La reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) plantea una actualización de la normativa preventiva para adaptarla a los nuevos retos del mercado laboral y reforzar la protección de la seguridad y salud de las personas trabajadoras.
Entre las medidas previstas destacan una mayor atención a los riesgos psicosociales, la incorporación de actuaciones frente a fenómenos climáticos extremos, cambios en la organización preventiva de las pequeñas empresas y nuevas herramientas para mejorar la cultura preventiva.
Aunque la reforma todavía debe completar su tramitación parlamentaria antes de su aprobación definitiva, muchas empresas ya se preguntan qué cambios incorpora, cuándo podrían aplicarse y cómo prepararse.
En este post analizamos las principales novedades. Estas son las claves de la futura reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales:
¿Por qué se reforma la Ley de Prevención de Riesgos Laborales?
La Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, lleva casi tres décadas siendo el principal marco normativo para proteger la seguridad y la salud de las personas trabajadoras. Sin embargo, el mercado laboral ha cambiado profundamente desde su aprobación.
La digitalización, el uso creciente de la Inteligencia Artificial, la extensión del teletrabajo, el envejecimiento de la población activa, el aumento de los riesgos psicosociales o el impacto de fenómenos climáticos extremos han puesto de manifiesto la necesidad de actualizar la normativa preventiva para responder a nuevos escenarios laborales.
Con esta reforma se pretende reforzar la cultura preventiva, adaptar las obligaciones empresariales a la realidad actual y mejorar la protección de la salud física y mental de las personas trabajadoras, prestando una atención especial a colectivos con mayores necesidades de protección y a las pequeñas y medianas empresas.
Aunque el texto todavía debe completar su tramitación parlamentaria, ya permite conocer las principales medidas previstas y anticipar cómo podrían afectar a la organización preventiva de las empresas.
¿Cuáles son las principales novedades de la futura Ley de Prevención de Riesgos Laborales?
La futura reforma introduce cambios relevantes en la forma en que las empresas deberán gestionar la prevención de riesgos laborales.
Algunas medidas suponen la incorporación de nuevas obligaciones, mientras que otras refuerzan aspectos que ya estaban presentes en la normativa.
Entre las principales novedades destacan las siguientes:
El delegado de prevención de riesgos laborales será obligatorio en todas las empresas
Uno de los cambios más importantes es la modificación del régimen de representación preventiva.
La reforma prevé que todas las empresas cuenten con una persona que ejerza las funciones de delegado o delegada de prevención, con independencia de su tamaño.
Hasta el momento, en determinadas empresas de reducida dimensión estas funciones pueden ser asumidas directamente por la persona empresaria o recaer automáticamente sobre la representación legal existente.
Con la reforma se pretende reforzar la participación de las personas trabajadoras en la gestión preventiva y garantizar que exista una figura específica encargada de colaborar en materia de prevención de riesgos laborales.
Entre sus funciones estarán la colaboración con la empresa para mejorar la prevención, la participación en la evaluación de riesgos, el seguimiento de las medidas preventivas y la promoción de una auténtica cultura preventiva dentro de la organización.
No obstante, esta es una de las medidas que todavía podría experimentar modificaciones durante la tramitación parlamentaria de la reforma.
Mayor protección frente a los riesgos psicosociales
Otro de los objetivos de la reforma es reforzar la prevención de los riesgos psicosociales, incorporándolos de forma más expresa dentro de la gestión preventiva.
Las empresas deberán prestar una mayor atención a factores como:
- Estrés laboral.
- Carga mental.
- Fatiga.
- Violencia y acoso en el trabajo.
- Organización del tiempo de trabajo.
- Riesgos derivados de la hiperconectividad.
La finalidad es favorecer entornos laborales más saludables y reducir el impacto que estos riesgos pueden tener sobre la salud física y mental de las personas trabajadoras.
La salud mental adquiere un mayor protagonismo
La futura reforma refuerza la integración de la salud mental dentro de la prevención de riesgos laborales.
