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Cuota cero para nuevos autónomos, ¿cómo se solicita?

Olga Agea
4 agosto, 2023
Cuota cero para nuevos autónomos, ¿cómo se solicita?

¡Novedades para los trabajadores y trabajadoras por cuenta propia! Cuota cero para nuevos autónomos, ¿cómo se solicita?

Desde el 1 de enero de 2023 está en vigor el sistema de cotización en función de los ingresos reales para los autónomos que supone un cambio importante en la Tarifa Plana para nuevos trabajadores por cuenta propia: ha pasado de costar 60 a 80 euros.

Por eso, algunas comunidades autónomas, como es el caso de Andalucía, Murcia, Madrid y Baleares han puesto en marcha la Cuota Cero para nuevos autónomos que se den de alta en 2023. Asimismo, la Cuota Cero se hará efectiva en Castilla León.

Además, a la Cuota Cero se suma La Rioja (aunque en este caso únicamente estará disponible durante los 12 primeros meses). Y según las últimas informaciones también podría sumarse en los próximos meses Castilla La Mancha.

En Madrid y en Murcia ya está abierta la convocatoria de solicitudes de la cuota cero y en Andalucía ya se ha publicado la resolución que incluye los detalles de la convocatoria (aunque no podrá solicitarse hasta 2024).

Te contamos qué requisitos deben cumplir los autónomos y cómo solicitarla:

 

¿Qué es la cuota cero para los nuevos autónomos?

La cuota cero es una ayuda que van a poder recibir los autónomos que inicien su actividad en Andalucía, Murcia, Baleares, Madrid, Castilla La Mancha, Castilla y León y La Rioja para compensar la carga de gastos que supondrán los cambios de cotización a la Seguridad Social a partir de 2023.

Consiste en una subvención para todos los nuevos autónomos que se den de alta como trabajadores por cuenta propia. La subvención cubrirá:

  • La cuota que deberían pagar a la Seguridad Social durante el primer año (80 euros).
  • La cuota durante su segundo año siempre y cuando cobren por debajo del SMI. Excepto en La Rioja, donde la Cuota Cero podrá disfrutarse durante el primer año únicamente.

Es decir, los autónomos que se acojan a la Tarifa Plana pagarán 0 euros durante su primer año de actividad y si no tienen ingresos netos superiores al SMI también podrán disfrutar de una bonificación del 100% durante su segundo año de vida.

Esto supondrá un desahogo para los trabajadores autónomos que se están viendo en serias dificultades tras la subida de los precios y los altos costes de la energía.

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¿Qué autónomos podrán acceder a la Cuota Cero?

Las comunidades autónomas de Madrid, Andalucía, Murcia y Baleares han anunciado la bonificación del 100% de las cuotas a la Seguridad Social de nuevos autónomos a partir de 2023.

Por tanto, los autónomos madrileños, andaluces, murcianos y baleares (menores de 35 años y mujeres emprendedoras) que se den de alta podrán acceder a la Cuota Cero.

A estas comunidades autónomas se suma La Rioja, que pondrá en marcha en los próximos meses la Cuota Cero para nuevos autónomos riojanos.

En este caso, la Cuota Cero estará disponible durante los 12 primeros meses.

Asimismo, todo apunta a que Castilla La Mancha sería otra de las comunidades autónomas que se sume a esta iniciativa y anuncie próximamente la Cuota Cero para nuevos autónomos y autónomas, al igual que Castilla León.

 

¿A partir de cuándo se podrá solicitar la Cuota Cero?

Los nuevos autónomos que se den de alta en el RETA a partir de enero de 2023 y estén acogidos a la Tarifa Plana Estatal podrán solicitar la Cuota Cero durante el primer año.

Durante el segundo año no podrán tener ingresos reales, es decir, rendimiento netos, por encima del SMI.

 

¿Cómo solicitar la Cuota Cero?

Antes de nada hay que aclarar varios supuestos:

  • En Madrid y en Murcia ya se ha abierto la presentación de solicitudes para la Cuota Cero en 2023.
  • En Andalucía ya se ha publicado la convocatoria. Por tanto, ya se conocen qué requisitos se deben cumplir pero la convocatoria de solicitudes no se abrirá hasta 2024.
  • Se prevé que Baleares, La Rioja, Castilla La Mancha y Castilla y León anuncien su convocatoria en las próximas semanas.

