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Cómo conseguir la capitalización del paro para montar una empresa

Cómo conseguir la capitalización del paro para montar una empresa

Recibimos muchas consultas sobre cómo emprender y qué ayudas y subvenciones existen para el desarrollo de una nueva actividad empresarial. Existe una opción para poder desarrollar tu idea de negocio más allá de si se pueden gestionar ayudas o subvenciones para invertir en una idea empresarial. Capitalizar la prestación por desempleo y percibirla en modalidad de pago único puede también ayudarnos a montar nuestro propio negocio.

La capitalización del paro consiste en cobrar en un pago único la prestación por desempleo con el fin de iniciar una actividad profesional. Tan sólo podremos recibir el pago único si justificamos que va a ser invertido en el desarrollo de una profesión basándose en el autoempleo y si no se ha solicitado en la modalidad de pago normal con anterioridad.

La capitalización del paro podrán solicitarlo quienes:

  • Quieran trabajar por cuenta propia como autónomos. Quedan excluidos los autónomos económicamente dependientes.
  • Quieran incorporarse como socios trabajadores o trabajar en cooperativas o en sociedades laborales tanto si desean participar en su constitución como si éstas ya lo están. Pueden solicitarlo si han mantenido vínculo previo contractual con ellas.
  • Quieran incorporarse como socio trabajador estable de una cooperativa o una sociedad laboral de nueva creación. También cuando las empresas ya estén constituidas y cuenten con menos de un año de antigüedad antes de que se efectúe la aportación por parte del socio trabajador bajo estos supuestos: que el socio trabajador vaya a contar con el control efectivo de la sociedad, vaya a ejercer en ella una actividad profesional y se produzca un alta de autónomo por cuenta propia en la Seguridad Social.

¿Cómo se presenta la solicitud de capitalización del paro?

Si deseas solicitar la prestación por desempleo en pago único para montar una empresa tendrás que rellenar el documento oficial de solicitud de capitalización del paro.

Deberás presentar la solicitud de capitalización del paro a través de:

  • Sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal.
  • Oficina de prestaciones de tu comunidad solicitando cita previa en la sede electrónica del SEPE.
  • Cualquier oficina de registro público y por correo administrativo.

Para solicitar el pago único de la prestación por desempleo para el inicio de una actividad deberás tener en cuenta el tipo de actividad profesional que vas a realizar:

  • Como trabajador autónomo o socio de una actividad mercantil.

Si vas a realizar tu actividad profesional como autónomo podrás solicitar sólo la cantidad que justifiques como inversión, con el límite del 100% de la cantidad correspondiente.

En el caso de que desempeñases tu actividad como socio de una sociedad mercantil podrás obtener la capitalización del paro para realizar la aportación al capital social de dicha sociedad, con el límite del 100% del importe de la prestación.

Puedes destinar el pago único a los gastos de constitución y puesta en marcha de la entidad, pago de tasas y tributos referidos a la actividad. También podrás destinar hasta el 15% de la cuantía de la prestación capitalizada al pago de servicios como: asesoramiento, formación e información relacionada con la actividad a emprender.

  • Como socio trabajador, trabajador en una cooperativa o sociedad laboral.

Se podrá obtener en un pago único la cantidad a desembolsar como capital social, financiación de la cuota de ingreso en la cooperativa, adquisición de acciones o participaciones en la sociedad.

De igual forma que en el caso anterior, podrás sufragar gastos de constitución y puesta en marcha del funcionamiento de la actividad y un 15% para pagar servicios de asesoramiento o formación.

¿Qué ocurre si no obtengo el 100% de la cuantía de la prestación en pago único?

Si las cantidades económicas que necesitas para iniciar tu actividad empresarial son menores a la prestación por desempleo que te corresponde percibirás de manera mensual, como habitualmente, el restante importe hasta completar el 100% de tu prestación por desempleo.

Obligaciones que deberás cumplir si deseas percibir el pago único de tu prestación por desempleo para montar tu negocio.

  • Iniciar tu actividad empresarial en el plazo máximo de un mes.
  • Presentar ante la Entidad Gestora la documentación de inicio de la actividad.
  • Destinar la cantidad percibida a la aportación social obligatoria o inversión necesaria para desarrollar la actividad.

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Novedad: ¿Es obligatorio registrar la jornada laboral de los trabajadores?