El objetivo es que la evaluación preventiva no se limite a los riesgos físicos tradicionales, sino que tenga en cuenta también aquellos factores organizativos y psicosociales que puedan afectar al bienestar psicológico de la plantilla:
- Se realizarán evaluaciones psicosociales más completas y vinculadas a la vigilancia de la salud.
- Se reforzará el derecho a la desconexión digital, especialmente en entornos de teletrabajo.
Agentes territoriales de prevención
Otra de las principales novedades es la creación de los agentes territoriales de prevención.
- Esta figura se creará para empresas de menos de 10 personas trabajadoras sin representación legal, reforzando la labor de la Inspección de Trabajo.
- Los agentes territoriales ya existen en comunidades, como Asturias, Navarra o La Rioja.
Su función será apoyar la implantación de la cultura preventiva, especialmente en pequeñas empresas, mediante actuaciones de información, asesoramiento y sensibilización.
Se trata de una de las medidas que más debate ha generado durante la tramitación del Anteproyecto, ya que las organizaciones empresariales consideran que podría provocar duplicidades con otros organismos, mientras que las organizaciones sindicales defienden que mejorará la prevención en empresas con menor estructura preventiva.
Medidas específicas frente a fenómenos climáticos extremos
El cambio climático también tiene reflejo en la futura reforma.
Se incorporan referencias específicas a la necesidad de proteger a las personas trabajadoras frente a riesgos derivados de:
- Olas de calor.
- Episodios de frío extremo.
- Fenómenos meteorológicos adversos.
- Otros eventos climáticos que puedan afectar a la seguridad y salud durante la jornada laboral.
Estas medidas tendrán especial incidencia en actividades desarrolladas al aire libre, como construcción, agricultura, logística o mantenimiento.
Apoyo y simplificación para pymes
La reforma también introduce medidas dirigidas a facilitar la gestión preventiva en las pequeñas empresas.
El objetivo es simplificar determinadas obligaciones y ofrecer herramientas que permitan integrar la prevención de una forma más eficaz, sin reducir el nivel de protección de las personas trabajadoras.
- Se podrán aplicar modelos simplificados de gestión preventiva adaptados a empresas pequeñas.
- La prevención será eficaz, asumible y práctica, evitando cargas burocráticas innecesarias.
Formación preventiva más exigente
La reforma también apuesta por reforzar la formación preventiva.
El objetivo es que la formación no se limite al cumplimiento de una obligación legal, sino que contribuya a integrar la prevención en la actividad diaria de la empresa y a mejorar la capacidad de identificar y gestionar los riesgos laborales.
- La formación será presencial, práctica y periódica, repitiéndose cuando se detecten deficiencias.
- Las pymes podrán acceder a bonificaciones para facilitar su cumplimiento.
- Será necesario garantizar que la plantilla está capacitada y protegida, cumpliendo con la normativa.
Servicios de prevención más transparentes
- Los servicios de prevención deberán contar con al menos tres disciplinas y garantizar la transparencia en memorias y procedimientos.
- Se potenciará la figura de servicios mancomunados para pequeñas empresas.
La perspectiva de género gana peso en la prevención de riesgos laborales
La reforma incorpora de forma más clara la necesidad de integrar la perspectiva de género en la gestión preventiva.
Esto implica que la evaluación de riesgos y las medidas preventivas deberán tener en cuenta las diferencias biológicas y las distintas condiciones de exposición que pueden afectar a mujeres y hombres, con el objetivo de ofrecer una protección más adecuada y eficaz.
¿Cuándo entrará en vigor la reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales?
Aunque la reforma ya ha iniciado su tramitación legislativa todavía no ha entrado en vigor.
En estos momentos, el texto se encuentra en fase de tramitación parlamentaria, por lo que aún deberá superar los distintos trámites previstos antes de su aprobación definitiva y posterior publicación en el BOE.