Podrán acogerse a la Cuota Cero los autónomos que se hayan dado de alta a partir del 1 de enero de 2023.

La Cuota Cero tendrá carácter retroactivo para incluir a los autónomos que se hayan dado de alta antes de que se lance la convocatoria.

En el caso de Baleares, ya han informado de que la Cuota Cero se trata de una subvención.

Las mujeres emprendedoras y los jóvenes menores de 35 años seguirán pagando las cuotas que les corresponda para que de forma posterior se compense ese gasto.

Es decir, si cumplen los requisitos de la convocatoria se les financiarán las cuotas.

Lo mismo ocurre en Andalucía. Los autónomos, a partir de principios del próximo año, podrán solicitar con carácter retroactivo con efecto desde el 1 de enero de este año, cobrar la ayuda que cubra los gastos del pago de la cuota que han abonado durante este ejercicio.

Por su parte, en el municipio de Ávila se ha publicado una Cuota Cero municipal de 300 euros por persona beneficiaria que estará disponible hasta el 2 de octubre de 2023. Más abajo, encontrarás toda la información disponible.

 

Ya está abierta la Cuota Cero para autónomos en Madrid

La Comunidad de Madrid publicó haces unos meses en el Boletín Oficial los requisitos y el procedimiento para solicitar la Cuota Cero.

Los autónomos que cumplan los requisitos disfrutarán de una bonificación del 100% durante su primer año de actividad.

 

¿Qué requisitos deben cumplir los autónomos para acceder a la Cuota Cero en Madrid?

Podrán solicitar la Cuota Cero los autónomos madrileños que se den de alta en el RETA por primera vez.

Para ello, tendrán que estar acogidos a la Tarifa Reducida de 80 euros.

Además, para acceder a la Cuota Cero los autónomos tendrán que estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Administración del Estado, con la Seguridad Social y con la Comunidad de Madrid.

También, tendrán que tener el domicilio de su actividad en la Comunidad Autónoma de Madrid.

Por tanto, para beneficiarse de la cuota cero los autónomos tendrán que:

  • No haber estado dados de alta como autónomos en los 2 últimos años.
  • No ser autónomos colaboradores o pluriactivos.
  • No tener cuentas pendientes con Hacienda ni la Seguridad Social.
  • Estar dados de alta en la Tarifa Plana de 80 euros.
  • Presentar toda la documentación necesaria para el alta en el RETA o en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios.

Los autónomos deben pedir la Tarifa Plana a la vez que se dan de alta en el RETA. Para ello, deberán acceder a Import@ss e identificarse.

Después, tendrá que seleccionar ‘Alta en trabajo autónomo’ e incluir que se trata de un alta inicial.

Adjuntarán todos los documentos que se requieran, como el número de la Seguridad Social, bases de cotización en la que quiere cotizar o el número de cuenta bancaria.

Asimismo, podrán solicitar la Cuota Cero:

  • Los autónomos que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33% y que hayan disfrutado de la cuota reducida durante 2 años.
  • Los autónomos que hayan sido víctimas de violencia de género o de terrorismo que hayan disfrutado de la cuota durante 2 años.
  • Las mujeres autónomas que recuperen su actividad dentro de los 2 años inmediatamente posteriores a su cese por maternidad.
  • Los autónomos que hayan estado cuidando de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, y que hayan disfrutado de la cuota reducida durante la percepción de la prestación.

 

¿Cuándo podrán solicitar los autónomos madrileños la Cuota Cero?

Los autónomos podrán solicitar la Cuota Cero en un plazo máximo de 3 meses a contar desde que finalice un año de disfrutar de la Tarifa Reducida o cualquier otra reducción.

 

¿Cómo se solicita la Cuota Cero en Madrid?

La sede electrónica de la Comunidad de Madrid habilitará un formulario para que los autónomos puedan cumplimentarlo y solicitar la Cuota Cero.

 

¿Qué documentación deben aportar los autónomos para acceder a la Cuota Cero en Madrid?

Los autónomos deberán aportar:

  • Un justificante de pago de la cotización que corresponda a los meses en los que haya disfrutado de la Tarifa Reducida.
  • El alta en el Impuesto de Actividades Económicas. Esto es para indicar que el domicilio de la actividad se encuentra en la Comunidad de Madrid.
  • El Certificado de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria que confirme que el autónomo se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias.
  • Un Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) que señale que el autónomo se encuentra también al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.

