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El Gobierno ampliará la baja por nacimiento a 20 semanas

7 noviembre, 2024
El Gobierno ampliará la baja por nacimiento a 20 semanas

En 2021 entró en vigor una novedad importante: el permiso de paternidad se equiparó al de maternidad, alcanzando las 16 semanas para ambos progenitores.

La medida fue aprobada en 2019, tras el Real Decreto Ley 6/2019.

¿Qué está sucediendo en 2024? ¿El Gobierno ampliará la baja por nacimiento a 20 semanas? Según las últimas informaciones parecía que esta medida iba a entrar en vigor a lo largo de este año.

Sin embargo, pese a que hace unos meses el Consejo de Ministros dio luz verde a la Ley de Familias (aún no ha entrado en vigor), esta ampliación no ha sido confirmada ni se ha cerrado su aplicación.

Lo que sí incluye la mencionada Ley es la posibilidad de que el segundo progenitor o el padre pueda anticipar la suspensión de su contrato hasta 10 días antes de la fecha prevista del parto.

Aunque esta medida está prevista en la Ley habrá que esperar a su entrada en vigor para que pueda ser aplicada.

Te lo explicamos a continuación:

 

¿Cuántas semanas dura la baja por nacimiento actualmente?

En 2021 España marcó un hito al convertirse en el primer país donde tanto madres como padres disfrutan de un permiso por nacimiento equitativo:

  • 16 semanas desde el nacimiento.
  • Intransferibles.
  • Con remuneración completa.

Ahora, el Gobierno tiene como objetivo ampliar este permiso a 20 semanas.

Masterclass Medidas de conciliación y nuevos permisos

¿Cómo es el permiso de paternidad y maternidad en 2024?

Actualmente, ambos permisos de paternidad y maternidad son de 16 semanas desde el nacimiento.

En los próximos meses, se espera que se concrete la ampliación a 20 semanas, una medida que tiene como objetivo favorecer la conciliación familiar y reducir la discriminación laboral.

Es crucial garantizar la participación equitativa de ambos progenitores en el cuidado de los hijos e hijas.

La extensión del permiso de paternidad permitirá a los padres involucrarse activamente desde el principio en el cuidado de sus hijos/as, fortaleciendo así los vínculos familiares.

Esta medida busca crear un entorno más equitativo donde ambos progenitores compartan las responsabilidades.

 

El permiso de paternidad podrá adelantarse 10 días

La Ley de Familia contempla importantes cambios en el permiso de paternidad, destacando la posibilidad para el segundo progenitor de adelantar 10 días del permiso para acompañar a la embarazada antes del parto.

Una vez se publique en el BOE y entre en vigor la normativa, esta medida modificaría el artículo 48.4 del Estatuto de los Trabajadores.

Hasta ahora, el permiso se estructura de la siguiente manera:

  • Se suspende el contrato de cada progenitor por cuidado de menor después de las primeras 6 semanas inmediatamente posteriores al parto.
  • Estas semanas pueden disfrutarse en períodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, hasta que el hijo cumpla 12 meses.
  • La madre biológica puede anticipar su ejercicio hasta 4 semanas antes del parto.

Con la nueva Ley, el segundo progenitor también podrá anticipar su permiso hasta 10 días antes de la fecha prevista para el parto. Esta medida tiene como objetivo asegurar que la madre pueda ser acompañada y atendida en la recta final de su embarazo.

Además, se están considerando enmiendas para aumentar el permiso hasta las 20 semanas, aunque los detalles específicos se conocerán una vez se publique la Ley de Familia.

De momento, las actuales 16 semanas de las que pueden disfrutar ambos progenitores se dividen de esta forma:

  • 6 semanas obligatorias de baja por paternidad o maternidad, ininterrumpidas y a jornada completa tras el parto o resolución (en el caso de adopción).
  • Las 10 semanas siguientes se podrían disfrutar en periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida hasta que el bebé cumpla 12 meses.

Es importante tener en cuenta que el permiso es individual para cada progenitor y no puede transferirse a la pareja.

La comunicación del disfrute de cada período o su acumulación debe hacerse a la empresa con al menos 15 días de antelación.

Si ambos progenitores trabajan en la misma empresa se puede limitar el ejercicio simultáneo del permiso por escrito, basándose en razones fundadas y objetivas.

Estos cambios buscan mejorar la conciliación familiar y reducir la discriminación laboral, promoviendo una distribución más equitativa de las responsabilidades parentales.

 

¿En qué casos se puede ampliar el permiso de paternidad o maternidad?

Existen varios supuestos que dan lugar a una ampliación del plazo por permiso de paternidad o maternidad de 16 semanas, como son:

  • En caso de partos, adopciones o acogimientos múltiples, se ampliaría 1 semana por progenitor por cada hijo, a partir del segundo hijo.
  • En caso de discapacidad del hijo, se ampliaría 1 semana por progenitor.
  • Por parto prematuro u hospitalización superior a 7 días, se ampliaría hasta 13 semanas.
  • Por fallecimiento del hijo o hija, el período de duración del permiso no se reducirá. A no ser que una vez que finalicen las 6 semanas de descanso obligatorio se solicite la reincorporación al puesto de trabajo.