Muchas empresas ya están revisando sus sistemas de prevención para anticiparse a las futuras obligaciones y facilitar su adaptación cuando la reforma sea definitiva.
No obstante, conviene tener presente que el texto todavía puede experimentar modificaciones durante su tramitación, por lo que algunas de las medidas previstas podrían cambiar antes de su aprobación definitiva..
¿Qué críticas ha recibido la reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales?
Como ocurre con otras reformas laborales de gran alcance, el Anteproyecto de la nueva Ley de Prevención de Riesgos Laborales también ha generado debate entre organizaciones empresariales, sindicatos y distintos órganos consultivos.
Aunque existe un amplio consenso sobre la necesidad de actualizar una normativa con casi treinta años de vigencia, algunas de las medidas propuestas han suscitado dudas sobre su aplicación práctica y el impacto que podrían tener para las empresas.
Entre las principales cuestiones planteadas durante su tramitación destacan las siguientes:
- Mayor carga administrativa para las empresas. Diversas organizaciones empresariales consideran que algunas de las nuevas obligaciones podrían incrementar la carga administrativa, especialmente en las pequeñas y medianas empresas, que disponen de menos recursos para gestionar la prevención de riesgos laborales.
- Incremento de las responsabilidades empresariales. También se ha señalado que la reforma amplía las responsabilidades de las empresas en materia preventiva, incorporando nuevas obligaciones relacionadas con la organización del trabajo, los riesgos psicosociales o la adaptación frente a fenómenos climáticos extremos.
- Dudas sobre la creación de los agentes territoriales de prevención. Mientras que las organizaciones sindicales consideran que puede mejorar el asesoramiento preventivo, especialmente en las pequeñas empresas, parte de las organizaciones empresariales entienden que podría generar duplicidades con otros organismos ya existentes y aumentar la complejidad administrativa.
- Necesidad de mayor seguridad jurídica. Algunos organismos consultivos también han recomendado revisar determinados aspectos del texto para evitar problemas de interpretación y facilitar una aplicación homogénea de la futura norma.
En cualquier caso, muchas de estas cuestiones podrán modificarse durante la tramitación parlamentaria, por lo que será necesario seguir de cerca la evolución del proyecto hasta la aprobación definitiva de la ley.
¿Qué deben hacer las empresas mientras se aprueba la reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales?
Las empresas pueden aprovechar este periodo para revisar su sistema preventivo y anticiparse a los cambios que previsiblemente incorporará la nueva normativa.
Prepararse con antelación permitirá adaptar los procedimientos de forma progresiva y evitar cambios de última hora cuando la reforma sea definitiva.
Entre las principales actuaciones que conviene revisar destacan las siguientes:
Revisar el Plan de Prevención de Riesgos Laborales
El Plan de Prevención constituye el documento básico sobre el que se organiza toda la actividad preventiva de la empresa.
Aunque la futura reforma no obliga, por el momento, a modificar automáticamente los planes existentes, sí resulta recomendable comprobar que continúan respondiendo a la realidad actual de la organización y que contemplan los riesgos derivados de las nuevas formas de trabajo.
Especialmente conviene analizar si el plan incorpora medidas relacionadas con:
- Los riesgos psicosociales.
- La organización del trabajo.
- El teletrabajo, cuando exista.
- La utilización de herramientas digitales e Inteligencia Artificial.
- La exposición a fenómenos climáticos extremos en aquellos sectores donde resulte aplicable.
Actualizar la evaluación de riesgos
La futura reforma pone el foco en riesgos que tradicionalmente habían recibido menor atención, por lo que muchas empresas tendrán que valorar si su evaluación actual continúa siendo suficiente o necesita incorporar nuevos factores.
En especial, será recomendable revisar aquellos puestos en los que puedan existir riesgos relacionados con la carga mental, el estrés, la hiperconectividad o la exposición prolongada a condiciones meteorológicas adversas.
