Muchas empresas necesitan bonificaciones para poder contratar, pero desconocen las opciones que tienen.
Hoy, queremos hablarte sobre la mejor ayuda para contratar en 2026.
Si prevés ampliar tu plantilla este año existe una modalidad que te permitirá contratar y aplicar tres bonificaciones mensuales durante su vigencia: el contrato de formación en alternancia.
¿Por qué el contrato de formación en alternancia es la mejor ayuda para contratar en 2026?
Te damos ocho razones por las que el contrato de formación en alternancia es la mejor ayuda para que tu empresa contrate:
Se puede aplicar una bonificación en los seguros sociales.
Se puede bonificar el 100% de la formación teórica ofrecida a la persona trabajadora.
Además, se puede aplicar una bonificación adicional de entre 60 y 80 € al mes durante toda la vigencia del contrato.
No exige mantenimiento del nivel de empleo, al contrario de lo que ocurre con otras ayudas o contratos. En este sentido, hay que recordar las nuevas bonificaciones a la contratación laboralvigentes desde el 1 de septiembre de 2023 que requieren el mantenimiento de empleo por 3 años.
No exige devolución de las cantidades bonificadas en caso de despido, con otras modalidades sí se exige. Obviamente, siempre que se cumpla la normativa laboral vigente.
Al finalizar el contrato, si se transforma en indefinido, se puede enlazar con una bonificación de 128 euros al mes durante 3 años (147 euros si se contrata a una mujer).
La persona trabajadora estará formándose a la vez que trabaja, esto implica que contarás a medio-largo plazo con una persona empleada más cualificada y preparada.
A continuación, te explicamos cuáles son las características de esta modalidad y los requisitos que debe cumplir tu empresa para poder aplicar el contrato de formación.
Características del contrato de formación en alternancia
El contrato de formación en alternancia es un contrato destinado a que la persona trabajadora se forme en una profesión.
La formación está bonificada y debe estar relacionada con su ocupación. En Grupo2000 ponemos a tu disposición un amplio Catálogo de Especialidades.
El contrato de formación podrá firmarse a jornada completa o a jornada parcial.
Del total de la jornada, el 65% será de trabajo efectivo, y el 35% se dedicará a formación durante el primer año.
Para el segundo año, será de un 85% de trabajo y el restante 15% se dedicará a formación.
La duración del contrato es de mínimo 3 meses y máximo 2 años. Eso sí, puede haber una o varias prórrogas. Si al terminar el contrato inicial no se ha finalizado el itinerario formativo, si se acuerda entre empresa y persona contratada, se puede prorrogar una o varias veces, sin superar nunca la duración máxima de 2 años.
El salario será el que venga recogido por Convenio Colectivo.
En el caso de que el convenio no establezca nada, entonces habrá que aplicar un 60% durante el primer año y un 75% durante el segundo año. Este es respecto a la cantidad fijada en convenio para ese grupo profesional o funciones, en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
¡IMPORTANTE! La cantidad resultante no va a poder ser inferior a la proporción de trabajo efectivo sobre elsalario mínimo interprofesional.
Requisitos para aplicar un contrato de formación en alternancia y sus bonificaciones
Para poder firmar esta modalidad de contrato y aplicar la bonificación en los seguros sociales tu empresa deberá:
Estar al corriente en sus pagos a Seguridad Social y Hacienda.
No haber sido sancionada.
Comprometerse a respetar las condiciones de este contrato y los tiempos de formación de la persona trabajadora.
Asignar a una persona en la empresa que tutorice la evolución de esa persona empleada.
Además, desde el 1 de septiembre de 2023 es necesario que las empresas obligadas a tener un Plan de Igualdad según la Ley Orgánica 3/2007 dispongan del mismo para poder firmar un contrato de formación.
¿Qué trabajadores pueden firmar un contrato de formación en alternancia?
En cuanto a la persona candidata que contrates deberá cumplir los siguientes requisitos:
Estar inscrita como demandante de empleo al menos 1 día.