¡IMPORTANTE! En este sentido, se ha producido una reciente novedad: el Tribunal Constitucional ha avalado recientemente que las madres biológicas de familiares monoparentales que trabajan por cuenta ajena puedan ampliar su permiso hasta a 26 semanas.

Más abajo, tienes todos los detalles:

 

¿Pueden los autónomos disfrutar del permiso de paternidad o maternidad?

Así es, las personas trabajadoras por cuenta propia también pueden solicitar los permisos de paternidad o maternidad.

En este caso, recibirán una prestación equivalente al 100% de su base de cotización en los últimos 6 meses anteriores al nacimiento o la adopción.

 

Requisitos para solicitar la baja de paternidad o maternidad para autónomos

Para solicitar estos permisos las personas trabajadoras autónomas deberán:

  • Estar en alta en Seguridad Social y Hacienda.
  • Estar al día de todos los pagos.
  • Solicitar el permiso en un plazo máximo de 15 días desde que nace el hijo o hija.

Además, se les exigirá una cotización mínima según la edad que tengan:

  • Si la persona trabajadora autónoma tiene 26 años o más: será necesario que haya cotizado 180 días en los últimos 7 años o 360 días en la vida laboral.
  • Si tiene entre 21 y 26 años: deberá haber cotizado 90 días en los últimos 7 años o 180 días en la vida laboral.
  • Si es menor de 21 años: no existe período mínimo de cotización.

 

¿Cómo se solicitan el permiso de paternidad y maternidad?

Para solicitar el permiso de maternidad o paternidad de manera telemática será necesario:

  • Acceder al portal Tu Seguridad Social.
  • Autenticarse a través de Certificado Digital o usuario y contraseña en Cl@ve.

Después, simplemente habrá que rellenar los datos y adjuntar la documentación correspondiente:

  • Solicitud de la prestación.
  • Acreditación de identidad de los progenitores (DNI, pasaporte o NIE).

Las personas trabajadoras por cuenta ajena tendrán que presentar un Certificado de empresa donde se incluya la fecha de inicio del descanso laboral por nacimiento y cuidado del menor.

Si este Certificado ya ha sido enviado por la empresa, no hará falta.

También tienes la opción de realizar la solicitud:

  • Por correo ordinario. Para ello tendrás que descargar, rellenar el formulario de solicitud y enviarlo por correo junto a la documentación que detallaremos más abajo. Tendrás que realizar el envío a la Dirección Provincial del INSS o del ISM que corresponda.
  • De manera presencial, solicitando cita previa y presentando la solicitud y la documentación requerida.

Para solicitar la baja por nacimiento habrá que aportar documentos específicos según el motivo:

Si se solicita la baja por nacimiento de un/a hijo/a:

  • Informe de maternidad expedido por el Servicio Público de Salud.
  • Libro de Familia o certificado de la inscripción en el Registro Civil de su hijo.

 

En caso de gestación por sustitución:

  • Inscripción de la filiación del nacido en el Registro Civil a favor del progenitor comitente (persona que confía la gestación de su hijo a otra persona) o la inscripción de la filiación del hijo en el Registro Civil español a favor del comitente y de la madre biológica.

 

Por adopción o acogimiento:

  • Libro de Familia o Certificado de la inscripción en el Registro Civil de su hijo/a.
  • Resolución judicial por la que se constituye la adopción o resolución administrativa o judicial por la que se concede el acogimiento familiar.
  • Cuando sea necesario el desplazamiento previo al país de origen del niño adoptado, deberá aportar la documentación emitida por el órgano competente de su comunidad autónoma, en la que se justifique el inicio de los trámites para la adopción.

 

¿Cuál es plazo para solicitar el permiso de paternidad y maternidad?

El permiso de paternidad o de maternidad debe solicitarse en un plazo de 15 días desde el nacimiento, acogida o adopción. Pasado este período el derecho a solicitar el permiso se pierde.

Es recomendable avisar a la empresa con antelación para que puedan tomar las medidas necesarias para cubrir la baja. Así es más fácil garantizar una transición sin problemas.

 

¿Es obligatorio acogerse a la baja por paternidad o maternidad? 

Sí, las 6 primeras semanas de baja son obligatorias, por lo que la persona trabajadora no puede renunciar al permiso.

 

¿Es posible ceder semanas del permiso de paternidad al otro progenitor?

No, la baja por paternidad no se puede transferir al otro progenitor.

El objetivo de esta baja es asegurar que ambos padres dediquen tiempo igualitario a las responsabilidades familiares y al cuidado del recién nacido.

 

En el caso de una familia monoparental, ¿es posible acumular los permisos del otro progenitor?

Parecía, según el Tribunal Supremo, que no era posible acumular los permisos de otro progenitor en caso de una familia monoparental.

Así lo determinó en la sentencia (Rc 3972/2020) del 2 de marzo de 2023 en el que se rechazó la posibilidad de que una progenitora de una familia monoparental acumulase el permiso de maternidad y el que hubiera correspondido al otro progenitor.

El TS se basó en que la ley no contemplaba la acumulación de ambos permisos en casos de familias monoparentales.

Tras analizar el artículo 177 de la Ley General de la Seguridad Social y el artículo 48.4 del Estatuto de los Trabajadores, que regulan el régimen de suspensión del contrato por nacimiento y cuidado del menor, el TS destacó que:

  • El disfrute del permiso es individual e intransferible entre progenitores.
  • Está enfocado en lograr la corresponsabilidad en el cuidado del menor, evitando roles de género tradicionales.