Asimismo, en el caso de tener que implantar un Plan de Prevención de Riesgos Laborales, el autónomo tendrá que presentar la acreditación de dicho Plan.

 

Ya está abierta la Cuota Cero para autónomos en Murcia

La Región de Madrid también ha publicado ya la Orden en la que se aprueban las bases reguladoras de la «Cuota Cero ampliada».

Todas las personas autónomas que inicien su actividad en la Región de Murcia y que sean beneficiarias de la ayuda podrán acceder a la Cuota Cero.

Además, tal y como recoge la Orden, de manera adicional las personas autónomas podrán recibir una ayuda inicial para comenzar su actividad de 1.000 euros.

 

¿Quiénes pueden ser beneficiarios de la Cuota Cero en Murcia?

En Murcia la Cuota Cero se conoce ahora como Cuota Cero Ampliada porque hasta el momento solo la podían solicitar personas con dificultades para su inserción laboral.

A partir de ahora, se amplía a todos los nuevos autónomos que inicien su actividad en Murcia.

Por tanto, podrán solicitar la Cuota Cero Ampliada en la Región de Murcia:

  • Las personas autónomas que se den de alta inicialmente y que no hayan estado inscritas en el RETA como autónomas en los dos años anteriores.
  • También podrán solicitar la Cuota Cero Ampliada en la Región de Murcia las trabajadoras autónomas que hubiesen cesado su actividad por nacimiento de algún hijo, por adopción, por guarda con fines de adopción, acogimiento o tutela y reinicien su actividad dándose de alta en el RETA dentro de los 2 años siguientes a la fecha del cese.

Esto es para impulsar el emprendimiento femenino dentro de la Región de Murcia.

 

¿Qué requisitos deben cumplir los autónomos para solicitar la Cuota Cero Ampliada en Murcia?

Podrán acceder a la Cuota Cero Ampliada en Murcia los autónomos que cumplan estos requisitos:

  • Personas autónomas que estén al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Tributaria de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
  • Aquellos que cumplan con sus obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  • Los autónomos que estén al corriente en el cumplimiento de las obligaciones económicas con la Seguridad Social. Dichos requisitos deberán acreditarse con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión.

Como comentamos, la Orden incluye una ayuda adicional de 1.000 euros. Para acceder a esta ayuda adicional los autónomos deberán:

  • Estar desempleados no ocupados, al menos en el día inmediatamente anterior a la del alta en RETA en la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Estar dados de alta en el RETA para el desarrollo de la citada actividad económica, que constituye el hecho subvencionable.
  • Desarrollar la actividad económica y disponer de domicilio fiscal en la Región de Murcia.
  • Estar dados de alta en el Censo del Impuesto de Actividades Económicas a título personal o, en su caso, estarlo la sociedad civil profesional (SCP), la comunidad de bienes (CB), la unidad económica carente de personalidad jurídica de la que forme parte para realizar la actividad que motiva la concesión de la subvención (ESPJ) o la sociedad de carácter unipersonal.

 

¿Cómo se concederá la ayuda Cuota Cero en Murcia?

La Cuota Cero se concederá en Murcia en régimen de concurrencia no competitiva, previa comprobación del cumplimiento por el solicitante de los requisitos establecidos.

Tal y como indica la convocatoria la cuantía individualizada consistirá en la suma de las siguientes cantidades:

  • Una ayuda al establecimiento inicial por cuenta propia de 1.000 €
  • Una ayuda para sufragar los gastos del mantenimiento de la actividad por cuenta propia, equivalente a la cuantía de la cuota reducida multiplicada por 24. Esto correspondería a 80 euros durante 24 meses.

¡IMPORTANTE! Para acceder a la Cuota Cero Ampliada los autónomos están obligados a mantener su alta en el RETA durante un mínimo de 2 años.

 

¿Cómo deben solicitar los autónomos la Cuota Cero Ampliada en Murcia?

Las solicitudes de la Cuota Cero Ampliada se deben formalizar en el modelo único de instancia o formulario, de uso obligatorio, elaborado para esta modalidad de subvención.

Este documento está disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y la solicitud deberá ir dirigida a la Dirección General del SEF.

La solicitud deberá ir acompañada de una declaración responsable en la que el autónomo indique que cumple todos los requisitos exigidos para ser beneficiario de la subvención.

 

Ya se han publicado los requisitos para solicitar la Cuota Cero en Andalucía en 2024

El BOJA ha publicado ya la Orden de 29 de junio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para el fomento del trabajo autónomo en Andalucía.