Revisar la formación preventiva de la plantilla
Las empresas deberían comprobar que las acciones formativas responden a los riesgos reales de cada puesto de trabajo y que la plantilla conoce los procedimientos preventivos aplicables a su actividad.
La actualización periódica de esta formación también contribuirá a facilitar la adaptación cuando la reforma entre definitivamente en vigor.
¿Será necesario actualizar el Plan de Prevención de Riesgos Laborales?
Una de las dudas que más preocupa a las empresas es si la futura reforma obligará a modificar el Plan de Prevención de Riesgos Laborales.
La respuesta dependerá, en gran medida, del contenido definitivo de la norma y de las características de cada empresa.
En principio, la aprobación de una nueva ley no implica que todos los planes de prevención deban elaborarse de nuevo desde cero.
Sin embargo, sí será necesario comprobar que la documentación preventiva continúa siendo adecuada para identificar, evaluar y controlar los riesgos presentes en la actividad de la empresa.
En la práctica, muchas empresas tendrán que revisar su planificación preventiva para incorporar aspectos que adquieren un mayor protagonismo con la reforma, como los riesgos psicosociales, la salud mental, la adaptación frente a fenómenos climáticos extremos o las nuevas formas de organización del trabajo.
Por ello, más que elaborar un nuevo Plan de Prevención, lo recomendable será verificar si el existente continúa siendo suficiente o necesita actualizarse para adaptarse a la futura normativa.
¿Qué es un Plan de Prevención de Riesgos Laborales?
El Plan de Prevención de Riesgos Laborales es el documento que establece cómo se organiza la prevención dentro de una empresa y de qué forma se integra en todas sus actividades y procesos.
Constituye la base del sistema de gestión preventiva y permite definir la estructura organizativa, las responsabilidades de cada persona implicada, los procedimientos de actuación y los recursos destinados a proteger la seguridad y la salud de la plantilla.
Su finalidad es que la prevención no se limite a actuaciones puntuales, sino que forme parte de la gestión diaria de la empresa y de la toma de decisiones.
¿Es obligatorio que las empresas tengan un Plan de Prevención de Riesgos Laborales?
Sí, la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, establece que todas las empresas deben integrar la prevención de riesgos laborales dentro de su sistema general de gestión.
Para ello deberán organizar la actividad preventiva de acuerdo con la modalidad preventiva que les corresponda y disponer de la documentación exigida por la normativa.
No obstante, la forma de gestionar la prevención puede variar en función de aspectos como:
- El número de personas trabajadoras.
- La actividad desarrollada.
- El nivel de riesgo existente.
- La modalidad preventiva elegida.
Por este motivo, aunque la obligación preventiva es común para todas las empresas, la forma de documentarla y gestionarla no siempre será la misma.
¿Quién puede elaborar un Plan de Prevención de Riesgos Laborales?
La elaboración del Plan dependerá de la modalidad preventiva adoptada por la empresa.
Con carácter general, podrá elaborarse mediante:
- Un servicio de prevención ajeno.
- Un servicio de prevención propio.
- Un servicio de prevención mancomunado.
- La propia empresa, cuando la normativa permita asumir personalmente la actividad preventiva.
Hasta hace unos años muchas empresas dependían de servicios externos para elaborar su Plan de prevención, lo que suponía un coste importante, especialmente para las pymes.
Con la publicación del RD Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores y su internalización, que modificó el apartado 5, del artículo 30, de la Ley 31/1995, las empresas pueden:
- Elaborar su propio Plan de Prevención de manera interna, sin necesidad de contratar a empresas externas para este fin.
- Adaptarlo a las necesidades y características específicas de cada negocio.
- Reducir costes sin renunciar al cumplimiento legal y a la protección de las personas trabajadoras.
En definitiva, la responsabilidad preventiva puede gestionarse de manera eficaz desde dentro, siempre que se cumplan los criterios establecidos por la ley y se garantice la seguridad de la plantilla.
¿Qué debe incluir un Plan de Prevención de Riesgos Laborales?