Sin embargo, hay recientes novedades:

 

El Supremo permite extender a 26 semanas los permisos por nacimiento a familias monoparentales de empleados públicos

El Tribunal Supremo amplió el permiso de maternidad para empleados públicos en familias monoparentales de 16 a 26 semanas, considerando el interés superior del menor y el principio constitucional de igualdad.

Este fallo se dio a raíz de la demanda de una profesora a la que se le negó este derecho, con el argumento de que limitar el permiso en familias monoparentales generaba una discriminación frente a las biparentales.

El Tribunal Supremo interpretó que el artículo 49 del Estatuto Básico del Empleado Público no prohíbe ni regula expresamente la ampliación del permiso de maternidad en familias monoparentales.

Por tanto, los magistrados señalaron que es su deber interpretar la norma en beneficio del menor, extendiendo el permiso de 16 a 26 semanas para estos casos.

¡Importante! La Sala de lo Social del Supremo ha rechazado solicitudes similares para el sector privado en varias ocasiones.

Sin embargo, esta sentencia ha servido como precedente. Te lo contamos:

 

El Tribunal Constitucional amplía el permiso de maternidad hasta las 26 semanas para familias monoparentales

El Tribunal Constitucional ha fallado recientemente a favor de que las madres biológicas trabajadoras por cuenta ajena en familias monoparentales puedan ampliar su permiso de maternidad de 16 a 26 semanas, equiparándose así a las trabajadoras de organismos públicos.

Según la sentencia, impedir a estas madres el acceso a una ampliación era inconstitucional, generando una desigualdad de trato entre los menores de familias monoparentales y biparentales.

Así, siguiendo la doctrina del Supremo en casos similares para empleadas del sector público, el Tribunal permite que las madres monoparentales puedan disfrutar de las semanas que corresponderían al segundo progenitor.

Tras la resolución, las 16 semanas del permiso de maternidad de la madre biológica se sumarán a las 10 semanas adicionales que habría disfrutado el otro progenitor (se excluyen las primeras 6 que tienen que disfrutarse de manera ininterrumpida tras el parto), si existiera, completando así un total de 26 semanas.

La resolución responde a una cuestión planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que había argumentado que la legislación actual era discriminatoria.

En familias biparentales el tiempo total de cuidado del menor se duplica al incluirse ambos progenitores, mientras que en familias monoparentales se limitaba a las 16 semanas.

El Tribunal Constitucional sostiene que esta restricción vulnera los principios de igualdad (art. 14 de la Constitución) y de protección de la infancia (art. 39), al discriminar a menores en función de la estructura familiar de origen.

Por tanto, el Tribunal Constitucional ha instado al legislador a revisar y actualizar la normativa para corregir esta desigualdad.

Mientras tanto, esta sentencia permitirá que, en casos de familias monoparentales, el permiso de maternidad de las madres se extienda sumando las semanas que corresponderían al segundo progenitor, es decir, hasta un total de 26 semanas (las 16 semanas propias más 10 adicionales).

 

¿Me pueden despedir durante la baja de paternidad o maternidad?

Si la empresa se ve obligada a realizar un despido debido a problemas económicos pueden despedirte aunque coincida con el período de baja por paternidad o maternidad.

Sin embargo, si la empresa no tiene problemas económicos y sigue siendo solvente, el despido durante este período se podría considerar nulo.

 

 

¿Cuánto se cobra durante el permiso de paternidad?

La prestación económica por nacimiento equivale al 100% de la base reguladora, calculada según la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior al del nacimiento, dividida entre el número de días de ese mes.

  • Si la persona trabajadora lleva de alta todo el mes natural: la base de cotización se divide entre 30.
  • Si la persona trabajadora ingresó en la empresa el mes anterior: se toma la base de cotización del mes previo al inicio del permiso.
  • Si la persona trabajadora ingresó en el mismo mes del nacimiento: se utiliza la base de cotización de ese mes.

Para los autónomos la prestación es del 100% de una base reguladora diaria, resultante de dividir la suma de las bases de cotización de los seis meses anteriores entre 180.

 

¿Qué parte de la prestación por paternidad o maternidad corresponde a la empresa?

Para personas trabajadoras por cuenta ajena la prestación del permiso la cubre al 100% la Seguridad Social. La empresa debe mantener el puesto de trabajo y pagar las cotizaciones a la Seguridad Social de la persona empleada.

Para autónomos si la baja es de al menos un mes se aplica una bonificación del 100% de la cuota de autónomos, calculada sobre la base media de cotización de los 12 meses anteriores. Si el autónomo lleva menos de 12 meses dado de alta, se calcula desde la fecha de alta.

 

El Supremo avala eliminar días adicionales de paternidad por convenio al ampliarse el permiso

Además, es necesario abordar esta cuestión.

La sentencia del Tribunal Supremo de 19 de diciembre de 2023 (RC 284/21) establece que, al equiparar los permisos de paternidad y maternidad, las disposiciones previas que otorgaban un número específico de días de permiso de paternidad en los convenios colectivos han quedado sin efecto.

