fbpx

Diferencias entre el contrato de formación en alternancia y el de prácticas

18 abril, 2024
Diferencias entre el contrato de formación en alternancia y el de prácticas

Hoy veremos cuáles son las diferencias entre el contrato de formación en alternancia y el de prácticas. Como ambos son contratos formativos, suele haber confusión en su utilización.

A continuación, os mostramos la comparativa actualizada de sus características, según la normativa vigente en 2024:

 

¿Qué requisitos se exigen para un contrato de prácticas?

El contrato en prácticas, conocido tras el RD Ley 32/2022, como contrato formativo para la obtención de la práctica profesional está destinado a titulados universitarios, técnicos superiores o de grado medio de FP.

Y se realiza para una ocupación directamente relacionada con su formación. De esta forma, en su puesto de trabajo, la persona trabajadora puede obtener la práctica profesional necesaria para complementar su formación.

El contrato tiene que celebrarse en los 3 años posteriores a la finalización de dichos estudios, 5 años en caso de trabajadores con una discapacidad reconocida.

 

¿Qué requisitos se exigen para un contrato de formación en alternancia?

En cambio, las personas trabajadoras que realicen el contrato de formación en alternancia no pueden disponer de formación oficial relacionada con el puesto, ya que el fin de este contrato es proporcionársela.

Por ello, está dirigido a jóvenes que carezcan de los estudios para desempeñar esa profesión. Estos se van a formar de manera teórica y práctica para ejercerla.

En el caso de que la persona trabajadora haya realizado formación oficial, pero no tenga nada que ver con el puesto, también podría realizarse el contrato de formación en alternancia porque va a formarse en una ocupación para la que no cuenta con estudios previos.

Además de este requisito, hay que destacar que el contrato de formación en alternancia se puede formalizar con jóvenes de hasta 30 años.

Esos jóvenes no pueden haber desempeñado ese puesto en la misma empresa por tiempo superior a 6 meses.

El contrato de formación en alternancia ofrece una gran ventaja para las empresas: tiene un coste de 0 euros para las empresas en los seguros sociales durante toda su vigencia

Esto es debido a que se pueden bonificar los seguros sociales y, además, aplicar:

  • Una bonificación para la formación teórica.
  • Y una bonificación adicional de entre 60 y 80 euros en concepto de tutorización.

Para que la empresa acceda a estas bonificaciones la persona contratada deberá estar inscrita en el SEPE como demandante de empleo. 

 

¿Qué duración tiene el contrato de prácticas?

El contrato en prácticas tiene una duración mínima de 6 meses y máxima de 1 año.

El convenio colectivo puede indicar otra duración, pero en ningún caso podrá exceder estos límites.

Ojo, también puede ser que limite el uso de este tipo de contrato para determinados puestos o categorías.

 

¿Qué duración tiene el contrato de formación en alternancia?

La duración mínima del contrato de formación en alternancia es de 3 meses, y la máxima 2 años. Debes de tener en cuenta que al formalizar un contrato de formación en alternancia no podrás realizar prórrogas. 

Desde Grupo2000 te aconsejamos formalizar el contrato de formación en alternancia con la duración máxima desde el inicio.

 

¿Qué salario tiene el contrato de prácticas en 2024?

La retribución del contrato en prácticas es fijada en el convenio colectivo aplicable a la empresa para los contratos en prácticas.

Pero en ningún caso podrá ser inferior a la retribución mínima establecida para esta modalidad ni al SMI en proporción al tiempo de trabajo efectivo.

Esto quiere decir que, el salario durante 2024 para los contratos de prácticas no podrá ser inferior a 1.134 €, de acuerdo al SMI de este año.

 

¿Qué salario tiene el contrato de formación en alternancia en 2024?

El salario de un contrato de formación en alternancia viene establecido en convenio colectivo.

En su defecto, nunca puede ser inferior al 60% sobre la cantidad fijada para el grupo profesional con esas funciones durante el primer año y 75% durante el segundo.

Además, en ningún caso la retribución podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional en proporción al tiempo de trabajo efectivo.

Puedes ampliar información sobre el salario del contrato de formación y sus cotizaciones.

 

¿Qué jornada puede realizar el contrato de prácticas?

El contrato de prácticas se puede formalizar a tiempo parcial o jornada completa.

 

¿Qué jornada puede realizar el contrato de formación en alternancia?

El contrato de formación en alternancia puede ser también a jornada completa o a tiempo parcial.

La persona trabajadora va a destinar el 65% a realizar trabajo efectivo, y el 35% para formarse de forma teórica, durante el primer año.

Estos porcentajes variarán durante el segundo año, siendo 85% de trabajo y 15% de formación.

En ambos contratos, la jornada deberá estar perfectamente delimitada e indicada en el contrato, y será respetada por empresa y persona trabajadora.

