comenzará a notificar a través del sistema de notificación electrónica, mediante la sede electrónica de la Secretaria de Estado de la Seguridad Social, la incorporación al sistema de liquidación directa a los sujetos responsables.

Se prevé una incorporación progresiva al nuevo sistema de liquidación de cuotas de la Seguridad Social, y se espera que para junio de 2015 se utilice CRETA de forma generalizada. Por el momento, habrá un periodo de convivencia con el Sistema RED, que seguirán utilizando con normalidad los usuarios que tarden en ser notificados.

Una vez recibida la notificación, el usuario tendrá la obligación de incorporarse a CRETA, comenzando al mes siguiente de ser notificado.

En el caso de recibir una notificación, dispondrás de un periodo de adaptación y pruebas de 3 meses, en el que tendrás que enviar la liquidación a través del sistema actual, y de CRETA.

Si deseas incorporarte de forma voluntaria al nuevo sistema de liquidación de la Seguridad Social, puedes hacerlo, dirigiéndote a la Delegación de Tesorería de tu provincia. Ellos estimarán si reúnes los requisitos para acceder al nuevo sistema. Pero ojo, una vez solicitada la inclusión en CRETA, no podrás volver al sistema actual, tendrás que continuar en CRETA.

Si deseas ampliar información sobre CRETA, te interesan los siguientes artículos:

Las Claves del nuevo sistema de la Seguridad Social: CRETA

Cuándo entra en vigor CRETA

Aprobada la ley del Sistema de Liquidación Directa

Fuente: BOE.

Aprobada la ley sobre el nuevo Sistema de Liquidación Directa CRETA

Aprobada la ley sobre el nuevo Sistema de Liquidación Directa CRETA

Como adelantábamos en nuestro artículo ¿Cuándo entra en vigor CRETA? , estaba previsto que antes de acabar el año se publicase la ley que introdujese el nuevo Sistema de Liquidación Directa.

Por fin se publicó el pasado sábado la Ley 34/2014, de 26 de diciembre, sobre medidas en materia de liquidación e ingreso de cuotas de la Seguridad Social, que aprueba el nuevo sistema de liquidación directa de cuotas de la Seguridad Social: CRETA.

Con este nuevo sistema, la liquidación de las cuotas las realizará directamente Tesorería (artículo 18), mediante cálculos individualizados de la cotización por cada trabajador, en función de la información que disponga Tesorería junto la proporcionada por el sujeto responsable obligado a cotizar.

La citada ley modifica el artículo 19 de la Ley General de la Seguridad Social. Os resumimos a continuación las novedades que introduce en relación al sistema de liquidación con CRETA:

Seguridad Social determinará la cotización correspondiente a cada trabajador, previa solicitud del sujeto del sujeto responsable. Se realizará por cada trabajador, en función de los datos disponibles en la base de datos única de TGSS, junto con los facilitados por la empresa relativos a afiliaciones o variaciones de datos que afecten a la liquidación.

– Muy importante: no incluirán en la liquidación de cuotas aquellos trabajadores que no estén de alta en el Seguridad Social durante el periodo a liquidar.

– Se deberán enviar por medios electrónicos los datos necesarios para realizar el cálculo, en caso de que hayan variado con respecto a la liquidación del mes anterior, teniendo de plazo hasta el penúltimo día natural del plazo reglamentario para el ingreso.

– Tesorería aplicará las deducciones que correspondan a los trabajadores, así como la compensación del importe de las prestaciones abonadas a aquellos en régimen de pago delegado con el de las cuotas debidas correspondientes al mismo periodo de liquidación.

– Si una vez presentada liquidación,  se precisa rectificar los datos iniciales, se podrá realizar siempre y cuando sea posible efectuar una nueva liquidación de cuotas dentro de plazo reglamentario, salvo que la imposibilidad de liquidar en el plazo se deba a causas imputables a la Administracion.

  • ¿Cuándo entra en vigor CRETA?

Tras la aprobación de esta Ley, se prevé que en un plazo de 3 meses el Gobierno desarrolle la normativa necesaria para regular el Sistema de Liquidación Directa.

La implantación del Sistema se realizará de forma progresiva. Se establece un periodo de convivencia con el actual modelo de autoliquidación de cuotas, en el cuál, el sistema actual de autoliquidación será el de aplicación, hasta la total incorporación de las empresas.

Se prevé que para junio de 2015 todas las empresas estén notificadas y ya se trabaje de manera generalizada con CRETA.

  • ¿Cómo será la incorporación a CRETA?
  1. Seguridad Social notificará  de manera electrónica la resolución de ingreso a CRETA al sujeto responsable.
  2. La resolución de ingreso al nuevo sistema la dictará la Secretaría Provincial de la TGSS.
  3. La incorporación al sistema de liquidación directa de cuotas se producirá al mes siguiente de la notificación.
  4. El sujeto tendrá un periodo de adaptación de 3 meses, durante el que deberá presentar la liquidación a través del Sistema RED (como se realiza ahora). Una vez agotado ese periodo, deberá enviar la liquidación obligatoriamente a través del Sistema de Liquidación Directa.

Estaremos muy pendiente de la normativa que se va a desarrollar en los próximos meses y os contaremos todo en nuestro blog.

Si tenéis alguna consulta, os atenderemos encantados en el teléfono 958 806 760, o en nuestro chat online.

Fuente: BOE, Moncloa.

¿Cuándo entra en vigor Creta?

¿Cuándo entra en vigor Creta?