Actualmente, todos los Planes de Prevención de Riesgos Laborales deben identificar a la empresa, su sector de actividad, centros de trabajo y número de personas trabajadoras.
También deben especificar cuáles son las funciones de cada persona empleada, los riesgos que puede conllevar la actividad laboral y cuáles son los objetivos en materia preventiva.
Y, además, es necesario valorar las novedades incluidas en la Estrategia Española de Seguridad y Salud para cumplir con los requisitos exigidos.
¿Qué responsabilidades incluye la Estrategia Española de Seguridad y Salud?
La Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027 es un documento clave que sirve como marco de referencia para guiar las políticas públicas en prevención de riesgos laborales.
Su objetivo principal es fomentar la creación de entornos laborales seguros y saludables, protegiendo tanto la salud como el bienestar emocional de las personas trabajadoras.
Según la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo los Planes de Prevención deben:
- Incluir acciones que promuevan el bienestar psicológico de la plantilla.
- Identificar riesgos derivados del estrés, la carga de trabajo o la organización laboral.
- Evaluar cómo los riesgos laborales pueden afectar de manera diferente a hombres y mujeres, fomentando la igualdad en la empresa.
- Garantizar que todas las personas trabajadoras, especialmente las más expuestas, estén protegidas.
La Estrategia Española de Seguridad y de Salud pretende disminuir los daños físicos y mentales que sufren las personas con motivo del trabajo llegando a todos los sectores y actividades laborales.
Se fundamenta en varios ejes:
- Mejorar la prevención de accidentes laborales y enfermedades profesionales para minimizar los daños en la salud de las personas trabajadoras.
- Anticiparse y gestionar riesgos emergentes.
- Mejorar la gestión de la seguridad y salud en las pymes.
- Aumentar el nivel de protección de colectivos más vulnerables.
- Incorporar la perspectiva de género en las políticas públicas y en la gestión de la prevención.
- Fortalecer el sistema nacional de seguridad y salud.
¿Por qué es necesario incluir los riesgos psicosociales en el Plan de Prevención de Riesgos Laborales?
Los riesgos psicosociales son un elemento clave dentro de la seguridad y salud en el trabajo, ya que afectan directamente al bienestar físico y emocional de las personas trabajadoras.
Entre los principales riesgos psicosociales se encuentran:
- Estrés laboral por exceso de carga de trabajo o presión de plazos.
- Acoso laboral, tanto psicológico como físico.
- Conflictos entre personas trabajadoras, que pueden generar tensión y disminuir la productividad.
- Sobrecarga de trabajo, que provoca fatiga y errores.
La inclusión de los riesgos psicosociales en el Plan de Prevención permite proteger a las personas trabajadoras identificando factores que puede afectar su salud mental y física.
Además, mejora el clima laboral y se promueve un ambiente de trabajo saludable y positivo, minimizando el absentismo laboral.
¿Qué otras medidas incluye la Estrategia Española de Seguridad y Salud?
Además de la incorporación de los riegos psicosociales en el Plan de Prevención, la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027 establece otras medidas clave que las empresas deben considerar:
Mejora de la salud física y prevención de lesiones
- Identificar y reducir los trastornos musculoesqueléticos derivados de las tareas laborales.
- Estudiar y prevenir lesiones relacionadas con altas temperaturas u otros riesgos físicos en el puesto de trabajo.
- Incluir acciones que minimicen la depresión, ansiedad y otros riesgos mentales.
Adaptación a nuevas formas de trabajo
- Las empresas con plantilla prestando sus servicios en modalidad de teletrabajo deben cumplir la Ley 10/2021, especialmente en lo relativo a riesgos psicosociales.
- Mejorar las condiciones de trabajo en los empleos verdes, como aquellos relacionados con energías renovables o depuración de aguas.
Formación y capacitación
- Promover formación continua en prevención de riesgos laborales para toda la plantilla.