En este caso, la Cuota Cero va a tener carácter retroactivo, por lo que tendrán derecho a acceder a ella todos los trabajadores por cuenta propia que se encuentren de alta desde enero de 2023.

La Orden publicada por la Junta de Andalucía recoge, además, otra línea de subvenciones cuyo fin es ayudar a las personas autónomas que sean beneficiarias de la Cuota Cero al inicio de su actividad.

La cuantía de esta ayuda podrá ser de hasta 5.500 euros por persona. Más abajo, te ofrecemos todos los detalles.

 

¿Quiénes pueden acceder a la Cuota Cero en Andalucía?

Podrán ser beneficiarias de la Cuota Cero las personas trabajadoras autónomas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estén dadas de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos o, como personas trabajadoras por cuenta propia, en el grupo primero de cotización del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Desarrollen su actividad económica o profesional en Andalucía, con carácter previo a dictarse la resolución de concesión.
  • Se encuentren en alguno de los siguientes supuestos, con carácter previo a dictarse la resolución de concesión:
    • Haber sido beneficiarias de la cuota reducida regulada en el apartado 1 del artículo 38 ter de la Ley 20/2007, de 11 de julio, a contar desde la fecha de efectos del alta y durante los doce meses naturales completos siguientes.
    • Demostrar un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, o ser víctimas de violencia de género o víctimas de terrorismo.
    • Las personas trabajadoras autónomas que teniendo un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, o sean víctimas de violencia de género o víctimas de terrorismo, continúen siendo beneficiarias de la cuota reducida una vez transcurrido el periodo de doce meses inicial indicado y durante los doce meses naturales completos siguientes.
    • Haber sido beneficiarias de la cuota reducida durante los doce meses naturales completos siguientes desde que finalice el periodo inicial de doce meses incentivado indicado. Esto es durante los meses trece a veinticuatro.
    • Haber sido beneficiarias de la bonificación regulada en el artículo 38 bis de la Ley 20/2007, de 11 de julio, a contar desde la fecha de la reincorporación al trabajo y durante los doce meses inmediatamente siguientes a la fecha de reincorporación.
    • Continuar siendo beneficiarias de la bonificación regulada en el artículo 38 bis de la Ley 20/2007, de 11 de julio, una vez transcurrido el periodo de doce meses inicial indicado en el apartado anterior, y durante los doce meses naturales completos siguientes a la fecha de reincorporación, esto es, durante los meses trece a veinticuatro.

 

¿Cuál es la cuantía de la Cuota Cero en Andalucía?

Con carácter general el importe de la Cuota Cero será el correspondiente a la cuota devengada por la persona trabajadora autónoma.

Cuando la subvención se destine a financiar la cuota reducida para las personas autónomas que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, o sean víctimas de violencia de género o víctimas de terrorismo, durante los meses trece a veinticuatro el importe de la subvención será el correspondiente a la cuota devengada durante dichos meses.

Cuando la subvención se destine a financiar la bonificación para las mujeres trabajadoras autónomas que se reincorporen a su trabajo durante los doce meses inmediatamente siguientes a la fecha de reincorporación al trabajo, el importe de la subvención será el correspondiente a la cuota devengada durante dichos meses.

Cuando la subvención se destine a financiar la bonificación para las mujeres trabajadoras autónomas que se reincorporen a su trabajo durante los meses trece a veinticuatro, el importe de la subvención será el correspondiente a la cuota devengada durante dichos meses.

 

¿Cómo se concederá la Cuota Cero en Andalucía?

El procedimiento de concesión de la Cuota Cero en Andalucía se iniciará a solicitud de la persona interesada y se tramitará y resolverá en régimen de concurrencia no competitiva.

Las solicitudes presentadas se tramitarán de manera individual, por orden de la fecha de presentación de la solicitud, hasta el agotamiento del crédito asignado.

Las solicitudes se cumplimentarán en los formularios que se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía junto con la convocatoria, y que estarán disponibles en la sede electrónica general de la Administración de la Junta de Andalucía.

Estas solicitudes se presentarán única y exclusivamente de forma electrónica.

El pago de la Cuota Cero se realizará mediante pago en firme del 100% de la subvención tras la resolución de la concesión.

¡IMPORTANTE! La solicitud de la Cuota Cero en Andalucía se abrirá en enero de 2024.