No contar con formación oficial especifica para el puesto a desempeñar. Por ejemplo, si ha estudiado hostelería, no podría ser contratada en formación en un restaurante, pero sí podría ser contratada con esta modalidad como administrativo, puesto que no poseería formación para ello.
Tener hasta 30 años para Catálogo de Especialidades (excepto si es una persona con discapacidad reconocida, entonces no se aplicaría el límite de edad).
No haber desempeñado ese puesto en la misma empresa por tiempo superior a 6 meses.
No haber tenido un contrato indefinido en los últimos 3 meses en otras empresas (esto afectará a la bonificación).
Por este motivo, te recomendamos tener en cuenta estos detalles a la hora de seleccionar a la persona trabajadora.
Igualmente, nos parece importante que disponga de Internet y de las capacidades mínimas para realizar la formación online, que es obligatoria.
Nuestra Agencia de Colocación está especializada en seleccionar candidatos y candidatas con este perfil y es un servicio que prestamos de forma gratuita a todos nuestros clientes, garantizando que cumplen estos requisitos y simplificando al máximo la contratación.
¿Qué te parece esta ayuda? ¿Conocías el contrato de formación?
No olvides dejar tus comentarios más abajo, ¡nos encanta leerte!
Grupo2000, centro de formación especializado en contratos de formación
Si estás interesado/a en ampliar tu plantilla el contrato de formación es una opción muy útil. Permite contratar durante 2 años y aplicar hasta 3 bonificaciones mensuales durante su vigencia.
Para más información, ¡contáctanos! Puedes chatear online con nuestro equipo o llamarnos al 958 80 67 60.
¿Necesitas contratar? ¿Sabías que la Comunidad de Navarra ha lanzado una ayuda de hasta 4.000 euros por contrato de formación en alternancia realizado? Además, esta subvención es compatible con las bonificaciones de esta modalidad.
Accede aquí a este Webinar Contrato de Formación y Ayuda para Contratar en Navarra en diferido, que hemos organizado en colaboración con el Colegio de Graduados Sociales de Navarra, donde te contamos:
Todas las novedades del contrato de formación en alternancia en 2024. Sus requisitos y bonificaciones.
Cómo solicitar la ayuda de 4.000 € para fomentar la contratación joven.
Regístrate a continuación y podrás ver la grabación de esta sesión impartida por Ángela Labrador, Graduada Social y CMO de Grupo2000
Regístrate aquí para ver la grabación del Webinar Contrato de Formación y Ayuda para Contratar en Navarra
Una vez te hayas inscrito, recibirás automáticamente en tu email el enlace personalizado para visualizar el Webinar. ¡IMPORTANTE! Recuerda revisar siempre tu bandeja de entrada.
¿A quiénes está dirigido el Webinar Contrato de Formación y Ayudas para Contratar en Navarra?
Este Webinar está dirigido a graduados sociales, representantes de empresas, asesorías ubicadas en Navarra interesadas en descubrir las ventajas de los contratos de formación en alternancia y las ayudas disponibles para contratar.
Contenido del Webinar Contrato de Formación y Ayudas para Contratar en Navarra
A lo largo del Webinar aprenderás:
Las características y requisitos del contrato de formación en alternancia.
Cuáles son las bonificaciones aplicables al contrato de formación en 2024.
Cómo tramitar el contrato de formación.
Cómo solicitar la nueva ayuda para fomentar la contratación en Navarra.
¿Tienes dudas o deseas obtener más información sobre los contratos de formación o las ayudas para contratar? ¡Contáctanos! Puedes hacerlo en el 958 80 67 60 o a través de nuestro chat en directo.
El Ayuntamiento de Barcelona pone en marcha el Pla Compromís per l´Ocupació (Plan Compromiso para la Ocupación) a través de la plataforma Barcelona Activa que permitirá obtener ayudas de hasta 18000€ por cada nuevo contrato a personas con riesgo de exclusión o dificultades de inserción laboral.