- Desarrollar actuaciones en consonancia con el Convenio 189 de la OIT para mejorar la protección de las personas trabajadoras del servicio del hogar.
- Realizar programas que integren la perspectiva de género.
¿Cómo elaborar un Plan de Prevención de Riesgos Laborales?
La elaboración de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales requiere un enfoque sistemático para garantizar la seguridad y salud de toda la plantilla. Los pasos principales son los siguientes:
Paso 1: Evaluación inicial de riesgos
El empresario debe realizar una evaluación inicial de los riesgos para identificar:
- Riesgos que puedan evitarse.
- Factores de peligro presentes en cada puesto de trabajo.
- Necesidad de medidas preventivas específicas.
Esta evaluación debe ser realizada por personal técnico competente, con la formación y aptitudes necesarias.
Paso 2: Determinación de medidas preventivas
Tras la evaluación la empresa debe:
- Establecer acciones concretas para prevenir riesgos.
- Garantizar la seguridad de las personas trabajadoras durante la realización de sus tareas.
- Proporcionar equipos de protección individual (EPI) adecuados y asegurar su uso correcto.
Paso 3: Formación y planificación
Es obligatorio:
- Capacitar a la plantilla en prevención de riesgos laborales.
- Planificar acciones frente a situaciones de emergencia.
- Verificar que maquinaria, productos y materias primas no supongan un riesgo.
Paso 4: Inclusión de personas en modalidad de teletrabajo
Según la Estrategia española de Seguridad y Salud el Plan de Prevención debe incluir a las personas trabajadoras en modalidad de teletrabajo, considerando:
- Factores psicosociales, ergonómicos y organizativos.
- Derecho a la desconexión digital y cumplimiento de los períodos de descanso (Ley 10/2021).
Paso 5. Igualdad y prevención de acoso
El Plan debe garantizar:
- El cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.
- La existencia y aplicación del Protocolo de Prevención del Acoso.
Paso 6. Difusión del Plan de Prevención
El Plan de Prevención debe estar disponible y comunicado a toda la plantilla, asegurando que cada persona trabajadora conozca las medidas y su papel en la prevención.
¿Cuáles son las ventajas del Plan de Prevención de Riesgos Laborales?
Contar con un Plan de Prevención de Riesgos Laborales aporta beneficios tanto para la empresa como para las personas trabajadoras.
Sirve para mejorar la salud de la plantilla y para mantener seguro a todo el equipo en sus tareas diarias, ya que ayuda a reducir el riesgo de accidentes en el lugar de trabajo.
Además, realza el compromiso de la empresa con su plantilla y mejora la relación entre las personas trabajadoras, logrando que la eficiencia y la productividad en los puestos de trabajo aumenten.
¿Qué pasa si tu empresa no cumple con las normas de prevención de riesgos laborales?
No cumplir con las normas de prevención de riesgos laborales puede tener consecuencias serias para la empresa y su plantilla.
- Por ejemplo, un inspector de trabajo puede ordenar la paralización de las actividades laborales que representen un riesgo grave.
- También puede requerir que la empresa modifique sus procedimientos y adopte medidas correctivas si detecta irregularidades.
Si las irregularidades persisten la empresa puede enfrentarse a sanciones económicas.
¿Qué sanciones puede recibir una empresa por incumplir la normativa de prevención de riesgos laborales?
Las infracciones se clasifican según su gravedad:
- Leves: faltas de limpieza en el lugar de trabajo, señalización inadecuada o documentación incompleta.
- Graves: no proporcionar la formación adecuada a la plantilla para realizar sus actividades de manera segura.
- Muy graves: no garantizar medidas de seguridad para colectivos sensibles, como personas embarazadas, o situaciones que puedan causar daños graves a la salud de las personas trabajadoras.
Las multas por incumplir con la normativa de Prevención pueden ser de hasta 819.780 euros.
Además de las sanciones económicas, determinados incumplimientos pueden dar lugar a responsabilidades adicionales cuando se produzca un accidente de trabajo o un daño para la salud de las personas trabajadoras.