Esto implica que los días adicionales reconocidos anteriormente ya no tienen sentido, dado que la duración de los permisos se ha unificado en 16 semanas para ambos progenitores.

Los convenios colectivos tenían como objetivo mejorar las condiciones de los permisos establecidos en el Estatuto de los Trabajadores. Sin embargo, al igualarse la duración de los permisos estas mejoras ya no son necesarias.

Por lo tanto, se concluye que:

  • Los permisos de paternidad contemplados en los convenios colectivos ya no son válidos.
  • No es posible reclamar los permisos anteriores, ya que han sido sustituidos por un marco legal más amplio que no permite la acumulación de permisos.

 

¿Es posible solicitar el permiso por nacimiento si el bebé ha nacido en el extranjero?

¡Así es! El INSS ha publicado instrucciones específicas para este caso.

Este permiso está dirigido a las personas aseguradas en España que han tenido un hijo/a en el extranjero.

Para solicitarlo, será necesario presentar la siguiente documentación:

  • Documento de identificación en vigor de los solicitantes.
  • Certificado de empresa, enviado por la empresa a través del Sistema RED.

Si el menor tiene nacionalidad española:

  • Libro de familia o, en su caso:
  • Inscripción del nacimiento en la Oficina Consultar Española o en el Registro Civil Central.

Si el menor tiene nacionalidad extranjera:

  • Inscripción del nacimiento en el Registro Civil del país de nacimiento o de nacionalidad (debidamente legalizado y/o traducido).

En caso de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento internacional la documentación dependerá de si la persona solicitante está inscrita o no en la Oficina Consular Española.

 

¿Existen otros permisos parentales en 2024?

Sí, el RD Ley 5/2023 incluyó 3 nuevos permisos:

  • Permiso de 8 semanas para el cuidado de los hijos e hijas.
  • Permiso de 5 días para cuidar de un familiar.
  • Permiso de 4 días por causas de fuerza mayor.

Tienes toda la información en nuestro post Así son los nuevos permisos para cuidado de hijos y convivientes.

 

¿Cuándo entrará en vigor la ampliación de la baja por nacimiento a 20 semanas?

Todo apunta a que el aumento del permiso hasta las 20 semanas será propuesto mediante enmiendas. No obstante, no tenemos constancia de cuándo se publicará.

Estaremos pendientes de todas las novedades que surjan respecto a este tema.

¿Conocías la futura ampliación del permiso de paternidad y maternidad? No olvides dejar más abajo tus comentarios, ¡nos encanta leerte!

 

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Ángela M. Labrador

91 Comentarios

  1. Bora

    Hola,
    Acabo de mudarme a España desde Alemania y estoy embarazada de 5 meses. Si empiezo un trabajo (estoy buscando uno) antes de dar a luz, no tendré 180 días de trabajo en España. Mi pregunta es, ¿tendré derecho a pedir la baja por maternidad? ¿Y tendré derecho a pedir algun prestación económica durante la baja? Además de la baja maternal, ¿hay alguna prestación para el recién nacido? ¿Como por ejemplo una prima por nacimiento que es muy común en otros países europeos? Si existe una prima por nacimiento, ¿está relacionada con el hecho de que la madre trabaje o no?

    Responder
  2. Roberto Parera

    Hola,

    Gracias por esta entrada y las respuestas a los comentarios, ¡son muy útiles!
    Tres preguntas para el caso de cambio de trabajo el mismo mes del nacimiento (por ejemplo, si mi hijo nace el 20 de octubre, y yo empiezo a trabajar el 1 de octubre):
    1. ¿La empresa se puede negar a que te acojas al derecho del permiso por paternidad? Entiendo que, pese a cambiar de empresa, el trabajador tiene derecho a ello por ley, y que es la Seguridad Social quien facilita esta prestación, no la empresa (quien a su vez únicamente contribuirá con las contingencias de la Seguridad Social del Trabajador).
    2. La prestación a recibir (contexto, entrada el 1 de octubre en nueva empresa con salario nuevo, y baja de paternidad empezando el 20 de octubre), será el correspondiente al 100% de la última nómina (de la pasada empresa) o del 100% prorrateado por el número de días de trabajo del mes del nacimiento de la nueva nómina (por ejemplo, 20 días de octubre)?
    3. La empresa ¿podría despedirte tras seis meses, estando tú de baja de paternidad, por aducir bajo rendimiento en el periodo de prueba de 6 meses?

    Un saludo y mil gracias,

    Roberto

    Muchas gracias

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Roberto, nos alegra saber que la información te resulta de utilidad. En cuanto a tu caso, la empresa no puede negarte el permiso por paternidad. Tienes derecho a disfrutar del permiso independientemente de la empresa en la que trabajes en ese momento. La base de cotización para calcular la prestación corresponderá al 100% de la última nómina que hayas cobrado antes de iniciar el permiso. Es decir, se tomará como referencia tu salario en la empresa anterior. Además, la empresa no debería despedirte durante el periodo de baja por paternidad, ni tampoco una vez finalizado este periodo alegando un bajo rendimiento durante el periodo de prueba. Un saludo.

      Responder
      • Felipe

        Buenas Tardes,

        Estando ya de permiso de paternidad (sin la ampliación de las 20 semanas) si después se hace efectiva dicha ampliación, entiendo que te corresponde no?

