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Cambios en el contrato de formación tras Convenios Colectivos de Córdoba y provincia

Cambios en el contrato de formación tras Convenios Colectivos de Córdoba y provincia

Cambios en el contrato de formación tras Convenios Colectivos de Córdoba y provincia.

Tras su publicación en el BOP de Córdoba, hoy queremos destacar varias modificaciones que afectan a los contratos de formación y aprendizaje, en lo referente a la duración mínima del contrato.

Según el Artículo 11.2 b del Estatuto de los Trabajadores:
«La duración mínima será de un año, y la máxima de tres. No obstante, mediante Convenio Colectivo podrán establecerse distintas duraciones del contrato…, sin que la duración mínima pueda ser inferior a seis meses, ni la máxima superior a tres años.»

Varios Convenios Colectivos han pactado una duración mínima de 6 meses para el contrato de formación. Son los siguientes:

  • Comercio en General.
  • Industria de Madera y Corcho.

Las empresas que formalicen un contrato de formación a través de estos Convenios Colectivos, deben tener en cuenta que la duración mínima deberá ser de 6 meses, y la máxima de 3 años.

Si tenéis dudas sobre el tema, os atendemos encantados en nuestro chat online, o en el teléfono
958 806 760.

Fuente: BOP Córdoba.

Madrid subvencionará 3000 contratos de formación

Madrid subvencionará 3000 contratos de formación

Madrid subvencionará 3000 contratos de formación.

La Comunidad de Madrid subvencionará 3.000 contratos formativos en empresas que contraten a desempleados que lleven más de un año inscritos como demandantes de empleo, y hayan agotado cualquier tipo de prestación.

La consejera de Empleo, Ana Isabel Mariño, ha adelantado esta iniciativa cuyo fin es la inserción laboral de parados de larga duración. A continuación os resumimos los datos más importantes:

  1. La ayuda podrá ser de hasta 1.800 euros mensuales durante 6 meses.
  2. Podrán participar empresas privadas, Ayuntamientos, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro que tengan un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid.
  3. El Gobierno regional abonará a la empresa los costes salariales y formativos de cada persona contratada mediante contrato de formación.
  4. Tras solicitar la ayuda, las Oficinas de Empleo seleccionarán a los candidatos que cumplan el perfil, aunque será la empresa la gestione la selección final.
  5. Los pagos se harán por anticipado y serán compatibles con las desgravaciones y bonificaciones de las cuotas a la Seguridad Social.
  6. Los salarios de las personas contratadas oscilarán entre 967 euros y 1.613, en función del grupo de cotización del trabajador, durante los 6 meses.
  7. La jornada laboral no podrá ser superior a 8 horas, de las cuales, el 25% se destinarán a formación.

Esta iniciativa, que dará prioridad a los desempleados con menores o personas discapacitadas a su cargo, será aprobada por el Gobierno regional durante el mes de Octubre.
Estaremos pendientes de cualquier novedad sobre estas ayudas, y en cuanto se aprueben, os detallaremos las condiciones de la subvención.

Si estáis interesados, o queréis hacer alguna consulta sobre el tema, podemos chat online o hablar en el teléfono 958 806 760.

Importante: modificaciones en Convenios Colectivos de Jaén

Importante: modificaciones en Convenios Colectivos de Jaén

Importante: modificaciones en Convenios Colectivos de Jaén.

Hoy queremos destacar varios cambios de Convenios Colectivos de Jaén y provincia, en relación a la duración mínima del contrato de formación y aprendizaje.

La duración del contrato de formación se establece en el Artículo 11.2 b del Estatuto de los trabajadores:
«La duración mínima será de un año y la máxima de tres. No obstante, mediante Convenio Colectivo podrán establecerse distintas duraciones del contrato…sin que la duración mínima pueda ser inferior a seis meses, ni la máxima superior a tres años.»

Según los siguientes Convenios Colectivos, se permite que la duración mínima del contrato de formación y aprendizaje sea de 6 meses para:

  • Actividades Comerciales Diversas.
  • Comercio de alimentación.
  • Comercio del mueble.
  • Comercio del calzado.
  • Comercio del papel.
  • Comercio Materiales de Construcción.
  • Comercio Textil.
  • Oficinas y Despachos.

Tenéis que tener en cuenta, que a partir de ahora, cuando se formalice un contrato de formación a través de estos convenios, la duración de dichos contratos será como mínimo de 6 meses, y como máximo de 3 años.

Si tenéis alguna consulta, estamos a vuestra disposición en nuestro chat online o en el teléfono 958 806 760.

Fuente: BOP Jaén.

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