Cuantía
La cuantía varía en función del tipo de contrato y su duración. Las empresas podrán obtener esta subvención en dos tramos:
Incentivo fijo. Oscilará entre 5000€ y 6000€ para las empresas que realicen un contrato de al menos seis meses de duración.
Bono condicionado al vencimiento. Las empresas podrán obtener entre 10000€ y 12000€ por cada contrato de al menos doce meses de duración.
Las empresas podrán beneficiarse de esta ayuda sumando de manera adicional los importes de los dos tramos. Esto sería posible si, tras el periodo inicial de contratación, se produjese la renovación del contrato por un año pudiendo llegar a obtener un incentivo total de entre 15000€ y 18000€.
Beneficiarios
Autónomos y PYMES (pequeñas y medianas empresas que no superen los 250 trabajadores) que contraten a personas con más de 40 años que hayan estado en situación de desempleo al menos durante doce meses. La ayuda también podrá ser percibida por empresas que contraten a personas con dificultades de inserción laboral o en riesgo de exclusión social.
Requisitos
Tener al menos un centro de trabajo en Barcelona.
Establecer con el empleado un contrato de al menos 6 meses en jornada parcial o completa.
Proporcionar al empleado cursos de formación que validen su capacitación profesional. La formación debe constituir un 5% en horas lectivas de su jornada laboral.
El trabajador debe estar empadronado en Barcelona, tener más de 40 años o encontrarse en una situación de riesgo de exclusión social.
Solicitud y Plazos
La solicitud de la ayuda a la contratación del Pla Compromís per l´Ocupació (Plan Compromiso para la Ocupación) se puede realizar desde la plataforma Barcelona Activa. El plazo para la presentación de solicitudes ante las oficinas de atención ciudadana del Ayuntamiento de Barcelona finaliza el 30 de Junio de 2016.
Compatibilidades
Las subvenciones serán compatibles con otras subvenciones municipales otorgadas para otros proyectos, con las limitaciones económicas que puedan presentar las otras subvenciones concedidas.
Exclusiones
No podrán acogerse a la subvención las contrataciones realizadas a personas que hayan tenido relación laboral indefinida durante los doce meses anteriores con la misma empresa u otras vinculadas.
Tampoco podrán acogerse las empresas que hayan realizado despidos a trabajadores con contratos indefinidos durante los tres meses anteriores a la contratación con la que se pretende acceder a la subvención, mediante despidos improcedentes reconocidos por sentencia judicial firme, regulaciones de empleo o despidos objetivos.
¿Necesitas contratar personal? En este artículo hacemos una recopilación de las ayudas a la contratación vigentes durante 2015, que puedes solicitar.
Todas estas ayudas son compatibles con el contrato de formación, por lo que la empresa, además de beneficiarse de una subvención para el fomento del empleo, no pagará seguros sociales durante toda la vigencia del contrato, si escoge esta modalidad.
Ayudas para contratar, aplicables a nivel nacional:
Esta subvención privada, que recientemente se ha ampliado hasta el 31 de diciembre de 2015, consiste en una ayuda de 1.500 euros por contratación. Para acceder a ella es necesario contratar durante 12 meses a una persona inscrita como demandante de empleo, al menos 2 meses. Cada empresa puede solicitar hasta 10 ayudas.
En el Real Decreto Ley 8/2014 se recogen varias medidas para fomentar la contratación de los jóvenes inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil. Te resumimos las más importantes a continuación:
Tarifa Joven, que consiste en una bonificación de 300 euros al contratar de manera indefinida, como mínimo durante 6 meses, a un joven beneficiario de este sistema.
El contrato de prácticas concertado con este colectivo, tendrá derecho a una bonificación del 100% de los Seguros Sociales.
Se trata de una de las medidas que recoge el Programa de Activación para el Empleo del Real Decreto 16/2014, que permite compaginar la ayuda a parados de larga duración, con un trabajo por cuenta ajena, hasta un máximo de 5 meses.