 

¿Qué documentos deberán presentar los autónomos para acceder a la Cuota Cero en Andalucía?

Deberán presentar y permitir el acceso a:

  • Identidad de la persona solicitante. Se consultará a través del Servicio de Consulta de Datos de identidad.
  • Identidad de la persona representante, en los casos que proceda. Se consultará a través del Servicio de Consulta de Datos de identidad.
  • Alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o en el grupo primero de cotización del Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.
  • La condición de haber sido persona beneficiaria de la bonificación y/o reducción prevista en el artículo 38 bis, y apartados 1 y 2 del artículo 38 ter de la Ley 20/2007, de 11 de julio, respectivamente.
  • La acreditación de la titularidad de la cuenta bancaria se efectuará mediante declaración responsable, conforme al modelo incluido en el formulario de solicitud.

 

Los nuevos autónomos en Andalucía pueden acceder a una ayuda de 5.500 euros compatible con la Cuota Cero

La Junta de Andalucía ha publicado en el BOJA otra línea de subvenciones, compatible con la Cuota Cero, que ya se puede solicitar.
 
Tal y como recoge la Resolución de 27 de julio de 2023, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se convoca, para los años 2023 y 2024, la concesión de subvenciones de la línea 2 regulada en la Orden 29 de junio de 2023:
 
Se trata de unas ayudas de hasta 5.500 euros para nuevos autónomos en Andalucía.
 
 
La cuantía de la subvención será una cantidad, que variará atendiendo al colectivo de personas de que se trate:
 
  • Mujeres trabajadoras autónomas menores de 35 años: la subvención será de 5.000 euros.
  • Hombres trabajadores autónomos menores de 30 años: la subvención será de 5.000 euros.
  • Mujeres trabajadoras autónomas de 35 años o más: la subvención será de 3.800 euros.
  • Hombres trabajadores autónomos de 30 años o más: la subvención será de 3.800 euros.

En el supuesto de que las personas beneficiarias desarrollen su actividad económica o profesional en un municipio de menos de 10.000 habitantes, la cuantía de la subvención se podrá incrementar a 5.500 euros para:

  • Mujeres menores de 35 años.
  • Y hombres menores de 30 años.

Para mujeres de 35 o más años y para hombres de 30 o más años la cuantía puede ascender hasta los 5.000 euros.

Esta ayuda puede solicitarse desde el 1 de agosto y hasta el 30 de septiembre de 2024.

El plazo general de presentación de las solicitudes de la subvención será de dos meses, contados a partir del día siguiente a la fecha de alta en el RETA.

 

¿Cuándo recibirán los autónomos el pago de la Cuota Cero?

Tanto la Comunidad de Madrid como la Región de Murcia resolverán las solicitudes en un plazo de 6 meses.

El pago de las ayudas se realizará mediante transferencia a la cuenta bancaria indicada por la persona beneficiaria en la solicitud.

 

¿Cuánto dinero se ahorrarán los autónomos con la Cuota Cero?

Los nuevos autónomos que disfruten de la cuota cero en Madrid, Murcia, Andalucía, Baleares, Castilla La Mancha y Castilla y León podrán ahorrar un total de 960 euros en su primer año de actividad.

Y en el caso de tener unos ingresos netos durante su segundo año de actividad por debajo del SMI el ahorro total podría ser de 1.920 euros.

Por su parte, los autónomos que presten su actividad en la Rioja podrán ahorrar un total de 960 euros, ya que van a disfrutar de una bonificación del 100% en la cuota de la Seguridad Social durante  su primer año de actividad.

Habrá que esperar hasta que se publiquen las convocatorias de Baleares, La Rioja, Castilla La Mancha y Castilla y León para conocer más detalles sobre la cuota cero para los nuevos autónomos.

Estaremos pendientes para ofrecer el contenido lo más actualizado posible.

Además, te dejamos los requisitos para ser una persona beneficiaria de la Cuota Cero Municipal de Ávila.

En este caso, esta subvención supone una cuantía de hasta 300 euros por persona beneficiaria, por lo que no cumple los requisitos de la Cuota Cero tal y como hemos especificado hasta el momento.

Pero tiene como fin cubrir los gastos que deben asumir en concepto de Seguros Sociales las personas trabajadoras autónomas durante los primeros meses de vida de su empresa.

