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Canarias ofrece ayudas de hasta 6.000 euros para contratos de formación

Canarias ofrece ayudas de hasta 6.000 euros para contratos de formación

La Comunidad Autónoma de Canarias ofrece ayudas de hasta 6.000 € para formalizar contratos de formación.

Estas ayudas se encuentran dentro del programa ‘INCENTÍVATE’, una acción co-financiada por la Iniciativa de Empleo Juvenil que pretende incentivar la empleabilidad a través de contratos de formación.

Con este programa, el Gobierno de Canarias ofrece la oportunidad a diferentes empresas de subvencionar contratos tanto para la formación y aprendizaje, como en modalidad en prácticas.

Si te interesa participar en el programa ‘INCENTÍVATE’  y disfrutar de las ayudas de hasta 6.000 €, sigue leyendo este post donde te explicamos los requisitos necesarios para resultar beneficiario.

¿Qué empresas pueden resultar beneficiarias de la subvención del programa ‘INCENTÍVATE?

Puede beneficiarse de las subvenciones del programa ‘INCENTÍVATE’ cualquier entidad (ya sea persona física o jurídica) con capital íntegramente privado y acogida a cualquier régimen de la Seguridad Social que formalice nuevos contratos laborales, o que, en el momento de presentar la solicitud, anexe un compromiso de contratación.

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¿Qué tipos de contratos pueden firmar las empresas a través del programa ‘INCENTÍVATE’?

Como hemos comentado anteriormente, el programa ‘INCENTÍVATE’ permite la realización de dos tipos de contratos: formación-aprendizaje y en prácticas.

  • Para poder firmar un contrato para la formación y el aprendizaje es necesario que la empresa beneficiaria del programa ‘INCENTÍVATE’ contrate a un joven que no esté en posesión de la cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo requerido para poder formalizar un contrato en prácticas, para la ocupación objeto del contrato.
  • En el caso de que se trate de un contrato en prácticas, la empresa que resulte beneficiaria debe contratar a un joven que posea un título universitario, un título de formación profesional de grado medio o superior, algún título oficialmente reconocido como equivalente, o un certificado de profesionalidad que habilite para el ejercicio profesional.

 

¿Dónde pueden solicitar las empresas las ayudas de ‘INCENTÍVATE?

El procedimiento para solicitarlo es muy sencillo. Puede realizarse en la Sede Electrónica del Gobierno de Canarias:

  • Con certificado digital.
  • Con DNI electrónico.

La fecha límite para presentar las solicitudes es el 18 de abril de 2022.

 

¿Qué requisitos deben cumplir los jóvenes para ser contratados a través del programa ‘INCENTÍVATE?

Las empresas pueden contratar a:

  • Jóvenes desempleados de entre 16 y 30 años, inscritos en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil (SNGJ).
  • Jóvenes inscritos en el Servicio Canario de Empleo (SCE) como demandantes de empleo en el momento de la contratación.

Además, otro requisito fundamental es que la persona a contratar por la empresa, que haya resultado beneficiaria del programa ‘INCENTÍVATE’, no haya trabajado en el día natural anterior a la fecha de su contratación.

Recordarte que los contratos de formación y aprendizaje están destinados a jóvenes menores de 25 años. Si lo deseas, puedes encontrar más información sobre sus requisitos.

 

¿Cuáles son las cuantías establecidas para los beneficiarios del programa ‘INCENTÍVATE’?

Las cuantías de subvención a conceder quedan establecidas de la siguiente forma:

Cuando se trate de un contrato de formación y aprendizaje:

    • Si el período de suscripción (en el caso de que el convenio colectivo permita tal circunstancia) es superior a 6 meses e inferior a 12 meses, el importe será de 3.000 €.
    • 12 meses e inferior a 18 meses: 4.000 €.
    • 18 meses e inferior a 24 meses: 5.000 €.
    • 24 meses o más 6.000 €.

Cuando el contrato sea en prácticas

      • Si el período de suscripción es superior a 6 meses e inferior a 12 meses, el importe será de 3.500 €.
      • 12 meses e inferior a 18 meses: 5.000 €.
      • 18 meses e inferior a 24 meses: 6.000 €.
      • 24 meses: 6.500 €.