        En cuanto al salario a recibir , entiendo que sera algo más de las nóminas mensuales verdad?

        Muchas gracias

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Felipe, no tenemos constancia de si la ampliación de la baja va a tener o no efectos retroactivos. Hasta que no se publique la medida no podemos darte muchos más detalles al respecto. En cuanto a tu segunda cuestión, durante el permiso de paternidad, normalmente se percibe una prestación económica que se calcula en función de tu base de cotización de los meses anteriores. Un saludo.

          Responder
  3. Ali

    Hola, solo quiero saber si trabajo en empresas con contratos de 20 horas cada una. ¿Cuál es el proceso para solicitar la licencia por maternidad o paternidad? Por favor, respondan pronto.

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Ali, deberás informar a ambas empresas para solicitar el permiso por maternidad o paternidad correspondiente. Después, deberás presentar la solicitud de baja a la Seguridad Social por cada uno de tus empleos. Te recomendamos consultar con un/a asesor/a laboral para que te aclare cualquier duda y te ayude a gestionar el proceso de la manera más adecuada. Un saludo.

      Responder
  4. david

    Buenas,si estoy de alta como autonomo y tambien de alta por cuenta ajena,la a la hora de darme de baja,puedo solicitar solo baja por cuanta ajena???
    y seguir como autonomo?? cobraria la prestacion de cuanta ajena?? gracias

    Responder
    • Olga Agea

      Hola David, así es. Podrías solicitar la baja por cuenta ajena y seguir como autónomo. Un saludo.

      Responder
      • Ana

        Buenas, tengo una duda con respecto a la baja por maternidad. Ahora mismo estoy contratada por una empresa, pero daré a luz dentro de unos 15 días más o menos. El caso es que este contrato se me acaba unos días después ( el 28 de agosto) y acabo de firmar otro en la administración pública que comenzaría el 1 de septiembre.¿Qué pasaría con mi baja por maternidad? ¿ podría seguir disfrutándola?, ¿ tendría derecho a la lactancia? Espero respuesta, gracias.

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Ana, lo más probable es que puedas disfrutar de tu baja por maternidad y del permiso de lactancia sin problemas, a pesar del cambio de empresa. De todas formas, te recomendamos contactar con un/a asesor/a laboral que pueda ayudarte y estudiar tu caso concreto. Un saludo.

          Responder
      • Alfonso

        Hola, si cambio de empresa y soy padre a los pocos días de estar en alta en la nueva empresa, qué base de cotización se utiliza para abonar la prestación?

        Responder
    • Natalia

      Buenas ,tengo fecha probable de parto para el 11 de agosto.
      Mi marido puede adelantar la baja por paternidad 10 días?
      Y si se puede ,como se puede pedir si no sabemos cuando será el parto?
      Se necesita algún informe médico que diga la fecha probable de parto?

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Natalia, según la futura Ley de Familias los padres pueden adelantar su baja por paternidad hasta 10 días para acompañar a la madre en las últimas semanas del embarazo. Sin embargo, esta normativa aún no ha entrado en vigor, por lo que no podemos informarte aún sobre los trámites a seguir. Un saludo.

        Responder
    • Ali

      Hola, solo quiero saber si trabajo en dos empresas con contratos de 20 horas cada una. ¿Cuál es el proceso para solicitar la licencia por maternidad o paternidad? Por favor, respondan pronto.

      Responder
  5. Elena

    Hola.
    Si la baja es por un proceso de adopción y no es posible avisar con 15 días a la empresa, cómo gestionarlo?. Gracias

    Responder
  6. Elena

    Hola.
    Si la baja es por un proceso de adopción y no es posible avisar con 15 días a la empresa, cómo gestionarlo?. Gracias

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Elena, tu caso es más específico, pero no te preocupes. Si no puedes cumplir con el plazo de 15 días para comunicar la baja por adopción es fundamental que informes a la empresa tan pronto como sea posible. Aun así, tendrás pleno derecho a disfrutar de tu permiso. Un saludo.

      Responder
    • Esteban

      Buenas tardes, cuando entra en vigo las 20 semanas de paternidad, sin mis nominas no son iguales como calculan el ingreso

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Esteban, te recomendamos contactar con un/a asesor/a laboral. Podrá ofrecerte orientación personalizada. Un saludo.

        Responder
    • Nerea

      Hola! Estoy de baja por embarazo de riesgo y puede que mi contrato termine antes de dar a luz. ¿No tendré baja de maternidad si no he generado paro?

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Nerea, aunque tu contrato termine antes de dar a luz tienes derecho a la baja por maternidad siempre y cuando hayas cotizado a la Seguridad Social durante un periodo mínimo antes de iniciar la baja, comuniques a tu empresa la fecha prevista del parto con antelación y presentes tu solicitud de baja a la Seguridad Social. Un saludo.

        Responder
  7. Nael

    Hola.

    Si el nuevo permiso de paternidad de 20 semanas entra en vigor a partir de agosto por ejemplo y mi hijo nace en diciembre, tendremos derecho a estas 20 semanas ?

    Gracias.

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Nael, de producirse finalmente la entrada en vigor de la ampliación del permiso de paternidad en agosto, tendrías derecho a las 20 semanas de permiso si tu hijo nace en diciembre. Un saludo.