 

Abierta la Ayuda Municipal Cuota Cero de hasta 300 euros para autónomos en el municipio de Ávila 

Como comentamos, en el municipio de Ávila se ha publicado una subvención denominada Ayuda Municipal Cuota Cero para personas emprendedoras en el Municipio de Ávila.

Desde el 5 de mayo y hasta el 2 de octubre de 2023 permanecerá abierto el plazo para presentar las solicitudes de la Ayuda Municipal Cuota Cero para personas emprendedoras ubicadas el municipio de Ávila.

Esta Cuota Cero supone una subvención de hasta 300 euros por persona beneficiaria.

 

¿Quiénes pueden ser beneficiarios de la Cuota Cero en Ávila?

Podrán acceder a la Cuota Cero en el municipio de Ávila:

  • Nuevas personas trabajadoras autónomas.
  • Trabajadoras autónomas que se reincorporen tras el cese de su actividad por maternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela en los dos años siguientes a la fecha de cese.

 

¿Qué requisitos deben cumplir los autónomos para solicitar la Cuota Cero en Ávila?

Podrán acceder a la Cuota Cero en Ávila los autónomos que cumplan estos requisitos:

  • Ser beneficiario/a de los beneficios en la cotización a la Seguridad Social aplicables a los trabajadores autónomos por cuenta propia (Tarifa Plana).
  • Ser beneficiario/a de las reducciones previstas en los artículos 31 y 38 de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo.
  • Poder aportar la justificación documental de pagos de las cuotas de autónomos efectuados a la Seguridad Social, por cuantía superior al importe subvencionado.
  • Tener el centro productivo o centro de trabajo de la empresa en el municipio de Ávila.
  • Estar empadronado/a en el municipio de Ávila, al menos desde la fecha de alta en el RETA de la persona solicitante.
  • Estar dado de alta en la actividad económica en el momento de presentación de la solicitud de la ayuda.
  • Estar dado de alta en el RETA en el momento de presentación de la solicitud de la ayuda.
  • Estar al corriente de sus obligaciones fiscales de carácter local y estatal, y de la Seguridad Social.

 

¿Cómo se concederá la ayuda Cuota Cero en Ávila?

La Cuota Cero se concederá en Ávila en régimen de concurrencia competitiva, atendiendo a los criterios de valoración de la ayuda.

¿Qué te parece la Cuota Cero para nuevos emprendedores y emprendedoras? No olvides dejar tus comentarios más abajo, ¡nos encanta leerte!

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54 Comentarios

  1. Silvia

    Hola. Yo intenté buscar información sobre la cuota cero preguntándole a alguien de la Seguridad Social y me respondió… ¡que no existe dicha cuota! No entiendo nada.

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Silvia, no todas las Comunidades Autónomas aplican la cuota cero. En el caso de las Comunidades en las que sea de aplicación, podría ser que el plazo de solicitudes aún no estuviese abierto. Todo dependerá de la implementación y apertura de convocatorias en cada Comunidad. En cualquier caso, estaremos atentos a las novedades y actualizaciones sobre las opciones disponibles y las compartiremos en nuestro post. Un saludo.

      Responder
  2. Edgar

    Ya esta disponible la cuota cero para autonomos en castilla la mancha?

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Edgar, no tenemos constancia de que se haya publicado la convocatoria para solicitar la Cuota Cero en Castilla La Mancha. Os mantendremos informados en cuanto tengamos noticias. Un saludo.

      Responder
  3. Leticia Castro

    Hola, la ayuda de Andalucía de 5000€ en ningún lugar pone como requisito no estar dada de alta aparte como trabajadora por cuenta ajena, pero en varios sitios me han indicado que es incompatible; ¿podríais ayudarme y asesorarme sobre el tema?. Es decir, yo soy trabajadora por cuenta ajena, y ahora voy a emprender y darme de alta en autónomos por primera vez simultaneando ambos trabajos, ¿tendría derecho a esa ayuda?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Leticia. Te recomendaría consultar las bases de la convocatoria para ver si es posible compatibilizarlo. Un saludo

      Responder
  4. Montse

    Otra cosa. Ponéis que la cuota cero se podrá pedir en Andalucía en enero de 2024. Pero lo que he leído yo es que está pendiente de convocatoria en BOJA.
    No sé si no estoy acudiendo a las páginas adecuadas. ¿Dónde habéis encontrado esa información?
    Gracias

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Montse, desde la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo declararon en rueda de prensa que el mecanismo para poder solicitar la Cuota Cero se abrirá a partir de enero de 2024. Asimismo, puedes acceder a la página de la Junta de Andalucía y en su sección de noticias indican que será a partir de principios del próximo año cuando los autónomos podrán solicitar con carácter retroactivo, con efectos desde el 1 de enero de este 2023, cobrar la ayuda que cubra los gastos del pago de la cuota que hayan abonado durante el ejercicio. Un saludo.

