
La nueva ley del aborto regula la baja laboral por regla dolorosa
Ya se ha publicado en el BOE la Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero (más conocida como la reforma de la Ley del aborto), por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.
La nueva Ley del aborto regula la baja laboral por regla dolorosa. España se convierte así en el primer país europeo en reconocer las bajas provocadas por la menstruación.
Además, la nueva Ley del aborto también incluye las bajas preparto después de la semana 39 de gestación y una incapacidad temporal para las mujeres que interrumpan su embarazo.
Te contamos todos los detalles de esta nueva Ley, a continuación:
Así es la nueva Ley del aborto que regula la baja laboral por regla dolorosa
La nueva Ley del aborto incluye un permiso laboral de hasta 3 días, con posibilidad de aumentar hasta 5 días, para las mujeres que tengan reglas dolorosas que les impidan realizar sus actividades laborales.
Pero, ¿sabes qué se considera regla dolorosa?
A continuación, analizamos qué se considera como regla dolorosa y detallamos todas las novedades que recoge la nueva Ley del aborto:
¿Por qué surge la reforma de la Ley del aborto?
La reforma de la Ley del aborto tiene como fin conciliar el derecho a la salud de las mujeres trabajadoras con el empleo.
Esto es a través del reconocimiento del derecho a una situación de incapacidad temporal a las mujeres que tienen menstruaciones incapacitantes.
Síntomas de la regla dolorosa para causar baja laboral
Tras la publicación de la reforma de la Ley del aborto, la baja por regla dolora se incluye en el catálogo de causas que generan incapacidad temporal y va a ser asumida por la Seguridad Social desde el primer día.
De esta manera, no supondrá ningún coste para la empresa.
El motivo para pedir la baja laboral por regla dolorosa será que el dolor menstrual impida realizar la actividad laboral.
Eso se traduce en cólicos, náuseas, mareos, sangrado abundante, además de una importante dolencia en la zona abdominal que provocaría la baja médica.
Es decir, van a tener consideración de situación especial de incapacidad temporal por contingencias comunes las bajas de mujeres que tengan una menstruación incapacitante asociada a patologías como miomas, endometriosis o pólipos, entre otras circunstancias.
Para poder causar baja laboral será necesario un informe médico en el que se especifique la causa de la incapacitación laboral.
Como comentamos, la baja va a tener una duración de 3 días y podrá extenderse a 2 días más de manera excepcional.
El permiso de baja laboral tendrá una validez de 1 año y deberá renovarse antes del 31 de diciembre de cada año. Después de la renovación tendrá que ser presentado ante la empresa antes del 30 de enero del año siguiente.
Nuevos permisos retribuidos que recoge la reforma de la Ley del aborto
La Ley Orgánica 1/2023 también regula el derecho de las mujeres a pedir la baja una vez que interrumpan sus embarazos para poder recuperarse de esa intervención.
Asimismo, se recoge una baja preparto desde la semana 39 de gestación que no afectará a los días de permiso de maternidad de 16 semanas. El permiso deberá ser remunerado al 100% desde el primer día.
Esto supone una gran diferencia con respecto a otro tipo de incapacidades temporales en las que la retribución empieza desde el cuarto día.
Ambos subsidios los abonará la empresa el primer día y a partir del segundo día lo hará la Seguridad Social.
Es decir, La Ley Orgánica 1/2023 reconoce como situación especial de incapacidad temporal por contingencias comunes la interrupción del embarazo (ya sea voluntaria o no).
También la regulación de una situación especial de incapacidad temporal para la mujer embarazada desde el primer día de la semana 39 de gestación.
Las mujeres que estén gestando van a poder acogerse a una baja laboral a partir de la semana 39 de embarazo y ésta no se descontará del permiso por nacimiento.
Por tanto, tras la reforma de la Ley del aborto existen tres permisos retribuidos vinculados a la salud sexual y reproductiva:
- Permiso por reglas incapacitantes.
- Permiso en caso de aborto (ya sea voluntario o no).
- Permiso a partir de la semana 39 de gestación.
Estas medidas tienen como fin proporcionar a las mujeres las herramientas necesarias para desarrollar su actividad laboral con todas las garantías.
Se suma así a otras medidas en el ámbito de la igualdad como es la obligatoriedad de contar con un Plan de Igualdad en las empresas o el Registro Retributivo.
Claves de la reforma de la Ley del aborto
Estas son otras de las novedades más destacadas de la reforma de la Ley del aborto:
Interrupción voluntaria del embarazo
Las mujeres podrán interrumpir de manera voluntaria su embarazo a partir de los 16 años. Esto es sin necesidad del consentimiento de sus representantes legales.
Asimismo, la reforma de la Ley del aborto también recoge la posibilidad de interrumpir el embarazo dentro de las primeras 14 semanas de gestación a petición de la mujer embarazada.
De esta manera, se eliminan los requisitos de la información previa sobre los derechos y ayudas públicas de apoyo a la maternidad.
Eliminación de los días de reflexión
Los tres días de reflexión antes de someterse a un aborto, desaparecen.
Además, como comentamos, las mujeres van a poder acogerse a una baja incapacitante por la interrupción voluntaria del embarazo y se van a crear servicios de asistencia y acompañamiento especializados.
Registro de objetores de conciencia
Cada autonomía tendrá que examinar que los profesionales que quieran inscribirse como objetores deberán serlo tanto para el ámbito público como para el privado.
Los centros sanitarios públicos tienen que organizarse de manera que siempre sea posible realizar la prestación y se eliminen desplazamientos a otros territorios o clínicas privadas.
Salud sexual
Además, se distribuirá la píldora del día después de forma gratuita en los centros de salud y se ofrecerán productos de gestión menstrual en centros educativos, en centros penitenciarios y centros sociales para posibilitar su acceso a mujeres en situación de vulnerabilidad.
Asimismo, se debe ofrecer formación de salud sexual y reproductiva en el sistema educativo.
¿Cuánto entra en vigor la reforma de la Ley del aborto?
La reforma de la Ley del aborto entró en vigor el pasado 2 de marzo de 2023.
Aunque las causas de incapacidad temporal mencionadas comenzarán a aplicarse a partir del 1 de junio de 2023.
Seguiremos informando de todas las novedades respecto al tema. Esperamos que este post sea de interés, no olvides dejar tu comentario más abajo. ¡Nos encanta leerte!