 

El Plan Prepara aumenta la ayuda para personas con responsabilidades familiares

El Plan Prepara aumenta la ayuda para personas con responsabilidades familiares

Mediante la publicación este lunes de la Resolución de 9 de febrero de 2016, el Gobierno acaba de prorrogar la vigencia del Plan Prepara estableciendo nuevas formas, cuantías y plazos de presentación de las solicitudes y de tramitación de las ayudas económicas de acompañamiento incluidas en el marco del programa de recualificación profesional de personas que agoten su protección por desempleo.

El Plan PREPARA o ‘ayuda de los 400 euros’ comenzó en febrero de 2012 y se ha ido prorrogando semestralmente de manera automática hasta en diez ocasiones. Esta nueva prórroga define un plazo de vigencia para solicitar la ayuda del Plan PREPARA desde el 16 de febrero de 2016 hasta el 15 de agosto de 2016 y una cuantía superior para apoyar a personas con responsabilidades familiares concretas que vamos a detallar a continuación.

¿Quiénes pueden solicitar el Plan Prepara?

Aquellos que:

  • No estén cobrando ninguna de las siguientes prestaciones. Podrás solicitar la ayuda si has terminado de cobrar la prestación por desempleo o los subsidios o si por tus circunstancia no tengas derecho a cobrarlos y si, además, no has cobrado con anterioridad ni el PRODI, ni la RAI (Renta Activa de Inserción), la Renta Agraria ni el Plan Prepara anterior.
  • Actualmente, estén cobrando el Plan Prepara antes del 15 de agosto de 2012. Podrás cobrarlo con las condiciones del anterior plan, no repercutiendo los nuevos requisitos.

No podrán acogerse quienes ya han cobrado los seis meses de la ayuda.

Requisitos para solicitar la ayuda del Plan Prepara

Los nuevos requisitos del Plan Prepara 2016 establecen estos criterios mínimos para cursar su solicitud:

  • Estar inscrito como mínimo 12 de los últimos 18 meses como desempleados o tener personas a cargo como establece el art. 275.3 de la LGSS.

Además, deberán demostrar al menos tres de las siguientes acciones que acreditan que, durante un periodo mínimo de 30 días, se están realizando acciones de búsqueda activa de empleo.

  • Haber trabajado por cuenta propia o ajena.
  • Realizar el envío de curriculum al menos a tres empresas distintas.
  • Mantener al menos una entrevista de trabajo.
  • Inscripción en al menos alguna agencia de colocación autorizada.
  • Registrarse como demandante de empleo en portales privados o servicios públicos de empleo.
  • Participar en las acciones formativas ofertadas por los Servicios Públicos de Empleo.

Solicitud del Plan Prepara

De momento, no se puede realizar por internet pero sí podrás preparar tu solicitud y pedir cita previa en el SEPE para poder adjuntar toda la documentación requerida.

Os facilitamos el modelo de Solicitud del Plan Prepara.


Novedades en el cobro del Plan Prepara 2016

Como término general, la ayuda seguirá consistiendo en 400 euros al mes pero como novedad, si tienes tres o más familiares a cargo, podrás cobrar hasta 450 euros al mes.

Se entenderá como familiar a cargo a:

Cónyuge y/o hijos menores de 26 años o mayores con una discapacidad en grado igual o superior al 33 por cientos o menores acogidos. Deben carecer individualmente de rentas propias superiores al 75% del salario mínimo interprofesional.

En esta nueva prórroga del Plan Prepara se ha emitido una orden a todas las delegaciones provinciales para que las nóminas se elaboren el día 5 de cada mes o si fuera festivo el día siguiente hábil.

¿Cómo funciona el Plan PREPARA?

A partir de la solicitud del Plan PREPARA, se inicia el Itinerario Personalizado de Inserción (IPI), valorado por un orientador laboral. Se convocarán varias reuniones de obligada asistencia con el orientador laboral durante el tiempo de cobro de la ayuda del plan PREPARA que formarán parte del Itinerario de Inserción. En estas reuniones, tu orientador te ayudará a aprender formas de encontrar trabajo, escribir y elaborar un curriculum vitae, donde buscar ofertas de empleo utilizando internet, etc.

¿Dónde se anuncia la aprobación de la ayuda?

Las solicitudes se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia del solicitante y podrán consultarse en el Boletín Oficial del Estado utilizando la palabra recualificación donde aparecerán las listas de solicitudes aprobadas.

Fuente: Resolución de 9 de febrero de 2016 del Servicio de Empleo Público Estatal

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