Por ello, resulta recomendable revisar periódicamente la organización preventiva de la empresa y mantener actualizados tanto el Plan de Prevención como la evaluación de riesgos y la planificación preventiva.
¿Qué formación en prevención de riesgos laborales debes ofrecer a tu plantilla?
Las empresas deben ofrecer a sus plantillas formación de calidad en materia preventiva para capacitarlos en sus puestos de trabajo.
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Preguntas frecuentes sobre la reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales
¿La reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales ya está en vigor?
No. Actualmente la reforma continúa su tramitación parlamentaria y todavía no resulta de aplicación.
Será necesario esperar a la aprobación definitiva de la ley y a su publicación en el BOE.
¿Será obligatorio modificar el Plan de Prevención?
La futura reforma no obliga automáticamente a elaborar un nuevo Plan de Prevención.
Sin embargo, sí será recomendable revisar el documento para comprobar que continúa adaptándose a la actividad de la empresa y que contempla adecuadamente los nuevos riesgos incorporados por la futura normativa.
¿La reforma afecta también a las pequeñas empresas?
Sí. El Anteproyecto incorpora varias medidas dirigidas específicamente a las pequeñas empresas y microempresas, con el objetivo de facilitar la integración de la prevención de riesgos laborales sin reducir el nivel de protección de las personas trabajadoras.
¿Qué importancia tendrán los riesgos psicosociales?
La futura normativa refuerza la necesidad de identificar, evaluar y gestionar riesgos como el estrés laboral, la carga mental, la violencia en el trabajo o la hiperconectividad, otorgándoles un mayor protagonismo dentro del sistema preventivo.
¿Será necesario impartir nueva formación a la plantilla?
La reforma apuesta por reforzar la formación preventiva y adaptar sus contenidos a los nuevos riesgos del entorno laboral.
La necesidad de impartir formación adicional dependerá del contenido definitivo de la norma y de las características de cada empresa.
En resumen…
La reforma de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales supondrá una importante actualización del modelo preventivo vigente en España.
Aunque el texto todavía debe completar su tramitación parlamentaria, las empresas ya pueden empezar a revisar su organización preventiva para facilitar la adaptación cuando la norma entre definitivamente en vigor.
Aspectos como la salud mental, los riesgos psicosociales, los fenómenos climáticos extremos, la representación preventiva o la formación adquirirán un mayor protagonismo en los próximos años.
Anticiparse a estos cambios permitirá a las empresas no solo cumplir con la normativa, sino también mejorar la protección de las personas trabajadoras, reducir la siniestralidad y fortalecer una auténtica cultura preventiva.
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Fuentes: Ley 31/1995, Estrategia Española de Seguridad y Salud 2023-2027, Ley 10/2021.




Hola tengo una pequeña pizzería con un empleado necesito tener un plan de riesgo laborales puedo elaborarlo yo mismo , es muy complicado cuánto me costaría que me lo elaborarais vosotros?
Cuál es la multa por no tenerlo, cómo puedo saber la Seguridad Social que no lo tengo?
Muchas gracias
Hola Javier, te contactamos por privado para enviarte información sobre nuestros servicios de prevención de riesgos laborales. En cuanto al resto de tus consultas podrías elaborar un plan de riesgos laborales tú mismo siempre que tu empresa sea muy pequeña y tengas conocimientos básicos de prevención de PRL. Según la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social «incumplir la obligación de integrar la prevención de riesgos laborales en la empresa a través de la implantación y aplicación de un plan de prevención, con el alcance y contenido establecidos en la normativa de prevención de riesgos laborales» se considera una infracción grave. Por lo que la multa podría ser de más de 40.000 euros. ¡Un saludo!