Las empresas que contraten a los beneficiarios de este programa, descontarán del salario la cuantía de la ayuda. Que será compatible con bonificaciones en seguros sociales, siempre que la suma de la ayuda y la bonificación no superen el 80% del coste anual salarial del contrato.
Subvenciones a la contratación por Comunidad Autónoma:
Subvención de la Junta de Andalucía que se concede a la empresa por contratar durante un mínimo de 12 meses a jóvenes beneficiarios del Bono Joven. La ayuda será de 4.800 euros si es un contrato a jornada completa, o de 2.400 euros, si es a tiempo parcial.
Se permiten todas las modalidades de contrato excepto el contrato de primer empleo joven, o el contrato emprendedores.
Esta subvención a la contratación por contratar mediante la modalidad de contrato de formación, cubre los costes salariales del trabajador: salario base, parte proporcional de pagas extraordinarias, complementos y cotización empresarial.
La ayuda podrá extenderse un máximo de 12 meses, y en el caso de parados de larga duración, hasta 24 meses.
Ayuda de hasta 3.750 euros por contratar durante 12 meses a jóvenes propietarios del Cheque Joven de la Comunidad de la Rioja. La cuantía de la subvención varia en función del tipo de cotización del trabajador. Esta ayuda se puede incrementar hasta 7.500 euros si se mantiene esa contratación durante 24 meses.
Grupo 2000 es un centro homologado por el Servicio Público de Empleo Estatal para impartir la formación vinculada al contrato de formación. Si deseas ampliar información sobre este tipo de contrato, para acogerte a alguna de estas ayudas, estamos a tu disposición en el teléfono 958 806 760, o nuestro chat online.
Recientemente hemos tenido conocimiento de la ampliación del plazo para solicitar la ayuda a la contratación “Yo Soy Empleo” de BBVA. Aunque en un principio esta ayuda finalizaba el pasado 31 de diciembre, se ha ampliado el plazo para solicitarla hasta el 31 de diciembre de 2015, o hasta fin que se consigan las 10.000 contrataciones que se pretende conseguir con este programa.
La ayuda consiste en una aportación económica de 1.500 euros por contratación que se realice. Cada empresa podrá solicitar hasta 10 ayudas.
Os recordamos las características de esta ayuda:
– Contratar a trabajadores inscritos como demandantes de empleo, al menos 2 meses.
– El contrato debe concertarse por 12 meses. Se admiten todas las modalidades de contrato, excepto el contrato por obra y servicio. La jornada deberá tener un mínimo de 20 horas semanales.
Esta ayuda es compatible con el contrato de formación, y la reducción del 100% en la cuota a la Seguridad Social de este tipo de contrato.
– Se debe domiciliar la nómina del trabajador en una sucursal BBVA, durante al menos 12 meses.
– La empresa debe tener menos de 250 trabajadores, y abrir una cuenta en BBVA. Además de acreditar estar al corriente con los pagos a Hacienda y Seguridad Social.
¿Cómo solicitar la ayuda Yo Soy Empleo?
Si no eres cliente de BBVA, deberás abrir una cuenta para tu empresa (imprescindible para recibir la ayuda).
Tras realizar la contratación, debes presentar el modelo de solicitud oficial antes de 30 días. Una vez comprueben que toda la documentación está correcta, te enviarán un email con el plan de pagos trimestral de la ayuda.
Antes de solicitar la ayuda, te recomendamos consultar las bases del programa.
Grupo 2000 es un centro homologado por el Servicio Público de Empleo Estatal para impartir la formación teórica vinculada al contrato de formación a distancia.
Si deseas ampliar información sobre este tipo de contrato, para acogerte a esta ayuda, te atenderemos encantados en el teléfono 958 806 760, o nuestro chat online.
Ayudas a la contratación de 1500 euros de «Yo Soy Empleo».
Tenemos novedades sobre el programa «Yo soy empleo«, iniciativa impulsada por BBVA para contribuir a la generación de empleo.