      Responder
  5. Filo Torres Tosso

    Buenas tardes, ya se puede solicitar la cuota cero para autónomos en Andalucia o aún no sts abierta la convocatoria?
    Gracias

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Filo, aún no se ha abierto la convocatoria para solicitar la Cuota Cero en Andalucía. Estaremos pendientes para informaros en cuanto esté disponible. Un saludo!!

      Responder
      • Enrique Rincón Rodríguez

        Buenas se sabe que requisitos son los necesarios para acceder a la ayuda de nuevos autónomos de Andalucía y si ya está operativa?

        Responder
        • Ángela M. Labrador

          Hola, Enrique. Todavía no tenemos noticias de la publicación en el BOE de esta ayuda. Un saludo

          Responder
    • Maria

      Hola. ¿Se sabe ya algo de la cuota cero Andalucía? Gracias

      Responder
      • Olga Agea

        Hola María, de momento no se ha publicado aún la convocatoria de la Cuota Cero en Andalucía. Estaremos pendientes para ofreceros toda la información. Un saludo

        Responder
  6. Pilar

    Buenas tardes, se sabe ya cuando saldrá la convocatoria de la Cuota Cero apara Andalucia??

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Pilar. Todavía no se sabe nada sobre la cuota cero en Andalucía. Un saludo

      Responder
  7. Eladio Manuel

    Se sabe algo sobre la subvención de 5500e de la junta de Andalucía para nuevos autónomos?

    Responder
    • María

      Hola, quería saber si la podré solicitar si me espero hasta enero de 2024 para darme de alta? Gracias

      Responder
      • Ángela M. Labrador

        Hola, María. Te recomendaría consultar las bases de la convocatoria de tu comunidad autónoma. Un saludo

        Responder
  8. Adriana

    Buenas, se sabe algo más de la cuota cero en Andalucía, ¿Cuándo se abre el plazo para solicitarla y como hay que hacerlo?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Adriana. Todavía no hay novedades sobre la solicitud. Un saludo

      Responder
      • Adrián García Ledesma

        Hola. Se sabes algo ya?

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Adrián, la Cuota Cero ya está disponible en Madrid y en Murcia. En el resto de Comunidades Autónomas aún no se ha activado. Estamos pendientes para ofreceros toda la información en cuanto sea posible. Un saludo

          Responder
  9. Pepi Jiménez Rubio

    Buenas tardes, ¿Ha salido ya la solicitud para Andalucía?
    Muchas gracias. Un saludo,

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Pepi. No tenemos noticias de ello, un saludo

      Responder
    • Nicolas Álvarez Martínez

      Ha salido ya para Jaén

      Responder
      • Olga Agea

        Hola, Nicolás. Todavía no se han publicado las bases de la Cuota Cero para Andalucía. En cuanto tengamos más información os avisaremos por aquí. Un saludo

        Responder
  10. María del Carmen

    Hola , ha salido ya publicada la convocatoria para hacer los trámites para solicitar la cuota 0 en la junta de Andalucia? Gracias

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, María del Carmen. Todavía no tenemos noticias. Un saludo

      Responder
  11. Jose luis

    Hola, tengo más de 35 años y deseo activarme como autónomo, puedo darme de alta con la cuota cero o mi rango de edad estoy desfavorecido, mayor de 45.

    Responder
  12. FILO

    Buenos días, ha salido ya publicado la normativa de cuota cero de autonomos de la junta de andalucia…No la encuentro.
    Gracias

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Filo. Todavía no hemos visto nada sobre la cuota cero, había una ayuda para nuevos autónomos, pero finalizó en 2022, esperamos poder deciros algo pronto. Un saludo!

      Responder
    • Paco

      Y para los mayores de 35, que nos queda? Quizás la crisis no nos afecta e este colectivo, pregunto?