 

¿Qué bonificaciones en los seguros sociales tiene el contrato de prácticas?

La reducción en los seguros sociales del contrato en prácticas fue derogada para las altas desde el 1 de enero de 2019.

Por lo que actualmente, esta modalidad no tendría bonificaciones asociadas, sólo en el caso de colectivos con discapacidad reconocida.

 

¿Qué bonificaciones en los seguros sociales tiene el contrato de formación en alternancia?

Como comentamos, el contrato de formación en alternancia es muy interesante para la empresa, ya que es la única modalidad actualmente que permite:

  1. Bonificar los seguros sociales.
  2. Aplicar una bonificación del 100% del coste de la formación teórica inherente al contrato.
  3. Aplicar una bonificación adicional para la empresa de entre 60 y 80 euros (según la plantilla).

Hay que tener en cuenta que desde el 1 de septiembre de 2023 hay novedades en la bonificación de los contratos tras la entrada en vigor del RD Ley 1/2023.

Cuando se trate de contratos de formación dados de alta con anterioridad al 1 de septiembre del año pasado estos van a tener derecho a aplicar una reducción del 100% de la cuota fija a la Seguridad Social durante el tiempo que dure el contrato.

Esta reducción será del 75% si las compañías tienen más de 250 personas en plantilla.

Si se trata de contratos de formación firmados a partir del 1 de septiembre de 2023 entonces tendrán derecho a aplicar una bonificación de 119 euros sobre la cuota fija de seguros sociales (180,54 euros).

A ella, se le sumaría la bonificación por tutorización, pudiendo bonificar hasta 199 euros y suponiendo el coste final en los seguros sociales de las empresas de 0 euros

 

¿Cómo es la formación del contrato de formación en alternancia?

La formación es algo que caracteriza al contrato de formación en alternancia.

Durante toda su vigencia la persona trabajadora va a recibir una formación que le permitirá adquirir conocimientos para desempeñar de manera correcta y efectiva sus labores diarias.

Grupo2000 es un centro acreditado por el Servicio Público de Empleo Estatal para impartir la formación de Catálogo de Especialidades formativas del Sistema Nacional de Empleo

La persona trabajadora que realiza un contrato en prácticas ya ha obtenido esa formación, puesto que debe acreditar los estudios finalizados, previamente al alta, que posibilitan su acceso a esta modalidad.

Por tanto, no tendrá formación teórica durante su contratación. Y adquirirá de forma práctica, en su puesto de trabajo, los conocimientos que le permitirán completar su preparación.

Para cualquier duda, estamos a vuestra disposición en el teléfono 958 806 760, o en nuestro chat online.

Esperamos que este artículo haya sido de utilidad para aclarar estas dudas. ¿Te ha gustado? ¡Gracias por compartir!

Banner Cfa Grupo2000

Ángela M. Labrador

40 Comentarios

  1. Pablo

    Buenos días, tengo una pregunta, ¿Se podría hacer un contrato de formación tras haber hecho uno de prácticas?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Pablo. Si es para la misma empresa, no sería posible. A no ser que esas prácticas fuesen un acuerdo de prácticas no laborales (no contrato de prácticas) y esa persona no tuviese el título oficial. Si es para una empresa diferente, se podría tener un contrato de formación si es para realizar una ocupación para la que no tenga formación oficial. Por ejemplo, tiene titulación oficial de administrativo, pero el contrato de formación va a ser de hostelería. Un saludo

      Responder
  2. Leire

    Buenos días, tengo una pregunta, tengo un contrato de prácticas en una empresa pero no se me está formando ni tampoco tengo un superior que me guíe en las prácticas y ni si quiera un compañero con mi misma titulación que esté ejerciendo lo mismo que yo, eso se puede hacer? En el contrato en prácticas es necesario que me formen o no?
    Muchas gracias!

    Responder
  3. Maripaz

    Buenas tardes,
    me gustaría saber si, mientras tengo un contrato de formación y aprendizaje en una gasolinera, podría realizar un convenio de prácticas remuneradas (ICARO) de un máster de Marketing. ¿Son incompatibles? ¿Se pueden realizar simultaneamente?
    Muchas gracias!

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Maripaz. Las prácticas podrán ser compatibles con el contrato de formación dependiendo del número de horas que realices en las prácticas. Un saludo

      Responder
  4. Carmen

    Hola, dentro de unos días se termina mi contrato de trabajo en prácticas después de mi primer año en la empresa, y me han dicho que me renuevan pero con un contrato de formación. A mi me ha extrañado mucho, porque lo lógico sería seguir con otro de prácticas ya que, soy Ingeniera y según estoy leyendo el de formación es para no titulados y menores de 25 años, y yo supero esa edad.

