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Novedades RD 126/2015 sobre información alimentaria facilitada al consumidor

Novedades RD 126/2015 sobre información alimentaria facilitada al consumidor

Novedades RD 126/2015 sobre información alimentaria facilitada al consumidor.

El Real Decreto 126/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba la norma general relativa a la información alimentaria de los alimentos surgió para desarrollar el Reglamento UE 1169/2011, de 25 de octubre de 2011, aprobado por el Parlamento y Consejo Europeo sobre la información alimentaria facilitada al consumidor.

Recordemos que la aplicación del Reglamento UE 1169/2011 entró en vigor en toda Europa el pasado 13 de diciembre de 2014 que, con carácter obligatorio, exige la adaptación de las empresas hosteleras a la aplicación del Reglamento con el fin de proteger la salud de la población vulnerable a las sustancias más comunes que producen alergias e intolerancias alimentarias.

A esto hay que sumarle la nueva exigencia por parte de la UE, que tras la publicación del Reglamento 2021/382 exige formación sobre alergias alimentarias para los trabajadores de las empresas dedicadas a la manipulación de alimentos. 

 

¿Qué novedades aportó el RD 126/2015 sobre el Reglamento UE 1169/2011?

Entre las novedades que aportó el RD 126/2015 destacamos cinco:

  • Obligatoriedad de aportar la información nutricional a partir de diciembre de 2016.
  • Ampliar información sobre denominación de origen del alimento.
  • Destacar mediante tipo de letra, estilo o color la presencia de alérgenos o ingredientes que causan intolerancia.
  • En venta a distancia se requieren los datos obligatorios de etiquetado en el momento de la compra.
  • En alimentos sin envasar será obligatorio informar sobre la presencia de productos que causen alergia o intolerancia.

 

¿Qué responsabilidades y obligaciones tiene el empresario y operadores de la empresa alimentaria?

1. Comunicación al operador final de la información alimentaria obligatoria. Los operadores de la empresa alimentaria, garantizarán que la información relativa a los alimentos no envasados se comunique al operador de la empresa alimentaria receptora del alimento no envasado para que pueda aportar la información obligatoria al consumidor final.
2. Conservación de la información alimentaria. Con el fin de que en cualquier momento puedan identificarse los alimentos sin envasar y los vendidos de manera fraccionada. El operador de la empresa alimentaria mantendrá a disposición de los órganos de control y de los consumidores que la solicite, la información alimentaria, hasta que se suponga razonablemente que estos alimentos hayan sido consumidos.

 

¿Qué ocurre si no hemos cumplido con el Reglamento 126/2015?

Con esta normativa, los establecimientos hoteleros asumieron toda la responsabilidad referida al consumo de alimentos, información y accidentes por ingesta de alimentos en sus instalaciones.

La presencia no declarada de un alérgeno en un alimento es susceptible de altas sanciones y multas que vienen reguladas por la Ley 33/2011 General de la salud pública. Éstas pueden oscilar entre los 5.000€ y 600.000€ en función de la gravedad de la infracción. Además derivará en responsabilidades penales.

En el supuesto de infracciones muy graves, la Administración pública podrá acordar el cierre temporal del establecimiento en un plazo máximo de cinco años.

 

¿Cómo puedo adaptar mi negocio de hostelería a las exigencias del Real Decreto 126/2015?

Un gran número de empresas se han sumado a realizar el Curso de Alergias Alimentarias adaptado al Real Decreto 126/2015 para adaptar sus negocios y reciclar la formación de sus trabajadores en materia de seguridad e información nutricional a aportar al consumidor final.

Además, este curso basado en la normativa actual y en los requerimientos de la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN) permite a los operadores aprender a elaborar sus propias etiquetas para sus negocios aportando toda la información sobre alérgenos en los alimentos requeridas.

El Curso de Alergias Alimentarias cuenta con el apoyo de un tutor experto en seguridad alimentaria que permitirá resolver todas las dudas que competen a tu negocio mientras realizas este proceso adaptación al Real Decreto 126/2015.

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