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La importancia de enviar el Anexo II para bonificar un contrato de formación

La importancia de enviar el Anexo II para bonificar un contrato de formación

La importancia de enviar el Anexo II para bonificar un contrato de formación.

En otras ocasiones hemos hablado sobre el Anexo II (Acuerdo para la actividad formativa), que es el documento que se debe adjuntar al contrato de formación, y recoge todos los datos correspondientes al centro de formación que imparte la formación teórica del contrato de formación.

Como ya sabéis, tras la aprobación de la Orden ESS/2518/2013, de 26 de diciembre, por la que se regulan los aspectos formativos del contrato de formación, el centro de formación debe enviar el Anexo II en el mismo mes de inicio de la formación.

Hoy os queremos trasladar la importancia de realizar una correcta gestión de esta documentación. Ya que puede afectar a las bonificaciones de la empresa.

A partir de ahora, el SEPE va a controlar y comprobar la documentación aportada por los centros de formación, con el fin de detectar cualquier posible anomalía en el contrato.

¿Y cuál es el tipo de control a realizar por el SEPE?

Van a contrastar el Anexo II, presentado por el centro de formación, con las facturas mensuales de formación, y las bonificaciones que se van realizando. Al cruzar estos datos, es donde podrán detectar cualquier incidencia.

Por ello, os aconsejamos que si estáis tramitando un contrato de formación, remitáis lo antes posible la documentación del contrato, junto con el Anexo II al centro de formación.
Si os retrasáis en el envío de esta documentación, se retrasarán la notificación y facturación de la formación, y podría existir un desajuste con respecto a la fecha en que se dio de alta al trabajador, y la fecha de inicio de la formación. Como consecuencia de estos desajustes, la empresa sería la parte más perjudicada, ya que podría perder el derecho a realizar las bonificaciones de ese contrato.

Evitar todo esto es muy sencillo, nuestra recomendación: enviar lo antes posible la documentación al centro de formación, para que el trabajador pueda comenzar con la formación teórica vinculada al contrato al inicio del contrato.

Ponemos a vuestra disposición nuestro equipo de asesores en el teléfono 958 806 760, que os ayudarán a solucionar todas las dudas sobre el tema, y a gestionar toda la documentación del contrato de formación en una sola llamada, o a través de nuestro chat online.

Además, os recordamos que podéis solicitar gratis la instalación del programa Netcontrat@, que os facilitará la gestión y comunicación del contrato.

Fuente: ESS/2518/2013.

¿Qué cantidades bonifico por un contrato de formación a distancia?

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¿Qué cantidades bonifico por un contrato de formación a distancia?  Te explicamos cómo bonificar la formación de este contrato en modalidad a distancia. Si deseas bonificar un contrato en modalidad de teleformación, haz clic aquí.

Para poder bonificar la formación de un contrato de formación es fundamental calcular el coste de la formación de ese contrato.

Los costes correspondientes a la formación teórica del primer año de contrato serán del 25% de la jornada de un contrato o prórroga de 1 año. Si son 516 horas, corresponden 43 horas mensuales.

Por tanto, un mes completo será: 43 horas, a 5€/hora= 215 euros.

Los costes/hora son los establecidos en el artículo 8 de la Orden ESS/2518/2013, de 26 de diciembre, por la que se regulan los aspectos formativos del contrato para la formación y el aprendizaje.

La fórmula de costes aplicada es la siguiente : 43 horas/mes: 30 días/mes = 1,433 horas.

Para que todo esto sea mucho más sencillo, hemos calculado la tabla de costes de la formación teórica por vosotros.

Si quieres saber la cantidad a bonificar, simplemente tienes que localizar en la tabla el día del mes en que el trabajador fue dado de alta, junto al día, verás el número de horas que le corresponden, y la cantidad a bonificar:

  • Tabla de cuantías a bonificar durante el primer año de contrato de formación:

  • Tabla de cuantías a bonificar durante el segundo y tercer año de contrato de formación:

Si el contrato de formación del trabajador va a finalizar, no siempre coincide con el final de mes. Por ello, hemos realizado un cálculo también con los costes que le corresponderían a un contrato que va a ser baja.

  • Tabla de cuantías de un contrato que se da de baja durante el primer año de contrato de formación:

  • Tabla de cuantías de un contrato que se da de baja durante el segundo y tercer año de contrato de formación:

Si tienes dudas sobre la bonificación, estaremos encantados de ayudarte, podemos chatear online.

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