    Mis preguntas serían ¿estaría en riesgo de perder antigüedad en la empresa y reducción de mis beneficios laborales (vacaciones, cotizaciones)? ¿se tiene derecho a paro después de un contrato en formación? ¿con el contrato de formación recibiría la empresa mas bonificaciones que con el de prácticas?

    Gracias por su atención

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Carmen. Habría que valorar 2 detalles importantes para tu caso: primero, si se trata de un contrato de prácticas o convenio de prácticas, que es diferente, ya que no habría relación laboral previa, sería un convenio.
      Segundo, si la formación de ingeniería guarda relación con el puesto que desempeñas, no podrían hacerte un contrato de formación. Si fuese para un puesto que no tiene nada que ver con tu formación sí sería posible.
      En el caso de que fuese un contrato de prácticas, no sería posible hacerte uno de formación para el mismo puesto.
      El contrato de formación tiene derecho a paro, con él la empresa recibiría más bonificaciones que con el contrato de prácticas. Un saludo

      Responder
    • Carmen Rocío

      Muy buenas, yo tengo un contrato de formación justo lo hicimos unos días antes de cumplir los 25, lo que quiero saber es si me lo podrían seguir renovando y así durante 3 años o ya que he cumplido los 25 no es posible?
      Gracias de antemano.

      Responder
      • Ángela M. Labrador

        Hola Rocío. Lo importante es que en el momento del alta cumplieses los requisitos para hacer el contrato. Para las prórrogas del contrato ya no se tendría en cuenta la edad, es sólo para el contrato inicial, se podría renovar sin problema. Un saludo

        Responder
  5. Patricia

    Buenos días, se puede hacer un contrato de formación un trabajador que esta cursando grado medio y posteriormente realizar otro contrato de formación para el grado superior, estando relacionados los estudios de los dos grados?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola Patricia. Se podría si esos estudios no están finalizados. Hay gente que mientras está estudiando, realiza un contrato de formación. Un saludo

      Responder
  6. Abelia

    Hola.
    Este curso he finalizado Fp de grado medio, a excepción de las FCT, por la suspensión de estas por el coronavirus.
    Pueden hacerme un contrato en prácticas?

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Hola Abelia. El requisito imprescindible para realizar un contrato de prácticas es estar en posesión del titulo. Tendrías que tener el título. Un saludo

      Responder
  7. Laura

    El contrato de formación también va dirigido a estudiantes universitarios?

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Hola Laura. El contrato de formación puede formalizarse con un estudiante universitario si no ha finalizado o está realizando sus estudios. Está destinado a la contratación de personas que no dispongan de formación oficial sobre su puesto y no se entiende que se obtenga hasta que cuenten con esa titulación. Un saludo

      Responder
      • María

        Tengo un contrato de prácticas de media jornada como auxiliar administrativo, cuanto tengo que cotizar a IRPF y a la seguridad social

        Responder
        • Ángela Martínez Labrador

          Hola María. Las retenciones de IRPF variarán según las condiciones de tu puesto en concreto, te recomendamos consultarlo con tu empresa o asesoría. Un saludo

          Responder
        • María

          Se tiene derecho a finiquito al finalizar un contrato de prácticas?

          Responder
      • blanca

        En un contrato de formacion La parte de formacion teorica, podria valer con la formacion que esta recibiendo de la universidad? o puede hacer algun curso como de 15 -20h?

        Responder
        • Ángela M. Labrador

          Hola Blanca. La formación que reciba debe ser la recogida en el RD Ley 1529/2012. Formación de certificados de profesionalidad o de FP. Un saludo

          Responder
      • Andres

        Hola. En mi caso me quedan tres meses para graduarme de la Universidad en la carrera de políticas y periodismo y en ese momento podría hacer el contrato en prácticas (hice beca allí con ellos pero no superó los tres meses que se marcan como límite). Sin embargo, para contratarme antes, como tienen prisa, me harian el de formación ya que aún no estoy graduado. En mi caso, si acepto el de formación, ya no podría optar a los tres meses (mínimo) a conseguir uno de prácticas? Y otra duda. Cuando se firma el de formación, debería firmarse con el tope máximo? Creo que he leído que no se puede ir prolongando de tres en tres. Gracias!

        Responder
    • Daniel

      No, va dirigido específicamente para trabajadores sin cualificación profesional, en el caso de que el estudiante hubiera terminado sus estudios se le podría hacer un contrato en prácticas pero solo en el caso de que obtuviera el título, si no posee el título no se podrá celebrar el contrato en prácticas y en ningún caso el de para la formación y el aprendizaje.

      Responder
      • Ángela M. Labrador

        Se puede hacer contrato de formación si el puesto para el que realiza contrato no guarda ninguna relación con su formación oficial. Un saludo

        Responder
  8. Cgah

    Hola, si empiezo una carrera universitaria me pueden hacer contrato de formación?

    El contrato de formación puede ser de 6 meses?