En un principio la fecha prevista para comenzar a utilizar el Sistema de Liquidación Directa era enero de 2015. Se pretendía incorporar paulatinamente a más usuarios al nuevo sistema desde el mes de Octubre, pero finalmente no ha sido así, generando incertidumbre sobre la aplicación definitiva del nuevo sistema CRET@.

Por fin parece que vamos teniendo más información al respecto. El Secretario de Estado de la Seguridad Social, Tomás Burgos, ha confirmado, en las Jornadas de Directivos del Instituto Nacional de la Seguridad Social, que el nuevo sistema CRETA se va aprobar en el pleno del próximo 18 de diciembre.

Esta nueva ley era la que estábamos esperando, y determinará la transición del sistema de liquidación actual al Sistema de Liquidación Directa. Según indicó Tomás Burgos, esta norma indicará el desarrollo reglamentario en materia de liquidación e ingreso de cuotas a la Seguridad Social. En ella se preverá el desarrollo normativo que deberán aprobar en menos de 3 meses para poder adaptar todo el sistema de la Seguridad Social a Creta y cuando entra en vigor Creta.

Se espera que en esta fecha ya se establezcan los plazos definitivos para la incorporación a Creta, así como el procedimiento.

En unas jornadas informativas de la Seguridad Social en Almería, a las que asistimos recientemente, indicaban que los primeros en incorporarse serán todos aquellos que utilizan el sistema RED Directo, esperan que para febrero de 2015  comiencen a incorporarse.

Para el resto de usuarios, la nueva fecha de incorporación será para Julio de 2015. Se tratará de una incorporación gradual, en la que incluirán en primer lugar a los autorizados con todos los trabajadores en Régimen General. El resto de regímenes se incorporarán más tarde.

Según explicaron, una vez recibamos la notificación de incorporación, se comenzará a trabajar con Creta desde el mes siguiente al que hayamos recibido dicho aviso, y se dispondrá de un periodo de adaptación al nuevo sistema de 3 meses.

Estaremos muy pendientes de todas las novedades para informaros en nuestro blog.

Para cualquier consulta, estamos a vuestra disposición en el teléfono 958 806 760.

Fuente: Laboral-Social.com, Jornadas Informativas de la Seguridad Social en Almería.

Las claves del nuevo sistema de la Seguridad Social: CRETA

Las claves del nuevo sistema de la Seguridad Social: CRETA

Como ya os adelantamos en nuestro artículo La Seguridad Social facturará directamente las cotizaciones a las empresas, este sistema se podrá comenzar a utilizar a partir de octubre.

A partir de diciembre de 2014 se espera que ya esté implantado de manera generalizada el nuevo sistema de la Seguridad Social para las cotizaciones, CRETA (Control de Recaudación por Trabajador).

En este artículo vamos a explicar qué es y daros las claves de este nuevo método de cotización, que en unos meses tendremos que utilizar todos.

 

¿Qué es CRETA?

Se trata de un nuevo sistema de liquidación directa de la Seguridad Social, cuyo fin es simplificar el cumplimiento de las obligaciones en cuanto a seguros sociales de las empresas.

Este método, en formato XML, sustituirá al actual envío de ficheros FAN, e imitará al sistema de borradores que ya existe para el IRPF.

 

Claves del sistema CRETA:

  • Es la Seguridad Social la que indica a las empresas los datos de cotización, posteriormente, la empresa o despacho profesional tendrá que confirmar ese borrador, y automáticamente, se generará el pago domiciliado de esas cantidades.
  • Las empresas deberán llevar un control muy estricto de la afiliación de sus trabajadores, ya que sólo van a contemplar para la liquidación de cuotas a los trabajadores dados de alta en el periodo a liquidar. Además todo deberá estar actualizado en el programa de nóminas.
  • Los cálculos que realice el sistema, se basarán en los datos facilitados previamente por la empresa, y los datos que tienen a su disposición del SEPE, INSS, AEAT, etc.
  • El cálculo de liquidación se realizará por trabajador.
  • Ya no habrá que informar sobre importes de bonificaciones o datos de TC1. Seguridad Social calculará estos datos por trabajador y los remite a través del recibo de liquidación de cotizaciones.
  • Permite hacer liquidaciones totales o parciales de trabajadores ya consolidados (de los que no haya modificaciones). La empresa  podrá hacer durante un mes varias liquidaciones parciales hasta completar el total que corresponda.
  • La empresa o asesor deberá aportar los datos relativos a los trabajadores, dados de alta, que hayan cambiado, como por ejemplo: bases de cotización, jornada de trabajo, horas extra (tiempo parcial), importes de formación continua, subvenciones de formación, modalidad de salario, etc.
  • Permite automatizar el pago de los Seguros Sociales, simplificando trámites.
  • Se introduce la cotización por tramos. Por tramo se entiende el periodo en el que no varía la situación del trabajador. Se deberá aplicar un tramo de cotización para cada situación de los trabajadores. Por ejemplo, un contrato de formación que se transforma en indefinido, generará dos tramos en ese periodo de liquidación.

En general, las ventajas más importantes que introduce este sistema son las siguientes:

  1. Reduce el número de errores en las cotizaciones.
  2. Disminuye el trabajo administrativo, hay que comunicar menos datos.
  3. Permite liquidaciones parciales, y utiliza un sistema de liquidación de CCC por empleado.
  4. La información es más fiable, ya que procede de una base de datos única de INSS, Mutuas, SEPE y AEAT.
  5. Reduce errores causados por la aplicación indebida de bonificaciones y compensaciones de IT.

Estaremos pendiente de todas las novedades sobre CRETA y os las contaremos en nuestro blog. Para cualquier consulta, estamos a vuestra disposición en el teléfono 958 806 760 o en nuestro chat online.

 

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