      Muchas gracias

      Responder
  13. Manuela

    Para solicitar la cuota 0, ¿Se debe hacer en el momento de hacer el alta en SS o es suficiente con que se haga en el mismo día?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Manuela. Habrá que ver las bases de cada convocatoria de ayudas. Un saludo

      Responder
  14. Gonzalo

    Buenas tardes. Entonces, para un futuro autónomo, ¿qué sería más rentable de las siguientes opciones? :
    1. Iniciar el trámite del alta en este 2022 con una cuota de 60€

    2. Iniciar el alta en el 2023 con una cuota de 80€.

    ¿Pueden ambas situaciones acogerse al beneficio de la cuota cero?

    Responder
  15. Lucía Sánchez

    Buenas noches,
    ¿Dónde se publicará la convocatoria en Andalucía? ¿Cómo hago para enterarme de que se ha publicado? ¿Hay alguna manera de recibir notificación?
    Gracias.

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Lucía. Normalmente se informa de las ayudas en la página de la Junta y se publican en el BOJA. Un saludo

      Responder
      • Adelina Sánchez Martín

        Hola que tiempo estimado tarda la junta Andalucía en hacer el abonó de la cuota cero de la SS ok gracias

        Responder
        • Ángela M. Labrador

          Hola, Adelina. Todavía no se han publicado las bases de esta ayuda de cuota cero para autónomos. En cuanto tengamos más información os avisaremos por aquí. Un saludo

          Responder
        • María Carmen

          Hola , se han publicado ya las bases para solicitar la cuota 0 para autónomos en Andalucia?

          Responder
  16. Nieves

    Hola, ¿Sabéis si la convocatoria tendrá carácter retroactivo y de cuánto tiempo? Muchas gracias!!

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Nieves. Todavía no se conocen más detalles sobre la cuota cero para los autónomos en Andalucía. Un saludo

      Responder
  17. Antonio

    Buenas tardes: para el 2023 la cuota de autónomo en Andalucia será cero para los que se den de alta de autónomo en el sector de transportes también la cuota es de cero.Gracias

    Responder
  18. Tania

    Hola buenas, me gustaría hacer una consulta.
    Fui beneficiaria de una beca, pero por un motivo tuve que devolverla, actualmente la estoy pagando fraccionadamente a hacienda, ¿eso se considera una deuda con Hacienda publica, o el hecho de estar pagándola me deja beneficiarme de la cuota 0 de trabajadores autónomos en Andalucía?

    Responder
  19. Victor

    Sabeis si me acojo ahora a la tarifa plana de 60€/mes la cual puedes solicitar hasta 31/12/2022, ¿se mantendra la tarifa plana en el segundo año? Como bien anuncio la Junta de andalucia como vida extra.

    O esta nuevo cambio que quieren imponer sustituira al anterior de este año 2022 en su totalidad.

    Para mi parecer es mucho mejor la cuota reducida durante 2 años a 60€/mes. ME gustaria pensar que si contrato ahora esta opcion me pudieran mantener la opcion del segir el segundo año pagand o la opcion reducida.

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Victor. No sabríamos decirte hasta que se publique la convocatoria de esta ayuda de cuota 0 para autónomos. Un saludo

      Responder
    • Ana

      Si te ayuda, no son dos años a 60€. Sin 70€ el primer año y después acá subiendo a 180 y 212 a lo largo del segundo año.

      Te lo cuento porque estoy pasando por ahí.

      Responder
      • Virginia Duque

        En Andalucía si. Te dan un segundo año con tarifa plana. 😌

        Responder
  20. Felipe

    Que buena noticia, Sabéis si puedo darme de alta con tarjeta de comunitario y NIE, estando empadronado en Málaga?

    Responder
    • Ángela M. Labrador

      Hola, Felipe. Como todavía no se ha lanzado la convocatoria no sabríamos decirte los trámites exactos para solicitar la cuota cero para nuevos autónomos en Andalucía. Un saludo

      Responder
      • Noelia

        Hola buenas tardes! A salido yaa convocatoria de la cuota 0 en Andalucia, Málaga? Muchas gracias

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Noelia, todavía no ha salido la convocatoria de la Cuota Cero en Andalucía. Estaremos pendientes para ofreceros toda la información en cuanto sea posible. Un saludo

          Responder
          • Montse

            Hola: Primero, gracias por mantener esta entrada actualizada. Es muy útil.
            Quería puntualizar que la información de Andalucía, efectivamente es de la Orden de 29 de Junio de 2023, pero está publicada en el Boletín número 125 de 03/07/2023. Sólo por ayudar a quien quiera leerlo.

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