Recientemente se ha ampliado el plazo para la solicitud de ayudas hasta el 31 de diciembre de 2014.
BBVA, a través del programa «Yo Soy Empleo» ofrece hasta 10.000 ayudas económicas directas para empleadores que contraten a desempleados.
A continuación os contamos todos los detalles de esta subvención a la contratación:
Cuantía de la ayuda:
1.500 euros netos por cada nueva contratación temporal que cumpla los requisitos.
Existía la posibilidad de solicitar ayudas de 3.000 euros netos a las primeras 2.000 contrataciones indefinidas. Esta ayuda ya está agotada, pero la concesión de ayudas por contrato temporal de 1.500 euros sigue vigente hasta fin de fondos.
Cada empresa puede solicitar un máximo de 10 ayudas.
La ayuda se abonará en cuatro pagos trimestrales, del 25% cada uno, siendo el primer pago tres meses después de la concesión de la ayuda, previa comprobación de que el empleado sigue cobrando sus nóminas en BBVA.
Requisitos del contrato:
El contrato debe tener una duración mínima de 1 año, y concertarse como mínimo por 20 horas semanales. Se excluyen los contratos por obra y servicio.
Contrataciones con posterioridad al 8 de febrero de 2013. Ojo: la solicitud se debe hacer hasta 30 días después de haber realizado la contratación.
Esta subvención es compatible con el contrato bonificado con más ventajas, el contrato de formación. Contratando mediante esta modalidad, la empresa se beneficiará de una reducción del 100% de los Seguros Sociales, y una bonificación del 100% de la formación.
Requisitos de la empresa:
Para empresas con menos de 250 empleados y autónomos.
Tener una cuenta en BBVA.
Estar al corriente de pagos con la Seguridad Social, con la Hacienda, y no tener situación de mora con el grupo BBVA.
Requisitos del trabajador:
Estar desempleado, inscrito como demandante de empleo al menos los dos últimos meses.
Domiciliar su nómina en BBVA y mantenerla al menos un año.
Solicitud y plazos:
Para solicitar estas ayudas, debes completar el formulario que encontrarás en BBVA con tu empresa.
Si no eres cliente de BBVA, deberás abrir una cuenta nueva para tu empresa. Este paso es imprescindible para poder recibir el importe de las ayudas.
Te recordamos que tienes 30 días para presentar la solicitud, desde la fecha de contratación.
Una vez comprobada toda la documentación, recibirás un correo electrónico con el plan de pagos trimestral de las ayudas.
El plazo de solicitud finaliza el 31 de diciembre de 2014, o hasta que se produzca la contratación de 10.000 desempleados a través del Programa.
¿Qué sucede si se finaliza el contrato antes del año?
En el caso de que la contratación finalice antes del año, independientemente del motivo de cese del trabajador, se considerará un incumplimiento de las condiciones de la ayuda, y la empresa deberá devolver todas las cantidades que ya haya percibido.
Exclusiones:
Los organismos o entidades del sector público no podrán participar en el programa.
Quedan excluidos los contratos por obra o servicio.
No es posible solicitar la ayuda económica para el caso de autoempleo.
Si vas a solicitar esta ayuda, te recomendamos consultar las bases del programa.
Grupo 2000 es un centro homologado por el Servicio Público de Empleo Estatal para la impartición del contrato de formación a distancia.
Si quieres ampliar información sobre este tipo de contrato, para acogerte a esta ayuda, estamos a tu disposición en el teléfono 958 806 760, o nuestro chat online.
Para ofrecer las mejores experiencias, utilizamos tecnologías como las cookies para almacenar y/o acceder a la información del dispositivo. El consentimiento de estas tecnologías nos permitirá procesar datos como el comportamiento de navegación o las identificaciones únicas en este sitio. No consentir o retirar el consentimiento, puede afectar negativamente a ciertas características y funciones.
Funcional
Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos.El almacenamiento o acceso técnico que se utiliza exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin un requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de tu proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarte.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en una web o en varias web con fines de marketing similares.