Hola soy autónomo, tengo una orquesta y esporádicamente cuando salen bolos doy de alta y baja a los músicos en régimen de artistas (alta y baja el mismo día), mi pregunta es si es necesario un prl o puedo hacerlo yo mismo
Hola Jose, si habitualmente tienes más de una persona trabajadora a tu cargo es obligatorio contar con un plan de prevención de riesgos laborales sin importar la duración del contrato. Aunque los músicos sean dados de alta por días, también deben estar cubiertos por la prevención de riesgos laborales. No obstante, en algunos casos, si la actividad es de bajo riesgo y se cumplen ciertos requisitos, el autónomo puede asumir directamente la prevención de riesgos laborales. Habría que revisar bien tu caso, quizá un/a asesor/a laboral pueda ayudarte. ¡Saludos!
Hola, tengo una casa rural con una trabahjadora a jornada completa y otra a media jornada. Hasta ahora me hace el Plan de Prevención una empresa externa y quisiera ahorrarme ese gasto. Espero su rspuesta.¿Puedo pedirle el Plan y hacer yo lamactualización anual? Un saludo.
Hola Francisco, así es. La propia empresa puede realizar su Plan de Prevención. Para ello, sería necesario que la persona encargada de elaborarlo estuviera cualificada. Si dispones de conocimientos sobre PRL podrías hacerlo. Sin embargo, ten en cuenta que debes asegurarte de que el Plan este completo, actualizado y cumpla con toda la normativa vigente. Un saludo.
soy socia minoritaria de una sl de dos socias, únicamente con 1 trabajador que soy yo misma. necesito un plan de prevención?, me he sacado un certificado de prevención de riesgos laborales, pero no sé si debo desarrollar el plan y si hay que presentarlo en algun registro oficial
Hola Magda, elaborar un Plan de Prevención de Riesgos Laborales es una obligación para las empresas con personas trabajadoras a su cargo. Al ser una SL con una persona trabajadora (tú misma) podría ser necesario que elaborases e implementases un PRL. Un saludo.
BUENOS DÍAS:
SOY EL TITULAR DE UN PEQUEÑO HOTEL DE 8 TRABAJADORES.
¿QUE TITULACIÓN NECESITO PARA HACER MI PROPIO PLAN DE PREVENCIÓN Y EVITARME EL GASTO ANUAL QUE SUPONE PAGAR A UNA EMPRESA EXTERNA?
Hola Eduardo, no existe una titulación específica para poder elaborar el propio Plan de prevención. Sin embargo, sí es recomendable acreditar formación en materia de prevención de riesgos laborales para tener los conocimientos y nociones necesarias para realizar el Plan según la normativa vigente. Un saludo.
Necesito elaborar un plan de riesgos laborales
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Hola soy la dueña de una escuela de baile y tengo 3 empleados, quería información sobre el Plan de PRL y también quería un presupuesto, gracias
Hola Deissy, te contactamos por privado. Un saludo.
Buenos días, tengo duda en el plan de prevención de la persona que ejecuta y el responsable
Un saludo cordial
Somos una SL con menos de 10 trabajadores. Hemos elaborado el Plan de Prevención de Riesgos Laborales.
Necesito registrar ese plan en algún lugar o administración?
Si tuviera una inspección me sirve para aportar como formación?
Hola, María. Deberéis mantener y tener actualizado el plan de prevención en la empresa por si tuvieseis una Inspección. El plan en sí no sirve para aportarlo como formación. La formación sobre prevención se debe facilitar a la plantilla obligatoriamente. Un saludo
Hola soy una nueva empresa s.l de un solo negocio con 7 trabajadores, quiero hacer el curso para la PRL, deseo información gracias
Hola Jaime, te contactamos por privado para ofrecerte la información que necesitas. Un saludo
He creado una nueva empresa, una S.L..
Soy administrador Único y el único trabajador en estos momentos,estoy interesado en dar servicios a una compañía de Seguros en el tema de asistencia de reparaciones del hogar….por lo que me solicitan un Plan de Riesgos Laborales,por lo que les solicito más información …
Un cordial Saludo..