Asimismo, el importe de la subvención tendrá un incremento de 500 € más en el caso de que la contratación sea formalizada con una persona que pertenezca a alguno de estos colectivos:

      • Personas con discapacidad.
      • Jóvenes con menos de 3 meses de experiencia laboral.
      • Personas víctimas de violencia de género.

Las cuantías descritas anteriormente, corresponden a la formalización de contratos a jornada completa. En el caso de que el contrato a formalizar sea a tiempo parcial, la cuantía de la subvención se verá disminuida, aplicándose el criterio de proporcionalidad, aunque la jornada no podrá ser inferior al 50% de la jornada ordinaria establecida en cada caso.

Si alguno de los contratos formalizados fuera prorrogado más allá del período estipulado en el momento de la solicitud y concesión de la subvención, o se decidiera un aumento de la jornada laboral, la subvención no se verá incrementada.

 

¿Hasta cuándo se puede participar en el programa ‘INCENTÍVATE’?

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 18 de abril de 2022, hasta esa fecha todas las empresas que lo deseen pueden participar en el procedimiento para resultar beneficiarias de esta acción.

El régimen de concurrencia competitiva es a través de Convocatoria Abierta.

Si estás interesado en firmar un contrato de formación, esta es una buena ocasión para mejorar la rentabilidad, el trabajo y las competencias profesionales en tu empresa.

¿Te parecen necesarias este tipo de acciones? Puedes dejar tu comentario más abajo, estamos encantados de leerte.

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Ayudas a la contratación de la Comunidad Autónoma de Canarias

Ayudas a la contratación de la Comunidad Autónoma de Canarias

Ayudas a la contratación de la Comunidad Autónoma de Canarias.

El 19 de Agosto de 2013 se publicó la Resolución del Gobierno de Canarias que contiene un programa extraordinario de incentivos a la contratación laboral, cuyo fin es el de promover las contratación laboral en Canarias.

 

Cuantía de la Subvención:

La cantidad se concederá por un importe equivalente a los costes de Seguridad Social a cargo del empresario por el trabajador contratado.
Hasta un máximo de 615 euros al mes por contrato y durante 6 mensualidades. Cantidad que se incrementará hasta un 15% en contrataciones indefinidas.

El importe de la subvención se determinará según la base de cotización a la Seguridad Social del primer mes del contrato.

 

Beneficiarios:

La subvención puede ser solicitada por cualquier entidad, persona física o jurídica, o comunidad de bienes con capital íntegramente privado, que tenga su domicilio social o un establecimiento permanente en Canarias.

 

Requisitos:

  1. Suscribir un contrato laboral y mantenerlo en vigor por un período mínimo de 6 meses.
  2. Se debe contratar a una persona desempleada e inscrita durante al menos 6 meses como demandante de empleo.
  3. La actividad laboral debe realizarse en Canarias.
  4. La empresa no puede haber reducido la plantilla en los 6 meses anteriores a la solicitud.
  5. Utilizar uno de los modelos de contrato permitidos. Entre ellos, está el contrato para la formación y el aprendizaje.

 

Solicitud: 

El modelo normalizado que incluye el Anexo II de la Resolución se presentará en cualquier sede del Servicio Canario de Empleo, o también de forma telemática, a través de la Sede Electrónica del SCE.

 

Plazos:

Serán subvencionables los contratos laborales que se suscriban entre el 15 de Julio y el 30 de Septiembre de 2013.
Plazos para la presentación de solicitudes:
Contratos suscritos entre el 15 de Julio y el 31 de Agosto: hasta el 20 de Septiembre de 2013.
Contratos suscritos del 1 al 30 de Septiembre: hasta el 20 de Octubre de 2013.

 

Incompatibilidades:

  1. Empresas que hayan cometido infracciones muy graves, o hayan sido sancionadas en los dos años anteriores a la solicitud en materia de prevención de riesgos laborales.
  2. Las contrataciones realizadas por ETT.
  3. Las contrataciones a cónyuges, y parientes hasta segundo grado de consanguinidad.
  4. No será compatible con ayudas públicas o privadas con la misma finalidad, excepto las ayudas estatales de bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social.

Por tanto, esta ayuda si es compatible con las bonificaciones y ventajas del contrato de formación y aprendizaje.

Si quieres ampliar información, podemos chatear online en la web de Grupo 2000.

Fuente: BOC.

 

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