      Responder
      • Rita

        Hola, la empresa para la que trabaja mi marido pone problemas para que se tome las 16 semanas seguidas, a pesar de tener solvencia económica y de habérselo comunicado con más de un mes de antelación. Nuestro hijo nacerá a finales de julio.
        ¿Pueden negarse, o tienen que aceptar? Gracias

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Rita, la empresa de tu marido no puede negarle el permiso de paternidad de 16 semanas seguidas. Este permiso es un derecho reconocido por ley y la empresa está obligada a concederlo. Un saludo.

          Responder
      • Pablo

        Hola. Si mi hijo nace en noviembre y la ampliación del permiso de paternidad de 20 semanas entra en vigor en enero, nosotros tendríamos derecho a esa ampliación o nos quedaríamos con las 16 semanas?

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Pablo, en el que caso que describes si tu hijo nace en noviembre de 2024 la duración del permiso de paternidad sería la que esté vigente en el momento (16 semanas). Un saludo.

          Responder
    • Natalia

      Hola, ¿Se sabe ya cuando entra en vigor la nueva Ley que amplía la baja por maternidad a 20 días?
      Gracias!

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Natalia, de momento no tenemos más información al respecto. Estamos a la espera. Un saludo.

        Responder
    • Diana

      Buenas, mi novio puede cederme 8 semanas de su permiso de paternidad? Como lo tendría que hacer? Tendría que hablar con mi empresa y él con la suya?

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Diana, no es posible ceder parte del permiso de un progenitor al otro. Se trata de un permiso personal e intransferible. Un saludo.

        Responder
  8. Michael

    Hola.

    Si el nuevo permiso de paternidad de 20 semanas entra en vigor a partir de agosto por ejemplo y mi hija nace a finales de julio, tendremos derecho a estas 20 semanas ?

    Gracias.

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Michael, actualmente no se ha publicado la normativa que amplíe el permiso de paternidad, por lo que no tenemos mucha información al respecto. Tendremos que esperar a que se publique para saber si tendrá efectos retroactivos o no. En cualquier caso, si tu hija nace antes de agosto, de momento se aplicará la normativa vigente, que establece un permiso de paternidad de 16 semanas. Un saludo.

      Responder
  9. Mohamed

    Hola mi hija nació el 14 de junio de 2024 y yo empezó cinco días después a trabajar puedo solicitar la patirnidad

    Responder
    • Leticia

      No, tienes que coger las 6 semanas obligatorias desde el nacimiento. Y después puedes coger el resto durante el primer año de vida del bebé. Si vuelves al trabajo sin usar esas 6 semanas renuncias a todo el permiso remunerado.

      Responder
      • Antono

        Hola, si cojo la paternidad 10 antes del parto,para cobrarla me cuenta el día del parto? O de los 10 días antes?

        Responder
  10. Cositas Chulas

    Sin duda un gran avance el que se mejoren los permisos de paternidad, incluyendo al padre de la criatura que está por nacer. Los bebés vienen y hay que atenderlos de la mejor manera posible. Hasta la fecha los tiempos asignados por la administración eran muy cortos, no podías ni disfrutar de tus cositas chulas (así llamamos a los bebés que acaban de nacer), como atenderles debidamente. Todas las madres y padres agradecen de corazón el que les permitan estar con sus recién nacidos más tiempo. Saludos

    Responder
  11. Cristina Martin Sancho

    Hola! Si me pido el permiso parental de 4 semanas para agosto ya, será remunerado?

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Cristina, se preveía que el permiso sería remunerado a partir de agosto. Sin embargo, será necesario esperar a que se publique la normativa que incluya esta novedad. Un saludo.

      Responder
  12. Nora

    Buenos dias, mi hijo nacio en febrero , me puedes indicar si eso correcto que solo desn 14 dias de lactancia acumulados? O puedo rascar mas? (Me he cogido maternidad, 30dias d vacaciones y en el trabajo me dicen q son 14 dias de lactancia pero yo creo que son mas) ya me indicais..

    Responder
    • Angely

      Hola se puede pedir la baja de paternidad con el bebé teniendo 14 meses? Mi marido no la pidió antes y queremos saber si ya la a perdido

      Responder
      • Ángela M. Labrador

        Hola. Ya no se podría solicitar el permiso de paternidad. Un saludo

        Responder
    • Carlota

      Me encuentro en excedencia por cuidado del menor de 3 años desde octubre 2023 hasta marzo 2026 y estoy embarazada de 5 meses y nace mi segundo hijo en noviembre de este año 2024.Me corresponde la. Baja maternal o tengo que darme de alta para poder cobrarla?? Gracias

      Responder
      • Ana

        yo también querría saber esto.

        gracias

        Responder
  13. Sandra López

    Buenas noches me podrían explicar mejor por favor como funciona el periodo de lactancia en el trabajo

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Sandra, este permiso es un derecho laboral al que se puede acoger cualquier persona trabajadora con hijos/as de menos de 9 meses. Consiste en ausentarse una hora al día para la lactancia del bebé. Un saludo.

      Responder
    • Carlos lopez

      Hola mi hija nace ahora el 22 de mayo me corresponde las 20 semanas?