    Que es más beneficioso para una empresa el contrato de prácticas o de formación?

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Buenos días. Si empiezas una carrera universitaria y no dispones de estudios oficiales finalizados sobre el puesto a desempeñar sí podrían realizarte un contrato de formación. La duración mínima sería de 6 meses, pero habría que ver qué indica el convenio de referencia, ya que a veces la duración mínima es de 1 año.
      En cuanto a los beneficios. Tiene más beneficios para la empresa el contrato de formación, porque estarían bonificados los seguros sociales al 100%. Los contratos de prácticas actualmente no cuentan con ninguna bonificación, a no ser que sea un colectivo con discapacidad. Un saludo

      Responder
  9. Leticia

    Buenos días, iba a realizar las prácticas del máster en una empresa mediante un convenido de prácticas reumunerado con la universidad y la empresa. Actualmente, por el estado de alarma se ha parado el convenio.¿ Podría realizar las prácticas de alguna manera en la empresa sin el conve io de la universidad?
    Gracias de antemano.

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Buenos días, Leticia. Para poder realizarlas necesitas tener un convenio que las regule o un contrato laboral, si no estarías en una situación irregular. Un saludo

      Responder
  10. Rocio

    Hola! Tengo un contrato en practicas. Es el segundo. Primero estuve en una empresa 3 meses con contrato en practicas. Ahora estoy en otra y llevo año y medio. Me acaban de renovar por otros 6 meses. Pero en teoría ya solo me quedan 3 meses de contrato e practicas no?.

    Responder
  11. Maria

    hola! Puedo tener 2 contratos en practicas a la vez, a tiempo parcial con la misma titulación.
    Gracias

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Buenos días, María. Correspondería a un contrato de prácticas por titulación. Un saludo

      Responder
  12. Beatriz

    Buenas tardes. Si la persona está terminando un grado medio, pero aún no está en posesión del certificado pero el puesto está relacionado con su formación, ¿se trataría de un contrato en prácticas o de formación?

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Buenos días, Beatriz. Si todavía estás realizando tus estudios, correspondería el de formación (si cumples el resto de requisitos del perfil). El contrato de prácticas sólo se podría hacer cuando hayas finalizado tus estudios, porque requiere «estar en posesión de la titulación oficial». Un saludo

      Responder
  13. EVA FERNANDEZ

    Hola! gracias por atenderme…Mi hijo está con un contrato de formación derivado de escuela taller del inaem,para jóvenes de 16 a 25 años…Ha estado de baja por enfermedad común , pero no le ha pagado la baja, por no tener cotizados los 180 dias anteriores…( es que con esa edad pocos tendrán esos días de cotización…); y quería saber si eso es así o al ser una modalidad especial tiene algún derecho en cuánto a cobrar las bajas. Muchas gracias

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Buenos días, Eva. Si es por una enfermedad común, es así con cualquier contrato. Debe tener cotizados al menos 180 días. Un saludo

      Responder
  14. Rocío

    ¿tienen derecho a disfrutar de vacaciones las personas que tienen contrato de prácticas?

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Buenos días, Rocío. Hay que diferenciar entre contrato de prácticas y convenio de prácticas. En el contrato de prácticas sí se tiene derecho a vacaciones. En el convenio de prácticas dependerá de las condiciones que se establezcan en el convenio, pero habitualmente no tienen, ya que tienen que realizar todas las horas del convenio de prácticas. Sería una cortesía de la empresa con el becario. Un saludo

      Responder
    • Amadou Niang

      Hola me llamo Amadou Niang vivo en Manresa villadordis en un centro, tengo 29 años y quiero más información gracias

      Responder
      • Ángela M. Labrador

        Hola, Amadou. ¿En qué te podemos ayudar? Si estás interesado en realizar un contrato de formación, te animamos a inscribirte en nuestra agencia de colocación, donde podrás acceder a ofertas de empleo que ofrecen contratos de formación en alternancia. Un saludo

        Responder
  15. CARMEN GUILLEN JIMENEZ

    A mi hija le han hecho un contrato en prácticas para empezar a finales de febrero de 2019 en jornada completa, en el que le indican que el sueldo bruto va a ser de 600€, eso es asi?

    Responder
    • Ángela Martínez Labrador

      Buenos días, Carmen. Puedes ampliar información sobre el salario del contrato de prácticas durante 2019 aquí. Un saludo

      Responder

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Suscribete Boletin Noticias Grupo2000
Necesitas Contratar Contrato De Formacion Grupo2000
Formación Catálogo De Cursos Grupo2000

Síguenos en redes

Últimas noticias

Ver Ocupaciones Contrato Formación Alternancia Grupo2000
Formacion Bonificada Para Empresas Grupo2000
Agencia Colocación Publicar Ofertas Grupo2000
Ir al contenido