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Carlos, la ampliación de la baja por nacimiento a 20 semanas aún no ha entrado en vigor. Por lo tanto, la normativa aplicable a tu caso sería la vigente en la actualidad, que establece una baja por nacimiento de 16 semanas. Un saludo.

        Responder
  14. Jesus

    Buenos días!! Los 10 días que se contemplaban de permiso para el padre justo antes de la fecha prevista del nacimiento de la criatura están ya autorizados? En caso negativo, cuando hay previsión de que se vote y apruebe la reforma? Lo de las 4 de las 8 semanas remuneradas a apartir de agosto ya esta aprobado? Gracias!!!

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Jesús, los 10 días de permiso de paternidad anticipado que se contemplaban en el proyecto de ley aún no están autorizados. Desde el Gobierno ha manifestado su compromiso de que la ampliación del permiso entre en vigor antes del 1 de agosto de 2024. Sin embargo, es posible que la fecha se retrase un poco más. Un saludo.

      Responder
    • Sergio

      Hola, buenas noches, mi hija nació en junio de este año, mi mujer y yo hemos terminado las 16 semanas, a mi mujer le falta lactancia y vacaciones, pero mi pregunta es, sobre la ampliación de las 20 semanas, ¿Podremos pedir las 4 semanas cuando esté en vigor las 20 semanas?

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Sergio, si la ley se aplica de forma retroactiva a todos los nacimientos a partir de una cierta fecha (por ejemplo, desde el 1 de enero de 2024) tendrías derecho a las 4 semanas adicionales. Sin embargo, si la ley se aplica solo a los nacimientos posteriores a su entrada en vigor, no podrías beneficiarte de las 4 semanas adicionales, ya que tu hija ya ha nacido. Habrá que esperar hasta que se publique la ampliación de la baja y ver qué condiciones incluye. Un saludo.

        Responder
  15. Rocio

    Hola. Mi hijo nacerá en unas semanas y actualmente mi marido está de baja por IT debido a un accidente de trabajo, que seguramente se prolongue aun unos meses. Con respecto a su permiso de paternidad, se podría posponer mientras dure su IT? O al menos las 10 semanas siguientes a las 6 primeras? O por el contrario es obligatorio que coja el permiso completo de 16 sem a pesar de la IT? Gracias

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Rocio, tu marido podría disfrutar de las 6 semanas obligatorias del permiso de paternidad tras el nacimiento de tu hijo y, posteriormente, posponer las 10 semanas restantes hasta que se reincorpore a su trabajo tras la baja por IT. Un saludo.

      Responder
    • Sandra

      Buenas, me gustara saber si el autónomo cobra el 100% de la base reguladora durante las 16 semanas y a parte no tiene que pagar durante esas 16 semanas la cuota de autónomos

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Sandra, así es. Además de cobrar el 100% de la base reguladora, los autónomos no tendrán que pagar la cuota durante las 16 semanas de baja por maternidad o paternidad. Un saludo.

        Responder
  16. Tamara

    Es que vaya como les cuesta tirar para adelante con la conciliación, de teoría guapísimo, pero en la práctica ?? Las mamás de primer semestre del año, queremos igualmente las 20 semanas.!!! Muy necesarias!! Habría que recoger firmas o algo para que espabilen!!!

    Porque las dudas mias, son las mismas que dice la gente por aqui, cuando votan la ley, cuando entran en vigor, tienen carácter retroactivo….etc etc

    Responder
    • Maternidad

      Todo es muy bonito para el voto y después que? Dijeron que en el 2024 que pasa que lo aprueban en agosto y las de enero no tenemos derecho? Es que me parece increíble después que la anualidad baja… normal

      Responder
    • Maria

      Sinceramente, tener hijos es opcional, la gente que apechugue y si no puede económicamente, pues que no los tengan.
      No quieren igualdad, pues en a trabajar ya…

      Responder
      • Aure

        Mi hija nació 13 Marzo, yo paso de contrato temporal a fijo discontinuo el 22 de Enero, como calculo la base por contingenncias comunes que me corresponde si durante el año 2023 no trabaje 365 días

        Responder
  17. Anabel

    Si entra en vigor en mitad de mi baja maternal me la ampliarán??

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Anabel, aún no sabemos con exactitud si la medida tendrá o no efectos retroactivos. Un saludo.

      Responder
  18. Maria

    Buenas, soy maestra funcionaria en Cataluña y me dicen que para poder interrumpir las 10 semanas (después de las 6 obligatorias) mi pareja tiene que tener un contrato o ser autónomo pero yo no he leído en la ley ninguna condición similar. Es eso legal?

    Responder
    • Olga Agea

      Hola María, no tenemos constancia de que haya establecida ninguna condición sobre la situación laboral de la pareja para poder disfrutar de la interrupción de las 10 semanas de permiso de maternidad. Un saludo.

      Responder
  19. patricia

    yo tuve a mi niño en febrero pero aun la ley no cambio solo tengo 16 semanas y lo de las 20 cuando seria y tendria de caracter retroactivo , me lo pagarian o me darian esas semanas que me faltaria

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Patricia, aún no ha entrado en vigor la ampliación del permiso de maternidad a 20 semanas y desconocemos si se contemplará la retroactividad o no. Un saludo.

      Responder
    • Alejandro

      Hola, si mi hijo nace en 2024 pero antes de que salga en vigor la ley tambien dispongo de las 4 semanas que amplían? Gracias

      Responder
      • Olga Agea

        Hola Alejandro, en este momento, y hasta que no se publiquen detalles sobre la ampliación del permiso, no tenemos certeza de si la medida tendrá o no efectos retroactivos. Un saludo.

        Responder
    • Ana

      ¿Solo tengo 16? De verdad. Hace unos años las madres tenían 1 mes y los padres 2 días. Por favor, menos exigir. Todas las leyes tienen que tener un día de entrada en vigor. Si te toca te toca

      Responder
      • Ana

        Cómo se nota que a ti ni te va ni te viene… Hace unos años las madres solo tenían 1 mes, por lo que pocas mujeres volvían a su trabajo remunerado después de ser madres. Hace unos años los hombres tenían solo 2 días, y por eso las empresas preferían contratar a hombres que a a mujeres. Hace unos años las ranas tenían pelo.

        Responder
  20. R.

    Para los nacimientos en 2024 ¿tendrá carácter retroactivo? O solo a partir de la fecha de aprobación?

    Responder
    • Olga Agea

      Hola R., de momento no hay información oficial sobre si la ampliación de la baja a 20 semanas tendrá carácter retroactivo para los nacimientos en 2024. Estaremos pendientes de todas las novedades que surjan para informaros. Un saludo.

      Responder
  21. Gsfa

    Hola, el disfrute del permiso de las 10 semanas despues de las 6 obligatorias puede ser de forma discontinua en el caso de familia monoparental? O debe ser seguidas obligatoriamente?

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Gsfa, las 10 semanas se podrían disfrutar en periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida hasta que el bebé cumpla 12 meses. Un saludo.

      Responder
      • Albert

        La ley de Familias es aprobada despues de las enmiendas? Cuanto tiempo pueden estar con este proceso de enmiendas? Se puede prever cuanto puede tardar que se apruebe la ley ? Gracias

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Albert, el proceso de enmiendas a la Ley de Familias aún está en curso. Es un proceso que puede tardar semanas o meses, por lo que es difícil predecir cuándo se aprobará definitivamente dicha Ley. Un saludo.

          Responder
      • Mohamed

        Hola mi hija nació el 14 de junio de 2024 y yo empezó cinco días después a trabajar puedo solicitar la patirnidad

        Responder
  22. Blanca

    La ampliación del permiso a 20 semanas sería con carácter retroactivo para niños del 2024? O sería a partir del momento de la publicación de la ley? Gracias

    Responder
    • Olga Agea

      Hola Blanca, habrá que esperar hasta que se publique el desarrollo de la normativa para conocer detalles sobre la posible retroactividad del permiso. Un saludo.

      Responder
      • Antonio Serrano Belmonte

        Hola. La anterior ampliación a 16 semanas tuvo carácter retroactivo?

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Antonio, las cantidades percibidas durante el permiso de paternidad han estado exentas de IRPF con efecto retroactivo. Por lo que ha sido posible reclamar lo pagado de más desde el 2014. Un saludo.

          Responder
      • Antonio Serrano Belmonte

        Hola. Y se sabe si en la anterior ampliación se dio con carácter retroactivo?

        Responder
        • Francesca

          Buenas tardes, yo tengo cesarea programada por el 30 de Avril. Tengo derecho a las 20 semanas? Trabajo por una empresa americana, con oficina en Estepona, trabajo desde el lunes Al viernes 8horas, en smart working el Miercoles y viernes. Cuanto dia me esperan de lactancia? Puedo pedir tambien de tomar los 22 dias de vacaciones que tengo? Puedo pedir de pasar a Smart working todos los Dias? Muchas gracias, saludos

          Responder
          • Olga Agea

            Hola Francesca, no sabemos si la ampliación a 20 semanas de la baja por maternidad tendrá efectos retroactivos. En cuanto al permiso por lactancia podrás disfrutar de 1 hora al día hasta que tu hijo/a cumpla 9 meses. Podrás, además, solicitar tus 22 días de vacaciones durante el permiso de maternidad o después del mismo. Es importante que lo notifiques a tu empresa con antelación para que puedan organizarse. Por último, podrás solicitar el teletrabajo a tu compañía y ésta tendrá la obligación de valorar tu petición. Un saludo.

      • Maria jose González

        Se sabe más o menos cuando entrará en vigor las 20 semanas

        Responder
        • Olga Agea

          Hola María José, aún se está tramitando esta medida y hasta que no se confirme su aplicación no podremos conocer cuándo entrará en vigor. Un saludo.

          Responder
    • Rocio

      Hola. Mi hijo nació el 14 de junio del 2023. ¿Tenemos derecho a las 4 semanas hasta que cumpla los 8 años ? Y serían retribuidas o no retribuidas?
      Gracias

      Responder
      • Sandra

        Mi hijo nace en marzo, si se aprueba después podré acogerme a las 20 semanas de baja? Gracias

        Responder
        • Olga Agea

          Hola Sandra, la ampliación de la baja aún está en trámite parlamentario y no se ha confirmado si tendrá carácter retroactivo. Un saludo.

          Responder
          • Viviana

            La anterior ley de las 16 semanas tenía carácter retroactivo?

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